Jump to content

mensur

Miembros
  • Mensajes

    736
  • Ingresó

  • Última visita

Todo lo publicado por mensur

  1. mensur

    Ojo a las imagenes

    Y el que se escape, que venga y me lo cuente, Saludetes.-
  2. mensur

    Ojo a las imagenes

    y la tercera afoto;
  3. mensur

    Ojo a las imagenes

    la segunda afoto;
  4. mensur

    Ojo a las imagenes

    Os pongo lo ultimo de lo ultimo en caceria, a ver quien se escapa, jejejejej la primera afoto:
  5. Una pregunta a los tecnicos, porque no me fio de los de Audi, unos me dicen que poner el tempomat es muuuu caro y cuando les digo que conozco a gente a los que les han cobrado entre 160 y 190 euros por montarlo en concesionarios, entonces me dicen que les lleve el libro del coche, que ya veran con el nº de bastidor si se puede o no mas barato que muuuuu caro. Por lo que he leido en este post, aqui el truco esta en la famosa centralita, mi coche es gasofa de enero de 2003, le valdra la centralita, puedo mirarlo yo el algún lado, porque no me fio d elo que me digan en Audi. Saludetes.-
  6. Cris, pregunta en Llantacar, en el Poligono Santa Barbara, estan estos pollos y solo se dedican al tema llantas. Yo paso por alli cada dos o tres dias, asi que si quieres te pregunto lo que pueden hacer, me dices que es lo que tiene la llanta y les pregunto. Saludetes.-
  7. mensur

