Jump to content

Ocio

Mod_Subforos
  • Mensajes

    53.364
  • Ingresó

  • Última visita

  • Días ganados

    283

Ocio ganó por última vez el día 1 Julio

¡Ocio tenía el contenido más querido!

3 Seguidores

Acerca de Ocio

  • Cumpleaños 12/11/1960

Información de perfil

  • Género
    Hombre
  • Ubicación
    Comunidad Valenciana.
  • Intereses
    Dedicar mí ocio a lo que más me gusta.
  • Coche
    A6/C7 Restyling 2015 TFSI 190 SLine STronic y WV Tiguan R-Line TSI DSG 2021

Visitantes recientes al perfil

59.473 visitas al perfil

Logros de Ocio

Gran Maestro

Gran Maestro (14/14)

  • Muy Popular Raro
  • Reacting Well Raro
  • Dedicado Raro
  • Primer Post
  • Máquina de postear Raro

Insignias recientes

3,9k

Reputación

  1. BMW prescinde de la suspensión neumática en el Serie 5. Por ello, se muestra más firme sobre el asfalto que el Audi, con un comportamiento sólido, preciso y con menos movimientos de la carrocería. Con exactamente 2001 kilogramos, el 540d de pruebas pesaba nada menos que 150 kg menos que el A6 de pruebas y, en comparación directa, realmente parece algo más ligero, con un comportamiento ágil y preciso, casi como si perteneciera a una categoría inferior. La dirección en el eje trasero ya no responde de forma tan directa y fulminante, por lo que encaja bien con esta berlina de dos toneladas. Conclusión Puesto 2: Audi A6 TDI quattro. Elevado confort de marcha (con la suspensión neumática), agradable y armonioso de conducir. Magnífico diésel, frenos extraordinarios. Puesto 1: BMW 540d xDrive. Extraordinaria combinación de motor y cambio, comportamiento directo y ágil. Especialmente eficiente. Maletero más grande. FUENTE: https://www.autobild.es/motor/comparativa-audi-a6-tdi-quattro-vs-bmw-540d-xdrive-dos-especialistas-largas-distancias-que-demuestran-que-diesel-sigue-siendo-recomendable_7038863_0.html
  2. Motores diésel El 540d está propulsado por un diésel de 3,0 litros con sistema mild hybrid de 48 voltios, 303 CV y 650 Nm a 1.500 rpm. Este seis cilindros en línea es uno de los mejores motores diésel que existen, un propulsor de respuesta inmediata, con una fuerza imparable y una capacidad de recuperación enorme, que combina a la perfección con el cambio automático de convertidor de par y ocho velocidades. El 3.0 TDI del A6 desarrolla 299 CV y 580 Nm a 1.500 rpm. Una particularidad del V6 a 90 grados es el sistema mild hybrid de 48 voltios MHEV plus, capaz de aportar hasta 24 CV. El propio V6 es un magnífico motor, temperamental y rebosante de fuerza, aunque funciona algo más áspero que el diésel de BMW. El sprint de 0 a 100 km/h lo completan el A6 y el Serie 5 en unos ajustados 5,2 segundos, y el resto de las prestaciones son también muy similares. Sin embargo, a partir de unos 150 km/h el BMW acelera con mayor contundencia; ambos están limitados electrónicamente a 250 km/h. En nuestra prueba medimos en el Audi A6 un consumo de 6,8 litros de diésel/100 km, mientras que el BMW 540d se conformó incluso con solo 6,4 litros. Para coches de este tamaño y con estas prestaciones, son unas cifras extraordinarias. Si se conduce de forma algo más moderada, el Audi se conforma con 5,4 litros y el BMW con 5,2 litros. Comportamiento El A6 de pruebas estaba equipado con suspensión neumática y dirección en el eje trasero, opciones muy recomendables. De este modo, el A6 se conduce con serenidad y aplomo. La suspensión neumática absorbe con suavidad sobre todo las ondas largas, aunque gestiona bien las irregularidades más cortas; en conjunto, ofrece un nivel de confort ligeramente superior al del BMW. La dirección en el eje trasero responde con rapidez, de forma directa y lineal, con un funcionamiento ligero y preciso, nunca nervioso; encaja a la perfección con el coche. Y, al igual que en el Serie 5, la tracción total pasa completamente desapercibida en el día a día: la motricidad es siempre excelente. El Audi frenó con una fuerza espectacular en la prueba y, al detenerse desde 100 km/h con los frenos calientes, necesitó solo 30,5 metros. Extraordinario. En el BMW fueron 32,0 metros desde 100 km/h hasta detenerse, una cifra que sigue siendo muy buena. El 540d de pruebas contaba con la suspensión adaptativa Professional, con amortiguadores adaptativos de regulación electrónica, y la dirección Integral Active Steering. FUENTE: https://www.autobild.es/motor/comparativa-audi-a6-tdi-quattro-vs-bmw-540d-xdrive-dos-especialistas-largas-distancias-que-demuestran-que-diesel-sigue-siendo-recomendable_7038863_0.html
