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10 octubre, 2022

 

 

Esta es la multa por saltarte un peaje

 

 

 

 

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Punto de peaje en una autovía.

 

 

 

Finalmente el Gobierno ha decidido que no implantará en 2023 los peajes en las principales autovías que cubren la red nacional. Recordemos que esa era su intención y algo que se había pactado, incluso con Bruselas, una condición indispensable para recibir fondos europeos. Esta partida ha quedado fuera de los Presupuestos Generales del Estado recientemente pactados.

 

 

Los conductores estamos de enhorabuena en este sentido. En cualquier caso hay multitud de tramos de ‘pago’ actualmente repartidos por España y si te invaden los malos pensamientos, ¿sabes qué multa te pueden poner la DGT por saltarte un peaje?

 

 

 

Se puede reclamar aunque no te paren en ese momento

Todavía hay algunos conductores que por ahorrarse un dinero, o no perder tiempo en las frecuentes colas que se forman a la hora de pagar en un peaje, se lo saltan como si tal cosa. Y en muchos casos no son conscientes de que esa ‘jugada’ se puede reclamar posteriormente, aunque no te paren en el momento.

 

 

 

Punto de peaje en una autovía.

 

 

 

Hace años saltó a la luz la millonaria deuda que se había generado en este sentido por una gran cantidad de conductores españoles en tierras portuguesas. En ese país los peajes no suelen tener barreras y el pago se realiza de manera telemática, un método más cómo y rápido, siempre que no se recurra a la ‘picaresca’. Muchos conductores alegaban que lo desconocían. Hasta el punto de que el país vecino se vio obligado a reclamar una cantidad millonaria ya por vía diplomática ante el cariz que tomaban los acontecimientos.

 

 

En España también existe el método Vía-T, que te permite pagar sin detenerte. Basta con circular por el carril correspondiente y bajar la velocidad, pero en nuestro país suelen colocarse barreras que se levantan automáticamente cuando el sistema detecta el aparato de pago que llevamos en el vehículo.

 

 

 

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Es una maniobra arriesgada porque la barrera se puede bajar. Y hay que tener en cuenta que en ocasiones la Guardia Civil se encuentra vigilando de cerca el paso de estos puntos de peaje. Suelen hacerlo para comprobar la documentación de camiones, furgonetas y vehículos privados sospechosos, pero si tienes la mala suerte de que te pillan saltándote el peaje te pararán, como es lógico.

 

 

Y no hay que olvidar que el paso por estos puntos de pago está lleno de cámaras que graban automáticamente el paso de todos los vehículos

 

 

Cuando un conductor se salta un peaje sin abonar el precio correspondiente, siempre ha existido la duda de si las entidades concesionarias podían reclamar el importe y si, además, el conductor del vehículo podría ser sancionado por la comisión de una infracción.

 

 

De no ser así se estará cometiendo una infracción que ha sido catalogada como leve y, por tanto, podrá ser sancionada por la autoridad competente, con un importe de 100 euros. Las autopistas de pago normalmente se encuentran gestionadas por concesionarias privadas que también requieren compensación. Por este motivo la multa asciende en muchos casos a 200 euros. Además te pueden reclamar el dinero del peaje. Eso sí, no hay pérdida de puntos en el carnet de conducir y no se resolverá nunca por vía penal.

 

 

 

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Control de la Guardia Civil a la salida de un peaje.

 

 

 

Además, se establece que existe la posibilidad de reclamar los importes de peajes, tasas o precios públicos no abonados. Para ello el organismo autónomo de la Jefatura Central de Tráfico podrá facilitar a las entidades responsables de recaudar el peaje los datos sobre los posibles responsables de los impagos producidos en territorio nacional.

 

 

En este sentido, los datos trasferidos se limitarán a los estrictamente necesarios para la reclamación del importe de peaje, tasa o precio público adeudado, debiéndose establecer por la Jefatura Central de Tráfico el oportuno sistema de colaboración con las entidades responsables de la recaudación, para canalizar el suministro de los datos.

 

 

FUENTE:   https://www.motor16.com/noticias/esta-es-la-multa-por-saltarte-un-peaje/

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10 octubre, 2022

 

 

Si cambias el tamaño de los neumáticos te enfrentas a una multa de la DGT

 

 

 

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Seguramente seas consciente que los neumáticos son un elemento de seguridad muy importantes en los vehículos y que en el caso de que circules llevándolos desgastados es posible que la DGT te llegue a poner una multa de unos 800 euros.

 

 

La Dirección General de Tráfico recuerda que hay determinadas modificaciones que se realizan a los vehículos que obligan a que se vuelva a pasar la Inspección Técnica con el fin de que todo funcione de forma correcta.

 

 

Hay que ser conscientes de que todos los vehículos pasan en algún momento la ITV y que es necesario ir con cuidado en lo que respecta a modificaciones con respecto a los neumáticos.

