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23 de febrero de 2023

 

 

¿Podrán los mayores de 16 años ya conducir coches por autopista con el nuevo carné B1?

 

La entrada en vigor del nuevo carné B1 abriría la puerta a los jóvenes menores de 18 años a conducir cuadriciclos eléctricos por autovías y autopistas.

 

 

 

 

 

 

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Los mayores de 16 años podrán ya conducir coches por autopista con el nuevo carné B1

 

 

 

La DGT trabaja desde 2021, dentro de la Estrategia de Seguridad Vial 2030, en la implantación en España del carné B1. Y si todo va bien, parece que se hará realidad ya en 2024. Así lo confirmó Pere Navarro, director general de la DGT, hace unos días en una entrevista con el Heraldo de Aragón, en la que añadió que este nuevo carné está pendiente de una nueva directiva comunitaria de permisos de conducir.

 

 

El carné B1 funciona ya con éxito en Portugal, Francia, Italia y el Reino Unido, países donde permite a los mayores de 16 años conducir vehículos eléctricos con unas determinadas características. En concreto, vehículos con un peso máximo de 400 kg y que alcancen una velocidad máxima de 90 km/h.

 
 

Según el reglamento actual de conductores, los menores de 18 años solo pueden obtener la licencia AM que autoriza a manejar ciclomotores de dos o tres ruedas (hasta 50cc). Esta licencia, que está disponible desde los 15 años, sirve también para conducir cuadriciclos ligeros. Son vehículos de cuatro ruedas con un peso máximo de 350 kilos, una potencia igual o inferior 4 kW (5,4 CV) y una velocidad limitada a 45 km/h.

 

 

Con la entrada en vigor del carné B1, los jóvenes mayores de 16 años podrían conducir vehículos eléctricos con velocidad máxima de 90 km/h –muy por encima de los 45 km/h de los cuadriciclos normales que se sitúa en la mitad, 45- y un peso máximo de 400 kg –sin incluir la masa de las baterías- y con un motor cuya potencia máxima sea inferior o igual a 15 kW. Es decir, que permitiría conducir muchos de los microcoches eléctricos que actualmente hay en el mercado, como el Citroën Ami. Y, lo que es más importante, es que estos cuadriciclos pesados se pueden conducir, no solo por las ciudades, también por vías interurbanas como autovías o autopistas.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/podran-mayores-16-anos-ya-conducir-coches-por-autopista-con-nuevo-carne-b1_272646_102.html

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21/02/2023

 

 

¿Qué tengo que hacer si mi coche se avería dentro de un túnel? ¿Y si hay un incendio?

 

 

 

 

 

 

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Un túnel puede ser un lugar peligroso para la circulación, por eso, resulta muy importante saber cómo actuar dentro de ellos en caso de avería o de incendio.

 
 

En España existen más de 400 túneles de carreteras que suman en total unos 200 kilómetros de longitud. Si embargo, los expertos aseguran que en realidad, en nuestro país, hay unos 1.000 kilómetros de túneles si sumamos los urbanos y los pasos subterráneos. Circular por ellos conlleva ciertas normas que debemos cumplir para no ser multados, aunque también conviene conocer cómo hay que actuar si nuestro coche sufre una avería mientras vamos por un túnel, o nos encontramos un incendio.

 

 

Cómo actuar ante una avería o un accidente

La Dirección General de Tráfico (DGT) establece unas indicaciones que debemos seguir para actuar con la mayor seguridad posible tanto si nuestro coche se avería como si tenemos un accidente. Estos son los consejos de la DGT:

 
 

1.- Mantén la calma y, si es posible, lleva tu vehículo hasta el exterior del túnel. Si no puedes, trata de desplazarlo hasta una zona de emergencia o espacios que sirven para apartar los coches averiados.

 
 

2.- Conecta las luces de emergencia del vehículo (warning), y no apagues las luces de posición.

 

 

3.- Detén el coche lo más cerca del lado derecho de la vía para entorpecer el mínimo posible la circulación.

 
 
 

túnel zonas de bajas emisiones m-30 madrid

 

 

 

4.- Para el motor del coche: además de por seguridad para evitar una avería más grave, el artículo 115 del Reglamento General de Circulación indica que: “Todo conductor que se vea obligado a permanecer con su vehículo detenido en el interior de un túnel u otro lugar cerrado, por un período de tiempo superior a dos minutos, deberá interrumpir el funcionamiento del motor hasta que pueda proseguir la marcha, conservando encendido el alumbrado de posición”. La sanción que te pueden poner en caso de no cumplir la norma es de 80 euros.

 

 

5.- Comunica la incidencia al servicio de emergencias desde un poste SOS o llamando desde tu móvil.

 
 

6.- Ponte el chaleco reflectante y coloca los triángulos de emergencia o la luz V16.

 

 

7.- Tanto el conductor como todos los ocupantes del vehículo deben ir al refugio más próximo a ellos que haya dentro del túnel o, en caso de que no exista, caminar por el arcén hasta salir al exterior del túnel.

 
 
 

¿Y si hay un incendio dentro del túnel?

Es bastante poco común que se produzca un incendio dentro de un túnel, pero resulta fundamental saber cómo actuar para evitar riesgos. Estas son las claves que nos da la Dirección General de Tráfico (DGT):

 

 

1.- Conecta las luces de emergencia (warning) del vehículo y no apagues las luces de posición para alertar al resto de conductores.

 
 

2.- Trata de parar el vehículo lo más cerca del lado derecho para facilitar el acceso y trabajo de los servicios de emergencia.

 

 

3.- No intentes dar marcha atrás ni realizar ningún cambio de sentido, ya que podrías ocasionar un accidente. Además, dar marcha atrás en un túnel se considera una maniobra peligrosa cuya multa es de 200 euros y 4 puntos menos del permiso de conducir. Y realizar un cambio de sentido conlleva una sanción de 200 euros 3 puntos del carnet.

 

 

4.- Detén el motor y deja el vehículo con las puertas abiertas y las llaves puestas para que los servicios de emergencia pueden retirarlo con más facilidad cuando sea necesario y posible hacerlo.

 

 

5.- Colócate el chaleco reflectante para salir del coche, y que puedas ser visto con mayor rapidez.

 

 

6.- Apaga el fuego sólo si este está en una fase inicial. Si no es el caso, busca la salida y sigue la señalización de evacuación. Siempre camina en dirección contraria al fuego, por el arcén, hasta el área de seguridad que tengas más próxima, o hasta el exterior.