  3. comparativa del Audi A6 TDI quattro vs BMW 540d xDrive El BMW ofrece en la segunda fila un poco más de espacio que el Audi, con mayor espacio para las rodillas y más anchura interior. También en capacidad del maletero el BMW se impone. Bajo el portón trasero del Serie 5 caben 520 litros, mientras que el A6 se queda claramente por debajo, con 452 litros. Interiores de calidad El habitáculo del A6 resulta acogedor, con muchas superficies diferentes; en cualquier caso, ya no es tan estrictamente “bauhaus” como solía ser habitual en los Audi de antaño. El puesto de conducción puede contar con hasta tres pantallas: la panorámica con Virtual Cockpit y táctil, además de una pantalla para el acompañante disponible opcionalmente . Todas ofrecen gráficos atractivos y menús ordenados, y además hay numerosos botones de acceso directo muy útiles. El interior del Serie 5 apuesta por un diseño minimalista. Destaca la elegante Interaction Bar que recorre el habitáculo. En el BMW, la Curved Display integra la instrumentación del conductor y la pantalla táctil. En el cuadro de instrumentos, BMW sigue apostando por esos extraños indicadores en forma de arcos, difíciles de leer. Simplemente incomprensible. La pantalla táctil ofrece unos gráficos atractivos y una estructura lógica. Sin embargo, muchos de los iconos son bastante pequeños. Y una buena noticia: el mando iDrive situado en la consola central del Serie 5. Este genial mando giratorio y pulsable es insuperable en el día a día y, sin ninguna duda, mejor que cualquier pantalla táctil. FUENTE: https://www.autobild.es/motor/comparativa-audi-a6-tdi-quattro-vs-bmw-540d-xdrive-dos-especialistas-largas-distancias-que-demuestran-que-diesel-sigue-siendo-recomendable_7038863_0.html
  4. 20 sep 2026 Comparativa del Audi A6 TDI quattro vs BMW 540d xDrive: “dos especialistas en largas distancias que demuestran que el diésel sigue siendo recomendable” Comparativa del Audi A6 TDI quattro vs BMW 540d xDrive. Viajar sin repostar hasta donde muchos no llegan. El Audi A6 TDI y el BMW 540d dominan esta disciplina a la perfección, con motores de seis cilindros de unos 300 CV y tracción total. Una comparativa. El Audi, de casi cinco metros de longitud, presenta una silueta alargada y elegante, con una carrocería baja y un techo que desciende de forma muy pronunciada hacia la zaga. El BMW, con sus 5,06 metros, resulta en comparación algo más corpulento. Los dos son, posiblemente, los mejores exponentes de cómo debe ser una berlina media premium con moto diésel. El espacio disponible es generoso en ambos coches, algo lógico teniendo en cuenta sus dimensiones. Los asientos Comfort opcionales del Serie 5 llevan un acolchado algo más blando que los del A6, ofrecen infinidad de posibilidades de regulación y un elevado nivel de confort; la posición de conducción es perfecta. En el Audi se va sentado más bajo que en el BMW, más cerca del asfalto. Los asientos Individual Contour del coche de pruebas son, aunque escandalosamente caros, realmente muy buenos: firmes, con un excelente diseño anatómico y numerosas posibilidades de regulación. La parte trasera del Audi está diseñada con amplitud, por lo que incluso los pasajeros de mayor estatura disponen aquí de espacio suficiente. Sin embargo, el asiento trasero está montado muy cerca del suelo, por lo que resulta algo menos cómodo que en el BMW y obliga a flexionar más las piernas. FUENTE: https://www.autobild.es/motor/comparativa-audi-a6-tdi-quattro-vs-bmw-540d-xdrive-dos-especialistas-largas-distancias-que-demuestran-que-diesel-sigue-siendo-recomendable_7038863_0.html
  5. Dvuelta explica que continuará así llevando ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid cientos de multas emitidas ya en sus Zonas de Bajas Emisiones al considerar que la Administración de la capital “no respeta a los Tribunales de Justicia”. Pero, ¿cuál es el motivo principal por el que la Justicia madrileña sigue fallando en contra del Ayuntamiento? El Ayuntamiento de Madrid no cumple con la legislación en sus ZBE Según nos explica Dvuelta, “el motivo fundamental por el que los Tribunales tumban las multas en ZBE es que el Ayuntamiento no cumple con el requisito exigido por la propia legislación municipal, que obliga a acreditar documentalmente la instalación de carteles informativos, en lugares visibles, que