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17/02/2020

 

 

 

Cuándo es delito el exceso de velocidad y otras penas graves de la DGT

 

 

Hay conductas de tráfico muy graves consideradas como delitos por la DGT con penas de hasta 5 años de prisión. Conducción temeraria, excesos de velocidad, alcohol y drogas al volante… Atento a estas sanciones.
 
 
 
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Toda conciencia en materia de tráfico y seguridad vial es poca. Por eso, la DGT vuelve a recordarnos a través de un gráfico muy ilustrativo cuáles son algunas de las sanciones más graves y que más penas pueden generar al volante, para que todos seamos conscientes al menos de lo que pueden costar ciertas imprudencias que, en muchos casos además, terminan trágicamente y con el fallecimiento de personas inocentes en carretera. Basta ya de muertes evitables en carretera.
 
 

Para ello, la DGT divide algunas de estas sanciones por su tipología, tal y como puedes ver en el gráfico que te mostramos más abajo. El exceso de velocidad, sin duda, es una de las sanciones más habituales en carretera, pero debes saber además que superar en 60 km/h la velocidad máxima permitida en vías urbanas, o en 80 km/h en interurbanas, se considera ya delito con penas de prisión de entre 3 a 6 meses, además de multa o hasta 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad y la pérdida del carné de conducir por un período de entre 1 y 4 años.

 

 

Por su parte, conducir bajo la influencia de drogas, sustancias psicotrópicas o del alcohol, siempre que la tasa en aire espirado sea superior a 0,60 mg/l, también puede acarrear penas de cárcel de hasta 3 meses, además de multas, trabajos en beneficio de la comunidad o pérdida del carné de conducir durante un máximo de 4 años. Además, debes saber que también está penado con hasta 1 año de cárcel negarse a someterse a las pruebas de alcohol y drogas.

 

 

 

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En cuanto a los delitos de conducción temeraria, en función a si es manifiesta por excesos de velocidad o alcohol, si es con desprecio manifiesto a la vida de los demás o sin haber puesto en riesgo la vida de terceros, las penas oscilan entre 6 meses y 5 años de prisión, además de importantes multas y pérdidas del carné de conducir por un mínimo de 1 año y hasta 10, con opción incluso de requisa del vehículo.

 

 

Acciones consideradas como de grave riesgo para la circulación pueden terminar en penas de prisión de 3 a 6 meses, mientras que conducir sin carné (tanto por pérdida de vigencia como por no haberlo obtenido nunca) puede suponer entre 6 meses y 2 años de cárcel.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/cuando-es-delito-el-exceso-de-velocidad-y-otras-penas-graves-de-la-dgt

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18/02/2020

 

 

La DGT te dará 2 puntos más del carné si realizas esta acción

 

 

La DGT quiere implantar algunos cambios próximamente con el objetivo de mejorar los conocimientos de los conductores y la seguridad al volante, premiándolo incluso con 2 puntos en el carné de conducir.
 
 
 
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Hasta ahora, la DGT siempre se ha centrado en mejorar la seguridad en las carreteras utilizando los accidentes y las multas como medidas instructivas, bien con duras campañas de publicidad o vigilando puntualmente aspectos claves en la circulación, como la ingesta de alcohol y/o drogas, los límites máximos de velocidad o el uso del cinturón de seguridad.
 
 

Sin embargo, tal y como llevan reclamando desdehace años las asociaciones de automovilistas, la DGT puede cambiar su forma de actuar y empezar a premiar a aquellos conductores que muestren un mayor interés en mejorar la seguridad al volante, mediante la realización de cursos de conducción segura, que ya ofertan diferentes escuelas.

 

 

No hay que confundir estos cursos con los ya existentes para la recuperación de puntos en el carné de conducir. En este caso son clases teóricas y prácticas en las que se explica el funcionamiento del vehículo en condiciones extremas, bien por conducción deportiva o relacionada con la meteorología y la conducción con lluvia, hielo o nieve.

 

 

Para premiar a estos conductores, El Economista asegura que la DGT se plantea regular estos cursos y establecer un marco común para ofrecer dos puntos más en el carné de conducir a quienes realicen con éxito estas pruebas. El objetivo es evidente: fomentar el reciclado de los conocimientos de los conductores y su puesta en práctica en la carretera para mejorar la seguridad.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/la-dgt-te-dara-2-puntos-mas-del-carne-si-realizas-esta-accion

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18/02/2020

 

 

 

Las principales multas que pone la DGT: cuánto cuestan y por qué

 

 

 

La DGT utiliza sus redes sociales para señalar cuáles son las infracciones más habituales que se ponen en nuestras carreteras. Además, avisan de los castigos que llevan aparejados.
 
