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Problema con el cambio de nombre


Air Crusan

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Wenas a tod@s!!!

 

Tengo una duda importante que quisiera consultaros. Mi coche lo compré en noviembre pasado de segunda mano, logicamente inicié el proceso de cambio de nombre y ayer (despues de 3 meses) me avisaron del RACC para decirme que en tráfico me habían rechazado la solucitud del cambio de nombre porque el coche no tenia pagado el impuesto de matriculación.

 

Al parecer el vendedor cuando compró el coche de nuevo (junio 2005) se ahorró el impuesto de matriculación gracias a que el coche lo puso a nombre de su hija la cual tiene una minusvalía. Pero la ley dice que si el coche se vende antes de 4 años desde su matriculación tiene que pagarse el impuesto de matriculación para poder aceptar el cambio de nombre.

 

En el RACC me han dicho que llegue a un acuerdo con el vendedor para pagarlo. Mi duda es, realmente a quien de lo dos le corresponde pagarlo? a él? a mí? o a los dos? yo quiero creer que él no tenía ni idea de este detalle cuando me lo vendió al igual que yo tampoco lo sabía y por eso entiendo que lo justo seria pagarlo al 50%.

 

He mirado el coste y aproximadamente son entre 1000 y 1500 euros en total gracias a que me beneficio de los nuevos impuestos de matriculación que premian a los que contaminan menos :notworthy: y solo pago el 4'75% sobre el precio actual de tasacion pero aun así me gustaría saber si estoy en mi derecho de pedirle compartir el gasto.

 

Falta un año y unos 3 meses para que venza el plazo y quede exento del pago pero no quiero estar tanto tiempo sin hacer el cambio de nombre por si hay algún problema legal.

 

gracias por las respuestas!!! :thumbsup:

Editado por Air Crusan
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Al parecer el vendedor cuando compró el coche de nuevo (junio 2005) se ahorró el impuesto de matriculación gracias a que el coche lo puso a nombre de su hija la cual tiene una minusvalía. Pero la ley dice que si el coche se vende antes de 4 años desde su matriculación tiene que pagarse el impuesto de matriculación para poder aceptar el cambio de nombre.

 

En el RACC me han dicho que llegue a un acuerdo con el vendedor para pagarlo. Mi duda es, realmente a quien de lo dos le corresponde pagarlo? a él? a mí? o a los dos? yo quiero creer que él no tenía ni idea de este detalle cuando me lo vendió al igual que yo tampoco lo sabía y por eso entiendo que lo justo seria pagarlo al 50%.

Eso lo lógico es que lo pague EL VENDEDOR

 

Fue él quien se aprovechó de la exención del impuesto de matriculación por minusvalía, e igual que anduvo tan cuco como para ponerlo a nombre de su hija para no pagar, debería haberse informado del plazo de 4 años sin poder vender el coche para no perder la exención.

 

Es responsabilidad del vendedor, vender el coche libre de cargas y al día de impuestos y tasas. Eso no deberías asumirlo tú. El comprador asume los impuestos derivados de la TRANSMISION del coche, pero el de matriculación no lo es.

 

Tú crees que el vendedor no sabía esto, o se está haciendo el loco para ver si cuela y lo pagas tú?

 

Tú verás pero yo, a no ser que te interese porque el coche sea un auténtico chollo no asumía eso ni de coña.

 

Saludos

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Al parecer el vendedor cuando compró el coche de nuevo (junio 2005) se ahorró el impuesto de matriculación gracias a que el coche lo puso a nombre de su hija la cual tiene una minusvalía. Pero la ley dice que si el coche se vende antes de 4 años desde su matriculación tiene que pagarse el impuesto de matriculación para poder aceptar el cambio de nombre.

 

En el RACC me han dicho que llegue a un acuerdo con el vendedor para pagarlo. Mi duda es, realmente a quien de lo dos le corresponde pagarlo? a él? a mí? o a los dos? yo quiero creer que él no tenía ni idea de este detalle cuando me lo vendió al igual que yo tampoco lo sabía y por eso entiendo que lo justo seria pagarlo al 50%.

Eso lo lógico es que lo pague EL VENDEDOR

 

Fue él quien se aprovechó de la exención del impuesto de matriculación por minusvalía, e igual que anduvo tan cuco como para ponerlo a nombre de su hija para no pagar, debería haberse informado del plazo de 4 años sin poder vender el coche para no perder la exención.

 

Es responsabilidad del vendedor, vender el coche libre de cargas y al día de impuestos y tasas. Eso no deberías asumirlo tú. El comprador asume los impuestos derivados de la TRANSMISION del coche, pero el de matriculación no lo es.

 

Tú crees que el vendedor no sabía esto, o se está haciendo el loco para ver si cuela y lo pagas tú?