avisen a los conductores de la captación y transmisión de datos o imágenes para el control de acceso”. La asociación continúa asegurando que, “en la práctica totalidad de los procedimientos no se ha aportado documento alguno que demuestre la existencia de la señalización reglamentaria, lo que provoca la nulidad de las sanciones por vulneración de derechos básicos de información y defensa”. Además, la entidad de defensa de los automovilistas también denuncia que, en la mayoría de estos procedimientos abiertos, “el Ayuntamiento no comparece en las vistas en sede judicial. El juez resuelve entonces sin contradicción, con el expediente administrativo como único contrapeso”. Dvuelta constata que “esa práctica ha generado malestar expreso entre jueces y magistrados de lo contencioso-administrativo de Madrid, que reciben un volumen creciente de asuntos que la Administración autora del acto no defiende”. Y denuncian que “el coste es público por partida doble: el tiempo de los juzgados y las costas, que pagan todos los madrileños con sus impuestos”. Dvuelta confirma que los Tribunales tumban las multas en Zonas de Bajas Emisiones de Madrid por no cumplir con el requisito exigido por la propia legislación municipal. Dvuelta finaliza su denuncia constatando que el Ayuntamiento de Madrid “conoce el defecto (por el que los tribunales fallan en su contra) y no lo corrige”. Para la asociación de conductores, “esa insistencia solo se explica por la recaudación. En 2025 el Ayuntamiento reconoció el ingreso de 283 millones de euros en multas. Dvuelta sostiene que el Ayuntamiento antepone el dinero a la legalidad de sus propios procedimientos”. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/mayoria-multas-zonas-bajas-emisiones-pueden-ser-recurridas-por-ilegales_332940_102.html
  6. 21 de septiembre de 2026 La mayoría de las multas de las Zonas de Bajas Emisiones pueden ser recurridas por ilegales La Justicia continúa anulando multas en Zonas de Bajas Emisiones… al menos en Madrid. En solo 20 meses, Dvuelta ha ganado ya hasta 1.333 sentencias al Ayuntamiento de la Capital, que continúa sancionando a pesar de los continuos procedimientos fallados ya en su contra. La mayoría de las multas de las Zonas de Bajas Emisiones pueden ser recurridas por ilegales La cifra saltó a primera plana hace ya más de tres meses: más de 3,5 millones de multas impuestas en las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid podrían ser anuladas por ilegales. Los tribunales de la comunidad ya habían dictado varias sentencias en contra de los procedimientos del Consistorio de la capital y, pese a ello, su administración continuaba emitiendo denuncias que pueden ser fácilmente impugnadas. Pues bien, semanas después los tribunales siguen dando la razón a casi todos y cada uno de los recurrentes. Así lo denuncia ya Dvuelta, la asociación de defensa de los automovilistas, confirmando que en apenas 20 meses, desde enero de 2025 a agosto de 2026, ha ganado ya nada menos que 1.333 sentencias al Ayuntamiento de Madrid debido a sanciones impuestas ilegalmente en su Zona de Bajas Emisiones. Dvuelta gana más del 90% de los recursos ante el Ayuntamiento de Madrid En concreto, la entidad asegura que sigue ganando más del 90 por ciento de los procedimientos que interpone frente al Ayuntamiento de Madrid, subrayando además que hasta el 72,5% de todas las sentencias judiciales que pierde el propio Consistorio de la capital por multas de tráfico corresponden a sanciones en su Zona de Bajas Emisiones. Además, en hasta el 63,11 por ciento de los fallos la Justicia madrileña ha condenado también a la administración que dirige José Luis Martínez-Almeida al pago de las costas procesales. Aumentan las sentencias contra las multas de las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/mayoria-multas-zonas-bajas-emisiones-pueden-ser-recurridas-por-ilegales_332940_102.html
