Ocio Publicado Jueves a las 05:03 Autor Denunciar Publicado Jueves a las 05:03 Estos son los coches que sí podrán circular con esta señal La señal R-120 avisa de la entrada a una ZBE, un acceso regulado actualmente por el tipo de distintivo ambiental del vehículo. Por eso, esta señal va acompañada habitualmente de un panel informativo en el que se detallan las etiquetas de la DGT que están autorizadas a circular. Salvo alguna ciudad, que no permite ya la circulación por estas ZBE a los coches con etiqueta B, la mayoría de estas zonas autorizan el acceso a todos los vehículos con derecho a distintivo ambiental. Actualmente existen cuatro distintivos diferentes, en función del impacto ambiental de los vehículos. La nueva señal de la DGT que va a suponer ya multas de 200 € en más de 150 ciudades de España Etiqueta 0 emisiones, de color azul: Vehículos eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV), híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible. Etiqueta ECO: Híbridos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables y vehículos propulsados por gas natural o gas licuado del petróleo. Etiqueta C, verde: turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015. Vehículos de más de 8 plazas y pesados, gasolina y diésel, matriculados desde 2014. Etiqueta B, amarilla: turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados, gasolina y diésel, matriculados desde 2006. En el caso de entrar en una ZBE sin permiso, es decir, sin la correspondiente etiqueta medioambiental, la multa será de 200 euros, sin retirada de puntos del carnet. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/nueva-senal-dgt-va-suponer-ya-multas-200-en-mas-150-ciudades-espana_311690_102.html Responder
Ocio Publicado Jueves a las 05:52 Autor Denunciar Publicado Jueves a las 05:52 18 de junio de 2025 Prohibido conducir desde esta edad: la primera ley del mundo que impide renovar el carnet a mayores Sigue el debate en todo el mundo sobre los riesgos de renovar el carnet de conducir a las personas más mayores. En estudio por parte de la DGT, y con nuevas medidas anunciadas en España, ya hay un país que anuncia que prohibirá conducir a partir de cierta edad. Prohibido conducir desde esta edad, la primera ley del mundo que impide renovar el carnet a mayores La conducción a ciertas edades muy avanzadas se está convirtiendo en un problema a medida que envejece cada vez más la población. De hecho, la propia subdirectora de Educación Vial y Formación Vial, María José Aparicio, hace solo unos meses apuntó a que “el 30% de los fallecidos en accidentes de tráfico en la UE son mayores de 65 años, un dato que se repite en todos los países y que alcanza el 50% cuando hablamos de fallecidos peatones o ciclistas. Estas cifras se van a agravar, si no hacemos nada, por el envejecimiento de la población”. Ante esta realidad, el debate ya es profundo. Hay que acortar los plazos de renovación para poder controlar mejor las aptitudes de los conductores más mayores e introducir nuevas pruebas. En eso trabaja ya hoy la DGT en España, aunque una discusión sigue latente: ¿debería prohibirse la conducción y no permitir la renovación de los carnets a partir de ciertas edades avanzadas? En España el rumor lleva meses corriendo como la pólvora por redes sociales e Internet, pero no, de momento solo es un bulo. Perú prohibirá renovar el carnet de conducir a partir de los 80 años Donde no lo es, sin embargo, es en Perú. Y es que, tal y como informa hoy El País, este país sudamericano se convertirá en el primero que no permitirá renovar el carnet de conducir en función a la edad, marcando los 80 años como fecha a partir de la cual quedará prohibido así conducir. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) lo ha anunciado, creando eso sí una gran polémica social. Perú se convertirá en el primer país que va a limitar la conducción a partir de la edad: no se podrá renovar el carnet desde los 80 años. Así, a partir de los 80 años, los conductores peruanos no podrán renovar su carnet de conducir, según la nueva disposición fijada en el Decreto Supremo N.