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Cuánto tarda en llegar el nuevo carné La DGT señala que lo normal es recibir el permiso definitivo en el domicilio en aproximadamente mes y medio desde la tramitación. No hace falta realizar ningún paso adicional si los datos y la dirección son correctos. Si transcurre un plazo prudencial y no llega, conviene comprobar el estado del trámite y los datos de contacto o domicilio que figuran en Tráfico. Mientras el provisional siga vigente, puedes continuar conduciendo en España. ¿Puedes conducir si has perdido el carnet pero aún no has pedido el duplicado? La app miDGT permite llevar el permiso en formato digital con validez legal dentro de España, lo que puede sacarte de un apuro si no tienes contigo la tarjeta física. Aun así, si el documento se ha perdido o ha sido robado, debes solicitar el duplicado para reponerlo. La aplicación no convierte una pérdida en un trámite resuelto. ¿Qué documentación necesitas? Los requisitos dependen de la vía elegida y del motivo del duplicado, pero el elemento básico es acreditar tu identidad. En una gestión presencial pueden pedir DNI, pasaporte o permiso de residencia. Si el motivo es un cambio de datos personales, tendrás que aportar además la documentación justificativa correspondiente. No confundas el permiso de conducir con el permiso de circulación del vehículo. El primero acredita que estás autorizado para conducir; el segundo identifica administrativamente al coche. Son documentos diferentes y sus duplicados siguen procedimientos distintos. Preguntas frecuentes sobre el duplicado del carnet de conducir ¿El duplicado cambia la fecha de caducidad? No. El nuevo documento mantiene la misma fecha de validez que el permiso sustituido. Si el carnet ya ha caducado, no corresponde pedir un duplicado, sino renovarlo. El duplicado conserva la fecha de validez del permiso original; si además necesitas renovarlo por caducidad, el procedimiento es distinto y exige cumplir los requisitos de renovación. ¿Cuánto cuesta pedirlo si lo he perdido o me lo han robado? En 2026 la tasa 4.4 es de 20,81 euros para los casos de pérdida, robo o deterioro. Determinados cambios de datos personales permiten solicitar el duplicado sin pagar esta tasa. La tasa puede actualizarse, así que conviene comprobar el importe vigente en la sede de la DGT antes de pagar y conservar el justificante de la operación. ¿Puedo conducir mientras espero el nuevo carnet? Sí. La DGT entrega un permiso provisional válido durante seis meses para conducir en España. Si necesitas conducir fuera del país, conviene esperar al permiso físico definitivo o comprobar previamente qué documentación admite el país de destino. Sí, siempre que tu permiso siga en vigor y dispongas del justificante o permiso provisional válido. Si vas a conducir fuera de España, revisa antes qué documento aceptan en el país de destino. ¿Cuánto tarda en llegar? La previsión habitual de la DGT es de alrededor de un mes y medio. El carnet definitivo se envía al domicilio indicado sin que sea necesario realizar un segundo trámite. El plazo puede variar según la carga administrativa y el envío postal. Si se demora más de lo esperado, consulta el estado del trámite con la DGT y confirma que la dirección sea correcta. Pedir el duplicado cuanto antes evita problemas innecesarios Solicitar un duplicado del carnet de conducir es un trámite relativamente sencillo, pero conviene hacerlo con los datos actualizados y utilizando la vía correcta. Si el permiso sigue vigente, puedes resolver una pérdida, robo o deterioro sin renovar el carnet completo y seguir conduciendo con la autorización provisional hasta que llegue la nueva tarjeta. Antes de iniciar la solicitud, comprueba la fecha de caducidad, el motivo exacto del duplicado y el domicilio que consta en Tráfico. Con esos tres datos claros evitarás confundir procedimientos y reducirás el riesgo de retrasos en la recepción del nuevo permiso. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/como-solicitar-duplicado-carnet-conducir-paso-paso-sin-errores-ecn_333591_102.html
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Duplicado y renovación no son el mismo trámite Esta diferencia evita uno de los errores más habituales. Si el permiso ya está caducado o va a renovarse por vencimiento, debes seguir el procedimiento de renovación del carnet de conducir, que incluye el reconocimiento psicofísico correspondiente. El duplicado, en cambio, sustituye físicamente el documento sin modificar su vigencia. Cómo pedir un duplicado del carnet de conducir en 2026 En 2026 la DGT mantiene tres vías principales para solicitarlo: Internet, teléfono 060 y atención presencial en una Jefatura u Oficina de Tráfico. Cada opción tiene requisitos distintos, por lo que conviene elegir la que mejor se adapte a tu situación. Solicitud por Internet El trámite online se realiza a través de la Sede Electrónica de la DGT. Para identificarte necesitas un sistema admitido por la Administración, como certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, además de haber abonado previamente la tasa correspondiente cuando proceda. Una vez completada la solicitud, la DGT emite la documentación provisional para que puedas seguir conduciendo mientras se fabrica y envía el nuevo permiso. Es importante guardar el justificante del trámite