Ocio Publicado ayer a las 04:51 Autor Denunciar Publicado ayer a las 04:51 26 de septiembre de 2026 Anular cita DGT en 2026: La guía definitiva para hacerlo online o por teléfono Guía completa para cancelar tu cita DGT en 2026: Todo lo que necesitas saber para hacerlo correctamente, qué datos tener a mano y cómo confirmar la anulación. Pasos para anular una cita en la DGT Si no vas a acudir a una cita de la DGT, anualarla evita mantener bloqueado un turno y te permite solicitar otra fecha con la reserva anterior ya cerrada. El procedimiento depende del canal utilizado y de los datos con los que se hizo la cita. Para evitar errores, conviene tener a mano el documento de identidad, la oficina, la fecha y el localizador o justificante de la reserva. La anulación debe completarse hasta que el sistema confirme el resultado; cerrar la página antes de terminar no garantiza que la cita haya quedado cancelada. Antes de anular la cita: confirma si necesitas acudir a una Jefatura Muchas gestiones de la DGT se realizan desde casa para evitar el desplazamiento, por lo que primero conviene identificar el trámite y revisar sus requisitos. Es posible que baste con pagar las tasas de la DGT por Internet, solicitar un duplicado del carnet de conducir o pedir un informe del conductor. Cada procedimiento tiene identificación, documentación y justificantes propios. Si el trámite exige presencia física, consulta cómo pedir cita previa en Tráfico y conserva el localizador. Operaciones como cambiar de titular un coche por Internet también pueden resolverse telemáticamente en determinados supuestos. Si ya tienes cita y no acudirás, anúlala desde el mismo canal con el que se gestionó para liberar el hueco y después verifica que el sistema confirma la cancelación. Cancelar libera el hueco para otra persona y evita mantener una reserva inútil. La anulación no realiza ni aplaza el trámite: únicamente libera la reserva anterior. Si todavía necesitas atención presencial, tendrás que solicitar otra fecha y comprobar que la nueva oficina realiza la gestión. Centro de la DGT. Dónde localizar el código de la cita Anular libera un hueco y evita mantener reservas innecesarias. No sustituye el trámite ni cancela tasas ya pagadas; cada justificante debe conservarse por separado. Ten a mano documento de identidad, oficina, fecha y localizador o justificante. El sistema puede solicitar datos usados al reservar. No compartas códigos con páginas intermediarias ni pagues por una gestión que la DGT ofrece por sus canales oficiales. La oficina, la fecha, el documento del interesado y el código o localizador permiten recuperar la reserva. Usa los datos exactamente como aparecen en la confirmación. Pasos para anular una cita de la DGT por Internet Entra desde la sede oficial y accede al apartado de cita previa. Busca la opción de consultar o anular, identifica la reserva y confirma. Guarda el justificante o la captura completa con la fecha, la oficina y el resultado de la gestión. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/anular-cita-dgt-guia-definitiva-hacerlo-online-por-telefono-ecn_332607_102.html Responder
Ocio Publicado ayer a las 04:52 Autor Denunciar Publicado ayer a las 04:52 Cómo comprobar que la anulación se completó En la sede, accede a cita previa, consulta la reserva y elige anular. Guarda el mensaje final; cerrar la pantalla antes de confirmar puede dejar la cita activa. El teléfono 060 puede orientar o gestionar determinados supuestos, con coste según operador. Ir a una oficina solo para cancelar suele ser poco eficiente. Comprueba horarios y canales actuales porque pueden variar según el tipo de trámite. El 060 puede orientar o gestionar opciones disponibles, con coste según operador. La atención presencial depende del trámite y no debe usarse como vía improvisada sin cita previo. Revisa correo, SMS, documento y datos introducidos. Una cita de otra administración no aparece en la DGT. Si el sistema falla, conserva evidencia y utiliza la asistencia oficial; no crees reservas duplicadas sin comprobar. Errores frecuentes al introducir los datos Los errores de DNI, oficina, fecha o citas solicitadas por un representante explican muchos fallos. Revisa el correo, los SMS y quién figura como interesado antes de crear otra reserva. Cómo reservar otra fecha sin perder los justificantes Cancelar no traslada automáticamente la cita. Después debes buscar disponibilidad y verificar que la nueva oficina realiza el trámite. Revisa los documentos, la tasa y la representación para no perder también la siguiente reserva. Una nueva reserva genera otro localizador y no arrastra documentos ni tasas automáticamente. Comprueba que la oficina realiza el trámite y conserva ambos justificantes. Preguntas frecuentes sobre cómo anular una cita de la DGT ¿Puedo anular una cita de la DGT por Internet? Sí. La sede de la DGT permite consultar y cancelar citas con los datos de identificación y reserva exigidos. Debes completar el proceso hasta recibir confirmación y guardar el justificante, no limitarte a cerrar la página. Si no puedes acudir, cancela la cita cuanto antes para liberar el hueco. ¿Qué ocurre si no acudo y no cancelo la cita? Normalmente perderás el turno y el hueco no podrá aprovecharlo otra persona. La ausencia no realiza ni aplaza el trámite, y tampoco supone por sí sola la devolución de una tasa o la conservación de