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Dudas: ¿me pueden multar por aparcar el coche en el mismo sitio mucho tiempo


Ocio

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07/08/2017

 

 

 

 

Dejar el coche aparcado en un mismo lugar durante varios días consecutivos se puede traducir en sanción. ¿Cómo? Depende de cada Ayuntamiento.

 

 

 

 

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El Ayuntamiento de Madrid, por poner un ejemplo, sí que multa por lo que pueden considerar como ocupación abusiva de la calle. Unas sanciones que varían en función de cada municipio, y que en el caso de la capital española su Ordenanza de Movilidad prohíbe aparcar en un mismo sitio de la vía pública durante más de cinco días hábiles consecutivos.

 

 

Otro caso por el que también se puede penalizar es si el propietario de un coche lo deja estacionado indebidamente como consecuencia de cualquier cambio de señalización y ordenación del tráfico. Es decir, éste tiene la obligación de cerciorarse de ello de alguna forma –por sí mismo, por otra persona o por otro medio–, teniendo un máximo de 48 horas consecutivas para mover su vehículo, siempre que sean días hábiles.

 

 

En estos casos, los agentes de Movilidad y Policía Municipal pueden ordenar la retirada del coche de la vía pública y su traslado a un depósito, lo que se traduce para el propietario en pagar el importe de la multa y las tasas de la grúa.

 

 

Sólo habrá excepciones, como dicen desde AEA, en caso de “obras, mudanzas, cabalgatas, etc.”; ahí no habrá obligación de pagar si la zona no ha sido señalizada con al menos 48 horas de antelación (también días hábiles) al momento en que la sanción se produzca.

 

 

AEA (Automovilistas Europeos Asociados) tiene también una función informativa a los ayuntamientos respecto a los coches en estado de abandono que se encuentran en calles o urbanizaciones, generando un “peligro de salubridad”, con el objetivo de que se requiera a los propietarios a su retirada.

 

 

 

 

 

FUENTE:  http://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/dudas-multa-aparcar-coche-mismo-sitio-mucho-tiempo

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  • 2 años más tarde...

12/09/2019

 

 

¿Pueden multarte por aparcar o circular mal en el párking de un centro comercial o supermercado?

 

 

Conducir en contra de la dirección o aparcar en una plaza de minusválidos en el párking de un centro comercial puede ser motivo de denuncia.

 

 

 

 

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¿Has circulado alguna vez en contra de la dirección en el parking de un centro comercial y ocupado una plaza de minusválidos, con la idea de que allí no te pueden multar? Pues quizás ahora te lo pienses antes de volver a hacerlo porque, pese a ser privado, el parking de un supermercado o centro comercial se considera como una vía pública al ser de uso público y ser utilizado por una gran cantidad de usuarios. Es decir, cualquier conductor que cometa una infracción en estos espacios podría ser sancionado de igual forma que en las calles de la ciudad o en la carretera.

 

 

Es habitual ver a las autoridades retirando un vehículo de una plaza para minusválidos en un parking. En estos espacios solo pueden aparcar vehículos con el correspondiente distintivo, y de no llevarlo, pueden ser sancionados y retirados, al igual que en una vía pública. En muchas ocasiones es el propio organismo regulador del aparcamiento el que llama a la grúa.

 

 

Otra de las infracciones en los aparcamientos es la de circular en contradirección. En estos casos, no es muy habitual que un conductor sea sancionado por este motivo, pero si por cometer esta infracción se sufre un accidente de tráfico, el infractor tendrá que asumir la culpa del golpe.

 

 

Garajes privados

¿Y qué pasa cuando hablamos del garaje de una comunidad de vecinos? El garaje de casa no se considera de uso público, se trata de un espacio privado, de manera que no se puede recibir una multa al cometer una infracción. Sí se podría recibir un requerimiento judicial en caso de aparcar de forma continuada en una plaza ajena, al recibir la denuncia por parte de su propietario.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/pueden-multarte-por-aparcar-o-circular-mal-en-el-parking-de-un-centro-comercial-o-supermercado

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  • 1 mes más tarde...

