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Cuestion sobre baja laboral.


Squattro

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Vale vamos a ver, un suponer, imaginaros, por la noche estoy en la cama y me empiezo a encontrar indispuesto con abundante vomitos fiebre y tal.

Al dia siguiente sigo encontrandome mal y decido no ir a trabajar e ir al medico de cabezera para que me atienda.

El medico me dice que me a sentado algo mal y que con esta pastillita se te cura en un dia y me hace un justificante de 48horas de enfermedad sin baja para presentar a la empresa.

Yo me recupero en ese plazo y voy a trabajar y entrego el susodicho papelito.

Ahora viene la pregunta, segun el jefe (alias listillo) esos 2 dias que no e ido a trabajar no los tengo que cobrar? eso es verdad??

Yo digo que esos dias ay que cobrarlos.

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Vale vamos a ver, un suponer, imaginaros, por la noche estoy en la cama y me empiezo a encontrar indispuesto con abundante vomitos fiebre y tal.

Al dia siguiente sigo encontrandome mal y decido no ir a trabajar e ir al medico de cabezera para que me atienda.

El medico me dice que me a sentado algo mal y que con esta pastillita se te cura en un dia y me hace un justificante de 48horas de enfermedad sin baja para presentar a la empresa.

Yo me recupero en ese plazo y voy a trabajar y entrego el susodicho papelito.

Ahora viene la pregunta, segun el jefe (alias listillo) esos 2 dias que no e ido a trabajar no los tengo que cobrar? eso es verdad??

Yo digo que esos dias ay que cobrarlos.

Creo que hasta 3 días puedes estar de baja cobrando por la empresa y el cuarto pasa a pagar la seg.soc. pero en tu caso el justificante es de 2 días y se hace cargo la empresa del salario pero si tienes algún tipo de prima especial por productividad o algo similar creo que eso nó,

S2

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Vale vamos a ver, un suponer, imaginaros, por la noche estoy en la cama y me empiezo a encontrar indispuesto con abundante vomitos fiebre y tal.

Al dia siguiente sigo encontrandome mal y decido no ir a trabajar e ir al medico de cabezera para que me atienda.

El medico me dice que me a sentado algo mal y que con esta pastillita se te cura en un dia y me hace un justificante de 48horas de enfermedad sin baja para presentar a la empresa.

Yo me recupero en ese plazo y voy a trabajar y entrego el susodicho papelito.

Ahora viene la pregunta, segun el jefe (alias listillo) esos 2 dias que no e ido a trabajar no los tengo que cobrar? eso es verdad??

Yo digo que esos dias ay que cobrarlos.

 

Joer, la primera vez que lo oigo, esos días son remunerados con baja, accidente o enfermedad común, luego están las horas personales para asistir al médico y tal, se podrían descontar de ahí. Todo está en como sea tu jefe de maravilloso.

Yo a los currelas que tengo bajo mi responsabilidad se lo quitaría de vacaciones

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Vale vamos a ver, un suponer, imaginaros, por la noche estoy en la cama y me empiezo a encontrar indispuesto con abundante vomitos fiebre y tal.

Al dia siguiente sigo encontrandome mal y decido no ir a trabajar e ir al medico de cabezera para que me atienda.

El medico me dice que me a sentado algo mal y que con esta pastillita se te cura en un dia y me hace un justificante de 48horas de enfermedad sin baja para presentar a la empresa.

Yo me recupero en ese plazo y voy a trabajar y entrego el susodicho papelito.

Ahora viene la pregunta, segun el jefe (alias listillo) esos 2 dias que no e ido a trabajar no los tengo que cobrar? eso es verdad??

Yo digo que esos dias ay que cobrarlos.

 

Joer, la primera vez que lo oigo, esos días son remunerados con baja, accidente o enfermedad común, luego están las horas personales para asistir al médico y tal, se podrían descontar de ahí. Todo está en como sea tu jefe de maravilloso.

Yo a los currelas que tengo bajo mi responsabilidad se lo quitaría de vacaciones

 

Osea que tu muy maravilloso no eres :bsh1:

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Vale vamos a ver, un suponer, imaginaros, por la noche estoy en la cama y me empiezo a encontrar indispuesto con abundante vomitos fiebre y tal.

Al dia siguiente sigo encontrandome mal y decido no ir a trabajar e ir al medico de cabezera para que me atienda.

El medico me dice que me a sentado algo mal y que con esta pastillita se te cura en un dia y me hace un justificante de 48horas de enfermedad sin baja para presentar a la empresa.