 
 
 
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Una vez más, la DGT vuelve a utilizar sus redes sociales, y en concreto su cuenta de Twitter, para hacer pedagogía entre los conductores. Esta vez en relación a las infracciones más habituales que se cometen al volante y cuáles son las multas correspondientes si los agentes de tráfico “te cazan” cometiendo alguna de ellas. Todo ello acompañado de un pequeño reportaje en su revista interactiva.
 
 
Para resumir todas estas infracciones, la DGT ha publicado una imagen en la que se recogen las infracciones, los motivos y los castigos. Y seguro que no te equivocas si piensas cuáles son las tres infracciones más frecuentes. La primera, el exceso de velocidad, que está castigado con multas entre 100 y 600 euros, y resta de entre 2 y 6 puntos en el carné de conducir. Si, además, se supera la velocidad máxima permitida en 60 km/h en vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas, la infracción pasa a tener categoría de delito.
 
 
 
 
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Por detrás, la presencia de alcohol y/o drogas en sangre es la segunda más recurrente. Si el alcohol supera los 0,25 mg/l en aire expirado y de 0,15 mg/l en sangre es motivo de sanción y si la tasa alcanza los 0,60 mg/l en aire expirado también es un delito. La presencia de droga en sangre siempre es motivo de sanción muy grave y, por tanto, cualquiera de estas dos infracciones está castigada con multas de entre 500 y 1.000 euros y la resta de entre 4 y 6 puntos en el carné de conducir.

 

 

La tercera seguro que tampoco te sorprende. Utilizar el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo es motivo de sanción. En concreto de 200 euros de multa y 3 puntos menos en el carné de conducir, siempre que el teléfono móvil no se maneje con los sistemas de manos libres o comandos de voz. Conducir utilizando los auriculares también es sancionable.

 

 

Las otras infracciones más frecuentes

Era de esperar que el exceso de velocidad, la ingesta de alcohol y/o drogas y el uso del teléfono móvil sean las infracciones más frecuentes pues también son los principales motivos de los accidentes de tráfico, pero la DGT ha querido poner el foco en otras seis infracciones muy frecuentes.

 

 

En materia de seguridad pasiva, no utilizar el casco, el cinturón de seguridad o llevar como pasajeros a niños sin los sistemas de retención infantil pertinentes está castigado con 200 euros y tres puntos en el carné de conducir. En todos los casos anteriores no sólo es necesario llevarlos puestos, también utilizarlos correctamente.

 

 

Ya a la hora de circular, no respetar las señales semafóricas o de Stop también es de las infracciones más cometidas, ambas sancionadas con 200 euros y la resta de cuatro puntos en el carné de conducir. Del mismo modo, circular en sentido contrario o por un carril prohibido mantiene la multa de 200 euros, pero puede aumentar hasta 500 euros y los seis puntos en el carné de conducir.

 

 

Por último, el respeto a los demás también es una de las asignaturas pendientes entre los conductores. No respetar la distancia de seguridad o la prioridad de paso de ciclistas y peatones está castigado con 200 euros de multa y hasta cuatro puntos en el carné de conducir.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/las-principales-multas-que-pone-la-dgt-cuanto-cuestan-y-por-que

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19/02/2020

 

 

La Guardia Civil detiene a un camionero con el cinturón atado con una bolsa

 

 

Un camionero detenido por la Guardia Civil en Galicia tendrá que enfrentarse a tres sanciones, una de ellas por llevar el cinturón atado con una bolsa de plástico.
 
 
 
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Si hiciéramos un recopilatorio a lo largo del año de las noticias más surrealistas que nos llegan durante 12 meses no sería precisamente corto. El último ejemplo es el de un camionero que ha sido detenido en Baión, Galicia, tal y como ha señalado la Guardia Civil en un comunicado y ha hecho público la DGT en Twitter.

 

 

 
 

El conductor fue parado por los agentes al entender éstos que el tractor que transportaba no contaba con las medidas de seguridad mínimas. Sin embargo, una vez detenido, la sorpresa fue aún mayor. Efectivamente, el tractor transportado no estaba bien fijado a la estructura en la que era transportado pero es que, además, superaba en un 60 por ciento el peso máximo permitido por el vehículo.

