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Velocidad máxima real permitida.


200T

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Hola buenas.

 

Tengo una duda respecto a la velocidad máxima permitida en carretera ( autovia), ya que por un par de vías me ha llegado que en autovía se debe ir a 120 KM/H REALES para no ser multado.

 

En un caso, la persona me ha dicho que está en la página WEB de la DGT, pero no lo he encontrado.

 

Esto es verdad? Hasta ahora, con el coche podía ir a 130 KM/H y no eramos multados....

 

Alguien me lo puede aclarar????

 

Gracias

Saludos

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A ver si te lo puedo aclarar yo más o menos:

1º.- el marcador de tu coche marca más de lo que realmente vas, lleva un porcentaje de error, es decir, si marca 120, posiblemente vayas reales unos 110 o 115, por la misma regla de tres, si marcas 130, posiblemente vayas a 120 reales.

2º.- los radares también cuentan con un porcentaje de error del ... no se,5 ó 10%?, es decir, para que salte un poco más por encima, que salte a 130 por ejemplo.

 

Ahora dicen que han tarado los radaras a 121 km/h CLAVADOS, por lo que tuyos de marcador, podríais ir a unos 125 ó 130, pero vamos, "ante la duda, la más tetuda", yo prefiero ir a 120 de marcador con el tempomat y dejarme de gilichorradas (no es un insulto, es que estar pendiente del marcador continuamente me parece peligroso).

 

saludos!!

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Las cosas no han cambiado... Siguen como antes.

Van a aprobarse unas modificaciones que entrarán en vigor dentro de 6 meses, pero variar el error de los radares no esta entre ellas.

 

Por lo que tienes el error apróximado del cuenta kilometros, al que hay que sumarle el apróximado del radar...

Así que llendo aproximadamente a 133 km/h en autopista, no deberías tener problemas...

 

Aunque si vas a 120 km/h, mejor.

 

Un saludo.

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No te fies...ultimamente estan bastante perros con los margenes,pongo mi caso:

http://www.audisport-iberica.com/foro/inde...c=191247&st

A mi me han j**** digoooooo fotografiado a 159 ...con el programador de velocidad clavado en 160 ... no se yo como irán estos con los porcentajes de error ....

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Yo he recibido esto.

 

 

 

 

Información útil para los velocistas

 

Tráfico multará a partir de 121 km/h

 

En unas cuantas semanas, circular por encima de 120 km/h en autopistas o autovías supondrá una sanción de 100 euros. La reforma de la Ley de Seguridad Vial, que ya se está tramitando en el Congreso de los Diput*dos, terminará con el margen actual que permite alcanzar hasta 133 km/h sin que ello suponga una multa.

 

El Gobierno ya está tramitando una reforma de la Ley de Seguridad Vial con la que revisará el listado de infracciones que restan puntos, unas sanciones que están en vigor desde el mes de julio de 2006 cuando entró en funcionamiento el nuevo permiso de conducción. Una de las novedades más destacadas es que desaparecerá el margen de 13 km/h que hasta ahora permitía circular por una autopista o una autovía con la velocidad limitada a 120 km/h .

 

Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con su vehículo entre 121 y 133 km/h no es sancionado. En poco tiempo, ya no será así. Cuando entren en vigor los cambios en la Ley de Seguridad Vial, los radares de autopistas y autovías multarán a todo aquel vehículo que transite a más de 120 km/h . La cuantía de esta sanción se sitúa en 100 euros, aunque no restará puntos.

 

La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restan puntos dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General de Tráfico (DGT) considera que no tienen una incidencia importante en la mortalidad en las carreteras. Así, ya no quitará puntos circular por autopistas y autovías con vehículos que lo tengan prohibido, como es el caso de los ciclomotores, llevar en los vehículos más ocupantes de lo permitido y aparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o una curva.

 

Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carné sí supondrán una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sanciones por pequeños excesos de velocidad en vías con el límite situado en 120 km/h , circular rápido en tramos urbanos será más perseguido. De esta forma, conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h , pasará de suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos.

 

MATRÍCULAS LEGIBLES

 

Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a las matrículas. A partir del momento en que entre en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, los conductores de motocicletas, coches, camiones y furgonetas tendrá la obligación de mantener las placas de matrícula limpias y legibles. El objetivo es impedir que se modifiquen o se oculten las matrículas para evitar los radares.

 

Si algún conductor es detectado con la matrícula ilegible a propósito, será sancionado con 200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos. En la actualidad, esta infracción no restaba puntos. También se descontará cuatro puntos a todo aquel que circule con el carné de conducir temporalmente retirado. Además, el uso de detectores de radares pasará a restar 6 puntos (2 hasta ahora), mientras que quien no mantenga la distancia de seguridad verá mermado su saldo en 4 puntos, uno más que en la actualidad.

 

Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que los conductores paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega a cobrarse jamás. Para ello, la DGT apuesta por el pronto pago, que conllevará una rebaja del 40% de la sanción, un 10% más que a día de hoy, siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y abone la multa en 15 días.

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Hola!

 

Me he leido el texto del proyecto de cambio de normas de la DGT y en ningún sitio dice nada de modificar los margenes de error.

Además, este texto, tiene luego que ser discutido, modificado, aprobado y tardara más de seis meses en entrar en vigor...

Así que estar todos tranquilos, que la DGT no va a multar por ir a 121 km/h.

 

No te fies...ultimamente estan bastante perros con los margenes,pongo mi caso:

http://www.audisport-iberica.com/foro/inde...c=191247&st

 

Ya lo hemos hablado en el otro hilo... A ti y a mi nos ha multado el ayuntamiento de Madrid, no la DGT...

No conozco a nadie que la DGT le haya multado en una situación silimar.

 

A mi me han j**** digoooooo fotografiado a 159 ...con el programador de velocidad clavado en 160 ... no se yo como irán estos con los porcentajes de error ....

 

Eso significa que el radar estaba bien calibrado y que tu cuentakilometros marca también una velocidad casi real. :drooling:

Has comprobado con un gps si la velocidad del gps coincide con la del cuentakilometros? Dicen que la velocidad del gps es mucho más real que la que marca el cuentakilometros.

 

La velocidad que te esta indicando la multa es la velocidad real a la que te ha cazado el radar (sin el margen). Luego, para aplicar la sanción, te aplican el margen de error (un 7%), por lo que el importe de la multa que vas a pagar es como si circulases a 150 km/h...

Así que supongo que la multa que te han puesto es de aproximadamente 150 euros, verdad?

 

Siento la multa que te han puesto... A mi la DGT me cazó a 80 km/h en una zona de travesia (limite 50 km/h)... Y como sabía que tenían razón y que recurrir era perder el tiempo, efectué el pronto pago y me ahorre el 30%.

 

Un saludo.

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