Siento discrepar, sobre todo con lo de "... y aquí paz y después gloria.", y me explico:
Si te para un control de la Policía Local y/o de la Guardia Civil, por mucho que los neuméticos sean equivalentes, si no vienen recogidos en la ficha técnica o en el último informe de la ITV, aplican el Art. 61 de la LSV, por hacer reformas de importancia en el vehículo, ..., CONSECUENCIA= Retirada del permiso de circulación, multa de 150 €, y tener que estar 3 horas esperándo en tráfico para que te devuelvan el permiso de circulación. Además, desde el momento que te ponen la denuncia, el coche queda inhabilitado para circular salvo que hagas el trayecto de tu casa a un taller o a una estación ITV y viceversa. Si te cogen fuera de ese recorrido, o a horas a las que no hay ITV y talleres abiertos, o circulando en domingo (supón que te quitan el permiso el sábado), entonces te toca otra sanción de 450 € por conducir el vehículo con el permiso de circulación retenido, pero esta vez, la obligación es la de retirar el coche en grúa, no permitiéndote sacar el vehículo del depósito salvo que sea también en grúa.
Igual para los neumáticos no equivalentes, con la excepción de que si el Policía Local o el Guardia Civil que te para considera que el vehículo, por las dimensiones, estado, etc ..., de los neumáticos, el vehículo puede suponer un peligro para la circulación, te denuncia y se lleva el coche directamente.
Consejo: Monta solo neumáticos equivalentes, y si no lo son, homológalos.
Puedes consultar las equivalencias aquí:
http://www.pneus-online.es/equivalencia-de...s-consejos.html
Saludos y suerte