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Publicado

1 de octubre de 2025

 

 

 

 

 

Transporte discrecional:

¿Qué es y cuál es su normativa?

 

Descubre qué es el transporte discrecional y cómo se utiliza.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Transporte discrecional

 

 

 

 

 

 

 

 

El transporte discrecional es una modalidad de servicio caracterizada por su flexibilidad y capacidad de

adaptarse a las necesidades

específicas del cliente.

 

 

A diferencia de los servicios regulares, no está restringido por rutas, horarios o calendarios fijos.

 

 

Sin embargo, opera dentro de un marco normativo que establece estándares de seguridad y calidad.

 

 

En este artículo, explicamos en detalle en qué consiste el transporte discrecional, sus modalidades y la

normativa que lo regula.

 
 
 
 

¿Qué es el transporte discrecional?

El transporte discrecional se diferencia de los servicios regulares por su personalización y libertad operativa.

 

 

Es un servicio diseñado para encargos específicos, ya sea por iniciativa del transportista o a solicitud del cliente, y es

comúnmente utilizado en sectores

como el turismo o para

viajes particulares.

 
 

A pesar de su flexibilidad, este tipo de transporte está sujeto a estrictas regulaciones que garantizan su seguridad

y calidad.

 
 
 
 

Claves del transporte discrecional

Para comprender mejor cómo funciona esta modalidad, es importante conocer

algunos aspectos clave:

 

 

 

Modalidades principales

El transporte discrecional se divide en dos categorías:

 
  • Liberalizado: Sólo requiere una hoja de ruta para operar.

 

  • No liberalizado: Necesita permisos específicos, gestionados a través de las autoridades competentes.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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El transporte discrecional se diferencia de los servicios

regulares por su personalización

y libertad operativa.

 

 

 

 

 

 

 

 

Hoja de ruta obligatoria

En los servicios liberalizados, la hoja de ruta es un documento esencial que incluye

información como:

 

 

  • Fecha del viaje.

 

  • Puntos de salida y llegada.

 

  • Datos del cliente.

 

 

 

Este registro debe mantenerse tanto en el vehículo como en la sede de la empresa transportista.

 

 

 

 

Exenciones internacionales

En viajes a países miembros del Acuerdo Interbus, que incluye la Unión Europea y algunos países extracomunitarios, no se

requiere autorización previa.

 

 

Sin embargo, estos servicios deben cumplir condiciones como realizar el viaje a puerta cerrada o utilizar vehículos de

sustitución en caso necesario.

 
 
 
 

Normativa para destinos específicos

Algunos destinos, como Marruecos, requieren una preparación anticipada, incluyendo la presentación de la hoja de ruta

con al menos 20 días de

antelación al viaje.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/transporte-discrecional-que-es-cual-es-su-normativa-ecn_305665_102.html
 


Publicado

 

 

 

 

Autorizaciones para servicios no liberalizados

Para estos servicios, es necesario solicitar un permiso especial ante la Dirección General de Transporte Terrestre.

 

 

Esto implica el pago de tasas administrativas y la presentación de formularios específicos, como el Modelo 790.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Camper y autobús en una autopista.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Normativa: Tiempos de conducción y descansos

El transporte discrecional está regulado por estrictas normas que controlan los tiempos de conducción, pausas y

descansos de los conductores, medidos

mediante tacógrafos.

 

 

Estas normas se basan en el Reglamento (CE) nº 561/2006, con algunas propuestas de modificación para ajustarse

a las necesidades

del sector.

 
 
  • Pausas: Los conductores deben realizar tres pausas de 15 minutos durante cada período de 4 horas y media de conducción.

 

 

  • Descanso diario: En servicios continuos de al menos cuatro días, se permite una mayor flexibilidad. El descanso diario puede

reducirse a 24 horas al final del período, siempre que no se superen

las siete horas diarias de conducción.

 

 

  • Descanso semanal: Se plantea la posibilidad de permitir hasta 12 días de trabajo consecutivos, compensados posteriormente con

períodos de descanso adecuados.

 

 

 

Estos ajustes buscan equilibrar las condiciones laborales de los conductores con la seguridad vial.

