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Publicaciones recomendadas

22 de noviembre de 2023

 

 

 

 

Qué significan los nuevos triángulos pintados que puedes ver ya en las carreteras, ¿multa la DGT?

 

Nuestras carreteras comienzan a dejarse ver en algunos tramos pintadas con triángulos amarillos y blancos.

Te contamos qué significa y si generan multas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Qué significan los nuevos triángulos pintados que puedes ver ya en las carreteras, multa la DGT

 

 

 

Estos nuevos triángulos amarillos y blancos cumplen con una función similar a los ya más conocidos

‘dientes de dragón’ y se implementan en zonas como las urbanas con mucho tránsito de coches o personas, o en las puertas de los colegios de cara a reducir el número de atropellos.

 

 

Se espera desde las distintas administraciones de tráfico que estas nuevas marcas ayuden a reducir la velocidad en las zonas citadas.

 

 

 

Dientes de dragón

Estos triángulos se pintan en la carretera y se acompañan de una señal vertical.

 

 

Estas marcas están dibujadas sobre los márgenes del carril con el objetivo de llamar la atención de los conductores haciéndoles parecer por un efecto óptico, que la carretera se estrecha, para que así reduzcan su velocidad, y se suelen situar cerca de un paso de peatones o de un tramo con una notoria concentración de accidentes.

 

 

Según la Dirección General de Tráfico son tramos con una longitud aproximada de 30 metros.

 

 

 

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Dientes de dragón en la carretera, siendo pintadas por operarios de la Dirección General de Tráfico (DGT)

 

 

 

Preocupación

La Dirección General de Tráfico ve vulnerables aún a peatones, ciclistas y motoristas, los cuales también están dentro de la seguridad vial y a los cuales quieren proteger.

 

 

Por ello se ha comenzado a pintar triángulos amarillos en Madrid y algún otro municipio español para poder protegerlos.

 
 
 

Objetivo

Estos triángulos amarillos y blancos en la carretera cuentan con la principal misión de indicar cuáles son las zonas de tráfico denso, instigando a reducir la velocidad de manera significativa, sobre todo en aquellos en los que haya más riesgo de atropello.

 
 

Estos pueden ser complementados con otras señales visuales como los dientes de dragón de los cuales ya os hemos hablado, o las señales que simulan olas del mar.

 

 

A ello se le añadirán señales verticales de zona escolar en caso de que toque y una indicación de 20 kilómetros por hora como velocidad máxima permitida.

 

 

 

 

FUENTE:    https://www.autopista.es/noticias-motor/significan-nuevos-triangulos-pintados-puedes-ver-ya-en-carreteras-multa-dgt_286098_102.html
 

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Implementación

Estas señales se están añadiendo desde hace aproximadamente un año, pero a pesar de esto aún no forman parte del catálogo oficial de señales en el Reglamento de Circulación, pudiendo así, confundir a los conductores usuarios de la vía, que podrían no entender el significado y sentirse más desconcertados, con lo que mermaría su sensación de seguridad.

 

 

 

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Nuevos triángulos amarillos y blancos de la DGT. AMPA IES Blanca Fernández Ochoa

 

 

 

Novedad

Pese a que el propio ente dirigido por Pere Navarro está aumentando la cantidad de radares y la tecnología de estos, en esta ocasión están meditando optar por una opción que vaya más a lo psicológico con un engaño visual, creyendo que estas nuevas marcas aportarán más que otro tipo de señales.

 

 

 

 

FUENTE:    https://www.autopista.es/noticias-motor/significan-nuevos-triangulos-pintados-puedes-ver-ya-en-carreteras-multa-dgt_286098_102.html

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23 de noviembre de 2023

 

 

 

 

La DGT avisa de que solo estos VMP, patinetes y bicicletas podrán circular en España: el resto, no

 

A partir del próximo 22 de enero todos los VMP que se comercialicen deberán contar ya con una certificación que garantice que cumplan unas determinadas garantías de calidad y durabilidad. Sin ella, no se podrá circular con ellos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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La DGT avisa de que solo estos VMP, patinetes y bicicletas podrán circular en España

 

 

 

Si estás pensando en comprar un patinete eléctrico próximamente, presta atención a esto.

 

 

A partir del próximo 22 de enero de 2024 solamente se podrán comercializar vehículos de movilidad personal (VPM) que hayan sido certificados.

