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No me deja editar. Ahora veo por algo menos de 900 con portes incluidos la Ariston Clas Premium 24 FF, pero no sé cuál es la diferencia con la Egis.
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Allroad: presentacion y ¿que detector de radar montar y donde ?
Dersu Uzala responde a ZYPREXA de discusión en Audi A6 / Allroad C7 (a partir de 2011)
Es una put*da, estamos de acuerdo, y además es tener muy mala suerte. Mira yo sólo uso el avisador del GPS, procuro tenerlo más o menos actualizado y no superar los 150 con límites de 120, de modo que si caigo sólo sean 50 euros por pronto pago sin pérdida de puntos, y la verdad es que de momento me voy escapando, es suerte también y que tampoco hago demasiados kilómetros. Debemos ser de la misma generación aproximadamente, yo me empecé a examinar con un Seat 133 y antes del examen lo jubilaron y me dieron un R-5. Mi primer coche fue un Simca 1000 de cuarta o quinta mano, a saber -
Nitro, tú debes saber algo de esto y yo, que me he estado mirando el RITE he acabado un poco liado, vamos, que no me entero demasiado. La actual es una caldera atmosférica que tiene la salida de gases a un shunt que pasa por un pequeño patio interior. Ese patio es de unos 2 x 2 m (4 m2) y a él convergen 12 viviendas, dos por planta y seis plantas en total. Por la parte superior está cubierto aunque abierto por los laterales, bien, pues como digo, la atmosférica va ahí, pero ahí no puedo conectar la de condensación que prácticamente echa vapor de agua, ya que el grueso de los residuos va al desagüe, primero porque, como sabes, toma el aire para quemar en ese mismo tubo (el interior) y segundo que quizá, si conecto sólo esa parte del tubo interior, el de salida, quizá me dé problemas por el tiro, pues he leído que donde las antiguas atmosféricas expulsaban bien, pueden no hacerlo las modernas que son muy delicadas en eso. Con la descripción que te doy del lugar, crees que habría algún problema por sacar el tubo de salida de gases directamente a ese patio? Por otro lado le he estado echando un vistazo a las Ariston, en concreto a la EGIS PREMIUM 24 FF Condensación que sale por unos 900 euros con IVA, qué te parece este modelo concreto y ese precio? Por qué hay tanta diferencia de precio con el siguiente modelo que se va a unos 1200 euros? (un 30% superior).
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Allroad: presentacion y ¿que detector de radar montar y donde ?
Dersu Uzala responde a ZYPREXA de discusión en Audi A6 / Allroad C7 (a partir de 2011)
Seguro que en realidad estamos todos de acuerdo, pues me parece que somos todos personas sensatas y en realidad en muchas ocasiones se debate por matices. Para mí también, 150 ó 160 km/h con buenas condiciones tampoco son excesivos, desde el momento en que esas buenas condiciones se pierdan, ya sea por el estado del vehículo, el de la vía, la densidad del tráfico, la climatología o cualquier otra circunstancia adversa, hay que adaptarse y ya no se puede hablar de cifra sino de sentido común. Por qué en España no se adaptan las velocidades como en Alemanía? Supongo que será por muchos motivos, pero yo me alegro, pues no veo, lamentablemente, a los conductores españoles con la madurez que tienen los alemanes y la verdad, tiemblo sólo de pensar en más de un descerebrado con su tuneado a más de 200 km/h sorteando coches por cualquier autopista por las que pululan todo tipo de conductores con todo tipo de vicios en la conducción. Sobre los detectores de radares, la verdad, no me importa que se usen porque entre otras cosas están permitidos, es más, quien los usa hace bien, pues quien no se aprovecha de las lagunas es porque no quiere, pero me parece que permitirlos es una de las cosas más absurdas que hace la administración. No se puede entender que se siembren las carreteras de radares para que con un detector vayamos esquivando la norma. O se permite circular más rápido o se prohibe este tipo de artefactos encaminados a eludir el sistema. Un saludo. -
Hola nitro, las calderas que mencionas has había descartado después de leer múltiples malas experiencias en los distintos foros, sin embargo, son casi unánimes dando como buenas las marcas Wolf, Buderus, De Dietrich o Viessmann. La Buderus la descarto porque es la que se va de precio claramente, las otras cuestan muy poco más que una generalista, tengo servicio técnico en la zona y tienen una muy buena crítica, me gustaría saber, si no te importa, por qué no me las aconsejas.