º 007-2016-MTC, que asegura que la medida llega para proteger la seguridad vial ante la merma de condiciones físicas y mentales que experimentan los conductores de edad más avanzada. Además, para los conductores de entre 70 y 80 años la renovación de la licencia se someterá también a exámenes médicos más exigentes y la vigencia del permiso se irá reduciendo progresivamente. En España, mientras tanto, ¿podemos asistir en el futuro a una medida similar? A pesar de que, tal y como informa también El País, la Comisión Europea debate ya la posibilidad de establecer una edad máxima para conducir en los países miembros, desde el Parlamento Europeo ya se ha mostrado, de momento, su rechazo, lo mismo que desde España. En este sentido, la subdirectora de Educación Vial y Formación Vial, María José Aparicio, ahora en la necesidad de "proteger a las personas mayores, pero siempre fomentando su movilidad, seguridad y libertad". La DGT apuesta por más restricciones a mayores y revisiones más rigurosas, pero no a prohibir por edad Así lo considera también el propio director general de Tráfico, Pere Navarro, quien, tras los cambios introducidos el año pasado y por lo que los mayores de 65 años deben renovar su carnet de conducir cada 5 años, mientras que los mayores de 70 años ya están obligados a hacerlo cada 2 años, apuesta ahora por nuevas soluciones y estrategias como son, por ejemplo, las nuevas restricciones que limitan en cierto modo la conducción a algunas personas mayores con algunas aptitudes mermadas, pero sin prohibirles circular. Carnet de conducir con restricciones, con código 64 de limitación de velocidad y código 61 de limitación a conducción diurna. “A partir de los 65 años, el 78% de los conductores tiene alguna restricción ya en su permiso de conducción en España. Estamos muy satisfechos con estas medidas”, ya que son “una herramienta que tenemos a nuestra mano para que algunos conductores mayores, sobre todo en zonas rurales, puedan conducir para ir al médico, a comprar o al banco”, confiesa Pere Navarro. Para el director de la DGT, no hay necesidad de retirar las licencias a estas personas, “ya que la que se pone al volante no va a hacer un viaje largo, sino que se va a mover en un radio muy pequeño para satisfacer sus necesidades básicas”. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/prohibido-conducir-esta-edad-primera-ley-mundo-impide-renovar-carnet-mayores_311688_102.html Responder
Ocio Publicado Jueves a las 05:52 Autor Denunciar Publicado Jueves a las 05:52 Entre estas medidas figuran las prohibiciones de conducir solo de noche si las condiciones de visibilidad de la persona así lo aconsejan; la limitación del radio de conducción a un determinado número reducido solo de kilómetros alrededor del hogar o lugar de residencia sobre todo para quienes necesitan transporte privado para acudir a servicios básicos y necesarios en zonas rurales; la obligación de conducir sin pasajeros; o la de cumplir unas velocidades máximas menores y específicas, entre otras restricciones contempladas ya. Esta estrategia de la DGT forma parte ya también de una nueva política en este sentido que, según ha confirmado ya igualmente el propio Pere Navarro, tiene como próximo objetivo la mejora de revisiones médicas más rigurosas, ya que aquí “hay mucho margen de mejora”, según el director de Tráfico. “Cuanto más rigurosos sean los controles, mejor. Sería muy importante poder tener acceso al historial médico y saber cuál es la medicación. Pero son problemas de la administración, que no estamos conectados, con lo que depende de lo que diga el ciudadano. Nada es perfecto”, ha subrayado Pere Navarro. La DGT confirma cambios en el carnet para los conductores mayores, pero no limitará su movilidad en España. Qué opinan los expertos en España La política de la DGT, contraria de momento a la anunciada por Perú de prohibir la conducción a las personas a partir de cierta edad, es respaldada además por expertos de múltiples sectores. Marcelo Cornellá, presidente de la Federación Española para la Defensa de las Personas Mayores (FEDEPEM), considera esta medida totalmente injusta, “no teniéndose que poner el listón en la edad, sino en la capacidad que tenemos para poder conducir. Creo que si las pruebas psicotécnicas fueran más serias, reduciría el problema de los accidentes”. Por su parte, José Ignacio Lijarcio, director de proyectos de la Vial Week, considera que “debe haber una promoción de la movilidad de los mayores, ya que no estamos hablando de una cuestión de edad sino de salud. Ha cambiado la imagen de nuestros mayores. La esperanza de vida ha aumentado y los mayores de 65 se mueven de forma distinta. Además, no son nativos tecnológicos, pero nos tenemos que dirigir a ellos, por eso es importante el aprendizaje social y generacional. Tenemos que acompañarlos en esa transición, porque tienen que seguir aprendiendo”. El secretario general de la Asociación Española de Centros Médicos Psicoténicos (ASECEMP), Bonifacio Martín, aboga por su parte por mejores revisiones, confirmando que “la edad es un factor que influye notablemente en la pérdida de facultades; a más edad, más denegaciones y condiciones restrictivas”, mientras que el presidente de la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE), Enrique Lorca, manifiesta que son “partidarios de que, cada cierto tiempo y coincidiendo con la renovación del permiso de conducir, pudiera haber algún tipo de actualización, que sirviera para ayudar a las personas que han perdido conocimientos”. El debate y la polémica está servida. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/prohibido-conducir-esta-edad-primera-ley-mundo-impide-renovar-carnet-mayores_311688_102.html Responder