 

 

 

Profundidad mínima de los neumáticos

Antes de nada te vamos a explicar cuál tiene que ser la profundidad mínima de los neumáticos además de que tienes que tener en cuenta estos valores:

 

 

1,6 mm: se trata del mínimo legal y resulta importante que se mencione que es el mínimo legal para poder circular en España. En el caso de que las ruedas de nuestro coche presenten un dibujo que sea menor la policía nos puede poner una sanción.

 

 

3 mm: es el mínimo recomendable aunque si nos fijamos en un neumático que sea bien de verano o de invierno es posible que no llegue a ser suficiente si lo que queremos es poder evacuar agua.

 

 

 

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El desgaste de los neumáticos

No es necesario recordar que cuando hablamos de los neumáticos hablamos de una parte que resulta totalmente esencial para poder tener seguridad en nuestro vehículo y que nos pueda ofrecer un mayor rendimiento.

 

 

Pero es cierto que normalmente los conductores no saben a ciencia cierta cuál es la duración de la vida útil de una rueda y realmente has de ser tú quien diga si la rueda de tu vehículo se encuentra en buen estado o si, por el contrario, es necesario que realicemos un cambio de la misma.

 

 

Es cierto que el desgaste de los neumáticos resulta una de las causas que provocan accidentes sobre todo en aquellas épocas que son de agua, lluvia y hielo ya que el suelo se encuentra húmedo y mojado y es peligroso realizar cualquier movimiento que sea brusco.

 

 

La DGT está al tanto de que el hecho de hacer un cambio de ruedas en algunos casos no se lleva a cabo tanto como se debería y que por este motivo se suelen hacer campañas específicas con el fin de poder prevenir futuros accidentes.

 

 

 

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Normativa acerca del desgaste de los neumáticos

Como no podía ser de otra manera, hay una normativa de tráfico que resulta específica acerca de los máximos de desgaste de los neumáticos con los cuales se puede circular.

 

 

 
 
 
 
 

Thank you for watching

En el caso de que la policía te llegue a parar y que no cumplas con los requisitos que la norma te exige es posible que te enfrentes a una multa.

 

 

El Reglamento General de Tráfico especifica de forma clara las dimensiones además de las características que tienen que tener los neumáticos con el fin de que todo sea legal.

 

 

Cada coche, dependiendo del fabricante, tiene unos neumáticos que son homologados o equivalentes y de hecho los que tienen que llevar el vehículo para que el conductor se evite en todo momento que la policía le llegue a poner una multa.

 

 

También es importante y es un punto que hay que tener muy presente la profundidad mínima del dibujo de la rueda ya que en caso de que no tenga el neumático la profundidad que dice la ley que tiene que tener nos pueden poner una multa.

 

 

 

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¿Qué dice la DGT?

En muchas ocasiones la DGT ha avisado a los conductores de una forma general acerca de las consecuencias además de los peligros que tiene el circular con los neumáticos cuando se encuentran en mal estado o cuando están muy gastados.

 

 

 
 
 
 
 
 
 
 

Thank you for watching

De hecho ha llegado a avisar a los conductores que si circulan con un vehículo que tenga los neumáticos sin dibujo o que no se encuentren en las condiciones mínimas para su utilización pueden ser sancionados con una multa de la cantidad de 800 euros debido a que cobran 200 euros por cada rueda que se encuentre en mal estado.

 

 

Según lo que marca la legislación española con respecto a este tema, para que los neumáticos puedan rendir con unos estándares que se consideren mínimos de seguridad tienen que contar con una profundidad mínima de 1,6 mm en los vehículos que sean turismo.

 

 

Teniendo en cuenta la experiencia de aquellos que son expertos, en el caso de que la profundidad de la banda sea inferior a los 4 mm los neumáticos pueden presentar pérdidas a la hora de agarrarse a la carretera así como problemas en la motricidad.

Por esta razón la DGT dice que es importante que las ruedas de los neumáticos se encuentren en muy buenas condiciones y con la profundidad requerida.

 

 

 

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FUENTE:   https://www.motor16.com/noticias/cuidar-neumaticos-verano-no-tener-un-reventon/

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10 de octubre de 2022

 

 

El seguro obligatorio para los usuarios de patinetes, más cerca: la DGT lo vuelve a reclamar

 

Aunque la DGT no parecía, hasta hace bien poco, muy partidaria de establecer el seguro obligatorio para usuarios de VMP, todo cambiará muy pronto.

 

 

 

 

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El seguro obligatorio para los patinetes de VMP y patinetes eléctricos, cada vez más cerca. Foto: iStock.

 

 

 

Los patinetes eléctricos son el ejemplo más común y comentado cuando nos referimos a los Vehículos de Movilidad Personal, los conocidos como VMP. Su popularidad y su presencia en las ciudades han crecido en los últimos años, lo que ha obligado a la DGT a ir estableciendo una regulación cada vez más clara de su uso y sus limitaciones. Todo, en pos de la seguridad de los usuarios de estos VMP pero también de  la del resto de usuarios de la vía.