14/10/2019

 

 

¿Pueden multarte por estar mal aparcado si no te bajas del coche?

 

 

¿Alguna vez has aparcado en un sitio indebido y has permanecido dentro del coche? ¿Te pueden multar por esta conducta? La empresa de servicios de asesoramiento jurídico Pyramid Consulting, especializada en el recurso y tramitación de multas, te aclara esta duda.

 

 

 

 

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Es muy habitual, sobre todo en grandes ciudades donde las plazas de aparcamiento públicas no son suficientes para dar cabida a todo el parque automovilístico. En grandes urbes como Madrid, Barcelona, Valencia o Sevilla, por ejemplo, es muy frecuente que los conductores estacionen temporalmente su vehículo en un lugar prohibido permaneciendo en el interior del mismo mientras esperan a algún familiar o amigo durante un buen rato.

 

 

En este caso, ¿pueden multarte por esta mal aparcado si no te bajas del coche? Antes de contestarte a esta pregunta de la mano de Pyramid Consulting, es necesario distinguir entre dos conceptos que a menudo se confunden, pero son bien diferentes si quieres evitar una multa: parada y estacionamiento.

 

 

La parada se define según la ley de seguridad vial como la inmovilización de un automóvil durante un tiempo inferior a dos minutos sin que el conductor pueda abandonarlo; por su parte, el estacionamiento se define como la inmovilización de un vehículo que no se encuentra en situación de detención o de parada. De esta forma, ha de quedar claro que el tiempo máximo que el vehículo puede permanecer en situación de parada no podrá exceder de dos minutos y, además, el conductor no podrá abandonarlo en ningún momento.

 

 

En el caso de que detengas/aparques tu vehículo en un lugar no permitido y superes esos dos minutos que dice la Ley, ya no estarás en situación de parada, sino de estacionamiento. En este caso, según Pyramid Consulting SÍ te pueden multar, ya que la conducta de mal estacionamiento es considerada la misma estando o no en el interior del vehículo el conductor.

 

 

En este supuesto, según explica Pyramid Consulting, si un controlador de la zona SER (Servicio de Estacionamiento Regulado) o un Policía Local te pilla dentro de tu vehículo y no puedes demostrar que tu detención haya sido inferior a los dos minutos –en estos casos, los agentes suelen comprobar el tiempo que un vehículo está mal estacionado- en ese mismo momento te pueden dar en mano el boletín o la notificación correspondiente de multa por aparcar en un sitio prohibido.

 

 

Multa de aparcamiento: cómo recurrir

Desde Pyramid Consulting se señalan varios supuestos para poder o no recurrir una multa de aparcamiento. En el caso de que se haya estacionado en una plaza reservada para minusválidos, en una zona de carga y descarga y que ese mal aparcamiento haya perjudicado a un tercero (en este caso, a una persona con movilidad reducida que quería haber aparcado en esa plaza o a un vehículo de transportes, por ejemplo), esta asesoría jurídica señala que será difícil que el recurso de multa prospere y llegue a buen puerto, sobre todo si la plaza reservada en cuestión estaba bien señalizada.

 

 

En otro tipo de situaciones tales como el estacionamiento en la acera o en zonas prohibidas, por detener el vehículo en doble fila u olvidarte de poner el ticket en una zona de estacionamiento regulado, resulta clave si el conductor estaba o no presente en el momento de recibir la multa. Por otro lado, desde Pyramid Consulting, también se señala la importancia de otros detalles a tener en cuenta.

 

 

¿Los más importantes? La posible mala señalización de la zona de aparcamiento reservada o, en el caso de que haya señales, éstas no se puedan ver por estar deterioradas o porque alguna rama de árbol o un acto vandálico (como una pintada o varias pegatinas pegadas) impidan ver e identificar de forma correcta la señal correspondiente de prohibido aparcar (o aparcamiento reservado para minusválidos o zona de carga/descarga). En estos últimos casos, es recomendable hacer una o más fotografías que servirán de prueba para el recurso de tu multa.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/pueden-multarte-por-estar-mal-aparcado-si-no-te-bajas-del-coche

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