 

 

 

 

Ventajas del transporte discrecional

El transporte discrecional ofrece numerosos beneficios tanto para los usuarios como

para los transportistas:

  1. Flexibilidad: Permite personalizar el servicio según las necesidades específicas del cliente.
  2. Eficiencia operativa: La posibilidad de planificar rutas y horarios personalizados optimiza el uso de recursos.
  3. Cumplimiento normativo: Su regulación garantiza un alto nivel de seguridad y calidad en el servicio.
  4. Oportunidad en el turismo: Es una opción ideal para grupos turísticos o eventos especiales, donde los itinerarios no se ajustan a servicios regulares.

 

 

 

 

El transporte discrecional es una solución versátil y valiosa que ofrece un servicio personalizado y adaptado a las

necesidades de los clientes.

 

 

Sin embargo, operar en esta modalidad requiere un conocimiento detallado de las normativas aplicables para garantizar

la seguridad y eficiencia

del servicio.

 

 

Comprender sus particularidades, cumplir con los requisitos legales y respetar las regulaciones de tiempo y descanso

son pasos esenciales para aprovechar al máximo

las ventajas de este sistema

de transporte.

 

 

Con el enfoque adecuado, el transporte discrecional puede convertirse en una alternativa destacada para satisfacer

necesidades específicas en el sector

de la movilidad.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/transporte-discrecional-que-es-cual-es-su-normativa-ecn_305665_102.html

Publicado

2 de octubre de 2025

 

 

 

 

Multas por no apagar el motor al estar estacionados o parados:

ley para reducir las emisiones

 

 

A pesar de las críticas de las asociaciones de automovilistas, tanto la DGT, como distintas

administraciones municipales, regulan ya poder sancionar a vehículos

que estén estacionados o parados en las vías

si no apagan el motor.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Multas por no apagar el motor al estar

estacionados o parados, ley para

reducir las emisiones

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El cambio climático es un hecho y la contaminación excesiva de las ciudades, también.

 

 

Ante esta realidad, las autoridades políticas han comenzado a implantar nuevas medidas para reducir las emisiones contaminantes

y, sin duda, la más polémica y de impacto para la población están siendo las

Zonas de Bajas Emisiones que, promovidas desde la Unión Europea,

van a afectar en España a más de 150 poblaciones,

con restricciones de uso ya no solo para

los vehículos más contaminantes y

sin etiqueta medioambiental,

sino incluso para los que

cuentan con la

pegatina B y

hasta C de

la DGT.

 

 

Sin embargo, aunque menos conocidas y ejecutadas, hay más regulaciones que buscan detener el exceso de contaminación en

las ciudades.

 

 

Algunas afectan a la construcción de edificaciones, a las calefacciones y, sí, también otras a los coches.

 

 

Es el caso de la norma poco conocida de tener que apagar el motor si nos encontramos estacionados o en una parada medianamente

prolongada en

las calles.

 

 

Existir…

existe, aunque rara vez, de momento, se esté sancionando por ello.

 
 
 
 

Qué dice la DGT al estacionar o estar parados con

un vehículo

De hecho, a nivel estatal, la DGT ya puede sancionar por esta práctica.

 

 

El propio Reglamento General de Circulación, en su artículo 115, especifica ya textualmente que “aun cuando el conductor no abandone

su puesto, deberá parar el motor siempre que el vehículo

se encuentre detenido en el interior de

un túnel o en lugar cerrado

y durante la carga

de combustible”.

 

 

Vale, es un primer supuesto, que puede no afectar a las típicas paradas urbanas de esperar a algún ocupante o de estar unos minutos en

doble fila, por ejemplo.

 

 

Pero es que hay más.

 

 

 

 

 

 

 

 

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La normativa de la DGT no es textual ni especifica, pero podrían llegar

a multarse por no apagar el motor en un estacionamiento

a intepretación del agente.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En concreto, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial regula al mismo tiempo en su artículo

10 expresamente que “el usuario de la vía está obligado a comportarse

de forma que no entorpezca indebidamente la circulación, 

ni cause peligro, perjuicios o molestias

innecesarias a las personas

o daños a los bienes

o al medioambiente”.

 

 

Según este último supuesto, hay por tanto base legal para estacionar con el motor encendido si se considera que el vehículo

está contaminando innecesariamente, una realidad

que ya ha sido criticada por las

principales asociaciones

de automovilistas.