 

 

Por este motivo, la nueva Ley de Tráfico estableció unos primeros "parámetros" comunes a nivel nacional, como la prohibición de circular por las aceras, el máximo de 25 km/h, etc. Por este motivo también, la “Estrategia de Seguridad Vial 2030” publicada por la DGT hace unos meses venía a anunciar una serie de medidas a corto plazo que afectarían a todos los usuarios de VMP. Y por este motivo también, el director de la DGT, Pere Navarro, se ha vuelto a referir a este respecto.

 
 

Concretamente, el mandamás de la Dirección General de Tráfico ha confirmado, en el cierre de unas jornadas de movilidad sostenible en Irún, que se exigirá un seguro obligatorio para patinetes eléctricos, para lo cual pide la “colaboración y responsabilidad”. Con la “Estrategia de Seguridad Vial 2030” se establecieron hasta 9 áreas estratégicas y 62 líneas de actuación para los próximos años. A corto plazo, para este y el año próximo, se habló de tres actuaciones concretas que afectan a los comentados VMP: el seguro obligatorio, el establecimiento de una edad mínima para su uso y la obligación de utilizar el casco y/u otros equipamientos.

 
 
 

Estas son las multas más habituales que pueden recibir los usuarios de VMP y patinetes eléctricos. Foto iStock.

 

Los usuarios de patinetes eléctricos deberán contratar un seguro obligatorio muy pronto. Foto iStock.

 

 

 

Este seguro para usuarios de VMP ya se exige, no obstante, a todas aquellas empresas que alquilen este tipo de vehículos. Ahora se quiere hacer extensible a los particulares, los cuales ya tienen diferentes opciones en el mercado de los seguros, con precios que rondan los 20 euros anuales. Recuerda que, en caso de un accidente con el patinete eléctrico y de no disponer de un seguro, es el usuario el que debe responder por todos los daños causados.

 

 

Todo apunta pues a que en los próximos meses se conocerán más detalles al respecto de una medida que llevan tiempo pidiendo los Ayuntamientos y la Fiscalía de Seguridad Vial, y que ya es obligatoria en otros países europeos como Francia o Alemania. Una medida que, también, reabre de nuevo la polémica, al considerar esta medida única para este tipo de vehículos, los VMP, y no, por ejemplo, para las bicicletas. En el anuncio de la “Estrategia de Seguridad Vial 2030” se hablaba de que la DGT estaba ya trabajando en la “modificación legislativa correspondiente” y que se esperaban los primeros avances para después del verano.

 

 

 

 

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/seguro-obligatorio-usuarios-patinetes-mas-cerca-dgt-vuelve-reclamar_265747_102.html

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10 de octubre de 2022

 

 

La DGT avisa: esto es lo que vigilará los próximos días en tu coche

 

A partir de hoy y hasta el 16 de octubre la DGT va a realizar una campaña especial de vigilancia en algunos de los sistemas básicos de seguridad que tiene un vehículo.

 

 

 

 

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La DGT avisa, esto es lo que vigilará los próximos días en tu coche

 

 

 

El buen y óptimo estado técnico/mecánico de un vehículo es vital por razones de seguridad. Es responsabilidad del propio conductor que los principales elementos técnicos de su automóvil funcionen bien y no tengan ningún tipo de problema, ya que su propia seguridad y la del resto de usuarios de la vía se podrían ver en peligro.

 

 

Pues bien, el nuevo anuncio y aviso de la DGT se centra principalmente en el estado técnico del automóvil, ya que desde hoy 10 de octubre y hasta el día 16 diversos efectivos de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil van a realizar una campaña especial de vigilancia sobre algunos de los elementos de seguridad básicos en un vehículo, tales como el estado de los neumáticos, las luces y la señalización, entre otros.

 

 

Además de por razones de seguridad, un vehículo que presente algún tipo de deficiencia o fallo grave técnico no pasará de forma satisfactoria la ITV. Al respecto la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos, AECA-ITV, acaba de alertar con una serie de fotografías muy ilustrativas del mal estado en el que en muchas ocasiones se suele encontrar en las inspecciones un elemento crucial en la seguridad del coche. El mal estado de este elemento supone el 13,5% del total de los defectos graves detectados en las estaciones de servicio, es decir, casi un millón de vehículos no pasaron satisfactoriamente la inspección por presentar un fallo en algunos de los componentes que integran todo el sistema de frenado.

 
 

Además de los frenos en buen estado, otro elemento crucial en la seguridad de un automóvil es el estado de los neumáticos. Hay que recordar que este elemento es el punto de contacto o de unión entre el vehículo y el asfalto, de ahí su importancia para garantizar la estabilidad del mismo en movimiento y, sobre todo, para frenar bien empleando el menor número de metros posible.