  7. Las bicicletas podrán adelantar por derecha o izquierda Otra reforma publicada ya en el BOE establece que, en determinadas situaciones urbanas, los ciclistas podrán rebasar vehículos a motor tanto por su derecha como por su izquierda, especialmente cuando exista una retención y necesiten alcanzar las zonas de espera adelantadas en las intersecciones. Es otra de las medidas destinadas a facilitar la movilidad de las bicicletas en entornos urbanos congestionados, prácticas similares a las que ya realizan las motos al circular por ciudad. Las bicicletas tendrán autorización para circular en sentido contrario Y, por último, apuntamos la que, sin duda, puede ser la normativa más polémica de todas las que afectarán desde la semana que viene a la circulación entre ciclistas y vehículos a motor. Y es que el nuevo reglamento contempla también que los ayuntamientos autoricen en sus ordenanzas municipales, si así lo consideran, que las bicicletas circulen en ambos sentidos en determinadas calles urbanas de un único carril y con velocidad máxima de 30 km/h o inferior. En calles con estos límites podrían, por tanto, circular en sentido contrario al de los coches. El nuevo reglamento de la DGT permitirá que las bicicletas circulen en sentido contrario en calles de un carril y con límite de 30 km/h, si los ayuntamientos lo consideran. Eso sí, la DGT exige que los ayuntamientos deberán implementar la correspondiente señalización que indique que esa calle determinada permita ese tipo de uso para los ciclistas. No necesariamente todas las calles con límite de 30 podrían establecer esa regulación, si no que puede establecerse solo para las que las autoridades municipales consideren. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-endurece-normas-ciclistas-tendran-mas-prioridades-sobre-coches-multas-200_332962_102.html
  8. Los ciclistas tendrán más prioridad de paso ante los coches Pero, como decimos, hay muchas más novedades en el Reglamento que afectan a la circulación de bicicletas y coches. Desde octubre, los ciclistas tendrán más prioridad sobre los vehículos a motor en determinadas situaciones que exponemos a continuación: Los ciclistas tendrán desde ahora prioridad cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizado; Los ciclistas tendrán también ya prioridad cuando un vehículo de motor o ciclomotor vaya a girar para entrar en otra vía y haya un ciclista en sus proximidades; Los ciclistas tendrán nueva prioridad cuando circulen en grupo y el primero de ellos haya iniciado el cruce o haya entrado en una glorieta. Los coches tienen que dejar 5 metros de separación con ciclistas en ciudad Pero, al margen de prioridades de paso, los ciclistas tendrán también nuevas medidas de protección frente a los vehículos a motor, especialmente en ciudades y en entornos urbanos. Desde octubre, por ejemplo, una de las principales reformas del Reglamento de Circulación establece que los coches tienen ya que dejar al menos cinco metros de distancia con la bicicleta que tengan delante en su mismo carril. Esta es la separación que la DGT incluye ya por regulación para proteger al ciclista respecto al vehículo que circule por detrás suyo, con el objetivo de mejorar el margen de seguridad entre bicicletas y vehículos a motor. La nueva multa para los coches que no respeten esta distancia será ya también de 200 euros y 6 puntos del carnet de conducir. En ciudad, la DGT ya obliga a dejar 5 metros de distancia a los coches respecto a ciclistas que circulen en su carril por delante. Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril Y seguimos. Otra de las normas reformadas del nuevo Reglamento General de Circulación impone desde octubre que las bicicletas circulen preferentemente por el centro del carril, siempre que resulte compatible con la seguridad del propio ciclista y del resto de usuarios. Es decir, se acabó eso de recriminar a los ciclistas que se echen a un lado para poder rebasarles con un vehículo a motor en ciudad. Eso sí, la normativa también aconseja que en determinadas vías con varios carriles por sentido los ciclistas deberán utilizar preferentemente el carril derecho, aunque podrán utilizar otros cuando vayan a realizar determinadas maniobras o por razones de seguridad. Pero siempre deberán hacerlo por el centro del carril que estén usando y no en lateral que pueda forzar adelantamientos que les pongan en riesgo. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-endurece-normas-ciclistas-tendran-mas-prioridades-sobre-coches-multas-200_332962_102.html