 

 

Esta medida está recogida en el Manual de características de los vehículos de movilidad personal y tiene como objetivo garantizar que los VMP que se pongan a la venta tienen unas garantías de calidad y durabilidad mínimas.

 

 

 

Así puedes saber ya si un VMP está certificado por la DGT para circular

Desde la DGT recomiendan consultar la página web www.dgt.es/vmp, donde se pueden encontrar todas las marcas y modelos que ya han sido certificados y que cumplen todos los requisitos recogidos en el Manual de características de los VMP.

 

 

De esta forma, vas a comprar un producto que tiene ciertas garantías y que vas a poder utilizar en el tiempo, ya que a partir del 22 de enero de 2027 solamente podrán circular los VMP que estén certificados por las autoridades competentes.  

 
 

El manual de características técnicas de los VMP se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 21 de enero de 2022 y desde entonces ya han sido muchas las marcas y modelos certificados.

 

 

 

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A partir del próximo 22 de enero de 2024 solo se podrán vender VMP certificados

 

 

 

Estas son las características que debe cumplir un VMP

  • Velocidad: podrán circular a una velocidad máxima de 25 km/h, a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo. Además, dispondrán de sistemas antimanipulación, tanto para la velocidad como para la potencia. También deberán disponer de un indicador de información visible en el que conste la velocidad a la que va y el nivel de batería.

 

  • Sistema de frenado. Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2. Además, los vehículos de más de 2 ruedas deberán disponer de freno de estacionamiento.

 

  • Visibilidad: Los vehículos de movilidad personal deberán estar equipados de catadióptricos frontales (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). Además, la luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.

 

  • Avisador acústico: será obligatorio disponer de un avisador acústico en todo tipo de VMP y, en el caso de los destinados a mercancías u otros servicios, deberán llevar también avisador de marcha atrás.

 

  • Sistema de estabilización en aparcamiento: con el objetivo de evitar los VMP caídos en medio de las calles y guardar un cierto orden en las ciudades, se ha establecido la obligatoriedad para los VMP con menos de 3 ruedas de disponer de un sistema de estabilización consistente en una pata de cabra lateral o caballete central mientras están aparcados.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-avisa-solo-estos-vmp-patinetes-bicicletas-podran-circular-en-espana-resto-no_286138_102.html
 

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Los VMP deberán cumplir con el Manual de características de los VMP

 

 

 

  • Ruedas: se establece en 203,2 mm el diámetro mínimo establecido de las ruedas, las cuales deben ser de superficie rugosa de modo que permitan la adherencia al terreno. En ningún caso se permitirá la utilización de neumáticos lisos.

 

  • Plegado seguro: Los VMP deberán disponer de un doble sistema de seguridad para que queden bien acoplados mientras se llevan recogidos y evitar así aperturas involuntarias.

 

  • Marcaje: todos los VMP deberán disponer de un marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de forma claramente visible con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo.

 

  • Portaidentificador: los VMP deberán llevar en la parte trasera del mismo un espacio para llevar una identificación o etiqueta de registro.

 

 

 

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La circulación de los VMP está prohibida por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías

 

 

 

¿Qué se considera un VMP?

No todo lo que se vende como VMP es un VMP. Según el Reglamento General de Vehículos, se denomina Vehículo de Movilidad Personal (VMP) al vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos (baterías de hasta 100 VCC y con un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada) que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h y que sólo puede estar equipado con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado.

 
 

Tráfico insiste una vez más en recordar que la circulación de estos vehículos está prohibida por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías, así como por túneles urbanos.

 

 

Asimismo, también está prohibida la circulación por las aceras en ámbito urbano.

 

 

Además, al ser considerados como vehículos a todos los efectos, sus conductores están obligados a cumplir las normas de circulación, como el resto de conductores.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-avisa-solo-estos-vmp-patinetes-bicicletas-podran-circular-en-espana-resto-no_286138_102.html

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25 de noviembre de 2023

 

 

 

 

Denuncian la nueva política de la DGT por discriminatoria hacia las personas mayores

 

La Asociación Provincial de Mayores y Pensionistas de Madrid (UDP) ha alzado la voz contra lo que considera una discriminación hacia las personas mayores por parte de la Estrategia de Seguridad Vial de la DGT.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Denuncian la nueva política de la DGT por discriminatoria hacia las personas mayores

 

 

 

La UDP de Madrid considera que las medidas específicas por edad para validar el carnet de conducir en España suponen una clara violación de los derechos de las personas más mayores.

