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11/10/2019

 

 

¿Has cambiado de domicilio? Todos los pasos para tramitarlo en la DGT

 

 

El cambio de domicilio es un trámite gratuito y no implica la expedición de un nuevo documento. Te contamos dónde puedes solicitarlo y la documentación necesaria.

 

 

 

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Si tienes el permiso de conducir y acabas de cambiar de domicilio, es necesario que comuniques a tráfico tu nueva dirección postal para el envío de comunicaciones y notificaciones. Este cambio lo puedes realizar, bien por internet, en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico, en tu Ayuntamiento o por teléfono.

 

 

Cambio de domicilio por internet

El cambio de domicilio a través de la red se realiza en la sede electrónica de tráfico, accediendo con certificado digital o DNI electrónico. Y los pasos son los siguientes:

 

  1. La DGT recomienda descargar el programa AutoFirma.

  2. A continuación deberás accede al servicio seleccionando tu certificado digital.

  3. Introduce los datos de tu fecha de nacimiento.

  4. Al finalizar el trámite podrás imprimir\guardar un certificado de los datos del domicilio de notificaciones a efectos únicamente de comprobante de la realización del cambio de domicilio.

  5. En caso de que desee guardar dicho justificante, debes pulsar el botón de imprimir o guardar en la ventana final. También puedes realizar el trámite a través del punto de acceso general de la Administración con tu certificado digital, DNI electrónico o clave.

 

Cambio de domicilio en la Jefatura Provincial de Tráfico

En el caso de realizar el cambio de domicilio en la Jefatura de Tráfico, necesitarás solicitar cita previa por internet o llamando al 060. Allí deberás aportar la siguiente documentación:

  • Solicitud en impreso oficial, que se facilita también en las Jefaturas de Tráfico.

  • Identificación con tu DNI o permiso de conducir.

  • La DGT se encargará de verificar tu nueva dirección de empadronamiento. No es necesario que presentes el certificado de empadronamiento en papel.

 

Cambio de domicilio en el Ayuntamiento

Primero deberás comprobar si puedes hacer esta comunicación desde tu ayuntamiento, accediendo al listado de Ayuntamientos que facilita la DGT. Desde estos Ayuntamientos comunican directamente a la Dirección General de Tráfico tu nuevo domicilio. Deberás cumplimentar, eso sí, el impreso oficial de Tráfico.

 

 

Cambio de domicilio por teléfono

También puedes cambiar el domicilio de tu permiso de conducir a través del teléfono 060. Tras comprobar tus datos, verificarán que el nuevo domicilio coincide con el existente en el padrón del INE, procediendo a realizar el cambio solicitado.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/has-cambiado-de-domicilio-todos-los-pasos-para-tramitarlo-en-la-dgt

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14/10/2019

 

 

La DGT descubre la realidad del coche eléctrico, multas, alcohol, patinetes…

 

 

Pere Navarro ha expresado su opinión sobre la situación actual del coche eléctrico, pero también de las multas de la DGT, del alcohol en la conducción o los patinetes.

 

 

 

 

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Aprovechando el Executive Forum celebrado el pasado 11 de octubre en el Hotel Palace de Madrid, Pere Navarro, director de la DGT, ha dejado su opinión sobre diversos temas de la actualidad. Pero ha sido su valoración del coche eléctrico lo que más controversia ha levantado.

 

 

Y es que el director de Tráfico ha reconocido que la situación de esta tecnología en nuestro país es mala. Cometimos el error de vender un producto que no teníamos en la estantería, no tenemos dónde enchufarlo y el precio es carísimo. Nos equivocamos todos, ha asegurado en declaraciones recogidas por Europa Press.

 

 

Navarro apunta así a los salarios de los españoles, asegurando que hay que resolver “el tema de la precariedad. Pero también a la falta de infraestructuras, ya que asegura que “donde nos haría más falta, en la ciudad, en el parking es difícil enchufarlo. Pero el que vive fuera de la ciudad tiene facilidades para enchufarlo”.

 

 

Pere Navarro y las multas, los patinetes, el alcohol…

Más allá de sus sinceras palabras sobre la situación del coche eléctrico, Pere Navarro también dio su opinión sobre otros temas de actualidad. Sobre los patinetes, por ejemplo, el director de la DGT señaló que “hay que limpiar las aceras”, ya que el envejecimiento de la población va a provocar un crecimiento de los desplazamientos a pie.

 

 

En cuanto a las sanciones más repetidas, Navarro asegura que entienden que la conducción no mejora con un aumento de la cuantía, ya que “*al rico le importa un pepino y hay otra franja que la penalizamos mucho. **La política de la DGT son muchas multas de una cuantía asumible*****”. Según sus propias opiniones, este problema se soluciona mejorando la movilidad, que en España considera como “una asignatura pendiente”.

 

 

En este sentido, señala que es fundamental el trabajo que se va a hacer en las ciudades, “blindándolas” a 30 km/h, lo que permitirá reducir los accidentes, así como el aumento que se prevé en cuanto a motocicletas. “Cuando se reduzcan los automóviles van a aparecer más motos. Esto es una tendencia de sí o sí y esto hay que gestionarlo”, ha recalcado.