 

Tú verás pero yo, a no ser que te interese porque el coche sea un auténtico chollo no asumía eso ni de coña.

 

Saludos

 

 

bueno el problema que tengo es que la compra la hice hace 3 meses, el coche está asegurado a mi nombre, le cambie los neumaticos, vamos que ahora ya no tiene sentido echarme para atras en la venta... y me imagino que el podría aprovecharse de esto para no pagar y encolomarme el marrón a mí.

 

Por eso antes de reclamarle nada a él me queria informar sobre como funcionan estos temas. Si lo hubiera sabido en el momento de la compra seguramente lo habriamos acordado en ese momento pero ahora el tema es otro.

 

No sé hasta qué punto me saldría a cuento denunciarlo puesto que él podría argumentar que él podría alegar que ya me avisó de este problema. Y sería su palabra contra la mía.

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Al parecer el vendedor cuando compró el coche de nuevo (junio 2005) se ahorró el impuesto de matriculación gracias a que el coche lo puso a nombre de su hija la cual tiene una minusvalía. Pero la ley dice que si el coche se vende antes de 4 años desde su matriculación tiene que pagarse el impuesto de matriculación para poder aceptar el cambio de nombre.

 

En el RACC me han dicho que llegue a un acuerdo con el vendedor para pagarlo. Mi duda es, realmente a quien de lo dos le corresponde pagarlo? a él? a mí? o a los dos? yo quiero creer que él no tenía ni idea de este detalle cuando me lo vendió al igual que yo tampoco lo sabía y por eso entiendo que lo justo seria pagarlo al 50%.

Eso lo lógico es que lo pague EL VENDEDOR

 

Fue él quien se aprovechó de la exención del impuesto de matriculación por minusvalía, e igual que anduvo tan cuco como para ponerlo a nombre de su hija para no pagar, debería haberse informado del plazo de 4 años sin poder vender el coche para no perder la exención.

 

Es responsabilidad del vendedor, vender el coche libre de cargas y al día de impuestos y tasas. Eso no deberías asumirlo tú. El comprador asume los impuestos derivados de la TRANSMISION del coche, pero el de matriculación no lo es.

 

Tú crees que el vendedor no sabía esto, o se está haciendo el loco para ver si cuela y lo pagas tú?

 

Tú verás pero yo, a no ser que te interese porque el coche sea un auténtico chollo no asumía eso ni de coña.

 

Saludos

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¿Pero no firmasteis un contrato de compraventa en el que se dice que el coche está libre de cargas? :cfsd1:

Pues sí, creo que a lo único que te puedes agarrar a estas alturas es al contrato de compraventa. Como aquí no ponga nada lo único que queda es la buena fe del vendedor.

 

Pero volviendo a leer tu primer mensaje, hay cosas que no entiendo:

 

1. Dices que han pasado tres meses. Por qué no hiciste el cambio de nombre el mismo día que acordásteis la compra-venta y le entregaste el dinero?

 

2. Hablas del RACC. Supongo que si te están tramitando el cambio de nombre será porque pagas la cuota anual por aprovechar sus servicios, entre los que incluirá asistencia jurídica. Por qué no lo utilizas para arreglar esto? Todo lo que te han dicho es que llegues a un acuerdo con el vendedor?

Editado por AlfonsoBI
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¿Pero no firmasteis un contrato de compraventa en el que se dice que el coche está libre de cargas? :crying_anim:

 

No hicimos un contrato, simplemente hice la transferencia del dinero y él me entregó toda la documentación necesaria para el cambio de nombre junto con las llaves del coche y el coche en sí. Y con esto cerramos el trato. Al ser de partícular a particular y por la inexperiencia de los dos no hicimos ningún contrato. En ambos casos era la primera vez que comprabamos y vendiamos un coche de segunda mano.

 

no sabía que existía contrato de compraventa en caso de particulares, llamadme pardillo... me lo merezco :clap1:

 

¿Pero no firmasteis un contrato de compraventa en el que se dice que el coche está libre de cargas? :crying_anim:

Pues sí, creo que a lo único que te puedes agarrar a estas alturas es al contrato de compraventa. Como aquí no ponga nada lo único que queda es la buena fe del vendedor.

 

Pero volviendo a leer tu primer mensaje, hay cosas que no entiendo:

 

1. Dices que han pasado tres meses. Por qué no hiciste el cambio de nombre el mismo día que acordásteis la compra-venta y le entregaste el dinero?

 

2. Hablas del RACC. Supongo que si te están tramitando el cambio de nombre será porque pagas la cuota anual por aprovechar sus servicios, entre los que incluirá asistencia jurídica. Por qué no lo utilizas para arreglar esto? Todo lo que te han dicho es que llegues a un acuerdo con el vendedor?