 

 

En el caso de los neumáticos, llevarlos en mal estado en un control de la Guardia Civil lleva aparejada una sanción económica de 200 euros. La profundidad mínima legal del dibujo de la banda de rodadura ha de ser de 1,6 mm, aunque los centros especializados en mecánica del automóvil recomiendan no llegar a esa cifra.

 

 

Por otro lado, en el caso del sistema de iluminación del vehículo, tener en óptimo funcionamiento tanto los faros como las luces intermitentes es vital para que el conductor pueda ver bien la calzada en condiciones bajas de luminosidad, así como que el resto de usuarios le puedan ver, además de señalizar las maniobras (giros a la derecha o a la izquierda). Al respecto, hay varias multas relacionadas con el estado de las luces: en primer lugar, si circulas con una de las bombillas de los faros fundida, tendrás que hacer frente a una sanción económica de 200 euros; y, en segundo lugar, si circulas con la luz de la matrícula también fundida, dicha acción es sancionable con una multa de la misma cuantía económica, es decir, 200 euros.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-avisa-esto-es-vigilara-proximos-dias-en-tu-coche_265615_102.html

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11 de octubre de 2022

 

 

La DGT realizará pruebas de ITV en carretera y retirará de la circulación a todos estos coches

 

Durante los próximos días la DGT realizará controlará el estado técnico de los vehículos y si tienen o no la ITV en vigor. Asimismo, retirará de la circulación a un tipo específico de coches.

 

 

 

 

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La DGT realizará pruebas de ITV en carretera y retirará de circulación a todos estos coches Imagen DGT

 

 

 

Hasta el próximo 16 de octubre la DGT pondrá en marcha una campaña de control y vigilancia de los diferentes elementos técnicos de un vehículo, la mayor parte de ellos relacionados con la seguridad del mismo. Durante los próximos días, los diferentes agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil se centrarán en revisar el adecuado mantenimiento y puesta a punto de neumáticos, frenos, luces y señalización y vigencia de la ITV, entre otros elementos y aspectos.

 

 

 

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Según la estadística oficial de accidentes, cuanto más antiguo es un vehículo más riesgos o probabilidad de fallecer o resultar herido grave en un siniestro vial. Por todo ello, con esta nueva campaña de control y vigilancia la DGT recuerda a los conductores que mantener en buen estado técnico y de mantenimiento el automóvil te puede ayudar a salvar tu vida y, por supuesto, la de otros usuarios de la vía que se pudieran ver involucrados en un accidente.

 
 

En un comunicado de prensa, la DGT afirma que “en las vías interurbanas en el año 2021, en el caso de turismos y furgonetas, la antigüedad media de los vehículos implicados en accidentes mortales fue de 13 años para los turismos y de 10,8 para las furgonetas, mientras que, si tenemos en cuenta aquellos vehículos en los que se desplazaban las víctimas mortales, la antigüedad media sube a los 15,4 y 12,6, respectivamente”.

 
 
 

RETIRADA DE LA CIRCULACIÓN DE ESTE TIPO ESPECÍFICO DE VEHÍCULOS

Por otro lado, la DGT ha publicado una Instrucción para gestionar la destrucción y descontaminación de los más de 20.000 vehículos que se presumen actualmente abandonados por sus titulares en recintos privados y aparcamientos públicos.

 

 

 

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Según los cálculos y las estadísticas que maneja Tráfico, aproximadamente cada año unos 50.000 vehículos son abandonados por sus titulares en las vías públicas y aproximadamente 6.000 en talleres, depósitos y aparcamientos públicos.

 

 

De esta forma, con la nueva interpretación del artículo 106 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se establece la base legal requerida para que los vehículos abandonados tanto en recintos privados como en los públicos puedan llevarse a un centro autorizado de tratamiento de vehículos para su desguace y descontaminación.

 
 

Algunos de los lugares más frecuentes donde se suelen dejar abandonados los vehículos son los aparcamientos de centros comerciales, urbanizaciones privadas, garajes privados, comunidades de propietarios, aparcamientos de hoteles, etc. Con esta nueva Instrucción los perjudicados ya no tendrán que acudir a la vía civil y podrán acogerse a este procedimiento administrativo más ágil.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-realizara-pruebas-itv-retirara-circulacion-todos-estos-coches_265813_102.html

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13 de octubre de 2022

 

 

La DGT avisa de la multa de 200 € en ciudad por una infracción que casi todos cometemos

 

Las ciudades son uno de los lugares donde más infracciones de circulación se cometen. Atento a esta acción de la que avisa la DGT y sancionable con una multa de 200 euros.

 

 

 

 

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La DGT avisa de la multa de 200 € en ciudad por una infracción que casi todos cometemos Imagen DGT

 

 

 

Por la gran cantidad de vehículos y personas que hay y, en muchas ocasiones, por mero descuido o por las prisas del día a día, las ciudades son uno de los lugares donde más infracciones de circulación se cometen.