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/seguridad/averia-incendio-dentro-tunel/558524.html

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24 de febrero de 2023

 

 

Todos los papeles del coche que debes tener en regla para evitar multas de la DGT de más de 3.000 €

 

Para poder circular con total legalidad con nuestro coche, resulta imprescindible tener en regla varios papeles y documentación del vehículo. Si no es así, la multa de la DGT puede superar en algunos casos los 3.000 euros.

 

 

 

 

 

 

 

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Toda la documentación del coche que debes tener en regla para evitar multas de la DGT de más de 3.000 € Imagen Cordon Press

 

 

 

Circular con los papeles y la documentación del coche en regla resulta crucial si quieres evitar multas de la DGT de lo más cuantiosas, unas sanciones que en determinados casos pueden superar los 3.000 euros.

 

 

En primer lugar, recurrimos a la propia legislación española para saber de forma exacta y precisa cuáles son los papeles y la documentación que deben estar en regla para evitar los diferentes tipos de multas. De forma específica, el artículo 59.2 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad se explica lo siguiente: «El conductor de un vehículo a motor o ciclomotor queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia válidos para conducir, así como el permiso de circulación del vehículo y la tarjeta de inspección técnica, y deberá exhibirlos ante los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas que se lo soliciten, en los términos que reglamentariamente se determine».

 

 

Por todo ello, de forma constante la DGT ha venido recordando a los conductores la necesidad y la obligatoriedad de tener vigentes todos los papeles y documentación relacionados con nuestro vehículo, ya que según este organismo “constituye la garantía de que cumplimos la ley y las normas necesarias para circular con seguridad y serán lo primero que nos pedirá un agente si nos para o nos vemos involucrados en un accidente”.

 

 

Con todo lo descrito anteriormente, el conductor debe tener claro qué papeles deben estar vigentes (con datos actualizados y sin estar caducados) para evitar las correspondientes multas. Esta documentación es la siguiente:

 

 

  • Carné de conducir o permiso de conducir: lo puedes llevar en formato físico o a través de la app MiDGT. Si está en proceso de renovación, debes llevar el justificante oficial que lo acredite.
  • Permiso de circulación del vehículo: aparecen los datos técnicos del coches y los datos personales del dueño. Se puede llevar en formato físico o en formato digital a través de la app MiDGT.
  • Tarjeta ITV o de inspección técnica del vehículo: además de este documento, también debes llevar en el parabrisas delantero la pegatina que certifique que la ITV está al día y sin caducar.

 

 

MULTAS ESPECÍFICAS SEGÚN EL TIPO DE PAPEL QUE NO ESTÉ EN VIGOR

  • Conducir sin carné de conducir: no llevar consigo el carné de conducir, ya sea en formato físico o digital, acarrea una leve sanción de 10 euros. En el caso de que esté desactualizado (con los datos del domicilio que no estén al día, por ejemplo), la multa al respecto es de 80 euros, mientras que si se conduce con el carné caducado la sanción asciende a los 200 euros. Por último, si un individuo conduce un vehículo con el carné retirado por la acumulación de diversas multas de tráfico o por haber cometido una infracción muy grave, en este caso la sanción económica puede incrementarse hasta los 500 euros.
  • Tarjeta ITV: no llevarla encima implica una multa de 10 euros y circular con la misma caducada (es decir, sin tener la inspección técnica en vigor) acarrea una sanción de hasta 200 euros.
  • Permiso de circulación del vehículo: circular con un automóvil que no tenga permiso de circulación está penado con una sanción económica de hasta 500 euros. Si lo estás renovando por cambio de titular del vehículo, debes acreditar el correspondiente justificante que así lo demuestre, concretamente un permiso de circulación provisional que te proporciona una gestoría o la propia Jefatura de Tráfico donde hayas realizado el trámite de renovación.

 

 

LAS MULTAS MÁS DURAS RELACIONADAS CON LOS PAPELES DEL COCHE: ¡OJO CON EL SEGURO!

Las multas más cuantiosas contempladas en la legislación española son aquellas relativas al seguro del vehículo. Desde 2008 ya no es obligatorio que el conductor lleve consigo en su vehículo un papel con la póliza de un seguro en vigor y el correspondiente recibo del pago. Sin embargo, esto no implica que el coche en cuestión cuente con un seguro obligatorio en vigor, algo que los agentes de la Guardia Civil o de las diferentes policías locales pueden comprobar en apenas unos segundos consultando de forma online la base de datos compartida entre la DGT y las diferentes compañías aseguradoras que operan en España.

 

 

Según la legislación al respecto y dependiendo del tipo de vehículo y si el conductor circulaba o no en el momento de un control, las sanciones pueden oscilar entre los 601 y los 3.005 euros. De forma paralela, los agentes están capacitados legalmente para  inmovilizar un automóvil si éste no cuenta con seguro obligatorio en vigor.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/todos-papeles-coche-debes-tener-en-regla-evitar-multas-dgt-mas-3000_272751_102.html

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25/02/2023

 

 

Cuando hay nieve, la DGT usa 4 colores para avisar sobre el nivel de dificultad de las carreteras

 

 

 

 

 

 

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Si hay nieve, la circulación por carretera puede complicarse, por eso, la DGT utiliza 4 colores para advertir sobre el nivel de dificultad de esas vías.

 
 

¿Sabes qué significan los 4 colores que utiliza la Dirección General de Tráfico (DGT) para avisar sobre la peligrosidad de una carretera nevada? Los tonos son el verde, amarillo, rojo y negro; de menor a mayor grado de dificultad según la nieve que se haya acumulado; y se trata de un método que la DGT emplea para clasificar las vías en las que ha nevado en función de su nivel de dificultad para circular por ellas.

 

 

 

Los 4 colores que usa la DGT si hay nieve en la carretera

los 4 colores de la DGT si hay nieve

 

Fuente: DGT

 

 

 

1.- Nivel verde

Se activa cuando empieza a nevar. La Dirección General de Tráfico (DGT) indica que no se circule a más de 100 km/h en autopistas y autovías; y 80 km/h en el resto de carreteras; y los camiones deben ir por el carril derecho y no pueden adelantar. Además, se recomienda evitar los puertos de montaña y, sobre todo, el consejo más importante es que se extreme la prudencia y estar atentos a las previsiones meteorológicas para que un temporal no nos pille desprevenidos.

 
 

Recuerda que la Dirección General de Tráfico informa de la situación de la circulación a través de los medios de comunicación, en especial en los boletines informativos en emisoras de radio, en redes sociales: Twitter @DGTes y @informacionDGT; en su web www.dgt.es y en el teléfono 011.

