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Otra puta multa...


Churro26

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No se debe aparcar en una rotonda, está expresamente prohibido. No deja de estar prohibido porque sea costumbre, o lo hagan los demas o no pase nadie o sea martes de carnaval, o vayas de verde.

No se deben superar los 130 km/h (120 en realidad) porque está sancionado y no deja de estarlo porque hoy no te pillen o porque nadie respete las señales por costumbre, o tu coche sea mejor que el mío.

No se debe aparcar encima de la acera bajo ningún concepto, da igual que no haya mas sitio, que sea de noche, que haya partido, o que se sea insolvente. Si se avería, se deja el coche en la calzada, se pone el chaleco, se sacan los triangulos y se señaliza, y se llama a la grua, o se pone solución rapidamente.

 

Decir esto sobra, porque entiendo que todo el mundo que conduce ha ido a la autoescuela ... ¿o quizás no?

 

Supongo que diciendo esto, rompo el rollo de la "retroalimentación entre infractores pillados", pero es que que alguien tiene que decirlo así de claro. Y aun así...

 

Saludos.

 

Te doy toda la razón y estoy de acuerdo contigo. Es más te diré que esa es la única multa que he recibido, nunca tuve otra.

 

Es más creo que es el código civil que dice que las leyes están por encima de las creencias o tradiciones de los españoles, así como el desconocimiento de las leyes no exime su cumplimiento. Eso creo, que no se nada de derecho, lo mio son los numeritos y esas cosas. Pero por otra parte, también sino me equivoco, la ley obliga a la policía a cumplir con su juramento. Y todos somos iguales ante la ley.

 

Así que porque unos coches están multados y otros no? Eso es precisamente lo que me jode. Nada más, que por fines recaudatorios, o vaguería en otros casos, multan a unos y otros no. Además luego ves verdaderas animaladas, por las calles o carreteras. Sin ir más lejos este mes he visto un tio dando marcha atrás en la M30 por que se paso la salida y otro día, un a otro cruzado y parado también en la M30, por que su salida estaba 3 carriles más a la derecha.

 

No digo que no hayan hecho bien sancionándome por aparcar en la acerá, lo han hecho, pero creo que no es justo, que me sancionen a mí y solo a mí, por que me parece que va en contra del código civil. Y en segundo lugar, que me sancionen eso y luego veas animaladas como las que os acabo de contar que son una bestialidad, a esos si que les tenían que meter mano.

 

Y sintiendolo por churro, pro ir a 160 también. Aunque es tentador correr en rectas.

 

Un saludo

 

Coincido con tu respuesta tambien, si en este caso me han multado a mi porque no multaron al de detras que estaba ahi parado cuando yo llegue? ya se que no deberia haberlo dejado ahi, y que esta mal, pero de poner recetas a todos por igual no a uno si y a otros no.

 

Lo de dejar el coche encima de la acera cuando me quede sin bateria fue porque se me paro en un semaforo, y casualmente yo era el 1º en el semaforo, entonces si lo dejo ahi puesto armo una caravana de no te menees, y por no dejarlo ahi en medio lo subi a la acera a empujon, por no armar mucho trafico, que encima el semaforo ese esta a la entrada de una ciudad, asi que imaginate toda la gente que pasa por ahi, y solo por dejarlo ahi encima, que tampoco dificultaba el paso a los peatones, que no lo subi entero, lo subi lo suficiente para no molestar mucho el trafico.

 

Un saludo

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Atakaquino donde estas???

Bueno, churro, estoy de acuerdo con tigo en muchas cosas y lo que mata mas que la velocidad son los parasitos del volante que conducen a su bola, despistados totalmente, a 30km/h por debajo del limite de velocidad, sin utilizar en su put* vida los intermitentes, sin saber lo que es una prioridad de derecha, sin saber las reglas de la carretera y que no me explico como tienen carnet que lo tienen. Luego diremos que los americanos, los pakistani o los maroquies.

El dinero lo puede todo y sobre eso, estoy totalmente deacuerdo con tigo o mas.

Pero no creo que tus experiencias con las drogas te hayan vuelto rebelde. Y se muy bien de lo que hablo. Por cierto, celebro que te hayas reincertado de una cierta forma (yo estoy en ello :innocent: )

También me molesta que quieras siempre vivir mejor que los demás. Te envidio a ti pero también a moreno (en su casa no da un palo al agua :thumbsup: )

Estos debates son muy interesantes, y me gusta que nos digamos las cosas a la cara siempre y cuando no nos pasemos de la raya (no por nada, sino porque luego los mod. :busted_cop: nos cierran el hilo)

Que siga la pelea pero sin golpes bajos :gun2: .

A vuestra salud :az: .

