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Lo único que con esos separadores vas fuera del límite legal del ancho de vías, pero también se podría homologar.

 

Enviado desde mi GT-I9300

 

Eso de los separadores que es??... Para que la rueda salga para fuera???.... Sin ellos quedaria muy adentro??... Yo no tengo intencion de ponerselos...

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Lo único que con esos separadores vas fuera del límite legal del ancho de vías, pero también se podría homologar.

 

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Eso de los separadores que es??... Para que la rueda salga para fuera???.... Sin ellos quedaria muy adentro??... Yo no tengo intencion de ponerselos...

 

Sí, para que la llanta quede más hacia afuera. Yo igual le pongo unos en las traseras, con una 8x18 creo que con 10mm tengo suficiente para mejorar visualmente.

 

s2!

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Lo único que con esos separadores vas fuera del límite legal del ancho de vías, pero también se podría homologar.

 

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Eso de los separadores que es??... Para que la rueda salga para fuera???.... Sin ellos quedaria muy adentro??... Yo no tengo intencion de ponerselos...

 

Sí, para que la llanta quede más hacia afuera. Yo igual le pongo unos en las traseras, con una 8x18 creo que con 10mm tengo suficiente para mejorar visualmente.

 

s2!

 

Yo llevo una de 17"... Como crees que quedaria solo bajarlo??

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Lo único que con esos separadores vas fuera del límite legal del ancho de vías, pero también se podría homologar.

 

Enviado desde mi GT-I9300

 

Eso de los separadores que es??... Para que la rueda salga para fuera???.... Sin ellos quedaria muy adentro??... Yo no tengo intencion de ponerselos...

 

Sí, para que la llanta quede más hacia afuera. Yo igual le pongo unos en las traseras, con una 8x18 creo que con 10mm tengo suficiente para mejorar visualmente.

 

s2!

 

Yo llevo una de 17"... Como crees que quedaria solo bajarlo??

Hombre los separadores son algo secundario

ya con los muelles ganas mucho en estética. Además si luego quieres ponérselos puedes hacerlo tu mismo, no son muy caros.

 

 

 

Enviado desde mi GT-I9300

 

 

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Lo único que con esos separadores vas fuera del límite legal del ancho de vías, pero también se podría homologar.

 

Enviado desde mi GT-I9300

 

Ojo con esto...

 

A mi nunca me ha quedado claro del todo. La reforma de marzo de 2012 modifico los Anexos I y II del Real Decreto 957/2002, de 13 de septiembre, donde se especifica el tema de reformas de importancia en vehiculos... y en la nueva redaccion dice:

 

 

MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS

 

PREÁMBULO

Se debe entender que una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo y que no cambie las características por las que un vehículo puede ser definido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a las prescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos, no debe ser considerada como reforma del vehículo.

 

Esta Primera Revisión del Manual de Reformas de Vehículos será de aplicación a partir el 1 de junio de 2012, pudiéndose utilizar opcionalmente a partir de la fecha de su publicación en la página WEB del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

 

DESCRIPCIÓN: Modificaciones que afecten a la configuración de ejes y ruedas

 

4.4.- Modificaciones o sustituciones en ruedas o instalación/desinstalación de separadores de ruedas que impliquen

modificación del ancho de vía

 

 

INFORMACIÓN ADICIONAL

 

Esta reforma no podrá efectuarse cuando implique riesgo de interferencias con otras partes del vehículo.

Solo se requerirá proyecto técnico cuando se excedan los 60 mm de ancho de vía en el caso de turismos y 150 mm en el caso de todoterreno.

El Informe de Conformidad deberá asegurar la compatibilidad entre llanta y neumático.

 

Esta reforma obliga a la incorporación de protección lateral, sistema antiproyección y protección trasera para vehículos que en la fecha de matriculación no era obligatoria la incorporación de estos dispositivos, aunque la reforma no afecte a estos Actos Reglamentarios.

 

Los Actos Reglamentarios relativos a protección delantera contra el empotramiento, protección de los peatones y sistemas de protección delantera no se exigirán a los vehículos matriculados antes de la fecha de obligatoriedad marcada en el Real Decreto 2028/1986 para estos Actos Reglamentarios.

En caso de que la reforma incluya la sustitución del dispositivo de protección trasero, se aplicará la directiva a último nivel.

 

Fuente: http://www.minetur.g...1_Marzo2012.pdf

 

Asi que me parece que los "famosos" 3cm son por rueda y no por eje...

 

Ahi lo dejo por si alguien tiene la curiosidad de investigar algo mas...

 

Saludos! :thumbsup:

Editado por Super-Raton
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