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26 de septiembre de 2022

 

 

Cuánto tiempo hay para pagar una multa de tráfico y qué puede ocurrir si te pasas del límite legal

 

Si has recibido una multa de tráfico en tu casa o te ha llegado una notificación de la sanción, estos son los plazos que debes tener en cuenta a la hora de pagarla… o recurrirla.

 

 

 

 

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Estos son los plazos que tienes para pagar una multa de tráfico y lo que puede pasar si no lo haces a tiempo.

 

 

 

¿Te han puesto o te ha llegado una multa de tráfico casa? ¿has llegado hasta aquí para aclarar todos los pasos que debes seguir a partir de ahora? Sabemos que no es gusto de todos el tener que afrontar el pago de una multa de tráfico, sí, pero superado y aceptado el “trago”, ahora hay que saber lo que tenemos que hacer para no tener ningún problema posterior.

 

 

Lo primero que debes hacer, como consejo que da la DGT al respecto, es leer atentamente todos los datos que vengan en la multa y, si se da el caso, identificar al conductor. Comprueba qué organismo es el sancionador: la DGT, tu Comunidad Autónoma o tu Ayuntamiento, así sabrás a quién acudir en caso de tener dudas o de presentar alegaciones. Una vez comprobado todo esto, tienes 20 días naturales desde que recibiste la notificación (ojo, no desde el día en que se cometió la infracción) para actuar de tres maneras posibles:

 
 
  • La primera, si estás de acuerdo con el motivo de la multa, realizar el pago de la sanción económica, con una bonificación en este caso del 50% por pronto pago; si lo haces, ya no tendrás opción de recurrir posteriormente.
  • Lo segundo que puedes hacer es, precisamente, recurrir, de cara a presentar alegaciones si no estás conforme con la multa. En este último caso, debes saber que ya pierdes el derecho a la reducción y que, si terminas perdiendo el caso, deberás afrontar la totalidad del pago de la multa.
  • En el último caso, si transcurren esos 20 días y no has hecho nada, deberás pagar la totalidad de la multa y ya no podrás recurrir, a menos que la denuncia tenga un error.

 

 

Los coches que no puedes conducir de noche, la DGT multa ya hasta con 200 €

 

Esto es todo lo que debes saber a la hora de pagar una multa de tráfico.

 

 

 

Qué sucede si no pagas la multa en los plazos legales

Como te decíamos, tienes 20 días naturales desde la notificación para poder pagar la multa (al 50%) o para recurrirla. Si dejas pasar ese plazo, tendrás que afrontar la multa económica al completo por procedimiento ordinario, y para ello la Administración te da otros 45 días más (recuerda, ya no puedes reclamar en este caso).

 
 

Si sigues sin pagar en esos 45 días posteriores a la notificación, se abre la vía ejecutiva y deberás pagar la multa con un 5% de recargo. Si no das por finalizada la historia, el caso pasa a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que, a través de una notificación de providencia de apremio, te darán un nuevo plazo para pagar con un recargo del 20% sobre el importe original.

 

 

De continuar sin pagar la deuda, se procedería al embargo de bienes, siendo lo más habitual que te retiren el dinero de la cuenta corriente, pensión o del salario mismo, aunque podría pasarse al embargo de inmuebles o propiedades que pudiesen cubrir dicha deuda.

 

 

 

Anulan una multa de la DGT en Zaragoza por cuestionar la presunción de veracidad de los agentes de tráfico.

 

Ten en cuenta todos estos detalles a la hora de afrontar el pago de una multa de tráfico.

 

 

 

Otros detalles del pago de multas que debes tener en cuenta

Te interesa saber más detalles acerca del pago de las multas: por ejemplo, hay algunas sanciones que no tienen derecho a la reducción del 50%: por conducir con inhibidores de radar o por falsear la documentación, por nombrar dos casos concretos.

 
 

Debes saber también que las multas pueden prescribir: es decir, si pasados unos meses desde que se dio el hecho sancionador no hemos recibido la notificación pertinente, no tendremos que afrontar el pago de la multa. En este caso, los plazos dependen de la gravedad de la multa: si es una sanción leve, el plazo de prescripción por ley es de 3 meses; si es una sanción grave, será de 6 meses.

 

 

En el caso de que la multa sea para un conductor diferente a ti y te haya llegado la notificación, o esta implique una pérdida de puntos en el carné, SIEMPRE deberás identificar al conductor en cuestión. De no hacerlo, podrías recibir una sanción adicional por el doble o el triple del importe original de la multa.

 

 

 

"Recuerda que, en el caso de la DGT, las sanciones son notificadas o por correo postal o por notificación electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial. Nunca lo harán por correo electrónico: en este último caso, no caigas en la trampa y bloquea dicho correo".

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/cuanto-tiempo-hay-pagar-multa-trafico-puede-ocurrir-si-te-pasas-limite-legal_264826_102.html

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26 de septiembre de 2022

 

 

La DGT confirma qué conductores no pagarán el peaje en las autovías de pago en 2024

 

A partir de 2024 muchas autovías por las que hoy resulta gratis circular serán de pago y la DGT ha confirmado los conductores que se librarán de dicho peaje.

 

 

 

 

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La DGT confirma qué conductores no pagarán el peaje en las autovías de pago en 2024

 

 

 

El nuevo sistema de pago por uso para las autopistas y autovías por las que hoy en día resulta gratis circular en España se hará realidad, con toda probabilidad, a partir de 2024. A partir de entonces, los conductores que circulen con sus vehículos por dichas vías tendrán que pagar el correspondiente peaje.

 

 

El Gobierno se ha puesto manos a la obra y ya ha iniciado los trámites y las correspondientes consultas con empresas y organismos especializados para implantar dicha medida. Siguiendo la filosofía “quien contamina, paga”, una iniciativa del propio Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en poco más de un año en la mayoría de tramos de las autovías y autopistas de pago por las que hoy no hay que pagar para circular sí habrá que hacerlo.

 
 

Ahora bien, ¿el nuevo pago por transitar por las autovías y autopistas de peaje en España a partir de 2024 afectará a todos los conductores? Al respecto, la DGT ha querido despejar las principales dudas y ha confirmado qué usuarios se librarán de dicho peaje.

 
 

De forma concreta, las excepciones que contempla la DGT a la hora de realizar el pago en las próximas autopistas y autovías de peajes serán las siguientes. En primer lugar, todos aquellos conductores que se vean obligados a realizar un desplazamiento por los tramos con peaje con el objetivo de ir y volver de su puesto de trabajo.

 

 

La segunda excepción afectará a todos aquellos conductores que tengan que usar su vehículo personal para acudir a un centro de salud, ambulatorio u hospital. Y en tercer lugar, la última excepción afectará a todos aquellos estudiantes, profesores y resto de personal docente que tengan que usan su vehículo particular para acudir al instituto, universidad, colegio o cualquier otro centro educativo.

 

 

 

POR QUÉ SE IMPLANTARÁN ESTOS NUEVOS PEAJES

El altísimo coste de mantenimiento de los miles de kilómetros de las autopistas y autovías es el principal motivo que va a obligar, según las autoridades competentes de nuestro país, a instaurar estos nuevos peajes. De esta forma, según fuentes cercanas al propio Gobierno y a la DGT, el dinero recaudado en los peajes se destinará principalmente al estado de conservación de dichas vías.

 
 

Por el momento, no se han fijado las cuantías de los peajes, pero la propia DGT ya anunció días atrás que se tratarán de “tarifas asumibles”.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-confirma-conductores-no-pagaran-peaje-en-autovias-pago-en-2024_264823_102.html

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26/09/2022

 

 

Más examinadores para atender las pruebas de la DGT

 

 

 

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 Orkun (Unsplash)

 

 

 

La Dirección General de Tráfico (DGT) acaba de anunciar que va a incorporar a su plantilla 50 nuevos examinadores en toda España.

