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  3. Con el nuevo impuesto al diésel, llegar el depósito de un coche de gasóleo se encarecería hasta 6 euros. De llevarse finalmente a la práctica “obligada” por Bruselas, este denominado impuesto al diésel supondría un encarecimiento estimado del litro de diésel de entre 7 y 11 céntimos de euros, elevando así hasta un 25% su coste en las gasolineras. La OCU incluso realizó una estimación del sobrecoste que supondría para un propietario particular, calculando un precio de hasta casi 6 € más por llenado de un vehículo medio: se pagarían más de 102 € más al año en combustible. Nueva tasa a coches diésel y gasolina por circular por las ZBE Sin embargo, no es este el único impuesto a los coches de combustión que ya sobrevuela en España. Tal y como te venimos contando también desde finales del año pasado, la nueva Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, ya aprobada y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 4 de diciembre y vigente desde el pasado 5 de diciembre de 2025, promueve además desde el Gobierno la opción de que los ayuntamientos impongan nuevas tasas a estos vehículos térmicos por circular por las Zonas de Bajas Emisiones. Como si no fuese ya suficiente con las restricciones de acceso. El Gobierno autoriza ya por ley a que los ayuntamientos puedan establecer tasas a los coches de combustión por circular por las Zonas de Bajas Emisiones. Englobada esta posibilidad dentro de un marco normativo que busca reducir la contaminación urbana, el Gobierno lo que pretende no es imponer nuevas regulaciones, sino habilitar a los ayuntamientos para que puedan decidir las políticas de las Zonas de Bajas Emisiones en sus ciudades, y como novedad autorizando ahora oficialmente a que impongan, si lo desean, nuevas tasas para la circulación de los vehículos de combustión a modo de desincentivación de su uso. La tasa sería equiparable a estacionar en un párking público Esta nueva norma jurídica llega ahora añadida oficialmente a través de una nueva letra v) al apartado 3 del artículo 20 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, autorizando así textualmente ya a las entidades locales a gravar la circulación de vehículos que superen los límites o categorías máximas permitidas en las ZBE, y pudiendo determinar de manera autónoma la cuota tributaria aplicable a cada vehículo. Aun así, desde el Gobierno han querido también ofrecer una recomendación de posible tasa a imponer en esta misma Ley 9/2025 aprobada, que se basaría en usar como valor de referencia para este nuevo impuesto de circulación el coste que habría tenido que pagar un coche diésel o gasolina si hubiese estacionado en un aparcamiento público. Esperaremos ahora a comprobar si en los próximos meses, una vez abierta la posibilidad, algún ayuntamiento se decide a imponer estas tasas o no. Apostamos a que antes de las próximas elecciones municipales no sucederá. Luego, veremos… FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dos-nuevos-impuestos-coches-diesel-gasolina-pueden-limitar-su-uso-en-espana_328746_102.html
  4. 23 de junio de 2026 Los dos nuevos impuestos a los coches diésel y gasolina que pueden limitar su uso en España España sigue firme en su propósito de retirar gradualmente del mercado a los coches de combustión y dos nuevas tasas, ya negociadas por el Gobierno, siguen amenazando los costes de sus propietarios. Los dos nuevos impuestos a los coches diésel y gasolina que pueden limitar su uso en España El debate parece ya eterno, pero sigue sin solucionarse. Coches de combustión, ¿sí o no? Europa parecía tenerlo claro, pero ahora se lo piensa. España, sin embargo, no. Y es que nuestro Gobierno sigue siendo uno de los mas firmes defensores del coche eléctrico, junto a Francia, y lo ha demostrado hace solo unos días enviando una carta en la que hasta 7 países de la UE defienden conjuntamente la decisión de no prorrogar la prohibición de venta de los vehículos diésel, gasolina e híbridos ya fijada inicialmente para el año 2035. En frente, eso sí, sigue teniendo a otros estados, como Alemania o Italia, y la industria del automóvil. Esta decisión, ya totalmente por tanto confirmada, viene a respaldar las políticas que el Gobierno sigue queriendo implementar en España con el objetivo de asfixiar al coche de combustión, como vienen demostrando también las Zonas de Bajas Emisiones, ratificadas por cierto esta semana en el Congreso de los Diput*dos a diferencia, aquí sí, de Francia, donde la Asamblea Nacional ha decidido derogarlas todas por considerarlas discriminatorias. La UE