 
 

Es más, desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA), han solicitado ya reiteradamente que la ley debería concretarse más,

indicando la infracción que se

comente y la sanción

que hay que aplicar”.

 

 

De manera exacta y rotunda, sin dar lugar a la interpretación de un agente.

 

 

 

 

Multas de 100 € en Madrid si no se para el motor

en estacionamientos

Todo esto en cuanto a regulaciones estatales, porque, sin embargo, sí existen ya numerosos ayuntamientos que han decidido

establecer nuevas normas en este sentido,

con capacidad ya explícita

para la sanción.

 

 

Quizás, el caso más conocido es el de Madrid, donde su Ordenanza de Movilidad Sostenible sí detalla ya claramente en su artículo

46 que “quien conduzca deberá apagar el motor desde

el inicio del estacionamiento, aun

cuando permanezca en

el interior del vehículo”.

 

 

El texto también incluye excepciones que no deben seguir esta regulación, como son los vehículos con etiqueta 0 emisiones, al no

ser teóricamente contaminantes, así como los destinados

a los servicios de asistencia

y los de los agentes

de seguridad. 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-por-no-apagar-motor-estar-estacionados-parados-ley-reducir-emisiones_316939_102.html
 

Publicado

 

 

 

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Madrid multa con 100 € por estar con el coche parado

y el motor encendido.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Considerada como una infracción leve, la multa que impone Madrid es de 100 euros y ha suscitado también numerosas críticas

entre las asociaciones.

 

 

Dvuelta, por ejemplo, llegó a presentar un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid al considerar que esta norma

infringe el principio de legalidad sancionadora, al no estar contemplada

expresamente en el Reglamento General de Circulación,

la Ley de Procedimiento Administrativo

y la Ley de Tráfico, entre

otras normativas.

 

 

 

 

Prohibido en Barcelona tener el motor en

marcha más de 2 minutos

Barcelona, por su parte, también recoge en la Ordenanza General de Medioambiente Urbano, en su artículo 44-3.7 que “salvo

situaciones de congestión del tránsito, está prohibido que los

vehículos parados en la vía pública u otros

espacios públicos permanezcan

con los motores en marcha

durante más de

dos minutos”.

 

 

Otro claro ejemplo de sanción expresa que sí regula un ayuntamiento de nuestro país.

 

 

 

 

Londres multa con 40 libras y en Alemania

está prohibido

Y eso en España, porque en Europa esta regulación es incluso más habitual y está recogida en numerosas administraciones en

sus leyes generales.

 

 

En Londres, por ejemplo, hace ya 6 años existe una norma por la que los coches que permanezcan más de 60 segundos parados

con el motor encendido puedan

ser multados con

hasta 40 libras.

 

 

Otra normativa, además, también contempla que los conductores deben apagar el motor cuando se lo exija un agente: de lo contrario,

la multa será

de 20 libras.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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En Europa hay normativas que sancionan también estar

estacionados con el

motor en marcha.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En Alemania, por su parte, también se recoge en su normativa de movilidad la prohibición de generar

ruido innecesario, así como emisiones

de gases de escape evitable

s de los vehículos.

 

 

En particular, queda allí prohibido dejar vehículos en marcha innecesariamente, pudiendo ser sancionados.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-por-no-apagar-motor-estar-estacionados-parados-ley-reducir-emisiones_316939_102.html

Publicado

2 de octubre de 2025

 

 

 

 

A 100 km/h:

el nuevo límite máximo de velocidad que se impone en las autopistas

y autovías españolas

 

 

Más radares y menos velocidad en las carreteras.

 

La estrategia en seguridad vial es cada día más clara en España y 6 nuevos tramos de una

autopista nacional rebajan su velocidad máxima

de 120 a solo 100 km/h.

 

El número de tramos de vías rápidas con este límite rebajado se sigue multiplicando.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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A 100 km h, el nuevo límite máximo de velocidad que

se impone en las autopistas y

autovías españolas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Te lo advertimos este mismo verano y una nueva noticia lo confirma esta semana:

el número de tramos de autopistas y autovías que están rebajando sus límites máximos de los hasta ahora genéricos

120 km/h al reducido de 100 km/h continúa expandiéndose

por todo el país como una nueva

herramienta de seguridad vial.