 

 

 

Concretamente, ha sido la Subsecretaría de Estado de Interior, Isabel Goicoechea, quien ha firmado la resolución por la que se nombran 50 nuevos examinadores interinos por vacante, que vendrán a reforzar la plantilla existente.

 

 

Se mejora así el servicio público que la DGT ofrece a los ciudadanos, al ser estos nuevos examinadores los que se van a encargar de evaluar a los aspirantes que tratan de obtener el carnet de conducir tanto en el examen teórico como en el práctico.

 

 

De los funcionarios que han sido nombrados hoy, 24 se incorporarán directamente a sus funciones al haber realizado con anterioridad el curso de cualificación obligatorio, y el resto lo hará en unas semanas, una vez finalizado el mismo.

 

 

Estos funcionarios llevarán a cabo sus tareas en 28 Jefaturas Provinciales de Tráfico quedando repartidos tal y como se reseña a continuación:

 

 

 

Ciudades con un examinador: Zamora, Albacete, Toledo, Ibiza, Mahón, Santiago de Compostela, A Coruña, Córdoba, Castellón, Las Palmas de Gran Canaria, LLeida, Oviedo y Vitoria.

 

 

Ciudades con dos examinadores: Tarragona, Girona, Sevilla, Málaga, Cáceres, Valencia, Alicante, San Sebastián, Bilbao, Santander, Zaragoza y Pamplona.

 

 

Por su parte, Granada contará con tres nuevos examinadores y, finalmente, en Madrid y Barcelona se añadirán cinco nuevos examinadores.

 

 

Todas estas incorporaciones forman parte del compromiso de la DGT de aumentar la capacidad de examinar en algunas jefaturas concretas y reforzar otras cuando así lo requieran. Así se da respuesta a la petición que había realizado numerosas autoescuelas, con el objetivo de reducir el plazo de espera para poder examinar a sus alumnos.

 

 

Según la secretaria general, María Lidón Lozano “la incorporación de examinadores interinos que la DGT lleva realizando desde comienzos del pasado año, nos permite dotar al organismo de medios humanos de una forma más ágil, para así mejorar el servicio público que se da a los ciudadanos”.

 

 

La incorporación de estos 50 interinos se complementa con las nuevas plazas de examinadores de la DGT por sistema de acceso libre, que anualmente se publican en la Oferta de Empleo Público de la Administración General del Estado.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/examinadores-atender-prueba-dgt-1130625

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27 de septiembre de 2022

 

 

Las áreas ZBE de la DGT, el gran cambio para conducir en 2023: qué coches podrán circular y multas

 

En 2023 se implantarán las denominadas áreas ZBE de la DGT, un gran cambio para los conductores y para la movilidad en España. Atento a los coches que podrán circular y las multas contempladas para aquellos que infrinjan la normativa.

 

 

 

 

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Las áreas ZBE de la DGT, el gran cambio para conducir en 2023, qué coches podrán circular y multas

 

 

 

El próximo año 2023 comenzará con un gran cambio que afectará notablemente a la movilidad de los ciudadanos españoles. La implantación de las áreas ZBE (Zonas de Bajas Emisiones) en las ciudades de más de 50.000 habitantes va a trastocar profundamente el quehacer diario de un buen número de conductores.

 

 

Con el objetivo de mejorar la calidad del aire y reducir los niveles de contaminación en los grandes núcleos urbanos de todo el territorio nacional, la propia Ley de Cambio Climático y Transición Ecológica incluyó de forma prioritaria dentro del conjunto de toda la normativa la implantación a partir del 1 de enero de 2023 de áreas específicas de bajas emisiones para todos aquellos municipios y ciudades que cuenten con un censo de más de 50.000 habitantes - y aquellas otras poblaciones con más de 20.000 habitantes que superen los valores límite establecidos de contaminación-. Estas áreas ZBE limitarán zonas muy concretas dentro de los núcleos urbanos. De esta forma, sólo un determinado tipo de vehículos, según su nivel contaminante (que en la actualidad, se mide según las etiquetas medioambientales de la DGT) podrán acceder al interior de estas áreas ZBE.

 
 
 

Según los datos de población recopilados por la FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias), en nuestro país hay un total de hasta 149 municipios con más de 50.000 habitantes. Accede aquí al listado de las 149 ciudades que deberán contar sí o sí a partir de enero de 2023 con áreas ZBE

 

 

 

Con el objetivo de establecer un régimen normativo común a todo el territorio nacional, la DGT ha querido tomar protagonismo al fijar una multa común para todos aquellos conductores que se salten las normas específicas de acceso y de restricción a la circulación a las áreas ZBE. La multa aplicable a toda España acarreará una sanción económica de 200 euros.

 
 
 

COCHES QUE SÍ PODRÁN CIRCULAR Y VEHÍCULOS QUE NO LO PODRÁN HACER POR LAS ÁREAS ZBE

Inicialmente y a falta de algo más de cuatro meses para su definitiva implantación, no hay un criterio común a todo el territorio nacional que establezca definitivamente cuáles serán los tipos de vehículos que finalmente podrán o no circular por el interior de estas zonas ZBE, ya que será cada Ayuntamiento a través de sus diferentes ordenanzas municipales los que impondrán las restricciones concretas y específicas. De esta forma, de una ciudad a otra puede variar los tipos de vehículos que sí o no podrán circular por dichas zonas de bajas emisiones.

 

 

Las previsiones sobre qué vehículos podrían estar vetados a dichas zonas ZBE son de lo más variadas. En el lado más pesimista, nos encontramos con las perspectivas y las valoraciones realizadas por la Asociación de Vehículos Afectados por Restricciones Medioambientales (Avarm). Desde esta asociación se constató que alrededor del 75 por ciento de los vehículos del parque automovilístico actual –los que no tienen distintivo y los que llevan etiquetas B y C- podrían ver restringido el acceso a estas áreas ZBE, es decir, prácticamente tres de cada cuatro vehículos que circulan a diario por nuestras carreteras podrían estar vetados.

 

 

No obstante, otras previsiones y perspectivas realizadas por otros colectivos y organismos son mucho más “optimistas” y permisivas, al considerar que las diferentes ordenanzas de movilidad de cada Ayuntamiento podrían considerar el primer año 2023 como un año de transición, de tal forma que sólo los vehículos más contaminantes en la actualidad, es decir, aquellos que no cuentan con distintivo de la DGT, -aquellos turismos y furgonetas ligeras de gasolina anteriores al año 2001 y los diésel anteriores a 2006- serían los que realmente no podrían acceder a las nuevas zonas ZBE, al menos durante el primer año de implantación de dicha medida, ya que en el futuro, es decir, a lo largo de los posteriores años (2024, 2025, 2026…) todo apunta a que las medidas de acceso serán muchísimo más restrictivas.

 
 

La plataforma de Empresas por la Movilidad Sostenible ha presentado la iniciativa TOOLBOX ZBE, que tiene como objetivo fomentar la colaboración público-privada y facilitar la toma de decisiones por parte de los ayuntamientos para la implantación y mejora de las Zonas de Bajas Emisiones, basándose en iniciativas y soluciones que ya han sido implantadas en otras ciudades y que aportan beneficios y resultados positivos (ACCEDE AQUÍ A TODA LA INFORMACIÓN)

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/areas-zbe-dgt-gran-cambio-conducir-en-2023-coches-podran-circular-multas_264923_102.html

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27 de septiembre de 2022

 

 

La DGT desvela ya cómo debes tener el móvil en el coche para evitar las nuevas multas de 200 €

 

La DGT ha realizado un profundo análisis de lo que suponen las distracciones al volante por culpa del teléfono móvil. Estos son sus consejos al respecto.