 

 

Por último, en Tráfico se muestran conformes con las últimas campañas que están realizando, asegurando que, aunque son duras, “la realidad es más dura”. De hecho, el director cree que uno de los principales problemas es la presencia de alcohol al volante. Como portavoz de la DGT, Navarro afirmó que en nuestro país tenemos un problema social con el alcohol y que el organismo no puede hacer más de lo que ya hace, pues realizan “más de 5,5 millones de controles preventivos de alcoholemia con la Guardia Civil”.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/la-dgt-descubre-la-realidad-del-coche-electrico-multas-alcohol-patinetes

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15/10/2019

 

 

¿Pueden multarme dos veces por la misma infracción?

 

 

Desde Pyramid Consulting aclaran una pregunta que muchos se han formulado: ¿Me pueden multar dos veces si repito una misma infracción?

 

 

 

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Bien por desconocimiento o despiste, una persona puede incurrir en numerosas multas y en repetidas ocasiones. Pero, ¿te pueden multar dos veces por una misma infracción? Esta es la duda que nos resuelve Pyramid Consulting, consultoría especializada en el mundo del automóvil y en el recurso de multas

 

 

Y la respuesta, como en muchas otras ocasiones, es: depende de lo que haya sucedido.

 

 

En la página web de la consultoría podemos leer lo siguiente: “No, en ningún caso cabría multa administrativa por llevar a cabo una misma conducta por un mismo sujeto. Esta cuestión que se sustenta en la doctrina del denominado ‘delito continuado,’ ya que se dan los presupuestos para ello, como son pluralidad de acciones que obedecen a un mismo propósito los cuales son sancionados de la misma manera”.

 

 

Esta respuesta coincide con un recurso ganado por ellos mismos, en los que un conductor se libró de 14 multas por entrar sin permiso a un Área de Prioridad Residencial (APR) después de que cambiaran ésta y, por desconocimiento, entrara varios días seguidos a la misma hora.

 

 

Desde el juzgado entendieron que el conductor no sabía que estaba incumpliendo la normativa hasta el momento en el que le llegó la primera notificación, por lo que las multas siguientes quedaron anuladas.

 

 

Sin embargo, después de la respuesta negativa, en la web de Pyramid Consulting se puede leer lo siguiente: “Aclarar que sí cabe la denuncia cuando se trata de la misma infracción pero cometida en momentos o lugares diferentes”.

 

 

Para reflejar este caso podemos tomar el ejemplo de la conductora que, en la AP-8 a su paso por Asturias, recibió dos multas en apenas cinco minutos, ya que en un intervalo de 8,6 kilómetros hay situados dos radares fijos. Esta vez, como es una misma infracción pero cometida en momentos y lugares diferentes (aunque los dos hechos sólo se distanciaran cinco minutos y menos de 10 kilómetros), la conductora no ha tenido más remedio que pagar.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/radares-dgt/articulo/pueden-multarme-dos-veces-por-la-misma-infraccion

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15/10/2019

 

 

 

Nuevo examen de conducir de la DGT: las ayudas que SÍ se permiten ya y las que NO

 

 

El examen de conducir de la DGT permite desde el 15 de septiembre algunas ayudas a la conducción. Te contamos cuáles están o no permitidas.

 

 

 

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Tras algunos rumores y desmentidos, finalmente, se cumple un mes desde que está activo el nuevo examen práctico de conducir, con el que los aspirantes pueden beneficiarse de algunas ayudas a la conducción. La premisa de la DGT es clara: adaptarse a los nuevos tiempos. Y es que estas ayudas ya están disponibles en buena parte de los últimos modelos y algunas serán obligatorias a partir de 2022 en todas las ventas de nuestro continente.

 

 

Sin embargo, tal y como te contamos en este otro artículo, las ayudas sólo estarán disponibles si el examinador lo permite, ya que si éste considera que el alumno debe demostrar su valía sin ellas, se podrá omitir su funcionamiento. De una manera o de otra, la nueva medida ha generado polémica entre las autoescuelas, quienes piden que no exista discriminación entre los aspirantes.

 

 

Lo permita o no el examinador, lo cierto es que los alumnos que se están examinando desde el pasado 15 de septiembre tienen la posibilidad de contar con las siguientes ayudas:

  • Start-stop: el motor se apaga sólo en las paradas para ahorrar combustible y emitir menos partículas contaminantes.

  • Ayuda de arranque en pendiente: este sistema impide que el coche se mueva hacia atrás en una cuesta antes de que emprendamos la marcha.

  • Luces y limpiaparabrisas automáticos: no se necesita la implicación del conductor a la hora de conectar las luces y el limpiaparabrisas, el coche los pone en funcionamiento automáticamente cuando lo considera oportuno.

  • Frenada de emergencia: tanto el avisador como el sistema de frenada de emergencia estarán disponibles para los nuevos conductores. Es decir, si por un despiste el alumno puede chocar con otro automóvil, hay dos opciones. La primera, el sistema emite una alarma para avisar al conductor. La segunda, además de la alarma, si se hace caso omiso el coche toma los mandos y frena por sí solo.

  • Tráfico cruzado: el mismo caso que el anterior pero con la diferencia de que se pone en marcha cuando salimos marcha atrás de un estacionamiento en batería.

  • Cámara y sensores para el estacionamiento: tanto en sus versiones de cámara delantera, trasera o 360º, este sistema está disponible para los conductores. Lo mismo sucede con los sensores, que informan de la cercanía a otros coches u objetos.