 

 

Esa, claro, conjuntamente en algunos casos con el aumento en el número de radares.

 

 

Esta estrategia viene, además, de lejos.

 

 

Hace 5 años la ONU ya publicó el informe “Medidas recomendadas para mejorar la seguridad de la infraestructura vial”,

en el que abogaba por rebajar todos los límites

de velocidad, incidiendo en una

máxima de 100 km/h

para las autovías.

 

 

Como si de una orden o premonición se tratase, este mismo límite ha comenzado a aplicarse en España cada vez en más

tramos de vías rápidas, donde ya empieza a no ser

posible circular si quiera a 120 km/h durante

todos los recorridos.

 

 

Y es que, como te hemos contado en ocasiones, los límites de 130, 140 o 150 km/h son habituales en muchos

países de Europa.

 

 

Pero, en España, ni los 120 parecen ya suficientes.  

 

 

 

 

 

 

 

 

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La AP-7 es una de las primeras autopistas españolas que

ya ha rebajado su velocidad máxima,

con nuevos límites dinámicos. 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nuevos límites de velocidad dinámicos

en la AP-7

Una de las primeras autopistas que ha optado por un innovador plan de límites de velocidad dinámicos, con reducción a 100 km/h

en función a ciertas condiciones, como la meteorología, 

el flujo de tráfico, la hora del día o el

estado de la vía, ha sido la

AP-7, en Cataluña.

 

 

En un tramo de hasta 140 kilómetros entre El Vendrell, en Tarragona, y Maçanet de la Selva, en Gerona, esta vía es capaz de rebajar ya

la velocidad máxima permitida, en tiempo real y haciendo uso de la inteligencia artificial (IA). Además, en otro

tramo entre Vilafranca del Penedés y Martorell, en la provincia de Barcelona, también

reduce la velocidad máxima a 100 km/h, todos los domingos y festivos

de cualquier operación retorno entre las 15.00 y las

22.00 horas, así como cuando se

habilite siempre un carril adicional

en distintos tramos.

 
 
 
 

La AG-55, en Galicia, con muchos tramos limitados

ya a 100 km/h

La AG-55, en Galicia, ha sido otra de las autopistas que ha decidido rebajar los límites de velocidad de 120 a 100 km/h

en muchos de sus tramos.

 

 

De manera ya general, y no dinámica como la AP-7, esta vía ha comenzado a limitar la velocidad desde el polígono de Bértoa,

en Carballo (A Coruña), y puede verse ya también

en el punto kilométrico 19,5 durante un

tramo de hasta 2,8 kilómetros.

 

 

Además, tras el peaje, comienza un descenso prolongado con radar de tramo de 3 kilómetros hasta el viaducto de Loureda,

que también cuenta con límite de 100 km/h

que se extiende hasta más allá

del viaducto.

 

 

En el kilómetro 8 vuelve a aparecer otra rebaja de los límites de velocidad, así como en la entrada a A Coruña.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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La autopista AG-55, en Galicia, cuenta con muchos tramos

hoy rebajados a 100 kmh.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/100-km-h-nuevo-limite-maximo-velocidad-se-impone-en-autopistas-autovias-espanolas_316932_102.html
 

Publicado

 

 

 

 

 

La AP-8, en Gipuzkoa, el último

gran ejemplo

Pues bien, la novedad hoy nos lleva a la AP-8, ya en Gipuzkoa, donde Bidegi, la sociedad foral encargada de la gestión

de las autopistas que discurren por todo la provincia, acaba de anunciar

la modificación de hasta 6 nuevos tramos,

ahora con límite ya de 100 km/h y

no de 120 km/h, instalando

incluso dos nuevos

radares para

controlar que

se cumpla.

 

 

La modificación, en concreto, afecta ya a tres segmentos de la AP-8 dirección Bilbao, y a otros tres en sentido Behobia, tal y

como ha informado hoy

El Diario Vasco.

 

 

La señalización ya ha comenzado a instalarse y seguirán ubicándose además paneles informativos que informen de la nueva

velocidad máxima y la distancia

que tiene la nueva limitación.