 

 

 

 

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La DGT alerta del peligro de usar el teléfono móvil al volante y nos da una serie de consejos útiles al respecto.

 

 

 

La Ley de Tráfico que entró en vigor el pasado mes de marzo venía a endurecer, entre otras cosas, las sanciones por el uso del teléfono móvil al volante. Concretamente, solo por tener el móvil en la mano, el conductor se arriesga a una sanción de 200 euros y la pérdida de 6 puntos en su carné de conducir. La DGT sigue peleando por ver reducidas el número de sanciones al respecto y, sobre todo, el número de accidentes que provoca.

 

 

Según los últimos datos de siniestralidad, las distracciones al volante provocan más de 300 fallecimientos al volante cada año, siendo la más habitual el uso del teléfono móvil. “Tenemos un problema con el ********* y el móvil para la seguridad”, asegura Pere Navarro, director de la DGT. El mejor consejo que nos dan desde dicho organismo es el de tener apagado el teléfono o no responder a una llamada mientras conducimos.

 
 

Más cifras preocupantes al respecto que ha facilitado la DGT en el último número de su revista digital: en torno al 22 por ciento de los conductores españoles reconoce haber usado el móvil de forma indebida durante el último mes. Según un estudio elaborado por Gonvarri y Movistar, un 86 por ciento de los conductores consultados ha buscado información en el teléfono móvil, un 85 por ciento para escribir un mensaje en ********* o un 83 por ciento para hacer fotos.

 

 

 

 

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La DGT reconoce la importancia del uso del móvil en algunos contextos. Pero mientras se conduce, aconsejan: “Durante la conducción, el móvil debe guardarse en algún lugar donde no quede alejado, para poder acceder a él en caso de accidente, pero que no suponga una tentación su uso. Debe estar silenciado, con las notificaciones desactivadas, e incluso es recomendable instalar algunas aplicaciones que activan el modo avión del dispositivo cuando este se conecta al Bluetooth del coche”, en palabras del director del Área de Movilidad del RACC, Cristian Bardají.

 

 

 

De llevar el teléfono móvil en un soporte en el coche, por ejemplo, es importante que se use un soporte homologado y, más importante, que no se manipule el teléfono mientras se está conduciendo.

 

 

 

Y es que el uso del ********* al volante, por ejemplo, tiene un efecto peligroso en la conducción: multiplica por dos la probabilidad de cometer errores graves en la conducción. El uso de los sistemas de manos libres, no obstante, ha tenido un efecto reductor de la siniestralidad –según los estudios, más de un tercio–; sin embargo, la DGT insiste en que “nunca se debería hablar por teléfono conduciendo más de 2 minutos”.

 

 

En esencia, este tipo de distracciones, igual que comer, beber, fumar o manipular la radio al volante, termina por ralentizar las reacciones de los conductores y reducir drásticamente su atención. Si un conductor baja la guardia, será cuando puedan cometer el doble de errores. Incluso se puede ver aumentado el consumo de combustible en un 9,5 por ciento.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-desvela-ya-como-debes-tener-movil-en-coche-evitar-nuevas-multas-200_264914_102.html

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27 de septiembre de 2022

 

 

¿Tienes alguna de estas dos multas comunes? La DGT y la Justicia te las anularán si las recurres ya

 

Miles de multas deberán ser anuladas en las próximas semanas debido a dos denuncias de AEA acerca de su ilegalidad. Te contamos cuáles son y a cuántos conductores afectan. ¡Muchísimos!

 

 

 

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Tienes alguna de estas dos multas comunes, La DGT y la Justicia te las anularán si las recurres ya

 

 

 

La Justicia debería anular en las próximas semanas quizá hasta cientos de miles de multas relacionadas con el tráfico en España. Un recurso de la organización de defensa de los conductores Automovilistas Europeos Asociados (AEA), ya aceptado por el Tribunal Supremo, y una denuncia de ilegalidad sobre más de 135.000 sanciones impuestas en Madrid pero nulas de pleno derecho por incompetencia de la administración que las ha efectuado tendrán probablemente que concluir con la eliminación de todas estas sanciones relacionadas con el tráfico. Te detallamos cuáles son estos tipos de sanciones para que conozcas si cuentas con alguna en los últimos meses que podrías, desde ahora, recurrir.

 

 

 

Miles de multas en Madrid, ilegales

Arrancamos con, posiblemente, el recurso que podría afectar a más conductores. Según AEA, hasta 136.649 denuncias impuestas en Madrid por un importe de casi 23,5 millones de euros son ilegales debido a que el Ayuntamiento de la capital, la administración que impuso estas multas, no tiene las competencias en las carreteras en las que interpuso las sanciones. En concreto afecta a todas aquellas multas ocurridas en los kilómetros 3,9; 4,1 y 4,4 de la autovía A-42, dentro del proyecto de bajas emisiones ZBEDEP de Plaza Elíptica.

 

 

 

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Mapa de la de ZBEDEP de Plaza Elíptica, en Madrid

 

 

 

AEA asegura que estos tramos “forman parte de la Red de Carreteras del Estado y son responsabilidad del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de España”, por lo que el Ayuntamiento de Madrid debe “anular y proceder a devolver el importe a los usuarios”. La organización asegura que desde febrero del año pasado y hasta este último 30 de junio, el Ayuntamiento de Madrid interpuso más de 170.000 denuncias en Plaza Elíptica, de las que hasta el 80 por ciento corresponde a sanciones formuladas por las cámaras que controlan el acceso subterráneo de la A-42, y que no son de titularidad del propio Consistorio, sino del Ministerio.

 
 

Por todo ello, AEA ha emitido en los últimos días un comunicado en el que pide que  “no sólo deben anularse las multas impuestas reiteradamente en el túnel de Plaza Elíptica hasta el pasado 2 de mayo, como anunció el Alcalde en el Pleno del pasado mes de julio, sino que también tienen que anularse todas las denuncias formuladas hasta la fecha y devolver lo abonado porque el Ayuntamiento no tiene competencia en esa vía, ni siquiera a efectos de conservación o señalización”.

 

 

 

La Justicia da la razón a un recurso sobre los plazos de la ITV

Además, y debido a un recurso presentado también por AEA ante el recorte en el plazo de la ITV a los conductores afectados por el Estado de Alarma decretado el 14 de marzo de 2020 con motivo de la pandemia del Covid-19, y que durante días obligó a cerrar las ITV, miles de multas también deberán ser anuladas en las próximas semanas al fallar ya el Tribunal Supremo una sentencia por la que se deben “restablecer los plazos previstos para pasar las siguientes inspecciones, y que fueron acortados.

 

 

 

La Justicia falla a favor de recuperar los plazos para pasar la ITV, se anularán miles de multas

 

La Justicia falla a favor de recuperar los plazos para pasar la ITV, se anularán miles de multas

 

 

 

Aprobados ya los nuevos plazos de la ITV a través de una medida publicada ya en el BOE el pasado día 14 de septiembre de 2022, la DGT deberá devolver el importe de las multas que se impusieron a conductores que, supuestamente, tenían la ITV caducada, pero en realidad se encontraban en plazo tras retrasar su inspección durante el Estado de Alarma. AEA calcula que este cambio en el plazo para las inspecciones va a afectar este año a unos 6,5 millones de usuarios que vieron en 2020 cómo se acortaron los plazos de sus siguientes inspecciones al seguir contabilizándose la fecha de la primera inspección teórica, y no la fecha de la realizada más tarde con motivo del cierre de la ITV en la fecha que les correspondía.  

