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En otros supuestos, como manipular manualmente un navegador, una pantalla o un sistema de comunicación

sin llegar a sujetar el móvil, la sanción también puede ser de 200 euros,

con una detracción de puntos distinta según

la conducta apreciada por

el agente y la

descripción

del boletín.

 
 
 
 

Tabla de sanciones más habituales

Conducta Multa Puntos Qué debe saber el conductor
Sujetar el móvil con la mano 200 € 6 No hace falta estar llamando: llevarlo en la mano ya puede bastar.
Manipular el móvil en un soporte 200 € Puede conllevar puntos El soporte no autoriza a tocar la pantalla mientras se circula.
Usar auriculares o cascos 200 € 3 Aísla del tráfico y está prohibido durante la conducción.
Llevar el móvil mal colocado Hasta 200 € 0 Puede sancionarse si reduce la visibilidad o interfiere con mandos o airbags.
Manos libres integrado Sin sanción si se usa bien 0 Debe funcionar sin manipulación manual ni distracción prolongada.

 

 

 

 

¿Qué significa “usar el móvil”

para Tráfico?

La norma castiga principalmente la pérdida de atención

y de control.

 

 

Por eso no se limita a llamar por teléfono. Puede afectar a acciones tan comunes como responder un mensaje, aceptar una notificación,

cambiar una ruta, buscar una canción

o escribir una dirección en

el navegador.

 

 

La diferencia entre mirar una indicación ya configurada y manipular el dispositivo es importante.

 

 

Un móvil colocado en un soporte puede servir como navegador, pero debe estar programado antes de iniciar la marcha.

 

 

En ese contexto, la colocación también importa: llevar el terminal en una zona que tape parte del parabrisas puede generar otro problema,

igual que ocurre al llevar el móvil en el

salpicadero sin respetar el

campo de visión

del conductor.

 
 
 
 

¿Te pueden multar en un semáforo o en

un atasco?

Sí, puede ocurrir.

 

 

Una parada por un semáforo, una retención o un atasco no equivale a haber terminado la conducción.

 

 

El vehículo sigue integrado en el tráfico y el conductor debe mantener la atención sobre lo que sucede alrededor.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

la-dgt-resuelve-una-duda-que-tienen-much

 

No se puede utilizar el móvil en un semáforo o en un atasco,

te pueden igualmente sancionar

por su uso.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La situación típica es mirar un mensaje “solo un segundo” mientras el coche está detenido.

 

 

El problema es que ese segundo puede coincidir con el cambio del semáforo, el avance de la fila, la aparición

de un peatón o una frenada del

vehículo anterior.

 

 

Por eso, si necesitas responder, cambiar una ruta o consultar algo, lo prudente es detenerse en un lugar permitido

y seguro.

 

 

 

 

Móvil en soporte, Android Auto y

Apple CarPlay

Los sistemas integrados reducen el riesgo, pero no convierten cualquier interacción en segura.

 

 

Android Auto, Apple CarPlay o el Bluetooth del coche deben usarse con comandos de voz, mandos del volante o funciones

ya configuradas.

 

 

Si el conductor empieza a navegar por menús, escribir una dirección o buscar contactos en marcha, vuelve a aparecer la

distracción manual y visual.

 
 

La misma lógica se aplica al sistema de infotainment del coche: una pantalla moderna no elimina la obligación de conducir atento.

 

 

Cuanto más profunda sea la operación que exige mirar el menú, mayor será el riesgo de sanción y de accidente.

 

 

 

 

¿Qué pasa con los puntos del carnet?

La pérdida de puntos depende de la conducta

concreta.

 

 

El caso más grave es sujetar el móvil con la mano, castigado con 6 puntos menos.

 

 

En cambio, otros usos manuales o dispositivos que reducen la atención pueden suponer una detracción menor, aunque la multa

económica siga

siendo relevante.

 

 

La consecuencia práctica es importante: perder 6 puntos puede dejar en una situación delicada a conductores con poco saldo,

especialmente a noveles o a

quienes ya arrastran

sanciones previas.

 

 

Cuando el problema no es solo pagar, sino quedarse sin margen, conviene conocer los plazos para recuperar los puntos del carnet

y revisar bien

cada notificación.

