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6000 € de multa para quien use un anti-radar


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Los conductores que circulen con un vehículo que tenga instalado un mecanismo ilegal de detección de radares de velocidad, los conocidos como "anti-radares", serán castigados con 6.000 euros, la máxima multa que puede recibir un conductor, y los que usen el navegador al volante, con 200.

Son sanciones que se contemplan en el proyecto de ley para la reforma del procedimiento sancionador en materia de seguridad vial, aprobado la semana pasada en el Consejo de Ministros para su remisión a las Cortes.

La reforma revisa todo el cuadro de sanciones, entre ellas la que castiga a los conductores que "se valen" de los anti-radares para "burlar" los controles de velocidad, una práctica que actualmente conlleva una multa de 150 euros y la pérdida de 2 puntos del carné de conducir.

Los juristas encargados de la elaboración del proyecto sostienen que no puede ser más barata la sanción que la infracción y ésta, en su opinión, es especialmente grave porque quien coloca un "anti-radar" en su vehículo tiene "una voluntad de infringir continuamente". "Nadie lo monta para que no le cojan una vez, sino para ir constantemente infringiendo", apuntan los especialistas, que entienden que esta infracción se debe castigar "lo máximo posible". Y así lo han hecho, porque no hay ninguna multa de esa cantidad.

Cuando entre en vigor la reforma, llevar instalado un anti-radar se considerará una infracción muy grave y se multará con 6.000 euros, tres meses de suspensión del permiso de conducir y la pérdida de 6 puntos.

La infracción está definida en el artículo 65.5.i del proyecto: "conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o instrumentos encaminados a eludir la vigilancia del tráfico, así como utilizar o llevar instalado sistemas de detección de radar" Pero el conductor no será el único que será sancionado porque "no es el único que infringe la ley", también lo hace quien instala esos dispositivo.

Por ello, la reforma incorpora una nueva infracción, con la que se sanciona a los talleres y establecimientos de recambios que lo hacen, que serán multados con entre 3.000 y 30.000 euros.

La DGT está a favor de que los conductores lleven en el coche un navegador con la información y localización de los radares fijos, es decir un lector de radares, pero está en contra de los "detectores" o "inhibidores", que están expresamente prohibidos, porque su objetivo es saltarse los controles de velocidad. Los "detectores" pueden captar la señal que emite el radar de los agentes de tráfico, tanto fijo como móvil, y avisar con un pitido de la proximidad de un radar activo. Los "inhibidores", conocidos como "jammer", destruyen las frecuencias que emiten los radares y por tanto interfieren sus señales para que no pueda realizar la medición. Estos aparatos, que pueden llegar a costar hasta 4.000 euros, se instalan en la mayoría de los casos, según las fuentes, en vehículos de alta gama. "Cuando te instalas un anti-radar, te quieres pasar a 190 toda la carretera, con lo que tienes un dolo o una intención de infringir siempre", insisten los especialistas en normativa de Tráfico.

Las sanciones al "anti-radar" son las más duras, pero las que van a afectar a numerosos conductores son las que hacen referencia a los navegadores: la reforma tipifica castiga a los que lo utilicen mientras están conduciendo, de la misma forma que hacen con los que usan manualmente el teléfono móvil.

Si tocas la pantalla o manipulas el navegador mientras circulas cometerás una infracción grave y serás multado con 200 euros y perderás 3 puntos, la misma multa con la que serán sancionados los que hagan uso del móvil. Hasta ahora esta "prohibición" a "tocar" el navegador en marcha no estaba explicitada en la ley, aunque podía interpretarse, ya que el reglamento de circulación sanciona a quienes no mantienen la atención al volante. Con la entrada en vigor, el navegador se podrá mirar, pero no tocar en marcha, algo en lo que, según las fuentes consultadas, están de acuerdo las empresas que los fabrican que ya han puesto a la venta muchos navegadores que te impiden manipularlo mientras estás al volante.