 
 

A todos estos afectados se les añadirá en su próxima inspección, además, el nuevo plazo perdido durante 2020, gracias al recurso de AEA. Un recurso que podría ahorrar a estos 6,5 millones de conductores hasta 300 millones de euros, según los primeros cálculos. Mario Arnaldo, presidente de AEA, asegura que "la norma aprobada por el Gobierno durante el estado de alarma no obedecía a ninguna razón de seguridad vial sino solo y exclusivamente a razones económicas de empresas privadas a las que se les quería favorecer. Esta medida iba en perjuicio de los automovilistas, garantizándoles a dichas empresas la recaudación que habían dejado de percibir durante el cierre de las estaciones de ITV. Ahora sólo queda que la dirección general de Tráfico anule todas las multas que hayan sido afectadas por esta nueva sentencia del Tribunal Supremo que ha declarado como nulo el recorte de los plazos para pasar la siguiente revisión ITV".

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/tienes-alguna-estas-dos-multas-comunes-dgt-justicia-te-anularan-si-recurres-ya_264910_102.html

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27 de septiembre de 2022

 

 

Los tipos de coches que circulan en España que tienen más probabilidades de sufrir un accidente

 

La edad del parque automovilístico importa cuando hablamos de la seguridad vial. Y es que, como vamos a ver, cuanto más viejo es un coche, más probabilidades hay de sufrir un accidente mortal.

 

 

 

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Los coches que circulan en España con más probabilidades de sufrir un accidente mortal

 

 

 

España es un país de coches viejos. Y las probabilidades de sufrir un accidente al volante se incrementan cuanto más mayor es el coche. Así lo refrenda el estudio de la Fundación Línea Directa en colaboración con Centro Zaragoza: “Coches obsoletos, riesgo real. Influencia de la antigüedad del parque automovilístico en la accidentalidad (2011–2020)”.

 

 

En España circulan 16,2 millones de vehículos con más de 15 años de antigüedad, o lo que es lo mismo, el 44 por ciento del parque automovilístico. Y 22,9 millones, o dos de cada tres, superan los 10 años de vida. En 2011 estas cifras, aunque no eran buenas, no impresionaban tanto. El 23 por ciento del parque automovilístico tenía más de 15 años y el 24 por ciento superaba la década. Es decir, en solo nueve años la proporción de coches con más de 15 años de vida se ha duplicado en nuestro país.

 
 

Pero hay más datos preocupantes. El año pasado la edad media de los vehículos españoles era de 13,5 años, cuando en 2011 esta cifra era de 9,8 años, según datos de la DGT y de Anfac. Comparado con los países de su entorno, y teniendo en cuenta el último año comparable (2019), España tiene uno de los parques de turismos más envejecidos de Europa con 12,7 años, solo superado por Grecia (16) y Portugal (12,8). En Alemania, por ejemplo, esta cifra era de 9,6 años en 2019, en Francia, 10,2 años, y en Italia, 11,4 años.

 
 

Pero, ¿por qué este paulatino envejecimiento de nuestro parque de vehículos? Pues las razones son muy variadas. Primero, la caída en las matriculaciones. Solo en los últimos tres años, han caído hasta un 35 por ciento. La crisis de los microchips tampoco ha ayudado, ralentizando las entregas de la mayoría de los coches. O el encarecimiento de los combustibles, que solo este año ha subido un 40 por ciento en el caso del diésel, y un 21 por ciento en el de la gasolina.

 

 

 

Antigüedad del parque vs accidentes mortales

Y como vamos a ver, el envejecimiento de nuestro parque de turismos tiene una incidencia directa en la seguridad vial. En los últimos diez años, casi 2.700 personas fallecieron en accidentes con vehículos de más de 15 años y el porcentaje de coches de más 15 años que se vieron implicados en accidentes mortales se triplicó, pasando del 15% al 44% del total. La proporción de accidentes con heridos graves en los que se han visto implicados coches de más 15 años también se ha triplicado desde 2011, pasando del 12% al 39%.

 

 

Así que es evidente la correlación entre la antigüedad del parque y la mortalidad en carretera. La seguridad activa y pasiva de un coche con 15 años a sus espaldas no es la misma que la de un coche recién salido de fábrica ahora mismo.

 
 

Y hay otra cosa a tener en cuenta. Cuanto mayor es el coche, más mantenimiento va a necesitar. Pero también aquí España suspende. El 50% de los coches que pasan la ITV tienen defectos en la primera inspección y 1 de cada 5 cuenta con deficiencias graves o muy graves. Además, preocupa el absentismo: un 40% de los vehículos que deberían haber pasado la ITV en 2021, no lo hicieron. 

 

 

Las sucesivas crisis, aunque también la dejadez a veces, han hecho que la partida destinada al mantenimiento del vehículo también vaya disminuyendo en muchos hogares. Según Anfac y el Instituto Nacional de Estadística (INE), en los últimos 10 años, el coste medio en el mantenimiento pasó de 625 euros a solo 497€, un 20% menos.

 

 

Con ello, no es extraño que los defectos hallados en las ITV no paren de agravarse, especialmente los más importantes. Según datos de la DGT y AECA-ITV, en los últimos 5 años, los defectos graves o muy graves se han incrementado sensiblemente en el sistema de alumbrado (44%), dirección (34%), ruedas, ejes, neumáticos y suspensión (26%), motor y transmisión (10%) y frenos (10%). Esta tendencia se recrudece con la antigüedad, ya que, en la ITV, los coches de más de 10 años aportan el 88% del total de los defectos graves en los neumáticos y el 93% de los de alumbrado.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/tipos-coches-circulan-en-espana-tienen-mas-probabilidades-sufrir-accidente_264834_102.html

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28 de septiembre de 2022

 

 

¡Alerta! La infracción que más preocupa ya hoy a la DGT y las multas más comunes por distracción

 

La última campaña de vigilancia de la DGT en las carreteras nos deja datos muy preocupantes. Hay infracciones que, lejos de reducirse con nuevas multas y normas más duras, siguen siendo muy recurrentes entre los conductores.

 

 

 

 

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Guardia Civil de Trafico

 

 

 

La última campaña especial de vigilancia de la DGT en las carreteras, llevada a cabo entre los pasados días 7 y 13 de septiembre, vuelve a constatar que en España el uso del teléfono móvil en la conducción se ha convertido en un problema mayor para la seguridad vial. Ni siquiera la nueva Ley de Tráfico, que entró este año en vigor imponiendo nuevas sanciones más duras y elevando la pérdida de puntos de 3 a 6 por esta acción, castigando ya incluso no solo el uso sino la simple presencia o sujeción del móvil en mano, parece haber reducido esta infracción.

 

 

Y es que, tal y como informa hoy la DGT en el balance de la campaña, nada menos que el 33,6 por ciento de las denuncias formuladas durante estos días por los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil fueron debidas a infracciones relacionadas con el uso del teléfono móvil. En palabras de la propia administración, “los datos demuestran que los conductores se resisten a dejar de hacerlo”, en referencia a las distracciones provocadas por el teléfono en la conducción.

 

 

La DGT constata así el problema y su mayor preocupación actual en las carreteras, contabilizando de las 6.854 denuncias interpuestas hasta 2.300 multas impuestas por utilizar manualmente el teléfono móvil mientras conducían. En la pasada campaña, además de la Guardia Civil de Tráfico, numerosos ayuntamientos y policías locales intervinieron también los controles por calles de muchos municipios de España, vigilando en total a más de 414.000 vehículos que circulaban por vías interurbanas a través de 8.199 controles que supusieron hasta 6.823 denuncias a conductores por distracciones.