 

 

En la Estrategia de Seguridad Vial 2030, que cuenta con el objetivo de reducir la siniestralidad en nuestras carreteras, ven claros atisbos de querer dejar de lado a las personas mayores de nuestras carreteras.

 

 

 

UDP

La UDP es la Asociación Provincial de Mayores y Pensionistas de Madrid y ha cargado contra la nueva estrategia de la Dirección General de Tráfico debido a que consideran que se está expulsando a los mayores de la conducción, 

debido a la reducción de plazos para la renovación de permisos y la introducción de un informe psicotécnico más estricto y específico que se les ha impuesto a estos.

 
 
 

Argumento

Desde la entidad sostienen que establecer requisitos distintos según la edad que tenga cada uno para la renovación del carnet de conducir, se puede y de hecho, ellos lo hacen,

considerar una forma de discriminación en base a la edad, calificándola por tanto de inconstitucional y, por ende, ilegal en España.

 

 

 

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Es cierto que, al disponer a veces de más dificulatdes, las personas mayores van con mñas cuidado al coger su coche

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/denuncian-nueva-politica-dgt-por-discriminatoria-hacia-personas-mayores_286274_102.html
 

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Además

A parte de esto, desde la UDP creen que hay repetidas declaraciones de los responsables de Tráfico que estigmatizan a los mayores,

influyendo en las pruebas para renovar el carnet, algo que según ellos merma la autoestima de los conductores con una edad avanzada.

 
 
 

Datos

Los datos arrojan de que, a pesar de que los mayores puedan contar con mayores dificultades para conducir, son responsables de un menor número de accidentes,

siendo declarados como culpables de siniestros menos veces que el resto de grupos de conductores.

 

 

A su vez, son los que peores consecuencias sufren en los accidentes, como es lógico al ser más frágiles.

 

 

 

Se le suman más cosas

Desde UDP afirman que la propuesta de restricción de los permisos de conducir a personas mayores no hace más que añadirse a años en los que se ha reducido el transporte público, los servicios sanitarios y sociales y una planificación que ha favorecido el uso del coche privado como la única alternativa en muchos casos.

 
 
 

¿Un mito?

Desde la asociación madrileña están seguros de que las restricciones basadas en la edad solo reflejan estereotipos y prejuicios en las políticas de tráfico del país.

 

 

Es por ello por lo que desde ella se hace un llamamiento a la Dirección General de Tráfico y al Ministerio del Interior

de cara a reconsiderar y retirar estas propuestas, tal y como afirman los compañeros de ‘Geriatricarea’.

 

 

En vez de esto, quieren que se adopten recomendaciones de la Organización mundial de la Salud, la famosa OMS

para combatir el envejecimiento de las personas.

 

 

Es más, instan a que se usen estrategias basadas en evidencias para así mejorar la recopilación de datos, fomentar la investigación y trabajar con organizaciones de mayores para poder cambiar su percepción y por ende, sus acciones respecto a la edad y al envejecimiento al volante.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/denuncian-nueva-politica-dgt-por-discriminatoria-hacia-personas-mayores_286274_102.html

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25 nov. 2023

 

 

 

Así aprenden los bomberos a luchar sin peligro contra un incendio de coche eléctrico

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Los incendios de las baterías de los coches eléctricos son algo recurrente.

Los bomberos están aprendiendo a luchar contra este tipo de incendios de forma segura. 

 

 

Los incendios de coches han sido, durante años, uno de los accidentes recurrentes que envuelven al sector automovilístico.

 

 

Sin embargo, con la llegada de los vehículos eléctricos, así como la introducción de sustancias químicas altamente combustibles de las baterías de este tipo de coches, se están planteando nuevos retos. 

 

 

Las baterías de iones de litio de los coches eléctricos plantean una gran cantidad de riesgos de incendio.

 

 

Pero lo cierto es que existen varias diferencias que hacen que este tipo de incendios sean más complicados de combatir.

 

 

Y es por eso por lo que los bomberos están aprendiendo a luchar sin peligro contra un incendio provocado por un coche eléctrico.  

 

 

 

Diferencias a la hora de combatir un incendio de un coche eléctrico

Una de las principales diferencias a la hora de combatir un incendio de este calibre, es la posibilidad de introducir lo que se conoce como ‘fuga térmica’.

