Ocio Publicado 23 Abril Autor Denunciar Publicado 23 Abril Las marcas se han aliado ante la DGT para pedir medidas Desde este nuevo grupo también corroboran los datos de la DGT indicando que “más de la mitad del parque móvil español se encuentra en una situación de ilegalidad sin ser consciente de ello”, debido a que no equipan en sus coches los dispositivos por falta de información, lo que puede llevar a que sean multados. Pero hay más, pues según las estadísticas que manejan “millones de conductores desconocen qué baliza es válida conforme a la normativa, no saben cómo deben actuar ante una avería o siniestro, ni han recibido información clara y accesible por parte de las instituciones responsables”. Precisamente este último aspecto es el que reconocía el propio Pere Navarro. Ante esta tesitura, y más tras conoce los datos de atropellos de la última Semana Santa, este grupo de fabricantes de balizas V16 han exigido al organismo de Tráfico “campañas de información rigurosas, claras y sostenidas en el tiempo; un compromiso institucional firme y despolitizado con la seguridad vial; y claridad normativa y comunicativa en relación con las obligaciones de los conductores”. Veremos si desde la DGT toman nota. En el Congreso intentan abolir el uso de las balizas V16 Por si no tuviera pocos frente la DGT, en el Congreso ha vuelto a saltar a la palestra el tema de las balizas V16. En realidad, lo que se estaba debatiendo era una ley propuesta por el PSOE para endurecer las sanciones por aparcar en plazas destinadas a personas con discapacidad, pero en Vox han decidido incluir en ella una enmienda para que se elimine la obligatoriedad de la baliza V16 y que vuelvan a ocupar su lugar los triángulos de señalización anteriores. Vox pide que vueltan los triángulos y las balizas sean opcionales Esto no quiere decir que se eliminaría por completo el uso de este tipo de dispositivos, de los que recordemos que ya se han vendido 22 millones, sino que desde la formación política proponen que su uso sea voluntario, aunque sin la necesidad de estar conectados a la Dirección General de Tráfico. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/pere-navarro-dgt-reconoce-errores-con-su-medida-estrella-2026-cabreo-conductores_325998_102.html Responder
Ocio Publicado 24 Abril Autor Denunciar Publicado 24 Abril 23 de abril de 2026 ¡A 229 km/h en una zona de obras y por la noche! Cazado un conductor: multa y fianza de 1.000 € Un conductor de solo 26 años ha sido detectado circulando en Europa a 229 km/h en un tramo de obras. Te contamos el suceso y la sanción ejemplar que puede recibir el joven. A 229 kmh en una zona de obras y por la noche, cazado un conductor con multa y fianza de 1.000 € Foto generada por IA. Siempre has oído seguro que en Alemania no hay límites de velocidad en las famosas Autobahn. La afirmación, siendo en parte cierta, tiene muchos matices, eso sí. Esta ausencia de límites solo se aplica en determinados tramos donde la visibilidad y las condiciones de la vía lo aconsejen, por lo que no es general, y por supuesto hay que respectar tramos de obras o con señalización específica. Este último matiz puede que no lo entendiese así un joven conductor rumano de solo 26 años, que ha causado un gran revuelo en el país germano. Y es que esta semana ha sido detectado conduciendo a 229 km/h en una zona de obras de la autopista A3 cerca de Gremsdorf, concretamente este pasado lunes por la noche. Según ha informado la Policía alemana, el infractor fue sorprendido circulando así con su BMW a altísima velocidad, en una zona de obras cuyo límite de velocidad se había rebajado a solo 80 km/h. Lo más sorprendente, y que ha causado polémica, es que los agentes detuvieron el vehículo a aproximadamente las 2:40 horas de la madrugada, y le permitieron posteriormente seguir circulando. ¿Por qué? Hasta 1.000 € de fianza para seguir conduciendo Los medios alemanes publican hoy que la Jefatura de Policía de Franconia Central detuvo al conductor, de nacionalidad rumana y, tras el control, se le permitió continuar su viaje, pero debiendo antes eso sí que abonar una fianza de nada menos que 1.000 €. Asimismo, tuvo que designar a un representante en Alemania para recibir las notificaciones judiciales. Estas medidas son un procedimiento habitual en Alemania cuando los conductores no tienen residencia permanente en el país. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/a-229-km-h-en-zona-obras-por-noche-cazado-conductor-multa-fianza-1000_326076_102.html Responder