  • Detección de fatiga: el sistema alerta cuando el conductor pierde la concentración al volante, detectando un exceso de fatiga o sueño.

  • Aviso de frenada de emergencia: el sistema se pone en funcionamiento si el coche precedente realiza una frenada de emergencia, alertando del peligro al conductor.

 

Como decimos, todas estas ayudas estarán disponibles para los conductores, pero éstos no podrán beneficiarse de otros tres interesantes sistemas como:

  • Control adaptativo de la velocidad: el vehículo, bien por reconocimiento de las señales o por el GPS, detecta la velocidad máxima de la vía y adapta la velocidad a ella.

  • Aviso y mantenimiento en el carril: al igual que sucedía con la frenada de emergencia, actualmente hay dos niveles de funcionamiento de este sistema. El primero alerta de que estamos cambiando de carril involuntariamente, mientras que, en el segundo caso, el coche toma los mandos y corrige la trayectoria para mantener el vehículo dentro del carril.

  • Sistema de estacionamiento total: más allá del uso de las cámaras y los sensores, las ayudas más completas para el estacionamiento estarán prohibidas. Son sistemas que permiten al automóvil aparcar con total autonomía (o casi) pues el coche nos da una serie de instrucciones a realizar para dejar el coche en el hueco libre.

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/nuevo-examen-de-conducir-de-la-dgt-las-ayudas-que-si-se-permiten-ya-y-las-que-no

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17/10/2019

 

 

¿Pueden multarte por frenar justo antes de un radar de velocidad?

 

 

Aviso de radar, caja… y frenazo. ¿Pueden multarme por frenar justo antes de un radar de velocidad y así evitar que me multen?

 

 

 

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Muchos conductores se quejan de la consecuencia indirecta que tienen muchos radares, pero sobre quienes realmente hay que poner el foco son aquellos que infringen las normas o provocan situaciones de riesgo. Y es que, lo vemos casi cada día, el aviso de un radar también es sinónimo de frenazos de última hora para evitar las multas.

 

 

 

 
 

Sin embargo, una frenada de emergencia, además de peligrosa es un hecho que puede ser motivo de sanción. Y es que en el Reglamento General de Circulación se especifica en su artículo 45Todo conductor está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación, y, en general, cuantas circunstancias concurran en cada momento, a fin de adecuar la velocidad de su vehículo a ellas, de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse”.

 

 

Por si esto fuera poco, en el artículo 53 también se recalca que “salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, deberá cerciorarse de que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y estará obligado a advertirlo previamente del modo previsto en el artículo 109, sin que pueda realizarlo de forma brusca, para que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo”.

 

 

 

Es decir, en ambos artículos se señala que el conductor, en primer lugar, debe mantener una velocidad situada dentro de los límites y que, además, nunca deberá reducir bruscamente la velocidad si no se espera una situación de “inminente peligro”. Además, se recalca que si el conductor necesita frenar, lo hará sin riesgo para otros conductores.

 

 

Por último, cabe destacar que en el propio Reglamento de Circulación se señala que infringir cualquiera de estas normas es incurrir en una falta grave, por lo que es evidente que un agente puede multarnos si considera que el único motivo para dar un frenazo en la carretera es no superar un radar por encima de los límites de velocidad.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/pueden-multarte-por-frenar-justo-antes-de-un-radar-de-velocidad

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18/10/2019

 

 

 

No me seas Paco”: la Guardia Civil avisa de esta conducta incívica

 

 

Del “A saco Paco” a, hoy, “No me seas Paco”. La Guardia Civil alerta en sus redes sociales sobre una conducta incívica suele darse en carretera. Te contamos cuál es.

 

 

 

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Desde luego, no sabemos qué le pasa a la Guardia Civil con Paco, pero su nombre no es la primera vez que sale a colación en mensajes de alertas o avisos en sus redes sociales. Si hace unos días te contamos que su cuenta de Twitter denunciaba lo que denominaban como “método A saco Paco” al conducir en rotondas (es decir, cruzándola sin respetar carriles ni derechos de paso), hoy avisan de lo que han denominado “No me seas Paco”. Pero, ¿qué es?

 

 

Con este mensaje, la Guardia Civil en realidad pretende evitar o concienciar una práctica bastante habitual: la de conductores que dan un golpe a otro coche y huyen del lugar si no hay testigos. A través de Twitter, el cuerpo de seguridad da pide que no se realice esta conducta incívica, dando a conocer la historia precisamente de Paco.

 

 

 

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Según informa así la Guardia Civil, un conducto que se llamaba Paco golpeó accidentalmente a otro vehículo. Pero, en lugar de dejar sus datos al coche dañado o abrir un parte de atestado, quiso olvidarse del suceso. Sin embargo, al increparle un viandante de que no podía dejar así la situación, su solución fue fingir delante de él que rellenaba un parte, cuando en realidad solo le dejó sobre el parabrisas una nota.

 

 

Esta nota, como puedes ver en el tuit de la Guardia Civil, decía textualmente: “Hola, mi nombre es Paco. Accidentalmente he golpeado tu coche y alguien me ha visto. Así que finjo apuntar mis datos y dejártelos en el parabrisas. Lo siento”. De ahí el mensaje que lanza hoy la Guardia Civil y que, nosotros, apoyamos. Por favor, “No me seas Paco”.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/no-me-seas-paco-la-guardia-civil-avisa-de-esta-conducta-incivica

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21/10/2019

 

 

 

Cuándo podrás viajar sin carné de conducir con la nueva app de la DGT

 

 

La nueva aplicación de la DGT permitirá conducir sin llevar encima el carné de conducir. Te contamos cómo funciona.