 

 

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Aunque, sin duda, lo más llamativo lo contemplaron cuando se abrió la puerta. Allí pudieron comprobar que uno de los cinturones de seguridad estaba enganchado al soporte con una bolsa de plástico. No hace falta decir que el apaño es muy inseguro y totalmente ineficaz en caso de accidente, tal y como ha recalcado el propio cuerpo de seguridad.

 

 

Sin embargo, el propio conductor se ha defendido de estas acusaciones en declaraciones al Faro de Vigo. Según su versión, los agentes sólo le multaron porque el tractor estaba sujeto con cinchas en lugar de cadenas, pero que en ningún momento se superó el peso máximo permitido.

 

 

Del mismo modo, asegura que el cinturón de seguridad roto no es el del conductor, a pesar de que en las fotos aportadas por la DGT parece que sí es el del puesto donde está situado el volante. De una manera o de otra, es motivo suficiente para que tenga que enfrentarse a una multa.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/la-guardia-civil-detiene-a-un-camionero-con-el-cinturon-atado-con-una-bolsa

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19/02/2020

 

 

 

Esta es la multa que te puede poner la DGT por difundir vídeos de accidentes con heridos

 

 

La DGT ha publicado en su cuenta de Twitter el delito al que se enfrenta a una persona que difundió un vídeo con un herido de tráfico. ¿Qué pena puede tener un comportamiento así?
 
 
 
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Las redes sociales son un medio muy utilizado por la DGT para recordar a todos los conductores las multas que pueden acarrear ciertos comportamientos en la carretera. En una de sus últimas publicaciones en Twitter, nos cuentan que una persona está siendo investigada por difundir por ********* un vídeo en el que se veían las imágenes de un herido por accidente de tráfico “en los últimos momentos de su vida”.
 
 

¿Se puede condenar a una persona por ello? Sí, tal como ha reconocido la DGT. Además de ser un comportamiento completamente deplorable, se enfrenta a un delito contra la integridad moral, que puede terminar con una pena de prisión de 6 meses a 2 años.

 

 

El efecto mirón

La DGT ya alertó varias veces del conocido como “efecto mirón”, que va en la misma línea que esta historia. Los conductores, a su paso por un accidente, reducen la velocidad simplemente por el mero morbo de ver qué ha pasado, con la peligrosidad que ello conlleva: esto acaba generando más atascos y, en el peor de los casos, causar un accidente con uno de los vehículos que circulan por detrás, como demuestra el siguiente vídeo.

 

 

 

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Un policía alemán ha ido más lejos, llevándose el aplauso de toda la comunidad en Internet: cuando este agente detecta que los conductores se paran a observar ante un accidente, e incluso para tomar fotos, les hace bajar del vehículo para llevarlos al mismo lugar del accidente: “¿Quieres ver gente muerta? Pues ven conmigo…”. Una buena forma de remover la conciencia de los conductores. En este vídeo puedes verlo en acción.

 

 

Uso del móvil al volante

Todo esto viene de un uso cada vez mayor del teléfono móvil en el coche mientras conducimos. La DGT calcula que alrededor de 400 personas pierden la vida al año en la carretera por este motivo. Sin duda, una de las causas de distracción al volante más frecuentes, que en este 2020 y se castiga con multas de 6 puntos en el carné (antes 3) y hasta 200 euros. La Dirección General de Tráfico tiene la intención de equiparar el uso incorrecto del móvil al volante al delito de conducir bajo la influencia del alcohol y/o drogas.

 

 

 

La DGT vuelve a poner el foco en el uso del móvil

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/multa-dgt-por-difundir-videos-accidentes-con-heridos

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20/02/2020

 

 

 

¿Qué se siente y qué puede pasar a 260 km/h? La DGT te lo explica en vídeo

 

 

La DGT vuelve a recordar los peligros inherentes a los excesos de velocidad. En este caso hacen referencia todo lo que puede pasar cuando circulas a 260 km/h.
 
 
 
 
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Cada día la cuenta de la DGT en Twitter aprovecha su altavoz para recordar los peligros que nos podemos encontrar en la carretera y hacer algo de pedagogía entre los conductores. Utilizando el hashtag #MejorMásDespacio, los excesos de velocidad suelen ser un tema recurrente.
 
 
Esta vez han optado por recordar qué puede suceder si circulamos a 260 km/h, una velocidad casi inconcebible para la gran mayoría de conductores pero que se aprovecha para recordar después de que dos vehículos hayan sido cazados por encima de los 200 km/h este pasado fin de semana en las carreteras A6 y A66.
 
