El 3% es de "tolerancia" a la hora de ir a la ITV. Aún así, una cosa, puedes poner cualquier llanta que la ITV considere como apta para el coche pero, si te pilla la guardia civil, te revisa la documentación y comprueba que llevas unas llantas que no están admitidas según el permiso de circulación (pero que podría pasar la ITV sin problemas), pueden multarte. Es cierto que si recurres esta multa, al estar admitidas en las listas de la ITV, te retirarán la multa, pero es un mal trago que te ahorras...
Orden CTE/3191/2002, de 5 de diciembre
Reforma número 45: La sustitución de neumáticos incluidos en la homologación de tipo del vehículo por otros que no cumplan los siguientes criterios de equivalencia:
* Índice de capacidad de carga igual o superior.
* Código de categoría de velocidad igual o superior.
* Igual diámetro exterior con una tolerancia de ± 3 %.
* Que el perfil de la llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.
Hay que cumplir los cuatro criterios para montarlos (si no lo cumple creo que habría que homologarlos...)