 

 

 

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Te lo adelantamos hace unos meses y, ahora, la DGT lo ha vuelto a confirmar. La nueva aplicación que el organismo lanzará para móviles permitirá circular sin el carné de conducir, contando, eso sí, que se podrá mostrar en nuestro teléfono inteligente.

 

 

Bajo el nombre de MiDGT tendremos a nuestra disposición una nueva herramienta con la que agilizar algunos de nuestros trámites o facilitar el transporte de los documentos. De esta manera, a partir de su llegada, cuya fecha aún no ha sido confirmada, todo aquel que viaje por las carreteras españolas podrá hacerlo sin el permiso de conducir siempre que esté dado de alta en la aplicación.

 

 

Además, con este nuevo sistema también se podrá incluir toda la documentación obligatoria a llevar en nuestro automóvil. Así, podremos olvidarnos de llevar en la guantera un buen puñado de permisos y documentación obligatoria. Pero, además, también tendremos la posibilidad de hacer algunos trámites, conocer nuestros puntos o el estado de las carreteras.

 

Si no te gusta la tecnología, también puedes olvidarte del carné

No es necesario tener un teléfono inteligente o tener algunos conocimientos en las últimas tecnologías para dejar tu carné de conducir en casa. Tal y como te contamos en este otro artículo, una copia compulsada es suficiente para demostrar que cuentas con el permiso de conducir en regla, lo que nos permite dejar el original en casa para evitar perderlo o que nos lo roben.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/cuando-podras-viajar-sin-carne-de-conducir-con-la-nueva-app-de-la-dgt

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21/10/2019

 

 

Las multas que te ponen si llevas sucios los faros, la matrícula y otros elementos del coche

 

 

Mantener limpio tu coche es bueno para su mantenimiento y para tu seguridad. Te contamos qué multas te pueden poner por llevar sucios los faros o la matrícula, entre otros.

 

 

 

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A (casi) todos nos gusta llevar el coche limpio. Pero lo que seguro que nos gusta a todos es no pagar multas. Más si se dan por motivos que están en nuestras manos y tienen fácil solución. Pues debes saber que la higiene de tu vehículo tiene mucho que ver con este asunto, ya que, sí, aunque no lo pensaras, te pueden multar por tener sucio tu coche.

 

 

Y es que tener tu coche sucio no es sólo un problema estético. Ten en cuenta que si pasas demasiado tiempo sin limpiar tu coche, éste puede acumular una ingente cantidad de suciedad, provocando, incluso, averías o poniendo en riesgo nuestra propia seguridad.

 

 

No es de extrañar, por tanto, que llevar demasiado sucios los faros o el parabrisas esté castigado con una multa de 200 euros, sin disminución de puntos, eso sí. En los dos casos se trata de un motivo de seguridad, al entender en el caso de los faros que éstos no pueden alumbrar lo suficiente y, por tanto, se está utilizando un sistema deficiente.

 

 

En el caso del parabrisas sucede algo parecido. Y es que según el Reglamento General de Circulación se debe tener siempre la mejor visibilidad posible, por lo que si un agente entiende que ésta no se garantiza como motivo de la suciedad impregnada al parabrisas puede sancionarnos con los 200 euros ya mencionados.

 

 

No se puede identificar nuestro vehículo

No sólo pueden sancionarnos por la suciedad acumulada en nuestro coche por un motivo de seguridad. Que la matrícula de nuestro automóvil no se pueda identificar con facilidad también es motivo de sanción.

 

 

De nuevo, la sanción por tener una matrícula tan sucia que sea ilegible está castigado con 200 euros. Siempre y cuando el agente entienda que lo que tiene ante sí es motivo de un descuido y no de una manipulación intencionada, ya que en este caso las penas son mucho más duras y pueden llegar a alcanzar los 6.000 euros.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/las-multas-que-te-ponen-si-llevas-sucios-los-faros-la-matricula-y-otros-elementos-del-coche

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23/10/2019

 

 

 

Cómo adelantar con decisión y seguridad: los mejores consejos de la DGT

 

 

Realizar correctamente una maniobra de adelantamiento es importante para que no se genere ninguna situación de peligro. La DGT te recuerda cómo hacerlo y te da unas claves que te transmitimos desde Autopista.es.

 

 

 

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El adelantamiento forma parte de la conducción en carretera. Una maniobra que, en carreteras de doble sentido, adquiere un significado más importante, ya que entraña un mayor peligro al encontrarnos con vehículos que circulan en dirección contraria a la nuestra y que circulamos durante muchos metros en ese sentido contrario

 

 

A través de los consejos de la DGT, vamos a intentar transmitirte unos conceptos clave que deben estar en mente de todos los conductores a la hora de realizar un adelantamiento en carretera. “Debe ser breve y realizarse en poco espacio”, un “visto y no visto”, una maniobra que requiere ciertos “cálculos previos”, recalcan.