 
 
 
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Velocidades altamente peligrosas

Tal y como nos recuerda la DGT, el exceso de velocidad es un factor clave en un 30 por ciento de los accidentes de tráfico en vías interurbanas. Por ello, es evidente que cuando nos acercamos a la barrera de los 200 km/h (o la superamos) las posibilidades de morir en un accidente son mucho más altas. A 260 km/h, una colisión provoca una muerte en el 90 por ciento de los casos.

 

 

Como puedes imaginar, cualquier imprevisto a 260 km/h es casi imposible de salvar (un reventón, un coche averiado, una distracción…) debido al efecto túnel que impide ver gran parte de lo que sucede a nuestro alrededor. Este efecto también nos produce sensación de ahogo y provoca que perdamos las referencias de la vía.

 

 

Así mismo, nuestra capacidad para medir las distancias se ve altamente perjudicada, por lo que será mucho más complicado que midamos con precisión una frenada de emergencia.

 

 

Todo ello sin contar que la distancia de frenado es de casi medio kilómetro. Un coche que circula a 260 km/h necesita unos 332 metros para frenar y sólo en lo que tardamos en pisar el pie en el acelerador ya hemos recorrido 72 metros. En total, para detener el coche necesitaremos algo más de 400 metros o, lo que es lo mismo, cuatro campos de fútbol.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/que-se-siente-y-que-puede-pasar-a-260-km-h-la-dgt-te-lo-explica-en-video

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21/02/2020

 

 

La DGT, condenada a pagar la multa, intereses y costas judiciales a un piloto de rallyes cazado por un radar

 

 

Un nuevo error en las multas de la DGT obligará al organismo devolver el dinero con intereses y pagar las costas judiciales a un piloto de rallyes que fue cazado por un radar.
 
 
 
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Un error de forma y de proceder le va a costar caro a la DGT. Una vez más, el organismo tendrá que devolver el dinero a un conductor que fue cazado por un radar y al que no se le aplicó el margen de error pertinente. ¿El resultado? Devolución del dinero, pago de los intereses y de las costas.
 
 

Todo sucedió durante el desarrollo de un rally en Barbanza (Galicia), tal y como leemos en el Faro de Vigo. Allí, un piloto fue cazado por un radar móvil cuando pasaba por una de las localidades en un tramo de enlace. Estos tramos son recorridos que los pilotos tienen que circular por carretera abierta al tráfico y respetando las normas de seguridad entre tramo cronometrado y tramo cronometrado.

 

 

En ese momento, el radar certificó una velocidad de 72 km/h en un espacio limitado a 50 km/h. Multa de 300 euros y 2 puntos menos en el carné. Pero el piloto y su abogada recurrieron a la justicia haciendo ver que en la multa no constaba el margen de error aplicado (de 7 km/h cuando se circula por debajo de 100 km/h).

 

 

Y el resultado no ha podido ser peor para la DGT. La justicia ha vuelto a señalar que la multa estaba mal impuesta, por lo que concede al acusado su valoración de que circulaba, a 65 km/h, una multa que con límite máximo a 50 km/h es de 100 euros y no resta puntos en el carné de conducir.

 

 

Como, además, el piloto tuvo que pagar la cuantía máxima para recurrir su multa, la DGT le concede el pago de esta por pronto pago, quedando todo en 50 euros. Así, el organismo tiene que devolver al piloto 250 euros de la diferencia entre lo que pagó y lo que debería haber pagado, otra cuantía en materia de intereses por el año y medio que el piloto no ha podido disfrutar de ese dinero que le correspondía y, por último, tendrá que abonar otros 150 euros por las costas del juicio.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/la-dgt-condenada-a-pagar-la-multa-intereses-y-costas-judiciales-a-un-piloto-de-rallyes-cazado-por-un-radar

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24/02/2020

 

 

Si ves líneas en las luces de esta foto, no conduzcas de noche: ¡haz la prueba!

 

 

¿Cómo ves tú las luces cuando cae la noche? Un tuit se ha vuelto viral al mostrar dos fotografías distintas. Si tu visión es como una, no debes conducir de noche al tener un defecto. ¡Compruébalo!
 
 
 
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Mucha gente no llega a ser consciente hoy día de que tiene un problema muy habitual de visión. Se han acostumbrado y creen que todo el mundo ve lo mismo que ellos. Pero no, en realidad tienen astigmatismo, un defecto que debería impedir que estas personas conduzcan de noche al tener muy limitada la visibilidad, a menos que tengan corrección para ello mediante gafas o lentillas.
 