 
 
 

2.- Nivel amarillo

Se pone en marcha en el momento en el que la carretera está poco cubierta de nieve. La Dirección General de Tráfico (DGT) aconseja tener precaución al ir por vías con algo de nieve, y prohíbe la circulación a camiones y vehículos articulados. En cuanto a la velocidad máxima establecida, tanto turismos como autobuses la tienen limitada a 60 km/h. Por último, la DGT aconseja que se eviten las maniobras bruscas y, en curvas y descensos, se disminuya todavía más la velocidad.

 

 

 

3.- Nivel rojo

Este nivel se activa cuando la carretera está totalmente cubierta de nieve. En este caso, la Dirección General de Tráfico (DGT) prohíbe la circulación a vehículos articulados, camiones y autobuses. Además, es obligatorio circular con cadenas o neumáticos de invierno y a una velocidad máxima de 30 km/h. Por otro lado, la DGT recomienda que, si vemos un vehículo parado, no lo rebasemos si no estamos completamente seguros de que vamos a poder continuar la marcha.

 
 
 

4.- Nivel negro

Se pone en marcha en el momento en el que en la carretera hay mucho espesor de nieve. La Dirección General de Tráfico (DGT) prohíbe la circulación de todo tipo de vehículos y añade una serie de consejos como son: si no puedes seguir circulando párate lo más pegado posible al arcén de la carretera para no obstaculizar el trabajo de los quitanieves; nunca abandones el vehículo si no tienes un lugar seguro al que ir, y utiliza la calefacción del motor.

 

 

 

Otras recomendaciones para circular con nieve

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Además de conocer los niveles de dificultad para circular si se produce una nevada, la DGT realiza otras recomendaciones:

 

1.- Al circular por una carretera con nieve, tenemos que dejar libre el carril izquierdo para permitir el paso de los vehículos de conservación de carreteras y quitanieves.

 

2.- Es de vital importancia que prestemos atención a los paneles informativos y sus mensajes, y también a las indicaciones que nos hagan los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

 

3.- Si vas a circular por este tipo de vías en las existe la probabilidad de nevadas, extrema la precaución al volante y no te olvides de llevar el equipamiento adecuado para ir con seguridad como, por ejemplo, cadenas de nieve, una manta, el cargador del móvil, agua y algo de alimentos.

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/seguridad/carretera-nieve-colores-dgt/535903.html

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23/02/2023

 

 

 

El algunos casos renovar el carnet de conducir te puede salir más barato e, incluso, gratis

 

 

 

 

 

 

 

 

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Existen algunos casos en los que te puede salir más barato renovar el carnet de conducir y hasta que no te suponga ningún coste.

 
 

En primer lugar, es importante que renueves el carnet de conducir antes de que te caduque, porque una vez se cumple su fecha de caducidad no puedes conducir y, si lo haces, te expones a una multa de 200 euros (sin pérdida de puntos), ya que se trata de una infracción grave. Recuerda que la Dirección General de Tráfico (DGT) te permite renovar el carnet de conducir desde tres meses antes de su fecha de caducidad.

 

 

Al renovar el carnet de conducir siempre tendrás que superar un examen psicotécnico en un centro autorizado, cuyo precio varía mucho; puede ir desde los 40 euros hasta los 80 euros. Además, deberás pagar las tasas que establece la DGT para este trámite, y que en algunos casos son más baratas e, incluso, gratis.

 

 

 

Renovar el carnet de conducir más barato

En general, la renovación del permiso de conducir conlleva el pago de una tasa (denominada 4.3) que es de 24,58 euros; sin embargo, para los conductores mayores de 70 años este trámite es gratuito.

 
 

Además, la validez del carnet no sólo depende de la edad (por ejemplo, hasta los 65 años su vigencia es de diez años y, a partir de esa edad, la renovación se realiza cada 5 años) sino también de tu estado de salud. De esta forma, si durante el reconocimiento médico el doctor comprueba que padeces alguna enfermedad o deficiencia que, aunque de momento no te impide su renovación, es susceptible de agravarse, el periodo de validez de tu permiso será menor y, del mismo modo, será menor la tasa que debes pagar para renovarlo, tal y como te mostramos a continuación:

 

 

  • Si tu carnet es válido durante 4 años: La tasa es la 4.3.4, que tiene un coste de 19,67 euros.
  • Si tu carnet es válido durante 3 años: La tasa es la 4.3.3, que tiene un coste de 14,75 euros.
  • Si tu carnet es válido durante 2 años: La tasa es la 4.3.2, que tiene un coste de 9,83 euros.
  • Si tu carnet es válido durante 1 año: La tasa es la 4.3.1, que tiene un coste de 4,92 euros.

 

 

Carnet de conducir

 

 

 

Cómo se pagan las tasas

Para pagar la tasa existen los siguientes métodos:

 

 

 

1.- Si vas a realizar la solicitud del trámite por Internet a través del registro, deberás pagar la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de pago en ella. Los canales son:

  • Desde la web de la DGT: Necesitarás un certificado digital o DNI electrónico. Puedes pagar con una tarjeta de crédito o débito de una entidad financiera adherida a la compra de tasas con tarjeta, o con cargo en una cuenta bancaria (consulta las entidades bancarias en las que puedes hacerlo aquí). Debes ser titular, cotitular o estar autorizado en tu banco para que autoricen el cargo del importe del pago de las tasas.
  • Desde la aplicación miDGT: App gratuita que te permite adquirir la tasa (también puedes consultar y gestionar las tasas que hayas comprado, puesto que dispone de un histórico de todas las tasas, las hayas usado o aún no). Para acceder a la compra de tasas desde miDGT tienes que ir al menú principal de la aplicación y entrar en el apartado de ‘Mis trámites’ y, luego, ‘Tasas’. Puedes pagar con una tarjeta de crédito o débito de una entidad financiera adherida a la compra de tasas con tarjeta, o con cargo en una cuenta bancaria (consulta las entidades bancarias en las que puedes hacerlo aquí).

 

 

2.- Si realizas el trámite presencialmente en cualquiera de las Jefaturas Provinciales de Tráfico: Primero, solicita cita previa en la web de la DGT o en el teléfono 060. Para comprar cualquier tasa deberás pagar con tarjeta de crédito o débito (no se admite el pago en efectivo) en el momento de realizar el trámite. También te permiten aplicar una tasa pagada previamente a través de alguno de los canales que hemos indicado en el punto anterior.