 
 
 
 

Cómo recurrir una multa por usar el móvil

Recurrir solo tiene sentido si hay un motivo concreto.

 

 

No basta con afirmar que no se estaba usando el móvil.

 

 

Puede haber margen si existe un error de matrícula, una descripción imprecisa, una identificación dudosa, una notificación

defectuosa o una prueba que no permite

apreciar claramente la conducta

denunciada.

 

 

Antes de pagar con reducción, hay que leer el boletín completo.

 

 

El pronto pago suele rebajar la cuantía económica, pero también implica aceptar los hechos y cerrar la vía ordinaria

de alegaciones.

 

 

En expedientes administrativos, la lógica es parecida a la de otras sanciones urbanas, como ocurre al recurrir una

multa de la ZBE: lo decisivo es aportar un

motivo verificable, no una versión

genérica de

los hechos.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/cuanto-te-costara-usar-movil-volante-en-2026-sorprendete-con-nuevas-sanciones_329326_102.html


Publicado

 

 

 

 

eres-de-los-que-miran-las-notificaciones

 

El móvil no se puede manipular aunque esté fijo en un soporte

sobre el salpicadero.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Errores habituales que acaban en denuncia

Tocar el navegador en marcha

Cambiar una ruta mientras se circula parece una acción menor, pero obliga a mirar la pantalla, interpretar menús y retirar

una mano del volante.

 

 

Lo correcto es programar el destino antes de salir o parar en una zona segura.

 

 

 

Contestar un mensaje en una retención

Las retenciones son uno de los escenarios donde más se baja la guardia.

 

 

Sin embargo, el tráfico sigue vivo: coches que avanzan, motos que filtran entre carriles, peatones en ciudad y cambios de

semáforo hacen que la atención

siga siendo necesaria.

 

 

 

Usar auriculares para hablar

Los auriculares no son una alternativa válida al manos libres integrado.

 

 

Aíslan del entorno y pueden impedir percibir señales acústicas, una ambulancia, un claxon o cualquier aviso de peligro.

 

 

 

 

Cómo evitar la multa en el día a día

La mejor prevención es convertir el móvil en un elemento pasivo durante la conducción.

 

 

Antes de arrancar conviene dejar configurada la ruta, activar el modo no molestar, elegir la música y colocar el teléfono en un

soporte estable que no

reste visibilidad.

 

 

En viajes largos, un planificador de rutas ayuda a reducir improvisaciones, paradas mal calculadas y cambios de destino sobre

la marcha.

 

 

Si surge una llamada urgente o una incidencia, detenerse un minuto en un lugar seguro evita una multa y, sobre todo, una

distracción peligrosa.

 

 

 

 

Preguntas frecuentes sobre la multa del móvil

al volante

¿Cuántos puntos quitan por usar el móvil al volante?

Sujetar el móvil con la mano mientras se conduce puede suponer la pérdida de 6 puntos y una multa de 200 euros.

 

 

Otros usos manuales o dispositivos que distraen pueden conllevar sanción económica y detracción distinta.

 

 

 

¿Puedo tocar el móvil si estoy parado en un semáforo?

No es recomendable. Una parada por tráfico forma parte de la circulación.

 

 

Si el agente aprecia uso manual del teléfono, puede tramitar denuncia aunque el coche no esté avanzando en ese instante.

 

 

 

¿Es legal llevar el móvil en un soporte?

Sí, siempre que no tape la visibilidad, no interfiera con airbags o mandos y no se manipule durante la marcha.

 

 

Debe ir colocado antes de iniciar la conducción y usarse solo como apoyo visual puntual.

 

 

 

¿El manos libres puede multarse?

El manos libres integrado está permitido si se utiliza correctamente, pero una conversación larga o una interacción compleja también

puede distraer.

 

 

La clave es no manipular el dispositivo ni perder atención sobre la vía.

 

 

 

¿Conviene pagar con descuento o recurrir?

Depende del caso.

 

 

Si la denuncia está bien descrita y no hay prueba que la contradiga, el pronto pago reduce la cuantía.

