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multa velocidad (duda)


Juaner

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Sí tiene la obligación de identificar al ocnductor,de hecho en la multa lo pone bien claro,en el reverso creo.

NO.

 

De hecho hace poco se hablo de esto,si no identificas al conductor te sancionan con una suma de dinero mucho mas elevada pero ya se hablo de que eso es una opcion para no perder puntos,esto sirve siempre y cuando no te paren y estes dispuesto a pagar bastante mas de lo que representa la multa en si.

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Sí tiene la obligación de identificar al ocnductor,de hecho en la multa lo pone bien claro,en el reverso creo.

NO.

 

De hecho hace poco se hablo de esto,si no identificas al conductor te sancionan con una suma de dinero mucho mas elevada pero ya se hablo de que eso es una opcion para no perder puntos,esto sirve siempre y cuando no te paren y estes dispuesto a pagar bastante mas de lo que representa la multa en si.

 

 

A ver...obligado estás...otra cosa es que no te salga de los co...nes hacerlo y te impongan una mayor sanción económica.

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Sí tiene la obligación de identificar al ocnductor,de hecho en la multa lo pone bien claro,en el reverso creo.

NO.

 

De hecho hace poco se hablo de esto,si no identificas al conductor te sancionan con una suma de dinero mucho mas elevada pero ya se hablo de que eso es una opcion para no perder puntos,esto sirve siempre y cuando no te paren y estes dispuesto a pagar bastante mas de lo que representa la multa en si.

 

 

A ver...obligado estás...otra cosa es que no te salga de los co...nes hacerlo y te impongan una mayor sanción económica.

Para mi obligado seria que o lo dices o lo dices o sino cargas con la multa y los puntos,en el momento que puedes no decirlo aunque halla una sancion economica...que mas dan 500 que 800,yo por lo menos hubiera preferido pagar 300euros mas,tener mis puntos y que no me retiren el carnet un mes ya que lo necesito para trabajar,la mala suerte que tuve es que me pararon. :laugh:

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Muy buenas:

 

Yo me libré de 600 € y tres meses porque tengo el coche a nombre de empresa y NO contesté al requerimiento de quién conducía. La multa pasaba a ser sanción administrativa de 300 € y esto fue con el código anterior.

 

Con el nuevo código, lo que ha cambiado es la cuantía de la sanción que viene a ser similar o superior a la de la infracción, no como antes.

 

Pero vamos, yo no lo dudaba ...

 

También he oido que hay hasta mercado de puntos por internet, jejeje

 

Y el hermano de un amigo mío ha puesto a su madre que no conduce hace años pero tiene carné en vigor.

 

vamos que hay para todos los gustos.

 

Salu2

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Tengo un amigo que tiene una gestoría y un par de coches de empresa y el otro día multaron a un empleado por exceso de velocidad. La duda es la siguiente. ¿tiene la obligación legal de identificar al conductor o puede negarse para evitar la pérdida de puntos? :lol2:

 

 

300 EUROS Y NADA MAS, PERO SOLO POR SER EMPRESA, QUE SI ERES PARTICULAR, TU TE COMES TODO.

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