    Multa sin denunciarme

    Ahi llevas, por si otro dia te lo quieres hacer tu mismo, te la adaptas y arreando que es gerundio, , a mi me vale. AYMTO. DE MALAGA Sancionado: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX Expediente: 2000076369 D.N.I.: XXXXXXXXX AYMTO. DE MALAGA Domicilio: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX AVDA CERVANTES, Nº 4 29011 MALAGA 29016 MALAGA MALAGA MALAGA D. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX habiendo recibido notificación relativa al expediente de referencia, por la que se concede plazo para realizar ALEGACIONES SOBRE LA PRUEBA, por medio del presente escrito pasa a realizar las siguientes: ALEGACIONES: PRIMERO Establece el articulo 132 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, que las infracciones y sanciones prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las establezcan. Así, tanto la Ley de Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, como el Reglamento de Procedimiento Sancionador que la desarrolla, establecen un plazo de prescripción especifico que se aplica con preferencia a los de carácter supletorio recogidos en la Ley 30/1.992. La acción para sancionar la presente infracción HA PRESCRITO por cuanto han transcurrido más de tres meses contados a partir del día en que presuntamente se cometieron los hechos imput*dos sin que dicha prescripción haya sido interrumpida por actuación administrativa alguna, tal y como exige el R.D.L. 339/1.990, de 2 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en su articulo 81.1, modificado por la Ley 5/1.997, de 24 de Marzo. En cualquier caso, y según lo dispuesto en el articulo 18.3 del R.D. 320/1.994, de 25 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador, “la prescripción se aplicara de oficio por los órganos competentes en las diversas fases de tramitación del expediente”. Es constante la doctrina legal y jurisprudencial respecto a la aplicación al derecho administrativo de los principios comunes a todo el derecho sancionador, y concretamente el de la PRESCRIPCION EXTINTIVA (S.TS de 14-12-1.988 y 3-11-1.993). La extinción por prescripción de las infracciones y sanciones administrativas “constituye una forma de extinción del los derechos por su no ejercicio en el lapso de tiempo fijado por la Ley, y se fundamenta, según la doctrina dominante, en la necesidad de conceder una estabilidad y seguridad jurídica” (S.TS de 2-11-1.944). En consecuencia, procede declarar la prescripción de la acción y, por tanto, decretar el archivo del procedimiento sancionador incoado. SEGUNDO Que con la documentación recibida no queda probado que el cinemómetro sea apto para medir la velocidad ya que nos constan los datos de la denuncia o de la fotografía tomada. Tampoco constan los errores máximos tolerados según el tipo de aparato medidor (tal y como se hace referencia en el articulo 26 de la Orden Ministerial de 11 de Febrero de 1.994), ni la publicación en el Boletín correspondiente de la homologación del mismo; ni tan siquiera establece un periodo de tiempo concreto y determinado durante el cual se acredite su funcionamiento correcto para efectuar tal medición. Esta especificación es imprescindible para determinar la aptitud del aparato ya que este medidor no goza de presunción de funcionamiento durante un plazo indefinido de tiempo (art. 22 de Orden Ministerial de 11 de Febrero de 1.994). En al fotografía aportada tampoco queda constancia de la identificación del cinemómetro que supuestamente la tomó, pues no aparecen datos relativos al mismo y, a la vez, concordantes con la denuncia en lo que respecta a su individualización. Que, por tanto, la documentación aportada por la Autoridad sancionadora no reviste el carácter de elemento probatorio suficiente para acreditar la realidad de los hechos imput*dos al denunciado. TERCERO Que, según consta en el expediente sancionador, el prototipo de cinemómetro utilizado para medir la velocidad en el expediente de referencia, ha sido aprobado por el Dirección General de Industria, Energía y Minas de la COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID, por lo que el radar que detectó el presunto exceso de velocidad únicamente es competente dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Madrid. Sin embargo, la sanción ha sido impuesta por la Jefatura de Trafico de referencia, totalmente ajena a la mencionada Comunidad Autónoma. A tenor de los dispuesto en el articulo 62 1. de la Ley 30/1.992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo común, son nulos de pleno derecho los actos de la Administración dictados “por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio”. Por este motivo, procede declarar la falta de validez del certificado de verificación del cinemómetro aludido, ya que ha sido dictado por un ORGANO INCOMPETENTE POR RAZON DEL TERRITORIO, y, consecuentemente, y de acuerdo con lo previsto en el citado articulo 62.1 de la Ley 30/1.992, la nulidad de la sanción impuesta. En su virtud; SUPLICA: que teniendo por recibido el presente escrito se sirva admitirlo acordando de conformidad con lo solicitado. En MALAGA A 16 de Junio de 2.003 Fdo: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
  8. Ni te lo pienses .................... Dale gustito a tu culito, Saludetes.-
  9. Pos yo puedo comprender en la forma lo del diesel y la gasolina, pero en el fondo me permito llevaros la contraria, creo que el ahorro y la diferencia no es tan grande como para plantearse la elección de comprar un diesel, si en realidad lo que te gusta y quieres es gasolina, y a los números me remito. Es bien sabido que el ahorro empieza de verdad a apreciarse cuando el nº de Kmrs es igual o mayor a los 35/40.000 kmrs/año, evidentemente para quien anda lo llamemosle normal (10/15.000 Kmrs/año), la elecci`´on en el fondo esta clara. Pues bien, tomemos como patron un kilometraje anual de 20.000 Kmrs, pongamos como media de consumo, pues 6 litros para un diesel y 9 litros para un gasolina. El resultado de la operación es que los gasofas necesitaremos 613.80 € más para andar los mismo Kmrs que un petrolero, o sease, 51.15 € mas al mes. No me resulta llamativo el ahorro, teniendo en cuenta que el diesel paga mas de sello que un gasolina, con locual se recorta la diferencia anual, ademas de que por razones obvias, tendremos un mantenimiento algo mayor en diesel que en gasolina, por lo que aún reduciremos mas la diferencia que existe. No pretendo iniciar polemica alguna, con estas mis reflexiones sobre el tema, Saludetes.-
  10. Pudes limpiar el caudalimetro y despues te compras uno nuevo, En serio, no funciona la limpieza en esos malditos aparatos. Saludetes.-
  11. A igualdad de prestaciones, sin duda alguna el Clarion, ademas de mas bonito es de mas calidad que el pioner. Si puede ser me interesaria que pusieras el modelo de Clarión y el precio, me vendria perfecto con esos remates en aluminio, para mi A4 que tiene aluminio visier interior. Saludetes.-
  12. mensur

    .... pasen y vean ....