 

 

Si hay errores, falta de claridad o una prueba discutible, conviene valorar el recurso antes de pagar.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/cuanto-te-costara-usar-movil-volante-en-2026-sorprendete-con-nuevas-sanciones_329326_102.html

Publicado

9 de julio de 2026

 

 

 

 

Nuevos adelantamientos en España:

la DGT cambia muchas normas y en octubre

supondrán ya multas

 

 

Ya es oficial y, entre todas las normas ya aprobadas por el Gobierno en la última

modificación del Reglamento General de Circulación, destacan

hasta 6 novedades relacionadas con los

adelantamientos, que entrarán en

vigor en España a partir de octubre.

 

La DGT ya sancionará entonces si no se respetan.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nuevos adelantamientos en España, la DGT cambia muchas normas y en octubre supondrán ya multas

 

Nuevos adelantamientos en España, la DGT cambia

muchas normas y en octubre supondrán

ya multas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La DGT ya lo ha conseguido. Tras meses de recomendaciones y consejos a la hora de adelantar, por fin sus avisos se convierten

en normativa.

 

 

Y es que el Gobierno, a través de un Consejo de Ministros celebrado en a finales de junio, acaba de aprobar una importante

modificación del Reglamento General de Circulación

que, de forma general, entrará en vigor a

partir de este próximo octubre,

en el plazo ya de menos

de tres meses.

 

 

Con el objetivo prioritario de “mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía”, la DGT por tanto ha ido confirmando una

a una todas las importantes novedades que se incorporan al reglamento,

de las que te venimos dando buena cuenta para

evitar que en otoño seáis sancionados

por desconocimiento de

las normativas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

prohibido-adelantar-con-mal-tiempo-o-mot

 

La DGT modifica el Reglamento General de Circulación

con importantes novedades en

las carreteras.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevos-adelantamientos-en-espana-dgt-cambia-muchas-normas-en-octubre-supondran-ya-multas_329510_102.html
 

Publicado

 

 

 

 

 

 

 

 

Modificaciones importantes en el Reglamento de

Circulación de la DGT

Entre todas las novedades que ya te hemos contado en las últimas dos semanas figuran desde un nuevo límite de velocidad en

carretera convencional, a la posibilidad de que las motos circulen

por el arcén, nuevas sanciones de 200 euros,

la edad mínima de 15 años para

usar un Vehículo de

Movilidad Personal

 

 

(VMP) o el nuevo uso obligatorio de guantes de protección para conductores y pasajeros de motos y ciclomotores en vías

interurbanas, así como de

calzado cerrado en

todas las carreteras.

 
 

Sin embargo, una lectura más en profundidad del nuevo documento nos ha permitido extraer hoy hasta 6 importantes cambios

que llegan al Reglamento de Circulación de la DGT y

que modifican los adelantamientos en

determinadas circunstancias,

afectándonos a todos

los vehículos.

 

 

Pasamos a contarte todas estas novedades de una en una, con el fin de que las conozcas bien antes de que en octubre supongan

nuevas multas de tráfico.

 
 
 
 

Prohibido adelantar con nieve en autopistas y

autovías de España

La novedad más importante y que seguramente ya habrás leído estos días es la nueva norma de carácter general que prohibirá,

desde octubre, adelantar en autopistas y

autovías cuando la circulación

quede dificultada

por la nieve.

 

 

En estas condiciones no se podrá cambiar de carril, obligando siempre a los conductores a conducir por el de la derecha con

el objetivo de dejar libre el resto para

permitir la circulación y el uso

de los vehículos de

emergencia y

quitanieves.

 

 

La DGT ya venía avisando de esta nueva regulación y será implacable con su ejecución, bajo amenaza de sanción desde otoño.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

prohibido-adelantar-1-1000x575_1_1000x57

 

Infografía de la DGT con la nueva norma que

prohibirá en octubre adelantar

con mal tiempo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nuevo límite de velocidad al adelantar en carretera

a ciclistas

La otra novedad más importante, y que más polémica ha generado, es la que, también desde octubre, impondrá que cualquier

conductor que adelante a un ciclista en una vía

interurbana deberá reducir la velocidad

en al menos 20 km/h respecto

al límite existente

en la vía.

 

 

Así, para proteger al ciclista, si queremos adelantarle desde otoño, en una carretera convencional con límite de 90 km/h solo podremos

hacerlo por debajo

de los 70 km/h.