  9. 21 de septiembre de 2026 La DGT endurece las normas y los ciclistas tendrán más prioridades sobre los coches: multas de 200 € El nuevo Real Decreto 518/2026, ya publicado en el BOE para la reforma del Reglamento General de Circulación, establece desde la semana que viene nuevas prioridades de los ciclistas respecto al resto de vehículos de motor, con normas que estrenarán sanciones de hasta 200 € por no respetar nuevas distancias de seguridad, reducciones de velocidad en adelantamientos o preferencias de paso. La DGT endurece las normas y los ciclistas tendrán más prioridades sobre los coches, multas de 200 € La DGT lo advirtió hace algo más de un año y la reforma entrará en vigor ya a partir de la semana que viene, desde el jueves 1 de octubre: un nuevo Reglamento General de Circulación protegerá en mayor medida a los usuarios vulnerables. Mucho hemos hablado ya de algunas modificaciones, como las que afectan a las motos, a los adelantamientos o a los patinetes eléctricos y Vehículos de Movilidad Personal. Sin embargo, algo más desapercibidas están pasando nuevas normas de prioridad de los ciclistas sobre los vehículos a motor y conviene conocerlas todas, una a una. Los coches, obligados a reducir la velocidad al adelantar a ciclistas Quizás la más explicada a estas horas, de todas las nuevas normas referentes a ciclistas que incluye ya el Real Decreto 518/2026 publicado en el BOE el pasado 26 de junio y por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, sea la que afecta a sus adelantamientos en carretera. Y es que, desde el 1 de octubre, no basta solo con dejar la distancia mínima de 1,5 metros al adelantar a un ciclista en carretera: el coche, además, deberá reducir su velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite máximo de la vía antes y durante la maniobra. Es decir, ningún vehículo a motor podrá adelantar a más de 70 km/h a bicicletas en vías convencionales con límite de 90 km/h. Esta nueva norma se penalizará así desde la semana que viene con multas de 200 euros y 6 puntos. Los coches tendrán desde octubre que adelantar en carretera a los ciclistas a menos de 20 km/h por debajo del límite máximo de la vía. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-endurece-normas-ciclistas-tendran-mas-prioridades-sobre-coches-multas-200_332962_102.html
  10. La clave la tendremos en el resto de las luces, en concreto la que regulan el paso de los peatones en pasos donde están presentes los semáforos. Aquí encontramos muñecos, u otro tipo de dibujos, con dos posibilidades, el verde para cruzar la calzada y el rojo para no hacerlo. De nuevo se mantienen, pero la mezcla de los primeros y los segundos son los que deberemos tener en cuenta a partir de ahora. Y precisamente me estoy acordando de unos semáforos que hay en la entrada a la localidad en la que vivo que tendrán que cambiar por esta normativa. En algunas situaciones se mantiene la luz verde para que pasen los peatones junto con una amarilla para los vehículos que circulan por la carretera, lo cual de vez en cuando crea algún pequeño altercado. Ahora el muñeco verde de peatones no podrá estar a la misma vez que el amarillo para los vehículos Esta ambigua situación acabará con la modificación del Reglamento General de Circulación del próximo 1 de octubre de 2026 pues como se puede leer en el BOE: “En pasos para peatones con semáforo, como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones”. Por tanto, fin de esta situación. Ahora la “patata caliente” pasa a los ayuntamientos de cada localidad, que al final son los propietarios del funcionamiento de estos semáforos. Si bien no obligan a realizar la modificación en una fecha concreta, lo que es seguro es que antes del próximo 1 de octubre ya deberían haber modificado su funcionamiento para cumplir el Real Decreto. Preguntas frecuentes cambios en los semáforos de España ¿Cuándo entrarán en vigor los cambios en los semáforos ordenados por la DGT? Los cambios en los semáforos, parte de la renovación del Reglamento General de Circulación, entrarán en vigor a partir del 1 de octubre de 2026. Es importante conocerlos para estar al día con la nueva normativa. ¿A quiénes afectarán las modificaciones en los semáforos? Las modificaciones afectarán a conductores de cualquier tipo de vehículo, así como a ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal y peatones. El objetivo principal es mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía. ¿Qué tipo de cambios se implementarán en los semáforos? Los colores principales de los semáforos para vehículos (rojo, verde, ámbar) no cambiarán. La clave de la modificación se centrará en las luces que regulan el paso de los peatones en los pasos donde hay semáforos, buscando una mayor seguridad para ellos. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-ya-ha-ordenado-cambio-en-semaforos-espana-ciudad-afectara-conductores-peatones_331461_102.html
