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Pérdida de Aceite por el retén del cigüeñal! opinioenes porfavor&#


Elegance09

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Buenas noches, estoy desesperado!

 

Hace 4 días adquirí un Audi a6 2.4, del 97 motor AGA, con 130000km, una maravilla de coche, escepto porque ayer, me dejo un charco de aceite debajo del motor y no para de perder un poco desde entonces.

 

He estado en el mecánico, y hemos visto que la posible pérdida se encuentre en el retén del cigüeñal y que esta reparación es cara y que puede salir alguna cosita mas... eso es lo que me ha dicho el mecánico. En el Fis cuando meto la segunda y piso el acelerador es cuando me salta el testigo de presión de aceite, porque en frio no pierde nada.

 

Me gustaría porfavor, que me digerais, cuando podría ascender esta reparación o de cuantas horas estariamos hablando porque el retén es muy económico.

 

Estoy desesperado el coche tiene 4 días y le reclamado a su anterior dueño pero nada...

 

Puede que pierda por otro lugar que no sea ahy? De cuantas horas o precio estaríamos hablando de cambiar el retén del ciegüeñal? Esto hablando del del lado de la correa de distribución la cual segun el anterior dueño se cambio con 91000km, no el de la transmisión, porque pierde por delante, cae por el carter por el lado izquierdo si miramos desde frente el coche y un poco por enfrente del carter, osea por la distribución.

 

Porfavor espero que alguna alma caritativa pueda hecharme un consejo, o una recomendación o que me diga almenos de cuantas horas hablamos.... o precio estimado de reparación y si ahy alguien de barcelona capital que pueda hacermelo estaría interesado en hablar con el.

 

Un saludo y muchas gracias a todos de verdad. Un saludo.

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Para cambiar el retén del cigüeñal hay que abrir motor...la avería es una estupidez pero la mano de obra se va por las nubes.

 

No soy ningún experto, pero va a llevar unas cuentas horas de mano de obra. Espero que algún compañero nos ilumine más técnicamente.

 

Acerca del anterior dueño...antes de abrir, que hagan un presupuesto detallado del importe de la reparación, y le mandas un burofax al vendedor alegando estas dos joyitas que nos protegen ante ABUSOS de este tipo:

 

El Código Civil define así los vicios ocultos en su artículo 1.484:

 

El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos.

 

y el artículo 6 del código Civil dice:

 

1. La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento.

El error de derecho producirá únicamente aquellos efectos que las leyes determinen.

2. La exclusión voluntaria de la ley aplicable y la renuncia a los derechos en ella reconocidos sólo serán válidas cuando no contraríen el interés o el orden público ni perjudiquen a terceros.

3. Los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son nulos de pleno derecho, salvo que en ellas se establezca un efecto distinto para el caso de contravención.

4. Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir.

 

En el burofax (si va firmado por un abogado, mejor que mejor) exígele el pago total de la reparación, y alude al contrato de compra-venta, o en su defecto, a la fecha de transmisión del vehículo (cambio de titularidad en tráfico), y que de no llegar a acuerdo, habría dos opciones:

 

En cuanto a qué se puede conseguir si ejercitamos nuestro derecho de saneamiento, de acuerdo con art. 1486 del Código Civil, el comprador, siempre ante los tribunales de justicia, podrá optar por:

 

- la acción redhibitoria: consiste en desistir del contrato, abonándosele los gastos que pagó, entregando el coche con vicios ocultos.

 

Si se pudiera demostrar que el vendedor actuó con mala fe (salta a la vista que así fue por dormir en garaje, por ejemplo, y ser evidente el charco de aceite, la luz de presión del aceite y la contínua reposición de aceite), pues conocía los defectos del automóvil y no los manifestó al comprador, en caso de optar el comprador por la acción redhibitoria también podrá exigir daños y perjuicios (importe, gastos de transmisión, alquiler de un coche si ha sido necesario...)

 

- la acción quanta minoris: consiste en rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos, por la valoración de los vicios ocultos.

 

Espero haber ayudado...y es que este tipo de "hazañas" de los vendedores es lo más cercano a una estafa que se me ocurre. Por cierto, la Ley de Garantías ni mentarla, pues entre particulares no es de aplicación.

 

Intenta que se atenga a razones y pague repaaración o al menos, buena parte (el 75% por ejemplo), y si no lo hace...plantéate que se coma el coche con patatas yendo a juicio. Un proceso de este tipo te saldría, entre abogado y procurador, por unos 600-800 Euros.

Editado por Amenofis
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  • 3 semanas más tarde...

Solo para te hagas una idea.

Yo empecé con pequeñas manchas en la plaza que aparco el coche, hasta que comprobé que el cubrecarter estaba empapado, pero curiósamente, no bajaba el nivel de aceite.

Me han cambiado el retén del cigüeñal y parece que no pierde.

La pieza, en un 2.5 TDI quattro, vale 8€, y el total con mano de obra unos 190€ más o menos, unas 3,5 horas de trabajo.

No es tan grave como a priori parece, ya que es una pieza que con los kms suele irse.

 

Un saludo.

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