Ocio Publicado 3 Junio Autor Denunciar Publicado 3 Junio Así son los nuevos cursos de conducción segura y eficiente Existen dos tipos de cursos, uno dirigido a conductores de turismos y otro para motocicletas o ciclomotores. Y dentro de estos últimos encontramos, o bien cursos de conducción segura y eficiente en zona urbana, o bien otros para carretera convencional. Cada curso tiene una duración mínima de seis horas lectivas, podrá realizarse en una o dos sesiones y combina una formación teórica con otra más práctica de maniobras y de circulación. Los cursos tienen una formación práctica que incluye maniobras en circuito cerrado y en vías abiertas a la circulación La formación teórica tiene una duración mínima de 1 hora y 45 minutos y se puede distribuir a lo largo de las sesiones, intercalándola con la formación práctica, aunque es obligatorio dedicar media hora al inicio del curso y otra media hora al final del mismo, a modo de conclusión. En el caso de la formación práctica, tendrá una duración de 4 horas y 15 minutos e incluye maniobras tanto en circuito cerrado como en vías abiertas a la circulación. Una vez superado el curso, el conductor recibirá una bonificación de dos puntos adicionales en el carnet de conducir, hasta un máximo de quince puntos. Además, solo se podrá realizar un curso de cada tipo cada dos años. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/puedes-ganar-ya-dos-puntos-en-carnet-dgt-comienza-nuevos-cursos-conduccion-segura_310888_102.html Responder
Ocio Publicado 7 Junio Autor Denunciar Publicado 7 Junio 6 de junio de 2025 Alerta importante: las luces V-16 analógicas son las más vendidas y pronto no serán válidas En muchas tiendas online, las V-16 analógicas ocupan los primeros puestos en ventas. Es importante comprar las que están conectadas. Alerta importante: las luces V-16 analógicas son las más vendidas y pronto no serán válidas Ante la implantación de la obligación de llevar las luces V-16 en los coches de nuestro país, en sustitución de los triángulos, muchos conductores están empezando ya a comprarlas ante una subida generaliza de precios que se espera cuando llegue el mes de enero. Lo malo, probablemente por desinformación, es que como nos informan desde Netun Solutions, la mayoría de ellos están comprando las que no tienen conectividad GPS o conocidas como analógicas. Como se puede comprobar en la fotografía que encabeza este texto de una conocida web de compras por internet, la “nº1 en ventas” precisamente es la que no tiene GPS (lograron vender 2.000 unidades solo el pasado mes). Lo bueno es que al menos lo avisan claramente y no indican que está homologada por la DGT, como sí sucede en otros casos. Ejemplo de luz V-16 que no está conectada Precisamente ya hace unos días os avisamos en Autopista de otras páginas de origen chino que son todavía un poco más osadas en sus descripciones. En ellas hay luces V-16 por apenas 4 euros de precio, lo que las convierte en muy atractivas para aquellos que no conocen la normativa. Y claro, dentro de unos meses acabaran en un punto limpio, en el mejor de los casos, y en caso de utilizarlas nos podrán aplicar una multa de 200 euros. ¿Cómo saber cuáles son las luces V-16 buenas? Parece claro que la mayoría de los conductores todavía no conocen cuáles son las luces V-16 que deberán tener a partir del próximo año. Así se desprende de un estudio realizado por Appinio para Netun Solutions en el que se indicaba que el 65,2% de los conductores no conocida la diferencia entre los dispositivos que están conectados y las analógicas que tanto han crecido en ventas en internet. Y, es más, solo 1 de cada 10 encuestados (un 12,4%) sabía que las únicas balizas de emergencia que serán legales son las conectadas. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/alerta-importante-luces-v-16-analogicas-son-mas-vendidas-pronto-no-seran-validas_311184_102.html Responder