Ocio Publicado 24 Abril Autor Denunciar Publicado 24 Abril Según estas informaciones, la policía no podía imponer una prohibición de conducir inmediata. En Alemania, este tipo de medidas generalmente solo se aplican tras la conclusión de un procedimiento de sanción. Los agentes presentes en el lugar no están legalmente autorizados a emitir una prohibición de conducir directamente y únicamente pueden registrar la infracción de tráfico y tomar las precauciones de seguridad necesarias. La infracción, sin embargo, supera con creces el umbral para ser considerada una infracción grave por exceso de velocidad en Alemania, al superar en 149 km/h el límite máximo permitido en la vía. Ahora, se prevé que la multa ronde los cuatro dígitos y que pueda ser finalmente sancionado con la prohibición de conducir durante al menos 3 meses. Y los puntos también se registran para los conductores extranjeros. Si bien inicialmente solo tienen efecto en Alemania, pueden volverse relevantes si el conductor es sorprendido nuevamente o viaja dentro del país por un período prolongado. Durante el período final de sanción, el conductor tendrá prohibido conducir cualquier vehículo a motor dentro del país. Si esto afecta o no a su permiso de conducir en su país de origen, y de qué manera, depende de la normativa nacional correspondiente y de los posibles intercambios de información dentro de la UE. La ejecución de la multa está ya además garantizada por la fianza depositada. Si el importe final supera dicha fianza, se podrá cobrar la diferencia. En el caso de multas de 70 € o más, la ejecución dentro de la UE es posible en el país de origen. Así que ya sabes lo que puede esperarte si viajas por Alemania y piensas que todos los tramos de autopista no tienen límite de velocidad. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/a-229-km-h-en-zona-obras-por-noche-cazado-conductor-multa-fianza-1000_326076_102.html Responder
Ocio Publicado 25 Abril Autor Denunciar Publicado 25 Abril 24 de abril de 2026 Beneficios y funcionamiento del número 018 de la DGT para ayudar a víctimas de accidentes de tráfico Tras años de demandas por parte de las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico, la DGT ha puesto en marcha un servicio social telefónico para prestar ayuda en esos momentos tan difíciles. Aquí te explicamos cómo funciona. Beneficios y funcionamiento del número 018 de la DGT para ayudar a víctimas de accidentes de tráfico Cuando se sufre un accidente de tráfico, ya sea de forma directa o indirecta, es habitual que las personas que lo padecen entren en un estado de shock en el que no saben exactamente lo que tienen que hacer. Es por ello por lo que aplaudimos la nueva iniciativa presentada por la DGT en la que ponen a disposición de todos los ciudadanos un servicio de asesoría para estos momentos tan complicados y a la vez delicados. Lo primero que hay que aclarar es que el 018, el número que se utilizará para solicitar este tipo de ayuda, no se trata de un mecanismo de urgencias en el momento en que sucede el siniestro, para eso siempre tendremos el 112 para poder alertar a las autoridades de un posible percance. Presentación del número 018 de ayuda a víctimas de accidentes de tráfico FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/beneficios-funcionamiento-numero-018-dgt-ayudar-victimas-accidentes-trafico_326123_102.html Responder
Ocio Publicado 25 Abril Autor Denunciar Publicado 25 Abril Así funciona el nuevo número 018 de la DGT El fin con el que ha nacido este número 018 de ayudas a víctimas de accidentes de tráfico es para poder recibir información totalmente personalizada sobre todos los recursos psicológicos, sociales, legales o médicos que haya a la disposición de cada afectado. Para el ministro del Interior, Grande-Marlaska: “es un servicio clave como primer punto de contacto a través del cual las víctimas reciben información, orientación psicológica, asesoramiento jurídico básico y acompañamiento emocional en momentos dramáticos en los que la atención telefónica reduce barreras como el miedo, la distancia geográfica, la falta de recursos económicos o el desconocimiento de los procedimientos disponibles, y su carácter confidencial genera un entorno de mayor confianza para la víctima”. Presentación del número 018 de ayuda a víctimas de accidentes de tráfico De esta manera se ha dado respuesta a una demanda histórica de las asociaciones de víctimas con el fin de poder ayudar a todas aquellas personas que sufran, directa o indirectamente, un siniestro de tráfico. Lo que se encontrarán al otro lado del teléfono es un grupo de profesionales compuesto por trabajadores sociales, psicólogos y abogados especializados en siniestralidad vial para que puedan orientar al afectado en esos momentos. Como bien nos recuerdan desde la DGT, los afectados “no solo padecen lesiones físicas sino, en muchos casos, también graves consecuencias psicológicas y sociales (superación del trauma, duelo o discapacidad, entre otras) a las que se suman los trámites administrativos y legales a los que tienen que hacer frente tras el siniestro (atestado, denuncia, indemnizaciones, dependencia, juicios, etc.)”. Gracias al número 018 nos ayudarán con las reclamaciones de lesiones en un accidente de tráfico FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/beneficios-funcionamiento-numero-018-dgt-ayudar-victimas-accidentes-trafico_326123_102.html Responder