documentos. Si el sistema no localiza la cita, revisa los datos de identificación y la oficina seleccionada antes de solicitar una nueva. ¿Puedo cambiar la fecha sin anular primero? El sistema puede exigir cancelar la reserva anterior y solicitar una nueva. Comprueba las opciones mostradas para tu oficina y trámite; no des por hecho que crear otra cita elimina automáticamente la primera. Cuando el trámite tenga un plazo administrativo, comprueba que la nueva fecha siga siendo válida. ¿Qué hago si he perdido el localizador de la cita? Busca el correo o SMS de confirmación y revisa si la cita fue solicitada por un representante. Si no puedes recuperarla en la sede con los datos exactos, consulta al 060 antes de duplicar reservas. Conserva la confirmación hasta completar la gestión. La anulación queda bien resuelta cuando puedes comprobar que la reserva anterior ya no está activa y conservas la confirmación del sistema. Si necesitas otra fecha, crea una nueva cita después y guarda ambos justificantes por separado. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/anular-cita-dgt-guia-definitiva-hacerlo-online-por-telefono-ecn_332607_102.html Responder
Ocio Publicado ayer a las 05:22 Autor Denunciar Publicado ayer a las 05:22 25 de septiembre de 2026 La DGT da un giro total al uso de carriles en España, con hasta 10 nuevas normas obligatorias A partir del próximo 1 de octubre, la reforma del Reglamento General de Circulación introducirá hasta 10 grandes modificaciones en el uso de carriles que afectan a coches, motos, bicicletas y patinetes. Te las enumeramos una a una para que, desde el jueves que viene, la DGT no pueda multarte por desconocimiento. La DGT da un giro total al uso de carriles en España, con hasta 10 nuevas normas obligatorias La cuenta atrás ya ha comenzado, y de verdad. Tras meses hablando del nuevo Reglamento General de Circulación, por fin el Real Decreto 518/2026, ya publicado en el BOE, entrará en vigor a partir del próximo día 1 de octubre, introduciendo numerosas nuevas regulaciones de obligado cumplimiento, algunas bajo sanciones ya de hasta 600 euros y 6 puntos de carnet. Mucho te hemos ido hablando ya de nuevas normas tan importantes y llamativas como las reformas en los adelantamientos o las nuevas normativas que afectan a las motos. También de la prohibición de circular en algunos vehículos con chanclas o sandalias. Pero hoy, a solo una semana de que sean ya todas las nuevas medidas de obligado cumplimiento, queremos detenernos en todas las nuevas modificaciones que afectan al uso de carriles para todos los vehículos. Contamos hasta 10 grandes novedades, que vamos a ir desgranándote una a una. 1. Las motos podrán usar los arcenes en determinadas condiciones Quizá la normativa que más ha trascendido, porque deriva de una vieja reivindicación del colectivo de las dos ruedas, es que, desde octubre, las motos podrán usar excepcionalmente los arcenes. En concreto, el nuevo reglamento así lo contempla, en situaciones de congestión circulatoria, siempre que el tramo esté previamente habilitado y señalizado y las motos circulen a un máximo de 30 km/h y en columna de a uno. En solo unas semanas, por tanto, por fin las motos tendrán respaldo legal a su circulación puntual por los arcenes. Una gran noticia para la movilidad. Desde octubre las motos podrán circular por los arcenes en situaciones de atasco y bajo determinadas condicones. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-da-giro-total-uso-carriles-en-espana-con-hasta-10-nuevas-normas-obligatorias_333262_102.html Responder
Ocio Publicado ayer a las 05:22 Autor Denunciar Publicado ayer a las 05:22 2. Los coches deberán cambiar de carril al adelantar a bicicletas y bajar velocidad Otra norma que ha generado una gran polémica, y que igualmente entrará en vigor desde octubre, afecta al uso de carriles y a la posibilidad de adelantamiento de los vehículos respecto a las bicicletas. El nuevo reglamento exige ahora que, si hay más de un carril por sentido, haya ya que cambiar completamente de carril al superar a una bicicleta en carretera, con la obligación de realizar el cambio completo de carril y a una velocidad que deberá reducirse al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía. Es decir, en vías de 90 km/h, el coche deberá adelantar a un máximo de 70 km/h y cambiando por completo de carril. ¿Puede suponer un peligro para la seguridad? Desde luego, no convendrá apurar demasiado en los adelantamientos desde octubre. 3. Los coches tienen que dejar 5 metros con las bicicletas en carriles de ciudad Otra norma que quizás ha trascendido menos, pero nos parece muy interesante e importante, es la que afecta a la circulación de coches y bicicletas por un mismo carril en ciudad. La reforma del reglamento exige desde octubre que cualquier vehículo que circule por detrás de una bici deberá dejar al menos 5 metros de distancia para aumentar el margen de seguridad respecto a un usuario considerado vulnerable. 