Pues siento decirte que no llevas razón, y te aseguro que es un asunto bastante claro.
En tu vehículo, el fabricante ha homologado unos neumáticos determinados con unos índices/códigos determinados. Pero en ningún modo, son esos los únicos neumáticos que puedes montar.
De hecho, hay fichas técnicas de vehículos en las que se refleja incluso la marca de los neumáticos, hasta poniendo distintas marcas para distintas medidas.
Eso no significa que obligatoriamente tengas que poner esas marcas, ni siquiera esas medidas.
El fabricante cuando manda el expediente de homologación al Inta (dependiente del Miner) incluye los neumáticos que quiere, según conveniencias más comerciales que técnicas. Piensa en los millones de neumáticos que compra un fabricante que vende millones de vehículos.
Por eso la norma es mucho más flexible en cuanto a la posibilidad que tenemos de poner otras ruedas cuando toca sustitución.
Es totalmente legal poner neumáticos de esas medidas o de otras equivalentes a éstas.
Tu coche tiene homologados unos determinados neumáticos M+S, y eso lo que significa es que puedes montarlos sin necesidad de incluir la pegatina de velocidad máxima, que sí deberías poner si montases unos con un código de velocidad inferior al "H" (pero nunca inferior al "Q").
De igual manera podrías montar ruedas con neumáticos M+S de otra medida homologada o equivalente a cualquiera de las homologadas.
También hay que decir que no siempre en la tarjeta Itv se reflejan todas las medidas homologadas por el fabricante.
En tu caso, todos los opcionales (salvo los M+S) tienen código "V", pero no siempre es así, hay vehículos con neumáticos opcionales con dos o tres códigos de velocidad diferentes. El usuario puede montar los de sustitución con el código más bajo que esté homologado para ese vehículo (pero excluyendo el código de los M+S si fuera inferior).