 

 

Por todo ello y en pos de mejorar la seguridad vial, la DGT viene avisando tanto a los peatones como a todos los conductores y usuarios de todos los tipos de vehículos presentes en las grandes ciudades, de las diferentes normas de circulación y, cómo no, de las multas contempladas en caso de que se infrinja alguno de los preceptos de la propia normativa vigente.

 
 

En este caso, nos centramos en una acción e infracción muy común en las ciudades: el hecho de que un ciclista cruce un paso de peatones a bordo o montado sobre su vehículo, es decir, sobre su bicicleta. La norma es muy clara al respecto e indica que por dicho paso de peatones sólo pueden cruzar las personas andando y, en el caso de que previamente estés usando una bicicleta o un patinete, te debes bajar de dichos vehículos y cruzar a pie dicho paso de cebra.

 
 

De esta esta forma tan clara y específica acaba de lanzar este nuevo aviso la DGT en sus Redes Sociales, concretamente en su cuenta oficial de Twitter.

 

 

 

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Tal y como explica en el propio tweet la DGT, si estás montado en una bicicleta y quieres cruzar por un paso de peatones, debes bajarte de tu bici y cruzar dicho paso de cebra andando. Si lo haces subido a tu vehículo (bicicleta) y una de las autoridades te pilla haciendo dicha acción, podrás ser sancionado con una multa económica de 200 euros.

 

 

Cruzar andando un paso de peatones es sólo una de las obligaciones que deben cumplir los ciclistas cuando están usando su bicicleta. En este otro reportaje (Las 20 normas que todo ciclista debe conocer), la DGT recuerda hasta 20 normas comunes y frecuentes que deben cumplir todos los usuarios de este tipo de vehículos.

 

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-avisa-multa-200-en-ciudad-por-infraccion-casi-todos-cometemos_265969_102.html

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13 de octubre de 2022

 

 

La DGT advierte de los conductores que deben devolver el carné de conducir en estos casos

 

La DGT ha advertido de los casos específicos en los que los conductores deben devolver el carné de conducir original, ya que se vulnera uno de los artículos de la legislación vigente.

 

 

 

 

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La DGT advierte de los conductores que deben devolver el carné de conducir en estos casos

 

 

 

Es más que probable que tanto tú como alguno de tus amigos, compañeros de trabajo o familiares hayáis tenido la mala suerte de perder vuestra cartera o haber sufrido un robo. Los inconvenientes generados son muchos, sobre todo, en lo relativo a la documentación personal de cada uno, es decir, carné de identidad o DNI, carné de conducir, tarjetas de débito y de crédito…, además de la más que probable pérdida del posible dinero en efectivo que se pudiera llevar en ese momento en la cartera.

 

 

Cuando te sucede algo parecido, lo primero que debes hacer es llamar a la Policía (poner la denuncia) y contactar con la entidad bancaria de tus tarjetas de débito/crédito para cancelarlas y anularlas inmediatamente. Posteriormente, debes ponerte a hacer todos los trámites de petición de duplicados de tu documentación personal (DNI y carné de conducir, principalmente).

 

 

Pues bien, precisamente sobre uno de estos casos específicos ha advertido recientemente la DGT, ya que aquellos conductores que hayan pedido un duplicado de su carné de conducir por pérdida, extravío o robo, deberán devolver su carné de conducir original en el caso de que lo recuperen. ¿Y cuál es la razón? Sigue leyendo…

 
 

El propio Reglamento General de Conductores, a través de su artículo 11 que lleva el título de “Duplicados”, especifica lo siguiente en su punto 3: “El titular de un permiso o licencia de conducción al que se le hubiera expedido duplicado por sustracción o extravío deberá devolver el original de éste, cuando lo encuentre, a la Jefatura Provincial de Tráfico que lo hubiere expedido.” A continuación, lo que indica el punto 4 de dicho artículo 11 también es sumamente importante: “La posesión del permiso o licencia original y de un duplicado de éstos dará lugar a la recogida inmediata del original para su remisión a la Jefatura Provincial de Tráfico que, de resultar falsa la causa alegada para obtener el duplicado, dará cuenta del hecho a la autoridad judicial por si pudiera ser determinante de responsabilidad penal.”

 

 

Por otro lado, en el caso de que alguno de los datos personales del conductor cambie (por ejemplo, el domicilio en el que se reside), dicha modificación se debe comunicar inmediatamente a la DGT, un hecho que se explica de forma específica a través del artículo 10 del Reglamento General de Conductores, que dice lo siguiente: “Cualquier variación de los datos que figuran en el permiso o licencia de conducción, así como la del domicilio de su titular, deberá ser comunicada por éste dentro del plazo de quince días, contados desde la fecha en que se produzca, a la Jefatura Provincial de Tráfico.