 

 

Esta norma va a suponer muchas multas, ya que no es una acción habitual: pocos automovilistas tienden a reducir la velocidad;

al contrario, suelen acelerar más para

superarles lo antes posible al

tener que invadir el carril

contrario por

norma general.

 
 
 
 

Cambio completo de carril al adelantar

a ciclistas

En esta misma dirección de protección al ciclista, la DGT añade una nueva norma que indica que, en calzadas con más de un

carril por sentido, el conductor que adelante a bicicletas debe

cambiar completamente de carril, pasando por

completo al de al lado, además de dejar

como siempre la separación

lateral de 1,5 metros

obligatoria.

 

 

Otras normas de protección al ciclista en vías ya urbanas indican en el nuevo Reglamento que los ciclistas circularán preferentemente

por el centro del carril para mejorar su seguridad; que los

conductores de vehículos a motor deberán dejar

una separación mínima de 5 metros

con los ciclistas que les

precedan en el

mismo carril;

 

 

y que, en aquellas calles de un solo carril donde esté limitada la velocidad a 30 km/h o inferior, y previa señalización, la autoridad

municipal podrá permitir la circulación de

las bicicletas en los dos sentidos

de circulación, es decir,

en contrario a

los coches.

 

 

Esta última medida también va a traer polémica y situaciones posibles de riesgo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

la-dgt-advierte-cambian-las-normas-para-

 

La DGT incluye importantes novedades para proteger

a los ciclistas y algunas afectan a

sus adelantamientos.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevos-adelantamientos-en-espana-dgt-cambia-muchas-normas-en-octubre-supondran-ya-multas_329510_102.html

Publicado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Motos por el arcén, pero sin adelantar a vehículos con

prioridad de paso

Una de las normas que te hemos adelantado al principio, la de la posibilidad de que las motos circulen ya por el arcén en

determinadas circunstancias, afectará a

los adelantamientos.

 

 

Y es que, como indica la nueva normativa, las motos solo podrán circular por los arcenes en casos de atascos o retenciones,

sin exceder la velocidad máxima de 30 km/h, previa señalización del tramo y,

muy importante, siempre y cuando respeten sobre todo

la prioridad de paso de vehículos obligados

ya por norma a circular por el arcén,

como son por ejemplo

las bicicletas o

vehículos agrarios.

 

 

No podrán por tanto adelantarlos si coinciden en los arcenes.

 
 
 
 

Más reducción de velocidad y separación al rebasar

vehículos inmovilizados

El nuevo Reglamento General de Circulación también incluye otra norma que indica ahora expresamente que “los vehículos que

rebasen a otros inmovilizados ya sea por accidente, avería,

labores de auxilio, mantenimiento o regulación

del tráfico deben dejar una separación

lateral de 1,5 metros y reducir

la velocidad en al menos

20 km/h respecto

al límite existente

en la vía.

 

 

A tenerla muy en cuenta también desde octubre.

 

 

 

 

Hay que dejar un carril de emergencia ya

obligatoriamente

Por último, otra novedad que incluye ya la DGT en su nuevo reglamento no hace expresamente referencia a los adelantamientos,

pero sí a la necesidad de respetar el carril de

emergencia para que los vehículos

de urgencia nos

puedan rebasar.

 

 

Textualmente la modificación de la normativa ahora subraya que “cuando, con motivo de una retención, los vehículos circulen a paso

de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen

un espacio central libre para permitir el paso

de vehículos de policía y demás

servicios de

emergencia”.

 

 

A este nuevo espacio se le va a denominar ya “carril de emergencia”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

asi-es-la-nueva-normativa-de-la-dgt-que-

 

La DGT obligará desde octubre a crear un carril de

emergencias cuando la situación del

tráfico lo aconseje.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Recordar: todas estas normas ya aprobadas en Consejo de Ministros entrarán en vigor a partir del próximo

día 1 de octubre de 2026, momento

desde el cual la DGT comenzará

a multar si no

se respetan.

 

 

Avisados estáis.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevos-adelantamientos-en-espana-dgt-cambia-muchas-normas-en-octubre-supondran-ya-multas_329510_102.html

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