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litigios legales

 

 

Valga la redundancia... :rolleyes: ¿y lo de los polvos de moreno? :shocked: ¿y tu romulo?, ¿echas muchos polvos? :rolleyes:

 

 

Veo que aqui nadie ha ido nunca a 150, entonces ma callo la boca, debo ser el asesino de la carretera, a 150, valgame dios... encima que intento explicar como recurrir una multa, me estudio el tema y lo posteo... pues nada, no tengais "litigios legales" como dice romulo, yo si, me gustan los follones, y si no me tienen que quitar los puntos pues que no me los quiten.

 

 

Conclusión a nadie le interesa recurrir una multa porque sois muy buenos ciudadanos y respetais todo, todo y todo... jod**, ni que fuese conduciendo por ahi estrellandome contra los coches... os dire que esos dias me han adelantado bastantes coches.

 

 

Aqui nadie dice que sea un ciudadano modelo, claro que todos hemos pasado de 120 en muchas ocasiones, pero si nos cojen pues nos jodemos, pagamos y punto, no andamos a llorar por als esquinas que es lo que, a mi entender, haces tu, por que te han puesto una multa ya pones el grito en el cielo, al menos eso es lo que yo entiendo nada mas entrar en el hilo, por que un titulo como: Otra put* multa... Curro Jimenez seria Guardia CIvil hoy en dia a mi me parece un poco de crios.

 

Esta claro que el sistema no es perfecto y que siempre salimos perdiendo los que menos tenemos, pero para eso tenemos algo de inteligencia y demostramos ser mas listos que ellos corriendo mucho menos, no pasando de las velocidades legales y cumpliendo muchos mas que antes las normas, asi evitamos que nos cojan, pero es que tu por lo que cuentas en el foro parece que te gusta que te pillen y que vas por la carretera siempre a fondo por que te gusta ser un antisistema, pues muy bien, selo, yo lo respeto, pero cuando te cojan por un exceso de velocidad pues no llores ni armes una pataleta.

 

Claro que hay formulas legales para recurrir, pero tu crees que una persono que no es abogado (como muchos de nosotros) se va a meter en juicios por 150 euros??, yo personalmente acabo antes pagando y cuando vuelva a ser autonomo (si algun dia lo soy) pues me lo descuanto del IVA y a correr, no me rompo los huevos, y si no puedo recuperar la pasta pues simplemente levanto el pie del acelerador y listo, eso se llama ser un poco inteligente y no darles lo que ellos quieren, que corres y qe te puedan emplumar bien emplimado, por mucho abogado que seas y por muchas leyes que sepas, por que tu eres uno, pero hay muchos otros millones de ciudadanos que no se meten en lios por esa cantidad.

 

A mi me quitaron puntos en su momento hace ya casi 5 años por ir sin cinturon en ciudad a 10km/h, ya ves, una velocidad hipermegaluz y un peligro para la ciudadania que no veas, pero no cumplia la ley, iba sin el cinturon, me cojieron (y eso que estaban haciendo una de sus famosas redadas en Pontevedra para cojer a todo el que fuera sin cinturon) y me metieron su multita (de aquella eran creo que 100 euros con un 30% de descuento por prontopago) y claro que me jodio, y mudho, pero desde esa soy algo mas inteligente que ellos y uso siempre el cinturon, amen de cumplir el resto de normas, asi no me vuelven a jod**, y ellos se quedan con las ganas y yo con el dinero en mi volsillo.

 

Y Feliz Año nuevo que me duele la mano de escribir.

 

s2.

 

Nadie se mete en juicios por 150 € (Sea o no Abogado) ni tampoco por 1500. Si te metes en un pleito de 150 € es por coj****, pero no por los Euros...... anda que no lleva trabajo ni nada un contencioso contra la Administración.

 

Ahora, con las nuevas y recientes modificaciones legales, le pueden caer las costas a la Administración, cosa que hasta el momento en la práctica nunca se hacía, pero....... amigo Churro, lo siento, el tema este está ya más que trillado en los Tribunales, hasta la saciedad.

 

Incluso a nivel del TS y por mucho que diga el Catedrático..... el 99% de los Jueces y Magistrados de este país, y tanto el TS como el TC, han establecido de modo muy claro y reiterado que la identificación del conductor del vehículo es un requisito administrativo que no atenta contra el derecho a no declarar contra si mismo o contra los familiares, ni tampoco a la presunción de inocencia.

 

Y como digo, a raíz de lo dispuesto por la nueva Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, que como ya sabes modifica el Art. 139 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa en materia de costas, me temo que vas a palmar el recurso y las costas del proceso (Unos 2000 Euros).

 

No obstante, todo lo anterior, como siempre, salvo criterio mejor fundado en Derecho, que "Doctores tiene la Iglesia".