Ocio Publicado 25 Abril Autor Denunciar Publicado 25 Abril Y como, por suerte, no es muy habitual tener siniestros en la carretera, muchas personas desconocen todos sus derechos o los recursos que tienen a su disposición para intentar superar esta situación de la mejor manera. Por ello, también se ofrecerá información sobre asociaciones de víctimas más adecuadas para cada caso y que estén cercanas al ámbito territorial de la persona que demandó este servicio. También nos ha parecido muy buena idea que, en casos de siniestros graves, el equipo que se encargue de la atención realice un seguimiento periódico hasta un año después, siempre que lo autorice el interesado, con el “objetivo de comprobar si los recursos ofrecidos han sido de utilidad y de actualizarlos en base a la evolución de las necesidades de la persona en cuestión”. Con el número 018 se quiere ayudar a recuperarse psicológicamente después de un accidente de tráfico Este número 018 es un teléfono totalmente gratuito, que tiene cobertura en todo el país, disponible en más de cincuenta idiomas, accesible para personas con discapacidad y disponible los 365 días del año en un horario comprendido entre las 8:00 y las 21:00 horas. En paralelo a este número también se han habilitado otros canales en donde se pueden realizar las mismas gestiones antes explicadas. Por ejemplo, se puede escribir a través de la conocida aplicación Whats App al número 645 713 823, también en el correo electrónico victimastrafico@dgt.es o mediante un formulario que puedes encontrar en la página de la DGT. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/beneficios-funcionamiento-numero-018-dgt-ayudar-victimas-accidentes-trafico_326123_102.html Responder
Ocio Publicado 25 Abril Autor Denunciar Publicado 25 Abril 24 de abril de 2026 Placa V-20, qué es, cuándo es obligatoria y cómo colocarla en el coche Placa V-20: guía clara para saber qué indica, en qué casos debes llevarla, cómo se coloca de forma correcta y qué errores pueden acabar en multa cuando llevas carga o un portabicicletas. ¿Cuándo es obligatorio colocar la Placa V-20? La placa V-20 es la señal homologada que se utiliza para advertir de que una carga sobresale por la parte trasera del vehículo. Es una de esas placas que muchos conductores identifican visualmente, pero no siempre saben cuándo es obligatoria, si vale con una sola o cuándo hacen falta dos. Y ahí es donde suelen llegar los fallos: portabicicletas mal señalizados, carga que tapa luces o matrícula y montajes que no respetan la normativa. Conviene tenerlo claro antes de salir de viaje, sobre todo en vacaciones, escapadas en bici o traslados puntuales con tablones, muebles o equipaje voluminoso. La norma no obliga por llevar un accesorio en sí, sino porque la carga sobresale por detrás del coche. Por eso también interesa revisar cuánto puede sobresalir legalmente esa carga en un turismo y en qué cambia el criterio según el tipo de vehículo. En Autopista ya lo explicamos en esta guía sobre cuánto puede sobresalir la carga en un coche. ¿Qué es la placa V-20 y para qué sirve? La placa V-20 es un panel cuadrado con franjas diagonales rojas y blancas reflectantes que sirve para señalizar una carga que sobresale por la parte posterior del vehículo. Su función es hacer visible ese saliente al resto de usuarios de la vía, especialmente cuando llevas bicicletas, un portaequipajes trasero o una carga indivisible que rebasa el extremo posterior del coche. La referencia normativa está en el Reglamento General de Vehículos, que define la señal V-20, y en el Reglamento General de Circulación, que obliga a señalizar la carga que sobresale por detrás con esta placa. La DGT recuerda además que la señal debe colocarse en el extremo posterior de la carga y de forma perpendicular al eje del vehículo, para que resulte claramente visible. (boe.es) Placa V-20 colocada en un coche para advertir de la carga que sobresale. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/placa-v-20-es-cuando-es-obligatoria-como-colocarla-en-coche_326048_102.html Responder
