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Vehículo en pausa durante un determinado tiempo


Bully

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En mi caso estará en mi garaje.

 

O sea, que por ese importe me ahorro el IVTM.

 

El día que lo quisiera dar de nuevo de alta sería ir a Tráfico y según la ley en grúa para la ITV ¿verdad?

Como ya te dije en otro post Bully, sin ITV, el coche puede circular hasta la estación de ITV desde donde esté siempre y cuando tenga seguro y vayas directo, vamos que esa escusa a las 3 de la mañana no te vale.

 

Un saludo.

Hazme caso y no vayas a la ITV andando.

Si te paran el marron es una multa y poco mas pero como pase un accidente...

El coche sin itv no puede circular ni con cita en la itv ni nada.

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Buenos dias.

Muchas gracias Anton, ya lo sabia, pero no me apetecia volver a leerme el SOA, ni defender lo indefendible, por que una cosa es lo que esté legislado y otra "algo" distinta la realidad, cualquier patrullero lo sabe.

En cuanto a que el vehículo puede circular sin ITV desde donde esté hasta la misma ITV y en caso de ser negativa de la misma al taller a subsanar los fallos y viceversa, estoy 100% seguro de haberlo leído en un codificado, cosa que no voy s buscar para poner en el foro. Un saludo.

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Hola, la verdad que para 6 meses al año parado un vehículo, así tengo yo un par de vehículos siempre y no los doy de baja no veo yo el follon de papeles para tan poco tiempo, la ITV cuando lo vayas a sacar otra vez, vas con tu cita directo a donde sea y ya está, eso lo hago siempre y me aguantan un mes o lo que sea más las "inspecciones" esas y nada me dicen. El seguro es cuestión creo de apretarles o cambiar al mínimo que obliga la ley por ese período (yo cancelaría si no fuese por la bonificación) porque como supongo que tendrás descuento, después a lo mejor no te mantienen al ser baja, eso sí jamás salir sin seguro ni a que le de el aire.. y si lo dejas sin seguro quien te va a multar en tu garaje?? seguro ya para ir a la ITV en el peor de los casos y santas pascuas. que ya les regalamos dinero a los seguritos..

 

saludos

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Entiendo amigos.

 

Si lo doy de baja me ahorraría al menos el seguro, siempre y cuando sea más de seis meses o incluso un año. La ITV si dura más de ese tiempo me ahorraría una, pero desde luego en el momento de llevarlo sería con grúa por poco o nada que pueda suceder.

 

Lo hice en una ocasión por el inconveniente del CO y la verdad, no pasó nada, pero paso de volver a estar completamente intranquilo y mirando en todas direcciones, y ahora menos todavía que en el camino de ir hacia la estación de itv han puesto unas cámaras para ver si el que va por la zona tiene seguro e itv en vigor.

 

En efecto si se circula sin seguro son 1.500 euros, si le cogen a uno parado (un problema que tuvimos con un cliente al cual se le vino todo en su contra por cuestión de insensatez propia) le pusieron 800 por no llevar el seguro en regla y 200 por no tener la ITV.

 

La razón es que puede que en breve traspasemos el negocio y mientras el periodo de transición y de pagos restantes quisiera ahorrar en todos los sentidos, ya que teniendo otro vehículo puedo dejar a mi querido Audi parado un tiempo, menos de un año, unos cuatro a seis meses sería el periodo contemplado, de ahí el preguntar si merece la pena.

 

Y como mucho un año, no sé si realmente merecerá la pena, al menos por parte de pagos a la aseguradora.

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Conviene no confundirse ni confundir al personal. Los "Codificados de Tráfico" ayudan a los policías a desarrollar su trabajo, pero éstos no son la biblia. Los verdaderos profesionales conocen la reglamentación, cuanta más, mejor, los "Codificados" son lo más básico.

 

Con la ITV caducada te permiten circular exclusivamente hasta la ECA con el fin de pasar la inspección, pero no se permite la circulación de un vehículo dado de baja, ni definitiva ni temporalmente, ni siquiera cuando va a pasar la ITV. La documentación (Permiso de Circulación y Tarjeta de Inspección Técnica) queda intervenida en la JPT en la que se haya tramitado esa baja.

 

También hay que tener en cuenta que carecerá de seguro ya que no está obligado a tener y de tenerlo será de cuando estaba en situación de Alta, por lo que la aseguradora, en caso de accidente, repetirá con toda seguridad contra el propietario o tomador del seguro.

 

Además, respecto a la tolerancia de la Administración respecto a la circulación de vehículos hasta la ECA para pasar la ITV, ésta no implica para nada a las aseguradoras que en caso de siniestro, si éste es por causas achacables a la seguridad del vehículo, podrán proceder del mismo modo que en el párrafo anterior.

 

Salvo mejor criterio.

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