Ocio Publicado 7 Junio Autor Denunciar Publicado 7 Junio Luz V16 conectada con la DGT para sustituir a los triángulos Como consejo, a la hora de comprar una luz V-16 es importante fijarse que en su embalaje aparezcan las letras “IoT”. Estas significan que estarán conectadas, independientemente de la compañía que se trate, y es la principal diferencia entre las que serán válidas en 2026 y las analógicas. De todos modos, en la DGT han creado una web especifica en la que podemos encontrar un listado bastante extenso y actualizado de todas aquellas luces V-16 que han sido homologadas por Tráfico. Incluso, se han incluido enlaces a las páginas web de cada producto en cuestión, para así poder comprarlas con total seguridad. En algunos coches, las luces V16 no se pueden fijar al techo De esta manera, cuando activemos la baliza al colocarla en el techo de nuestro coche será capaz de enviar de manera inmediata, automática y, sobre todo, anónima, una notificación al centro de control de tráfico de la DGT para avisarles de la localización exacta en donde se encuentra el vehículo parado por una avería o accidente. Y luego esta información es compartida con Plataforma DGT 3.0 y del Punto de Acceso Nacional a los demás usuarios de la vía. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/alerta-importante-luces-v-16-analogicas-son-mas-vendidas-pronto-no-seran-validas_311184_102.html Responder
Ocio Publicado 10 Junio Autor Denunciar Publicado 10 Junio 9 de junio de 2025 Multas por dejar la ventanilla del coche abierta incluso solo centímetros: controvertida ley europea En verano y durante los meses más calurosos del año es habitual comprobar coches que, con el objetivo de airear y ventilar sus habitáculos, dejan alguna ventanilla abierta unos pocos centímetros. Pues bien, en la UE hay países que sancionan estas prácticas con multas de hasta casi 175 €. Multas por dejar la ventanilla del coche abierta incluso solo centímetros, controvertida ley europea No, no hablamos esta vez de España ni de la DGT. Tranquilos. Aunque no os lo creáis, hay países de nuestro entorno que tienen leyes de tráfico y circulación aún mucho más rigurosas que las de nuestro país y prácticas que aquí nos parecen habituales y rutinarias pueden ser motivo de sanción pasadas nuestras fronteras. Hasta aquí nada realmente inédito o sorprendente. Lo novedoso radica sin embargo en un tipo de multa que hemos conocido hoy y que nos ha dejado asombrados, ya que es una situación que, a partir de esta época del año, es muy común observar en cualquier calle de España: vehículos con ventanillas ligeramente abiertas para tratar de evitar que los interiores de los coches se conviertan en hornos cerrados. Italia multa por estacionar sin asegurar el uso no autorizado de los vehículos Y es que en Italia dejar ya un pequeño hueco de apertura en alguna de las ventanillas de cualquier vehículo puede ser ya motivo de sanción. La legislación de tráfico italiana así lo contempla al exigir que los vehículos estacionados deben estar adecuadamente asegurados contra el acceso no autorizado. Una simple ventanilla abierta basta para incumplir este requisito. La policía italiana puede multar si dejas el coche estacionado con una ventanilla abierta. La base legal la constituye el artículo 158, apartado 4 y 6, del Código de Circulación italiano. Este establece, en esencia, que un vehículo debe estar asegurado al estacionar, de forma que sea imposible su uso no autorizado. Aunque el término “ventana” no se menciona explícitamente en la norma, la policía y las autoridades locales sí pueden ya interpretar que una ventanilla de un coche que no está completamente cerrada constituye una seguridad insuficiente. Multas de entre 42 y 173 € Las autoridades aplican así ya normas muy estrictas ante esta práctica, ya que basta con una abertura de solo unos pocos centímetros en la ventanilla para que pueda sancionarse. De hecho, según se ha conocido en las últimas horas de un caso documentado en la localidad de Vicenza, en la región de Véneto, en el noreste de Italia, el propietario de un vehículo recibió una multa de 42 € a pesar de que la ventanilla solo estaba abierta unos 10 centímetros. La acusación final fue que “no tomó todas las medidas necesarias para evitar el uso no autorizado del vehículo”. El marco legal para estas infracciones se establece en el mencionado artículo 158, que establece que, para turismos y otros vehículos de varias vías, la multa oscila entre 42 y 173 euros, según la interpretación de la autoridad policial competente. En la práctica, suele aplicarse la multa inferior de manera habitual. El reglamento se aplica a todo tipo de vehículos, incluidas autocaravanas, vehículos de empresa y coches de alquiler. Así que, si viajas de vacaciones a Italia, ya sabes qué no debes hacer. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-por-dejar-ventanilla-coche-abierta-incluso-solo-centimetros-controvertida-ley-europea_311302_102.html Responder