Ocio Publicado 25 Abril Autor Denunciar Publicado 25 Abril ¿Cuándo es obligatoria la placa V-20? La placa V-20 es obligatoria cuando la carga sobresale por detrás del vehículo. En un turismo o en otros vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías, la carga puede sobresalir por la parte posterior hasta un 10% de la longitud del vehículo, o hasta un 15% si se trata de una carga indivisible. En esos casos, si hay saliente trasero, debe señalizarse con la V-20. (boe.es) Dicho de forma práctica: si llevas un portabicicletas trasero con bicis que sobresalen, una tabla, un mueble o cualquier objeto que rebase la parte trasera del coche, toca poner la señal. No es algo exclusivo de furgonetas o remolques. También afecta a turismos, SUV y familiares. Y si además usas sistemas traseros para transportar bicis, merece la pena repasar qué opciones existen en esta guía de tipos de portabicicletas para coche. Cómo colocar la placa V-20 correctamente La regla general es sencilla: la placa debe ir en el extremo posterior de la carga, bien sujeta y siempre perpendicular al eje del vehículo. No debe ir torcida, parcialmente oculta ni colgando con sujeciones improvisadas. La DGT aconseja usar todos los puntos de anclaje del panel y fijarlo con correas o tensores, mejor que con soluciones débiles o poco estables. Cuando la carga sobresale por detrás, pero no ocupa toda la anchura del vehículo, basta con una sola placa V-20. En cambio, si la carga ocupa todo el ancho del vehículo, deben colocarse dos placas V-20, una en cada extremo, formando una V invertida con las franjas rojas. Esa es la imagen habitual en algunos portabicicletas de bola o en cargas anchas. Una o dos placas V-20: tabla rápida para no fallar Situación ¿Hace falta placa V-20? ¿Cuántas? Clave práctica La carga no sobresale por detrás No 0 No se usa por llevar accesorio, solo si hay saliente La carga sobresale por detrás y no ocupa todo el ancho Sí 1 Colocada en el extremo posterior de la carga La carga sobresale y ocupa toda la anchura del vehículo Sí 2 Una en cada extremo, formando una V invertida Portabicicletas trasero con bicis que sobresalen Sí, normalmente 1 o 2 Depende del ancho ocupado por la carga La carga tapa matrícula o pilotos Puede no bastar con la V-20 1 o 2 Hace falta placa supletoria y luces si quedan ocultas Esta tabla ayuda a resolver la duda más habitual: no siempre hacen falta dos placas. Solo es así cuando la carga ocupa toda la anchura del vehículo. En los portaequipajes traseros también hay que vigilar que no queden ocultos los pilotos ni la matrícula, porque en ese caso necesitarás una placa supletoria con iluminación. La propia DGT lo recuerda en sus recomendaciones para transporte de bicicletas, algo muy ligado al uso de la V-20. También puede venirte bien esta guía sobre portaequipajes de bola de remolque. Errores frecuentes con la placa V-20 Uno de los fallos más comunes es colocar la placa en el propio coche y no en el extremo final de la carga. Otro error muy habitual es pensar que una sola V-20 sirve siempre, incluso cuando la carga ocupa toda la anchura. Tampoco es correcto montar la placa doblada, inclinada o de forma que pueda girarse con el viento. También conviene revisar la instalación completa cuando se combinan baca, cofre o sistemas traseros, porque el problema no suele estar solo en la señalización, sino en la fijación de la carga y en la visibilidad del vehículo. Si llevas equipaje fuera del habitáculo, aquí tienes una guía útil para instalar una baca en el coche y otra sobre qué es un cofre de techo y qué tipos hay. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/placa-v-20-es-cuando-es-obligatoria-como-colocarla-en-coche_326048_102.html Responder
Ocio Publicado 25 Abril Autor Denunciar Publicado 25 Abril La placa V-20 es obligatoria cuando la carga sobresale por detrás del vehículo. Multa y qué revisar antes de salir Circular con una carga mal señalizada puede acabar en sanción, igual que hacerlo con elementos que oculten la matrícula, las luces o comprometan la estabilidad del vehículo. Más allá del importe, lo importante es que una mala colocación de la placa V-20 o una sujeción deficiente aumenta el riesgo para ti y para el resto. Antes de salir, revisa cuatro cosas: que la carga pueda llevarse legalmente, que no sobresalga más de lo permitido, que la V-20 vaya en la posición correcta y que matrícula y luces sigan siendo visibles. Ese último punto es el que más se pasa por alto en viajes con bicis o accesorios de enganche. Preguntas frecuentes sobre la placa V-20 ¿La placa V-20 es obligatoria con portabicicletas? Sí, cuando las bicicletas o la carga sobresalen por la parte trasera del vehículo. Si además ocupan toda la anchura, harán falta dos placas. ¿Dónde se coloca exactamente la placa V-20? Debe colocarse en el extremo posterior de la carga, perpendicular al eje del vehículo y bien fijada para que no se mueva. ¿Con una sola placa V-20 siempre vale? No. Una sola vale cuando la carga sobresale por detrás pero no ocupa toda la anchura del vehículo. Si ocupa todo el ancho, deben colocarse dos. ¿La V-20 sustituye a la placa supletoria de matrícula? No. Son elementos distintos. La V-20 señaliza la carga que sobresale. Si la matrícula o los pilotos quedan ocultos, además necesitas placa supletoria y, en su caso, iluminación. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/placa-v-20-es-cuando-es-obligatoria-como-colocarla-en-coche_326048_102.html Responder
