Sí se puede. Debes presentar en la Notaría una relación de bienes con el valor de cada uno de ellos, sin necesidad de valoración externa, (cosa que tendría que hacerse si se tratara de una SA)
Ok gracias, si no me equivoc esto se especifica en los Estatutos verdad??, saludos
En los estatutos no, sino en el cuerpo de la escritura. Además hay que hacer constar que participaciones sociales corresponden a cada uno de los bienes aportados.