Ocio Publicado 10 Junio Autor Denunciar Publicado 10 Junio En Italia pueden sancionar con hasta 173 € por dejar aparcado un coche con la ventanilla abierta al no impedir por seguridad su uso no autorizado. Controles aleatorios para sancionar por ventanillas abiertas Las multas en el país suelen ser impuesta por agentes municipales de policía (conocidos como Polizia Locale), como parte de las labores de control de aparcamiento o patrullaje de las calles. También puede imponerse si el conductor no se encuentra en el lugar de los hechos: en ese caso, la multa se deja en el parabrisas, como de costumbre, o se entrega por correo. Y un control aleatorio es suficiente: si la ventanilla de un vehículo estacionado está visiblemente abierta, se presupone una infracción, independientemente de si existen otras medidas de seguridad como un sistema de alarma. Aunque parezca así por tanto de lo más lógico dejar el coche abierto con una rendija para ventilar los habitáculos durante l os meses más calurosos del año, definitivamente es una práctica que debe evitarse por completo en Italia. La normativa actual es clara y no hay un rango de tolerancia definido para las ventanas parcialmente abiertas. Y también en Alemania, por cierto, la Ley de Tráfico exige que los vehículos estacionados estén asegurados contra el uso no autorizado. La normativa pertinente se encuentra en el artículo 14, apartado 2, de la Ley de Tráfico. Una ventanilla lateral abierta puede considerarse así también como una infracción administrativa en este contexto. En la práctica, esta infracción podría castigarse con una multa de, por lo general, 15 euros. Aunque la aplicación de la ley es menos estricta que en Italia, y nuestros compañeros de Auto Motor Und Sport nos aseguran que nunca suelen tramitarse sanciones de este tipo. ¿Y en España? ¿Nos pueden multar? Ante la duda de si en España también puede la ley esconder algún epígrafe similar que justificase una multa por esta práctica habitual, hemos preguntado al departamento jurídico de Dvuelta, la asociación de defensa de los conductores, para conocer de primera mano nuestra realidad. Desde su gabinete asesor nos confirman que "en el ordenamiento jurídico español no hay nada parecido ni nada que tipifique este supuesto". Así que en España, al menos, no podemos temer de momento ninguna sanción por dejar la ventanilla del coche abierta unos centímetros. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-por-dejar-ventanilla-coche-abierta-incluso-solo-centimetros-controvertida-ley-europea_311302_102.html Responder
Ocio Publicado 11 Junio Autor Denunciar Publicado 11 Junio 10 de junio de 2025 ¡Nuevas señales de tráfico! El Gobierno aprueba modificaciones de señalización, en vigor desde julio Ya es oficial: el Gobierno acaba de aprobar un nuevo real decreto que entrará en vigor desde el 1 de julio, añadiendo nuevas señales de tráfico al catálogo de la DGT, así como la adaptación de alguna señalización. Te damos todos los detalles. ¡Nuevas señales de tráfico! El Gobierno aprueba modificaciones de señalización, en vigor desde julio Se venía contando ya el plan de la DGT de modificar y añadir señales de tráfico desde hace meses, pero ahora es cuando el Consejo de Ministros acaba de hacerlo oficial: el Gobierno ha aprobado este mismo martes una modificación del Reglamento General de Circulación para actualizar el catálogo de señalización vial, vigente desde 2003. Nuevas señales y la modificación de otras servirán para “recoger los cambios sociales, tecnológicos y de movilidad experimentados en las dos últimas