4. Las bicicletas tendrán que circular por el centro del carril en ciudad Continuamos con novedades en el uso carriles por parte de las bicicletas. El nuevo Reglamento General de Circulación establece ya que, de manera preferente, las bicicletas deberán circular por el centro del carril en las ciudades, siempre que resulte compatible con la seguridad del propio ciclista y del resto de usuarios. Además, en determinadas vías con varios carriles por sentido deberán utilizar preferentemente el carril derecho, aunque podrán utilizar otros cuando vayan a realizar determinadas maniobras o por razones de seguridad. La medida pretende hacer más visible a las bicicletas, ya que, en ocasiones, al circular siempre por el margen derecho, lleva implícitamente a que el resto de vehículos intente adelantarles por el mismo carril, sin dejar la distancia suficiente y poniendo en peligro su integridad. En calles de un único carril y límite máximo de 30 km/h, las bicicletas podrán tener desde octubre autorización para circular en sentido contrario al resto de vehículos. 5. Las bicicletas podrán circular en sentido contrario en calles de 30 km/h Otra de las normas más polémicas tiene que ver también con las bicicletas. Y es que la normativa autoriza ya a los ayuntamientos a que, mediante señalización, permitan a las bicicletas circular en ambos sentidos de la marcha en calles urbanas que sean de un único sentido, con un único carril y con límite de velocidad de 30 km/h o inferior. En ellas, por tanto, podrán aparecer de frente al resto de vehículos. 6. Los patinetes ya no podrán circular por las aceras Ante el auge de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), la DGT ha incorporado nuevas normas en el reglamento de circulación, y una de ellas prohibirá ya expresamente la circulación en patinete eléctrico o bicicleta eléctrica por las aceras. La nueva regulación reserva este espacio a los peatones. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-da-giro-total-uso-carriles-en-espana-con-hasta-10-nuevas-normas-obligatorias_333262_102.html Responder
Ocio Publicado ayer a las 05:22 Autor Denunciar Publicado ayer a las 05:22 7. Los patinetes no podrán circular por autopistas, autovías, travesías ni túneles urbanos Otra importante regulación ya aprobada por la DGT para octubre establece importantes nuevas restricciones para todos los Vehículos de Movilidad Personal, prohibiendo su circulación, por regla general, en autopistas, autovías, travesías, túneles urbanos o vías interurbanas. La norma contempla excepciones para determinadas vías ciclistas o vías en las que esté prohibida la circulación de vehículos a motor. 8. Prohibido adelantar y circular por el carril izquierdo en autopista si hay nieve Llegamos al final y dejamos algunas de las nuevas normas de carriles de las que más se ha hablado en las últimas semanas y que seguramente ya conoces. Una de ellas introduce desde octubre la prohibición de adelantar en autopistas o autovías si hay nieve en la calzada, con el objetivo de dejar siempre paso y preferencia a máquinas quitanieves y vehículos de emergencia. En estas circunstancias los vehículos estarán obligados siempre a circular por el carril situado más a su derecha. Gráfico del RACE explicando la nueva norma de la DGT que prohibirá adelantar con mal tiempo. 9. Obligación de dejar un carril de emergencia en atascos Desde octubre, además, por primera vez se regulará en España el carril de emergencia con el que ya cuentan muchos países europeos. Esta normativa afecta a autopistas y autovías y exige dejar un carril central en retenciones o atascos para dejar paso a los vehículos de emergencias. En vías de dos carriles por sentido, el espacio deberá quedar en el centro, entre ambos carriles, siempre desplazándose los de la derecha a la derecha y los de la izquierda lo más a la izquierda posible. Por su parte, en vías con tres o más carriles por sentido, deberá dejarse entre el carril situado más a la izquierda y el inmediatamente contiguo para permitir el paso de ambulancias, bomberos, policías y otros vehículos prioritarios. 10. Nuevos carriles VAO de alta ocupación Por último, el nuevo Reglamento General de Circulación incluye ya también nuevas reglas relativas a los carriles destinados a vehículos de alta ocupación, concretando desde ahora que solo los vehículos con dos o más ocupantes podrán tener acceso y eliminando la posibilidad de que lo hagan los vehículos con etiqueta 0 Emisiones si no cuentan con esa misma ocupación en sus habitáculos. Sí podrán acceder en cambio determinados vehículos que dispongan de la señal V-15 o de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad con movilidad reducida, así como determinados autobuses en las condiciones establecidas por la norma. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-da-giro-total-uso-carriles-en-espana-con-hasta-10-nuevas-normas-obligatorias_333262_102.html Responder
Ocio Publicado hace 57 minutos Autor Denunciar Publicado hace 57 minutos 28 de septiembre de 2026 Multas y radares de velocidad en España: todas las grandes dudas, en 20 preguntas y respuestas En España contamos ya hasta más de 3.500 radares y cámaras de control de tráfico en disposición de multar. Si a ello sumamos la capacidad de los agentes de sancionar infracciones, la realidad es que al año se imponen entre 15 y 20 millones de multas en calles y carreteras de nuestro país. Es hora de desvelar por tanto todas las dudas de los conductores. Multas y radares de velocidad en España, todas las grandes dudas, en 20 preguntas y respuestas ¿A qué velocidad multan los radares? ¿Cómo se pueden recurrir las sanciones? ¿Cómo saber si tengo una sanción pendiente de pago? ¿Y cuánto tiempo tengo para abonar la denuncia? Estas, y otras 16 dudas habituales de los conductores