hasta recibir la tarjeta definitiva. Solicitud por teléfono 060 También es posible pedir el duplicado llamando al 060. La DGT comprobará la identidad del solicitante y exigirá que la tasa 4.4 esté pagada previamente cuando proceda. Esta vía resulta útil si no quieres desplazarte a una oficina, pero tampoco puedes o prefieres no realizar el proceso completo por Internet. Solicitud presencial en una Jefatura de Tráfico Si eliges la vía presencial, necesitas cita previa y debes acudir a una Jefatura u Oficina de Tráfico con la documentación de identidad necesaria. La cita puede solicitarse por Internet o a través del 060. En determinados casos, como un cambio de datos personales, pueden pedirte además la documentación que acredite esa modificación y la entrega del permiso anterior. Conviene revisar previamente qué documentación corresponde a tu supuesto concreto para evitar desplazamientos innecesarios. ¿Cuánto cuesta el duplicado del carnet de conducir? Para los duplicados por pérdida, robo o deterioro se aplica la tasa 4.4 de la DGT, cuyo importe en 2026 es de 20,81 euros. El pago puede realizarse mediante las vías habilitadas por Tráfico y debe estar identificado correctamente para vincularlo al trámite. El duplicado por determinados cambios de datos personales es gratuito. En este caso no se paga la tasa 4.4, aunque sí puede ser necesario justificar documentalmente el cambio y entregar el permiso anterior. ¿Qué ocurre si te han robado el carnet? La solicitud del duplicado sigue siendo necesaria aunque hayas denunciado el robo. La denuncia puede ser recomendable para dejar constancia de la sustracción y reducir el riesgo de uso fraudulento de la documentación, pero no sustituye el trámite ante la DGT para obtener una nueva tarjeta. Permiso provisional: cuánto dura y dónde es válido Al tramitar el duplicado, la DGT facilita un permiso provisional con una validez de seis meses. Durante ese periodo puedes conducir legalmente en España mientras esperas la llegada del nuevo carnet físico. Ese provisional está pensado para circular dentro del territorio nacional. Si tienes previsto viajar al extranjero, no debes asumir que tendrá la misma validez. Lo mismo ocurre con el carnet digital de la app miDGT: dentro de España tiene validez legal, pero fuera del país conviene llevar el documento físico. Autopista explica con más detalle cómo funciona miDGT cuando conduces fuera de España. Al tramitar el duplicado, la DGT facilita un permiso provisional con una validez de seis meses. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/como-solicitar-duplicado-carnet-conducir-paso-paso-sin-errores-ecn_333591_102.html
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19 de octubre de 2026 Cómo solicitar un duplicado del carnet de conducir paso a paso y sin errores Guía práctica para tramitar el duplicado del carnet de conducir con la documentación correcta y evitar retrasos. ¿Cómo conseguir un duplicado del carnet de conducir? Perder, sufrir el robo o encontrar deteriorado el carnet de conducir no obliga a empezar de cero ni a renovar el permiso si todavía está vigente. En estos casos, la DGT permite solicitar un duplicado del carnet de conducir que mantiene exactamente la misma fecha de validez que el original. El trámite puede hacerse por Internet, por teléfono o de forma presencial y, mientras llega la nueva tarjeta, se entrega una autorización provisional para seguir conduciendo en España. La clave está en distinguir bien entre duplicado y renovación. Si el permiso ha caducado, ya no corresponde pedir una copia: hay que renovarlo. En cambio, si sigue en vigor y simplemente se ha perdido, lo han robado, está deteriorado o han cambiado determinados datos personales, sí procede solicitar un duplicado. ¿Cuándo puedes pedir un duplicado del carnet de conducir? La DGT contempla el duplicado cuando el permiso está en vigor y se ha producido alguna de estas situaciones: pérdida, robo, deterioro o modificación de determinados datos personales. La nueva tarjeta conserva la misma fecha de caducidad que tenía el permiso anterior. Por ejemplo, si tu carnet caduca dentro de dos años y solicitas ahora un duplicado porque lo has perdido, la copia seguirá caducando dentro de esos mismos dos años. No se reinicia el periodo de validez ni se sustituye el reconocimiento médico que corresponde en una renovación ordinaria. Conseguir un duplicado del carné de conducir de la DGT es un trámite sencillo. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/como-solicitar-duplicado-carnet-conducir-paso-paso-sin-errores-ecn_333591_102.html