décadas, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y la eficacia de la gestión del tráfico”, según se ha informado a través de un comunicado. El nuevo real decreto aprobado en Consejo de Ministros entrará en vigor a partir del próximo día 1 de julio de 2025, modificando desde entonces de forma progresiva las señales en las carreteras y de manera coordinada con los ciclos de renovación habituales. Eso sí, la DGT asegura que las señales que han sido ya suprimidas, “deberán ser retiradas por razones de seguridad jurídica en el plazo de un año”. Nuevas señales de la DGT para dar respuesta a la nueva movilidad Estos cambios normativos “se incorporarán ya además de forma inmediata a las pruebas teóricas para la obtención de permisos y licencias de conducción”, según informa el Ministerio del Interior. Su inclusión en los exámenes eso sí se hará en un plazo mínimo de tres meses para permitir la actualización de los manuales y para que los aspirantes puedan tener tiempo para adaptarse a la nueva normativa, que revisará el Título IV del Reglamento General de Circulación. Pero, ¿cuáles son exactamente las novedades introducidas ya por la DGT en señalización? Algunas de las nuevas señales de la DGT FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-senales-trafico-gobierno-aprueba-modificaciones-senalizacion-en-vigor-julio_311346_102.html Responder
Ocio Publicado 11 Junio Autor Denunciar Publicado 11 Junio En primer lugar, podemos destacar que la DGT incorporará nuevas señales verticales con nuevos indicadores que pretenden dar respuesta a nuevas realidades y necesidades de movilidad. Los nuevos modos de transporte, como los vehículos de movilidad personal, requieren regulaciones nuevas y específicas, y desde el Ministerio del Interior se han confeccionados distintos nuevos pictogramas para responder mejor a nuevas situaciones del tráfico. Sobre estas líneas os mostramos algunas de las primeras nuevas señales que ha dado a conocer hoy mismo la DGT. Señales modificadas por la DGT Junto a las nuevas señales que se introducen en el catálogo, la DGT ha explicado también que modificará otras cuantas buscando alinear el reglamento con la Ley sobre Tráfico, rediseñando pictogramas, mejorando la visibilidad, eliminando señales ya en desuso y apostando por un nuevo lenguaje visual más inclusivo que hasta ahora. Así imágenes y señales ya desfasadas como las de ferrocarril o bicicleta se modernizan, se ajustan también tamaños para favorecer una fabricación más eficiente, se amplia la información con estaciones de servicio ya con nuevos tipos de combustibles o fuentes de energía que antes no existían, y se incorporan, por ejemplo, señales más detalladas de aparcamiento, entre otras. Algunas de las nuevas señales renovadas de la DGT. Otro aspecto que la DGT ha querido detallar en su primer comunicado oficial posterior al Consejo de Ministros es “la eliminación de connotaciones de género en la simbología para fomentar un lenguaje visual más inclusivo”. La orden ministerial autoriza ya por tanto a los Ministerios del Interior y de Transportes y Movilidad Sostenible a modificar, eliminar o incorporar las nuevas señales al catálogo oficial, para una adaptación más rápida en las carreteras. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-senales-trafico-gobierno-aprueba-modificaciones-senalizacion-en-vigor-julio_311346_102.html Responder
Ocio Publicado 12 Junio Autor Denunciar Publicado 12 Junio 12 de junio de 2025 ¿Me pueden poner una multa por conducir un coche a nombre de un fallecido? ¿Quieres saber si puedes recibir una multa por conducir un coche a nombre de un fallecido? Te lo contamos. Me pueden poner una multa por conducir un coche a nombre de un fallecido Puede que te hayan dejado un coche en herencia o que estés usando el vehículo de un familiar fallecido sin haber hecho ningún trámite. A simple vista no parece un problema, pero lo cierto es que conducir un coche a nombre de una persona fallecida puede acarrear una multa y otros inconvenientes legales si no se actualiza la documentación a tiempo. En este artículo explicamos las consecuencias legales de circular con un coche cuyo titular ha fallecido, las