entorno a multas y radares de velocidad, las resolvemos hoy. Toma asiento y nota para no encontrarte a partir de ahora con ninguna sorpresa con tu coche. Al menos, en cuanto a denuncias de tráfico ¿Cómo puedo saber si me ha pillado un radar? No existe un sistema oficial que confirme inmediatamente si un radar te ha fotografiado. La forma de saberlo con certeza es recibir la correspondiente notificación de la denuncia. Si estás dado de alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV), también puedes recibirla por vía electrónica. ¿Cuánto tarda en llegar una multa de radar? No existe un plazo fijo de días para todas las multas de radar. La denuncia puede notificarse posteriormente a la infracción, por lo que no recibir una multa a los pocos días de pasar por un radar no significa necesariamente que no te hayan denunciado. Eso sí, de media según las estadísticas españolas, una multa de radar tarda en llegar entre 1 y 3 semanas a tu domicilio o correo electrónico. Las más lentas suelen ser las impuestas por policía local o municipios pequeños, donde los plazos se pueden alargar fácilmente de 3 a 6 semanas. Una multa de radar tarda de media entre 1 y 3 semanas en ser notificada en España. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-radares-velocidad-en-espana-todas-grandes-dudas-en-20-preguntas-respuestas_333414_102.html Responder
Ocio Publicado hace 57 minutos Autor Denunciar Publicado hace 57 minutos ¿Si veo un flash del radar significa que me han multado? No necesariamente. Ver un destello puede indicar que se ha realizado una captura, pero por sí solo no permite confirmar que exista una denuncia. La confirmación llega mediante la notificación oficial de la sanción. Y si no ves ningún flash, tampoco significa que el radar no te haya pillado. No todos los sistemas de control funcionan de la misma manera y no siempre el conductor percibe un destello. Por tanto, no ver un flash no permite descartar que se haya registrado una infracción. ¿Puedo consultar si tengo una multa de radar pendiente? Sí. La DGT dispone de servicios para consultar determinadas sanciones y notificaciones, además de la Dirección Electrónica Vial para quienes utilizan este sistema. También existe la posibilidad de que una sanción que no haya podido notificarse por los medios habituales termine publicándose mediante los mecanismos legales previstos. ¿Puedo saber si me ha pillado un radar de tramo? No inmediatamente. En un radar de tramo se calcula la velocidad media entre dos puntos, por lo que la posible infracción depende del recorrido completo. La existencia de una cámara al principio o al final del tramo no permite saber por sí sola si se ha producido una denuncia. ¿Cuánto tiempo tengo para pagar una multa de radar? Con carácter general, una vez notificada la denuncia, existen 20 días naturales para pagar voluntariamente con una reducción del 50% o presentar alegaciones, en los términos establecidos por la Ley de Tráfico. Existen en España 20 días naturales para pagar voluntariamente una multa con una reducción del 50% o presentar alegaciones. ¿La multa empieza a contar desde el día que me pilla el radar? No. El plazo de 20 días para pagar con reducción o presentar alegaciones comienza a contar, con carácter general, desde la notificación de la denuncia, no desde el momento en que el radar detectó la infracción. ¿Me pueden multar por velocidad sin que me pare la Guardia Civil? Sí. Los radares pueden detectar determinadas infracciones sin que sea necesario detener el vehículo. En esos casos, la denuncia se tramita posteriormente y se notifica al responsable conforme al procedimiento establecido. ¿Cuál es el margen de error de un radar? Los cinemómetros están sometidos a requisitos metrológicos y verificaciones. Además, no debe confundirse el margen de error del dispositivo con los criterios o umbrales utilizados para determinar cuándo se formula una denuncia. Por eso no es correcto considerar que existe un número de kilómetros por hora que se pueda superar legalmente sin riesgo de multa. ¿Existe una tolerancia de 7 km/h en los radares? La conocida como “regla del 7” hace referencia a determinados criterios de tolerancia aplicados a los radares de la DGT, pero no significa que se pueda circular legalmente siete kilómetros por hora por encima del límite. El límite de velocidad sigue siendo el indicado en la vía. ¿Puede llegar una multa de radar por correo electrónico? La DGT advierte de que sus multas no se notifican mediante un simple correo electrónico. Las notificaciones de sanciones se realizan por los canales oficiales establecidos, entre ellos el correo postal y la Dirección Electrónica Vial cuando corresponde. Hay que extremar la precaución con los emails o SMS que incluyen enlaces para pagar una supuesta multa. ¿Qué pasa si no recibo la multa en casa? Si una notificación no puede practicarse por los medios ordinarios, la normativa contempla otros mecanismos de notificación, incluida la publicación mediante los sistemas edictales correspondientes. Por ello, no recibir una carta en casa no significa necesariamente que la sanción haya quedado sin efecto. Una vez recibida la denuncia, el interesado puede presentar alegaciones dentro del plazo establecido para conseguir que te anulen la multa. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-radares-velocidad-en-espana-todas-grandes-dudas-en-20-preguntas-respuestas_333414_102.html Responder