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Debe ser, efectivamente, cosa del navegador. Gracias, ya los conocía, es uno de los primeros en salir con el santo Google
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No me sale nada de publicidad debajo del calendario y por ningún otro lado.
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Sí, se están mezclando los conceptos. La caldera que pretendo cambiar no está en la casa que hay una de gasóleo y chimenea , está en un piso y el combustible es gas natural. La otra no tengo intención de cambiarla, de hecho, la casa la quiero vender, lo que sucede es que ahora es imposible. A ver si encuentro el anuncio ese.
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Yo también he oído hablar bien de ella, aunque alguna crítica también en relación a que parece ser que abusa del plástico entre sus componentes y no sé si eso, con el calor que debe haber en su interior y a la larga, no hará que se rompan algunas piezas. Sí, tengo chimenea en la casa, pero apenas calienta el salón, las habitaciones y el resto de la casa se quedan heladas, con decirte que cuando llego en invierno es normal que el interior esté a 2º C.
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Ya has tenido suerte, la mía de gasóleo es una junkers y nunca ha ido bien y en cuanto al consumo, dependerá también mucho de la zona, el aislamiento de la construcción, la ubicación... en mi caso, en invierno, son más de 50 litros en un fin de semana y cuando me iba el domingo era cuando se empezaba a estar bien. Ahora está muerta y no tengo pensado sustituirla por otra, me estoy apañando con un calentador que funciona con butano para el agua caliente y en invierno, no voy, aunque también he puesto radiadores eléctricos. La Junkers la tengo descartada, como las demás, me estoy centrando en estas marcas y quizá la Saugnier Duval. Tomo nota de lo del compañero, gracias. Ahora tengo una Ferroli atmosférica que tiene 17 años y no se ha estropeado nunca, pero no se me ocurriría comprar una de las que fabrican ahora, con el resto me pasa lo mismo, creo que pocas son las que me dan confianza.
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El SAT de todas ellas lo tengo próximo, cómo funcionan ya no lo sé ni tengo medios para saberlo, tendré que confiar en la suerte. De Buderus hay un modelo, el Logamax Plus GB022 de 24 Kw, pero ya se me va de precio. Saugnier Duval tampoco la tengo descartada, en concreto la Themafast, ésta lleva microacumulación, las otras, no, en cuanto a los precios no hay mucha diferencia de unas a otras. Romulo, yo tengo gas natural y la caldera la pongo mixta para agua caliente y calefacción. En una casa en el Pirineo tengo caldera de gasóleo y nunca más Santo Tomás, es una ruina por consumo y averías, además del ruido, humo... He observado que tienen un margen bestial del precio recomendado por catálogo al que ofertan en distintos sitios y mucha diferencia también entre éstos de unos a otros. Te queda la sensación de que al final alguien te va a tomar el pelo.
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Allroad: presentacion y ¿que detector de radar montar y donde ?
Dersu Uzala responde a ZYPREXA de discusión en Audi A6 / Allroad C7 (a partir de 2011)
Zyprexa, yo sólo te recomendaba que aguardaras un poco a ver cómo queda el asunto, pero si ya asumes el hecho posible de su prohibición y piensas que te compensa, pues nada, no tengo nada más que decir al respecto. De todos modos la seguridad absoluta no existe y con los láser no hay nada que hacer, cuando lo detecta ya te han cazado. -
Allroad: presentacion y ¿que detector de radar montar y donde ?