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Alemania, el país que está trabajando con más intensidad en la eliminación de prohibición de los coches diésel, gasolina e híbridos. Flexibilizaciones adicionales a las de la Comisión Europea El acuerdo entre Francia y Alemania, y al que se sumarían más países como Italia, plantea ahora mantener el objetivo de reducir en un 90% las emisiones de CO2 de los vehículos nuevos a partir de 2035, pero eliminando ya definitivamente la obligación de compensar el 10% restante, una flexibilización aún más adicional respecto al planteamiento inicial del Ejecutivo comunitario, que ya abogaba también por seguir comercializando coches de combustión después de esa fecha. Alemania celebra ahora el entendimiento hacia “una buena decisión”, y el canciller Friedrich Merz destaca además que el acuerdo contemplará también el uso de combustibles alternativos y biocombustibles para facilitar la transición de la industria automovilística. Alemania, amparada en una potente industria automovilística donde tienen sede fabricantes como el Grupo Volkswagen, BMW o Mercedes-Benz, defiende así la necesidad de garantizar la “neutralidad tecnológica” y evitar que el cumplimiento de los objetivos climáticos dependa exclusivamente de una determinada tecnología, mientras que Francia defiende con más vehemencia el esfuerzo de la base industrial europea, apostando por una estricta preferencia limitada a los 27 Estados miembros de la UE con normas “Made in Europe”. Alemania quiere además limitar la protección de la industria exclusivamente a los 27 Estados miembros de la UE. El acuerdo conjunto entre Alemania y Francia incluye además otras medidas adicionales para reforzar la competitividad de la industria europea, como la reserva obligatoria de determinadas ayudas públicas a vehículos fabricados en el continente, la ampliación de los incentivos para los coches eléctricos producidos en Europa y una mayor flexibilidad a los fabricantes para cumplir los objetivos de emisiones previstos para 2030. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/espana-se-queda-sola-europa-no-prohibira-venta-coches-diesel-gasolina_334552_102.html
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19 de octubre de 2026 España se queda sola y Europa no prohibirá la venta de los coches diésel y gasolina Aunque aún no es oficial y debe votarse, Alemania ya proclama que “la prohibición de los motores de combustión ya es historia” en Europa y Francia e Italia se suman a una decisión que “se adoptará a escala europea con relativa rapidez”, según pronostica el canciller germano. España se queda sola y Europa no prohibirá la venta de los coches diésel y gasolina Finalmente, Europa no prohibirá la venta de motores de combustión en 2035, a pesar de que el calendario ya está aprobado y fijado en la Unión Europea. Aunque la noticia no es aún oficial, ya que la normativa se está examinando a propuesta de la Comisión Europea y deberá pasar próximamente por el Parlamento en Bruselas, todos los indicios ya apuntan a su eliminación tras el acuerdo alcanzado en las últimas horas entre Francia y Alemania, al que se habría sumado ya a su vez Italia. El núcleo así de potencias de la Unión Europea se han puesto de acuerdo en flexibilizar una regulación que consideran que asfixiaría a la industria del automóvil, dejando prácticamente sola a España, cuyo Gobierno de Pedro Sánchez trasladó ya una carta en junio a la Comisión Europea para pedir que se mantuviera la prohibición, conjuntamente con otros seis países, pero de los que ya se ha bajado Francia. De momento, Portugal, Países Bajos, Dinamarca, Suecia y Luxemburgo, los otros participantes, no se han pronunciado tras este nuevo giro. El Consejo y el Parlamento Europeo ya negocian la eliminación de la prohibición de venta de los motores de combustión en 2035. La prohibición de los motores de combustión ya es historia, según Alemania Sin embargo, parece poco probable ya que esta corriente triunfe, tras el anuncio de Francia y Alemania de un acuerdo que pide la eliminación ahora de la prohibición, y que cuenta también con el apoyo ya de Italia. “Voy a expresarlo de manera muy sencilla: la prohibición de los motores de combustión ya es historia”, ha llegado a declarar en las últimas horas el propio canciller de Alemania, Friedrich Merz, confirmado definitivamente que “creo que podremos adoptar una decisión en este sentido a escala europea con relativa rapidez”. La revisión de la prohibición de venta de los coches con motor de combustión ya se encuentra en negociación entre el Consejo y el Parlamento Europeo, asegurando además la presidencia irlandesa actual que aspira a cerrar una posición común entre los Estados miembros antes de que termine el año. Según ha avanzado el canciller Merz, la propuesta de eliminación de la prohibición ya está recibiendo “mucho apoyo” en la Unión Europea y las conversaciones mantenidas con otras delegaciones apuntan a una acogida favorable del pacto negociado con el presidente de Francia, Emmanuel Macron. Ahora, queda trasladarlo oficialmente a la legislación europea para su aprobación definitiva. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/espana-se-queda-sola-europa-no-prohibira-venta-coches-diesel-gasolina_334552_102.html
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Cuándo las bicicletas pueden ya adelantar por izquierda y derecha Pero no ha sido esta la única medida aprobada que permite ahora en el Reglamento circular de una manera que ha estado prohibida hasta ahora. En su afán de protección al usuario vulnerable, la DGT permite ya desde octubre que los ciclistas puedan rebasar y adelantar a vehículos a motor tanto por la derecha como por la izquierda. Eso sí, también, como sucede con las motos y los arcenes, solo bajo determinadas circunstancias. El nuevo Reglamento de Circulación permite a las bicicletas en ciudad adelantar a vehículos a motor por la derecha y por la izquierda en determinadas situaciones de atasco. Esta posibilidad de adelantar por derecha o izquierda solo estará habilitada ya para las bicicletas en determinadas