 

 

 

Cómo adelantar con decisión y seguridad: los mejores consejos de la DGT

 

 

Claves para realizar el adelantamiento

A la hora de realizar un adelantamiento, deben quedarte claros una serie de conceptos:

 

- Experiencia: la DGT lo deja claro: “si vas a adelantar con miedo, dudas o inseguridad, mejor no lo hagas”. Eso sí, si has tomado la decisión, “adelante”.

- Observación: analiza la situación que te rodea antes de pensar en un adelantamiento. Ten en cuenta la capacidad de aceleración de tu coche y las condiciones de la vía: visibilidad, las señales de tráfico, el estado de la carretera…

- Señalización: si ves una línea continua en una carretera, no es que el adelantamiento esté prohibido porque sí, sino que no se dan las circunstancias idóneas para realizar la maniobra con seguridad. Una zona sin visibilidad, la aproximación a una curva cerrada, a un cambio de rasante, a un cruce… Acuérdate, además, de señalizar cada maniobra de adelantamiento, indicándolo con los intermitentes de tu vehículo. Recuerda: no dan calambre.

- Anticipación: sumando todo lo anterior, es quizás lo más importante. “Hay que anticiparse y prever”, pensar con antelación en qué lugar iniciaremos el adelantamiento y dónde lo vamos a terminar. La DGT recuerda que, bien planificado, la maniobra de adelantamiento “no tiene riesgo”; eso sí, mal planificada, puede convertirse en la maniobra más peligrosa de todas.

 

¿Cómo se debe adelantar? Paso a paso

Como decíamos, planifica bien la maniobra de adelantamiento. Observa las condiciones de la vía, la situación del resto de vehículos (tanto de tu carril como del contrario) y elige el momento para adelantar. La DGT te recuerda que ese “pisotón” que damos antes de adelantar para coger velocidad, para lo cual podrías además bajar unas marchas, debe hacerse siempre en tu carril.

 

 

No disminuyas nunca la distancia de seguridad con el vehículo de delante, así tendrás mayor visibilidad hacia adelante. Asegúrate también de mirar el retrovisor izquierdo, ya que podría haber otro coche adelantando y acercándose a tu posición.

 

 

Una vez que tengas clara la maniobra y estés a la máxima velocidad posible (así estarás menos metros en el carril contrario) señaliza con el intermitente izquierdo y cambia gradualmente al carril izquierdo. Mantén la velocidad, ten cuidado con el viento lateral si estás adelantando a otro vehículo de grandes dimensiones, vuelve a señalizar tu regreso a la derecha y recupera tu velocidad para respetar los límites.

 

 

Y recuerda: en carreteras secundarias, los turismos pueden superar en 20 km/h la velocidad máxima para realizar la maniobra de adelantamiento.

 

 

 

Cómo adelantar con decisión y seguridad: los mejores consejos de la DGT

Si hay una situación de peligro, ¿qué hay que hacer?

Una sitauación que plantea una duda recurrente: estás adelantando y ves que no te da para volver al carril de la derecha porque viene un coche de frente; seguramente por una mala planificación antes de realizar la maniobra. Aquí hay dos reglas claras: el vehículo que está siendo adelantado debe resolver el conflicto, facilitar el adelantamiento bajando su velocidad y ciñéndose a la derecha. Lo mismo debe hacer el coche que viene de frente: reducir velocidad y encararse a la derecha. No te “piques” e incrementes la velocidad, la seguridad de, al menos, tres vehículos está en juego, aunque no haya sido tu culpa inicialmente.

 

 

¿Dónde está prohibido adelantar?

La DGT nos recuerda algunos sitios donde está prohibido adelantar:

  • En curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida.

  • En pasos de peatones señalizados, excepto a una velocidad tan reducida que permita al conductor pararse si hay un riesgo de atropello.

  • En pasos a nivel y sus proximidades, a excepción de los vehículos de dos ruedas.

  • En intersecciones y sus proximidades, salvo en las rotondas; cuando un coche gira a la izquierda; en calzada con prioridad señalizada; y a vehículos de dos ruedas.

 

 

Y en autovías, ¿se puede adelantar por la derecha? En este artículo te contamos en qué situaciones sí se puede hacer.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/trucos-y-consejos/articulo/como-adelantar-con-decision-seguridad-mejores-consejos-dgt

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28/10/2019

 

 

 

La DGT avisa: efecto acordeón, qué es y cómo puedes evitarlo

 

 

Uno de los motivos por el que se producen los atascos depende directamente de la forma de conducir de los conductores: es el llamado “efecto acordeón”.

 

 

 

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Motivos por los que se pueden producir atascos en la carretera hay muchos: un accidente, obras en la calzada, un vehículo averiado u otros peligros pueden ocasionar que los conductores sufran demoras en la carretera. Tanto si es una de estas razones la causante de la congestión del tráfico como si lo es que haya, directamente, más coches de los que la carretera pueda albergar, la forma de conducir de los conductores puede marcar las diferencias entre que el atasco sea más o menos pesado.

 

 

La DGT nos habla del “efecto acordeón” para referirse a esto mismo. Este efecto es el que explica el por qué, tras verte parado en la calzada, te pondrás de nuevo en circulación con más o menos retraso dependiendo de tu posición en el atasco. Cuando más atrás estés, más demoras sufrirás, según la explicación del efecto acordeón.