 

El problema se ha viralizado estos días a través de la cuenta de Twitter de Unusual Facts, que ha publicado dos fotografías muy sencillas para que cada usuario pueda comprobar en solo unos segundos si padece o no astigmatismo y, en caso afirmativo, no debería conducir. La sorpresa ha llegado cuando, a raíz de esta publicación, muchas personas se han dado cuenta de que padecían el defecto y no eran conscientes.

 

 

La pregunta para saberlo rápidamente es muy simple y basta con que visualices el tuit que insertamos bajo estas líneas. Por la noche, ¿ves las líneas de luz de la primera fotografía de la izquierda? ¿O por el contrario ves las luces nocturnas como la segunda imagen de la derecha? Si tu respuesta es la primera, debes saber que padeces astigmatismo y debería acudir a un especialista para corregirlo.

 

 

 

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Esa visión es la diferencia entre las personas que tienen este defecto de visión y las que no. El astigmatismo, en realidad, se produce cuando la córnea del ojo está ligeramente curvada en lugar de ser completamente redonda, que es lo normal. Debido a ello, la luz se enfoca en varios puntos de la retina, en lugar de uno solo, produciendo esas líneas que puedes ver en una de las fotos.

 

 

A continuación te mostramos un vídeo publicado también en Youtube por la cuenta Unusual Facts, donde explican la diferencia y puedes comprobarlo más fácil y rápidamente.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/si-ves-lineas-en-las-luces-de-esta-foto-no-conduzcas-de-noche-haz-la-prueba

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26/02/2020

 

 

 

Los mejores consejos para aprobar el carné de conducir tras los cambios de la DGT

 

 

La DGT está estudiando pequeños cambios en el carné de conducir. Te contamos cuál es la mejor manera de aprobar el examen para conseguir el permiso de circulación.
 
 
 
 
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Aprobar el examen de conducir siempre es uno de los principales objetivos cuando se cumple la mayoría de edad. Tener la libertad para ir donde uno quiere y cuando uno quiere, acompañado y disfrutando de nuestra música no tiene precio. Pero lo que sí tiene precio es el proceso para conseguir esa libertad.
 
 

Desde Trive, empresa online especializada en renting, recuerdan que conseguir el carné de conducir no es especialmente barato, con una media en España que se sitúa en los 692 euros pero en cuyos exámenes hay diferencias de hasta el 106 por ciento, si comparamos la ciudad más cara (Cuenca) y la más barata (Granada) en la que examinarse del carné de conducir.

 

 

Además, esta empresa también recuerda algunos de los cambios que la DGT ya ha aprobado en su carné de conducir, como los relativos al uso de ayudas a la conducción que están permitidos (a menos que el examinador exija lo contrario) o la intención del organismo de que, en el futuro, los aspirantes estén obligados a asistir a ocho horas de clase presenciales para aprobar el examen teórico y endurecer los plazos entre examen y examen en caso de suspenso.

 

 

Con todo ello, Trive tiene sus propios consejos para aprobar el carné de conducir y ahorrar el máximo dinero posible, que puedes leer a continuación:

 

 

  • Analizar diferentes autoescuelas: Lo mejor para ahorrarse un dinero es preguntar en diferentes autoescuelas, conocer sus tarifas y, en el mejor de los casos, que te las dejen por escrito para evitar sorpresas. Además, en estos casos el boca-oreja suele funcionar muy bien y si sabes de conocidos que hayan dado clases recientemente te podrán orientar mejor sobre lo que encontrarás en cada empresa.

  • Ir a clase: Si tienes la oportunidad de acudir a un espacio físico te será más fácil retener conceptos. No es obligatorio, de momento, acudir a clase, pero un profesor siempre te ayudará a afianzar los conocimientos y aclarar tus dudas.

  • Examinarse cuando se esté preparado: No tengas prisa, porque lo único que puedes conseguir es perder opciones de realizar la prueba y, por tanto, tener que pagar de nuevo tasas de examen.

  • Conocer la zona del examen: Una vez hemos alcanzado la parte práctica, es bueno “machacar” todo lo que se pueda la zona por la que se suelen realizar los exámenes. De esta manera conoceremos todos los “trucos” que esconden, dónde están los puntos más conflictivos o dónde nos pueden mandar aparcar. Iremos con más confianza.

  • Ser exagerado: Cuando nos examinamos debemos mostrar seguridad y control sobre nuestro entorno. Piensa que el examinador estará situado en las plazas traseras, por lo que es bueno exagerar un poco tus movimientos con la cabeza para demostrar que estás mirando por los espejos ya que desde atrás no pueden ver tus ojos y si estás prestando la atención debida a lo que hay a tu alrededor.