situaciones más comunes en las que esto ocurre y cómo regularizar la situación correctamente. Qué dice la ley sobre la titularidad tras el fallecimiento Cuando una persona fallece, todos sus bienes, incluido su vehículo, pasan a formar parte de la herencia. Según el Reglamento General de Vehículos, los herederos están obligados a notificar el fallecimiento del titular a la Jefatura de Tráfico en un plazo máximo de 90 días. Hasta que no se realice el cambio de titularidad, no se puede conducir legalmente el coche, aunque seas heredero directo. La DGT considera que, mientras el vehículo siga registrado a nombre del fallecido, su uso puede implicar responsabilidades administrativas y penales. La multa por conducir el coche de una persona fallecida puede superar los 200 €. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/me-pueden-poner-multa-por-conducir-coche-nombre-fallecido-ecn_310870_102.html Responder
Ocio Publicado 12 Junio Autor Denunciar Publicado 12 Junio Consecuencias de no cambiar la titularidad Conducir un coche sin haber completado el trámite puede generar complicaciones que van más allá de una simple sanción económica. Multas por no comunicar el cambio Si los agentes de tráfico detectan que el coche sigue a nombre del fallecido, pueden imponer una multa administrativa por incumplimiento del deber de notificación, que puede rondar los 200 euros. Además, si se detecta que el coche está circulando con un seguro o ITV caducados por esta causa, las sanciones se agravan. Problemas con el seguro Uno de los errores más comunes es pensar que mientras el coche tenga seguro en vigor no hay problema. Pero si el seguro está a nombre de una persona fallecida, la póliza no tiene validez legal. Si ocurre un accidente: La aseguradora puede no cubrir los daños. Pueden retener indemnizaciones hasta que se acredite la titularidad del nuevo beneficiario. Existe el riesgo de quedar sin cobertura legal ante terceros. Si el seguro está a nombre de una persona fallecida, la póliza no tiene validez legal. Bloqueo de trámites y retirada del coche Si la grúa se lleva el coche a un depósito, será muy complicado recuperarlo sin los documentos actualizados. No podrás justificar la titularidad, y el proceso para recuperarlo se alargará hasta que completes todos los trámites de herencia y cambio de nombre. Además, no se puede vender ni transferir el coche sin un permiso de circulación actualizado. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/me-pueden-poner-multa-por-conducir-coche-nombre-fallecido-ecn_310870_102.html Responder
Ocio Publicado 12 Junio Autor Denunciar Publicado 12 Junio Cómo regularizar la situación para no tener problemas Para evitar problemas legales y posibles multas, hay que seguir estos pasos: Paso 1: Notificar el fallecimiento a Tráfico Acude a la DGT o haz el trámite online. Presenta el certificado de defunción. Adjunta la declaración de herederos o testamento, y el documento de aceptación de herencia. Paso 2: Solicitar el nuevo permiso de circulación La DGT emitirá un permiso a nombre del heredero adjudicatario. Se debe aportar el justificante del pago del Impuesto de Sucesiones. Paso 3: Actualizar el seguro Informa a la aseguradora del fallecimiento del titular. La compañía puede modificar la póliza o emitir una nueva. Hasta entonces, no debe circularse con el vehículo. Recibir una multa por conducir un coche a nombre de un fallecido es más común de lo que parece. Recibir una multa por conducir un coche a nombre de un fallecido es más común de lo que parece, y las consecuencias pueden ser graves si no se actúa con rapidez. Aunque sea un vehículo heredado o prestado, no puedes circular con él hasta completar los trámites legales de titularidad. Evita sanciones, bloqueos del seguro y problemas con la DGT, regularizando la situación lo antes posible. Si tienes dudas, acude a un gestor especializado que pueda ayudarte a realizar los trámites correctamente y evitar complicaciones futuras. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/me-pueden-poner-multa-por-conducir-coche-nombre-fallecido-ecn_310870_102.html Responder