presiona a España para que apruebe el impuesto al diésel Pues bien, en este contexto, dos nuevos impuestos llevan tiempo planeando sobre los propietarios de coches diésel y gasolina en España y amenazan con limitar aún más su uso a base de incrementar sus costes. El primero de ellos ya es un viejo conocido: el temido impuesto al diésel, una equiparación en la práctica de los tributos a la gasolina y al gasóleo que el Gobierno lleva queriendo introducir desde la negociación de los Presupuestos Generales de 2021, hasta ahora sin éxito. El problema es que la UE sigue presionando para que nuestro país los implemente. El Gobierno prometió a la UE una reforma fiscal para equipara fiscalemte al diésel con la gasolina y Bruselas exige ahora su implantación. Y es que, a estas horas, la Comisión Europea sigue manteniendo retenidos nada menos que 475 millones de euros vinculados a la reforma fiscal que el Gobierno prometió y en la que se comprometía a equiparar estos tributos al diésel y a la gasolina con el objetivo de no incentivar más a un coche diésel que debe ir en recesión en el mercado. Esta medida, que encarecería el litro de combustible, sigue encima de la mesa del Ejecutivo, como ya confirmó hace solo unas semanas el propio ministro de Economía y vicepresidente primero del Gobierno, Carlos Cuerpo. El ministro de Economía aseguraba entonces que España “no renunciaba” a esta equiparación fiscal, a pesar de que, tal y como ha contado también recientemente el portal elDiario.es, el Gobierno trata ahora in extremis de convencer a la Comisión Europea de que no puede aprobar esta medida tributaria ante los problemas generados con la Guerra en Irán y el elevado coste ya de los combustibles. El Ejecutivo espera que la UE sea sensible a la actual situación geopolítica y no condiciones los fondos europeos finalmente a este objetivo. El llenado de un coche diésel podría encarecerse casi 6 € “Como se puede imaginar, estamos en una situación ahora mismo donde es difícil plantear también a nivel doméstico una subida de la fiscalidad del diésel”, ha confirmado recientemente en Bruselas Carlos Cuerpo. El problema es que esta implementación siempre ha sido prioritaria para la Comisión Europea, que sigue condicionando las ayudas a su aprobación. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/dos-nuevos-impuestos-coches-diesel-gasolina-pueden-limitar-su-uso-en-espana_328746_102.html
  5. Hoy
  6. ZBE Madrid El resto de las multas también descienden Lo que más curioso nos ha parecido de los datos publicados por el Ayuntamiento es que no solo bajan las multas por las Zonas de Bajas Emisiones, sino que también siguen la misma tendencia otro tipo de infracciones que suelen ser más habituales. En concreto, desde el consistorio señalan que descendieron un 15% en el citado mes de enero, con una caída de más de 35.000 sanciones. Una de las que señalan como que han bajado bastante han sido las relacionadas con estacionar de forma irregular en doble fila. En este caso han registrado un 20% menos, cifra bastante similar a la registrada en las relacionadas con aparcar en los carriles bus (aquí es un -24%). Mientras los conductores que sobrepasaron un semáforo en rojo fueron un 29% menos en comparación con los datos del pasado año. Las multas por saltarse un semáforo en rojo también bajaron en Madrid Dentro de este descenso generalizado de las multas, también se ha querido reseñar que las denuncias por hablar por teléfono mientras se conduce solo caen un 5%, bastante lejos de la tendencia remarcada en este artículo, como también sucede con las relacionadas con el estacionamiento regulado, que solo bajaron un 0,65%. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-ciudad-se-acaba-su-gran-chollo-bajan-notablemente-multas-zona-bajas-emisiones_328747_102.html
  7. 23 de junio de 2026 A esta ciudad se le acaba el chollo: bajan notablemente las multas en su Zona de Bajas Emisiones Tomando como referencia los datos registrados en el mes de enero, han descendido nada menos que un 46% las multas relacionadas con la zona de bajas emisiones. A esta ciudad se le acaba su gran chollo: baja notablemente las multas en su zona de bajas emisiones Está claro que al Ayuntamiento de Madrid no le ha gustado nada las informaciones sobre que cada vez ponen más multas y ganan más dinero (todavía referidas a datos del 2025) y ha querido salir al paso. Lo ha hecho ofreciendo los datos que tienen del mes de enero, en los que se aprecia un descenso generalizado de la mayoría de las sanciones. ¿Será una tendencia para 2026 o solo un dato aislado? Precisamente uno de los datos