 

 

Se nos explica así, con este ejemplo: imagínate una retención que ocupa entre 12 y 16 kilómetros, con una fila de 2.000 coches uno detrás del otro. Cuando el primero se pone de nuevo en marcha, el segundo tarda 1 segundo más en arrancar (2 segundos en total); el tercero, 1 segundo extra, y así sucesivamente. En esta situación de atasco, el último coche tardaría 30 minutos en arrancar respecto al primero que lo hizo.

 

 

Además, si los conductores no están atentos, se tardará todavía más en arrancar, pudiendo duplicar el tiempo de espera de los coches que están atrás en el atasco. Es lo que la DGT llama “el efecto del efecto”.

 

 

 

La DGT avisa: efecto acordeón, qué es y cómo puedes evitarlo

 

Efecto acordeón: cómo evitarlo

La Dirección General de Tráfico transmite varias pautas que todo conductor debe tener en cuenta para que las retenciones de tráfico no se hagan más lentas para los coches que van más atrás. Lo vital: estar siempre atentos a lo que ocurre a nuestro alrededor, mantener una distancia de seguridad prudente y mantener una velocidad homogénea.

 

 

Al respetar estas 3 reglas, podrás reaccionar con más antelación a lo que sucede delante y evitarás, en la parte que te toca, a que se produzca el efecto acordeón. Si todos los coches circulan a una velocidad homogénea, el tráfico irá más fluido.

 

 

La distancia de seguridad, por su parte, te permite evitar frenazos bruscos que ayudan a provocar el susodicho efecto; de hecho, se recomienda no esperar al último momento para frenar, pero tampoco estar contantemente toques al freno, ya que alarmarás a los coches que vayan por detrás. La DGT recomienda levantar el pie del acelerador, perdiendo velocidad de forma suave, cuando divises un problema a lo lejos, aunque también debes avisar al resto de conductores con algún toque de freno.

 

 

Y por supuesto, se debe evitar otro efecto muy dañino que provoca más y más atascos: el “efecto mirón”, aquel por el cual los conductores, al llegar a la altura de un accidente, frenan por la curiosidad de ver qué ha sucedido. Esto, como te imaginarás, favorece el efecto acordeón todavía más.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/efecto-acordeon-dgt-atascos-que-es-como-puedes-evitarlo

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28/10/2019

 

 

Nuevos límites a 90 km/h: ¿han reducido la siniestralidad en carretera?

 

 

Se acaban de publicar los primeros datos de la DGT sobre siniestralidad tras cambiar los límites de velocidad en carreteras convencionales. La medida, ¿ha tenido el efecto esperado?

 

 

 

 

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La respuesta es sí. Obvio, cuando la Dirección General de Tráfico filtra tan pronto los resultados de siniestralidad, antes del balance definitivo de fin de año. De momento, la estadística no parece engañar: desde que el 29 de enero el Gobierno aprobase la rebaja del límite de 100 km/h a 90 km/h en cerca de 10.000 kilómetros de carretera, y hasta el pasado día 15 de octubre, las muertes por accidente de tráfico en estas vías se han reducido un 9 por ciento.

 

 

El dato, publicado por Servimedia, hace referencia así por tanto a todas las vías convencionales de un carril por sentido y sin separación física entre ellos, que son las que rebajaron el límite a 90 km/h y que, según publica la DGT, genera casi un 75 por ciento de los accidentes mortales en carreteras de España.

 

 

Esta misma información asegura también que, al igual que con las víctimas mortales, también el número de heridos hospitalizados desde enero ha caída en las carreteras con nuevos límites de velocidad ese mismo 9 por ciento, siempre comparándolo con el mismo período de 2018.

 

 

En referencia también a los nuevos datos de la DGT, en cambio en las carreteras convencionales en las que no se ha modificado el límite de velocidad (y que ya contaban con los 90 km/h de máxima) el número de víctimas mortales y de hospitalizados ha descendido en solo un 2 por ciento.

 

 

Con estas cifras, la DGT estaría cerca de cumplir con la promesa que realizó cuando modificó la normativa, asegurando que rebajar el límite en estas carreteras a 90 km/h rebajaría la mortalidad en un 10 por ciento.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/nuevos-limites-a-90-km-h-han-reducido-la-siniestralidad-en-carretera

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29/10/2019

 

 

Efecto pantalla: qué es y por qué la DGT lo considera tan peligroso

 

 

En estos días de otoño, un fenómeno meteorológico puede ser especialmente peligroso en carretera: el viento. Y sobre todo por el conocido “Efecto pantalla”, del que alerta ya la DGT.

 

 

 

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La Dirección General de Tráfico sigue empleando su revista Tráfico y Seguridad Vial, además de todos sus canales en redes sociales, para prevenir accidentes y alertar sobre peligros en carretera. Y bien que nos parece. En las últimas semanas nos habrás oído hablar sobre muchos riesgos de los que advierte y que, por lo general, acuña con el término “Efecto”: efecto elefante, efecto dominó, efecto submarino, efecto acordeón… Pues bien, hoy nos detenemos en otro: el efecto pantalla.

 

 

¿Qué es exactamente? En esta ocasión el riesgo en carretera está ocasionado por un fenómeno meteorológico, el viento, que en estos días de otoño, y posteriormente también en el invierno, cobra especial relevancia. Sin duda, que sople viento ya de por sí supone un peligro en carretera, pero especialmente se agrava cuando éste llega de repente: por ejemplo, al adelantar a un vehículo muy voluminoso o al salir de un túnel.