Ocio Publicado hace 56 minutos Autor Denunciar Publicado hace 56 minutos ¿Puedo recurrir una multa de radar? Sí. Una vez recibida la denuncia, el interesado puede presentar alegaciones dentro del plazo establecido. Como alternativa, cuando se opta por el procedimiento de pago voluntario con una reducción del 50%, se aplican las condiciones previstas legalmente, entre ellas la renuncia a formular alegaciones en ese procedimiento. ¿Puedo saber dónde está cada radar de la DGT? La DGT publica en esta página web la información sobre sus equipos y determinados tramos de vigilancia. Sin embargo, la existencia de información pública sobre los radares no significa que todos los controles de velocidad, especialmente los móviles, tengan una ubicación fija o permanente. ¿A qué velocidad salta un radar de 50 km/h? Un radar no tiene una velocidad universal a la que “salte” cuando el límite es de 50 km/h. El límite legal es 50 km/h, y la detección y posterior denuncia dependen del cinemómetro, sus requisitos metrológicos y los criterios aplicables. No debe interpretarse el margen de medición como kilómetros que puedan superarse legalmente. ¿A qué velocidad te multa un radar de 90 km/h? Si el límite de la vía es de 90 km/h, esa es la velocidad máxima permitida. La posible denuncia dependerá de la velocidad medida y de los criterios metrológicos y sancionadores aplicables al dispositivo. Por tanto, no existe una cifra adicional que pueda considerarse “permitida” por encima de los 90 km/h. ¿A qué velocidad salta un radar de 120 km/h? En una vía limitada a 120 km/h, el límite legal continúa siendo 120 km/h. La velocidad a partir de la cual un cinemómetro puede dar lugar a una denuncia no debe confundirse con una supuesta velocidad máxima de circulación superior al límite. ¿Cómo saber si una multa de radar es real? La forma más segura es comprobarla a través de los canales oficiales de la Administración que figura como organismo sancionador. En el caso de la DGT, las sanciones se notifican por los canales establecidos, como el correo postal o la Dirección Electrónica Vial. Hay que desconfiar especialmente de mensajes que soliciten el pago inmediato mediante un enlace recibido por SMS o correo electrónico. La DGT alerta de continuas estafas de falsas multas que suplantan la identidad del máximo organismo de Tráfico en España. ¿Puede multarme un radar si voy justo a la velocidad límite? Circular exactamente a la velocidad máxima permitida no constituye, por sí mismo, un exceso de velocidad. No obstante, la velocidad que muestra el velocímetro del vehículo y la velocidad que mide un cinemómetro no tienen por qué ser idénticas. En cualquier caso, los dispositivos utilizados para sancionar deben cumplir los requisitos metrológicos establecidos. ¿Qué pasa si el radar me fotografía pero no me llega la multa? Si una denuncia no puede notificarse por los medios ordinarios, la legislación establece otros mecanismos para practicar la notificación. Por ello, no recibir inicialmente la carta no significa que la sanción haya quedado anulada. También es importante mantener actualizados los datos del titular del vehículo y comprobar la Dirección Electrónica Vial cuando corresponda. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-radares-velocidad-en-espana-todas-grandes-dudas-en-20-preguntas-respuestas_333414_102.html Responder
Ocio Publicado hace 44 minutos Autor Denunciar Publicado hace 44 minutos 28 de septiembre de 2026 Las nuevas normas de tráfico que más enfadan a los conductores y entran en vigor el 1 de octubre La DGT ha introducido numerosos cambios en el Reglamento de Circulación que entrarán en vigor el próximo mes. Hemos repasado los que más polémica han causado entre los conductores. Las nuevas normas de tráfico que más enfadan a los conductores y entran en vigor el 1 de octubre Ya se me ha olvidado la última medida que se tomó desde la DGT y que obtuvo el consenso de la mayoría de los conductores. Bajar el límite de las carreteras nacionales, aumentar los radares y ahora la modificación del Reglamento de Circulación que entra en vigor el próximo 1 de octubre han estado envueltas de mucha polémica. Ante la inminente entrada en vigor de estos últimos cambios, hemos querido realizar un “estudio de campo” para conocer cuáles son las mayores quejas que tienen los conductores españoles. Pero antes de empezar, hay que señalar que esta muestra no es representativa de todos ellos, sino que se trata de un análisis de las más habituales que podemos encontrar en redes sociales o foros. La queja estrella: la maniobra para adelantar a los ciclistas Si circulas habitualmente por carreteras con ciclistas te habrás dado cuenta de que muchos conductores se ponen nerviosos al tener que rebasarlos. Pese a que, normalmente, circulan mucho más lentos que los coches, el hecho de tener que guardar la distancia de seguridad o comprobar que el adelantamiento es posible antes de que venga otro vehículo en dirección contraria hace que esta acción no sea agradable para muchos. Desde octubre, al adelantar a un ciclista habrá que circular al menos 20 kmh por debajo del límite máximo de la vía Pues bien, a partir de ahora debemos tener en cuenta, además de la distancia, la velocidad a la que debemos adelantar a los ciclistas, lo que ha convertido a esta nueva medida en el asunto que más