Ocio Publicado Jueves a las 06:11 Autor Denunciar Publicado Jueves a las 06:11 17 de junio de 2025 Multas de 200 € y 3 puntos desde este mismo verano por conducir de esta forma habitual Aunque muchos conductores todavía no lo saben, conducir de esta forma en verano puede costarte una multa de 200 € y la pérdida de 3 puntos del carnet de conducir. Te explicamos por qué y lo que dice la ley al respecto. Multas de 200 € y 3 puntos desde este mismo verano por conducir de esta forma habitual Con el verano y las vacaciones estivales a la vuelta de la esquina, comienzan a ser ya habituales los desplazamientos en coche a la playa o a las piscinas. Y muchos conductores acostumbran a realizar estos trayectos sin camiseta y con el bañador puesto. Pero, aunque puede resultar muy cómodo para sobrellevar las altas temperaturas, debes saber que, no solo no es seguro, sino que puede salirte muy caro. Esta práctica es muy habitual sobre todo en las zonas costeras de España, pero puede conllevar una multa muy cuantiosa. Además, en caso de tener un accidente, el cinturón de seguridad nos puede ocasionar importantes quemaduras o rozaduras en la piel. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-200-3-puntos-este-mismo-verano-por-conducir-esta-forma-habitual_311632_102.html Responder
Ocio Publicado Jueves a las 06:11 Autor Denunciar Publicado Jueves a las 06:11 Esta es la multa por conducir en bañador o en bikini A pesar de que el Reglamento General de Circulación (RGC) no establece de manera concreta las prendas de ropa que uno debe llevar al volante o si se puede o no conducir con bañador o bikini, los artículos 17 y 18 de esta normativa sí hacen referencia a cuál es la vestimenta adecuada para circular en coche. Por lo tanto, quedará en manos de los agentes de tráfico la posibilidad de sancionar o no al conductor. Un agente de tráfico sí puede multar por conducir en bañador o bikini En concreto, la ley establece ya que "los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos". Además, unas líneas más abajo, el artículo 18 continúa diciendo que "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción". Es decir que, aunque conducir en bañador no impide la libertad de movimientos ni entorpece la visión, el cinturón de seguridad o los propios airbags sí podrían ocasionarnos rozaduras o quemaduras y de esta forma un agente sí podría considerarlo motivo de sanción. En estos casos concretos, la multa por conducir en bañador o bikini asciende a 200 euros y puede acarrear la pérdida de hasta tres puntos en el carnet de conducir. Aunque solo vayas a recorrer unos pocos kilómetros hasta la playa y todo vaya a depender exclusivamente de la interpretación de la norma que hagan los agentes, lo más recomendable siempre es ir vestido de manera adecuada mientras se está al volante. Y lo mismo sucede con el calzado. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-200-3-puntos-este-mismo-verano-por-conducir-esta-forma-habitual_311632_102.html Responder
Ocio Publicado ayer a las 05:37 Autor Denunciar Publicado ayer a las 05:37 20 de junio de 2025 El aviso de la Guardia Civil oponiéndose a las luces V16 obligatorias desde enero: tiene riesgos La Asociación Unificada de Guardias Civiles ha mostrado su rechazo a las nuevas luces V16, impuestas por la DGT a partir de enero. Pero, ¿por qué? El aviso de la Guardia Civil oponiéndose a la obligatoriedad de las luces V-16 en 2026 Como imagino que ya todos los conductores sabrán, aunque seguro que siempre quedará algún despistado, a partir del próximo 1 de enero de 2026 entrará en vigor la normativa que obliga a llevar en los coches una luz de emergencia conocida como V-16 para sustituir a los hasta ahora imprescindibles triángulos. Una medida envuelta en mucha polémica porque a muchos usuarios no le convence este invento o piensan que es un “sacacuartos” para llenar los bolsillos de alguno. Ahora hemos conocido, a través de un artículo de 20 Minutos, que un grupo importante por su relevancia se ha mostrado crítico con la llegada de estas luces V-16. Me