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/trucos-y-consejos/articulo/los-mejores-consejos-para-aprobar-el-carne-de-conducir-tras-los-cambios-de-la-dgt

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27/02/2020

 

 

Estas son las razones por las que la DGT quiere bajar a 30 km/h el límite en ciudad

 

 

La DGT publica en redes sociales sus razones para rebajar el límite a 30 km/h en todas las calles de un carril por sentido.
 
 
 
 
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Como ya sabemos, la DGT quiere rebajar el límite máximo en ciudad a 30 km/h en todas aquellas vías de un solo carril por sentido. Una medida que, pese a la polémica que se levantó durante su implantación en Madrid, ya se aplica en, al menos, 18 ciudades españolas, como el propio organismo ha publicado.
 
 
Para promocionar las razones que llevarán a la DGT a aplicar esta medida en todas las ciudades españolas, han utilizado sus redes sociales, acompañado de un enlace a su revista digital, en el que hacen hincapié en su #MejorMásDespacio.
 
 
 
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Según podemos leer en el enlace aportado por la DGT, los motivos que llevan a esta reducción de la velocidad están relacionados con la seguridad, el medio ambiente y la fluidez del tráfico. El organismo señala que, en caso de atropello, con la bajada de la velocidad existirá un 3 por ciento menos de posibilidades de resultar herido grave y un 4 por ciento menos de sufrir un accidente con víctimas mortales.

 

 

En cuanto a los motivos medioambientales, según DKV (fuente tomada por la DGT), el ruido se reduce en un 6 por ciento cuando pasamos de circular de 50 km/h a 33 km/h y aseguran que en Berlín han reducido entre un 10 y un 15 por ciento los niveles de dióxido de nitrógeno (NO2).

 

 

Pontevedra como ejemplo

Por último, la DGT hace referencia a la fluidez del tráfico y la convivencia entre conductores, ciclistas y peatones. Según el organismo, en Pontevedra los atascos se han llegado a reducir en un 70 por ciento en el centro al asemejar la velocidad de ciclistas y conductores, así como favorece el desarrollo de modos más activos y saludables, como pasear.

 

 

Lo que no dice la DGT es que, además de dicha reducción en velocidad, la mayor parte del centro de Pontevedra está peatonalizado, en una transformación que empezó hace ya 20 años y que en numerosas ocasiones se ha puesto como ejemplo de urbanidad y movilidad. En concreto, tal y como leemos en ABC, Pontevedra ha peatonalizado 1,3 millones de metros cuadrados desde 1999.

 

 

¿Ha ayudado la reducción de la velocidad a la transformación de la ciudad? Es posible, lo que seguro que ha ayudado son el resto de medidas que han acompañado a dicha reducción, así como, no lo olvidemos, que se trata de una ciudad de poco más de 80.000 habitantes. ¿Sirven las medidas allí tomadas para todas las ciudades españolas?

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/estas-son-las-razones-por-las-que-la-dgt-quiere-bajar-a-30-km-h-el-limite-en-ciudad

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27/02/2020

 

 

 

La DGT vigilará más de cerca las bajas temporales de los coches

 

 

El Ministerio del Interior endurecerá el control de los conocidos como “coches zombies”, aquellos dados de baja de forma temporal y que contribuyen a un fraude cada vez mayor.
 
 
 
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La DGT quiere controlar de forma más exhaustiva un fenómeno que se está incrementando en los últimos años en España y que supone un fraude cada vez mayor. Hablamos de los “coches zombis”, o coches que son dados de baja temporal y se utilizan posteriormente de forma irregular… Coches, literalmente, en un “limbo” administrativo.
 
 

Desde el pasado 2004 es obligatorio que cualquier coche que se dé de baja definitiva sea desguazado de forma legal en un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT). Sin embargo, hay talleres ilegales que se aprovechan de una laguna administrativa: engañan a los propietarios de los vehículos que quieren dar de baja definitiva y, en su lugar, lo dan de baja temporal sin que se den cuenta.

 

 

Luego, estos coches pasan a ser exportados a otros países de forma irregular o desguazados de forma ilegal, despiezándolo de forma incontrolada sin respetar los tratamientos medioambientales necesarios. Incluso puede suceder que dichas piezas pasen a venderse y reutilizarse sin un control adecuado de calidad o garantía. Todo ello, con las consecuencias negativas en el apartado medioambiental, de ingresos fiscales y en la competencia desleal hacia los desguaces que sí actúan respetando las normas.