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La o****!!!!...entre la pasta que me costo el Beltronics en su momento y la multa que te ponen ahora por llevarlo me parece que le voy a tener que pegar fuego :notworthy: .

 

 

S2

 

Charly si te meten en la carcel, tranquilo que aqui tienes un amigo que cuidara de tu coche :notworthy: :notworthy: :drool: :clap1:

 

Hombre tambien te llevare algun bocadillo, con unas limas dentro. :notworthy: :clap1:

 

S2

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INCREIBLE, NO TIENEN OTRA COSA QUE HCER ?

 

prohibido los antiradar

prohibido fumar

prohibido tocar el navegador

prohibido comer

prohibido aparcar aqui y alli

 

jod** que arregren ya de una vez las carreteras y nos dejen s paz ya que en catalunya encima van y nos lo ponen todo a 80 km hora , unas caravanas que ni te cuento , increible dicen que contamina menos , ya y un jamon , lo que an puesto mas radares para que cuando pases de 80 catacrac , 200 eurillos mas pa la saca.

 

solo hacen que poner infraccioines en vez de ayudar al conductor , comparados con alemania parece que tenemos mas numero de accidentes mortales en total al año y eso que ell limite de velocidad alli es muy diferente y extricto . que se lo miren ya que somos europeos pa lo que quieren .

 

gracias por tu informacion y perdon por el toston que os he dado.

saludos :huh:

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Yo hasta la fecha pensaba que lo que era ilegar era el USARLOS pero no el tenerlos instalados.

 

Me explico: se puede llevar un movil pero no usarlo en movimeinto, se puede llevar un GPS pero no usarlo, se puede tener un sintonizador de TV pero no usarlo... etc.

 

Ahora por lo visto no hará falta demostrar que has USADO un antiradar, ya con TENERLO te empapelan y punto :thumbsup:

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Lo siguiente será: cuando vengas del Carrefour con un pack de 6 latas de cerveza en el maletero y un paquete de winston en la guantera el dia que te pare la poli te empapelaran alegando que tu INTENCION era conducir borracho mientras te fumabas un pitillo al volante :thumbsup:

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Lo siguiente será: cuando vengas del Carrefour con un pack de 6 latas de cerveza en el maletero y un paquete de winston en la guantera el dia que te pare la poli te empapelaran alegando que tu INTENCION era conducir borracho mientras te fumabas un pitillo al volante :bsh1:

 

Jajajajaja!!!..tiempo al tiempo :flwrs: .

 

 

S2

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Yo hasta la fecha pensaba que lo que era ilegar era el USARLOS pero no el tenerlos instalados.

 

Me explico: se puede llevar un movil pero no usarlo en movimeinto, se puede llevar un GPS pero no usarlo, se puede tener un sintonizador de TV pero no usarlo... etc.

 

Ahora por lo visto no hará falta demostrar que has USADO un antiradar, ya con TENERLO te empapelan y punto :drooling:

 

 

Bastante logico no? La TV la puedes llevar, pero no implica que el uso lo hagas en marcha. El GPS igual, puedes configurarlo antes de conducir y asi no tienes porque distraerte mientras conduces... pero un Antiradar??? Para que lo quieres? Tenerlo por tenerlo??

 

La cosa esta clara, si no queremos multas no hay que correr. Para eso existen los circuitos.

 

Sabiendo la normativa ahora, a ver a cuantos empapelan por querer "pasarse de listos"... :crying_anim:

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Supongamos que en un pais de la UE es legal instalar detectores de radar y supongamos tambien que en todo el territorio de la UE es libre el movimiento de personas y cosas.

Entonces ¿se puede sancionar en España al conductor de un vehículo que lleve instalado un aparato de esas características solo sobre la base de que en España es ilegal su uso y si lo lleva, es con la intencion de usarlo y además con frecuencia?.

 

 

Vayamos más lejos aun, ¿si un ciudadano en España no lleva instalado un sistema de detección de radares, significa eso entonces que no tiene intencion de saltarse jamas los límites de velocidad?.

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