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tiempo de validez de una Denuncia..


Dani 2.0

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Hola muy buenas.... (para el que las tenga...) porque me acaban de llegar dos denuncias por no llevar la "L" del mes de Agosto del año pasado...

 

Estoy obligado aun a pagar? Porque tengo entendido que a los 6 meses la denuncia caduca..

 

Otra cosa... estan calificadas como Graves... (150 €), porque grave y no leve....?

 

Saludos

Editado por Dani 2.0
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Pues yo tengo una de más de 2 años, venga a recurrirla y te va llegando con intereses, el caso es que no es de la GC sino de radar de la M30 y como es antes al carné por puntos pues como que no la pienso pagar...

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Segun tengo entendido: Leves: 3 meses.

Graves: 6 meses.

Muy graves: 1 año.

 

A los 5 años la multa prescrive (siempre que no te la hayan notificado por los cauces legales, es decir, carta certificada con acuse de recivo y despues publicacion en el volentin de la provincia), si te la han comunicado y no la pagas te va por hacienda a los 5 años y te conjelan la cuenta corriente hasta que la pagas, asi que si esta dentro de los plazos legales de notificacion mejor pagala.

 

Te la notificaron antes o es la primera vez?? tienes recurso de multas en el seguro de tu carnet de conducir?? si es que si llevasela, si es que no haztelo, es muy aconsejable apra estos casos dudosos.

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Me la han mandado 10 meses despues la primera notificacion.

 

Que puedo hacer? Luego preguntare a mi suegro que es GC.

 

Saludo

 

 

Si ya te la habian notificado entonces pagala y olvidate, de lo contrario la pagaras con intereses. Te pone si tienes derecho al 30% de descuento por pronto pago?? (supongo que no)

 

Te quitan puntos??

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No no, es la primera notificacion!!....

 

No pone nada del 30% de descuento..., puntos no me quitan.

 

La cosa es que puse los cristales oscurecidos (un poco, que se ven atraves de ellos) y como no había L por ningun lado, deje la que te da la autoescuela por dentro (se veia claro pero no reflejaba..) y me pararon y multaron pues el dia 8 de Agosto y el 10 me volvieron a parar para multarme el mismo...

 

Saludos

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No no, es la primera notificacion!!....

 

No pone nada del 30% de descuento..., puntos no me quitan.

 

La cosa es que puse los cristales oscurecidos (un poco, que se ven atraves de ellos) y como no había L por ningun lado, deje la que te da la autoescuela por dentro (se veia claro pero no reflejaba..) y me pararon y multaron pues el dia 8 de Agosto y el 10 me volvieron a parar para multarme el mismo...

 

Saludos

 

Pues a pagar y listo, te olvidas.

 

Suete tienes que no te quitan puntos.

 

Lo del 30% lo hubieras tenido en la primera notificacion y eso son 90 euros que te quitabas de la factura total, con lo que hubieras pagado 210 en lugar de los 300 que tienes que pagar ahora. s2.

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La carta que me han llegado hoy, son de la primera notificacion.

 

¿Puntos por llevar la L por dentro (de dia, ya que no cojo el coche de noche apenas) mientras traian en stock las L de pegatina reglamentarias?

 

Lo que me faltaba... es que como pongan eso, vendo el coche y no salgo de mi casa ni para currar, porque eso es ganas de ganar dinero ROBANDO!!

 

S2

 

PD: Tengo suerte de moverme en el círculo en el que me muevo (P.L. , P.N. y G.C.) y conozco más de uno que se pasa las normas... (límites, conduccion temeraria, alcohol...) y luego son los primeros que te ven en alguna situacion en la que no tienes culpa, porque yo no tenia donde comprar la L.... y se ponen mas crecidos...

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  • 2 semanas más tarde...

Hola Dani y Rómulo: Esa multa está prescrita sin ningún género de duda a la vista de los datos que das así que no la pagues y recúrrela que la tienes ganada. El plazo de prescripción sería en este caso el siguiente:

 

-Te para la G. Civil y te notifica la denuncia.

-Pasan 15 días que tienes para hacer alegaciones.

-Comienza entonces el plazo de paralización del procedimiento.

-Si esa paralización dura más de 1 mes vuelve a empezar a correr el plazo de prescripción.

-Si pasan 6 meses adicionales la infracción ha prescrito.

 

Este es tu caso sin duda.

 

Un saludo.

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Hola Dani y Rómulo: Esa multa está prescrita sin ningún género de duda a la vista de los datos que das así que no la pagues y recúrrela que la tienes ganada. El plazo de prescripción sería en este caso el siguiente:

 

-Te para la G. Civil y te notifica la denuncia.

-Pasan 15 días que tienes para hacer alegaciones.

-Comienza entonces el plazo de paralización del procedimiento.

-Si esa paralización dura más de 1 mes vuelve a empezar a correr el plazo de prescripción.

-Si pasan 6 meses adicionales la infracción ha prescrito.

 

Este es tu caso sin duda.

 

Un saludo.

 

 

A ver, explicalo mejor queyo no me he enterado.

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A ver. El plazo de prescripción son 6 meses. Esos 6 meses pueden transcurrir en cualquier momento si el procedimiento está paralizado durante más de 1 mes por causas no imput*bles al responsable. Por eso la paralización de 1 mes anterior a la llamada "prescripción subsiguiente" de 6 meses sólo puede empezar a comput*rse cuando finalice cualqueir plazo concedido al responsable, en este caso el de 15 días para alegaciones.