Dersu Uzala responde a ZYPREXA de discusión en Audi A6 / Allroad C7 (a partir de 2011)
No haría falta ni cambiar la Ley, de hecho cambiarlo es tan sencillo como aprobar un nuevo RDL que lo contemple. El actual ya dice: h. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. Sólo tienen que añadir a continuación de "inhibidores" las palabras "y detectores", vamos, que te suben el IVA de un día para otro o te prohiben el pago en efectivo en circunstancias determinadas sin cortarse un pelo, no se van a ir con tonterías, el la próxima modificación de límites de velocidad cae, fijo. -
Allroad: presentacion y ¿que detector de radar montar y donde ?
Dersu Uzala responde a ZYPREXA de discusión en Audi A6 / Allroad C7 (a partir de 2011)
Espera un poco, no te precipites, el otro día oí algo por la radio al respecto y creo que piensan prohibir, con la próxima reforma del Reglamento, el uso de los detectores también, creo que sólo van a permitir los avisadores por satélite. -
Como somos tantos seguro que más de uno ha pasado no hace tanto por el trance de cambiar la caldera y me puede echar una mano. La mía es de las antiguas, una Ferroli atmosférica, la verdad es que sigue funcionando perfectamente y en sus 17 años de servicio no ha requerido nunca el SAT, pero entiendo que el consumo es muy superior a lo que podré conseguir con una de las nuevas y como que más pronto que tarde me veré en la necesidad de sustituirla, prefiero hacerlo ahora con tranquilidad, pudiendo buscar y espero que encontrar, una buena solución y a ser posible no demasiado cara. La busco de gas natural, condensación, mixta, de potencia normal, unos 20/24 kw y de una marca que sea solvente, me he fijado especialmente en las WOLF CGB-K 20/24 DE DIETRICH Innovens MCA 25/28 MI VIESSMANN Vitodens 100-W WB1B042 Me gustaría conocer vuestra opinión y, como no, consejo, también admito ayuda si conocéis dónde comprarla a buen precio.
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El legal?? Vender un producto sin haber recambios en España
Dersu Uzala responde a RomuloTDI de discusión en OFF TOPIC
Claro que se puede hacer más de lo que ha hecho, fíjate que puede hasta darle un producto nuevo y lo de comprar cosas del otro lado del planeta... qué no viene ya del otro lado del planeta, pero en cualquier caso, el comprador no lo ha comprado en el otro lado del planeta sino en España, aquí nos regimos por las normas españolas. Yo he comprado algunas tonterías a los chinos directamente, y fallan como escopetas de caña, pero si se escacharran me aplico tu filosofía "son cosas de la vida", pues no me apetece meterme ya en mandar los chismes de un continente a otro con el resultado incierto de que nadie solucione nada, pero si lo compro aquí..., ay amigo, entonces no desisto, me amparan nuestras leyes y mal que bien aquí las cosas se solucionan y las normas se respetan y si no, pues hay consecuencias. Aunque se haya comprado en España en una tienda el producto es chino igualmente Fin del tema x mi parte Enviado desde mi GT-I9100 usando Tapatalk 2 Osea, que si yo compro un coche coreano, aunque sea en España, como el coche se hizo en corea, no tiene que haber respuesto??, Yo no lo veo asi. Si no lo quieres ver pues lo siento. s2. No es lo mismo pero bueno Saludos y suerte Enviado desde mi GT-I9100 usando Tapatalk 2 Desde luego tus argumentos son contundentes... -
El legal?? Vender un producto sin haber recambios en España
Dersu Uzala responde a RomuloTDI de discusión en OFF TOPIC
Si se trata de un cable no le pueden pedir 50 euros... Respecto a lo de que pudiera estar descatalogada en el momento de la compra, debería figurar en la factura, lo mismo que si tiene una tara y si no queda reseñado en la factura ese detalle se entiende que está perfectamente vigente y que goza de todas las garantías de un producto nuevo. -
El legal?? Vender un producto sin haber recambios en España
Dersu Uzala responde a RomuloTDI de discusión en OFF TOPIC
Romulo, respecto a lo que dices: Por eso estoy a la espera de la resolucion que estoy esperando Despues de su trato un servidor termino la via amistosa Creo que es un error. Si no le pides el repuesto cómo puedes decir después que no lo tienen? Aquí lo que diga el SAT (que no es el servicio oficial, pues entiendo que el único servicio oficial son ellos) carece de importancia. Deberías enviarle un correo en el que le dijeras que con relación al asunto que conocen, el aparato tiene averiado tal componente y que te diga el precio para comprar uno. Con eso sería suficiente para saber cuál va a ser tu siguiente paso. -