 
 
 

El tierno gesto de un agente de la Guardia Civil que se ha hecho viral en Redes Sociales

 

La campaña de distracciones de la DGT constata los problemas en la conducción en España.

 

 

 

Las infracciones por distracción más habituales en España

La campaña, además de constatar el elevado uso del teléfono móvil, ha servido también para comprobar qué infracciones relacionadas con las distracciones son también habituales en España. Y los datos tampoco dejan dudas en este sentido: no abrocharse el cinturón sigue siendo otro problema que no se resuelve por completo y que ha causado hasta 581 conductores sancionados en esta semana.

 

 

Por detrás, el uso de cascos o auriculares conectados a sistemas reproductores de sonido, distintos al teléfono móvil, es otra de las conductas prohibidas relacionadas con las distracciones que con más frecuencia se incumple. Por este motivo, un total de 337 conductores fueron también denunciados.

 

 

Leer durante la conducción, con 207 denuncias en una semana; la búsqueda de objetos (98 multas); la distracción con otros ocupantes del vehículo (85); o conducir comiendo (66) son otras de las distracciones que han constatado los controles de la DGT efectuados esta semana en carretera. Otras 1.251 denuncias fueron interpuestas, según informa Tráfico, por otras infracciones que provocaban distracciones en la conducción.

 
 
 

El alcohol y las drogas, otros problemas que no cesan

Otro gran problema constatado, una vez más, por la DGT durante una campaña especial de tráfico es el uso del alcohol y las drogas en la conducción. Los controles preventivos realizados esta semana han permitido, además, detectar y sancionar a otros 1.839 conductores que, no solo fueron denunciados por cometer alguna distracción al volante, sino que encima fueron captados por conducir con tasas de alcohol superiores a las permitidas o dieron positivo en otro tipo de drogas, todas prohibidas.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/alerta-infraccion-mas-preocupa-ya-hoy-dgt-multas-comunes-por-distraccion_264991_102.html

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29 de septiembre de 2022

 

 

Las nuevas señales y líneas verdes de la DGT: qué significan y conoce si suponen ya multas o no

 

Todos conocemos –o deberíamos hacerlo– las clásicas señales de tráfico horizontales y verticales. Ahora, nuevas señales y dispositivos llegan a nuestras vidas y también debemos saber qué finalidad tienen.

 

 

 

 

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Las nuevas señales y dispositivos para la carretera y el vehículo que vemos ya o veremos pronto en las carreteras.

 

 

 

Con el objetivo de mejorar la seguridad en nuestras carreteras, la DGT –y en extensión los ayuntamientos con competencias en tráfico– están llevando a cabo mejoras generalizadas en la señalización. A la DGT le preocupan mucho, entre otros asuntos, los excesos de velocidad, motivo número uno de multas en España, y los atropellos en carretera abierta y en ciudad.

 

 

Para concienciar a los conductores y hacer de las carreteras un lugar más seguro, en los últimos tiempos hemos ido conociendo nuevas formas de mejorar la señalización en las propias vías y en el vehículo. Las líneas verdes, los dientes de dragón, las líneas de bordes quebradas o las propias balizas V-16 geolocalizadas van todas destinadas a este mismo objetivo. ¿Conoces todas ellas? Te las damos a conocer una a una para que las reconozcas la próxima vez que las veas. Que supongan o no multa dependerá de si respetas las normas de circulación del lugar donde se encuentren o, en el caso de la baliza V-16, de si dejas el vehículo detenido de forma correcta.

 

 

 

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Las nuevas señales horizontales que debes conocer

Con las líneas verdes no nos estamos refiriendo a las que vemos en las ciudades para delimitar las zonas de estacionamiento de pago. Hablamos de unas líneas verdes continuas que discurren por dentro de las líneas blancas del carril de una carretera convencional: se tratan de líneas de control de velocidad y cuyas experiencias han sido exitosas en países como Suecia y Holanda. La Junta de Castilla y León fue pionera en España: con estas líneas verdes, se genera la sensación de estrechamiento de carril, lo que provoca que el conductor modere la velocidad. Estas son más habituales en tramos de alta siniestralidad.

 
 

Los conocidos como “dientes de dragón” que estrenó hace poco la DGT en la provincia de Burgos tienen el mismo objetivo: hacen parecer que la carretera sea más estrecha de lo que es, lo que incita al conductor a ir a menor velocidad. Estos triángulos ubicados en los márgenes del carril empiezan a ser ya también habituales en las calles de algunas ciudades, lo que revela el efecto positivo que ocasionan.

 

 

Las líneas de borde quebradas también vienen dibujadas en el asfalto: en este caso son líneas en forma de zigzag ubicadas en los márgenes de toda la carretera para alertar de la llegada de un paso de cebra. El objetivo, como te habrás imaginado, es que los conductores reduzcan la velocidad mucho antes de llegar a este punto crítico en el que los peatones cruzan la calle.

 

 

No son tampoco recientes, sino que llevan tiempo viéndose en la carretera, pero son igualmente importantes: las conocidas como "puntas de flecha" son pequeñas flechas dibujadas en el asfalto y que se encuentran separadas por varios metros de distancia. Están pensadas para que los conductores tomen referencias de la distancia de seguridad que deben guardar con el coche que tienen delante. De esta forma, se intentan prevenir los impactos por alcance.

 
 
 

La nueva baliza luminosa V16 deberá llevar, obligatoriamente, un sistema de geolocalización.

 

La baliza V-16 geolocalizada será de uso obligatorio a partir del 1 de enero de 2026.

 

 

 

Lo que está por venir: nuevas luces V-16 geolocalizadas

Por último, pero no menos importante, tenemos que hablar de las señales luminosas V-16. Se lleva hablando mucho tiempo de ellas, si bien ya hay algunos modelos a la venta. Sin embargo, la obligación impuesta de que a partir del 1 de enero de 2026 tengan que contar con un geolocalizador homologado, ha retrasado su llegada al mercado. Esto está, finalmente, previsto para finales de este año 2022, aunque como decimos no será obligatorio que sustituyan a los triángulos de emergencia hasta el inicio del 2026.

 

 

Estas luces, que se pueden colocar en el techo del vehículo con tan solo sacar el brazo por la ventanilla (con la ventaja que supone en seguridad al evitar tener que salir del vehículo en plena carretera), serán visibles a 1 kilómetro del lugar donde se haya producido la detención (incluso con condiciones meteorológicas adversas). Al activarse se enviará cada 100 segundos la ubicación del vehículo al sistema de la nube DGT 3.0, de forma que se alertará de su presencia al resto de conductores y a los servicios de emergencia.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-senales-lineas-verdes-dgt-significan-conoce-si-suponen-ya-multas-no_265096_102.html

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29 de septiembre de 2022

 

 

La DGT avisa de la multa de hasta 500 € que se ha disparado en los últimos 6 años: así la evitarás

 

Un importante problema de seguridad vial ha multiplicado las multas en España en un 32 por ciento respecto a hace 6 años, según informa la DGT. Te contamos cuál es y por qué desde Tráfico están tan preocupados.

 

 

 

 

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La DGT avisa de la multa de hasta 500 € que se ha disparado en los últimos 6 años, así la evitarás

 

 

 

Mucho llevamos hablando este año del absentismo en las ITV. Si desde la pandemia, con todo el baile de fechas y revisiones pendientes que quedaron por programar a causa del confinamiento, el problema se ha ido prorrogando, especialmente debido al acortamiento en los plazos de inspecciones decretados por el Gobierno y que ahora la Justicia considera ilegales, la realidad nos muestra ahora que viene de más lejos.

 

 

Y es que, según los datos entregados ya por la DGT y que ha analizado con exhaustividad la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos, AECA-ITV, las multas por circular con la ITV caducada ascienden ya en 2021 a más de 1,18 millones de sanciones al año. En 2015, este mismo dato reflejaba un número de multas de poco más de 793.000 denuncias.