Ocio Publicado 16 Junio Autor Denunciar Publicado 16 Junio 14 de junio de 2025 ¿Se puede dar de baja un coche con impuestos pendientes? Si quieres saber si se puede dar de baja un coche con impuestos pendientes, aquí te enseñamos todo lo que debes tener en cuenta. Se puede dar de baja un coche con impuestos pendientes Muchos conductores se preguntan si se puede dar de baja un coche con impuestos pendientes, especialmente cuando el vehículo ha dejado de usarse y aún figuran deudas asociadas, como el Impuesto de Circulación (IVTM). La respuesta es clara: no es posible tramitar la baja de un coche si existen impuestos sin pagar. Sin embargo, existen alternativas y soluciones que conviene conocer para evitar sanciones y resolver la situación de forma legal. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber para gestionar la baja de tu vehículo si tienes impuestos pendientes. ¿Qué ocurre si intentas dar de baja un coche con deudas? La Dirección General de Tráfico no permite registrar la baja de un vehículo si su situación administrativa no está regularizada. Esto significa que, si tienes el IVTM pendiente de pago, no podrás finalizar el trámite. Además del impedimento directo, pueden derivarse otros problemas: Recargos e intereses si la deuda se mantiene en el tiempo. Sanciones adicionales si el coche continúa dado de alta y sin seguro. Multas acumuladas si el vehículo está mal estacionado o abandonado. Dar de baja un coche requiere saber qué papeleo se necesita. Cómo regularizar el impuesto pendiente Para poder tramitar la baja, el primer paso es abonar la deuda del IVTM ante el ayuntamiento correspondiente. Puedes hacerlo: Presencialmente, en las oficinas municipales, con el número de matrícula. A través de la web del ayuntamiento, si dispone de pasarela de pago online. Mediante una carta de pago que puedes llevar a cualquier entidad bancaria autorizada. Una vez saldada la deuda, ya puedes avanzar con el proceso de baja en Tráfico. Trámite de baja definitiva Con los impuestos al día, podrás solicitar la baja definitiva del coche de dos formas: Online, a través del portal de la DGT. Presencial, en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico con cita previa. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/se-puede-dar-baja-coche-con-impuestos-pendientes-ecn_310907_102.html Responder
Ocio Publicado 16 Junio Autor Denunciar Publicado 16 Junio Recuerda que necesitarás aportar el certificado de destrucción emitido por un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT), donde conste que el vehículo ha sido entregado para su descontaminación y despiece. ¿Y si solo quiero darlo de baja temporalmente? Incluso en el caso de una baja temporal, el coche debe estar al corriente de pago del IVTM. Mientras el vehículo figure en el registro, aunque no circule, seguirá generando obligaciones fiscales. Por este motivo, si no tienes intención de volver a utilizar el coche, lo más recomendable es gestionar la baja definitiva cuanto antes. El coche requiere estar al día con los impuestos para poder venderlo. Alternativas si no puedes pagar los impuestos Si no te es posible pagar los impuestos pendientes de inmediato, considera estas opciones: Entregar el vehículo a un desguace autorizado. Algunos centros pueden ayudarte a gestionar el pago o incluso descontarlo del valor de los materiales reciclables. Vender el coche por piezas para obtener dinero con el que saldar la deuda. Recurrir a un profesional o gestor especializado para estudiar posibles soluciones administrativas o acuerdos con el ayuntamiento. Consejos para evitar problemas con el IVTM Para no llegar a esta situación, conviene seguir estas recomendaciones: Aunque el coche no se utilice, mantente al día con los impuestos mientras esté dado de alta. Si ya no lo vas a usar, tramita la baja cuanto antes para evitar que se generen nuevas deudas. Conserva todos los documentos que acrediten el pago de impuestos o trámites realizados, por si son requeridos. No se puede dar de baja un coche con impuestos pendientes, al menos no sin antes saldar la deuda correspondiente. El IVTM debe estar pagado para poder finalizar el trámite, ya sea una baja temporal o definitiva. Si no puedes afrontar el pago, existen alternativas como acudir a un desguace autorizado o negociar la deuda con el ayuntamiento. Tener la documentación al día es la única manera de evitar multas innecesarias y resolver el proceso de forma segura y legal. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/se-puede-dar-baja-coche-con-impuestos-pendientes-ecn_310907_102.html Responder