    Pues hace dos semanas, yo vi uno nuevecito y sin matricular que transportaban desde la estación de ferrocarril de Málaga y en dirección a Marbella, y os aseguro que era mucho mas bonito que ese. Debe de ser un modelo nuevo, era impresionante, llevaba a la grua-plataforma hecha una coliflor, totalmente hundida y casi no podia tirar. Saludetes.-
  13. Pues a mi meparece que el desiñador de esecoche, es el mismo que dibuja los Simpsons. Me parace horroroso en diseño y si os fijais bien parece estar hecho a retazos, con tantas lineas curvas en puertas y montantes, han creado un una sensación de puzle, que a mi no me gusta nada. Pero es a mi, o tros igual les encanta. Saludetes.-
  14. Prueba a poner en marcha el motor y tener apagado el climatizador, veras que ese ruido desaparece, sin embargo cuando lo tienes activado, inmediatamente despues de poner el motor en marcha se producen una serie de ajustes y controles en el climatizador que generan ese ruido. Saludetes.-
  15. Chequeo del ABS, sin duda alguna y si pegas el oido bien hasta oiras algún que otro relé mas de comprobación del clima, ect ect ect., no te preocupes y disfruta de ese peaso makina.- :blink: :blink: Saludetes.-
  16. mensur

    Sera el nuevo opel omega ?

    Reostias, otro aleman japoneizado, no si estos se quedan con el diseño, ya vereis. Saludetes.-
  17. mensur

    Nuevo Toledo

    Arrrggggggg, noooooooooooo, .................... nos han invadido los alienigenas, ................SOCORROOOOOOOOOOOOOOOOO, :o Saludetes.-
  18. http://densalubricantes.com/ prueba aqui. saludetes.-
  19. En la estación de Los Prados, has de entrar por el recinto ferial y seguir hasta los prados y al final esta la campa de coches, pero me parece que si no vas con un comercial no odras entrar y ademas te volveras loco buscando, porque hay un monton de coches y para dar con él te volveras majara. Saludetes.-
  20. Enhorabuena por tu adquisición, envidia sana me das, pero en fin, no se puede tener to. B) Ya me ha entrao la pica dos veces, y antes de que me de la tercera, me he impuesto la pena de no cambiar, (de momento) jejejejej. Bueno sobre el color mi modesta opinión es que no dudes en ponerle la pintura metalizada, es lo que mejor resultado te va a dar con el clima que tenemos aqui y ademas cerca del mar, al ser bicapa es mucho mas dura que la monocapa y eso en los frecuentes lavados a los que vas a someter a tu nuevo A6, se agradecera, aparte de que el metalizado es mucho mas bonito, para mi gusto. Respecto del color del cuero, elige el que mas te guste, al ser cuero se limpia muy bien y no creo que tus fieras puedan con el. Saludetes.-
  21. Po zi es mu faci, le quitas la tapa de crista al cuadro y de las con el boli a la ruedecita de los numeros patras y yasta. Es como los fechadores de caucho, le das patras o palante y le pones el numero que quieras. O no se hace asi? Saludetes.-
  22. Pos yo no las llevo, pedi el coche sin inscripciones y sin anagramas, me parece mas elegante, creo que son suficiente los 4 aros para identificar la marca del vehiculo. algunas marcas de coches y durante un tiempo pusieron eso en practica, solo ponian en los vehiculos el anagrama de su imagen corporativa, pero parece ser que la clientela demandaba toda la jerga motoril en inscripciones en los vehiculos y como el cliente es el que manda, pos eso, a poner letras y numeros, jejejej, pero eso esta bien, porque tambien hay gente que le gusta, a mi no. saludetes.-
  23. mensur

    Busco coche de 2ª mano

    Hombre si es por el capricho, pos vale, pero ha echado numeros del transplante, me parece que vale mas que el coche.- Saludetes.-
  24. Pos yo ma puntao pa la proxima, estoy pensando si me preparo el vespino de los domingos o el EuroFhiger F3500 XRPII con dos turbos, jejejejej, ya os comentare que hago. Saludetes.-
  25. Pos a mi, si que me gusta, creeis que me lo cambiaran a pelo por mi A4, Saludetes.-