que más se ha querido destacar por parte del consistorio de la capital es el descenso que se ha producido en las multas relacionadas con las zonas de bajas emisiones. En concreto han anunciado una bajada del 46%, pasando de las 93.494 de 2025 a las 50.423 sanciones de este año. Y como sabemos, esta precisamente es una de las partidas que más dinero da a las arcas municipales. La ZBE de Madrid está registrando menos multas en 2026 Quizás puede haber sido porque los conductores, ya sean de Madrid o de fuera, se han aprendido bien las normas y condiciones de la ZBE. Esto se demuestra porque caen las multas tanto en la Zona de Especial Protección Distrito Centro, con un 25% menos, en la Zona de Especial Protección de Plaza Elíptica, con una bajada del 36% y un 61% si tenemos en cuenta toda el área de Madrid, que es hasta donde se extiende ahora al área restringida actual. Como ya sabemos, el propio Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso presentado por el Ayuntamiento de Madrid contra la sentencia que ya anuló en su día la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), reabriendo una realidad de trascendencia para miles de conductores. Varias asociaciones piden ya la devolución de las multas, pero por ahora el Ayuntamiento se muestra reacio. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-ciudad-se-acaba-su-gran-chollo-bajan-notablemente-multas-zona-bajas-emisiones_328747_102.html
  8. En autopistas y autovías, cuando la circulación quede dificultada a causa de la nieve, queda prohibido adelantar. Novedades en la circulación por vías urbanas En pasos para peatones con semáforo, como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones. Se dota de entidad jurídica a los caminos escolares seguros, definiéndolo como aquel conjunto de vías acondicionadas por la autoridad competente para favorecer que los niños y las niñas se trasladen a los centros escolares caminando, en transporte público o utilizando medios de movilidad no motorizados. Se regula la maniobra de estacionamiento de las autocaravanas, que no podrán extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo, considerando como tal la proyección en planta, deberán descansar sólo sobre neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo Cuándo entran todas las normas en vigor Como hemos avanzado, el real decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros entrará en vigor el día 1 de octubre de 2026, excepto los artículos referidos al alumbrado obligatorio para VMP y al casco homologado para usuarios de motocicletas que lo harán el 1 de octubre de 2027. Mientras tanto, la DGT comunica también que el artículo relativo a la obligación de guantes de protección homologados se hará efectivo cuando entre en vigor la orden ministerial que regule sus especificaciones técnicas. Así que, de momento, se utilizarán guantes de protección de las mismas características de los que se usan en la actualidad. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/prohibido-adelantar-con-mal-tiempo-motos-ya-por-arcen-nuevas-normas-aprobadas-por-gobierno_328772_102.html
  9. Nuevas normas que afectan a motos y motociclistas Es obligatorio el uso de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas son una infracción grave cuya sanción económica es de 200 euros. Se permite la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, sin exceder la velocidad de 30 kilómetros/hora y previa señalización del tramo. Los cascos de protección de los usuarios de ciclomotores tendrán que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados. Los riders que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento. Es una infracción grave con sanción económica de 200 euros. Las motos ya podrán circular legalmente por los arcenes a partir de octubre de 2026, bajo determinadas circunstancias. Nuevas normas de Equipamiento de protección Se suprimen las exenciones al uso del cinturón de seguridad que existían para conductores de taxi, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción. A partir de ahora deberán llevarlo puesto en todo momento. Se establece una excepción que ampara a pasajeros de las ambulancias asistenciales acondicionadas para permitir asistencia técnico-sanitaria en ruta cuando en servicio de urgencia ocupen habitáculo del paciente. Novedades en la circulación por vías interurbanas Los vehículos que rebasen a otros inmovilizados ya sea por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deben dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía. En autopistas y autovías, cuando la circulación quede dificultada a causa de la nieve, queda prohibido adelantar y se circulará únicamente por el carril de la derecha dejando expedito el de la izquierda para la circulación de los vehículos de emergencia y quitanieves. Cuando, con motivo de una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia, espacio denominado “carril de emergencia”. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/prohibido-adelantar-con-mal-tiempo-motos-ya-por-arcen-nuevas-normas-aprobadas-por-gobierno_328772_102.html