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/carnet-por-puntos/carnet-de-conducir-barato/559786.html

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27 febrero, 2023

 

 

La multa de tráfico que se ha incrementado casi un 500%

 

 

 

 

 

 

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Las multas de Tráfico son un negocio muy fructífero tanto para las arcas del Estado, como para las de los Ayuntamientos.

 

 

Las multas que puede recibir un conductor son cada vez más variopintas, pero lo sanciones tradicionales siguen siendo la mayor fuente de ingresos, y sino que se lo digan a la ciudad de Madrid que ha incrementado en un 500% el número de una determinada sanción.

 

 

Por si la recaudación que hace la comunidad de Madrid a costa de las Zonas de Bajas Emisiones fuera poca, hemos conocido que la capital de España ha aumentado en un 500% las multas por cruzar los semáforos en rojo. ¿A qué se debe este aumento tan desproporcionado?

 

 

 

Las cámaras de los semáforos de Madrid son más que efectivas

Las sanciones por cruzar ilegalmente los semáforos en rojo en la capital de España han ido siempre en aumento, pero ahora se han disparado hasta fines insospechados ¡casi un 500% ha crecido el número de multas por este motivo!

 

 

Esto no se debe a que a los conductores madrileños se les haya olvidado el código de circulación, sino a una mejora de la tecnología capta estas infracciones.

 

 

Madrid ha invertido grandes sumas de dinero en asegurar que los conductores que circulan por sus calles cumplan a rajatabla con la señalización de los semáforos.

 

 

La tecnología colocada en los cruces es cada vez más numerosa y mejor. Ahora en vez de utilizar una fotografía que puede dejar lugar a dudas, los foto-rojos de la ciudad de Madrid utilizan grabaciones en vídeo que no pasan por alto ninguna imprudencia.

 

 

 

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El radar no multa por pasar el semáforo en rojo

Esta mejora de la tecnología ha permitido emitir multas más certeras, y ha hecho que se dispare el número de sanciones por este motivo. La multa por saltase un semáforo rojo se traduce en una infracción grave con un coste de 200 euros y cuatro puntos del saldo del carnet de conducir.

 

 

El Ayuntamiento de Madrid explica que las cámaras solo multan a los conductores que pasan el semáforo en rojo. Aseguran que los dispositivos no multan a los conductores que los pasan en ámbar, y argumentan que el objetivo de estas cámaras es proteger al peatón.

 

 

 

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FUENTE:   https://www.motor16.com/noticias/multa-trafico-incrementado-un-500/
 

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Estas cámaras también te pueden multar por usar el móvil

Este tipo de radares de semáforo no es precisamente nuevo, aunque su tecnología haya ido evolucionando con el tiempo. Muchos conductores que no acostumbran a conducir por la capital no están acostumbrados a este tipo de cámaras en los semáforos, que no solo están ahí para vigilar que se cruce en rojo.

 

 

Cuidad con esto, porque las cámaras de los foto-rojo de la capital, que como decíamos antes graban en vídeo la infracción, también tienen potestad para emitir otro tipo de sanciones. Si la cámara del semáforo detecta que vas sin cinturón te sancionará. Lo mismo hará si utilizas el teléfono móvil mientras vas conduciendo.

 

 

Ten en cuenta que estar parado en un semáforo también se considera conducción, así que podrás ser multado por manipular tu teléfono móvil igualmente. Te explicamos cómo funcionan estas cámaras tan versátiles.

 

 

 

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¿Me pueden multar por saltarme semáforo para dejar paso a la ambulancia?

Este tipo de radar utiliza una cámara de infrarrojos con las que capta la matrícula y otra a color que capturar que tiene como finalidad registrar la marca, modelo y color del coche. Los radares disparan una secuencia de fotos que son revisadas por los agentes.

 

 

Si has tenido que pasar el semáforo en rojo para dejar pasar a una ambulancia, los agentes no te enviarán la multa, pues es la única causa justificada para poder saltarse un semáforo sin ser multado.

 

 

 

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¿cuántos radares de este estilo hay en Madrid?

Esta tecnología tan completa está repartida por toda la ciudad de Madrid. En el año 2022 había oficialmente un total de 45 radares de semáforo. Este tipo de radar tiene que estar correctamente señalizado. En el interior del perímetro de la M-30 se encuentran 15 de estos foto-rojos.

 

 

El radar más multón de esos 45 se encuentra en la calle Cea Bermúdez. Atendiendo a los datos de la asociación de automovilistas, esta cámara fue la encargada de tramitar 7000 denuncias en 2021, que supusieron una recaudación de más de 1 millón de euros. ¡Casi nada!

 

 

 

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FUENTE:   https://www.motor16.com/noticias/multa-trafico-incrementado-un-500/

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27 de febrero de 2023

 

 

La advertencia que lanza la DGT a los conductores que aparcan en el interior de las ciudades

 

La DGT lanzó hace unos días un mensaje de advertencia a los conductores habituales que aparcan en el interior de las ciudades. Te indicamos de qué se trata este aviso.

 

 

 

 

 

 

 

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La advertencia que lanza la DGT a los conductores que aparcan en el interior de las ciudades Imagen DGT

 

 

 

Uno de los grandes retos de nuestra sociedad y de las ciudades en particular es la de tratar de reducir los niveles de contaminación, es decir, mejorar la calidad del aire que respiramos. Por este motivo, según la argumentación de la nueva Ley de Cambio Climático y de Movilidad Sostenible, las ciudades españolas de más de 50.000 habitantes deben tener implantadas desde el 1 de enero de 2023 las denominadas áreas ZBE (Zonas de Bajas Emisiones), unas zonas específicas dentro de los diferentes núcleos urbanos donde se restringe la circulación (y, por tanto, la entrada) a un determinado tipo de vehículos.

 

 

A estancias de la propia DGT, la implantación de las nuevas áreas ZBE no es la única medida existente que podrá ayudar a mejorar los niveles de calidad de aire en una ciudad. De hecho, la DGT ha venido advirtiendo a los conductores sobre la existencia de los denominados aparcamientos disuasorios.

 

 

Este tipo de estacionamientos suelen estar enclavados en las afueras de las entradas a las grandes ciudades y, en la mayoría de los casos, muy próximos a paradas de autobuses o de líneas de treno o de metro, a través de las cuales los diferentes ciudadanos pueden acceder al interior de la gran ciudad sin tener que usar su vehículo privado.