El legal?? Vender un producto sin haber recambios en España
Dersu Uzala responde a RomuloTDI de discusión en OFF TOPIC
Claro que se puede hacer más de lo que ha hecho, fíjate que puede hasta darle un producto nuevo y lo de comprar cosas del otro lado del planeta... qué no viene ya del otro lado del planeta, pero en cualquier caso, el comprador no lo ha comprado en el otro lado del planeta sino en España, aquí nos regimos por las normas españolas. Yo he comprado algunas tonterías a los chinos directamente, y fallan como escopetas de caña, pero si se escacharran me aplico tu filosofía "son cosas de la vida", pues no me apetece meterme ya en mandar los chismes de un continente a otro con el resultado incierto de que nadie solucione nada, pero si lo compro aquí..., ay amigo, entonces no desisto, me amparan nuestras leyes y mal que bien aquí las cosas se solucionan y las normas se respetan y si no, pues hay consecuencias. -
El legal?? Vender un producto sin haber recambios en España
Dersu Uzala responde a RomuloTDI de discusión en OFF TOPIC
El que tiene que solucionar el problema y quien responde directamente ante el consumidor/usuario, es el vendedor. Si tú les dices a tus clientes que acudan ellos directamente al fabricante y ellos acceden... allá ellos, yo no lo haría, por mucho que se agilice la cosa, sobre todo porque habitualmente las cosas se fabrican muy lejos y mandarlas de un lado para otro tiene unos costes y unos riesgos. Lomoi, la garantía la da quien vende el producto: Artículo 123. Plazos. 1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega. Y subsidiariamente: Artículo 124. Acción contra el productor. Cuando al consumidor y usuario le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por la falta de conformidad de los productos con el contrato podrá reclamar directamente al productor con el fin de obtener la sustitución o reparación del producto. Con carácter general, y sin perjuicio de que la responsabilidad del productor cesara, a los efectos de este título, en los mismos plazos y condiciones que los establecidos para el vendedor, el productor responderá por la falta de conformidad cuando ésta se refiera al origen, identidad o idoneidad de los productos, de acuerdo con su naturaleza y finalidad y con las normas que los regulan. Quien haya respondido frente al consumidor y usuario dispondrá del plazo de un año para repetir frente al responsable de la falta de conformidad. Dicho plazo se comput* a partir del momento en que se completó el saneamiento. Siendo el productor: Artículo 5. Concepto de productor. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 138, a efectos de lo dispuesto en esta norma se considera productor al fabricante del bien o al prestador del servicio o su intermediario, o al importador del bien o servicio en el territorio de la Unión Europea, así como a cualquier persona que se presente como tal al indicar en el bien, ya sea en el envase, el envoltorio o cualquier otro elemento de protección o presentación, o servicio su nombre, marca u otro signo distintivo. En cuanto al servicio que han de prestar quienes comercializan los productos en España, va más allá de la garantía de dos años (no puede ser inferior cuando se trata de la venta de productos nuevos): Artículo 127. Reparación y servicios posventa. 1. En los productos de naturaleza duradera, el consumidor y usuario tendrá derecho a un adecuado servicio técnico y a la existencia de repuestos durante el plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha en que el producto deje de fabricarse. 2. Queda prohibido incrementar los precios de los repuestos al aplicarlos en las reparaciones y cargar por mano de obra, traslado o visita cantidades superiores a los costes medios estimados en cada sector, debiendo diferenciarse en la factura los distintos conceptos. La lista de precios de los repuestos deberá estar a disposición del público. 