 

 

Estas situaciones son las que provocan directamente este conocido efecto pantalla o, como dice la DGT, interrupción temporal del viento. Tras producirse este efecto, el conductor sentirá cómo su vehículo se desplaza violentamente de forma lateral debido al empujón que produce el viento, pudiendo ser muy peligroso si está desprevenido y, por ejemplo, llega a terminar invadiendo un carril distinto (tanto en sentido contrario como en el propio) o saliéndose de la vía.

 

 

 

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Y, ¿cómo podemos evitarlo? Pues, según indica la propia DGT e incluso la Guardia Civil, la mejor manera es con prevención, esperando ya de antemano este efecto irremediable. Por tanto, si salimos de túneles o zonas resguardadas en las que de repente pueda soplar viento, conviene estar alerta ya esperando este “empujón” con las manos bien fuertes en el volante para corregir la dirección en sentido contrario en caso de necesidad.

 

 

Del mismo modo, al adelantar a un vehículo voluminoso, como puede ser un camión, tenemos que estar ya preparados para que, cuando termine la maniobra, podamos también corregir la dirección del coche para evitar que el viento nos empuje. Son acciones muy sencillas pero que pueden llegar a salvarnos la vida o, cuando menos, a evitar un accidente de tráfico.

 

 

 

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FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/efecto-pantalla-que-es-y-por-que-la-dgt-lo-considera-tan-peligroso

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31/10/2019

 

 

 

Las multas que te pueden poner si no haces bien el mantenimiento a tu coche

 

 

Como conductor tenemos derechos, pero también obligaciones. Te contamos por qué te pueden multar si no haces bien el mantenimiento de tu coche.

 

 

 

 

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Cuando circulamos por las carreteras no lo hacemos solos. A nuestro alrededor se mueven muchos otros vehículos, por lo que las medidas que tomamos para mejorar nuestra seguridad no sólo repercuten en nosotros, también sobre terceros que se pueden ver afectados por un mal estado de nuestro coche.

 

 

Por ello, parece lógico que como conductores nos veamos en la obligación de mantener nuestro vehículo en el mejor estado posible. De hecho, tanto es así que hay cinco multas que puedes sufrir si no tomas las precauciones necesarias. A continuación, te las detallamos.

 

 

Neumáticos

No hace falta que te contemos la importancia de llevar unos neumáticos en buen estado y con el agarre adecuado. Son la única pieza que está en contacto con el suelo y un pinchazo puede ser problemático en carretera, pero mucho peor puede ser un reventón o que la distancia de frenado se multiplique por no contar con el dibujo mínimo exigido en las gomas.

 

 

Por ello, si tus neumáticos están por debajo de los 1,6 mm de dibujo que exige la DGT, te estás arriesgando a ser castigado con 200 euros de sanción.

 

 

 

Las multas que te pueden poner si no haces bien el mantenimiento a tu coche

 

 

Ver y ser vistos es esencial en carretera
 
 

Mala iluminación

Tan importante es ver como hacerse ver. Por tanto, las luces son uno de los sistemas de seguridad más importantes de nuestro coche. Y, sin embargo, es muy habitual ver vehículos con bombillas fundidas, mal calibradas, faltas de potencia… Pero todo esto tiene un riesgo más allá del evidente. También es motivo de sanción. En concreto pueden suponer 200 euros de multa.

 

 

Mala visibilidad

En este caso no hablamos de que “nos vean” es, únicamente, cuestión de que nosotros mismos veamos como debemos y, por tanto, no comprometamos nuestra seguridad ni la del resto de conductores. Y es que circular con un coche en cuyo parabrisas hay restos de hielo o nieve que impiden una buena visibilidad es sancionable. Lo mismo si el parabrisas se encuentra en mal estado, ten en cuenta que una pequeña grieta puede hacer explotar el cristal. De ahí que esto se castigue con multas que van de los 80 a los 200 euros.

 

 

 

Las multas que te pueden poner si no haces bien el mantenimiento a tu coche

 
Sabemos que la gasolina está cara, pero mucho más caro te puede salir quedarte tirado en la carretera
 
 

Ten cuidado con la gasolina

Quedarnos sin gasolina en la carretera puede quedarse en una mala experiencia. O puede ser peor e, incluso, ganarnos una multa muy tonta. Porque encontrarnos en mitad de una vía con el depósito vacío tiene una multa de, mínimo, 200 euros.

 

 

Y decimos que, al menos, seremos multados con 200 euros porque esta cantidad puede aumentar hasta los 3.000 euros. ¿Cómo? Muy sencillo. Si conseguimos llegar de alguna manera a la gasolinera más cercana y traemos combustible en un recipiente que no esté homologado para ello la multa puede multiplicarse por 15.

 

 

Y no te olvides de la matrícula

Hasta ahora hemos contado con sistemas o herramientas que son esenciales para movernos (como el combustible) o para circular de manera segura. Pero no nos olvidemos que como conductores también tenemos la obligación de ser identificados en todo momento.

 

 

Para esto, una matrícula en buen estado es esencial. Si un agente entiende que la matrícula está tan sucia o presenta desperfectos que dan lugar a una identificación incorrecta nos puede castigar con 200 euros. Pero si, además, cree que hemos manipulado la matrícula para que esta sea ilegible, la sanción es mucho más grave, llegando a alcanzar 6.000 euros de multa y seis puntos del carné.