 

 

 

ASÍ PUEDES PEDIR UN DUPLICADO DE TU CARNÉ DE CONDUCIR

  • Por internet: en esta página web se deberá abonar una tasa y se emitirá un justificante. Posteriormente se enviará al domicilio indicado el duplicado
  • Vía telefónica: llamando al teléfono 060.
  • Desde la app miDGT: desde esta app se puede pedir el duplicado en el apartado de 'Mis trámites', elegir 'Duplicado de Documentación' y ahí seleccionar el tipo de duplicado.
  • De forma presencial: acudiendo a alguna de las oficinas de las diferentes Jefaturas Provinciales de Tráfico pidiendo previamente cita previa por Internet o llamando al teléfono 060.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-advierte-conductores-deben-devolver-carne-conducir-en-estos-casos_265961_102.html

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13 de octubre de 2022

 

 

Nuevas líneas fluorescentes en carretera: la nueva medida de seguridad que podría aplicar la DGT

 

Una compañía australiana ha desarrollado unas marcas viales para la carretera que brillan en la oscuridad. Este invento utiliza la ciencia de la fotoluminiscencia utilizado también en juguetes, pegatinas o relojes.

 

 

 

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Nuevas líneas fluorescentes en carretera

 

 

 

Si conduces habitualmente de noche sabrás lo difícil que es cuando las marcas viales no son bien visibles, bien porque la pintura ha ido desapareciendo o la carretera se ha asfaltado directamente. Pero puede que los australianos hayan dado con una solución.

 

 

El invento, que se ha vuelto viral en las redes sociales, ha sido desarrollado por una compañía australiana denominada Tarmac Linemarking, en colaboración con OmniGrip y Vic Roads. Se trata de unas líneas viales que brillan en la oscuridad gracias al simple principio de la fotoluminiscencia. De momento la empresa australiana ya ha comenzado los ensayos con esta pintura en un tramo en una carretera de un kilómetro en una zona rural de Australia, pero quién sabe si acabaremos viéndolo por nuestras carreteras.

 

 

 

Cómo funcionan las líneas fluorescentes

La fotoluminiscencia no es algo nuevo. Se puede encontrar en pegatinas, juguetes o relojes para niños que brillan en la oscuridad. Pero es la primera vez que lo vemos aplicado en las carreteras. Estas marcas viales absorben y almacenan la luz del día. Cuando los niveles de luz caen, emiten la luz almacenada creando una línea o marca con una visibilidad mejorada en comparación con las líneas pintadas estándar.

 
 

Cuando se utilizan en carreteras, carriles para bicicletas o aparcamientos, los faros de cada vehículo que pasa reactivan la señalización de la ruta de seguridad y la señalización del pavimento, lo que prolonga la longevidad de la línea de visibilidad mejorada. A la luz del día, las marcas viales se ven y funcionan como líneas ordinarias, pero en condiciones de oscuridad emiten luz almacenada que mejora su visibilidad y los consiguientes beneficios de seguridad para los usuarios de la carretera.

 

 

Según afirman desde Tarmac Linemarking, “Este tratamiento facilitará que los conductores vean mejor las marcas viales o la señalización y brindará una definición más definida al llegar a las intersecciones y curvas, dando a los conductores más tiempo para reaccionar y evitando que se desvíen de su carril”.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/nuevas-lineas-fluorescentes-en-carretera-nueva-medida-seguridad-podria-aplicar-dgt_265828_102.html

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14 de octubre de 2022

 

 

Estos son los coches no ecológicos a los que la DGT dejará circular en las Zonas de Bajas Emisiones

 

No solo los coches con etiqueta ECO y Cero Emisiones podrán circular por las nuevas ZBE obligatorias en España desde el 1 de enero. Un nuevo reglamento de la DGT eximirá también a este tipo de coches… no ecológico y muy contaminante.

 

 

 

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Estos son los coches no ecológicos a los que la DGT dejará circular en las Zonas de Bajas Emisiones

 

 

 

Cuando todavía no sabemos si los coches con etiqueta B y C de la DGT podrán o no circular por las nuevas Zonas de Bajas Emisiones, que recordamos que serán obligatorias a partir del 1 de enero de 2023 en todas las ciudades de más de 50.000 habitantes, así como en territorios insulares o en localidades de más de 20.000 habitantes con incumplimientos en calidad del aire, la DGT elabora un nuevo reglamento sobre vehículos históricos para permitir que estos automóviles, con al menos 30 años de antigüedad desde su fecha de matriculación o de fabricación, no tengan restricciones ni prohibiciones de uso.

 

 

 

Así lo indica ya un nuevo proyecto de real decreto del nuevo reglamento de vehículos históricos, que actualiza al actual que data de 1995, al que ha tenido acceso ya Servimedia. Está previsto que este reglamento entre en vigor el próximo 2 de enero de 2023, una vez aprobado antes en Consejo de Ministros. El objetivo principal de la DGT es que los ayuntamientos puedan permitir ya de este modo en sus ordenanzas el acceso y circulación en las zonas de bajas emisiones a los propietarios de unos vehículos que hacen “un uso ocasional y no como medio de transporte cotidiano”.

