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Ayuda de todos vosotros compañeros


CAÑA

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Desgraciadamente mi padre a fallecido hace poco :crying_anim: y el a5 estaba a nombre de el, debido que padecia una minusvalia del 79% asi que en su dia no se pago el impuesto de matriculacion y solo se pagó el 4% de iva, segun la ley el coche no se puede tranferir en 4 años tampoco lo tengo pensado de hacerlo, puedo dejar el coche a nombre de mi padre o tengo que trasferirlo a mi persona? me reclamarán los impuestos que en su dia me ahorré por la minusvalia? tengo un cacao impresionante y no tengo nidea del tema :conf: , haber si me podeis ayudar chicos, un saludo.

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Joer,, CAña, lo siento mucho compi.

 

Yo la verdad no sé nada de este asunto. A ver si algún compi te puede echar un cable y si vemos que no nos aclaramos incluso, si te parece, podemos mover el hilo a otro subforo (general u off-topic) que por allí siempre circula mucha más gente y alguno seguro que controla del tema. Tú mandas.

 

Venga, mucho ánimo amigo :thumbsup:

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Lo primero lo siento y animo, lo segundo, tienes 90 días para poner el coche a tu nombre, si no lo haces incluso te pueden denunciar si lo usas, respecto a los impuesto, tendras que pagar la parte proporcional que en su dia no se pagaron de impuesto, esa parte proporcional viene dado por el valor fiscal que el estado le asigne al coche a fecha de hoy(que suele ser muy bajo, respeto al precio de mercado"2ª mano"). Saludos

Editado por tuchox
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Hombre sin tenerlo claro, yo me imagino que existirá alguna excepción como en este caso de fallecimiento del propietario, aunque los especialistas en temas fiscales te lo confirmarán.

 

Por cierto, mucho ánimo y siento mucho lo de tu padre.

Editado por labombadiesel
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Hola, antes que nada darte mi mas sincero pesame.....

 

Aver si te puedo echar una mano, yo tb el coche matriculado en tus mismas circustancias.

 

Si transfieres el coche antes de los cuatro años, tienes que reintegrar en su totalidad los beneficios fiscales obtenidos, es decir, tanto el IVA, como el Impuesto de matriculación.

 

Además si formalizas la escritura de herencia de tu padre tendrás que incluirlo en el inventario de la herencia y luego transferirlo via trafico.

 

Lo de los 90 dias, que ha dicho el compañero lo desconozco, y lo de denunciar tambien lo desconozco podria explicarnoslo un poco mas, para saber del tema.

 

Yo si estuviera en tu lugar, me quedaría quieto hasta los cuatro años y si tu padre no tiene el DNI caducado, cuando pasen los cuatro años, lo transfieres en tráfico y punto.

 

Saludos

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