 

 

¿Qué es esto?

 

 

Se produce cuando la batería de un coche eléctrico entra en un ciclo de sobrecalentamiento y sobrepresurización que provoca incendios y, a veces, explosiones. 

 

 

Lo que ocurre muchas veces es que, aunque parezca que se ha extinguido el incendio de la batería de un coche eléctrico, la energía persiste almacenada en la batería, de tal manera que puede provocar peligrosos escapes.

 

 

De hecho, estos graves incendios están destruyendo los barcos que transportan los vehículos eléctricos, llegando a causar grandes daños

 

 

"Incluso cuando parece más o menos un tanque de plástico en el suelo, esas baterías están formadas por miles de estas pequeñas celdas de batería, y todo lo que se necesita es una de ellas para reavivar el fuego", explica Brian O'Connor, ingeniero de servicios técnicos de la Asociación Nacional de Protección contra Incendios.

 

 

O'Connor habló con nuestros compañeros de Business Insider para dar algunos consejos sobre qué hacer en caso de incendio de un coche eléctrico.

 

 

Estos son algunos de ellos

 

 

 

FUENTE:    https://www.autobild.es/noticias/aprenden-bomberos-luchar-peligro-incendio-coche-electrico-1337142
 

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No arrancar un coche eléctrico después de una inundación 

En caso de que tu coche eléctrico se inunde por completo, o creas que una gran cantidad de agua haya penetrado en su interior (y más en concreto en su batería), debes asegurarte de que un mecánico lo remolca y lo revisa antes de volver a encenderlo. 

 

 

Aunque parezca que el coche se haya secado, el agua retenida en la batería puede llegar a provocar un cortocircuito y, por consiguiente, un incendio.

 

 

Según O’Connor, dicho problema se ha agravado en Florida este año 2023 tras las inundaciones masivas provocadas por los huracanes en la zona. 

 

 

“Después de que las inundaciones terminasen, la gente decía: ‘Déjame ver si mi coche funciona”, explica.

 

 

“Como todavía había agua en las baterías, los vehículos cortocircuitaban, y provocaban un incendio”, añade el ingeniero. 

 

 

 

Revisar la batería después de un accidente, por muy leve que sea

No sólo hay que atender a los daños causados por el agua ya que, aunque parezcan más peligrosos, aquellos sufridos en una colisión también pueden provocar el cortocircuito de un vehículo eléctrico, así como un incendio como consecuencia.

 

 

Lo mejor, según O’Connor, es dejar que un profesional revise la batería después de cualquier tipo de accidente, por muy leve que sea. 

 

 

 

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Incendio de un Tesla Model S

 

 

 

“Si una batería sufre algún tipo de aplastamiento, puede provocar un cortocircuito", afirma O'Connor.

 

 

"Es difícil juzgar qué tipo de accidente puede dañar la batería: un pequeño golpe puede hacerlo, un gran choque, sin duda.

 

 

Siempre es más seguro llevarla a revisar", subraya. 

 

 

 

Proporcionar toda la información posible a los servicios de emergencias

Cuando se produce un incendio en la batería de un coche eléctrico, lo primero que se suele hacer es ponerse en contacto con emergencias (112).

 

 

De esta manera, lo mejor que podemos hacer es facilitar al operador toda la información posible sobre el vehículo, de tal  manera que puedan extinguir el incendio con eficacia. 

 

 

Lo primero que hay que dejar claro es que el coche que está ardiendo es un coche eléctrico y, a continuación, facilitar la marca y el modelo, ya que los primeros intervinientes suelen tener acceso a las guías de respuesta de los fabricantes de estos coches. 

 

 

“Puede que haya cables de alta tensión que atraviesen distintas partes del coche, que las baterías estén situadas en distintos lugares…

todo esto ayuda a informar a los primeros intervinientes sobre la mejor manera de atajar el incendio”, concluye O’Connor. 

 

 

 

FUENTE:    https://www.autobild.es/noticias/aprenden-bomberos-luchar-peligro-incendio-coche-electrico-1337142

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27 de noviembre de 2023

 

 

 

 

Esta es la nueva señal de la DGT que te permite ya ir a 150 km/h en autopistas y autovías

 

A pesar de que la velocidad máxima de nuestro país sea de 120 km/h, hay una señal con la que la DGT permite a algunos coches circular a 150 km/h.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Esta es la nueva señal de la DGT que te permite ya ir a 150 km h en autopistas y autovías

 

 

 

La DGT tiene la obligación de hacer cumplir las normas de tráfico para preservar la seguridad vial en nuestras carreteras.