Ocio Publicado 17 Junio Autor Denunciar Publicado 17 Junio 16 de junio de 2025 Con estas enfermedades la DGT no te deja conducir y tampoco tendrás ya seguro El hecho de conducir sin un informe médico favorable puede servir para que las aseguradoras excluyan las coberturas y haya que pagar todos los gastos. Con estas enfermedades la DGT no te deja conducir y tampoco tendrás ya seguro Con el fin de reducir la siniestralidad en las carreras, en este 2025 la DGT es un poco más estricta a la hora de renovar o sacarse por primera vez el carnet de conducir. No es hayan cambiado los exámenes teóricos o prácticos, sino que han querido poner un mayor control sobre las enfermedades que tienen los conductores y que pueden afectar a la hora de circular. Por tanto, el foco se pondrá en una mayor medida en los reconocimientos médicos que todos tenemos que pasar para que nos den el carnet de conducir o para que nos los amplíen. Lo normal es que a partir de ahora los centros sean más rigurosos, rechazando a aquellos conductores que padezcan ciertas enfermedades diagnosticadas o que estén bajo una medicación específica que pueda interferir de manera clara a la hora de circular con sus vehículos. Y el listado completo ya de dichas dolencias, 35 en total, ya ha sido publicado por la DGT como te adelantamos aquí. La DGT puede prohibirte conducir con algunas enfermedades habituales Y también se podría perder el seguro En colación con esta medida de la DGT, justo hace pocos días en la revista “Seguros” que publica “El Economista” han publicado un reportaje en el que se explica que no solo estaría en peligro el poder tener o no licencia para poder conducir, también dichos conductores se podrían enfrentar a que las aseguradoras no les cubrieran ante un accidente. Por ello inciden que como se suele decir no hay enfermedades sino enfermos y del listado anterior de 35 afecciones podría darse el caso de que algún facultativo sí que dé su visto bueno para que una persona pueda conducir igualmente. Para ello, deberá obtener un informe médico favorable que certifique que está en condiciones de poder manejar el vehículo en cuestión. Porque en caso de conducir sin él, se podría enfrentar a una multa de hasta 6.000 euros. Si conduces una enfermedad diagnosticada sin permiso médico podrías enfrentarte a una multa de 6.000 € A esto hay que sumar, como indican en el artículo, que se convierte también en una irresponsabilidad aseguradora. Ahora mismo, la mayoría de las pólizas de seguro de tipo a todo riesgo excluyen claramente la cobertura si el conductor no está en condiciones legales de circular. De esta manera, la compañía podría rechazar cubrir los daños personales y materiales del asegurado, asignándole a él todas estas facturas e incluso las de hospitalización. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/con-estas-enfermedades-dgt-no-te-deja-conducir-tampoco-tendras-ya-seguro_311587_102.html Responder
Ocio Publicado 17 Junio Autor Denunciar Publicado 17 Junio Y añaden más, porque en el caso del seguro obligatorio de responsabilidad civil, si se cubrirían los daños ocasionados a terceros, pero esto no quiere decir que el conductor se libre de posibles consecuencias. Las aseguradoras tienen la potestad de poder ejercer el derecho de repetición, lo que significa que indemnizarían al tercero en cuestión y luego reclamarían al asegurado la totalidad de los costes. Incluso podrían meter intereses. Las aseguradoras te podrían reclamar los gastos en caso de conducir sin permiso médico No hay que olvidar a los medicamentos Un poco relacionado con este tema es el de los medicamentos. Y quizás más desconocido, porque muchos conductores no saben que algunos fármacos pueden afectar sobre sus condiciones a la hora de conducir. No será