 

 

El objetivo es reforzar la seguridad vial y la visibilidad en las carreteras, con actuaciones que, según Bidegi, son el resultado

de numerosos estudios que realiza

de manera periódica

en sus vías.  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Se multiplican los tramos de vías rápidas con límites de velocidad

rebajados a 100 kmh en España.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Partiendo del lado más oriental de la AP-8 en Gipuzkoa, los primeros cambios se encuentran en Oiartzun, donde la

carretera se bifurca a la AP-1 o la GI-20 sentido

Bilbao y en la confluencia de esas

dos vías hacia Behobia.

 

 

En el primero de los casos la reducción se anuncia en una zona de descenso y antes de varias curvas, afectando

a un total de 1,7 kilómetros.

 

 

En la confluencia sentido Behobia el segmento donde también se ha instalado la nueva señalización de 100 km/h

abarca hasta 1,5 kilómetros.

 

 

La segunda pareja de tramos con reducción de velocidad es en Aritzeta, donde se une la AP-8 con la GI-20.

 

 

En total, son ahora otros 900 metros con limitación de 100 km/h, mientras que en el caso de la bifurcación son

800 metros.

 

 

En el lado más occidental de la AP-8 en Gipuzkoa, sentido Behobia, la velocidad máxima se ha rebajado a 100 km/h

a la altura de la incorporación de Elgoibar,

acaparando 1,6 kilómetros

con esta nueva limitación.

 

 

Claro que el tramo más largo de todos con esta rebaja de velocidad se ubica en dirección Bilbao, con 3,4 kilómetros que

comienzan antes de llegar a Mendaro y concluyen

después de una serie de curvas

y tras pasar la localidad

de Bajo Deba.

 

 

A mitad, además, hay un radar.

 

 

¡Atentos!

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/100-km-h-nuevo-limite-maximo-velocidad-se-impone-en-autopistas-autovias-espanolas_316932_102.html

Publicado

2 de octubre de 2025

 

 

 

 

Qué te permiten los espejos retrovisores:

claves para una conducción segura

 

Mejoran la visibilidad, reducen los puntos ciegos y ayudan a

anticipar maniobras.

 

Saber usarlos correctamente es vital para circular con seguridad.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Qué le permiten los espejos retrovisores y

cómo usarlos correctamente

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Saber qué le permiten los espejos retrovisores a un conductor es fundamental desde el primer día frente al volante.

 

 

No se trata solo de una cuestión técnica o de cumplir con la normativa: estos dispositivos son los aliados más eficaces

para anticiparse a lo que ocurre detrás y a los lados

del vehículo, sin necesidad de

girar el cuerpo o perder el

control del entorno.

 

 

Además de ayudar a observar el tráfico, los retrovisores minimizan los puntos ciegos y aumentan la seguridad.

 

 

Incluso un accesorio tan sencillo como un espejo para el bebé del coche demuestra cómo los retrovisores cumplen una función vital:

permitir ver sin desviar la atención

de la carretera.

 
 
 
 

Qué funciones cumplen los espejos retrovisores

Los retrovisores son los ojos que extienden la visión del conductor.

 

 

Permiten comprobar lo que sucede en los carriles laterales, supervisar maniobras de adelantamiento y mantener el control del

entorno al estacionar o incorporarse

a otra vía.

 
 

Aunque su diseño ha evolucionado con el tiempo, su objetivo sigue siendo el mismo: aumentar el campo visual y reducir el

riesgo de accidente.

 

 

Para que eso se cumpla, deben estar correctamente ajustados.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Espejo retrovisor.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Cómo ajustar correctamente los

espejos retrovisores

Una posición adecuada de los espejos mejora la visión lateral y trasera.

 

 

Estos son los tres retrovisores básicos que debe tener un turismo:

 

 

 

Espejo lateral izquierdo

Debe mostrar la mayor parte del carril adyacente izquierdo, sin centrar la imagen en la carrocería del coche.

 
 
 

Espejo central interior

Refleja la parte trasera del coche, especialmente útil para detectar a otros vehículos durante maniobras como cambios

de carril o salidas de rotonda.

 

 

 

Espejo lateral derecho

Ayuda a controlar el lado más alejado del conductor. Su ajuste es imprescindible para evitar ángulos muertos del coche.

 

 

Hoy en día, los modelos modernos permiten regular los retrovisores mediante mandos eléctricos, e incluso memorizar

su posición.