conversaciones ha provocado. A modo de recordatorio esto es todo lo que debemos saber: Hay que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía Debemos mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros Y cambiar completamente de carril cuando haya más de un carril por sentido Teniendo en cuenta la norma, muchos conductores indican que van a tardar mucho más en sobrepasar a los ciclistas, especialmente cuando se circula en carreteras secundarias, otros opinan que es peligroso permanecer tanto tiempo en el carril contrario, mientras que hay otros que ven una dificultad práctica de calcular la velocidad durante el adelantamiento. Un ciclista debe bajarse de su bici y cruzar andando un paso de peatones Precisamente este cálculo matemático está llevando de cabeza a más de uno, porque no entienden que significa eso de ir a “20 km/h menos”. Para que no queden dudas, lo que se indica en el Reglamento de Circulación es que deberemos restar esa cifra al límite máximo de la vía. Por tanto, en una carretera de 90 km/h, a los ciclistas se les deberá rebasar a un máximo de 70 km/h. Más allá de este aspecto, otros señalan que resulta poco realista tener que controlar a la vez lo siguiente: velocidad del vehículo límite de la vía distancia lateral presencia de vehículos en sentido contrario incorporación posterior al carril seguridad del ciclista Relacionado con los ciclistas, pero llevado al ámbito urbano, también se señala en la nueva norma que ahora hay que mantener una distancia de seguridad de 5 metros (un poco más que un coche promedio) tras un ciclista en las calles de un solo carril. Aquí las quejas van a que colapsarán el tráfico en horas punta y, en algunos casos, resultará casi imposible de cumplir sin detener la marcha por completo. Los taxistas y el cinturón La verdad que tengo que reconocer que esta queja me ha sorprendido. Y es que a partir del 1 octubre va a desaparecer la exención que permitía a los ciclistas circular sin cinturón en la ciudad, que será también aplicada a los conductores de vehículos de mercancías y a los profesores de autoescuelas. Los taxistas tendrán ahora que llevar el cinturón siempre FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-normas-trafico-mas-enfadan-conductores-entran-en-vigor-1-octubre_333403_102.html Responder
Ocio Publicado hace 43 minutos Autor Denunciar Publicado hace 43 minutos Pues lo que esgrimen desde este gremio es que pueden quedar en una situación de mayor vulnerabilidad ante una agresión. Sobre todo, lo indican para los trayectos nocturnos, ya que el cinturón puede dificultar la movilidad y la capacidad de reacción ante un pasajero que se muestre agresivo. El otro argumento que se indican desde las asociaciones de taxistas es que tener que abrocharse y desabrocharse continuamente por las numerosas paradas, entradas y salidas del propio coche puede ser una molestia. El cambio en los semáforos Precisamente hace unas semanas os contamos detalladamente que se iba a producir un cambio en la iluminación de los semáforos. Con esto no quiere decir que se cambien los tres colores principales (rojo, ámbar y verde), sino que a partir de ahora no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la verde para los peatones. Esta combinación de amarillo para vehículos y verde para peatones dejará de existir Para muchos usuarios, entre los que yo me encuentro, se considera que así mejora la seguridad en estos puntos, mientras que hay otro gran grupo que se quejan de que hará perder fluidez al tráfico. Y es que en determinados giros en los que hay pocos peatones, la combinación de ambos hace que los vehículos tengan que parar menos tiempo. El carril de emergencia cuando nieva Siguiendo el ejemplo que ya se aplica en otros países europeos, a partir del 1 de octubre de este año cuando circulemos por autopistas o autovías cuando esté nevando deberemos circular siempre por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para los servicios de emergencia y las quitanieves. La DGT prohibirá el adelantamiento en caso de nieve o hielo en la carretera Esta norma ha creado grandes dudas en muchos conductores, porque algunos se preguntan qué sucederá cuando un vehículo circule muy despacio por el carril derecho y genere una enorme cola. Quizás ahora, que seguimos con cierto calor en nuestro país, no se lo plantee mucha gente, pero en cuanto llegue el invierno veremos cómo se aplica en la práctica. Conclusión de las quejas Más allá de que puedas estar más o menos de acuerdo con las nuevas normas que se empezarán a aplicar a partir del próximo 1 de octubre de 2026, con este repaso que hicimos buscando opiniones nos ha quedado bastante claro un aspecto: la mayoría se queja de falta de pedagogía. Y es que indican que ante la llegada inmediata de las normas no se han realizado las suficientes campañas que expliquen todos sus detalles. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-normas-trafico-mas-enfadan-conductores-entran-en-vigor-1-octubre_333403_102.html Responder