  10. A continuación, detallamos una a una todas las nuevas normas y modificaciones aprobadas por el Consejo de Ministros, en función al tipo de conductor o vehículo al que afecta. Ponemos en negrita las más relevantes e importantes, para que las podáis identificar rápidamente: Nuevas normas para conductores de vehículos de movilidad personal (VMP) Fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP. Deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad. Los profesionales que circulen en VMP deberán utilizarlo en todo momento. Ambas son una infracción grave con sanción económica de 200 euros. Estos vehículos deberán llevar siempre encendido el alumbrado. Fuera de los núcleos urbanos, se puede permitir la circulación de los VMP por vías segregadas de vehículos a motor, tales como vías ciclistas o carriles bici. El Gobierno fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP. Nuevas normas que afectan a ciclistas Se suprimen las exenciones de uso del casco y todos los ciclistas deberán llevar casco en vías interurbanas. Aquellos ciclistas que desarrollen su actividad profesional en este vehículo (riders) deberán hacer uso en todo momento de casco de protección y chaleco reflectante. Ambas situaciones son una infracción grave con sanción económica de 200 euros. El conductor que adelanta a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía. Además, en calzadas con más de un carril por sentido, el conductor que adelanta debe cambiar completamente de carril, además de dejar la separación lateral de 1,5 m. En vías urbanas: Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad. Los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril. En aquellas de un solo carril donde esté limitada la velocidad a 30 kilómetros/hora o inferior, y previa señalización, la autoridad municipal podrá permitir la circulación de las bicicletas en los dos sentidos de circulación. El conductor que adelanta a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite máximo. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/prohibido-adelantar-con-mal-tiempo-motos-ya-por-arcen-nuevas-normas-aprobadas-por-gobierno_328772_102.html
  11. 23 de junio de 2026 Prohibido adelantar con mal tiempo o motos ya por arcén: las nuevas normas aprobadas por el Gobierno Por sorpresa, el Consejo de Ministros acaba de actualizar el Reglamento General de Circulación añadiendo novedades tan importantes como la prohibición de adelantar en carreteras con nieve, la autorización a que las motos circulen por el arcén en determinadas situaciones o la nueva edad mínima de 15 años para conducir un Vehículo de Movilidad Personal. Te las detallamos todas. Prohibido adelantar con mal tiempo o motos ya por arcén, las nuevas normas aprobadas por el Gobierno Ya es oficial. Veníamos todo el año hablando de la que la DGT tenía previsto introducir grandes novedades en el Reglamento General de Circulación y la bomba acaba de saltar. El Consejo de Ministros acaba de aprobar este mismo martes un nuevo real decreto, que entrará mayoritariamente en vigor a partir del 1 de octubre de 2026 y que introduce nuevas normas que afectan a todos los usuarios, desde automovilistas a motociclistas, ciclistas y conductores de Vehículos de Movilidad Personal. El objetivo prioritario de esta actualización del Reglamento General de Circulación es “mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía, concepto en el que están englobados peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de movilidad personal (VMP)”, según acaba de comunicar el Ministerio del Interior. La DGT, que ha estado detrás del desarrollo de las nuevas normativas, busca adaptar ya el reglamento a la nueva movilidad. Novedades más importantes aprobadas por el Ministerio del Interior Antes de detallar cada uno de los cambios, y a qué vehículos o conductores afectan, te enumeramos algunas de las grandes novedades de esta aprobación, como son la ya esperada prohibición de adelantar con nieve para circular solo por el carril de la derecha para permitir la circulación de los vehículos de emergencia; la fijación de 15 años de edad mínima para conducir un VMP, es decir, un patinete o una bicicleta eléctrica; la obligación a coches de reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de una vía cuando adelante a un ciclista; el uso obligatorio de guantes de protección para conductores y pasajeros de motos y ciclomotores en vías interurbanas; o la posibilidad de que las motos circulen por el arcén derecho cuando exista congestión de tráfico. Infografía de la DGT con la nueva norma que prohibirá adelantar con mal tiempo. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/prohibido-adelantar-con-mal-tiempo-motos-ya-por-arcen-nuevas-normas-aprobadas-por-gobierno_328772_102.html