 

En vehículos más básicos, el ajuste sigue siendo manual.

 
 
Publicado

 

 

 

 

 

¿Qué dice la normativa sobre los retrovisores?

La legislación española exige, como mínimo, el uso de un retrovisor lateral izquierdo y uno interior central en coches

de hasta 9 plazas.

 

 

El derecho será obligatorio si el espejo central no ofrece visibilidad (por ejemplo, con un remolque).

 

 

En motocicletas, solo el espejo izquierdo es imprescindible hasta los 100 km/h, pero a velocidades superiores, también

debe incorporarse

el derecho.

 

 

Circular sin los espejos obligatorios puede conllevar multas de hasta 200 euros y supone una falta grave en la ITV.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Espejo retrovisor convexo del coche.

 

 

 

 

 

 

 

 

Tecnologías que complementan

los retrovisores

Para compensar los ángulos muertos que los espejos no logran cubrir, algunos modelos incorporan sistemas de asistencia

al conductor como sensores

de ángulo muerto.

 

 

Estos detectan objetos fuera del campo de visión tradicional y avisan con señales luminosas o acústicas.

 
 
 

En paralelo, muchos retrovisores actuales incluyen funciones avanzadas como:

  • Calefacción para eliminar el vaho

 

  • Plegado automático

 

  • Luces LED integradas

 

 

 

 

Visibilidad, seguridad y comodidad en un

solo elemento

No se trata solo de ajustar un espejo.

 

 

Tener los retrovisores en buen estado, bien posicionados y con las funcionalidades adecuadas puede marcar la diferencia

en cada trayecto.

 

 

Desde mejorar la conducción urbana hasta reforzar la seguridad de los más pequeños con accesorios, estos elementos

son parte clave del equipamiento de

cualquier vehículo.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/te-permiten-espejos-retrovisores-claves-conduccion-segura_314047_102.html

Publicado

6 de octubre de 2025

 

 

 

 

Multas por no circular por el carril de la derecha y

la regla de los 20 segundos por la izquierda

 

 

El conocido como síndrome del carril izquierdo es un hecho en la circulación habitual

por vías rápidas, pero ¿puede la DGT multar por ello?

 

Analizamos la ley y te explicamos en qué consiste la regla de los 20 segundos que

se aplica en algunos países de Europa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Multas por no circular por el carril de la derecha y la regla de los

20 segundos por la izquierda

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Si tienes el carnet de conducir y, lógicamente, aprobaste el examen del permiso sabrás la norma: hay que circular en vías

con dos o más carriles siempre por la derecha

como regla principal.

 

 

Otra cosa es que la lleves a la práctica, una situación muy común y habitual, no solo en España, sino en todos los países de Europa,

y que incluso ha dado lugar a la definición

de un síndrome: el del

carril izquierdo.

 

 

Sea por no querer estar cambiando constantemente de carril, sea por sentirte por ejemplo más seguro al circular por el centro, la realidad

es que este estilo de conducción es generalizado entre los conductores, por más que la normativa sea clara

al respecto y que la DGT constantemente lance mensajes advirtiendo de que el buen uso

de los carriles evita accidentes y mejora la fluidez del tráfico, exigiendo que

los carriles de la izquierda son “solo para adelantar” y explicando

que “no son para los que tienen prisa, tienen un

coche más potente o les

gusta correr más”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-por-no-circular-por-carril-derecha-regla-20-segundos-por-izquierda_317097_102.html
 

Publicado

 

 

 

 

 

 

¿Puede la DGT multarnos por circular por

la izquierda?

Ahora bien, ¿puede la DGT multarnos por hace un mal uso teórico de los carriles cuando hay dos o más en el sentido

de circulación?

 

 

Para empezar, una cosa debe primero quedar clara, por más que nos moleste y sintamos la necesidad de adelantar por la

derecha cuando el resto de usuarios circula

por el centro o por la izquierda:

 

 

la Ley de Seguridad Vial, en su Sección 6ª de Adelantamiento, artículo 33, Normas Generales, asegura aquí sí expresamente que,

por norma general, el adelantamiento debe efectuarse por la izquierda

del vehículo que se pretende adelantar”, siendo considerado

adelantar por la derecha en una autopista

una infracción grave que genera

una multa de 200 euros.