porque en algunas cajas no ponen iconos bastante grandes para que todos nos demos cuenta. Este tipo de productos farmacéuticos pueden provocar trastornos como somnolencia, reducción de los reflejos, visión borrosa o mareos. Y el problema llegaría cuando, tras producirse un siniestro, se detecta en el organismo del conductor que ha consumido un medicamento incompatible con la conducción, y este no fue previamente declarado a la aseguradora. De esta manera, se puede justificar una exclusión de cobertura o la reclamación de los gastos, como en los casos anteriores por parte de la aseguradora. Muchos conductores desconocen que no pueden conducir si toman ciertos medicamentos Por este motivo, desde muchos foros se está pidiendo que las aseguradoras empiecen a pedir la declaración de enfermedades o ciertos tratamientos a la hora de contratar las pólizas, algo que ahora mismo no sucede en la mayoría de los productos de este tipo. Por ello, desde el artículo indican que “la responsabilidad recae íntegramente en el asegurado, que a menudo desconoce los límites legales de su aptitud para conducir”. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/con-estas-enfermedades-dgt-no-te-deja-conducir-tampoco-tendras-ya-seguro_311587_102.html Responder
Ocio Publicado Jueves a las 05:02 Autor Denunciar Publicado Jueves a las 05:02 18 de junio de 2025 La nueva señal de la DGT que va a suponer ya multas de 200 € en más de 150 ciudades de España A partir del 1 de julio, ignorar el significado de esta nueva señal de la DGT puede costarte ya una multa de hasta 200 euros en más de 150 ciudades españolas. Te contamos cuál es y cómo te va a afectar. La nueva señal de la DGT que va a suponer ya multas de 200 € en más de 150 ciudades de España En apenas dos semanas, el próximo 1 de julio, comenzaremos a encontrarnos con nuevas señales de tráfico en las carreteras. El Consejo de ministros ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación que actualiza el sistema de señalización vial, vigente desde 2003. Y dentro de este nuevo catálogo de señales, que entrará en vigor de forma progresiva, hay una que se ha vuelto viral estas últimas horas y que ya está generando un fuerte debate entre los conductores, sobre todo tras la publicación de un tuit por parte de la DGT. Se trata en concreto de la señal R-120, una de estas nuevas incorporaciones al catálogo de la DGT, una señal que tiene como objetivo regular el acceso de los diferentes vehículos a las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Y atención porque su incumplimiento dará como resultado una multa de 200 euros. Así es la nueva señal R-120 Esta nueva señal R-120 es circular, con un borde rojo y fondo blanco. En su interior aparece un coche junto a unos pequeños círculos que vienen a simular las emisiones contaminantes. Y el mensaje que lanza ya la DGT con esta señal es claro: la prohibición de acceso a todos aquellos vehículos que no cumplan los criterios ambientales, regulados por las correspondientes etiquetas de la DGT. La nueva señal de la DGT que va a suponer ya multas de 200 € en más de 150 ciudades de España En realidad, no se trata de una señal nueva. En ciudades como Madrid, Barcelona o Valencia, muchos conductores se habrán topado ya con ella, especialmente en las zonas más céntricas afectadas por las ZBE. Pero dentro de muy poco esta señal se podrá ver ya por los 150 municipios obligados a implantar una ZBE. Los conductores, en contra de esta nueva señal A raíz de una publicación en X por parte de la DGT en la que preguntaba si los conductores reconocían esta señal, el debate sobre las ZBE se ha intensificado en las redes sociales durante estas últimas horas. Un usuario, por ejemplo, comentaba con ironía lo siguiente: “Significa que si no puedo circular por el 80% de mi ciudad me vais a descontar un 80% en el impuesto de circulación”. Otros van más allá y califican esta medida como una “coartada de las libertades individuales”. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/nueva-senal-dgt-va-suponer-ya-multas-200-en-mas-150-ciudades-espana_311690_102.html Responder
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