Ocio Publicado 27 Abril Autor Denunciar Publicado 27 Abril 23 abr 2026 Oficial | La Dirección General de Tráfico podrá hacer controles de alcohol y drogas al acompañante del menor de edad que conduce con 17 años Control de alcoholemia de la Guardia Civil de Tráfico Los jóvenes de 17 años pronto podrán conducir coches en España, como anunció la DGT, aunque deberán hacerlo acompañados de un copiloto que también está obligado a someterse a controles de alcohol y drogas. La posibilidad de que jóvenes de 17 años puedan ponerse al volante con un carné de conducir B está cada vez más cerca de convertirse en una realidad en España. La medida, recogida en la Directiva Europea 2025/2205, introduce un modelo de conducción supervisada, hasta tal punto, que el copiloto también podrá ser objeto de controles de alcohol y drogas por parte de la DGT. El texto europeo establece que los Estados miembros podrán permitir que los jóvenes de 17 años obtengan el carné de conducir, aunque con la condición de que siempre deberán ir acompañados por un adulto que cumpla una serie de requisitos. Esta figura desempeña la función de guiar, supervisar y servir de referencia al conductor novel durante sus primeros meses al volante. Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) ya se ha puesto en marcha un grupo de trabajo para adaptar esta normativa al marco español, un proceso que deberá completarse antes del 26 de noviembre de 2028. La base de este modelo es lo que se conoce como el “modelo alemán”, una fórmula que adelanta la edad de acceso al permiso un año, pero introduce una supervisión directa durante la etapa inicial de conducción. “En este permiso aparecerá un código en la parte trasera, el 98.02, y tiene otra particularidad: que desde que se expide hasta que el titular cumple los 18 el conductor estará obligado a conducir acompañado”, explica Montserrat Pérez, subdirectora general de Formación y Educación Vial de la DGT. Esta identificación permitirá distinguir claramente a los conductores que se encuentran bajo este régimen específico. Uno de los aspectos más relevantes de la normativa es que el acompañante no solo debe cumplir una serie de condiciones previas, sino que también está sujeto a responsabilidades durante la conducción. Entre ellas, destaca la obligación de respetar las normas relativas al consumo de alcohol y drogas. Esto implica que podrá ser sometido a controles, del mismo modo que el conductor, ya que su estado influye directamente en la seguridad vial. Requisitos del copiloto Para ser acompañante de un menor de edad con carné de conducir, el copiloto debe tener al menos 24 años, contar con un permiso de conducir válido dentro de la Unión Europea y haberlo obtenido al menos cinco años antes de desempeñar este papel. Además, no puede haber sido privado del derecho a conducir en los últimos cinco años. No obstante, la normativa europea deja margen a los Estados miembros para endurecer estos requisitos si lo consideran necesario. Esto incluye limitar el número de acompañantes posibles por conductor o establecer condiciones adicionales que refuercen el carácter formativo y de responsabilidad de esta figura. FUENTE: https://www.autobild.es/motor/oficial-direccion-general-trafico-podra-hacer-controles-alcohol-drogas-acompanante-menor-edad-que-conduce-con-17-anos_6962047_0.html Responder
Ocio Publicado 27 Abril Autor Denunciar Publicado 27 Abril En paralelo, el proceso para obtener el permiso no sufre cambios significativos. El aspirante de 17 años deberá seguir el mismo procedimiento que cualquier otro conductor, incluyendo formación teórica, examen correspondiente y una prueba práctica. “Con la nueva Directiva el modelo formativo no se modifica. Este texto no regula cómo formar a tus conductores; explica los contenidos sobre los que debemos examinar para cada tipo de permiso, regula los tiempos de examen, los requisitos que deben cumplir los examinadores... pero no especifica un modelo formativo concreto y nosotros ya tenemos el nuestro”, señala Pérez. El carné de conducir con 17 años, cada vez más cerca Desde la perspectiva de la DGT, esta medida puede tener efectos positivos en determinados