 
 

Es decir, según datos de la DGT, las sanciones por no tener la ITV al día, o caducada, según prefieras, han aumentado en nada menos que un 32 por ciento en los últimos 6 años, una tendencia que ya se veía evolucionar y que genera un gran problema de seguridad en carretera, ya que las inspecciones obligatorias son un elemento de control imprescindible para asegurar el buen estado de los vehículos y prevenir accidentes con víctimas de cualquier tipo.  

 
 

Esta infracción, además, está catalogada por la DGT como “Grave o muy grave”, según la normativa aplicable hoy día en materia de tráfico, y causante de sanciones que pueden oscilar entre los 200 y los 500 euros. Pero, ¿en qué casos supone una u otra cuantía económica? ¿Cuáles son las multas por circular con la ITV caducada, que ya afectan a casi 1,2 millones de conductores al año?

 

 

 

La multa que te pueden poner si circulas con la ITV caducada

 

Circular con la ITV caducada o no aprobada supone multas de entre 200 y 500 euros.

 

 

 

Las multas por circular con la ITV caducada o no aprobada

Desde AECA-ITV nos cuentan hoy todos los tipos de sanciones que la DGT impone por no llevar la ITV en regla.

 

 

  • Multa por ITV caducada: Es una infracción tanto circular con el vehículo sin la ITV vigente, como tenerlo estacionado en el garaje o en la calle sin haber realizado la inspección técnica en la fecha en la que le correspondía. Estos hechos acarrean una sanción económica de 200 euros y la obligación inmediata de realizar la ITV.
  • Multa por circular con la ITV desfavorable: Por otro lado, seguir circulando con el vehículo pese a habérsele detectado defectos graves en la ITV que sólo le permiten desplazarse hasta el lugar de reparación, implica hoy una multa también de 200 euros. En este supuesto, es el titular del vehículo quien realmente está obligado a reparar los defectos graves y a volver a la estación en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar que la subsanación de dichos defectos se ha realizado correctamente.
  • Multa por circular con la ITV negativa: Por último, seguir circulando con el vehículo si se le han detectado defectos muy graves es la sanción máxima registrada hoy en la normativa, y supone una multa ya de 500 euros. El vehículo, que ha suspendido o ha sido rechazado en la inspección, no está autorizado a abandonar la ITV por medios propios, sino que tiene que hacerlo siendo transportado por una grúa hasta el lugar de reparación. Posteriormente, debe volver a la estación en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar que la subsanación de los defectos se ha realizado también de manera correcta.

 

 

A todo ello, además, hay que saber que circular o tener la ITV caducada o no aprobada supone que la cobertura de la compañía de seguros deje de estar vigente en caso de cualquier tipo de siniestro, por lo que será el propietario del vehículo quien deberá asumir todos los costes y daños. Y esto puede originar unos elevadísimos gastos en función de la gravedad de los hechos.

 
 

Para Guillermo Magaz, director gerente de AECA-ITV, el incremento de multas en España por circular con la ITV caducadaes un dato que era de esperar teniendo en cuenta que el absentismo en la ITV se mantiene en niveles cercanos al 40%; una situación preocupante porque demuestra que aún son muchos los conductores que no son conscientes del papel fundamental que juega la inspección técnica en la seguridad vial y en la protección al medio ambiente”.

 

 

Y es que las multas por no tener la ITV al día no solo aumentan en número hasta alcanzar al año ya los 1,2 millones de sanciones, sino que también se incrementan en porcentaje respecto al total de sanciones impuestas. Si en 2015 representaban el 8,2 por ciento del total, en 2021 ya acaparan hasta el 12,3 por ciento de todas las sanciones de tráfico impuestas en España, solo superadas por las denuncias por exceso de velocidad.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-avisa-multa-hasta-500-se-ha-disparado-en-ultimos-6-anos-evitaras_265088_102.html

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29/09/2022

 

 

La DGT multa a aquellos coches eléctricos que aparcan en cargadores

 

 

 

 

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Encontrar aparcamiento en cualquier ciudad puede ser una odisea. Las calles están llenas de zonas de carga y descarga, lugares exclusivos para vehículos oficiales o personas de movilidad reducida, etc., donde puede ser tentador estacionar el coche un momento. Ahora hay que sumar los cargadores de baterías, pero mucho cuidado si aparcas aquí, incluso con un coche eléctrico.

 

 

Los coches eléctricos están cada vez más presentes entre nosotros y esto trae consigo el aumento de cargadores en las vías públicas para recargar las baterías. Estos cargadores suelen estar en la propia calle o en supermercados, centros comerciales y parkings. 

 

 

Puede que en algún momento vayas conduciendo tu coche, con motor de combustión, y necesites aparcar para hacer un recado o comprar algo rápido, pero no encuentres dónde aparcar. Una situación bastante cotidiana. 

 

 

En un momento así, puedes caer en la tentación de estacionar en un lugar no habilitado para ello, como un cargador de coches eléctricos, siempre que esté sin uso. Pero esto, además de estar prohibido, conlleva una multa de la DGT, incluso si tu coche es eléctrico.

 

 

 

La DGT multa a aquellos coches eléctricos que aparcan en cargadores

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Como recoge el artículo 159 de la Guía Codificada de Infracciones de la DGT, “no respetar la señal de limitación relativa a la clase de vehículo para el cual está reservado el estacionamiento de ese lugar” acarrea una multa. 

 

 

En concreto, una multa de 200 euros por hacer uso de una plaza de carga de coches eléctricos. 

 

 

Pero esta normativa no solo se aplica a los coches con motores de combustión. También a los híbridos enchufables y eléctricos que aparquen, pero no utilicen los cargadores. De modo que si aparcas con tu coche eléctrico en uno de estos cargadores y no lo conectas a la corriente, te puedes enfrentar igualmente a una multa de 200 euros. 

 

 

Pero hay más. Los puntos de recarga suelen tener un tiempo límite, normalmente, de una hora, aunque pueden llegar hasta tres. Así que, si dejas tu coche híbrido enchufable o eléctrico cargando más tiempo del permitido, también te pueden multar. 

 

 

FUENTE:   https://www.autobild.es/noticias/dgt-multa-aquellos-coches-electricos-aparcan-cargadores-1132549

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30 de septiembre de 2022

 

 

Las mayores infracciones captadas desde el aire por la DGT, en VÍDEO

 

Conductores enviando mensajes, manipulando sus relojes inteligentes, usando móviles y auriculares, e incluso comiendo al volante. Estas son algunas de las mayores infracciones captadas últimamente en vídeo por la DGT.

 

 

 

 

 

 

Las mayores infracciones captadas por la DGT en España.

 

 

 

La última campaña especial de la Dirección General de Tráfico, efectuada entre los días 7 y 13 de septiembre, no solo nos ha dejado datos muy preocupantes que afectan a la seguridad en carretera: también, vídeos y denuncias de la DGT sobre el comportamiento absolutamente imprudente de un gran número de conductores vigilados a través de los medios aéreos del departamento, como son fundamentalmente los drones y helicópteros Pegasus.

 

 

Los resultados de la campaña, que ponía especial énfasis en las distracciones al volante, una de las grandes causas hoy de accidentes mortales de tráfico junto a los excesos de velocidad, alertaban del principal problema hoy en España: el uso del teléfono móvil al volante. Ni siquiera la última Ley de Tráfico, aprobada hace un año para aumentar estas penas subiendo incluso los puntos a detraer de 3 a 6, ha conseguido minimizar acciones de gran riesgo en la conducción.

