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Primera multa... alguna idea para recurrir?


Xavilondo

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Pues eso, yendo a 160 (148 real) un coche parado en el arcen de la autopista a2 me tiro una foto. Al kilometro y media, habia un peaje, y me situe en la caseta de la izquierda del todo. Al salir, vi que estaban parando bastantes coches los mossos d'escuadra, pero al salir por la otra punta, me hice el longuis y segui recto...

 

En fin, alguna idea? cuanto me va a caer? influye que tambien este a nombre de otra persona el carro? o que no me hayan aprado? o que el radar estuviera parado en el arcen casi provocando accientes? (que dramatico soy B) )

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La suerte de que no te hayan parado y, por consiguiente no sepan quién conducía el coche, y si éste está a nombre de otra persona, tienes posibilidades de que la multa se "pierda". Mandarán una carta al propietario avisando de la infracción, y éste en principio ha de decir quién pagaba. Lo que no sé es si el propietario ha de pagar o si es la poli quien ha de ir detrás del infractor. Eso no lo sé, aunque en casa tenemos un caso igualito al tuyo (a mí no me incumbe) y de momento estamos con recurso. Ya te diré qué pasa...

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No estoy seguro, pero antes el propietario del conductor siempre podía decir que no conducía él y la multa acababa "perdiéndose", pero creo que desde hace tiempo, el propietario es el responsable, y si no identifica al conductor, le empaquetan a él.

 

Seguro que hay algún abogado por aquí que nos puede ilustrar, pero creo que ahora el tema está así.

 

Saludos

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La suerte de que no te hayan parado y, por consiguiente no sepan quién conducía el coche, y si éste está a nombre de otra persona, tienes posibilidades de que la multa se "pierda". Mandarán una carta al propietario avisando de la infracción, y éste en principio ha de decir quién pagaba. Lo que no sé es si el propietario ha de pagar o si es la poli quien ha de ir detrás del infractor. Eso no lo sé, aunque en casa tenemos un caso igualito al tuyo (a mí no me incumbe) y de momento estamos con recurso. Ya te diré qué pasa...

 

 

CORRECTO.

 

La multa le llegará al propietario, pero dicha multa traerá al pié de página un cuadro de datos para rellenar.

 

El propietario está obligado a identificar y poner los datos del que conducía el coche a esa hora en ese momento y una vez relleno, lo firmará y devolverá a la Jefatura de trafico provincial de la zona.

 

En caso de que el propietario NO rellenace nada ni devolviese nada firmado a la Jefatura de tráfico, pues lo que ocurre es que el importe de la citada denuncia pueden pasar dos cosas:

 

--- Que se multiplique por dos.

--- O que se añada un importe minimo de 150 euros al importe de la denuncia.

 

Una u otra opción lo dirá la misma carta en si.

 

Si el propietario del vehiculo no devuelve la denuncia rellena, pues será en ese caso el que tenga que hacer frente a la denuncia ya que de ese modo estaría aceptando la responsabilidad del exceso de velocidad.

 

Así que lamentandolo enormemente tendrás que hacer frente a la denuncia por que el propietario te identificará por la cuenta que le trae.

 

La multa pasa a multiplicarse por 2 o a incrementarse en un importe adicional minimo de 150 euros en caso de que:

 

--- El propietario del vehículo no responda. (El propietario paga).

--- Los datos suministrados por el propietario sean falsos, sean incorrectos o estén incompletos. (El propietario paga).

 

 

Una vez que tráfico recibe la denuncia rellena con los datos correctos, ésta procede a enviarla por carta certificada a la persona delatada por el propietario.

 

A partir de aqui, esa asume la responsabilidad, y en caso de no asumirla pues habría un juicio entre ambas personas.

 

Saludos.

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Yo hace tres años me cazaron con mi Vw Polo a 142kmh el coche camuflado, lo más gracioso es que delante de mi marchaba un amigo con el Bmw 750i más rápido que yo y me pararon a mi, me pararon, me multaron por 2kmh, podía ir a 140kmh, y me mandaron la multa, 25.000pts, por despiste, en serio, se me pasó el plazo para pagarla y me mandron una carta advirtiendome que como no había pagado la multa se procedería al embargo en cualquier cuenta bancaria que estubiera a mi nombre, pero como no tenía ni una solo cuenta a mi nombre y sigo sin tenerla a día de hoy no la he pagado, un amigo que ha terminado derecho me ha dicho que los embargos por multas de tráfico prescriben a los 3 años, por lo tanto creo que me he librado, lo de que prescribe a los 3 años lo habeis escuchado?

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hombre, en principio los coches provistos con radar no pueden estacionar en un lugar que conlleve una violacion del codigo de circulacion, o eso tengo entendido....

ataca por esa pista,de todas maneras, espero que haya algún "entendido" en el tema que te pueda asesorar mejor.

Un saludete-r ;)

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hola tremox,

 

En ese punto estoy de acuerdo, siempre puedo alegar que tuve que acelerar pues el del carril derecho se me iba a echar encima al ver un coche aparcado en el arcen sin triangulo que señalizara su aprada (ese coche parado es el radar). Pero mi pregunta es saber si ellos , la dgt, dicen situacion y velocidad del coche radar, si estaba parado y en que zona... En fin, alguien tiene alguna experiencia?

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yo creo que gastándote la pasta que te has gastado en ese coche y vas a escatimar por una multa de 200-300€? ;) qué ratón!

 

es coña, la verdad es que cada vez está más jodido esto de evitar las multas. Antiguamente había un método por el que el propietario decía que podían haber conducido ese coche ese día varias personas, y daba las direcciones de varias personas en distintos puntos de España. Se ve que al final lo dejaban por imposible. Sé de un tío que hacía algo parecido a ésto, pero ya hace tiempo.

 

salu2

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