Ocio Publicado hace 28 minutos Autor Denunciar Publicado hace 28 minutos 28 de septiembre de 2026 Multas por usar el manos libres en el coche: la DGT avisa de que distrae y esto dice su normativa Aunque no sujetes el móvil, tu atención se divide. Descubre las multas y los riesgos reales que la DGT quiere que conozcas por usar mal el teléfono: ya hay radares que incluso detectan si estás utilizando el móvil sujetándolo y oculto entre las piernas. ¿Está permitido utilizar el manos libres en el coche? El manos libres permite mantener una conversación sin sujetar el teléfono, pero no vuelve inocua la llamada. La normativa española prohíbe utilizar durante la conducción dispositivos de telefonía y otros medios de comunicación salvo cuando la comunicación se desarrolla sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares. Además, el conductor debe conservar libertad de movimientos, campo de visión y atención permanente. La distinción práctica es doble: una instalación integrada puede evitar la infracción específica de llevar el móvil en la mano o usar auriculares, pero manipular pantallas, buscar contactos o mantener una conversación que absorbe atención puede seguir siendo peligroso y sancionable según la conducta. Configura el sistema antes de arrancar y termina o rechaza la llamada cuando el tráfico requiera toda tu capacidad. Conductas habituales y su riesgo Conducta Situación general Alternativa segura Móvil sujeto con la mano Prohibido; 200 € y 6 puntos Guardar y detenerse Auriculares o cascos Prohibidos durante la conducción Altavoces integrados Manos libres integrado Permitido sin manipulación Llamadas breves o ninguna Tocar móvil en soporte Puede ser infracción y distrae Programar antes Escribir dirección Distracción visual y manual Parar en lugar seguro Llamada compleja Carga mental elevada Posponer la conversación La guía sobre sanciones por usar el móvil en 2026 recuerda que sujetarlo con la mano se castiga con 200 euros y seis puntos. No hace falta estar hablando: la conducta sancionada es llevar el dispositivo en la mano mientras se conduce. Otros usos y dispositivos pueden tener una detracción distinta. En Cataluña ya se han estrenado incluso nuevos radares que detectan si están usando el móvil sujetándolo entre las piernas o teniéndolo oculto por debajo. Nuevos radares de IA ya pillan por llevar el móvil oculto, incluso sujetándolo entre las piernas. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-por-usar-manos-libres-en-coche-dgt-avisa-distrae-esto-dice-su-normativa_332365_102.html Responder
Ocio Publicado hace 28 minutos Autor Denunciar Publicado hace 28 minutos Qué significa “sin emplear las manos” El Reglamento General de Circulación admite la comunicación cuando no se emplean las manos ni cascos, auriculares o instrumentos similares. El sistema puede usar micrófono y altavoces del vehículo, mandos del volante o voz. La excepción no autoriza a sostener el teléfono, escribir, navegar por una agenda ni colocarlo donde reduzca visión o interfiera con airbags y mandos. Un dispositivo portátil de un solo auricular no se convierte en legal por dejar un oído libre. La regla general prohíbe conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores, con excepciones concretas que deben leerse en la norma. Para una llamada ordinaria en turismo, utiliza el audio del vehículo o detente. Un soporte no autoriza a tocar la pantalla Llevar el móvil en el salpicadero exige no obstaculizar visión ni conducción. Un soporte estable evita que el terminal salga despedido, pero no transforma su manipulación en una conducta segura. Programa destino, música y modo no molestar antes de iniciar la marcha. Si necesitas corregir una dirección, para donde esté permitido. Evita fijarlo sobre zonas de despliegue del airbag o en una posición que tape peatones, señales o parte del parabrisas. Comprueba que cable y pinza no interfieran con palanca, volante o ventilación. La pantalla debe requerir solo una mirada puntual comparable a consultar un instrumento, no una secuencia de menús. Si manejar un móvil está prohibido, manipular los sistemas de infoentretenimiento al volante, también. Bluetooth, CarPlay y Android Auto Apple CarPlay inalámbrico y sistemas equivalentes reducen cables y proyectan funciones adaptadas al coche. Aun así, la conectividad no elimina la distracción. Configura el emparejamiento detenido, limita notificaciones y usa comandos breves. Si el asistente entiende mal varias veces, no insistas mientras circulas. Los mandos físicos del volante suelen exigir menos búsqueda visual que una pantalla profunda. Guarda contactos frecuentes y el domicilio antes del viaje. Si el coche permite respuestas automáticas, actívalas. La persona que llama debe saber que conduces y aceptar que cortes; una conversación laboral o emocional difícil debe esperar. La conversación también ocupa atención Aunque ambas manos estén en el volante, una llamada consume recursos mentales: interpretar, recordar y responder compite con anticipar peatones, cruces o frenadas. El interlocutor remoto no ve el tráfico y puede seguir hablando cuando la situación se complica. Un pasajero sí percibe el entorno y suele pausar, por eso no son situaciones equivalentes. Establece una regla: no aceptar llamadas en ciudad densa, lluvia, obras, maniobras, incorporaciones o adelantamientos. En autovía despejada, si respondes, informa de que conduces, evita datos que debas memorizar y termina pronto. El manos libres debe reducir manipulación, no justificar disponibilidad permanente. Pantallas integradas: legales no significa fáciles El debate sobre pantallas táctiles sin botones muestra que una función integrada puede exigir demasiadas miradas. Aprende en parado dónde están desempañado, climatización, volumen