 

 

De esta forma, la implantación de los aparcamientos disuasorios –en la mayor parte de los casos, son gratuitos- persigue como principal objetivo fomentar el uso del transporte público, reduciendo la intensidad de tráfico y, por tanto, los niveles de contaminación que se puedan producir dentro del área específica de un determinado núcleo urbano.

 

 

Por todo ello, la DGT ha vuelto a advertir a los conductores que suelen estacionear dentro de las grandes ciudades la importancia de estos aparcamientos disuasorios a través del siguiente mensaje: "Contribuyen a descongestionar el tráfico. Úsalos", reitera la DGT en un tuit en pro de la movilidad sostenible. Además, el organismo autónomo recuerda que "la ciudad ya no será para los coches".

 

 

 

 

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FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/advertencia-lanza-dgt-conductores-aparcan-en-interior-ciudades_272874_102.html

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27 de febrero de 2023

 

 

Las nuevas multas e infracciones graves de la DGT por llevar el móvil en la mano o tocar navegador

 

La DGT vuelve a lanzar el aviso: la nueva Ley de Tráfico castiga con más dureza las distracciones al volante y está totalmente prohibido usar manualmente dispositivos móviles durante la conducción, así como manipular navegadores o usar auriculares.

 

 

 

 

 

 

 

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Las nuevas multas e infracciones graves de la DGT solo por llevar el móvil en la mano o tocar el navegador

 

 

 

El balance de siniestralidad de 2022 no fue ni mucho menos bueno. Durante todo el pasado año, un total de 1.145 personas perdieron la vida en accidentes de tráfico, lo que representó ya un incremento de hasta el 4 por ciento respecto a 2019, año pre-pandemia y con el que la lógica nos pide hoy establecer datos comparativos, al presentar ya similares cifras de movilidad y desplazamientos por carretera.

 

 

El primer mes de enero, del que ya hay cifras totales, arroja de inicio datos algo más positivos. Y es que en un contexto de más movilidad, la DGT anunció que 76 personas perdieron la vida en este período en accidentes de tráfico, asegurando que eran 24 menos que en 2022. Si enfrentamos el dato con el año 2019 observamos que los fallecidos sí se incrementaron entonces, en 3 víctimas mortales más.

 

 

 

Ante esta realidad aún de un alto índice de siniestralidad en las carreteras, y debido especialmente a la alta incidencia que ocurre en carreteras secundarias y convencionales, la DGT lleva meses persiguiendo con más intensidad aún las distracciones al volante, ya que, junto a la velocidad, se han convertido en la principal causa de accidente de tráfico en España.

 

 

 

Hace solo unos días te contamos cómo, por ejemplo, la DGT ya emplea furgonetas camufladas en las carreteras con un objetivo muy claro: dada su mayor altura de carrocería, los agentes cuentan con una mayor visibilidad del tráfico al circular en ellas y, aunque ya se ha podido comprobar cómo también emplean radares de velocidad en su interior, principalmente se encargan de controlar el uso de teléfonos móviles y cinturones de seguridad a bordo de los vehículos.

 

 

Y es enmarcado en todas estas estrategias de control y vigilancia cuando la DGT vuelve a dar el aviso a todos los conductores: con la nueva Ley de Tráfico aprobada el pasado año y ya en vigor en nuestro país, los castigos relacionados con ciertas infracciones de tráfico y distracciones en carretera se han incrementado notablemente.

 

 

 

 

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Las multas de la DGT: 200 € y 6 puntos

Así, la DGT advierte de nuevo esta semana que “conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores, auriculares… que disminuyan la atención permanente a la conducción” es ya infracción grave recogida en los códigos de circulación. Es decir, la multa ya no llega solo por estar hablando por el móvil al volante, sino que simplemente con tenerlo en la mano o estar manipulando cualquier aparato o dispositivo, es castigado ya con sanción por la DGT.

 

 

 

Estas nuevas infracciones graves, que debes conocer más aún cuando la mayoría de coches nuevos disponen hoy de pantallas táctiles desde las que hay que manipular desde la climatización o el aire acondicionado, hasta la radio, el navegador o los avisos de tráfico o tiempo, están ya penadas por la DGT con 200 euros de multa económica y 6 puntos del carné de conducir. ¡Atentos!

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-multas-infracciones-graves-dgt-por-llevar-movil-en-mano-tocar-navegador_272846_102.html

 

 

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28 de febrero de 2023

 

 

Cuantas cervezas y copas de vino puedes tomar antes de dar positivo en un control de la DGT

 

Al volante, lo mejor siempre es una tasa 0,0 de alcohol, pero la DGT nos recuerda con qué cantidad de alcohol puedes dar positivo en un control de alcoholemia.

 

 

 

 

 

 

 

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Cuantas cervezas y copas de vino puedes tomar antes de dar positivo en un control de la DGT

 

 

 

Aunque el mensaje de la DGT es claro: al volante, la única tasa de alcohol realmente segura es 0,0, la Ley de Tráfico permite conducir con una tasa mínima de alcohol, con la excepción de los conductores menores de 18 años que circulen en ciclomotores, cuadriciclos, AM, bicicletas y vehículos de movilidad personal, como patinetes, para los que existe una tolerancia cero de alcohol.

 

 

En España, un conductor da positivo en un control de alcoholemia si supera una tasa de 0,5 gramos por litro en sangre o una tasa de 0,25 miligramos por litro en aire espirado. En el caso de los conductores noveles, con menos de 2 años de carné, solo tienen aprobada una tasa reducida a 0,3 g/l de alcohol en sangre o 0,15 mg/l en aire espirado.

 

 

Aún por debajo del límite legal, el riesgo de accidente puede verse ya incrementado. Por ello, lo mejor es evitar conducir después de haber consumido cualquier cantidad de alcohol.

 

 

Pero entonces, la pregunta que se hacen siempre muchos conductores es cuántas cervezas o copas de vino pueden tomar antes de dar positivo en un control. Y, aunque depende también de muchos factores, como la edad, el s..o, el peso o la comida que se ha ingerido antes de beber, la DGT nos da algunas pistas para poder calcularlo.

 

 

Primero, hay que saber que la alcoholemia depende de la cantidad de alcohol puro que se haya ingerido y el volumen de bebida alcohólica ingerida, del peso y el s..o del bebedor.

 

 

 

Cuánto alcohol he bebido y la alcoholemia

El alcohol puro bebido se calcula multiplicando la graduación de la bebida usada (un número seguido del cero de grados (º) que aparece en la etiqueta de la bebida) por la cantidad ingerida (en centímetros cúbicos o mililitros y por 0,8 –densidad del alcohol– dividido por 100.