 

 

Después de verano, época en la que más accidentes hay, les toca apretar el puño y seguir trabajando de cara a reducir las fatales cifras de siniestralidad con las que cuenta nuestro país.

 

 

Para ello, el ente ha añadido nuevas multas a la normativa de Tráfico.

 

 

 

Nuevas multas leves

A continuación, os dejamos las nuevas multas consideradas como no graves, o leves, que se han añadido al reglamento por parte de la Dirección General de Tráfico:

 
 
  • No “estar en todo momento” en condiciones de controlar el vehículo.

 

  • Aquellas normas que sean saltadas por los ciclistas que no sean consideradas graves o muy graves.

 

 

 

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Ciclistas ocupando un carril al completo no dejando espacio a los coches para pasar

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-es-nueva-senal-dgt-te-permite-ya-ir-150-km-h-en-autopistas-autovias_286365_102.html
 

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Nuevas multas graves

Estas que os vamos a contar ahora son las nuevas multas que se estipulan como graves según la Dirección General de Tráfico en su nuevo reglamento en colaboración con el Gobierno:

 
 
  • Parar o estacionar en carriles o vías para ciclistas.

 

  • Llevar en el coche o en la moto detectores de radares, aunque no estén en uso en el momento que el policía o guardia civil en cuestión lo descubra.

 

  • Conducir con el carnet de conducir suspendido de forma cautelar.

 

  • El uso del teléfono móvil por parte de motoristas o ciclistas, sujetándolo con una mano o bien, metiéndolo entre la cabeza y el casco.

 

 

 

Nuevas multas muy graves

Aquí debajo os vamos a relatar las que son consideradas desde ahora por la DGT como infracciones muy graves:

 
 
  • Usar dispositivos de intercomunicación (como pinganillos) para exámenes en los que se obtiene o se recupera el carnet de conducir.

 

  • Arrojar a la vía objetos que puedan causar accidentes o incendios.

 

  • Incumplir las normas sobre auxilio en vías públicas y sobre el uso de alcoholímetros antiarranque.

 

 

 

Los vehículos que pueden ir a 150 km/h

Estos son los vehículos que pueden circular a velocidades superiores a 120 km/h de manera totalmente legal:

 

 

  • Como es evidente, los servicios de emergencia como la Policía, la Guardia Civil o os SAMUR, quienes, por las exigencias de su día a día a veces no cuentan con ninguna alternativa que la de ir rápido, como en el caso de auxilio a una persona o de una persecución de un delincuente.

 

  • Otros servicios como guardaespaldas oficiales y parecidos cuando van dentro de un convoy.

 

 

 

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Esta es la señal V12 que permite a ciertos vehículos superar los límites de velocidad en tramos determinados.

 

 

 

Los vehículos que cuenten con la señal de autorización de la DGT V12.

 

 

Esta irá puesta en forma de pegatina y se les da a los vehículos que se encuentran realizando pruebas especiales o ensayos de investigación para los cuales necesitan ir a altas velocidades.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-es-nueva-senal-dgt-te-permite-ya-ir-150-km-h-en-autopistas-autovias_286365_102.html

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28 de noviembre de 2023

 

 

 

¿Y a quién multan ya en los coches autónomos sin conductor? La policía no puede hacerlo…

 

Si un coche autónomo sin conductor comete una infracción, ¿quién paga la multa?

El debate ya está sobre la mesa en el estado de California, en Estados Unidos, donde los primeros vehículos sin conductor ya circulan.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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A quién multan ya en los coches autónomos sin conductor

 

 

 

Los coches autónomos sin conductor han llegado incluso antes que la propia regulación.

 

 

Y es precisamente este vacío legal el que plantea ya algunos interrogantes y debates.

 

 

Como el que ha surgido en el estado de California, en Estados Unidos.

 

 

Así las cosas, los fabricantes y los consumidores se enfrentan ya a un mosaico de diferentes leyes y regulaciones en todo el país.

 

 

¿Quién recibe la multa de tráfico en un vehículo sin conductor si infringe la ley?