  11. 21 de septiembre de 2026 La DGT ordena cambios en los semáforos de España: así afectarán a conductores y peatones La DGT ha ordenado un cambio en los semáforos de España que entrará en vigor el 1 de octubre de 2026, afectando tanto a conductores como a peatones. Esta modificación forma parte de la renovación del Reglamento General de Circulación y busca mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía. Aunque los colores principales de los semáforos para vehículos no cambiarán, sí lo hará la regulación de los pasos peatonales. La DGT ya ha ordenado un cambio en los semáforos de tu ciudad: afectará a conductores y peatones Como ya te hemos ido comentando en Autopista, a partir del próximo 1 de octubre de 2026 entrará en vigor un cambio importante en el Reglamento General de Circulación. Y es importante conocerlo en profundidad porque afectará a los conductores, de cualquier tipo de vehículo, así como a los otros actores de la vía como son los ciclistas, los que se muevan en vehículos de movilidad personal e incluso los peatones. Como ya se indicó desde el Ministerio del Interior, el gran objetivo marcado a la hora de reformular el texto ha sido “mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía, concepto en el que están englobados peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de movilidad personal (VMP)”. Y precisamente ahí está englobada la medida que cambiará el funcionamiento de muchos semáforos en los próximos meses. Gráfico del RACE explicando la nueva norma de la DGT que prohibirá adelantar con mal tiempo Así cambiarán los semáforos desde octubre Adelantamientos, equipamiento en la moto, nuevas normas con los vehículos de movilidad personal, la verdad que la modificación del Reglamento General de Circulación ha sido bastante extensa, por lo que es importante revisar detenidamente alguno de sus puntos para que nos queden claro a partir del mes de octubre, que es cuando oficialmente entran en vigor. Uno de ellos afectará directamente a cómo funcionarán los semáforos a partir de la fecha indicada. Con esto no quiero decir que se cambien sus colores, pues seguirán los tres principales que teníamos hasta ahora para los conductores que circular por la vía. Esto significa que el rojo seguirá siendo el que prohibirá el paso, el verde justo lo contrario, mientras que el ámbar se utilizará para situaciones de alerta y como previo paso al citado rojo. Así ha sido desde hace años, aunque recordemos que los primeros solo tenían los dos colores indicados al principio. Ejemplo de un semáforo FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-ya-ha-ordenado-cambio-en-semaforos-espana-ciudad-afectara-conductores-peatones_331461_102.html
  12. Obligación de llevar gafas de repuesto en la guantera, ¿un bulo o una normativa de la DGT? Lo primero que hay que destacar es que esta normativa no nace fruto de un bulo, como ocurre con tantas otras inexistentes. Existir, existió… ¡pero hace casi 30 años! Y es que la DGT confirma que hubo un tiempo en el que, efectivamente, no llevar gafas de repuesto en la guantera de un coche si las necesitabas para conducir era motivo sin duda de multa por parte de los agentes de tráfico. De hecho, se consideraba una infracción leve y la sanción era de 2.500 pesetas, que sería hoy equivalente a unos 15 euros, sin contar por supuesto con la inflación, por lo que la cuantía era mucho mayor proporcionalmente. Sin embargo, a pesar de ser una norma real en los años principalmente 80 y 90, y de ahí la creencia todavía popular de que esta norma sigue en vigor, la realidad es que fue suprimida en el año 1997, tras la aprobación de un nuevo Reglamento General de Conductores. El motivo principal de esta reforma concreta llegó ante la popularización de las lentes de contacto, es decir, de las lentillas comunes, considerando desde entonces la DGT que carecía de sentido exigir un segundo repuesto de gafas. Fue a partir de ese cambio de normativa cuando comenzó a estandarizarse los códigos en el reverso del permiso de conducir, cifrado en el 01.01 para conducir con gafas o 01.02 para hacerlo con lentillas, permitiendo incluso que el conductor decidiese su modo de corrección visual preferido. A pesar de este cambio de normativa, y como ocurre con otras recomendaciones como conducir con chanclas o