contextos. Facilitar el acceso al carné antes de los 18 años puede ser especialmente útil para jóvenes que viven en zonas con menor disponibilidad de transporte público o para aquellos que necesitan desplazarse por motivos académicos o laborales. Además, el hecho de que la conducción esté supervisada durante este periodo inicial puede contribuir a mejorar la seguridad vial. “Se pretende facilitar el acceso de los jóvenes al permiso, lo cual puede ser interesante para los que viven en zonas despobladas o resultar útil para aquellos que quieran entrar en la universidad sabiendo conducir su propio coche. Es una opción que hasta ahora no tenían. Además, nos asegura que hasta que cumplan los 18 se va a ‘supervisar’ su conducción, lo cual también puede resultar positivo”, resume la subdirectora. Otros de los grandes objetivos de la Directiva 2025/2205, además de la conducción acompañada en jóvenes de 17 años, son establecer un permiso de conducción digital válido para todos los Estados miembros, fomentar el uso de los vehículos de combustible alternativo y estipular un periodo probatorio para noveles de dos años de duración. FUENTE: https://www.autobild.es/motor/oficial-direccion-general-trafico-podra-hacer-controles-alcohol-drogas-acompanante-menor-edad-que-conduce-con-17-anos_6962047_0.html Responder
Ocio Publicado hace 4 horas Autor Denunciar Publicado hace 4 horas 3 de mayo de 2026 Matrícula patinete eléctrico: cómo registrarlo y qué pide la DGT Guía actualizada sobre la matrícula del patinete eléctrico: registro en la DGT, seguro obligatorio, certificado de circulación, etiqueta visible y fechas clave. matricula patinete electrico La matricula de patinetes eléctricos ya no es una cuestión lejana para los usuarios de VMP. En 2026, la DGT ha puesto en marcha el Registro Nacional de Vehículos Personales Ligeros y los propietarios de patinetes eléctricos deben inscribirlos como paso previo al seguro obligatorio. El cambio no significa que los patinetes pasen a ser motos ni que necesiten permiso de conducir, pero sí supone más control. La DGT exige identificar estos vehículos, vincularlos a un titular y facilitar la cobertura de responsabilidad civil. La propia DGT anunció el 27 de enero de 2026 la puesta en marcha del registro de Vehículos Personales Ligeros y la obligación de inscribir los VMP a través de su sede electrónica. El nuevo escenario legal para los VMP en España Los vehículos de movilidad personal, entre ellos los patinetes eléctricos, han pasado de ser una solución urbana poco regulada a formar parte del sistema de movilidad con obligaciones propias. La DGT ya no se limita a fijar normas de circulación. Ahora también exige certificación técnica, inscripción en el Registro Nacional de Vehículos y una identificación visible. Esta evolución se apoya en el Real Decreto 52/2026, de 28 de enero, que regula el funcionamiento del Registro de Vehículos Personales Ligeros. Los patinetes ya tienen que inscribirse ya y contar con seguro, bajo multas de hasta 800 €. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/matricula-patinete-electrico-como-registrarlo-pide-dgt_326422_102.html Responder
Ocio Publicado hace 4 horas Autor Denunciar Publicado hace 4 horas La lógica de la norma es clara: si un patinete causa daños, comete una infracción o se ve implicado en un siniestro, debe poder identificarse. Por eso, hablar de “matrícula” en un patinete eléctrico no es exactamente lo mismo que hablar de la placa de un coche, pero sí de una etiqueta o identificador visible asociado a un registro oficial. Autopista ya ha explicado que la nueva normativa obliga a inscribir los patinetes eléctricos en el registro de la DGT y a contar con seguro, con multas si no se cumple. Puedes ampliar el contexto en esta guía sobre la obligación de registrar y asegurar los patinetes eléctricos. ¿Qué patinetes deben estar registrados actualmente? La obligación afecta a los vehículos personales ligeros que deben contar con certificado de circulación. La DGT indica que todos los propietarios de patinetes, o los tutores legales si los usan menores, tienen que inscribir su VMP en el Registro Nacional de Vehículos a través de la sede electrónica. Hay que distinguir dos cuestiones: certificación y registro. La certificación acredita que el modelo cumple las características técnicas exigidas. El registro identifica una unidad concreta y la vincula a un titular. Para los VMP comercializados desde el 22 de enero de 2024, la certificación ya es obligatoria para su venta. La DGT recuerda que los modelos vendidos hasta el 21 de enero de 2024 pueden circular sin certificado hasta el 22 de enero de 2027; desde esa fecha, solo podrán circular los VMP certificados. Esta fecha es clave para