  12. El colectivo de motociclistas aplaude sin duda esta iniciativa, pero con matices. Y es que el director del departamento de Seguridad Vial de la Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas (IMU), Juan Carlos Toribio, considera que la norma “viene condicionada por la velocidad máxima de 30 km/h que incluso nosotros la habíamos solicitado también, pero una segunda condición supone un lastre importante para la práctica de la descongestión y la reducción del riesgo en retenciones 'Previa señalización del tramo'. Esta segunda condición deberá aclararse o reformarse para una utilidad práctica real”, ha puntualizados sobre una medida de momento anunciada pero no explicada al detalle. Prohibido circular con chanclas y guantes obligatorios en conductor y pasajeros de las motos No será sin embargo esta la única norma que afectará en el nuevo Reglamento a los motoristas, ya que la polémica aumenta aún más con otras tres importantes modificaciones ya introducidas. La primera, y más relevante, “el obligatorio uso de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías”. Los guantes de protección en vías interurbanas y el calzado cerrado siempre, nuevas normas obligatorias en motos. En el caso del calzado cerrado supondrá, ya desde el 1 de octubre, que no se pueda circular en moto por ejemplo con chanclas, ni con muchas sandalias, mientras que la obligación de los guantes de protección será efectiva a partir de que entre en vigor una nueva orden ministerial que regule sus especificaciones técnicas, según ha informado la DGT. Estas dos nuevas normas, los guantes de protección y el calzado cerrado obligatorio, se considerarán ya infracciones graves con multas de 200 euros. Denuncian afán recaudatorio de la DGT En este sentido, el departamento de Seguridad Vial de Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas (IMU) sí ha criticado más abiertamente el uso obligatorio de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas, considerando que “el Ministerio de Interior y su DGT no tienen como fin último la reducción de las lesiones incompatibles con la vida, más bien se centra en una posible reducción de las bajas laborales o busca un incremento de las denuncias y por tanto, de las sanciones. Esta realidad es indiscutible", ha señalado Juan Carlos Toribio en declaraciones a Europa Press. Por último, el nuevo Real Decreto introduce otras dos modificaciones importantes, como son que “los cascos de protección de los usuarios de ciclomotores tendrán que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados”, una normativa por su parte que entrará en vigor el 1 de octubre de 2027 y por la que se da por tanto una moratoria de un año respecto a la mayoría de nuevas regulaciones, y que “los riders que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento”, otra normativa que llegará ya este próximo octubre, bajo consideración de infracción grave y multa de 200 euros. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/las-motos-pueden-circular-ya-por-arcenes-llevar-obligatoriamente-guantes-conductor-pasajeros_328788_102.html
  13. 24 de junio de 2026 ¡Las motos pueden circular ya por arcenes! Y llevar obligatoriamente guantes conductor y pasajeros Pese a ser una acción habitual, hasta ahora si una moto circulaba en cualquier situación por un arcén suponía multas de 200 euros. Muy pronto, sin embargo, ya no siempre, porque la DGT aprueba nuevas normas para la circulación de motos y motociclistas, algunas muy reclamadas y otras hoy criticadas. Te las contamos todas. Las motos pueden circular ya por arcenes, y llevar obligatoriamente guantes conductor y pasajeros Por fin la DGT cumple con su promesa y, tal y como lleva ya anticipando desde hace más de dos años, cuando incluso una publicación en su revista oficial, Tráfico y Seguridad Vial, anticipaba importantes modificaciones, actualiza ahora el Reglamento General de Circulación para aceptar viejas reivindicaciones del colectivo de