 

Si al final lo consigues pues...... :notworthy: :notworthy: :notworthy:

 

Un saludo y suerte!!

Editado por Estornino
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No se debe aparcar en una rotonda, está expresamente prohibido. No deja de estar prohibido porque sea costumbre, o lo hagan los demas o no pase nadie o sea martes de carnaval, o vayas de verde.

No se deben superar los 130 km/h (120 en realidad) porque está sancionado y no deja de estarlo porque hoy no te pillen o porque nadie respete las señales por costumbre, o tu coche sea mejor que el mío.

No se debe aparcar encima de la acera bajo ningún concepto, da igual que no haya mas sitio, que sea de noche, que haya partido, o que se sea insolvente. Si se avería, se deja el coche en la calzada, se pone el chaleco, se sacan los triangulos y se señaliza, y se llama a la grua, o se pone solución rapidamente.

 

Decir esto sobra, porque entiendo que todo el mundo que conduce ha ido a la autoescuela ... ¿o quizás no?

 

Supongo que diciendo esto, rompo el rollo de la "retroalimentación entre infractores pillados", pero es que que alguien tiene que decirlo así de claro. Y aun así...

 

Saludos.

 

Te doy toda la razón y estoy de acuerdo contigo. Es más te diré que esa es la única multa que he recibido, nunca tuve otra.

 

Es más creo que es el código civil que dice que las leyes están por encima de las creencias o tradiciones de los españoles, así como el desconocimiento de las leyes no exime su cumplimiento. Eso creo, que no se nada de derecho, lo mio son los numeritos y esas cosas. Pero por otra parte, también sino me equivoco, la ley obliga a la policía a cumplir con su juramento. Y todos somos iguales ante la ley.

 

Así que porque unos coches están multados y otros no? Eso es precisamente lo que me jode. Nada más, que por fines recaudatorios, o vaguería en otros casos, multan a unos y otros no. Además luego ves verdaderas animaladas, por las calles o carreteras. Sin ir más lejos este mes he visto un tio dando marcha atrás en la M30 por que se paso la salida y otro día, un a otro cruzado y parado también en la M30, por que su salida estaba 3 carriles más a la derecha.

 

No digo que no hayan hecho bien sancionándome por aparcar en la acerá, lo han hecho, pero creo que no es justo, que me sancionen a mí y solo a mí, por que me parece que va en contra del código civil. Y en segundo lugar, que me sancionen eso y luego veas animaladas como las que os acabo de contar que son una bestialidad, a esos si que les tenían que meter mano.

 

Y sintiendolo por churro, pro ir a 160 también. Aunque es tentador correr en rectas.

 

Un saludo

 

Coincido con tu respuesta tambien, si en este caso me han multado a mi porque no multaron al de detras que estaba ahi parado cuando yo llegue? ya se que no deberia haberlo dejado ahi, y que esta mal, pero de poner recetas a todos por igual no a uno si y a otros no.

 

Lo de dejar el coche encima de la acera cuando me quede sin bateria fue porque se me paro en un semaforo, y casualmente yo era el 1º en el semaforo, entonces si lo dejo ahi puesto armo una caravana de no te menees, y por no dejarlo ahi en medio lo subi a la acera a empujon, por no armar mucho trafico, que encima el semaforo ese esta a la entrada de una ciudad, asi que imaginate toda la gente que pasa por ahi, y solo por dejarlo ahi encima, que tampoco dificultaba el paso a los peatones, que no lo subi entero, lo subi lo suficiente para no molestar mucho el trafico.

 

Un saludo

 

Leyendo en concreto la respuesta de Cachelo, estaba yo pensando en todos esos amigos "verdes" (busted_cop.gif) que para poner multas se ponen exactamente igual o peor que los coches a los que les van a dejar recetas y pobre de ti como les digas algo, que por abrir la boca te cae un regalito sin haber hecho nada.

 

Lo que si que me parece mal es el tipico "aqui si aqui no" dentro de una misma poblacion, municipio o como querais llamarlo, en plena ciudad los coches aparcan todos por donde pueden saltandose las normas en reiteradas ocasiones y ninguno o muy pocos son los que sancionan, pero haces eso tu un dia que tienes una urgencia y no hay otro lugar donde dejarlo y sorpresa la tuya dias mas tarde que te llega el certificado de correos... tanto es infraccion en un lugar como en otro.

Tambien esta el tema de los "minusvalidos" que solicitan su plaza y luego la tienen para quedarse mirandola y te joden a ti un sitio de aparcamiento pero esto es ya otro tema y no hay que irse por las ramas, que al final acabamos hablando de carne y no de ruedasroll1.gif

s2

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Nadie se mete en juicios por 150 € (Sea o no Abogado) ni tampoco por 1500. Si te metes en un pleito de 150 € es por coj****, pero no por los Euros...... anda que no lleva trabajo ni nada un contencioso contra la Administración.