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/las-multas-que-te-pueden-poner-si-no-haces-bien-el-mantenimiento-a-tu-coche

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31/10/2019

 

 

 

Operación especial Tráfico Puente de Todos los Santos: más radares, drones y controles

 

 

La DGT ha diseñado un dispositivo especial con más radares, drones y controles para el Puente de Todos los Santos, unas fechas en las que se esperan 4,8 millones de desplazamientos.

 

 

 

 

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El Puente de Todos los Santos es uno de los que más tráfico registra en carretera todos los años. En este caso, al caer la festividad del 1 de noviembre en viernes, el número de desplazamientos se multiplicará y se calcula que 4,8 millones de trayectos tendrán lugar entre las 15:00 horas de hoy, 31 de octubre, y las 23:59 horas del domingo 3 de noviembre.

 

 

Por ello, la DGT ha puesto en marcha un dispositivo especial que se extenderá durante la ventana temporal ya mencionada y han recordado que las mayores complicaciones las veremos en las vías cercanas a las urbes, tanto de salida durante la tarde de hoy como de entrada a partir del próximo domingo.

 

 

Para facilitar los desplazamientos, desde la DGT han anunciado que se habilitarán carriles adicionales durante las horas más complicadas, así como la limitación de las pruebas deportivas o las restricciones a la circulación en el transporte de mercancías. Sin embargo, al contrario de lo que sucede en las operaciones de verano y Navidad, no se ha explicitado el número de agentes que se pondrán al servicio de los conductores.

 

 

Como es de esperar (y tal y como han señalado en la cuenta de twitter del organismo), la DGT pondrá en marcha todos sus medios para vigilar las carreteras españolas durante este fin de semana. Así, a los radares fijos habrá que sumar los temidos cinemómetros móviles (entre ellos los Velolaser) y la vigilancia desde el aire con las cámaras, los drones y los helicópteros repartidos por el territorio nacional. Además, los controles de alcohol y drogas se intensificarán durante estos días.

 

 

 

 

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Lo importante es llegar

En el mismo sentido que ya hemos visto en otras ocasiones, la DGT ha recordado que lo más importante, al fin y al cabo, es llegar a nuestro destino y no tanto la hora. Por ello, ha recordado una serie de consejos con los que los viajes se harán más llevaderos:

 

  • Respeta la velocidad y adapta tu conducción a las circunstancias del tráfico y del clima.

  • Al volante, ni alcohol ni drogas.

  • No utilices el móvil mientras conduces. Lo mejor, apágalo o utiliza el modo coche. Las aplicaciones Apple Car Play y Android Auto también pueden ser una buena solución.

  • Utiliza el cinturón de seguridad y las luces de cruce a cualquier hora del día. Son medidas de seguridad que pueden marcar la diferencia.

  • Para cada dos horas o 200 kilómetros y presta especial atención a los niños, que deben contar con el sistema de retención infantil adecuado y bien instalado.

 

 

 

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FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/operacion-especial-trafico-puente-de-todos-los-santos-mas-radares-drones-y-controles

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05/11/2019

 

 

 

Los argumentos de la DGT para implantar el límite de 30 km/h en las ciudades

 

 

Según la DGT, el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello se reduce como mínimo cinco veces si la velocidad del vehículo que impacta es de 30 km/h en lugar de 50.

 

 

 

 

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La DGT quiere establecer un límite genérico de 30 km/h, solo en ciudad y en vías de un carril por sentido. Una decisión que, según la DGT, no es arbitraria, sino que “puede asegurar la supervivencia en la mayoría de los casos”. Y para justificarlo hacen referencia a un estudio de 2011 de la OMS sobre atropellos y velocidad que estableció que el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello se reduce como mínimo cinco veces si la velocidad del vehículo que impacta es de 30 km/h en lugar de 50.

 

 

Además, la DGT ofrece más argumentos a favor de implantar este límite de 30 km/h en ciudad. Apuntan desde la DGT que esta medida reduciría en un 3% el riesgo de resultar herido grave y un 4% el de sufrir un accidente con víctimas mortales; disminuye el ruido (según un informe del Instituto DKV, de un 33% –a 50 km/h– se pasaría a un 6%); los niveles de dióxido de nitrógeno (en Berlín en torno al 10-15%); hay menos atascos, la circulación es más fluida al asemejar las velocidades de circulación de automóviles y, por ejemplo, ciclistas (en Pontevedra se ha logrado una reducción del 70% en el centro); mejora la convivencia entre diferentes usuarios y fomenta el uso de modos más activos y saludables.

 

Límite de 30 km/h, ¿dónde?

La reforma que tiene preparada la DGT del Reglamento de Circulación para establecer una velocidad genérica de 30 km/h en ciudad, no afectaría a todo el territorio urbano, sino solo a las calles de un carril para cada sentido de circulación. La distribución responde a la Ley 80/20. Solo el 20% de las calles soporta el 80% del tráfico, son arterias principales de dos o más carriles o anillos perimetrales. Estas vías podrán tener una limitación de 50 km/h. El 80% restante soporta apenas el 20% del tráfico.

 

 

 

 

FUENTE:  https://www.autopista.es/noticias-motor/articulo/los-argumentos-de-la-dgt-para-implantar-el-limite-de-30-km-h-en-las-ciudades

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