situaciones urbanas, especialmente también cuando exista una retención y cuándo necesiten alcanzar las zonas de espera adelantadas en las intersecciones. Cuándo los ciclistas pueden ya circular en ciudad en sentido contrario Y concluimos con otra norma que ha generado una gran polémica: las bicicletas podrán circular en los dos sentidos en algunas calles. O, lo que es lo mismo, el nuevo Reglamento de Circulación les permite ya ir en sentido contrario a los coches. Cierto, pero de igual modo, esta acción tan controvertida tiene unos requisitos muy concretos, que además serán los ayuntamientos los que deban autorizar. Así, el permiso de la DGT para que las bicicletas circulen en los dos sentidos de la marcha solo se habilita hoy en las calles urbanas de un único carril y con velocidad máxima de 30 km/h o inferior, y no en el conjunto de calles de una ciudad. Como hemos dicho, será cada ayuntamiento el que decida si lo autoriza, para lo que el Reglamento además exige también que sea necesaria e imprescindible una regulación y señalización concreta… que sin embargo a esta hora no sabemos ni siquiera cuál es. Otra novedad es que, en callles con un único carril y límite de 30 km/h o inferior, las bicicletas pueden circular en los dos sentidos de la marcha si el ayuntamiento lo autoriza. Esperamos que con nuestras aclaraciones te hayamos podido hacer entender un poco mejor cuáles son las particularidades de algunas de las normas más polémicas que han entrado en vigor con el nuevo Reglamento General de Circulación de la DGT. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/casos-en-dgt-deja-ya-circular-por-arcen-en-sentido-contrario-adelantar-por-derecha_334556_102.html
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19 de octubre de 2026 Los casos en que la DGT deja ya circular por el arcén, en sentido contrario o adelantar por derecha El nuevo Reglamento General de Circulación, ya en vigor, establece nuevas normas, algunas que han generado una gran polémica al permitir a algunos vehículos y medios de movilidad circular en sentido contrario, por el arcén o incluso adelantar por la derecha en determinadas situaciones. Te contamos cuáles y cuándo. Los casos en que la DGT deja ya circular por el arcén, en sentido contrario o adelantar por derecha Aunque llevamos ya consumidos nada menos que 19 días de octubre, mes en el que entró en vigor oficialmente el nuevo Real Decreto 518/2026 que modificaba el Reglamento General de Circulación, la polémica en torno a esta reforma sigue candente y de actualidad. Poco a poco hemos ido contándote ya todas las grandes novedades de esta nueva regulación y detallándote sus cambios más relevantes, y en ello seguimos. Hace solo unos días te contamos ya la polémica que se generaba con las nuevas normas de semáforos, así como con las nuevas normas de adelantamiento, de prohibición de circular en motor con chanclas o sandalias o de atravesar rotondas o glorietas andando, con multas ya activas de entre 80 y 200 euros. Pues bien, hoy nos detenemos en otras tres regulaciones que hasta ahora han sido totalmente contrarias a las habituales leyes de tráfico y que están causando grandes interrogantes. Cuándo pueden ya las motos circulan por los arcenes en España Y es que, con el objetivo de proteger a los usuarios más vulnerables de las vías y de mejorar la movilidad, el nuevo Reglamento de Circulación permite acciones que siempre se habían considerado prohibidas, como circular por el arcén, en sentido contrario o adelantar por la derecha. Eso sí, hay que aclarar que solo para determinados vehículos y en determinadas circunstancias, que ahora vamos a ir repasando una por una para que todos podamos entenderlas, las consideremos más o menos acertadas. La DGT ya permite a las motos circular por el arcén en determinadas circunstancias. Cataluña, eso sí, lo prohíbe en cambio en toda su comunidad autónoma. Y la primera seguramente sea la que más conozcas y de la que más hayas oído hablar: las motos podrán ya circular por el arcén. Sí, cierto, pero con matices. El nuevo Reglamento de Circulación, ya publicado en el BOE, permite esta acción que hasta ahora siempre ha estado prohibida, y que ha sido una vieja reivindicación del sector de las dos ruedas, pero solo cuando la circulación se encuentre detenida por congestión, es decir, en atascos, y siempre y cuando además el tramo esté previamente habilitado y señalizado para ello, lo que en la práctica habrá que ver si sucede y se cumple en situación de retenciones. Pero, además, las motocicletas solo podrán circular por los arcenes en estas circunstancias a un máximo de 30 km/h y en columna de a uno. La medida, en realidad, ha nacido para separar a las motos del resto del tráfico cuando se produzcan retenciones importantes con el fin de mejorar la movilidad. Y otra puntualización: estos sucederá ya en toda España, menos en Cataluña, ya que la Generalitat ha decidido no aplicar esta medida por considerarla insegura. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/casos-en-dgt-deja-ya-circular-por-arcen-en-sentido-contrario-adelantar-por-derecha_334556_102.html
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Tenía que llegar ya: las varillas medidoras de aceite también se extinguen de los coches
Ocio responde a Ocio de discusión en Mecánica General Audi