 

 

Mientras sea una inteligencia artificial la que tome el volante, la respuesta es sencilla: nadie.

 

 

Según un nuevo informe, la policía en el estado de California solo pueden sancionar vehículos con conductor.

 
 
 

En California la policía no puede multar a un coche sin conductor

Según apunta el medio NBC Bay Area, el jefe de policía de San Francisco, Bill Scott, decía que los agentes no podían emitir multas a vehículos en

“modo sin conductor” por ninguna infracción de tráfico.

 

 

Sin embargo, los coches autónomos sin conductor no son totalmente inmunes a las normas de circulación, ya que siguen siendo susceptibles de recibir multas de aparcamiento.

 
 

La ley actual en California no tiene en consideración estas nuevas tecnologías, lo que crea una extraña brecha legal entre los vehículos autónomos y los conductores reales.

 

 

El mes pasado, California suspendió las operaciones del proyecto de robotaxi llamado Cruise de General Motors, debido a las preocupaciones de seguridad.

 

 

Sin embargo, otros estados sí se han mostrado proactivos con esta tecnología.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/y-quien-multan-ya-en-coches-autonomos-sin-conductor-policia-no-puede-hacerlo_286435_102.html
 

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En California la Policía no puede multar a un coche autónomo sin conductor

 

 

 

¿Y si el propietario de un coche autónomo es el responsable?

El estado de Texas, por ejemplo, actualizó sus leyes en 2017, considerando al propietario de un coche autónomo como su “conductor”, y a quien la policía puede multar

en caso de infringir las leyes de circulación, incluso si no está dentro del propio vehículo.

 

 

Esto podría servir como un nuevo marco legal para otros estados.

 

 

Los coches sin conductor y las tecnologías de asistencia a la conducción plantean nuevas cuestiones legales sobre quién es el responsable del vehículo cuando un ordenador tiene el control.

 

 

Este año, Tesla ganó dos juicios relacionados con vehículos que se chocaron mientras hacían uso del piloto automático, citando un “error humano” en el más reciente.

 

 

Sin embargo, un fallo judicial en Florida encontró que Tesla conocía que su sistema avanzado de asistencia a la conducción Autopilot presentaba algún fallo.

 
 

Los fabricantes de automóviles, las empresas y los consumidores probablemente tendrán que enfrentarse a un mosaico de sentencias judiciales y nuevas leyes a medida que la sociedad intenta integrar estas nuevas tecnologías en la vida diaria.

 

 

El proceso legislativo suele ser lento en Estados Unidos, lo que de momento deja

un vacío legal lo suficientemente grande como para que, mientras tanto, los vehículos sin conductor puedan circular sin consecuencias.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/y-quien-multan-ya-en-coches-autonomos-sin-conductor-policia-no-puede-hacerlo_286435_102.html

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29 de noviembre de 2023

 

 

 

 

De alerones a centralitas o llantas: las multas de mínimo 500 € que pone la DGT por modificaciones

 

Las modificaciones no permitidas como alerones, centralitas o llantas conllevan multas de un mínimo de 500 euros de la DGT.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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De alerones a centralitas o llantas: las multas de mínimo 500 € que pone la DGT por modificaciones

 

 

 

La DGT trata de ser estricta con muchas cuestiones, pero sin duda, una de ellas es la homologación de las modificaciones que le hagamos a nuestros vehículos.

 

 

El incumplimiento de las regulaciones de la ITV, por ejemplo, en relación con alerones pueden ocasionar multas de entre 500 y 4.000 euros de multa.

 

 

 

¿Hasta dónde?

Muchas veces, sobre todo aquellos a los que nos gustan los coches nos hemos preguntado qué modificaciones puedo hacerle o no a mí vehículo, pues bien, según la Dirección General de Tráfico cualquier modificación

como pasar tu coche a GLP, cambiar el tipo de luces, instalar una bola de remolque, poner un alerón u otros cambios que varíen el aspecto o el rendimiento de nuestro coche,

debe cumplir con los estándares de seguridad.

 

 

Para ello debe haber sido homologado y revisado como confirma el medio ‘La Nueva España’.

 
 
 

¿Qué es significativo?

La DGT considera significativo cualquier cambio que afecte a lo siguiente:

 
 
  • La identificación del vehículo.