 

 

1. El cambio de nombre se hizo el mismo día en que se hizo el pago del dinero y la entrega de las llaves y de la documentación. Me fuí a mi oficina del RACC y ahí entregué toda la documentación por lo que se iniciaron los trámites y me dieron en ese mismo momento un papel que servía a modo de justificante por si la policia me pedia la documentación, ASI podría demostrar que no tengo los papeles porque me los están tramitando. Pero ya me advirtieron en el RACC que esto tarda al menos uno o dos meses en tramitarse, en mi caso hasta el 3º mes no me han avisado de que habían rechazado el cambio de nombre por este motivo.

 

 

2. Sí, en un momento dado podría pedir asistencia judicial en el RACC aunque sinceramente yo espero que no sea necesario meterme en temas de juicios por algo ASI... como ya comenté desde el RACC tan solo me hablaron de que "llegara a un acuerdo con el vendedor". El lunes por la tarde pensaba acercarme a mi oficina y hablar con ellos a ver que averiguo y que se suele hacer en estos casos.

 

 

Yo estoy dispuesto a pagar el 50% del coste puesto que en parte él me vendió el coche más barato gracias entre otras cosas a esos descuentos que le hicieron por tanto a mi modo de ver yo tambien me he beneficiado indirectamente de la minusvalía de su hija. En ese sentido creo que es una oferta generosa teniendo en cuenta que tal como comentais técnicamente le corresponde a él pagarlo.

 

Si se niega a ese trato entonces le puedo proponer que pospongamos el cambio de nombre hasta que cumpla el plazo de los 4 años (en junio del 2009) y entre los dos (o entre su hija y yo) firmar algun contrato conforme yo me hago cargo del coche en concepto de los 22.000 euros que le pagué en su día y él no me va a reclamar el coche a la espera de hacer el cambio de nombre a partir de esa fecha. ASI todos nos ahorramos el pago del impuesto. Aunque lógicamente esto tiene sus inconvenientes para ambas partes...

 

El tema es que mientras no se haga el cambio de nombre todas las multas e impuestos que pueda haber le seguiran llegando a él, de hecho ya pasó hace un par de meses con una pequeña multa de aparcamiento que me encontré en el parabrisas y que a pesar de haberla pagado al momento en ventanilla a él le llegó el aviso de multa 1 semana después... me llamó todo preocupado para que por favor me hiciera cargo del asunto :crying_anim:

 

Por suerte yo rara vez sufro alguna multa, de hecho tengo solo 4 en toda mi vida y todas por menudeces pero podría darse el caso de que la ley de Murphy se cumpliera y justo ahora me viniera algo gordo... :cfsd1:

Editado por Air Crusan
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pues resulta que al final se lo comenté al vendedor el cual no tenía ni idea de esto y acordamos que lo justo era pagarlo a medias, ASIque cada uno paga unos 345 euros (en total son unos 690) y asunto resuelto :ranting2:

 

me temía que fuera bastante más o que no quisiera aceptar pagar pero por suerte estuvo en todo momento dispuesto a colaborar... yo de todos modos aprendí la lección :ranting2:

 

 

PD. bendito sea el que ideo este nuevo impuesto de matriculación en función de que pague más quien más contamina porque me he ahorrado una pasta respecto al modelo de impuesto anterior :laugh:

Editado por Air Crusan
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Me alegro que hayas llegado a un acuerdo y que esté todo solucionado aunque yo en tu lugar no habría pagado un duro, lo tengo claro.

Es más, conozco muucha gente que se compra coches a nombre del padre/madre/abuelo por esos temas en el impuesto de matriculación (cuando están de baja, larga enfermedad... etc) y esto corre a su cuenta siempre, es un descuento que se les aplica con unas condiciones (y deberían saberlas) pero tú a la hora de comprar coche no tienes que contar con estas cosas y son ellos los que se tienen que preocupar. Concretamente a un amigo le pasó esto mismo al vender un coche que estaba comprado con descuento por este tema y claro... al final, al dinero que sacó de la venta tuvo que descontarle el impuesto que tuvo que pagar por haberselo ahorrado cuando lo compró nuevo y el "negocio" no le salío tan redondo como había calculado.

 

Igualmente, lo importante es que esté todo arreglado.

 

Saludos!!!

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  • 1 mes más tarde...

Buenas air, yo tb tuve un problema parecido cuando me pillé el sportback..´Adquirí a torito a través de un comercial de philip morris con escasos 20 mil km. Cuando cerramos la venta el tema del impuesto de circulación quedó latente, es decir, no se dijo nada al respecto. El vendedor pretendía que me hiciera cargo del mismo pero el tema está claro. El coche fue adquirido en junio por lo tanto, y siempre salvo que se negocie lo contrario, está obligado a pagar el impuesto la persona titular del mismo a fecha 1 de enero del año en el que se hace la transferencia. Así que al final fue él el que tuvo q hacerse cargo del mismo.

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