Ingeniería centrada en el cliente Desde 2024, los fabricantes de automóviles han ido ya explicando el porqué de la supresión de estas varillas medidoras. “El consumidor actual no prioriza comprobar manualmente el nivel de aceite. Con un sensor, esa información se les presenta cada vez que encienden el contacto. Esto es ingeniería centrada en el cliente”, ha llegado a justificar el portavoz de Stellantis en Estados Unidos, Dale Jewett. Meses después, un portavoz de Mercedes-Benz USA también compartió esa misma percepción: "Con la medición digital del nivel de aceite, los clientes pueden monitorizar fácilmente el nivel de aceite de su vehículo en la pantalla del conductor y recibir alertas oportunas si el nivel de aceite está fuera de los límites normales. Este enfoque proactivo ayuda a evitar posibles daños en el motor”, matizaba Andrew Brudnicki. Detrás del cambio, la dificultad hoy de lectura Un informe norteamericano apunta además que, detrás de esta sustitución, se encuentra también la dificultad de lectura que tiene la varilla para una gran mayoría de nuevos conductores, a pesar de lo sencilla que es la herramienta. Las varillas ahora tienen pequeñas marcas, otros curvas integradas, otros abreviaturas y algunos una punta de plástico con un rango para mostrar los niveles óptimos y recomendables. Si el propietario no está familiarizado con este componente puede generar graves problemas si rellena mal el aceite, tanto por ser insuficiente como excesivo. Nuevos sensores y avisos digitales sustituyen hoy a las tradicionales varillas medidoras de aceite. El portavoz de Mercedes confirmó que, al usar un lector digital para medir el llenado de líquidos, “la precisión de la medición del aceite no depende de la experiencia de una persona. La medición digital elimina el riesgo de error humano como factores externos que pueden resultar en una mala interpretación del nivel de aceite. Por ejemplo, si el vehículo no está en una superficie nivelada, diferencias en la medición de frío y calor o el ángulo desde el que se observa la varilla medidora”. Los fabricantes no confían en los clientes y no quieren que abran el capó El portal norteamericano Carscoops aporta además una justificación más para la eliminación de la varilla de aceite, a través de esta explicación de Michael Crossen, líder de proyecto de pruebas en Informes de Consumidores: “También tienes el escenario en el que el cliente revisa el aceite con la varilla medidora, y quizá esté un poco bajo. Y quieren rellenarlo. El cliente podría sobrellenarlo, lo cual no es nada bueno. Y muchos coches requieren un aceite muy específico. Los fabricantes no quieren que alguien tire lo que tenga por ahí”. Conclusión de este nuevo enfoque: los fabricantes de automóviles no confían ya tampoco en los propietarios, y no quieren que sus clientes urgen en sus capós. Porque, además, muchos coches ahora son híbridos y tienen alta tensión, y hay una mayor preocupación por la seguridad. Y con motores modernos más complicados y complejos, probablemente los fabricantes de automóviles también quieran evitar fallos catastróficos. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/tenia-llegar-ya-varillas-medidoras-aceite-tambien-se-extinguen-coches_334574_102.html -
19 de octubre de 2026 Tenía que llegar ya: las varillas medidoras de aceite también se extinguen de los coches La evidencia es ya total: los coches modernos dejan atrás la habitual varilla medidora de aceite en los coches, sustituyéndola por nuevos sensores y avisos de nivel electrónicos. Pronto será una pieza más de museo. Tenía que llegar ya, las varillas medidoras de aceite también se extinguen de los coches Pues sí, tenía que llegar y el momento ha llegado: las varillas medidoras de aceite están en grave peligro de extinción. Pero vamos nada que deba sorprender, teniendo en cuenta la evolución tecnológica de los vehículos modernos que salen de fábrica y que, por el camino, han ido dejando ya numerosos elementos y componentes que han pasado a formar parte de piezas prácticamente de museo… como pronto serán las varillas de aceite. Podríamos enumerar decenas de elementos, pero los míticos “estárter” a los ceniceros o mecheros de resistencia, los pestillos de las puertas, las llaves de contacto físicas o las radios con carátula extraíble son algunos de los primeros componentes que recordamos que ya han pasado a la historia. El próximo, junto al tapón de radiador accesible que ahora es también sustituido por sistemas cerrados y presurizados dejando solo el vaso de expansión de plástico, será la varilla medidora de aceite. Y es un hecho. Adiós a las varillas medidoras de aceite Durante décadas, esta herramienta sencilla ha sido indispensable para los conductores, al ayudarlos a mantener correctamente su coche y con el nivel indispensable de aceite. Este componente incluía una vareta medidora y permitía una rápida y objetiva comprobación de si un motor o transmisión tenía suficiente líquido en su interior para un funcionamiento seguro. Durante décadas, la varilla medidora de aceite ha sido indispensable en los coches; hoy ya no. Hoy, sin embargo, muchos coches modernos han dejado de ofrecer la varilla, sustituyéndola en su lugar por sensores y avisos de nivel en las pantallas digitales, a menudo ocultas en lo profundo de menús táctiles. La tecnología no hay duda que evoluciona y hay una importante razón además detrás de este cambio ya concreto. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/tenia-llegar-ya-varillas-medidoras-aceite-tambien-se-extinguen-coches_334574_102.html