 

 

La normativa también nace para favorecer la conservación del patrimonio cultural e industrial automovilístico, aunque para ello contravenga los criterios de catalogación y preservación medioambiental que rigen las nuevas Zonas de Bajas Emisiones obligatorias dando acceso o no a la circulación por ellas.

 
 
 

Los vehículos históricos, fuera de la prohibición de 2040

 

Los vehículos considerados históricos podrán circular por las nuevas ZBE de la DGT en 2023.

 

 

 

La Federación Española de Vehículos Históricos (FEVA) ha acogido con optimismo la noticia, asegurando que hasta el 61 por ciento de estos vehículos históricos circula menos de 20 días al año, por lo que “no representa un problema ni desde el punto de vista medioambiental ni para la ordenación del tráfico, ya que se utilizan de manera menos frecuente y con más atenciones que los vehículos modernos, recorren distancias más pequeñas y gastan poco carburante”. La FEVA también considera que los propietarios de este tipo de vehículos “evitan los lugares y los horarios de circulación densa”.

 

 

 

Los vehículos históricos se diferenciarán en Grupos A y B

Pero el nuevo reglamento de la DGT introduce también otras importantes novedades, diferenciando ya los vehículos históricos administrativamente en Grupo A (con matrícula española, más de 30 años de antigüedad e ITV en vigor) y Grupo B (el resto). Este texto, además, incluye por primera vez a los ciclomotores y motocicletas en la catalogación de históricos, con medidas como una mayor sencillez para legalizar a los incluidos en el Grupo B o la exención de ITV para aquellos ciclomotores históricos con independencia de su antigüedad o fecha de matriculación.

 

 

El reglamento revisará así “la excesiva complejidad y el elevado coste del procedimiento administrativo”, el cual “lo hace inviable desde el punto de vista económico en determinados casos, ya que puede superar el valor del propio vehículo, como sucede en el caso de la mayoría de las motocicletas y ciclomotores”. La DGT pretende con todo ello “recuperar el mayor número de estos singulares vehículos” ante la dificultad hoy de legalizar ciclomotores y motos que en su momento no fueron matriculados o no tienen las placas originarias.  

 
 

Así, los vehículos fabricados o matriculados por primera vez antes del 1 de enero de 1950 no tendrán que pasar ahora tampoco la ITV periódica, una exención que pasa a ser total para los ciclomotores. Eso sí, sus propietarios siempre podrían acceder a las inspecciones de manera voluntaria. Para el resto de vehículos históricos, la obligación de pasar la ITV se mantiene en bienal para los de entre 30 y 40 años; trienal para los de 40 y 45 años, y cuatrienal para los de más de 45 años y las motocicletas.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/estos-son-coches-no-ecologicos-dgt-dejara-circular-en-zonas-bajas-emisiones_266025_102.html

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14/10/2022

 

 

¿Cuál es la multa por saltarme un semáforo en rojo?

 

 

 

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Saltarse un semáforo en rojo es una de las infracciones más comunes. Te contamos cuál es la sanción económica que conlleva esta infracción y si te pueden quitar puntos del carnet de conducir.

 

 

Ya sea por prisa o por un despiste, saltarse un semáforo en rojo es una de las infracciones del Reglamento General de Circulación más habituales. El artículo 146 de este código establece que las señales lumínicas indican prioridades de paso en un cruce de vías y que no respetarlas supone una multa y la pérdida de puntos, ya que no respetar la prioridad en un semáforo (luz roja) equivale a saltarse un stop o un ceda el paso. Cometer esta infracción, por tanto, conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir.

 

 

 

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Las autoridades pueden multar si presencian directamente la infracción, pero la sanción también puede llegar si algún dispositivo (cámaras o sistema foto-rojo) es capaz de detectar que el vehículo se ha saltado el semáforo.

 

 

¿Y si la luz está en ámbar? En este caso debes saber que si el semáforo tiene una luz ámbar intermitente, solo debes extremar la precaución y lo más correcto es disminuir la velocidad para parar antes de que se ponga en rojo, pero no es motivo de sanción; si la luz ámbar es fija y no intermitente, equivale al rojo y deberás detenerte, ya que, de lo contrario, puedes ser sancionado.

 

 

 

¿Y si me salto un semáforo para dejar pasar a la ambulancia?

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El Reglamento General de Circulación también establece que todos los conductores tienen que dejar paso a los vehículos prioritarios cuando estos lo soliciten, ya sea mediante señales acústicas o luminosas. Pero, ¿qué pasa si para abrir paso hay que saltarse un semáforo en rojo?