 

 

  • La unidad motriz o motor. Esto engloba cualquier cambio en la centralita o en la gestión electrónica del motor si no se instala una equivalente. La transformación de tu vehículo de gasolina a uno de GLP conllevará obligatoriamente el paso por la Inspección Técnica de Vehículos después del taller para legalizarlo.

 

 

  • Transmisión, ejes, suspensión, dirección o frenos. En el caso de la suspensión, la instalación de muelles para la suspensión no equivalentes obliga a pasar por la ITV, ya que modificar la altura incide en el comportamiento del coche de manera importante.

 

 

  • La carrocería. En el caso de los alerones es crucial que la instalación del mismo no tape la tercera luz de freno. Además, si la instalación del alerón reduce la visibilidad, será necesario reubicar o cambiar esta luz a un lugar más visible. Se recalca además que deben evitarse aristas o partes cortantes en los alerones y sus componentes.

 

 

  • Dispositivos de alumbrado y señalización.

 

  • Uniones entre vehículos tractores y remolques o semirremolques.

 

  • Modificación de cualquier dato presente en la ITV.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/alerones-centralitas-llantas-multas-minimo-500-pone-dgt-por-modificaciones_286518_102.html
 

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La ITV correspondiente deberá ser la que apruebe todas las modificaciones

 

 

 

La dirección General de Tráfico estipula que el taller encargado de realizar cualquiera de estas modificaciones debe estar autorizado y los materiales usados deben estar homologados para ese vehículo en concreto.

 

 

Para finalizar esto debemos:

 
 
 
  • Acudir a la ITV para revisar los trabajos hechos. Para ello hemos debido indicar al solicitar la cita que se trata de una revisión por reforma y consultado la documentación necesaria según el cambio realizado.

 

  • Solicitar un nuevo Permiso de Circulación de Tráfico.

 

  • Presentar el vehículo en una estación ITV autorizada en un plazo de 15 días desde la reforma.

 

 

Después de haber hecho todo esto, será la propia ITV quien emite y entregue una nueva ficha del vehículo con los cambios realizados presentes en él.

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/alerones-centralitas-llantas-multas-minimo-500-pone-dgt-por-modificaciones_286518_102.html

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1 de diciembre de 2023

 

 

 

Si usas así el teléfono móvil, la DGT te va a multar ya en España

 

El teléfono móvil al volante distrae.

Así que, aunque lo mejor es no usarlo, si tienes que hacerlo, que sea con un sistema manos libres y utilizando un soporte adecuado.

Todo lo demás es un peligro y además te va a costar una multa de la DGT.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Si usas así el teléfono móvil, la DGT te va a multar ya en España

 

 

 

Nos resistimos a dejar a un lado el teléfono móvil, incluso cuando estamos al volante.

 

 

Según el último informe de Automovilistas Europeos Asociados, conducir usando el teléfono móvil se encuentra entre las 5 multas que más pone la DGT,

por detrás de los excesos de velocidad, no llevar la ITV o el permiso de conducir en vigor o usar el cinturón de seguridad.

 

 

A pesar del riesgo que conlleva, durante una de las últimas campañas de vigilancia de las distracciones de la DGT,

3 de cada 10 conductores fueron sancionados por usar el teléfono móvil conduciendo.

 
 

De ahí que una de las grandes novedades de la nueva Ley de Tráfico, aprobada en marzo de 2022, haya sido la de

penalizar aún más el uso del teléfono móvil al volante.

 
 

Pero es que, además, con la normativa en la mano, también ha cambiado qué se considera un uso incorrecto del teléfono móvil.

 
 
 

El móvil, solo con sistemas manos libres y en un soporte adecuado

Según la Ley de Tráfico y el Reglamento General de Circulación,

 

 

“Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares”.

 

 

¿Qué quiere decir esto?

 

 

Pues que solo se puede utilizar el móvil al volante usando un sistema manos libres.

 

 

Es decir, todo lo que implique su manipulación la mano estará sancionado.

 

 

Hasta aquí, nada nuevo. Pero es que además la DGT ahora añade que el teléfono móvil debe estar colocado en un soporte adecuado, que permita al conductor mantener las manos en el volante.

 

 

En ningún caso puedes tocarlo, simplemente ver la pantalla.

 

 

El simple hecho de llevarlo en la mano, aunque no lo estés usando, ya está sancionado.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/si-usas-telefono-movil-dgt-te-va-multar-ya-en-espana_286648_102.html
 

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