y cancelación de llamada. Si una tarea requiere leer texto pequeño o varios toques, posponla. No confíes en que el asistente de carril compensará una distracción. Las ayudas tienen límites de señalización, clima y velocidad, y el conductor sigue siendo responsable. Mantén el teléfono fuera de la mano y la pantalla con brillo suficiente pero no deslumbrante. El mejor menú durante una situación compleja es ninguno. Semáforos, atascos y paradas Detenerse por un semáforo o una retención no equivale a estacionar y finalizar la conducción. El vehículo sigue integrado en el tráfico; usar el móvil puede retrasar la marcha, ocultar un peatón o provocar alcance. Para escribir, leer o cambiar ruta, sal de la corriente y detente en un lugar permitido y seguro, con el vehículo correctamente inmovilizado. La DGT insiste en que usar así el teléfono puede acabar en multa. La regla sencilla evita discusiones: si la acción requiere una mano, varios toques o leer, no la hagas dentro de la circulación. Un minuto bien estacionado cuesta menos que una sanción o un siniestro. Detenerse por un semáforo o una retención no equivale a estacionar y finalizar la conducción, por lo que pueden multarte también por usar el móvil en llamadas o Whats App. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-por-usar-manos-libres-en-coche-dgt-avisa-distrae-esto-dice-su-normativa_332365_102.html Responder
Ocio Publicado hace 28 minutos Autor Denunciar Publicado hace 28 minutos Cómo instalar y probar un manos libres En un coche antiguo, elige un equipo compatible con alimentación, altavoces y mandos. La instalación debe fijar micrófono y cableado sin interferir con airbags de cortina, visión o controles. Comprueba que el micrófono no obligue a elevar la voz y que el volumen permita oír sirenas y avisos. Una pantalla nueva puede necesitar integración profesional y adaptación eléctrica. Antes de sustituir el equipo, revisa qué implica instalar una pantalla en el coche y verifica compatibilidad con cámara, sensores y mandos. Evita duplicar el enlace visual: si la ruta aparece en la pantalla central, guarda el móvil fuera del campo de visión. Si una denuncia afecta al saldo, consulta cuándo se recuperan los puntos y lee la notificación antes de pagar. La prevención, sin embargo, es más simple: dejar el teléfono en modo conducción y atenderlo solo fuera del tráfico. Preguntas frecuentes sobre el manos libres ¿Es legal hablar por el manos libres mientras conduzco? En España, la comunicación puede realizarse sin emplear las manos y sin usar cascos, auriculares o instrumentos similares. Un sistema integrado de micrófono y altavoces encaja en esa excepción si no se manipula el teléfono. No obstante, el conductor debe mantener atención, visión y control. Una llamada que provoca distracción, o tocar menús y agenda, puede generar riesgo y otra infracción. Configura todo antes de arrancar, utiliza mandos de voz o volante y termina la conversación cuando el tráfico se complique. ¿Puedo llevar un auricular Bluetooth en un solo oído? Para una llamada ordinaria mientras conduces, no debes utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores; llevar uno solo no convierte automáticamente la conducta en permitida. Existen excepciones específicas que deben consultarse en el texto legal, pero no son una autorización general para particulares. Usa los altavoces y el micrófono del vehículo, con el móvil guardado. Si el coche no dispone de ellos, deja que la llamada espere o detente correctamente en un lugar seguro antes de responder. ¿Puedo tocar el móvil si está colocado en un soporte? El soporte mejora sujeción y puede permitir usar el teléfono como navegador ya programado, pero no autoriza a manipularlo durante la conducción. Buscar contactos, escribir una dirección, cambiar una ruta o responder mensajes obliga a retirar vista y mano. También debe colocarse sin reducir el campo de visión ni interferir con airbags o mandos. Programa el dispositivo antes de iniciar la marcha. Si aparece una incidencia que exige varios toques o lectura, sal del tráfico y detente donde sea legal y seguro. ¿Me pueden multar por usar el móvil en un semáforo? Sí puede ocurrir, porque una detención impuesta por semáforo, atasco o retención forma parte de la circulación. El conductor debe seguir atento al cambio de luz, peatones, ciclistas y avance de la fila. Sujetar o manipular el teléfono en ese momento puede ser denunciado según la conducta observada. Para contestar un mensaje o reprogramar el navegador, no basta con poner punto muerto: hay que apartarse de la circulación y estacionar correctamente. La regla evita sanciones y, sobre todo, arrancar tarde o sin mirar. Prueba un trayecto sin llamadas Durante una semana activa el modo no molestar al conducir y compara tensión, errores de ruta y recuerdo del trayecto con tus viajes habituales. Después permite solo llamadas de emergencia y fija una frase de salida: “Estoy conduciendo, te llamo al parar”. Si una conversación no cabe en treinta segundos sin tomar notas ni buscar datos, no cabe en la conducción. El mejor manos libres es el que facilita rechazar la llamada sin tocar el teléfono. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/multas-por-usar-manos-libres-en-coche-dgt-avisa-distrae-esto-dice-su-normativa_332365_102.html Responder
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