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Así hasta que el 1 de enero de 2024 la Zona de Bajas Emisiones alcanzó todo el perímetro de Madrid. Y aunque esa fecha marcó el inicio, hasta el 30 de junio de ese año no se empezó a multar, siendo precisamente el instante en el que muchos conductores se empezaron a preocupar de verdad. Porque una cosa es que cerraran el centro y otra que abarcara cualquier calle o carretera. ¿Qué restricciones se aplican a los coches con pegatina B en Madrid? Teniendo en cuenta esta premisa, nos vamos a centrar en las restricciones que se aplican a los coches con pegatina B, la amarilla. En este caso pueden seguir circulando con normalidad por toda el área de Madrid, con la excepción de la denominada como ZBEDEP del Distrito Centro. En caso de entrar en ella deberemos cumplir alguno de los siguientes requisitos si no queremos que nos multen con 200 euros: Aparcar el coche en un parking público Estar empadronado en el Distrito Centro (el vehículo también) Si trasladas a una persona que sea titular de estacionamiento para personas con movilidad reducida. Ser autónomo o empresa cuyo negocio esté en el Distrito Centro o que te invite uno que está allí Seas propietario de una plaza de garaje o hayas alquilado una de aparcamiento municipal para residentes en el Distrito Centro Cuando vayas a recoger o a dejar alumnos de educación infantil, primaria o secundaria cuyo centro escolar esté en el Distrito Centro Los coches con etiqueta B pueden circular por casi todas las calles de la capital ¿Se puede circular por la M-30 con la pegatina B? Teniendo en cuenta todo lo explicado anteriormente, ahora mismo es todavía posible circular con un vehículo con etiqueta B por la M-30 sin miedo a que te vayan a poner una multa pues está fuera de ese Distrito Centro. Es más, desde el Ayuntamiento madrileño no han anunciado nuevas medidas más restrictivas para esta pegatina en los próximos años. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/se-puede-circular-por-m-30-madrid-con-pegatina-b-resolvemos-esta-duda-evitar-multas_334573_102.html
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19 de octubre de 2026 ¿Se puede circular por la M-30 de Madrid con la pegatina B? Resolvemos la duda para evitar multas Con el aumento y el cambio de las restricciones en Madrid muchos conductores se plantean si todavía pueden circular por una de sus vías principales como es la M-30 con un coche con pegatina B sin que les multen. Aquí lo explicamos. ¿Se puede circular por la M-30 de Madrid con la pegatina B? Resolvemos esta duda para evitar multas Madrid es la ciudad que más coches tiene de nuestro país y, a la vez, la que más tráfico recibe de fuera de ella. No lo digo por las poblaciones de sus alrededores, cada vez más grandes, sino también por la cantidad de vehículos que recibe a diario por motivos tan variopintos como el turismo, los negocios o el trabajo, así como la visita a los familiares. Y dentro de las reglamentaciones relacionadas con las Zonas de Bajas Emisiones, la capital es una de las más activas y con tantos cambios en los últimos meses que ha provocado que no solo los foráneos no se enteren bien de las normas, sino que incluso conductores que vienen en la Comunidad de Madrid no tengan claro cómo son las diferentes restricciones. Madrid es una de las ciudades más restrictivas en su Zona de Bajas Emisiones En este artículo, precisamente, vamos a tratar sobre una de las grandes dudas que hay en la calle y que en alguna ocasión me han llegado a preguntar. Partimos de la base de que tenemos un vehículo con pegatina B y queremos circular por la M-30 para llegar a nuestro destino. ¿Es posible sin que nos multen? Vamos a explicarlo. ¿Cómo es la normativa de la ZBE de Madrid? La actual normativa que rige en la capital su Zona de Bajas Emisiones está recogida en el plan Madrid 360. Este comenzó el 22 de septiembre del 2021 con los cambios en los considerados como Distrito Centro y la creación de la ZBEDEP de Plaza Elíptica. A partir de entonces se fueron aumentaron las restricciones año a año para que los conductores tuvieran tiempo suficiente para adaptarse a las nuevas normas. ZBE Madrid FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/se-puede-circular-por-m-30-madrid-con-pegatina-b-resolvemos-esta-duda-evitar-multas_334573_102.html
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Qué dice la normativa de la DGT para el paso de peatones en rotondas o plazas A continuación recogemos qué especifica exactamente la normativa de la DGT respecto a las normas para peatones ante cruces de rotondas, plazas o glorietas: Prohibición de cruzar por plazas, rotondas o glorietas por el medio: La normativa de la DGT no permite caminar señalizado. de un lado a otro cortando la rotonda a través de sus carriles, ni permanecer en las isletas centrales o refugios si no es estrictamente parte de un paso Obligación de rodear el paso: La DGT establece también que los peatones deben transitar por las aceras exteriores que rodean la glorieta. Cruzar únicamente por las zonas habilitadas: El Reglamento de Circulación añade que el cruce de las calles que conectan con la rotonda se