Por tanto:

-Denuncia

-15 días

-Empieza el plazo de 1 mes.

-Transcurre el mes y empiezan a contar de nuevo los 6 de prescripción

-Pasa un total de 7 meses y 15 días desde que te paró la G. Civil y te notificó la denuncia, y la infracción ha prescrito.

 

Un saludo

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A ver. El plazo de prescripción son 6 meses. Esos 6 meses pueden transcurrir en cualquier momento si el procedimiento está paralizado durante más de 1 mes por causas no imput*bles al responsable. Por eso la paralización de 1 mes anterior a la llamada "prescripción subsiguiente" de 6 meses sólo puede empezar a comput*rse cuando finalice cualqueir plazo concedido al responsable, en este caso el de 15 días para alegaciones.

Por tanto:

-Denuncia

-15 días

-Empieza el plazo de 1 mes.

-Transcurre el mes y empiezan a contar de nuevo los 6 de prescripción

-Pasa un total de 7 meses y 15 días desde que te paró la G. Civil y te notificó la denuncia, y la infracción ha prescrito.

 

Un saludo

 

 

Pero si te notifico la denuncia por mucho que prescriva tienes que pagar igual.

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A ver. El plazo de prescripción son 6 meses. Esos 6 meses pueden transcurrir en cualquier momento si el procedimiento está paralizado durante más de 1 mes por causas no imput*bles al responsable. Por eso la paralización de 1 mes anterior a la llamada "prescripción subsiguiente" de 6 meses sólo puede empezar a comput*rse cuando finalice cualqueir plazo concedido al responsable, en este caso el de 15 días para alegaciones.

Por tanto:

-Denuncia

-15 días

-Empieza el plazo de 1 mes.

-Transcurre el mes y empiezan a contar de nuevo los 6 de prescripción

-Pasa un total de 7 meses y 15 días desde que te paró la G. Civil y te notificó la denuncia, y la infracción ha prescrito.

 

Un saludo

 

 

Pero si te notifico la denuncia por mucho que prescriva tienes que pagar igual.

 

 

No, en serio, aunque te la hayan notificado prescribe igualmente (Estoy 100% seguro)

 

S2

Editado por Estorninogrillo
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A ver. El plazo de prescripción son 6 meses. Esos 6 meses pueden transcurrir en cualquier momento si el procedimiento está paralizado durante más de 1 mes por causas no imput*bles al responsable. Por eso la paralización de 1 mes anterior a la llamada "prescripción subsiguiente" de 6 meses sólo puede empezar a comput*rse cuando finalice cualqueir plazo concedido al responsable, en este caso el de 15 días para alegaciones.

Por tanto:

-Denuncia

-15 días

-Empieza el plazo de 1 mes.

-Transcurre el mes y empiezan a contar de nuevo los 6 de prescripción

-Pasa un total de 7 meses y 15 días desde que te paró la G. Civil y te notificó la denuncia, y la infracción ha prescrito.

 

Un saludo

 

 

Pero si te notifico la denuncia por mucho que prescriva tienes que pagar igual.

 

 

No, en serio, aunque te la hayan notificado prescribe igualmente (Estoy 100% seguro)

 

S2

 

 

Por esa regla de 3 si me ponen una denuncia pues no la pago y andando, como a los 6 meses prescribe pues ya esta no?

 

 

 

Que yo sepa las denuncias prescriben a los 5 años si no te la han notificado, no a los 6 meses.

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A ver. El plazo de prescripción son 6 meses. Esos 6 meses pueden transcurrir en cualquier momento si el procedimiento está paralizado durante más de 1 mes por causas no imput*bles al responsable. Por eso la paralización de 1 mes anterior a la llamada "prescripción subsiguiente" de 6 meses sólo puede empezar a comput*rse cuando finalice cualqueir plazo concedido al responsable, en este caso el de 15 días para alegaciones.

Por tanto:

-Denuncia

-15 días

-Empieza el plazo de 1 mes.

-Transcurre el mes y empiezan a contar de nuevo los 6 de prescripción

-Pasa un total de 7 meses y 15 días desde que te paró la G. Civil y te notificó la denuncia, y la infracción ha prescrito.

 

Un saludo

 

 

Pero si te notifico la denuncia por mucho que prescriva tienes que pagar igual.

 

 

No, en serio, aunque te la hayan notificado prescribe igualmente (Estoy 100% seguro)

 

S2

 

 

Por esa regla de 3 si me ponen una denuncia pues no la pago y andando, como a los 6 meses prescribe pues ya esta no?

 

 

 

Que yo sepa las denuncias prescriben a los 5 años si no te la han notificado, no a los 6 meses.

 

Hazme caso que te lo digo como profesional en la materia y salvo error muy gordo por mi parte se muy bien de lo que hablo.

La denuncia por infracción grave prescribe a los 6 meses, tanto de modo inicial como a lo largo del procedimiento tras la paralización de 1 mes por causas no imput*bles al responsable.

La sanción una vez impuesta prescribe al año.

El procedimiento también caduca en todo caso en el plazo de 1 año si no ha recaído resolución.

 

Ese plazo de 5 años que te suena es el de la Administración Tributaria cuando ya te pasan la sanción a expediente de recaudación por Hacienda, y el plazo actualmente es de 4 y no de 5 años.

 

Un saludo amiguete. :ranting2:

Editado por Estorninogrillo
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