3. La acción o derecho de recuperación de los productos entregados por el consumidor y usuario al empresario para su reparación prescribirá a los tres años a partir del momento de la entrega. Reglamentariamente, se establecerán los datos que deberá hacer constar el empresario en el momento en que se le entrega un objeto para su reparación y las formas en que podrá acreditarse la mencionada entrega. Gracias Dersu, a eso me refería, al parecer, según la Ley de Consumo, veo que si que es ilegal vender un producto sin que haya posibilidad de repararlo o de adquirir los recambios en España. Cómo sabes que no tienen recambios? Si les has pedido la pieza y te dicen que no la tienen ni la pueden conseguir, entonces sí que te han de dar alguna solución, pues como ves, tienen la obligación de tener recambios durante cinco años después de que se deje de fabricar el producto. Yo, después de mi experiencia con ellos, no les pedi nada, hablo de lo que dice el informe del SAT, y de lo que me comento el técnico, no se si el les pidió el recambio o no, yo solo hablo de lo que puedo demostrar (el informe del SAT así lo dice, que no se repara el producto por no estar disponible recambio) y que el propio técnico dijo que era ilegal vender un producto para el que no hay recambio. s2. Tendrías que asegurarte de que el SAT pidió el recambio al vendedor y que éste le dijo que no había, pero creo que no ha sido así. Yo le mandaría un correo electrónico preguntándole si tienen el repuesto y su precio, si lo tienen y te interesa, lo puedes comprar, y si te dice que no lo tiene le exiges que te dé una solución pues viene obligado a ello por el citado art. 127 del Texto Refundido... A ver por dónde te sale. -
El legal?? Vender un producto sin haber recambios en España
Dersu Uzala responde a RomuloTDI de discusión en OFF TOPIC
Alagar, tú eres muy libre de aguantar carros y carretas, pero desde luego, si yo compro algo a un profesional le exigiré que responda ante mí de cualquier falta de conformidad con todos los medios que tenga a mi alcance y si no lo hago desde luego no será porque me abandone al fatalismo de que son cosas de la vida. -
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Dersu Uzala responde a RomuloTDI de discusión en OFF TOPIC
El que tiene que solucionar el problema y quien responde directamente ante el consumidor/usuario, es el vendedor. Si tú les dices a tus clientes que acudan ellos directamente al fabricante y ellos acceden... allá ellos, yo no lo haría, por mucho que se agilice la cosa, sobre todo porque habitualmente las cosas se fabrican muy lejos y mandarlas de un lado para otro tiene unos costes y unos riesgos. Lomoi, la garantía la da quien vende el producto: Artículo 123. Plazos. 1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega. Y subsidiariamente: Artículo 124. Acción contra el productor. Cuando al consumidor y usuario le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por la falta de conformidad de los productos con el contrato podrá reclamar directamente al productor con el fin de obtener la sustitución o reparación del producto. Con carácter general, y sin perjuicio de que la responsabilidad del productor cesara, a los efectos de este título, en los mismos plazos y condiciones que los establecidos para el vendedor, el productor responderá por la falta de conformidad cuando ésta se refiera al origen, identidad o idoneidad de los productos, de acuerdo con su naturaleza y finalidad y con las normas que los regulan. Quien haya respondido frente al consumidor y usuario dispondrá del plazo de un año para repetir frente al responsable de la falta de conformidad. Dicho plazo se comput* a partir del momento en que se completó el saneamiento. Siendo el productor: Artículo 5. Concepto de productor. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 138, a efectos de lo dispuesto en esta norma se considera productor al fabricante del bien o al prestador del servicio o su intermediario, o al importador del bien o servicio en el territorio de la Unión Europea, así como a cualquier persona que se presente como tal al indicar en el bien, ya sea en el envase, el envoltorio o cualquier otro elemento de protección o presentación, o servicio su nombre, marca u otro signo distintivo. En cuanto al servicio que han de prestar quienes comercializan los productos en España, va más allá de la garantía de dos años (no puede ser inferior cuando se trata de la venta de productos nuevos): Artículo 127. Reparación y servicios posventa. 1. En los productos de naturaleza duradera, el consumidor y usuario tendrá derecho a un adecuado servicio técnico y a la existencia de repuestos durante el plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha en que el producto deje de fabricarse. 