refiero a la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), que desde el año pasado ha utilizado su perfil en la conocida red social X, antes Twitter, para mostrar su disconformidad con la medida. Asociación Unificada de Guardias Civiles no apoya la incorporación de las luces V-16 En concreto, como se indica en el medio digital, en el pasado año la Asociación Unificada de Guardias Civiles ya publicó un tweet en el que señalaban que en los “estudios de la DGT han fallecido muchos conductores atropellados por colocar el triángulo, pero no saben cuántos siniestros se han evitado por la colocación del triángulo”. Otra de las reclamaciones que realizan muchos conductores y que también estaba incluida en la misma publicación anterior es que “esa lucecita [la V-16] no sirve de nada si el vehículo se encuentra en un cambio de rasante o en una curva pronunciada”. Más o menos en esta línea otras personas aseguran que su haz tampoco será muy visible en los días más soleados. Esa línea marcada por la AUGC ha sido apoyada por otros perfiles de redes sociales de la misma naturaleza y que ahora están de actualidad. Precisamente ha sido la AUGC Tráfico, precisamente los agentes que se encargan de vigilar las carreteras, los que han respondido a una publicación de la propia Guardia Civil con el siguiente mensaje: “si la gente no ve unos prioritarios con muchísimas más luces de señalización, esperáis que vean un pequeño prioritario amarillo que muchas veces no se verá hasta que no estén encima”. Y para apoyar esas palabras incluyen una fotografía de un coche de servicio que ha sido empotrado por un conductor despistado. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/aviso-guardia-civil-oponiendose-luces-v16-obligatorias-enero-tiene-riesgos_311803_102.html Responder
Ocio Publicado ayer a las 05:38 Autor Denunciar Publicado ayer a las 05:38 Cuidado con las confusiones con las luces de emergencia V-16 A pocos meses para que empiecen a ser obligatorias las luces de emergencia V-16 ya os hemos alertado en Autopista de posibles confusiones a la hora de comprar estos dispositivos. Para reconocerlos mejor hay que saber que cuentan con un haz naranja que parpadea y que mediante un imán se puede colocar en el techo sin tener que bajarse del vehículo para ello. Como incluye una tarjeta SIM integrada, solo al activarla mandaría la ubicación en donde te encuentres a la red DGT 3.0, con el fin de poder agilizar los servicios de asistencia en carretera. Y es aquí donde reside la clave, pues ahora mismo se están vendiendo muchos productos, que se indican como homologados por la DGT, que no incluyen esta conexión. Estas son las luces V16 que te venden en páginas web chinas muy baratas y que no te servirán en 2026 Todo esto se ha acrecentado en el momento que se ha conocido cuánto cuestan las luces V-16 homologadas. Generalmente su coste está alrededor de los 50 euros, aunque en algunos establecimientos ya están lanzando ofertas para adquirirlas por menos de 40. Pero claro, si en páginas chinas las ofrecen en rangos entre los 5 y los 15 euros como homologadas, es posible pescar a algún despistado. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/aviso-guardia-civil-oponiendose-luces-v16-obligatorias-enero-tiene-riesgos_311803_102.html Responder
Ocio Publicado ayer a las 05:46 Autor Denunciar Publicado ayer a las 05:46 20 de junio de 2025 La DGT multará con 200 € este verano a los conductores que utilicen mal estos parasoles para coches Proteger el coche del calor en verano es fundamental, pero algunos elementos habituales pueden suponer ya multas de hasta 200 euros si no se utilizan de forma correcta. La DGT advierte ya sobre un error muy común al utilizar este accesorio. La DGT multará con 200 € este verano a los conductores que utilicen mal este elemento en el coche Las altas temperaturas que se están registrando en buena parte del país estos días, con valores en muchos lugares de España por encima de los 35 grados, pueden convertir el interior del coche en un horno en cuestión de minutos. Por eso, cualquier elemento que ayude a bajar unos grados la temperatura interior siempre es bienvenido. Pero atención porque, como advierte ya la DGT, determinados accesorios no son válidos porque pueden poner en riesgo tu seguridad y, además, su uso está prohibido por ley. Uno de ellos son estas gafas de sol que, si las usas al conducir, la DGT te puede multar ya con 200 €. Otro tiene que ver con conducir con bañador o bikini, algo que también puede ser motivo de multa. Multa de hasta 200 € por usar estos parasoles Las altas temperaturas dentro del coche no solo son