motociclistas, pero de paso para aprobar nuevas normas que no les han sentado francamente del todo bien. Y es que, 2 años después, ya es oficial y el Consejo de Ministros decidió ayer aprobar un nuevo real decreto que entrará mayoritariamente en vigor a partir del 1 de octubre de 2026 y que introduce importantes novedades de tráfico, especialmente para los motoristas. Si quieres leer todas las novedades de la actualización del Reglamento General de Circulación, entra aquí en esta noticia, porque ahora nos vamos a detener en todas las modificaciones que afectan a las motos. Las motos podrán circular por el arcén en determinadas situaciones y con condiciones Sí, porque a pesar de que la moto siempre ha sido un medio de transporte ideal para moverse entre calles y acceder a diario a las grandes ciudades, sobre todo a las más congestionadas y con continuos atascos, siendo habitual ver cómo siempre estos vehículos de 2 ruedas adelantan entre carriles e incluso superan por el arcén situaciones de alta densidad circulatoria, estas prácticas eran ilegales y suponían multas de 200 euros. Muy pronto, sin embargo, ya no lo será. Las motos ya podrán circular legalmente por los arcenes a partir de octubre de 2026, pero bajo determinadas circunstancias. Porque, tras varios años de reivindicaciones del colectivo, el Ministerio del Interior por fin permitirá, textualmente, “la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, sin exceder la velocidad de 30 km/h y previa señalización del tramo”. Así lo indica ya el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros, que se hará en este caso efectivo a partir del próximo 1 de octubre. Para ello, la DGT ha modificado ya el capítulo 36 del Reglamento General de Circulación, en su punto 3, para permitir a las motocicletas circular por el arcén de la derecha de todo tipo de vías con atascos y retenciones, eso sí bajo determinadas condiciones muy particulares, que son las que están sin embargo generando discordia también a estas horas. Críticas al apunte "Previa señalización del tramo" En principio, las condiciones aceptadas por la DGT serán que, en casos de atascos o retenciones, las motocicletas podrán circular por los arcenes de todo tipo de vías pero siempre y cuando no superen los 30 km/h de velocidad máxima y, también, siempre y cuando respeten la prioridad de paso de vehículos obligados ya por norma a circular por el arcén, como son por ejemplo las bicicletas o vehículos agrarios. La DGT aprueba una nueva normativa para permitir a las motos circular más fluidos en condiciones de atascos o congestión. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/las-motos-pueden-circular-ya-por-arcenes-llevar-obligatoriamente-guantes-conductor-pasajeros_328788_102.html
  14. Coyote Max, uno de los mejores avisadores de radares que hay en España. Lo que sigue siendo aplicable a los conductores y en España Según la Justicia europea, eso sí, todavía se permite la posesión de este tipo de dispositivos o aplicaciones de radar. Lo fundamental es su uso mientras se conduce. Las infracciones pueden ser sancionadas por ejemplo en Alemania con multas y la pérdida de un punto en el historial de conducció. Sin embargo, en España la legislación es diferente. En España, el uso de aplicaciones de avisos de radar (como Waze o Google Maps) es legal y no está sancionado por la Ley de Tráfico, ya que se limitan a informar al conductor basándose en alertas de la comunidad. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la DGT sí multa por manipulación de los dispositivos, con 200€ y 6 puntos, si se manipula el teléfono o la pantalla del coche para mirar la aplicación mientras conduces. La DGT lo equipara al uso del móvil. Lo que sí está completamente prohibido en España es el uso de Inhibidores y detectores de radar, con multas de hasta 6.000€ y 6 puntos. La ley sí prohíbe terminantemente llevar instalados dispositivos físicos diseñados para buscar, interferir o anular las señales de los radares. Además, alertar en directo y por ejemplo en redes sociales sobre la ubicación exacta de controles policiales o radares a través de ciertas plataformas sociales puede ser considerado una infracción grave bajo la Ley de Seguridad Ciudadana. La DGT marca grandes diferencias en la legislación entre avisador, detector e inhibidor de radares. En definitiva, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no ha emitido nuevas prohibiciones sobre las aplicaciones de alerta de radares de velocidad. Sin embargo, los jueces confirmaron que los Estados miembros de la UE pueden, bajo ciertas condiciones, emprender acciones legales contra los proveedores de dichos sistemas de alerta, incluso si estos proveedores tienen su sede en otros Estados miembros. La sentencia se centra principalmente en la cuestión de qué opciones tendrán las autoridades contra los proveedores de estos servicios en el futuro. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-prohibiciones-aplicaciones-alerta-radares-velocidad-en-union-europea_328805_102.html