 

 

Por su parte, el grado de alcoholemia se calcula al dividir los gramos de alcohol puro ingeridos por el peso (en kilos) del bebedor multiplicado por 0,7 (0,6 en las mujeres cuya tolerancia al alcohol es menor).

 

 

 

Cuantas cervezas y copas de vino puedes tomar antes de dar positivo en un control de la DGT

 

Cuantas cervezas y copas de vino puedes tomar antes de dar positivo en un control de la DGT

 

 

 

Los efectos del alcohol en la conducción

Los efectos aparecen desde el primer momento, incluso con tasas inferiores a las permitidas para conducir. Así, desde 0,3 y hasta 0,5 –se alcanza con 2 cañas o dos vinos– ya se incrementa el tiempo de reacción, comienzan los problemas de coordinación y se subestima la velocidad. Al superar 0,5 gr/l. de alcoholemia, comienzan los problemas de visión y por encima de 0,8, graves problema de atención y coordinación y fuerte somnolencia.

 

 

A partir de 1,2 gr/l de tasa de alcohol en sangre (0,6 en aire espirado), la conducción se considera delito, penado con entre 3 y 6 meses de prisión.

 

 

El cuerpo –el hígado, fundamentalmente– metaboliza el alcohol despacio, y según características individuales (peso, enfermedades, medicación...) tarda horas en eliminarlo.

 

 

Ahora, debes saber que, como recuerda la DGT, la absorción del alcohol es más lenta en bebidas fermentadas (como la cerveza o el vino) que en las destiladas (como la ginebra, el ron o el whisky). Además, el alcohol tomado junto a bebidas gaseosas (como la tónica o ciertas bebidas de cola) o tomada caliente puede favorecer la rapidez de aparición de la alcoholemia. Por ello, debes evitar el consumo de bebidas destiladas, especialmente si sueles tomarlas calientes o combinadas con bebidas gaseosa.

 

 

Dicho todo esto, las mujeres pueden presentar tasas de alcoholemia más altas con la misma cantidad de bebida, especialmente si son jóvenes. Al igual que una persona delgada puede obtener una mayor tasa de alcoholemia con la misma cantidad de alcohol ingerido que una persona gruesa.

 

 

Por norma general, y según la DGT, un hombre o una mujer pueden no dar positivo incluso con dos vasos de cerveza (de 5,5 grados), pero las mujeres es probable que ya sobrepasen el límite tras la segunda copa de vino, mientras que el hombre todavía no superaría el umbral legal tras consumir dos copas de vino.

 

 

Si hablamos de bebidas destiladas, tanto hombres como mujeres superarían la tasa mínima de alcohol permitida después de haber bebido un vaso de 100 ml.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/cuantas-cervezas-copas-vino-puedes-tomar-antes-dar-positivo-en-control-dgt_272922_102.html

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28 de febrero de 2023

 

 

La sentencia que pone contra las cuerdas a la DGT: 1,5 millones de multas tendrán que rectificarse

 

Una nueva sentencia en España acaba de estimar un recurso promovido por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) contra la DGT, por el que más de 1,5 millones de multas podrían estar afectadas por una nueva jurisprudencia. ¡Te damos todos los detalles!

 

 

 

 

 

 

 

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La sentencia que pone contra las cuerdas a la DGT, 1,5 millones de multas tendrán que rectificarse

 

 

 

Las sentencias contra la DGT parecen acumularse en los últimos meses. A la anulación de multas de radar por notificaciones incorrectas o tomas de fotografías no legales, se han sumado también anulaciones de Zonas de Bajas Emisiones por no considerarse justas. Pues bien, hoy conocemos otra más en contra de los intereses de Tráfico, que podría afectar en este caso a más de 1,5 millones de sanciones impuestas en los últimos meses.

 

 

Y es que una nueva sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Burgos acaba de estimar un recurso promovido por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de sus socios, condenando a la DGT ya a devolverle el carné de conducir y los puntos indebidamente retirados tras anularse su multa. En concreto el caso afecta a un camionero al que, previamente y tras la sanción, el Tribunal Económico-Administrativo regional de Castilla y León, órgano dependiente del Ministerio de Hacienda, le había anulado la parte económica de la sanción impuesta porque no había sido correctamente notificada. Sin embargo, la DGT no le había devuelto los puntos detraídos de esa sanción ya anulada.

 

 

Según denuncia AEA, como también llevan tiempo advirtiendo otras asociaciones de automovilistas, la DGT se ha negado desde el año 2006 (fecha en la que entró en vigor el carné por puntos) a devolver todos los puntos indebidamente detraídos por multas posteriormente anuladas por estar mal tramitadas. Tráfico no ha querido hasta ahora reconocer que órganos como los servicios económicos de Hacienda tengan facultades revisoras de su competencia sancionadora.

 

 

 

Así es como podrás a partir de enero sumar 2 puntos extra en tu carne de conducir de la DGT

 

Una nueva sentencia "condena" la actuación de la DGT de no devolver los puntos de multas anuladas.

 

 

 

Sin embargo, AEA asegura que con esta actuación se ha provocado “daños irreparables” a miles de conductores españoles. En concreto, la organización confirma ahora que “más de 1,5 millones de expedientes sancionadores anulados solo el pasado mes de diciembre podrían quedar afectados por esta reciente resolución judicial que obliga a devolver los puntos detraídos de expedientes mal tramitados o prescritos”.

 

 

La nueva sentencia declara ahora que “sería contrario al principio constitucional de seguridad jurídica el que para dos órganos del Estado (en este caso por un lado la Jefatura de Tráfico y el Tribunal Económico Administrativo Regional) unos hechos existieran y a la vez no existieran”. Según Mario Arnaldo, presidente de AEA, “la pérdida de puntos va unida a la multa como la sombra al cuerpo, ya que no puede ser que Hacienda anule la parte económica de la sanción porque no se ha notificado correctamente la multa y, sin embargo, Tráfico mantenga la detracción de puntos”.

 

 

La sentencia, además, supone también un importante precedente, según asegura también AEA. “Supone desmontar el argumento perverso que desde hace más de una década utiliza la DGT para no devolver los puntos de multas mal tramitadas y considerar que un mismo hecho, como es una multa que no está bien notificada, exista para Hacienda, y por ese motivo se anule la parte económica de la sanción, pero no exista para Tráfico y la detracción de puntos quede anotada”, confirma un Mario Arnaldo que pide que, desde ahora, “no solo hay que anular la parte económica de la sanción, sino también la mochilita de puntos que la acompaña”.

