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He alquilado un coche por tener el mío en el taller...


JAVI A3FSI

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pUES SI LA CULPA ES DEL OTRO YO PEDIRIA UNA FACTURA DE ESE ALQUILER Y SE LO PASARIA A LA COMPAÑIA CONTRARIA PARA QUE TE LA ABONASE EN CONCEPTO DE COCHE DE SUSTITUCION ALEGANDO QUE LO NECESITABAS PARA TRABAJR, ASI QUE CON ALGO DE SUERTE ESE COCHE TE SALE GRATIS.

 

S2.

 

 

 

Hola!

 

Ya te digo yo...que no.

Yo por lo menos no lo conseguí hace dos años cuando tube un accidente no culpable...

Durante los dos meses que se tiraron para reparar mi coche con el ir y venir de medicos,rehabilitación,llevar a la nena al cole y mi rutina diaria me las tube que ingeniar con familiares mientras no podía conducir...y con un coche de alquiler cuando por fin pude ser persona....

 

Te pagan Bus,medicinas,tratamientos...y hasta una manta electrica si te hace falta...pero el alquiler de un coche...no.

 

Claro que..hace dos años...y como todo dependerá de compañías... :laugh: ...de eso entiendes tú mas Romulo :cfsd1:

 

Pues por eso lo digo, yo entiendo que si el compañero se ha quedado sin medio de transporte por culpa de otro usuario de la via pues entiendo que, dentor de la cobertura de RC (Responsabilidad Civil) estaria cubierto el gasto por alquiler de otro vehiculo si este le es indispensable para desarrollar su trabajo, asi que si el puede certificar que necesitaba el coche para su trabajo pues entiendo que tiene derecho a estar cubierto, pero de todas maneras que se pase por su compañia y que le pregunte, pero yo entiendo que si.

 

Otra cosa es que la compañia contraria se niegue y haya que ir a juicio para que le paguen, pero yo entiendo que si que tendria derecho, pero claro, todo depende de la compñia y de la letra pequeña, asi tambien, de como se interprete la ley, no se, son tantas cosas que es normal que la compañia diga que no paga y nos conformemos, es algo parecido al siniestro total, una figua que no existe legalmente, ante un ST la compañia contraria debe pagar integra la restitucion del daño, sin limitaciones mas alla de las coberturas contratadas por el cliente (si el tomador del seguro ha contratado una cantidad maxima de RC de 12000 euros pues la copañia pagara hasta ahi y el resto el tomador del seguro o la persona que haya provocado el daño). Yo le recomendaria al compañero que se pase por su compañia de seguros y que pida hablar con un abogado (la cobertura de asistencia juridica viene por defecto en la practica totalidad de las coberturas de las polizas de seguros) y que el abogado le asesore y despues decida.

 

S2.

 

 

Bueno...que lo intente por supuesto...y que nos cuente qué tal cuando odo termine.

Yo solo le pongo en antecedentes con mi caso. :ranting2:

 

Saludos! :laugh:

 

 

Y tu caso es el de miles de personas, y es muy respetable, ademas, que yo soy de los que de las compañias de seguros se espera de todo, son empresas y como tales solo buscan el beneficio, y se buscan todas las artimañas para evitar pagar hasta el ultimo centimo.

 

s2.

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yo veo dificil demostrar que necesitas el coche para trabajar.....ufff como no seas chofer o algo asi :cfsd1:

 

 

Por supuesto, claro que es dificil demostrarlo, yo nunca dije lo contrario, ahora bien, si puede demostrarlo entiendo que tiene derecho a que le indemnicen por ello o que le paguen el coche sustitucion.

 

s2.

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Por cierto...que mi taller me ha hecho entrega de un coche de cortesía mientras le hacen unos pequeños ajustes a mi A5...es un Micra... :p

Yo apenas le he hecho unos cuantos km...mañana veré qué tal...pero de momento...parezco que no he conducido en mi vida! :thumbsup:Aparcar con el es una Odisea... :wacko:

:huh::huh:

¿No será porque te cuesta encontrar más un espacio donde quepa el micra que uno donde quepa el A5, no?... :ph34r::lol2:

 

Si prácticamente lo puedes dejar en paralelo al hueco donde quieres aparcarlo, bajarte, y empujarlo hasta el hueco :roll1:

 

pues eso es un chollo...a mi me dejaron un TATA que en los baches se le salia la caratula de la radio y se caia al suelo :thumbsup::laugh: .....al final acabe conduciendo con la rodilla en la caratula.

Eso te lo hacía el coche para comprobar que tienes reflejos y para que al ir sin radio escuches mejor cómo ha de sonar el motor :lol2: :lol2: :kss1::flwrs:

 

Y yo me pregunto... ¿cómo será que siempre en los concesionarios Audi tiene el concesionario también concesión de otra marca "inferior" y siempre nos tocan coches de cortesía de la otra marca?... ¿Acaso conoceis a alguien que haya ido a reparar un TATA y le hayan dejado de cortesía un A3? :blink:

 

Saludos.

Editado por Jose Tortola
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:p:thumbsup: Buenos dias!

 

Jose,te lo prometo...cuando creo que ya lo tengo aparcado...resulta que lo tengo a tres palmos de la acera y con el "culete" totalmente dirección a la carretera! :wacko:

 

Lo que no entiendo yo de mi Concesionario...es que tienen en recepción A3,A4,Q7...se supone que para cortesía...y me vino mi marido(con lo grandote que es que tú lo conoces)embutido el pobre en el Micra :thumbsup::laugh: eso si...la matricula es GSY... :flwrs:

 

Saludos! :roll1:

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Buenas, gracias por las respuestas y las opiniones.