molestas e incómodas para sus ocupantes, también puede convertirse en una amenaza para la seguridad vial. En verano, proteger el coche del sol y de las temperaturas extremas es esencial, pero cuidado porque un simple parasol mal colocado puede salirte muy caro. Un parasol mal colocado puede suponer multas de 200 € Los parasoles son uno de los remedios más baratos y sencillos para evitar que nuestro coche se convierta en una sauna y usarlo puede reducir hasta en 11 grados la temperatura interior. Pero lo que pocos conductores saben seguramente es que la DGT lanza ya una advertencia muy clara al respecto: el uso indebido de determinados parasoles puede suponer multas de hasta 200 euros. La razón por la que la DGT puede multarnos por llevar un parasol La infracción no tiene tanto que ver con el uso del propio parasol cuando el coche está aparcado, sino con su utilización mientras estamos conduciendo. Según el artículo 19 del Reglamento General de Circulación, “la superficie acristalada del vehículo deberá permitir la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía, sin interferencias de láminas o adhesivos”. En este caso, la DGT solo permite la colocación de la pegatina de la ITV y de la correspondiente etiqueta medioambiental. El uso de este tipo de parasoles sí está permitido FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-multara-con-200-este-verano-conductores-utilicen-mal-estos-parasoles-coches_311797_102.html Responder
Ocio Publicado ayer a las 05:46 Autor Denunciar Publicado ayer a las 05:46 La advertencia de la DGT se centra especialmente en los modelos de parasol que son fijos o enrollables, sobre todo los que se instalan como un estor lateral o frontal y permanecen sujetos al marco o salpicadero. Aunque pueden resultar muy prácticos, este tipo de parasoles suponen un riesgo ya que reducen la visibilidad. Consejos para mantener el coche fresco y reducir el calor en el interior Aunque puede resultar muy obvio, lo más recomendable, siempre que se pueda, es aparcar en zonas de sombra y evitar el contacto directo con el sol. Pero como no siempre es posible, otras alternativas son estas: 1. Usar parasoles tradicionales. Los modelos clásicos de aluminio o espuma reflectante que se colocan manualmente son los más fáciles de poner y quitar y no suponen ningún riesgo. Estos no solo evitan que los rayos del sol incidan directamente en el salpicadero, también ralentizan el deterioro de todas las superficies del interior y favorecen la ventilación posterior del habitáculo, una vez en marcha. 2. Aparcar a la sombra siempre que sea posible. Los parasoles enrollables se pueden usar siempre que el coche esté aparcado 3. Ventilar el coche unos minutos antes de iniciar la marcha. 4. Colocar fundas en los asientos o incluso toallas claras en el salpicadero para disminuir la temperatura. 5. Dejar las ventanillas un poco bajadas, siempre que las condiciones lo permitan. 6. Despliega los parasoles de tipo enrollable solo cuando el coche esté parado y retíralos antes de emprender la marcha. Debes saber también que poner un parasol en la parte trasera sí está permitido, pero siempre que tu coche cuente con los dos espejos retrovisores exteriores. Además de los parasoles, la DGT recuerda que otros accesorios como ambientadores grandes, cortinillas adhesivas, vinilos no homologados o tintados excesivos también pueden afectar la visibilidad y acarrear multas. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-multara-con-200-este-verano-conductores-utilicen-mal-estos-parasoles-coches_311797_102.html Responder
Ocio Publicado ayer a las 06:19 Autor Denunciar Publicado ayer a las 06:19 20 de junio de 2025 Árboles en la carretera: ¿Cómo actúa el seguro si te has dado o se ha caído? ¿Te han caído árboles en la carretera y no sabes cómo actúa el seguro? Te lo explicamos. Árboles en la carretera: ¿Cómo actúa el seguro si te has dado o se ha caído? Conducir fuera de la ciudad puede implicar una serie de riesgos poco habituales en entornos urbanos. Entre ellos, uno de los más llamativos (y peligrosos) es la presencia de árboles en carretera, ya sea por una caída repentina o por la invasión del carril debido a raíces, ramas o condiciones meteorológicas adversas. En este contexto, muchas personas se preguntan cómo actúa su seguro si el vehículo resulta dañado tras colisionar con un árbol o recibir el impacto de uno caído. Si el accidente no está directamente relacionado con una catástrofe natural, o si hay dudas sobre la responsabilidad, conviene saber cómo proceder para reclamar daños materiales al seguro o, en su caso, al responsable de la vía. A continuación, te