debe hacer obligatoriamente a través de los pasos de peatones (con o sin semáforo) dispuestos en los accesos. Sanciones de 80 €: Por todo ello, cruzar la calzada de una rotonda por un lugar indebido o de forma incorrecta se considera hoy una infracción leve recogida directamente en el nuevo Reglamento de Circulación y conlleva una multa leve de 80 euros. El Reglamento de Circulación recoge la prohibición de que los peatones crucen por plazas, rotondas o glorietas por el medio. Otras normas y multas de la DGT obligatorias para peatones Como hemos dicho esta es solo una de las normativas que recoge ya el artículo 124 del nuevo Reglamento General de Circulación en su apartado 4, pero el texto regulatorio consolidado tras su reforma establece también otras muchas reglas obligatorias para peatones que te resumimos a continuación. Uso obligatorio de pasos de peatones: En las zonas donde existan pasos para peatones, quien se disponga a atravesar la calzada deberá hacerlo precisamente por ellos, estando totalmente prohibido cruzar por las proximidades. La multa es también de 80 €, pudiendo quedarse en 40 euros con pronto pago. Paso con semáforos peatonales: Si el paso cuenta con semáforos exclusivos para peatones, se deben obedecer rigurosamente sus indicaciones (cruzar en verde y detenerse en rojo). La multa puedes oscilar entre los 100 euros si cruzas por un lado distinto de la calzada, o 200 euros si lo haces pasando por un semáforo en rojo. Paso sin semáforo peatonal pero con semáforo para vehículos o agente: Los peatones no deben adentrarse en la calzada mientras la señal del agente o el semáforo vehicular permita el paso de los vehículos. Cruce fuera de un paso señalizado: Para atravesar la calzada donde no exista un paso específico, los peatones deben cerciorarse de que pueden hacerlo sin riesgo ni entorpecimiento indebido. Al cruzar, deben caminar perpendicularmente al eje de la calzada, sin demorarse ni detenerse sin necesidad. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-prohibe-ya-atravesar-andando-rotonda-confirma-multas-ahora-80-peatones_334419_102.html
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16 de octubre de 2026 La DGT prohíbe ya atravesar andando una rotonda y confirma multas ahora de 80 € a los peatones El Reglamento General de Circulación, ya en vigor desde octubre, ha consolidado muchas nuevas normas, entre ellas, la prohibición de que los peatones puedan ya atravesar plazas y glorietas por la calzada. Te contamos qué dice ahora la regulación y las multas que empiezan ya a imponerse. La DGT prohíbe ya atravesar andando una rotonda y confirma multas ahora de 80 € a los peatones La escena es completamente habitual en la mayoría de ciudades y pueblos de España: peatones que, para ahorrar tiempo, cruzan glorietas andando por la calzada. Sin embargo, esta práctica que casi parece en realidad inofensiva si se hace con precaución, mirando a todos los lados y vigilando que no haya coches en circulación, debes saber que está completamente prohibida y que, en realidad, lo ha estado siempre. La novedad es que, ahora, el Reglamento General de Circulación, recién reformado mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio y que, ya publicado en el BOE, ha entrado en vigor durante este mes de octubre, establece ya directamente, en su artículo 124 apartado 4, que “los peatones no podrán atravesar las plazas y glorietas por su calzada, debiendo rodearlas obligatoriamente, a menos que exista un paso para peatones expresamente habilitado para ello”. Infracción leve con multa de 80 € Aunque parezca curioso que la DGT regule algo más que normativas de circulación de vehículos, el organismo de Tráfico deja claro ya que los peatones solo podrán rodear estos pasos por zonas habilitadas, no permitiéndoles atravesar glorietas, rotondas y plazas por el centro y por dentro. Peatón cruzando indebidamente por la calzada. Tal y como ya venía recogiendo anteriormente esta normativa que ahora se matiza expresamente en la reforma del Reglamento General de Circulación, las sanciones por cruzar las calzadas de rotondas y glorietas por lugares indebidos o de forma incorrecta se considera una infracción leve, multado con 80 euros de sanción económica. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-prohibe-ya-atravesar-andando-rotonda-confirma-multas-ahora-80-peatones_334419_102.html
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Los fallos que generan ya el 75% de los suspensos de ITV Pero, junto al alumbrado y las emisiones contaminantes, otros dos problemas se convierten también en los puntos más críticos en las ITV a vehículos. Repasamos así los defectos que más suspensos están generando ya en las inspecciones en España: 1-Alumbrado y señalización: Sigue siendo ya la causa principal de rechazo. Una bombilla fundida en los intermitentes, la luz de freno o la matrícula, así como unos faros mal regulados o el desgaste de la cubierta plástica (faros opacos) son algunos de los principales causantes de resultados desfavorables. 2-Emisiones contaminantes: Es probablemente la prueba más temida por los conductores, por ser muy difícil de revisar antes. Los controles de gases son cada vez más estrictos y la acumulación de carbonilla en los motores diésel y gasolina dispara la opacidad. Desde Norauto, por ejemplo, recomiendan ya circular unos kilómetros a altas revoluciones antes de acudir a la cita de la inspección en la ITV, para poder limpiar el sistema o, idealmente, realizar un servicio de descarbonización profesional. 