Yo me recupero en ese plazo y voy a trabajar y entrego el susodicho papelito.

Ahora viene la pregunta, segun el jefe (alias listillo) esos 2 dias que no e ido a trabajar no los tengo que cobrar? eso es verdad??

Yo digo que esos dias ay que cobrarlos.

 

Joer, la primera vez que lo oigo, esos días son remunerados con baja, accidente o enfermedad común, luego están las horas personales para asistir al médico y tal, se podrían descontar de ahí. Todo está en como sea tu jefe de maravilloso.

Yo a los currelas que tengo bajo mi responsabilidad se lo quitaría de vacaciones

 

Osea que tu muy maravilloso no eres :clap1:

 

No, no es muy maravilloso...pero es totalmente legal.

 

Hace un tiempo, en la empresa en la que trabajo por la tarde, un trabajador tuvo un percance currando, fue a la mutua, y de ahí lo mandaron al especialista...que le dijo que se tenía que quedar en casa 24 horas (un día, vamos). SIN BAJA MÉDICA. Solo con el papelito diciendo "aconsejo reposo de 24 h".

 

Pues bien, pregunté, a instancias del jefe de la empresa, en la asesoría para la que trabajo, y me dijeron que ese día, si no había baja....se tenía que quitar de las vacaciones, o descontarse del mes.

 

Si no hay baja médica....

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Vale vamos a ver, un suponer, imaginaros, por la noche estoy en la cama y me empiezo a encontrar indispuesto con abundante vomitos fiebre y tal.

Al dia siguiente sigo encontrandome mal y decido no ir a trabajar e ir al medico de cabezera para que me atienda.

El medico me dice que me a sentado algo mal y que con esta pastillita se te cura en un dia y me hace un justificante de 48horas de enfermedad sin baja para presentar a la empresa.

Yo me recupero en ese plazo y voy a trabajar y entrego el susodicho papelito.

Ahora viene la pregunta, segun el jefe (alias listillo) esos 2 dias que no e ido a trabajar no los tengo que cobrar? eso es verdad??

Yo digo que esos dias ay que cobrarlos.

 

Joer, la primera vez que lo oigo, esos días son remunerados con baja, accidente o enfermedad común, luego están las horas personales para asistir al médico y tal, se podrían descontar de ahí. Todo está en como sea tu jefe de maravilloso.

Yo a los currelas que tengo bajo mi responsabilidad se lo quitaría de vacaciones

 

Osea que tu muy maravilloso no eres :ranting2:

 

No, no es muy maravilloso...pero es totalmente legal.

 

Hace un tiempo, en la empresa en la que trabajo por la tarde, un trabajador tuvo un percance currando, fue a la mutua, y de ahí lo mandaron al especialista...que le dijo que se tenía que quedar en casa 24 horas (un día, vamos). SIN BAJA MÉDICA. Solo con el papelito diciendo "aconsejo reposo de 24 h".

 

Pues bien, pregunté, a instancias del jefe de la empresa, en la asesoría para la que trabajo, y me dijeron que ese día, si no había baja....se tenía que quitar de las vacaciones, o descontarse del mes.

 

Si no hay baja médica....

 

Respuesta correcta.... si no hay baja "paga" el trabajador..... :flwrs:

 

Y además es lógico, es una medida dirgida a evitar el absentismo laboral. Si estás enfermo que te den la baja.....

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Pues a mi me hacen esa put*da y me cojo una baja por "depresion" pero de una semana minimo... menudo tacto, otra cosa que seas reincidente, el tipico tio morro que siempre se pone "malo" en los puentes o los lunes. Pero vamos, si me pongo malo una vez y me quitan el dia de las vacaciones o del sueldo, ese dia lo recupero, aunque me lo pague la seguridad social.

 

Cada vez estoy mas contento de ser autonomo

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A ver si os aclaro algo:

 

Esos 2 días que faltas al trabajo sin tener la baja los tienes que recuperar, o sea se los debes a la Empresa.

 

En una baja por IT (incapacidad permanente, accidente no laboral), lo que marca la Ley es lo siguiente:

 

Los 3 primeros días no cobras.

 

Del 4º al 20º cobras el 60% de la Base reguladora (BCCC) del mes anterior

 

A partir del día 21º cobras el 75% de la base reguladora hasta que te reincorpores al trabajo.