  15. 24 de junio de 2026 Nuevas prohibiciones de aplicaciones de alerta de radares de velocidad en la Unión Europea ¿Están ya en peligro de extinción los dispositivos de alerta de radares para conductores? Las aplicaciones de advertencia podrían verse sometidas a una mayor presión, ya que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que los Estados miembros de la UE pueden emprender ya acciones legales contra los proveedores de estos sistemas. Nuevas prohibiciones de aplicaciones de alerta de radares de velocidad en la Unión Europea Cierto que el uso de aplicaciones de alerta de radares mientras se conduce ya está prohibido en Europa. Sin embargo, una nueva decisión de Luxemburgo otorga ahora a los Estados miembros de la Unión Europea la opción de tomar medidas más severas contra los proveedores de dichos servicios. Esto se aplica, en general, incluso si las empresas tienen su sede en otro país de la UE. El Tribunal de Justicia de la UE sentencia y reconoce excepciones El contexto de este caso son los asuntos acumulados C-188/24 y C-190/24, según informa hoy desde Alemania. En el centro de la cuestión se encontraba, entre otras cosas, el servicio Coyote, que informa a los conductores sobre diversos incidentes y controles de tráfico. En principio, en el mercado único europeo se aplica el principio del país de origen. Según este principio, los servicios digitales se rigen principalmente por la normativa del país donde tiene su sede la empresa. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), sin embargo, ha aclarado que son posibles excepciones a este principio si un Estado miembro considera necesarias medidas para proteger la seguridad o el orden público. Según el tribunal, los Estados pueden, por lo tanto, restringir la difusión de información sobre controles de tráfico específicos bajo ciertas condiciones . Sin embargo, dichas medidas deben cumplir con los requisitos legales europeos y los procedimientos establecidos. Google Maps es la principal aplicación de los conductores para evitar hoy los radares en las carreteras. El sistema francés fue el foco de atención El detonante ha sido un procedimiento francés. En ese país, las autoridades pueden, en determinadas situaciones, definir zonas con límites de tiempo y ubicación en las que no se pueden transmitir las advertencias a los usuarios sobre los controles. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirmó en principio la posibilidad de adoptar tales reglamentos. Al mismo tiempo, los jueces dejaron claro que los Estados miembros deben respetar normas procesales estrictas. El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece textualmente ahora lo siguiente: «...estas obligaciones constituyen normas procesales esenciales que justifican que no puedan invocarse contra particulares medidas no notificadas que restrinjan la libre circulación de servicios de la sociedad de la información...» (TJUE, asuntos C-188/24 y C-190/24, apartado 98). La responsabilidad, ¿ya de los proveedores? Para países como Alemania, la decisión resulta particularmente interesante porque la situación legal de los conductores ya está bastante establecida. Según el artículo 23, apartado 1c, del Reglamento de Tráfico germano, los conductores tienen prohibido utilizar dispositivos o aplicaciones que muestren o interfieran con las medidas de control de tráfico. Esto incluye muchas aplicaciones de alerta de radares de velocidad en teléfonos inteligentes o dispositivos de navegación. En la práctica, hasta ahora los controles se han centrado principalmente en los usuarios. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea abre la posibilidad de dirigir los controles más directamente a los proveedores de dichos servicios. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-prohibiciones-aplicaciones-alerta-radares-velocidad-en-union-europea_328805_102.html
  16. Ayer
  17. Yow_A3

    PVC Hose gasket

    Hi! Richies16! Wellcome to Audisport iberica !! The moderator wants to help and asks: Could you tell the car's model, version and year , please?.. Thanks
  18. Yow_A3

    Audi q5