3-Neumáticos y suspensiones: Otro grave problema que sucede, principalmente, por el alto coste que tiene el cambio de neumáticos en tiempo y forma y al que muchos conductores renuncian intentando estirar al máximo la vida útil de sus ruedas. Circular con gomas que tengan una profundidad de dibujo inferior al límite legal (1,6 mm), que presenten un desgaste irregular o que muestren cortes o deformaciones en los flancos es ya obviamente motivo inmediato de suspenso en la ITV. 4-Frenos: las deficiencias en la frenada (descompensación entre ruedas del mismo eje o un desgaste excesivo de pastillas y discos) representan ya el cuarto gran motivo de rechazo en las inspecciones. Los excesos de emisiones contaminantes son la segunda causa de suspenso en la ITV, acaparando el 22% del total de rechazos. Ante esta realidad, que genera además graves repercusiones para los conductores, desde Norauto, líder europeo en equipamiento y mantenimiento multimarca del automóvil, aconsejan ya que los usuarios que se presenten a la ITV revisen al menos los puntos considerados críticos para evitar los rechazos. “La mayoría de los suspensos en la ITV se deben a elementos que el propio conductor puede comprobar visualmente o solucionar con una revisión rápid a en el taller. Acudir a la estación 'a ciegas' suele traducirse en pérdidas de tiempo y un estrés innecesario”, recomienda Xavier Celda Sanchis, Market Manager Taller de Norauto España. Los elementos que debes verificar visualmente antes de ir a la ITV En concreto, desde Norauto nos aconsejan verificar ya los siguientes pequeños detalles antes de acudir a la cita obligatoria con la ITV. Atentos: Elementos exteriores: el estado de los limpiaparabrisas y que el líquido del lavaparabrisas esté lleno. Los espejos retrovisores deben estar firmes y sin roturas. Habitáculo interior: todos los cinturones de seguridad deben abrocharse y anclarse correctamente. Además, los testigos del cuadro de instrumentos deben apagarse al arrancar el motor (especialmente el de Check Engine o los del airbag). Documentación obligatoria: es indispensable llevar el original de la Tarjeta de Inspección Técnica (Ficha Técnica) y el Permiso de Circulación. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/suspenso-ya-amenaza-en-itv-20-coches-son-ahora-rechazados-sobre-todo-por-dos-fallos_334429_102.html
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16 de octubre de 2026 El suspenso ya amenaza en las ITV: un 20% de coches son ahora rechazados sobre todo por dos fallos Los últimos datos de ITV son muy preocupantes: hasta 1 de cada 5 coches suspenden la inspección obligatoria y el 30% de los vehículos que deben acudir a las pruebas no se presenta. Te contamos qué fallos y defectos se están convirtiendo en la pesadilla de los conductores. El suspenso ya amenaza en las ITV, un 20% de coches son ahora rechazados sobre todo por dos fallos El suspenso es ya una amenaza más real que nunca en las estaciones de ITV de España. Esta puede ser una de las principales conclusiones que extraemos de los últimos datos de inspecciones conocidos en nuestro país, que advierten de que el nivel de rechazos ha crecido hasta alcanzar ya casi el 20 por ciento. Es decir, uno de cada cinco vehículos que se presentarán este año a las pruebas obligatorias tendrán que repetir por ser rechazados. Y eso, claro, entre los vehículos que acuden a la ITV. Porque otro grave problema que conocemos de las últimas estadísticas es que, de nuevo, el absentismo en las inspecciones obligatorias es muy preocupante. En concreto, el 30 por ciento de los modelos que deben acudir a las pruebas de revisión del estado del vehículo no se presenta y sigue circulando por las carreteras con la pegatina caducada. Y es un grave problema para la seguridad, que ni las multas de entre 200 y 500 € logran resolver. Dos sistemas generan ya casi la mitad de los rechazos en la ITV Conocidos pues los datos principales, ¿cuáles son los fallos que están provocando hoy tantos suspensos ya en las ITV? Además claro de un cada año mayor envejecimiento del parque, cuya media se sitúa ya en una preocupante edad de 14,6 años, de las más elevadas de Europa, dos sistemas son los que están generando más rechazos debido a la constatación de defectos graves o muy graves en la primera revisión: el sistema de alumbrado y el de emisiones contaminantes. Los fallos en los sistemas de alumbrado y señalización acumulan ya el 23 por ciento de los suspensos en la ITV. Aunque según el período estadístico uno u otro sistema se sitúa en primer o segundo lugar, los fallos registrados en ambos son muy similares y causantes de la mayoría de suspensos, de casi el 50 por ciento. Ahora mismo, los fallos de alumbrado acumulan hasta el 23 por ciento de los rechazos, mientras que los excesos de emisiones contaminantes generan el 22 por ciento, según datos de la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV), una organización que ejerce casi como patronal al reunir a la práctica totalidad de estaciones de España. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/suspenso-ya-amenaza-en-itv-20-coches-son-ahora-rechazados-sobre-todo-por-dos-fallos_334429_102.html