sandalias, la DGT siguió recomendando en sus manuales de seguridad vial llevar un par adicional de gafas para evitar que en caso de pérdida o rotura de cualquier elemento de corrección visual el conductor pudiera estar preparado para continuar con su desplazamiento. Código 01 en el carnet de conducir que regula la obligatoriedad a este conductor de conducir con gafas o lentillas. Qué dice ahora la ley en normas de corrección visual para conducir Conscientes de esta realidad a día de hoy, ¿qué exige ya ahora la normativa en cuanto a corrección visual para conducir? Actualmente, los conductores cuya agudeza visual binocular no alcance el mínimo legal, que es de 0, 5, están obligados a usar gafas o lentillas al volante, una norma que se recoge legalmente a través del código 01 que debe aparecer en el reverso del carnet de conducir y que indica la obligación y especifica el tipo de corrección de la visión que necesita el conductor. A partir de ahí, existen diferentes códigos: el 01.01 regula el uso obligatorio de gafas; el 01.02, de lentillas; y el 01.06, cualquier de los dos métodos de corrección. Si aparece en tu carnet alguno de estos códigos y los agentes de tráfico detectan que no circulas con el elemento obligatorio, la multa se considera infracción grave con penalización de 200 euros, pero sin retirada de puntos del carnet. En concreto, todo ello llega regulado ya por el artículo 3 del Reglamento General de Conductores que, expresamente, asegura que "el titular de un permiso o de una licencia de conducción, así como de cualquier otra autorización o documento que habilite para conducir, deberá hacerlo con sujeción a las menciones, adaptaciones, restricciones y otras limitaciones que figuren en dicho carné. En el caso del código 01, circular sin gafas o lentillas puede ser sancionado con hasta 200 euros sin pérdida de puntos”. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/cambios-en-normas-dgt-sobre-si-hay-llevar-gafas-repuesto-obligatorias-en-coche_332799_102.html
  13. 18 de septiembre de 2026 Cambios en las normas de la DGT y sobre si hay que llevar gafas de repuesto obligatorias en el coche La DGT ha confirmado la entrada en vigor en octubre de un nuevo Reglamento General de Circulación, probablemente el más importante de los últimos años. Sin embargo, algunas creencias populares sobre la obligatoriedad de llevar algunos elementos en el coche hace muchos años que se modificaron. Cambios en las normas de la DGT y sobre si hay que llevar gafas de repuesto obligatorias en el coche Ya estamos preparados. En las últimas semanas os hemos ido contando todas y cada una de las novedades que la DGT incorporará en el Reglamento General de Circulación, que entrará en vigor a partir del 1 de octubre. La publicación en el BOE el pasado día 26 de junio del Real Decreto 518/2026 aportó toda la información, que sin duda podemos anticipar como la mayor reforma de la normativa en los últimos años. Entre las grandes novedades que entran en vigor figuran muchas modificaciones en las normas de motocicletas, así como hasta 8 grandes cambios en los adelantamientos. Además, se estrenará una nueva regulación para los Vehículos de Movilidad Personal que, entre otras cosas, impedirá ya circular con patinete o bicicleta eléctrica a los menores de 15 años. Muchas normas y cambios con el objetivo prioritario de proteger a los usuarios más vulnerables y para adaptarse a las nuevas realidades de movilidad. Sin embargo, a pesar de que todas estas modificaciones estén ahora de máxima actualidad, la DGT introduce continuamente reformas en las leyes de tráfico, que no siempre son conocidas o calan entre los conductores. Y una de las mayores dudas que siguen existiendo, recurrentes en las preguntas de los lectores, tiene que ver con la norma de obligatoriedad de llevar gafas de repuesto en el coche a todos los conductores que las necesiten para conducir. ¿Sigue vigente? La obligatoriedad de llevar gafas de repuesto en la guantera existió en España hasta 1997, cuando la DGT cambió el Reglamento General de Conductores. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/cambios-en-normas-dgt-sobre-si-hay-llevar-gafas-repuesto-obligatorias-en-coche_332799_102.html