 

 

 

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Con un coche dado de baja de forma temporal, se evita el pago del Impuesto de Circulación, del seguro, del a ITV… Tal es así, que este fenómeno ha crecido de forma exponencial en los últimos años, especialmente en comparación con los vehículos que sí se han dado de baja de forma definitiva: la DGT tiene registrados más de 400.000 vehículos en baja temporal con más de 5 años. Las sospechas apuntan a que la mayoría de estos ya no existen y han sido despiezados.

 

 

Si en 2004 los vehículos en baja temporal representaban solo el 5 por ciento respecto a las bajas definitivas, a día de hoy la cifra está al 50 por ciento.

 

 

¿Qué hará la DGT para controlar este fenómeno?

A partir de abril, la DGT enviará una carta a los propietarios de los coches dados de baja de forma temporal para informarles de su situación legal actual y de los riesgos y consecuencias legales y responsabilidades de tener el vehículo en esta situación. También, para ponerles en conocimiento de los fraudes que se dan en la actualidad y que comentábamos antes, ya que muchos usuarios no se dan cuenta que están siendo estafados.

 

 

El objetivo es conseguir también que se regule de una forma más estricta las bajas temporales de vehículos, evitando que se exceda un periodo de tiempo concreto (pasando a reactivarse el Impuesto de Circulación de forma automática al término de este período), que exista una declaración jurada del propietario informando de los detalles de dicha baja o que siga implicando el pago parcial del impuesto.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/dgt-vigilara-mas-de-cerca-bajas-temporales-coches-zombies

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28/02/2020

 

 

Todos los datos técnicos que puede saber la DGT de tu coche

 

 

Si quieres saber todos los detalles de un vehículo, debes saber que la DGT dispone de diferentes tipos de informes que aclaran todos sus datos técnicos, personales, ITV, historial de reparaciones…
 
 
 
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Disponer de un informe detallado con los datos técnicos e históricos de un vehículo es más sencillo de lo que puedas pensar. La DGT dispone de cada vez más detalles de los coches en España; una información a la que nosotros como particulares, así como los talleres y profesionales, podemos acceder de diferentes vías.
 
 
Estos informes pueden ser especialmente útiles: los particulares podemos disponer de información importante antes de comprar un vehículo usado; los profesionales pueden echar mano y volcar sus datos en el historial de reparaciones (una de las últimas incorporaciones en España) a través de la plataforma Librotaller.com, desarrollada por la Confederación Española de Talleres (CETRAA) y la DGT. A nivel general, pueden ayudar a evitar fraudes como el de los cuentakilómetros.
 
 
 
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Informe de Vehículo: que información da, qué tipos hay y cuánto cuesta

El conocido como Informe de Vehículo, del que existen diferentes tipos (más o menos detallados), nos puede dar la siguiente información acerca de un coche: datos técnicos y básicos, como el número de bastidor, marca, modelo, fecha de matriculación… del titular actual y anteriores propietarios, si tiene seguro obligatorio, historial de ITV y sus resultados (favorable, desfavorable, negativa o caducada), lecturas del cuentakilómetros, cargas o gravámenes (embargos, reservas de dominio, renting…), historial de bajas, información medioambiental y datos de seguridad vía las calificaciones de Euro NCAP.

 

 

Este Informe de Vehículo puede ser de 6 diferentes tipos: “informe reducido”, con la información básica, como la fecha de la primera matriculación o incidencias sobre el vehículo; “informe completo”; “informe de datos técnicos”; “informe de cargas”; “informe de vehículos sin matricular”, de cara a comprobar si está registrado en Tráfico de forma oficial; e “informe de vehículos a mi nombre”, un certificado que solo puede solicitar el titular del coche o una tercera persona autorizada en su nombre.

 

 

 

Todos los datos técnicos y personales que puede saber la DGT de tu coche

 

 

 

A excepción de este último informe, así como del “informe reducido”, que son gratuitos, para solicitar cualquier otro informe hay que pagar la tasa 4.1, con un coste de 8,50 euros.

 

 

Estos informes se pueden obtener de varias vías: por Internet, para lo cual se debe disponer del certificado digital DNI electrónico o un código mediante Cl@ve (tardando 24 horas en recibirlo), o bien en una Oficina de Tráfico, tras cita previa y presentando como documentación el impreso oficial (descargable también en la web de la DGT), la identificación del interesado, el motivo así como la tasa de pago si corresponde (esta se puede pagar también por Internet y el certificado digital o DNI electrónico).