 

 

Según AEA, debido a que en el Registro de Conductores e Infractores de la DGT se mantiene ilegalmente la detracción de puntos, “la Administración tendrá que indemnizar por ello a los ciudadanos, a los que somete injustamente a un peregrinaje de recursos para defender sus legítimos derechos”.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/sentencia-pone-contra-cuerdas-dgt-15-millones-multas-tendran-rectificarse_272906_102.html

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1 de marzo de 2023

 

 

Todas las nuevas multas de la DGT que llegan este año: evita hasta 500 € de sanción

 

A lo largo de este año ya se están imponiendo nuevas multas que muchos conductores desconocen. Te explicamos de qué sanciones se tratan.

 

 

 

 

 

 

 

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Todas las nuevas multas de la DGT que llegan este año

 

 

 

A lo largo de 2022 y desde comienzos de este año 2023, muchas han sido las novedades relativas a las normas de circulación, de tráfico y movilidad en nuestro país. Todos los importantes cambios comenzaron con la entrada en vigor el 21 de marzo de 2022 de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial y ha continuado este 2023 con la puesta en marcha de las nuevas áreas ZBE (Zonas de Bajas Emisiones).

 

 

Dentro de las nuevas multas, muchas de ellas suponen un endurecimiento respecto a las anteriores sanciones, mientras que otras son totalmente inéditas.

 

 

Una de estas nuevas multas es la entrada sin permiso o autorización a las áreas ZBE que deben tener implantadas las ciudades con una población superior a los 50.000 habitantes. En este caso, las sanciones se impondrían a aquellos conductores que entraran a dichas zonas con un vehículo con una etiqueta medioambiental distinta (o actualmente, sin etiqueta) a la requerida por las normas municipales de cada ayuntamiento. ¿La sanción al respecto? 200 euros.

 

 

Precisamente en relación con la etiqueta medioambiental, la DGT de forma específica sólo recomienda (no lo exige ni lo obliga por Ley) llevar bien visible dicho distintivo en el exterior del vehículo. Sin embargo, los diferentes Ayuntamientos con zonas ZBE sí que pueden exigir y obligar a los propietarios de los diferentes vehículos llevar puesto en el exterior del coche (lo recomendable, es la zona interior del cristal delantero en su parte derecha inferior). En este caso y según los casos reales de dos ciudades como Madrid y Gijón, las sanciones pueden variar entre los 20 y los 90 euros.

 

 

Otras de las posibles nuevas multas sobre las que tienen que estar atentos tanto los conductores como otros usuarios de otro tipo de vehículos (como los patinetes o VMP –Vehículos de Movilidad Personal-) son las posibles nuevas sanciones por el desconocimiento de las nuevas señales de la DGT que va a ir implantando este año. Algunas de estas señales van a cambiar ligeramente su diseño, mientras que otras son totalmente nuevas. Por todo ello, te recomendamos que consultes el siguiente artículo: Todas las nuevas señales que estrena ya la DGT en 2023 y que debes conocer para evitar nuevas multas.

 

 

Por último, otras de las sanciones que deben conocer los conductores es la de conducir sin la ITV en vigor. Desde hace ya unos meses, las pruebas en las ITV son cada vez más duras y exigentes. En este caso, las multas contempladas al respecto pueden variar desde los 200 euros (por tener la ITV caducada o circular con el vehículo con la ITV desfavorable) a los 500 euros (circular con la ITV con resultado negativo). En este último caso, se pueden dar otras situaciones que incluso podrían dar lugar a sanciones de hasta 12.000 euros, en el caso más extremo de todos. Por ello, te invitamos a que consultes este otro artículo -La gran multa desconocida sobre la ITV que te arruinará la vida: cárcel y hasta 12.000 euros-.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/todas-nuevas-multas-dgt-llegan-este-ano-evita-hasta-500-sancion_273033_102.html

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1 de marzo de 2023

 

 

Graban una persecución de la Guardia Civil a un coche a la fuga circulando sin neumáticos

 

Espectacular vídeo en el que aparece un coche patrulla de la Guardia Civil persiguiendo a otro vehículo que circuló sin neumáticos muchos kilómetros.

 

 

 

 

 

 

 

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Graban una persecución de la Guardia Civil a un coche a la fuga circulando sin neumáticos

 

 

 

En ocasiones, las carreteras de nuestro país son testigo de sucesos de los más sorprendentes, rocambolescos y, en muchas ocasiones, tremendamente peligrosos. Esto es lo que acaba de pasar en una autovía en Valladolid, donde a través de un vídeo publicado en Redes Sociales, se puede apreciar una espectacular persecución de un coche patrulla de la Guardia Civil que seguía a otro vehículo que circulaba sin neumáticos y que previamente se ha había dado a la fuga.

 

 

Según la información disponible al respecto, tal y como apuntan fuentes cercanas a la Guardia Civil y diversos medios de comunicación locales, el conductor del vehículo que estuvo circulando por la autovía sin neumáticos ha sido detenido. En concreto, es un varón de 49 años que se enfrenta a varios tipos de delitos, además del de conducción temeraria que se puede visualizar en el vídeo que puedes ver a continuación.

 

 

 

 

 

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Según la información disponible, el conductor temerario condujo su vehículo sin neumáticos (las ruedas que le faltaban eran la delantera y la trasera del lado derecho) durante un trayecto de 33 kilómetros por la autovía A-62 en la provincia de Valladolid sentido Burgos.

 

 

En el momento de su detención, dicho individuo conducía bajo los efectos del alcohol y de diversos tipos de drogas. Asimismo, al bajarse de su vehículo, intentó agredir a uno de los agentes.

 

 

Además de la conducción temeraria, los delitos a los que se enfrenta este individuo son conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas y/o drogas, negativa a someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas y atentado contra Agente de la Autoridad.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/graban-persecucion-guardia-civil-coche-fuga-circulando-sin-neumaticos_272930_102.html

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2 de marzo de 2023

 

 

Europa propone implantar el límite de tolerancia cero en alcohol a todos los conductores noveles

 

La UE pretende introducir un límite de alcohol de tolerancia cero para todos los conductores noveles en sus dos primeros años tras obtener el permiso. ¿Llegará a España esta medida?