2. Queda prohibido incrementar los precios de los repuestos al aplicarlos en las reparaciones y cargar por mano de obra, traslado o visita cantidades superiores a los costes medios estimados en cada sector, debiendo diferenciarse en la factura los distintos conceptos. La lista de precios de los repuestos deberá estar a disposición del público. 3. La acción o derecho de recuperación de los productos entregados por el consumidor y usuario al empresario para su reparación prescribirá a los tres años a partir del momento de la entrega. Reglamentariamente, se establecerán los datos que deberá hacer constar el empresario en el momento en que se le entrega un objeto para su reparación y las formas en que podrá acreditarse la mencionada entrega. Gracias Dersu, a eso me refería, al parecer, según la Ley de Consumo, veo que si que es ilegal vender un producto sin que haya posibilidad de repararlo o de adquirir los recambios en España. Cómo sabes que no tienen recambios? Si les has pedido la pieza y te dicen que no la tienen ni la pueden conseguir, entonces sí que te han de dar alguna solución, pues como ves, tienen la obligación de tener recambios durante cinco años después de que se deje de fabricar el producto. -
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Dersu Uzala responde a RomuloTDI de discusión en OFF TOPIC
Lomoi, la garantía la da quien vende el producto: Artículo 123. Plazos. 1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega. Y subsidiariamente: Artículo 124. Acción contra el productor. Cuando al consumidor y usuario le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por la falta de conformidad de los productos con el contrato podrá reclamar directamente al productor con el fin de obtener la sustitución o reparación del producto. Con carácter general, y sin perjuicio de que la responsabilidad del productor cesara, a los efectos de este título, en los mismos plazos y condiciones que los establecidos para el vendedor, el productor responderá por la falta de conformidad cuando ésta se refiera al origen, identidad o idoneidad de los productos, de acuerdo con su naturaleza y finalidad y con las normas que los regulan. Quien haya respondido frente al consumidor y usuario dispondrá del plazo de un año para repetir frente al responsable de la falta de conformidad. Dicho plazo se comput* a partir del momento en que se completó el saneamiento. Siendo el productor: Artículo 5. Concepto de productor. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 138, a efectos de lo dispuesto en esta norma se considera productor al fabricante del bien o al prestador del servicio o su intermediario, o al importador del bien o servicio en el territorio de la Unión Europea, así como a cualquier persona que se presente como tal al indicar en el bien, ya sea en el envase, el envoltorio o cualquier otro elemento de protección o presentación, o servicio su nombre, marca u otro signo distintivo. En cuanto al servicio que han de prestar quienes comercializan los productos en España, va más allá de la garantía de dos años (no puede ser inferior cuando se trata de la venta de productos nuevos): Artículo 127. Reparación y servicios posventa. 1. En los productos de naturaleza duradera, el consumidor y usuario tendrá derecho a un adecuado servicio técnico y a la existencia de repuestos durante el plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha en que el producto deje de fabricarse. 2. Queda prohibido incrementar los precios de los repuestos al aplicarlos en las reparaciones y cargar por mano de obra, traslado o visita cantidades superiores a los costes medios estimados en cada sector, debiendo diferenciarse en la factura los distintos conceptos. La lista de precios de los repuestos deberá estar a disposición del público. 3. La acción o derecho de recuperación de los productos entregados por el consumidor y usuario al empresario para su reparación prescribirá a los tres años a partir del momento de la entrega. Reglamentariamente, se establecerán los datos que deberá hacer constar el empresario en el momento en que se le entrega un objeto para su reparación y las formas en que podrá acreditarse la mencionada entrega. -
No, es un A4 avant restiling, mira dnde pone noticia con video y te harás una idea de la que lió. jod**! los hacen todos iguales, yo tengo el A6 y no los distingo... me podía haber comprado un A4,