Ocio Publicado ayer a las 04:45 Autor Denunciar Publicado ayer a las 04:45 Las multas de la DGT de los radares fijos deben ser aparejadas de dos fotografías Aunque como en toda norma siempre puede haber alguna excepción. Revisando el mismo documento arriba referenciado también se indica que si el radar es capaz de “detectar, seguir e identificar inequívocamente el objetivo durante todo el proceso de medición” entonces solo se necesitaría una fotografía para incluirla junto con la multa. Otros casos en los que son necesarios varias fotografías Revisando la norma ITC 155 2020 hemos encontrado otros dos casos en los que son necesarios documentar las multas con varias fotografías. Uno de ellos tiene que ver con la medición de la distancia de seguridad entre dos vehículos, que “se documentará mediante dos fotografías […] en las que se indicará la velocidad de los vehículos, la distancia entre ellos y la hora de la medida”. Ejemplo de cámara de semáforo Más adelante en la misma documentación hablan de los sistemas de radares de semáforos. Sobre estos se especifican que deben acompañarse la multas de “al menos cuatro fotografías que recojan una imagen de la parte trasera del vehículo y la luz roja del semáforo en las situaciones de vehículo antes de la línea de parada, vehículo sobrepasando la línea de parada y vehículo sobrepasado el cruce o paso de peatones completamente. Los registros fotográficos indicarán el tiempo en el que se tomaron las fotografías, el tiempo en el que el semáforo se puso en rojo y el tiempo en el que el vehículo cruzó la línea de parada. El tiempo se indicará con una resolución de 0,01 segundos”. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/puedes-librarte-forma-muy-sencilla-multa-radar-fijo-en-espana_328586_102.html Responder
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