 

Finalmente ya tengo mi Ibiza 1.4 85 cv. gasolina jeje. Lo pedí gasolina expresamente pero hay que decir que el sonido de motor es bastante malo, parece casi un diesel . Está nuevecito y voy bastante agusto en él pero la dirección parece de mentira de lo suelta que va...

 

Por lo que respecta al alquiler del coche bueno, muchos en mi situación se que no lo harían ni locos, pero como he dicho,este mes tengo las tardes libres y yo cojo mucho el coche y no quiero depender de nadie ni de horarios. Tampoco pago una hipoteca ni tengo gastos importantes así que pensándolo... porque no???jeje

 

Lo del seguro lo había pensado pero pueden decir que huviese podido contratar el coche de sustitución o mirar donde tengo mi casa y la distancia hasta mi trabajo y se rían de mí jeje. A efectos legales creo que no lo necesito.

 

Resumiendo que ha llegado verano y yo no me quedo sin coche jeje.

 

Saludos.

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pUES SI LA CULPA ES DEL OTRO YO PEDIRIA UNA FACTURA DE ESE ALQUILER Y SE LO PASARIA A LA COMPAÑIA CONTRARIA PARA QUE TE LA ABONASE EN CONCEPTO DE COCHE DE SUSTITUCION ALEGANDO QUE LO NECESITABAS PARA TRABAJR, ASI QUE CON ALGO DE SUERTE ESE COCHE TE SALE GRATIS.

 

S2.

 

 

 

Hola!

 

Ya te digo yo...que no.

Yo por lo menos no lo conseguí hace dos años cuando tube un accidente no culpable...

Durante los dos meses que se tiraron para reparar mi coche con el ir y venir de medicos,rehabilitación,llevar a la nena al cole y mi rutina diaria me las tube que ingeniar con familiares mientras no podía conducir...y con un coche de alquiler cuando por fin pude ser persona....

 

Te pagan Bus,medicinas,tratamientos...y hasta una manta electrica si te hace falta...pero el alquiler de un coche...no.

 

Claro que..hace dos años...y como todo dependerá de compañías... :roll1: ...de eso entiendes tú mas Romulo :thumbsup:

 

Pues por eso lo digo, yo entiendo que si el compañero se ha quedado sin medio de transporte por culpa de otro usuario de la via pues entiendo que, dentor de la cobertura de RC (Responsabilidad Civil) estaria cubierto el gasto por alquiler de otro vehiculo si este le es indispensable para desarrollar su trabajo, asi que si el puede certificar que necesitaba el coche para su trabajo pues entiendo que tiene derecho a estar cubierto, pero de todas maneras que se pase por su compañia y que le pregunte, pero yo entiendo que si.

 

Otra cosa es que la compañia contraria se niegue y haya que ir a juicio para que le paguen, pero yo entiendo que si que tendria derecho, pero claro, todo depende de la compñia y de la letra pequeña, asi tambien, de como se interprete la ley, no se, son tantas cosas que es normal que la compañia diga que no paga y nos conformemos, es algo parecido al siniestro total, una figua que no existe legalmente, ante un ST la compañia contraria debe pagar integra la restitucion del daño, sin limitaciones mas alla de las coberturas contratadas por el cliente (si el tomador del seguro ha contratado una cantidad maxima de RC de 12000 euros pues la copañia pagara hasta ahi y el resto el tomador del seguro o la persona que haya provocado el daño). Yo le recomendaria al compañero que se pase por su compañia de seguros y que pida hablar con un abogado (la cobertura de asistencia juridica viene por defecto en la practica totalidad de las coberturas de las polizas de seguros) y que el abogado le asesore y despues decida.

 

S2.

a ver romulo con las vueltas que has dado...

 

"necesitar un coche para trabajar" quiere decir que seas comercial,ejecutivo visitante,furgonetero,practicante a domicilio, lo que quieras pero que tu trabajo se base en conducir un coche,furgón etc, para desplazarse de un sitio a otro. esto es lo que cubren las compañias cuando se incluya coche de sistucion en caso de accidente.

 

ir de tu casa al trabajo y del trabajo a casa eso no es "necesitar" el coche para realizar tu trabajo habitual.eso es un desplazamiento "in itinere"

 

solo en algunos casos concretos hay unas coberturas ampliadas que incluyen alguna cosa mas, como en mi caso tengo una poliza oro que incluye:

 

-dar parte sin contrario 1 vez por año sin perder bonificacion.

 

-llamar a un conductor para que lleva al taller a reparar el vehiculo a mi casa o al trabajo y cuando este terminado me lo traiga a casa o al trabajo(o donde le diga).

 

-un conductor llevar a pasar la itv.

 

 

no tengo contratado el vehiculo de sustitucion por lo siguientes motivos:

 

- no lo he necesitado nunca,ya que tengo otros coches ,motos, familiares.

 

-el precio mensual da para pagar un coche de alquiler cuando haga falta, hice numeros y creo que en 2 años sin usarlo con esas cuotas ya te da para alquilar uno 1 semana.

 

-suelen llevar letra pequeña: "cuando el vehiculo necesite mas de 72 horas de reparacion en el taller para ser reparado", los talleres pueden tener tu coche una semana y solo gastar 50 horas en repararlo... y ahi no entre el coche de sustitucion*

 

 

*revisar condicionado de la poliza para esta cobertura,ya que difiere de cada compañia.

 

 

saludos.

Editado por Solotdi©
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