 

 

Hasta aquí, obvio.

 
 

Sin embargo, aunque menos explícita en este sentido, la legislación también obliga y recomienda, a través del artículo 31 del

 Reglamento General de Circulación, circular normalmente “por el carril

situado más a la derecha”, permitiendo el uso de los demás

carriles “cuando las circunstancias del tráfico o de

la vía lo aconsejen, a condición de que no

entorpezca la marcha de otro

vehículo que le siga”.

 

 

Por tanto, si los agentes lo consideran, pero aquí ya entramos en la subjetividad de la interpretación del agente, circular por el

carril central o izquierdo cuando el derecho está libre

puede ser considerado también una

infracción y suponer una multa

igual de 200 euros.

 

 

La realidad, eso sí, es que no son nada habituales.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

la-dgt-prohibe-adelantar-en-coche-por-la

 

La DGT prohíbe adelantar en coche por la derecha, así como circular

por los carriles de la izquiera cuando

el de la derecha está libre.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Y qué ocurre en otros países?

 

 

Pues la situación, más o menos, es la misma de nuestro país, con el requisito obligatorio de circular siempre que se pueda

por la derecha, pero con algunas excepciones curiosas que definen y tipifican de

modo algo más en detalle la posibilidad de conducir por los carriles

de la izquierda en determinadas situaciones,

tal y como hemos conocido que

sucede en Alemania,

por ejemplo.

 

 

 

 

Así es la curiosa "regla de los 20 segundos",

que se aplica en Alemania

Nos referimos en esta ocasión a la conocida como “regla de los 20 segundos”.

 

 

Así, en Alemania, la normativa general establece igualmente que la obligación de “conducir lo más a la derecha posible en las

carreteras del país, no solo en el tráfico que se aproxima,

sino también al ser adelantado, en las

crestas, en las curvas o con

poca visibilidad”.

 

 

Así lo establece el artículo 2 (2) del Reglamento de Tráfico Alemán (StVO).

 
 

Sin embargo, como ya hemos adelantado, hay excepciones a este requisito de conducción por la derecha en Alemania.

 

 

Una de ellas, quizá la más concluyente, es la que viene recogida en la Sección 7 (3c) del Reglamento de Tráfico, según informa

el ADAC, el mayor club de automovilistas

de Europa.

 

 

Esta normativa establece por su parte la recomendación de “no permanecer en el carril izquierdo por más de 20 segundos sin

realizar un adelantamiento, o sin tener que hacerlo

debido a una obstrucción, para

no obstaculizar el

tráfico rápido”.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-por-no-circular-por-carril-derecha-regla-20-segundos-por-izquierda_317097_102.html

Publicado

 

 

 

 

 

 

 

 

autobahnlimitedevelocidad_2_790x454.jpeg

 

En Alemania hay una norma que obliga a no permanecer en el carril

izquierdo por más de 20 segundos

sin realizar un adelantamiento.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Es decir, esta curiosa norma concluye que se puede conducir continuamente por el carril central de una carretera para no

tener que estar constantemente cambiando de carril,

siempre y cuando tengas que seguir

adelantando cada menos

de 20 segundos.

 

 

En el momento en el que tardes más, la legislación obligaría ya a volver al carril de la derecha, para más adelante volver a ejecutar

la maniobra de adelantamiento.

 

 

 

 

Objetivo: evitar la cantidad de cambios

de carril peligrosos

La normativa, eso sí, establece esta regla solo para el carril de la izquierda cuando hay dos carriles por sentido, o para el carril

central siempre que haya más

de dos carriles.

 

 

Es decir, no se puede circular con más de 3 carriles por los de más a la izquierda de manera continuada.

 

 

Tal y como recoge el ADAC, “esta relajación del requisito de conducir por la derecha tiene como objetivo evitar la cantidad de

cambios de carril peligrosos y

conducir en líneas

serpenteantes”.

 
 

Las multas, en este sentido, son de un mínimo de 80 euros en Alemania por incumplir la obligación de circular por la derecha y,

sobre todo, cuando se obstruya o entorpezca

la circulación del resto de

usuarios en las vías.

 

 

¿Qué os parece esta norma?  

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-por-no-circular-por-carril-derecha-regla-20-segundos-por-izquierda_317097_102.html

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