 
 

Así, hasta el 33,6 por ciento de las denuncias formuladas durante la semana de campaña especial de tráfico tuvieron relación con el uso de teléfonos móviles al volante, según los datos de la DGT. Hasta 2.300 conductores fueron sancionados por ello, es decir, por la utilización manual de estos dispositivos durante la conducción tanto por vías interurbanas como en vías urbanas.

 
 

Sin embargo, a pesar de que el volumen de denuncias por uso del móvil es el dato más preocupante, la DGT advierte también de otros riesgos captados en alto número en los casi 8.200 controles efectuados por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. No abrocharse el cinturón de seguridad al volante, el uso de cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido distintos al teléfono móvil, leer conduciendo, buscar objetos por el habitáculo al volante, distraerse con los ocupantes o conducir comiendo son otras de las denuncias que la DGT interpone casi a diario.

 

 

A continuación te mostramos un vídeo donde puedes ver ya las mayores infracciones que han captado los medios aéreos de la DGT con motivo de su última campaña especial de tráfico para vigilar las distracciones al volante.

 

 

 

 
Las mayores infracciones captadas desde el aire por la DGT.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/mayores-infracciones-captadas-aire-por-dgt-en-video_265158_102.html

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30 de septiembre de 2022

 

 

Estas son las últimas sentencias sobre el cártel de coches: grandes indemnizaciones a compradores

 

Nuevas sentencias, incluida una referente al cártel de camiones, podrían afectar a las indemnizaciones del llamado cártel de coches, ampliando tanto las cuantías a devolver (pueden llegar al 15% de la compra) como a los períodos de prescripción de las denuncias. ¡Te lo contamos!

 

 

 

 

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Estas son las últimas sentencias sobre el cártel de coches, grandes indemnizaciones a compradores

 

 

 

Probado que hubo Cártel de coches entre los años 2006 y 2013, es decir, precios acordados entre los fabricantes que supuso un mayor precio final a pagar por millones de compradores de vehículos en ese período, numerosas sentencias siguen emitiéndose todavía ante las denuncias interpuestas por los clientes supuestamente afectados, muchos de ellos agrupados en la denominada AACC (Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches).

 

 

Las prácticas abusivas y restrictivas en la compra, que ya fue admitida por una sentencia con expediente S70482/13 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), así como posteriormente ratificada por posteriores dictámenes tanto de la Audiencia Nacional, como del Tribunal Supremo, abría el derecho a reclamar a millones de compradores afectados entre esos años 2006 y 2013, tendiendo la posibilidad de recibir importantes indemnizaciones por los daños y perjuicios sufridos.

 
 
 

Sentencia referente al Cártel de Camiones

Pues bien, según informa hoy El Confidencial Digital, una nueva sentencia establecida por la Audiencia Provincial de León, en concreto la 588/22 que afecta al denominado Cártel de Camiones (unas prácticas similares relacionadas con los fabricantes de camiones), podría sentar ya una importante jurisprudencia también en el caso del Cártel de Coches, al considerar que el juez tiene la potestad de estimar los daños en casos de cárteles donde sea difícil demostrar los perjuicios, elevando las indemnizaciones y alargando los plazos de reclamaciones.

 
 
 

Estos son los plazos de algunas de las plataformas que presentarán las reclamaciones por el Cártel de coches. Foto: iStock.

 

Millones de conductores han sido afectados por el denominado Cártel de coches. Foto: iStock.

 

 

 

Hasta ahora, la AACC informa que ayudaba a los clientes a efectuar las reclamaciones, siempre debiendo aportar primero la documentación sobre el vehículo y la compra para poder evidenciar el daño generado por los sobrecostes fijados. El problema es que, transcurrido en muchos casos hasta más de 10 años desde la adquisición del coche, muchos afectados no cuentan hoy con este tipo de información o tienen dificultades para probar los perjuicios ocasionados.

 

 

Sin embargo, ahora con la nueva sentencia de la Audiencia Provincial de León, que hace referencia a la condena a los fabricantes de camiones Volvo y DAF, y que tiene una gran similitud con el Cártel de Coches, los afectados pueden ver cómo se admiten judicialmente ya los daños en contextos de dificultad probatoria, incluso cuando han sido desestimados inicialmente los informes periciales de las partes.  

 

 

 

Indemnizaciones confirmadas del 15% del precio de compra

La nueva sentencia a la que hacemos por tanto referencia ha confirmado por todo ello una indemnización del 15 por ciento del precio pagado en la compra, al reconocer “la alta dificultad probatoria del daño producido” y además confirma también la aplicación de una nueva Directiva en cuanto a la prescripción de las acciones, ampliando el plazo en 5 años.

 
 

La AACC asegura que estas nuevas sentencias dan más “seguridad jurídica” a los afectados y reclamantes por el Cártel de Coches, confirmando la asociación además que su proceso de reclamación de los perjuicios sigue adelante y no hay que esperar hasta 2026 para presentar ya la demanda. Desde la UE también se ha solicitado ya a los Estados miembros a que lleven a cabo la estimación de daños y perjuicios sufridos por los afectados  cuando sea imposible o excesivamente difícil su cuantificación.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/estas-son-ultimas-sentencias-sobre-cartel-coches-grandes-indemnizaciones-compradores_265152_102.html

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02/10/2022

 

 

¿Qué tengo que hacer para renovar el carnet de conducir?

 

 

 

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Cuando nos toca renovar el carnet de conducir todos nos hacemos la misma pregunta: ¿qué tengo que hacer para renovarlo? Aquí te lo contamos todo.

 

 

Renovar el carnet de conducir cuando nos ha caducado parece una tarea fácil, sin embargo, al igual que ocurre con todos los trámites administrativos, tiene algunos requisitos que hay que seguir al pie de la letra.

 

 

En primer lugar, debes de recordar que tienes que renovar el carnet de conducir antes de que caduque porque, una vez suceda esto, tu permiso no será válido y no podrás ponerte al volante de ningún vehículo hasta que lo renueves. Si lo haces, y te para un agente de la autoridad, te sancionará con 200 euros e, incluso, te inmovilizará el coche.

 

 

 

¿Dónde puedo renovar el carnet de conducir?

Para renovar tu carnet de conducir dispones de tres opciones:

1.- Tramitar la renovación en el Centro de Reconocimiento Médico en el que vayas a realizar el examen psicotécnico. No tendrás que ir a ninguna Jefatura, porque luego te mandarán el carnet nuevo por correo postal a tu casa.

2.- Acudir a una Jefatura de Tráfico (para ver las que tienes disponibles accede a este enlace) y entregar el informe psicotécnico que te hayan dado en el Centro de Reconocimiento Médico después de superarlo; y, debes de estar atento, porque ese informe caduca una vez pasados 90 días hábiles desde su expedición. Recuerda que necesitas pedir cita previa a través de esta web o llamando al teléfono 060.

 

 

 

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3.- Por Internet, a través del Registro Electrónico. En este caso debes contar con DNI electrónico o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de cl@ve para acceder al registro. Además, como la presentación de tu escrito deberá ir firmada, tienes que tener descargado en tu ordenador el AutoFirma.

Los pasos que deberás de seguir son los siguientes:

  • Ir a un Centro de Reconocimiento Médico para obtener el informe psicotécnico.
  • Comprar y descargar el justificante de la tasa correspondiente para el trámite de renovación del carnet de conducir.
  • Rellenar la solicitud en el Registro Electrónico: en este apartado tienes que seleccionar como ‘Organismo destinatario’ tu Jefatura de Tráfico. En el ‘Asunto’ debes de poner: Renovación Permiso de conducir + <número de DNI del solicitante>. Y, por último, pulsa ‘Añadir documento’ en ‘Documentos anexos’ para incluir: el impreso de solicitud, el informe psicotécnico, el resguardo del pago de la tasa.
  • A continuación, registra la solicitud y conserva el justificante.
  • Finalmente, cuando esté tramitada tu solicitud, desde Tráfico te darán cita en la oficina que indicaste para que entregues una foto de 32×26 mm; allí te darán el permiso temporal.