muchos usuarios. Si el patinete es antiguo, no queda automáticamente fuera de circulación hoy, pero sí tiene un horizonte claro. A partir de enero de 2027, los modelos sin certificación no podrán utilizarse en vías públicas. Pasos para obtener el certificado de circulación El certificado de circulación no es un documento que el usuario pueda “fabricar” por su cuenta. Forma parte del proceso de certificación del modelo y lo gestiona el fabricante, importador o representante autorizado ante entidades habilitadas. La DGT explica que el proceso de certificación permite al titular de la marca o a su representante obtener un número de certificado que acredita que el modelo cumple los requisitos para ser considerado VMP. Desde el 22 de enero de 2027, solo podrán circular los VMP que dispongan de dicho certificado. Para el usuario, lo importante es comprobar que el patinete aparece entre los modelos certificados por la DGT antes de comprarlo. Si ya se tiene un patinete, conviene localizar la documentación, factura, número de serie y placa identificativa del fabricante. Una nueva obligación lleva a los vehículos personales ligeros a tener que contar ya con certificado de circulación. En un patinete nuevo, el vendedor debe entregar la documentación correspondiente. También debe figurar la identificación del vehículo, con datos como marca, modelo, número de serie, número de certificado y velocidad máxima. La DGT ya avisó en 2024 de que solo se podían comercializar VMP certificados desde esa fecha, una medida que Autopista recogió en su información sobre los VMP que podrán circular en España. Cómo registrar un patinete eléctrico en la DGT El registro se realiza en la sede electrónica de la DGT. El objetivo es asociar el patinete a un titular y generar una identificación oficial. El trámite requiere identificar al propietario, aportar los datos del vehículo y acreditar que el VMP cumple los requisitos exigidos. En la práctica, el usuario debe tener a mano la documentación del patinete, el certificado o datos de certificación, la factura de compra y el número de serie. Una vez inscrito, el vehículo queda incorporado al Registro Nacional de Vehículos. La DGT plantea este registro como paso previo al aseguramiento obligatorio, establecido por la Ley 5/2025, de 24 de julio. La identificación visible será el equivalente práctico a la matrícula del patinete eléctrico. No debe confundirse con una matrícula ordinaria de coche o moto, pero sí cumple una función parecida: permitir que el vehículo pueda reconocerse en la vía pública. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/matricula-patinete-electrico-como-registrarlo-pide-dgt_326422_102.html Responder
Ocio Publicado hace 4 horas Autor Denunciar Publicado hace 4 horas La llegada del seguro obligatorio y la etiqueta física La gran novedad normativa es la combinación de registro, identificación visible y seguro obligatorio. El Real Decreto 52/2026 regula el registro que permite hacer efectiva esa obligación de aseguramiento para los Vehículos Personales Ligeros. La DGT anunció que todos los propietarios de patinetes deben inscribir su VMP en el Registro Nacional de Vehículos como paso previo al seguro obligatorio. Esto implica que el usuario deberá contar con una póliza de responsabilidad civil que cubra daños a terceros. Es un cambio importante, porque hasta hace poco el seguro solo era obligatorio en algunos municipios o para determinados servicios de alquiler. El sistema busca evitar situaciones de indefensión cuando un patinete causa daños personales o materiales. También facilita la identificación en caso de accidente, infracción o abandono del vehículo. Requisitos técnicos: lo que la DGT inspeccionará La DGT exige que los VMP cumplan unos requisitos mínimos de seguridad. En su página oficial recuerda que deben disponer de sistema de frenado, dispositivo de advertencia acústica, luces y reflectantes delanteros y traseros. El Manual de Características de los VMP también fija aspectos como velocidad máxima, dimensiones, potencia, sistemas antimanipulación, identificación del vehículo y condiciones de seguridad eléctrica. Un patinete eléctrico no puede superar los 25 km/h para ser considerado VMP. Si supera esa velocidad o tiene características propias de un ciclomotor, ya no entra en la misma categoría y puede necesitar homologación, matrícula ordinaria, seguro y permiso correspondiente. También hay que tener en cuenta las normas de circulación. Los patinetes no pueden circular por aceras, travesías, vías interurbanas, autopistas ni autovías. Además, solo puede ir una persona. Incumplir estas reglas puede acabar en multa, igual que ocurre con otras infracciones habituales en VMP, como explicamos en esta