 

Ahora, con las nuevas y recientes modificaciones legales, le pueden caer las costas a la Administración, cosa que hasta el momento en la práctica nunca se hacía, pero....... amigo Churro, lo siento, el tema este está ya más que trillado en los Tribunales, hasta la saciedad.

 

Incluso a nivel del TS y por mucho que diga el Catedrático..... el 99% de los Jueces y Magistrados de este país, y tanto el TS como el TC, han establecido de modo muy claro y reiterado que la identificación del conductor del vehículo es un requisito administrativo que no atenta contra el derecho a no declarar contra si mismo o contra los familiares, ni tampoco a la presunción de inocencia.

 

Y como digo, a raíz de lo dispuesto por la nueva Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, que como ya sabes modifica el Art. 139 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa en materia de costas, me temo que vas a palmar el recurso y las costas del proceso (Unos 2000 Euros).

 

No obstante, todo lo anterior, como siempre, salvo criterio mejor fundado en Derecho, que "Doctores tiene la Iglesia".

 

Si al final lo consigues pues...... :notworthy: :notworthy: :notworthy:

 

Un saludo y suerte!!

 

Muchísimas gracias por contestar, evidentemente mi actitud no es muy racional, es por c*** . Lo de no identificar ya me di cuenta en la tercera parte de este hilo, http://www.tribunalconstitucional.es/jurisprudencia/Paginas/Sentencia.aspx?cod=9480

 

Y digo que no se puede recurrir por esta vía, no estaba al día, el tema procesal no lo había mirado aun, lo ideal sería que me aportasen el expediente para ver si merece la pena el repataleo o es pegar contra una pared, pero ya sabes como son en la administración, lo pides y si te esperas casi seguro que se te pasa el plazo para el recurso. Viendo como esta el tema no puedo sentir otra cosa que no sea indefensión ,en lugar de estudiar podría haberme dedicado a jugar a las canicas,me arrepiendo una barbaridad de haber estudiado derecho, no me quites el punto de idealismo, dejame pegarme a mi solo la hostia (aunque en el fondo se como es la cosa en realidad, no lo quiero saber).

 

Y vaya risa lo de la norma sin aplicar... si razón he tenido no perdiendo el tiempo votando...

 

http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/11/pdfs/BOE-A-2011-15937.pdf

 

Bueno macho, siento decirte que ver esto te hace sentir impotente, cada vez tenemos menos derechos, es patético y lo peor es que a nadie le molesta ni ve como perdemos derechos... :ranting2:

 

 

CAPÍTULO IV.

COSTAS PROCESALES.

Artículo 139.

 

1. En primera o única instancia, el órgano jurisdiccional, al dictar sentencia o al resolver por auto los recursos o incidentes que ante el mismo se promovieren, impondrá las costas a la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, salvo que aprecie y así lo razone, que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho.

 

En los supuestos de estimación o desestimación parcial de las pretensiones, cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad, salvo que el órgano jurisdiccional, razonándolo debidamente, las imponga a una de ellas por haber sostenido su acción o interpuesto el recurso con mala fe o temeridad.

 

:ranting2: ¿No te sientes impotente como abogado? :unsure: y encima sin saber como se aplica en la practica porque lleva nada en vigor... este articulo te disuade de mantener cualquier pleito con la administración, definitivamente solo quieren llenar la saca :ranting2: esto hace que recurrir cualquier cosa sea estúpido...

 

¿Y esto no se puede salvar por la vía de la asistencia jurídica gratuita?, perdona si digo alguna barbaridad pero es como el catolicismo, no soy practicante... en teoría exime de pagar las pruebas periciales, y la cosa es generar un gasto equivalente por tocar los c***.... ademas si se pide suspende el plazo para el recurso.

 

 

Ya veo que es lo que dije, las multas no se pueden recurrir en la práctica... lo primero porque es antieconomico... lo mejor es que no te pillen...

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:ranting2:

 

 

Aprenderos esto niños, las multas no se pueden recurrir :ranting2:

 

No estudieis derecho, dedicaros a cualquier otra cosa porque en la practica nada de lo que estudias es verdad... :ranting2: si vamos para atras como los cangrejos, ahora motivar la no imposición de costas, que vayan a asar a su madre... :ranting2: parece que ugt se plantea incluso presentar recurso de incostitucionalidad de este articulo 139, porque si eres funcionario a ver como lo haces si tienes un problema :ranting2:

 

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Por favor un poco de colaboración, gracias.

 

:busted_cop: solo era un comentario...

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