    BIENVENIDO a este subforo de presentaciones Chou81!! Hola Chusca81 !! Primeramente permíteme que te comunique nada mas que como info,por si las desconoces...que como nuevo miembro , aunque no lo seas tienes una serie de normas y restricciones y son estas... http://www.audisport-iberica.com/foro/topic/258175-nuevo-grupo-en-el-foro-novatos/#entry3212565 Enhorabuena por tu decisión de unirte a nosotros!!!,Gracias por compartir experiencias!!!! Seguro te ayudará en esa reciente adquisición!!!.. Y este será tu foro,a tu alcance,con la información ilimitada que se pueda disponer!!.. Agradecerte de la misma manera ,agradecerte toda la colaboración que puedas aportar de tu parte y puedas devolver la sabiduria adquirida!!! ..Si lo deseas ,a la espera quedamos de una fotaza, AQUI, en esta misma presentación !Co la matricula oculta para mayor seguridad . Y existe ,como has podido comprobar,un subforo especifico para ese modelo,los más indicados para consultar e informarte ,están ahí ,y te ayudarán en todo lo que necesites y adquirirás conocimientos de la manos que más conocen ese cochazo!! Si no lo has hecho , presentate allí ,también!!.. Gracias por tu colaboración!!! Y existen PRCS ( punto de reunión del Club/ foro en tu localidad) . Y como has podido comprobar , se hacen QDDs, Con las debidas y rigurosas medidas de seguridad . No dejes de pasarte por su hilo y presentarte!!.. Colabora todo lo que puedas y quieras. Que disfrutes mucho del maravilloso mundo de los cuatro aros y de todo lo que en si te ofrece este foro!.. Las personas que constituimos este gran Club somos los socios ,ANIMATE a formar parte de el y ASÍ fomentar el conocimiento de este foro y no solo de insignia ,si no de amistad,y aportar un poco mas de ti para seguir creciendo día a día y seguir viviendo y sintiendo esa verdadera pasión por los cuatro aros! Espero que pronto te quedes a formar parte de este Club como SOCIO ,por mucho tiempo!! ANIMATE!!:: GRACIAS por presentarte! Cualquier duda no dudes en decirnoslo y te ayudaremos en todo lo que podamos !!! Saludos Cordiales
  19. Yow_A3

    Ilusionado

    Muchas Gracias a ti!..y del mismo modo agradecerte tu colaboración tambien.Aqui la/ las esperamos!.. Un Cordial Saludo.
  20. Welcome to Audisport Iberica. Please feel free to browse around and get to know the others. If you have any questions please don't hesitate to ask.

  21. Hola Tengo un audi A3 2011 3 puertas con el siguiente problema: El mando dejo de funcionar, no abre , no cierra, no prenden las luces ni nada. Lo reviso un cerrajero automotriz y funciona correctamente (da señal, tiene pila, etc) Al intentar abrir el auto con la llave no abre ni hace nada, y al girarlo para cerrar se encienden los intermitentes y se escucha el accionar de un pestillo (creo que de la tapa de la gasolina) Intentaron abrirlo haciendo espacio entre la puerta y las manillas interiores no abren el auto ni tampoco se desbloquea con el boton de dentro. Lo unico que pudimos hacer fue abrir el capot el cual mantengo aun abierto por si sirviera de algo. El cerrajero me recomienda hacerle un agujero al portalon por donde esta va la patente para acceder al mecanismo de la puerta y abrirlo sin hacerle mucho daño al vehiculo. Pero no consigo dar con algun video o imagen referencial para hacer la perforacion correcta. Agradezco cualquier recomendacion.
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  23. A mí me interesa cambiar LCD de mi Audi A3 8L 2002, por si sigues dedicándote a ello
  24. Buenas noches. Tengo un Audi A3 8V, al que me gustaría poder actualizar los mapas, pero no sé si, para ello, me toca pasar por el concesionario o hay alguna otra manera de hacerlo. Por otra parte, me gustaría saber si es posible tener DAB+ en mi MMI sin tener que instalar una antena pegada al cristal de mi coche. Es posible cambiar el MMI por otro que lleve la opción de DAB+ o esta opción no es posible? Gracias
  25. Ya estaba el domingo mordiéndome las uñas esperando el video de mi serie favorita...mañana lo disfrutaré Yo también he usado más de una vez el limpia chimeneas del mercadona y va de lujo. Mientras que no lo dejes muchísimo tiempo que si no ataca un poco al metal. Le daría con la karcher, luego limpia chimeneas y brocha, y otra de karcher
  26. vaya tela con tanto tecnicismo....me he quedado igual......jejejeje....has metido el coche en carretera 30 min a 3000rpm??.....eso ayuda
  27. muchas gracia!!
  28. Muchisimas Gracias a ti!!Animo con todos eses bricos y por documentar con fotoss!..ya sabes,este es tu presentación y ahora, puedes poner las que quieras!.. Encantados de ayudarte!.. Un Cordial Saludo .
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