 

El trabajador debe tener cotizado 180 días en los 5 años anteriores a la fecha de la baja médica para acceder a las prestaciones

 

 

En una baja por AT (accidente de trabajo/enfermedad profesional) cobras el 75% de la base reguladora (BCCP ) desde el día siguiente a la baja ,(el día de la baja se considera trabajado). No se exige período de cotización mínimo para percibir la prestación económica.

 

Esto es lo que dice la Ley, otra cosa es que por convenio Colectivo u otro tipo de pacto estas prestaciones sean mejoradas por la Empresa.

 

edito:

 

BCCC = base cotizacion contingencias comunes.

BCCP = base cotizacion contingencias profesionales (la BCCC + horas extras)

 

ambas deben figuran en la nómina.

 

Espero que os sirva, un saludo

Editado por orpin
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No, no es muy maravilloso...pero es totalmente legal.

 

Hace un tiempo, en la empresa en la que trabajo por la tarde, un trabajador tuvo un percance currando, fue a la mutua, y de ahí lo mandaron al especialista...que le dijo que se tenía que quedar en casa 24 horas (un día, vamos). SIN BAJA MÉDICA. Solo con el papelito diciendo "aconsejo reposo de 24 h".

 

Pues bien, pregunté, a instancias del jefe de la empresa, en la asesoría para la que trabajo, y me dijeron que ese día, si no había baja....se tenía que quitar de las vacaciones, o descontarse del mes.

 

Si no hay baja médica....

 

A eso iba yo, entonces tiene razon el LISTILLO que me llevaba la contraria. :bsh1:

 

A mi me dieron un papelito de reposo 48horas. :p

 

Encima que intentas no causar bajar para no perjudicar la produccion de la empresa y volver a trabajar lo mas rapido posible, encima te joden esos dias, tiene huevos la cosa ;)

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A mi hace un par de años me operarón y me dieron 15 dias de baja. Al cuarto día estaba currando y a los siete pedí el alta. Entonces?, la empresa me debe 7 dias de vacaciones?? :lol2: .

 

Yo lo tengo claro!. Llevo 10 años en la empresa y he faltado 2 dias por gripes y sin baja. Si me quita un día de vacaciones por eso, lo tiene claro conmigo!!!!. Me caso sólo para que me de los 15 días de vacacones!!, por Ca**on!!

Editado por sonjor avant
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A mi hace un par de años me operarón y me dieron 15 dias de baja. Al cuarto día estaba currando y a los siete pedí el alta. Entonces?, la empresa me debe 7 dias de vacaciones?? ;) .

 

Yo lo tengo claro!. Llevo 10 años en la empresa y he faltado 2 dias por gripes y sin baja. Si me quita un día de vacaciones por eso, lo tiene claro conmigo!!!!. Me caso sólo para que me de los 15 días de vacacones!!, por Ca**on!!

 

La empresa no te debe nada. Tu trabajaste "porque quisiste". Si te dieron 15 días de baja, tu sabrás porque te pusiste a trabajar (si por motivos economicos, de solidaridad con la empresa, o lo que sea), pero tuyos eran.

 

 

Es como las vacaciones. Si tienes, por ejemplo, 30 días al año de vacaciones, y a 31 de diciembre solo has gastado 22....tu mismo, pero esos 8 días, la empresa no te los tiene ni que pagar, ni que dártelos al año siguiente.

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A mi hace un par de años me operarón y me dieron 15 dias de baja. Al cuarto día estaba currando y a los siete pedí el alta. Entonces?, la empresa me debe 7 dias de vacaciones?? :clap1: .

 

Yo lo tengo claro!. Llevo 10 años en la empresa y he faltado 2 dias por gripes y sin baja. Si me quita un día de vacaciones por eso, lo tiene claro conmigo!!!!. Me caso sólo para que me de los 15 días de vacacones!!, por Ca**on!!

 

La empresa no te debe nada. Tu trabajaste "porque quisiste". Si te dieron 15 días de baja, tu sabrás porque te pusiste a trabajar (si por motivos economicos, de solidaridad con la empresa, o lo que sea), pero tuyos eran.

 

 

Es como las vacaciones. Si tienes, por ejemplo, 30 días al año de vacaciones, y a 31 de diciembre solo has gastado 22....tu mismo, pero esos 8 días, la empresa no te los tiene ni que pagar, ni que dártelos al año siguiente.

 

Mucas gracias por la explicación, pero era una ironia! :p

lo tengo muy, pero que muy clarito.

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