  14. La asociación confirma que, a pesar de que los juzgados siguen emitiendo sentencias en contra de sus prácticas de sanción en las ZBE, el Ayuntamiento de Madrid “sigue aplicando el mismo procedimiento una y otra vez, por no acreditar la señalización que exige la propia legislación municipal” y sostiene que “el Ayuntamiento antepone el dinero a la legalidad de sus propios procedimientos”. Como se puede ya interpretar, los principales motivos por los que los tribunales tumban las multas en las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid radican en que el Ayuntamiento “no cumple con el requisito exigido por la propia legislación municipal, que obliga a acreditar documentalmente la instalación de carteles informativos, en lugares visibles, que avisen a los conductores de la captación y transmisión de datos o imágenes para el control de acceso. En la práctica totalidad de los procedimientos no se ha aportado documento alguno que demuestre la existencia de la señalización reglamentaria, lo que provoca la nulidad de las sanciones por vulneración de derechos básicos de información y defensa”. El Ayuntamiento de Madrid sigue, según Dvuelta, sin cumplir con los requisitos exigidos por la propia legislación municipal para la implantación de sus ZBE. Ingresos récord del Ayuntamiento de Madrid en multas Tras los fallos correspondientes a multas en Zonas de Bajas Emisiones, Dvuelta confirma que las sanciones por exceso de velocidad ocupan el segundo lugar en sentencias ganadas por sus abogados, acaparando un 24,25% del total, a las que siguen las denuncias por multas de estacionamiento y semáforo, con un 2,18 por ciento del total. Según los datos de Dvuelta, a pesar de las miles de sentencias en contra, el Ayuntamiento de Madrid ingresó en multas de tráfico más de 283,2 millones de euros en 2025 ante los aproximadamente 208,5 millones inicialmente presupuestados, generando el mayor desfase en términos absolutos de todas las grandes ciudades españolas, cifrado en un 35,8%. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/aumentan-sentencias-contra-zonas-bajas-emisiones-sus-multas-en-punto-mira_332803_102.html
  15. 18 de septiembre de 2026 Aumentan las sentencias contra las Zonas de Bajas Emisiones: sus multas, en el punto de mira Dvuelta denuncia que más de 7 de cada 10 sentencias judiciales que pierde el Ayuntamiento de Madrid por multas de tráfico corresponden a sanciones en sus Zonas de Bajas Emisiones. Millones de multas siguen siendo ilegales. Aumentan las sentencias contra las Zonas de Bajas Emisiones, sus multas, en el punto de mira No cesan las polémicas entorno a las Zonas de Bajas Emisiones en España. Si en los últimos meses ya te hemos contado cómo una cadena de 13 sentencias de Tribunales Superiores de Justicia de Cataluña, Madrid, Asturias, Extremadura y Castilla y León, han ido anulando temporalmente Zonas de Bajas Emisiones por defectos en su implantación, y esta misma semana te informamos también de que la Sindicatura de Comptes de Cataluña denunciaba que solo 6 de los 23 municipios de la comunidad multan de verdad conforme a la ley, hoy es la asociación de defensa del automovilista Dvuelta quien confirma nuevas ilegalidades en estas áreas de protección medioambiental. En concreto, Dvuelta denuncia ahora que, entre enero de 2025 y agosto de 2026, hasta el 72,5% de las sentencias judiciales que pierde el Ayuntamiento de Madrid por multas de tráfico corresponden a sanciones precisamente mal impuestas en las Zonas de Bajas Emisiones. El consistorio, de hecho, acumula ya nada menos que 1.835 sentencias desfavorables frente a esta asociación de defensa del automovilista y en hasta el 63,11% de los dictámenes el Consistorio fue condenado al pago de las costas procesales. "El Ayuntamiento de Madrid no respeta a los Tribunales de Justicia" Dvuelta asegura que en este período de tiempo ha ganado ya más del 90% de los procedimientos interpuestos por sus abogados frente al Ayuntamiento de Madrid, lo que “retrata a una Administración que no respeta a los Tribunales de Justicia” y denuncia también que el Consistorio ni siquiera “comparece en una parte relevante de las vistas de los procedimientos que él mismo origina. Deja así a los jueces sin contradicción, trasladándoles una carga de trabajo que no defiende y asumiendo unas costas que acaban pagando todos los madrileños” Dvuelta ya ha ganado hasta 1.835 sentencias al Ayuntamiento de Madrid respecto a multas en sus Zonas de Bajas Emisiones. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/aumentan-sentencias-contra-zonas-bajas-emisiones-sus-multas-en-punto-mira_332803_102.html