 

 

¿Qué documentación tengo que presentar?

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1.- Si renuevas el carnet de conducir en un Centro de Reconocimiento Médico tendrás que presentar:

  • DNI o pasaporte en vigor. Si eres extranjero comunitario tienes que presentar la autorización de residencia o el documento de identidad de tu país, o pasaporte junto con el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros. En el caso de extranjeros no comunitarios se precia la autorización de residencia en vigor.
  • Informe de aptitud psicofísica.
  • En el Centro te facilitarán el informe y pagarás las tasas, además de hacerte la fotografía.

2.- Si renuevas el carnet en una Jefatura de Tráfico o a través de Internet deberás entregar:

  • DNI o pasaporte en vigor. Si eres extranjero comunitario tienes que presentar la autorización de residencia o el documento de identidad de tu país, o pasaporte junto con el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros. En el caso de extranjeros no comunitarios se precia la autorización de residencia en vigor.
  • Informe de aptitud psicofísica.
  • El impreso oficial de la solicitud de renovación del carnet relleno.
  • Justificante de la compra de la tasa correspondiente, con el número de tasa o el resguardo del pago.
  • Fotografía original actual de 32×26 mm.

 

 

Otras cosas a tener en cuenta

  • El precio del reconocimiento médico oscila entre 35 y 80 euros, según el centro, y la tasa de renovación en tráfico es de 24,10 euros.
  • Puedes presentar la solicitud de renovación del carnet de conducir tres meses antes de la fecha en la que te caduca. Adelantar la renovación no supone perder días de validez, ya que su vigencia empieza a contar desde la fecha en la que caducaba el antiguo.
  • Aunque te haya caducado el permiso de conducir, lo puedes renovar cuando quieras; eso sí, no puedes conducir mientras lo tengas caducado
  • Puedes consultar el estado de tramitación de tu carnet desde esta web.
  • Si eres titular de un permiso español y tienes tu residencia habitual en otro Estado miembro de la Unión Europea, o estás residiendo temporalmente allí como estudiante (durante un periodo mínimo de seis meses), la renovación de tu permiso deberás hacerla en el Estado en el que estés residiendo. Pregunta a la administración nacional del país donde resides para que te informen sobre cómo debes realizar el trámite. 

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/usuario/renovar-el-carnet-de-conducir/451091.html

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02/10/2022

 

 

Cómo consultar las multas de la DGT con el DNI… o la matrícula de tu coche

 

 

 

 

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El proceso es rápido y gratuito. Simplemente tendrás que acceder al banco de datos de la DGT en internet, denominado TESTRA, solo con tener a mano tu DNI o la matrícula del vehículo.

 

 

Saber si tienes alguna multa pendiente de pagar es más importante de lo que pensabas ya que, cuanto más tardes en abonarla, más rascará tu bolsillo. En concreto, tardar más de 20 días, significará perder la oportunidad de recurrirla o de acogerte al pronto pago (un 50% menos) que ofrece la Dirección General de Tráfico (DGT). Un descuento bastante interesante si la sanción es por exceso de velocidad, por ejemplo, con multas de hasta 600 euros. No es igual afrontar un pago de 600 euros que de 300.

 

 

Pero hay más. Si no pagas en el plazo estipulado tendrás un recargo del 5%. Si después del siguiente período de tiempo asignado, tampoco pagas, la Agencia Tributaria se encargará de la multa y tendrá un nuevo recargo del 10%. Tras este, se agrava a un 20%, y posteriormente, se pasará al embargo. Por lo tanto, para evitar sustos con tu coche y que un descuido en carretera te vacíe el bolsillo, hay maneras de consultar tus multas de tráfico. 

 

 

 

La multa de la DGT por abrir mal la puerta del coche

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El proceso es rápido y gratuito. Simplemente tendrás que acceder al banco de datos de la DGT a través de Internet, denominado TESTRA (Tablón Edictal De Sanciones de Tráfico), en donde encontrarás publicadas todas las multas en la sección ‘Trámites y multas’. Podrás consultar dicho tablón con el DNI, nombre y apellidos ó mediante la matrícula del vehículo.

 

 

También puedes consultar si tienes sanciones que desconoces en la aplicación gratuita miDGT, disponible para descargar en el móvil. Esta app resulta muy útil para cualquier consulta o trámite con tu carné de conducir, tus vehículos o en detalles como, en el caso de que no condujeras tú cuando tuvo lugar la infracción, puedas identificar a quién conducía.

 

 

 

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Cómo consultar multas por matrícula

En primer lugar, puedes consultar si tienes multas a través de la matrícula del vehículo. Solo necesitarás acceder al TESTRA y saber el número de matrícula. Será suficiente. Es decir, no necesitas ni certificado digital, ni DNI electrónico (conseguirlos a veces puede resultar un verdadero quebradero de cabeza), por ejemplo.

 

 

Simplemente al entrar en este boletín, debes teclear en donde indica ‘acceso al servicio sin certificado’ e indicas la matrícula, y ya podrás averiguar si hay algo publicado. Este boletín se actualiza gracias a la DGT y varios ayuntamientos como el de Madrid, los de Cataluña o los del País Vasco.

 

 

 

A continuación te dscribimos el proceso paso a paso:

  1. Entra en la web de la DGT.
  2. Pincha en el botón Accede a la Sede Electrónica (ojo, no está en el primer scroll; hay que bajar un poco).
  3. Despliega el menú superior MULTAS.
  4. A continuación, haz clic en Consulta del Tablón Edictal de Sanciones.
  5. Ya estás en la página de Consulta de Multas Pendientes (TEU). Ahora pincha en Sin certificado.
  6. Este icono te lleva aquí, el buscador de sanciones de tráfico llamado TESTRA.
  7. Llegados a este punto, solo queda introducir la matrícula, el DNI o el nombre y los apellidos. Incluso puedes optar por el buscador avanzado, en el que podrás afinar más la búsqueda.

 

 

TESTRA

 

 

 

Hay que tener en cuenta que en el TESTRA sólo quedan registradas las multas que no han podido ser entregadas en una dirección postal o electrónica. Además, al no requerir identificación, puedes consultar las multas de cualquier vehículo o persona, por lo que si no quieres que tus datos personales estén a la vista de todo el que entre en TESTRA, puedes solicitar que te den de alta en la lista de excluidos.

 

 

Para hacer esta gestión es necesario que cuentes con un certificado digital o DNI electrónico que garantice tu identificación y autenticidad de los datos o bien los de la persona a la que autorices.

 

 

 

Cómo consultar multas con el DNI

¿Y con el DNI? También puedes consultar si tienes alguna sanción pendiente por pagar con el DNI. Los pasos a seguir serán los mismos: accedes al TESTRA, accedes a través de la zona en la que pones tu nombre y apellidos o el número de identificación personal, sin olvidarte de la letra.

 

 

Asimismo, también puedes recibir notificaciones de las sanciones a través de la app de la DGT, miDGT, o bien si te das de alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV). Una vez que te das de alta, cualquier multa o sanción te será notificada a través de este canal, que, a su vez, también te envía un aviso al correo electrónico o un SMS al móvil. Así te podrás olvidar para siempre de mirar el buzón o consultar las aplicaciones por si hay sorpresas.

 

 

FUENTE:  https://www.autofacil.es/radares-multas/dgt-consultar-multas/357785.html

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