 

 

 

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FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/todos-los-datos-tecnicos-personales-que-puede-saber-la-dgt-de-tu-coche

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28/02/2020

 

 

 

La DGT realizará muy pronto un envío masivo de cartas a miles de conductores

 

 

A partir del mes de abril, la DGT enviará una carta a todos los propietarios de vehículos que estén dados de baja temporal. Te explicamos a continuación el motivo.
 
 
 
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Actualmente, en España hay más de 400.000 coches que están dados de baja, ante la DGT, de forma temporal desde hace más de cinco años. Son cifras que han crecido de forma exponencial en los últimos años. La Asociación Española de Desguazadores y Reciclaje del Automóvil (Aedra) nos advierte de lo que puede estar detrás de muchas de estas bajas temporales: el uso indebido de talleres y desguaces ilegales para comercializar con piezas, exportarlos a otros países de forma irregular o, directamente, desguazarlos también de manera ilegal.
 
 
Muchos conductores son engañados por estos desguaces, que confían en ellos para que sean dados de baja de forma definitiva y sean llevados al correspondiente Centro Autorizado de Tratamiento (CAT), lugar donde deben ir a parar de forma obligatoria desde el pasado 2004. Por ese motivo, la DGT empezará a tomar medidas de forma inmediata con los que son conocidos como “coches zombie”.
 
 
 
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A partir del mes de abril, la Dirección General de Tráfico enviará una carta a los propietarios de vehículos dados de baja de forma temporal para informarles de su situación legal y advertirles de posibles engaños, según ha podido saber Lasprovincias.es. Así, estos podrán estar más atentos y concienciados de estas prácticas delictivas y, además, informar a los infractores de las responsabilidades que puedan tener.

 

 

Se trata de un primer paso que desde Aedra llevan tiempo pidiendo, así como un futuro Reglamento de Vehículos que legisle de forma completa y adecuada las bajas temporales de los vehículos en España. Bajo esta situación, los propietarios no podrán circular temporalmente con el correspondiente vehículo, estando exento de pagar el impuesto de circulación y sin ningún tipo de límite para darlo de alta de nuevo.

 

 

La futura normativa podría contemplar un límite de dos años para las bajas temporales, la obligación de afrontar una parte del mencionado impuesto y que implique una declaración jurada del propietario informando de los detalles de la baja temporal de su vehículo.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/dgt-realizara-muy-pronto-envio-masivo-cartas-conductores

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02/03/2020

 

 

Un pasajero sin cinturón es un “pasajero bala”: el impactante vídeo de la DGT

 

 

Un pasajero sin el cinturón de seguridad es un proyectil en el interior de un vehículo accidentado. La DGT te recuerda por qué debes ponértelo.
 
 
 
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¿Conoces emoción más fuerte que la de evitar salir despedido del vehículo o impactar contra el parabrisas en un accidente?” Es difícil no estar de acuerdo con esta pregunta que la DGT ha publicado en sus redes sociales. Aprovechando su cuenta de Twitter, el organismo ha recordado la importancia del cinturón de seguridad.
 
 
Acompañado de un vídeo en su revista digital, la DGT recalca que ponerse este sistema de seguridad pasiva es esencial para guardar nuestra propia seguridad, pero también la de los demás. Un pasajero que no se pone el cinturón de seguridad se convierte en un proyectil si el vehículo sufre el un accidente.
 
 
 
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En un vídeo en el que se simula un accidente en carretera se intenta demostrar los daños que un pasajero descontrolado (por no ponerse el cinturón de seguridad) puede ocasionar. Así, el conductor y el copiloto resultarían gravemente heridos o, incluso, fallecidos ya que el pasajero trasero puede romper uno de los asientos delanteros (aplastando a quien allí esté sentado) y golpear con mucha fuerza la cabeza de otros ocupantes.

 

 

Para ser aún más conscientes del peligro de no ponerse el cinturón de seguridad, en su revista digital, la DGT explica que un conductor con el cinturón de seguridad puesto que recibe por la espalda el golpe en la espalda de un hombre de 75 kg como consecuencia de un choque a 50 km/h tendrá que soportar un peso de 1.500 kg.

 

 

De hecho, en el artículo también se señala que una persona con el cinturón de seguridad puesto tiene un 40 por ciento más de posibilidades de morir en un accidente si otro pasajero omite esta medida de seguridad.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/un-pasajero-sin-cinturon-es-un-pasajero-bala-el-impactante-video-de-la-dgt

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