 

 

 

 

 

 

 

 

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Europa propone implantar el límite de tolerancia cero en alcohol a todos los conductores noveles Imagen Sport Life Ibérica

 

 

 

Importante cambio normativo el que propone el Consejo Europeo de Seguridad en el Transporte, más concretamente con una nueva medida que afectaría a los conductores noveles en sus dos primeros años tras obtener el permiso de conducir.

 

 

Con el objetivo de aumentar la seguridad en carretera y tratar de reducir el número de accidentes de tráfico, una de las nuevas propuestas del Consejo Europeo de Seguridad en el Transporte es el de introducir un límite de alcohol de tolerancia cero para los conductores novatos durante sus primeros dos años en todos los casos, es decir, sin depender el tipo de vehículo que estén conduciendo. La nueva medida es más que clara: que los conductores novatos no prueben ni una sola gota de alcohol antes de ponerse a los mandos de un vehículo.

 

 

Según Graziella Jost, Directora de Proyectos del Consejo Europeo de Seguridad en el Transporte (ETSC), “las nuevas cifras publicadas la semana pasada mostraron que las muertes en las carreteras en la UE no están disminuyendo lo suficientemente rápido como para alcanzar el objetivo crucial de reducir a la mitad las muertes y las lesiones graves para 2030. Por lo tanto, es bueno ver que la UE se toma en serio la seguridad vial hoy. Las propuestas de permisos de conducción de hoy incluyen una medida importante para mantener más seguros a los conductores novatos y esperamos que los Estados miembros también se basen en estas medidas”.

 

 

Al tratarse de una medida propuesta por uno de los organismos oficiales europeos en el ámbito del tráfico y de la seguridad vial, todo hace indicar que los cambios planteados derivarán finalmente en una directiva europea que se deberá de someter a votación. Por el momento, no se ha anunciado cuándo se votará esta nueva medida, algo que debe pasar por los consiguientes trámites legislativos para su aprobación definitiva y para que los estados miembros de la UE (España incluida) incorporen también esta importante modificación en su código normativo.

 

 

Autopista.es ha podido hablar con los responsables de prensa y comunicación de la DGT, los cuales nos han transmitido que toda medida o nueva norma que persiga mejorar la seguridad vial en carretera será bienvenida y acogida dentro del ámbito legislativo español. Pero antes, insiste la propia DGT, se debe someter a votación en los diferentes estamentos europeos, lo que debe dar lugar a una norma mayor, en este caso, una directiva europea.

 

 

 

ALCOHOL Y CONDUCTORES NOVELES: LA SITUACIÓN ACTUAL EN ESPAÑA

En la última reforma de la Ley de Tráfico se introdujo la siguiente novedad respecto a un determinado tipo de conductores y la posible ingesta de alcohol antes de ponerse a los mandos de un vehículo. En dicha novedad se aprobó que los menores de edad que conduzcan estos vehículos determinados (ciclomotores, patinetes o bicicletas) tienen prohibido el consumo de alcohol, por lo que en estos casos la tasa máxima permitida es de 0,0 g/l, es decir, tolerancia cero.

 

 

Hay que recordar que la tasa de alcoholemia representa el volumen de alcohol que hay en la sangre y se puede medir en gramos de alcohol por cada litro de sangre (g/l) o en su equivalente en aire espirado. En los controles de alcoholemia que se hacen en carretera, lo que se mide y comprueba es la cantidad de alcohol en aire espirado.

 

 

En el caso de los conductores noveles de turismos y mayores de edad durante sus primeros dos años, la tasa máxima en el alcoholímetro es de 0,15 mg/l (la misma tasa que los conductores profesionales) en vez de 0,25 mg/l para el resto de conductores.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/europa-propone-implantar-limite-tolerancia-cero-en-alcohol-todos-conductores-noveles_273099_102.html

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2 de marzo de 2023

 

 

La DGT avisa: esta maniobra común en autovía te puede costar una multa de 200 euros

 

La DGT ha utilizado sus Redes Sociales para avisar de una maniobra muy común que se produce en las autovías y autopistas, una acción que puede ser castigada con una multa de 200 euros en una sanción un tanto desconocida para muchos conductores.

 

 

 

 

 

 

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La DGT avisa, esta maniobra común en autovía te puede costar una multa de 200 euros

 

 

 

Prácticamente a diario en las autovías y autopistas de nuestro país se suceden maniobras que aparentemente no entrañan ningún riesgo. Sin embargo, estas acciones incumplen lo tipificado en el Reglamento General de Circulación.

 

 

En este caso, nos centramos en la circulación con seguridad y de acuerdo a las normas de Tráfico en una vía muy concreta: las vías rápidas. En las autopistas y autovías se debe circular siempre por el carril más situado a la derecha, mientras que el resto de los carriles, es decir, los más situados a la izquierda sólo se deben utilizar para realizar adelantamientos.

 

 

Sin embargo, en esta ocasión la DGT se ha centrado en una maniobra muy común que se suele producir prácticamente a diario en las autovías y autopistas de nuestro país: el hecho de no facilitar a los vehículos su incorporación a la misma. La DGT ha avisado de los riesgos de no facilitar dicha maniobra, una acción que también lleva aparejada una multa. Éste ha sido el mensaje que ha publicado la DGT en su cuenta oficial de Twitter.

 

 

 

 

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Según la legislación vigente, el artículo 31 del Reglamento General de Circulación indica el modo correcto en el que deben circular los usuarios de estas vías. De forma específica, dicho artículo indica que se debe circular por el carril situado más a la derecha, reservando los carriles del lado izquierdo únicamente para adelantar a vehículos más lentos.

 

 

Por otro lado, las autovías y las autopistas tienen otra serie de características concretas como son la presencia de los carriles de 'aceleración' o 'deceleración' por los que sólo se puede circular para entrar/incorporarse a la vía rápida o para salir de la misma. El objetivo de ambos carriles es que los vehículos que se incorporen o salgan de la autovía/autopista puedan adaptar su velocidad.

 

 

En este sentido, la DGT ha recordado que estos carriles no tienen prioridad por lo que los usuarios que tomen circulen por los mismos deben ceder el paso siempre a los que ya estén circulando por la calzada principal. Estos, de forma paralela, también tienen que hacer todo lo posible para facilitar la entrada o incorporación a los nuevos vehículos.

 

 

Por todo ello, los casos en los que no se circula correctamente según lo descrito anteriormente puede ser castigado con una multa de 200 euros, una sanción que a día de hoy muchos conductores desconocen.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-avisa-esta-maniobra-comun-en-autovia-te-puede-costar-multa-200-euros_273082_102.html

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