explicamos los pasos clave y las consideraciones legales en este tipo de siniestros. ¿Qué hacer si un árbol impacta tu coche? Aunque no es algo común, el impacto de un árbol en carretera puede producirse de forma repentina. Si ocurre, lo primero es mantener la calma y documentar la escena del accidente. Haz fotos y vídeos donde se aprecie con claridad el coche, el árbol, la vía y cualquier señal o circunstancia que ayude a entender cómo sucedió. No es frecuente, peor la caída de árboles puede sorprender y provocar accidentes en carreteras y calles. Acto seguido, debes avisar a tu compañía aseguradora, ya que será la encargada de valorar los daños y determinar si se trata de un caso cubierto por la póliza. Cuanta más información aportes desde el principio, más fácil será gestionar la reclamación. Árboles en carretera y fenómenos naturales: ¿cubre el seguro estos casos? Cuando el siniestro ocurre como consecuencia de un fenómeno natural de gran intensidad, como una tormenta, fuertes vientos o una nevada, el responsable de asumir los daños suele ser el Consorcio de Compensación de Seguros. Eso sí, este organismo sólo indemniza si se cumplen tres requisitos: Que la póliza del coche incluya daños propios (modalidad de seguro a todo riesgo). Que no existan cuotas impagadas. Que el siniestro esté causado por un evento extraordinario cubierto por el Consorcio (según su definición legal). FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/arboles-en-carretera-como-actua-seguro-si-te-has-dado-se-ha-caido_310919_102.html Responder
Ocio Publicado ayer a las 06:19 Autor Denunciar Publicado ayer a las 06:19 En estos casos, tu aseguradora debe informarte si tramita la reclamación directamente o si debes hacerlo tú ante el Consorcio. ¿Y si el árbol cayó por falta de mantenimiento? Si la caída del árbol no se debió a causas naturales, pueden intervenir otras responsabilidades legales. Por ejemplo: Si el árbol estaba en mal estado y la vía es pública, puede reclamarse al Ayuntamiento o al organismo encargado del mantenimiento de la carretera. Si el árbol pertenece a una finca privada, el propietario es quien debe responder por los daños causados, siempre que se demuestre negligencia o falta de mantenimiento. Si el conductor impactó contra un árbol sin que este representara un obstáculo inesperado (por despiste o exceso de velocidad), la responsabilidad podría recaer sobre él mismo. En todos los casos, se recomienda acompañar la reclamación de pruebas que demuestren el origen del incidente. Cómo reclamar los daños por árboles en carretera El proceso de reclamación puede variar, pero en líneas generales, debes: Reunir todas las pruebas posibles: fotografías del lugar, el árbol, los daños en el vehículo y, si es posible, testigos del accidente. Contactar con la aseguradora: informa de lo sucedido con detalle y pregunta si tu póliza cubre este tipo de incidentes. Averiguar la titularidad del terreno: saber si el árbol estaba en terreno público o privado es clave para dirigir correctamente la reclamación. Determinar la causa del siniestro: si se trata de un fenómeno natural, será el Consorcio quien asuma los costes. Si no, deberán valorarse otras vías. La caída de ramas y árboles o la proliferación de raíces no son poco frecuentes en las carreteras y pueden provocar daños y accidentes. ¿Quién paga los daños causados por árboles en la carretera? No hay una única respuesta. Todo dependerá del origen del siniestro y de las coberturas contratadas. En general: El Consorcio de Compensación cubre fenómenos naturales extraordinarios. El Ayuntamiento puede ser responsable si hay negligencia en el mantenimiento de la vía pública. El propietario de un terreno privado debe responder si el árbol es suyo y estaba en malas condiciones. El conductor asume los daños si el accidente fue por despiste o responsabilidad propia, y no tiene cobertura de daños propios. Los árboles en carretera representan un riesgo real, aunque poco frecuente, que puede generar importantes daños materiales y conflictos legales. Tener una póliza con cobertura de daños propios, actuar con rapidez y conservar pruebas del accidente son las mejores herramientas para garantizar que tu seguro o el responsable cubra los costes derivados del incidente. Mantente siempre atento a las condiciones de la carretera y recuerda revisar tu póliza para saber exactamente qué cubre en situaciones poco comunes como esta. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/arboles-en-carretera-como-actua-seguro-si-te-has-dado-se-ha-caido_310919_102.html Responder
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