información sobre las multas de la DGT a los patinetes eléctricos. Dónde acudir para realizar los trámites de registro El trámite principal se realiza en la sede electrónica de la DGT, no en una tienda ni en un taller convencional. La DGT indica que la inscripción se hace a través del Registro Nacional de Vehículos. Para hacerlo, el titular debe contar con identificación digital válida, como certificado electrónico, DNI electrónico o sistema Cl@ve, según las opciones habilitadas por la sede. En algunos casos puede ser recomendable acudir a una gestoría, especialmente si el usuario no está familiarizado con trámites digitales o si se trata de una flota de empresa. También conviene revisar la ordenanza municipal, porque algunos ayuntamientos pueden establecer obligaciones adicionales sobre casco, edad mínima, zonas de circulación o estacionamiento. Las empresas de alquiler, reparto o flotas deberán prestar especial atención a estos cambios. Un patinete de uso profesional debe estar correctamente identificado, asegurado y documentado. Tabla resumen: fechas y obligaciones del patinete eléctrico Fecha o situación Qué exige la norma Qué debe hacer el usuario VMP vendido hasta el 21 de enero de 2024 Puede circular sin certificado hasta el 22 de enero de 2027 Conservar factura y documentación; comprobar si puede certificarse VMP vendido desde el 22 de enero de 2024 Debe estar certificado para comercializarse Comprar solo modelos certificados por la DGT Desde 2026 Registro en la DGT y seguro obligatorio Inscribir el VMP y contratar responsabilidad civil Desde el 22 de enero de 2027 Solo podrán circular VMP certificados No usar modelos sin certificación en vías públicas Circulación diaria Luces, frenos, timbre, reflectantes y 25 km/h máximo Mantener el patinete en buen estado y respetar la normativa Diferencia entre matrícula, registro y certificado Aunque muchos usuarios hablan de matrícula del patinete eléctrico, conviene separar conceptos. El certificado de circulación acredita que el modelo cumple los requisitos técnicos de la DGT. Es una condición ligada al vehículo y a su homologación como VMP. El registro identifica una unidad concreta y la vincula a un titular. Es el paso administrativo que permite controlar el parque real de patinetes. La etiqueta identificativa es la señal visible que permite reconocer el vehículo en la calle. En la práctica, funciona como una matrícula simplificada, aunque no sea igual que la de un coche o una moto. Esta diferencia es importante porque tener un patinete certificado no basta si también debe estar inscrito y asegurado. Y registrar un patinete que no cumple los requisitos técnicos puede no ser posible. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/matricula-patinete-electrico-como-registrarlo-pide-dgt_326422_102.html Responder
Ocio Publicado hace 4 horas Autor Denunciar Publicado hace 4 horas Patinete Audi Electric Kick Scooter by Egret. El futuro de la movilidad personal: orden y seguridad La matrícula o etiqueta del patinete eléctrico no debe entenderse solo como una carga administrativa. También es una herramienta para ordenar una movilidad que ha crecido muy rápido en las ciudades. El registro ayuda a identificar vehículos en caso de robo, accidente o infracción. El seguro protege a terceros si se producen daños. Y la certificación técnica evita que circulen modelos inseguros, manipulados o demasiado rápidos. El patinete eléctrico seguirá siendo una solución útil para trayectos urbanos cortos, pero con más responsabilidades para el usuario. A partir de ahora, no basta con comprarlo y salir a circular: hay que comprobar si está certificado, registrarlo, asegurarlo y respetar las normas locales. Preguntas frecuentes sobre la matrícula del patinete eléctrico ¿Es obligatoria la matrícula del patinete eléctrico? Sí, en la práctica los patinetes eléctricos deben estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Personales Ligeros y llevar una identificación visible asociada a ese registro. No es una matrícula ordinaria como la de un coche, pero cumple una función de identificación. ¿Dónde se registra un patinete eléctrico? El registro se realiza en la sede electrónica de la DGT. La inscripción en el Registro Nacional de Vehículos es el paso previo para poder asegurar el patinete eléctrico. ¿Qué pasa con los patinetes comprados antes de 2024? Los VMP comercializados hasta el 21 de enero de 2024 pueden circular sin certificado hasta el 22 de enero de 2027. Desde esa fecha, solo podrán circular los VMP certificados. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/matricula-patinete-electrico-como-registrarlo-pide-dgt_326422_102.html Responder
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