 

 

La respuesta a esta pregunta no está clara, ya que saltarse el semáforo en rojo siempre es motivo de sanción, pero en este caso se debe a una causa mayor, por lo que un agente de la autoridad no debería sancionar por ello, sin embargo, una cámara podría multar automáticamente y en esta situación solo cabría recurrir.

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/carnet-por-puntos/multa-saltarme-semaforo-rojo/172871.html

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14/10/2022

 

 

¿Cuál es la multa por no llevar el chaleco reflectante?

 

 

 

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El chaleco es un elemento que hay que llevar obligatoriamente en el vehículo. Y lo más recomendable es dentro del habitáculo...

 

 

Puede parecer algo absurdo, pero llevar el chaleco reflectante en un vehículo es algo que el reglamento general de circulación estipula como de obligado cumplimento. De hecho, el apartado 3 del artículo 118 dice exactamente que «los conductores de turismos, de autobuses, de automóviles destinados al transporte de mercancías, de vehículos mixtos, de conjuntos de vehículos no agrícolas, así como los conductores y personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad […]».

 

 

 

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Probablemente a estas alturas tienes claro que no eres uno de los que te puedan multar por este motivo, ya que llevas un chaleco en el coche (en caso contrario, si te paran y te piden que se lo enseñes y no lo llevas, te costará 200 euros). Pero ¿dónde lo llevas? ¿Tendrías claro dónde mirar en tu vehículo si te ves obligado a parar en el arcén de una vía por cualquier avería o incidente?

 

 

 

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Si la respuesta a esa última pregunta es en el maletero, puede ser que también te caiga la multa de 200 euros… ya que si paras el coche en el arcén o la calzada, no te puedes bajar del vehículo si no llevas el chaleco puesto. Esto significa que lo mejor que puedes hacer es llevar uno dentro del habitáculo y a mano, ya sea en la guantera, debajo del asientos, en uno de los bolsillos laterales de las puertas… De esta manera, si sucede algo y te tienes que bajar en mitad de una vía circulatoria, no incumplirás el reglamento de circulación.

 

 

 

¿Qué otras recomendaciones hay relacionadas con el chaleco?

Lo primero es que te asegures que tu chaleco tiene la homologación adecuada (certificado según el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre;  exige el marcado CE, y que deberá ser conforme con la norma UNE EN 471); no vale uno que no cumpla con la normativa de tráfico. Pero lo que resulta más recomendable es que lleves más de uno dentro del coche, ya que si el incidente te sucede con pasajeros a bordo de tu vehículo, solo podrán bajar aquellos que cuenten con este elemento. Y si solo llevas uno (por otra parte lo más habitual), los ocupantes deben permanecer dentro del vehículo por su seguridad.

 

 

 

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También resulta recomendable que te asegures de que tu chaleco está en buen estado, ya que con el paso del tiempo puede que los reflectantes no estén correctamente pegados al tejido… y sin estos elementos, la seguridad por la noche se puede ver seriamente comprometida. Es importante que siempre que lo uses, lo dobles lo mejor posible y lo metas en su embalaje original para protegerlo de la manera más adecuada.

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/seguridad/multa-chaleco-reflectante/472879.html

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14/10/2022

 

 

La multa de hasta 1.000 euros por ir en patinete eléctrico

 

 

 

 

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Resulta bastante habitual ver personas circulando en patinetes eléctricos por todo tipo de vías, y muchos de ellos incumpliendo la normativa de la DGT. ¿Sabías que las multas pueden llegar a los 1.000 euros?

 
 

Desde el 21 de marzo de 2022 está en vigor la nueva ley de Tráfico, que incluye una novedosa normativa para los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (VPM). De esta forma, los patinetes eléctricos se han visto afectados por esta norma y las multas pueden llegar a ¡los 1.000 euros!

 

 

Estas son las multas de los patinetes eléctricos

 

 

1.- Si modificas tu patinete eléctrico te pueden multar con 500 euros:

El Reglamento General de Vehículos establece que los patinetes eléctricos están dentro de los VPM. Se trata de vehículos de una o más ruedas, dotados de una sola plaza y propulsados por motores eléctricos que pueden otorgar al patinete una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h. Además, sólo pueden equipar un asiento o sillín si llevan el sistema de autoequilibrado.

 

 

Si tu patinete no cumple estos requisitos, además de la sanción, los agentes lo inmovilizarán y procederán a su depósito.

 

 

La DGT ha elaborado un Manual de características técnicas de los vehículos de movilidad personal, en el que recoge cómo deben ser los patinetes para poder circular por las vías y la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes. Si quieres consultar este Manual accede aquí.

 

 

Y es que, partir de enero de 2024, todas las marcas y modelos que existen en el mercado deberán estar certificados de acuerdo a esta nueva norma. Aunque se otorga una moratoria a los patinetes y demás VMP no certificados, que podrán seguir circulando hasta enero de 2027.

 

 

2.- Si van dos personas en un patinete eléctrico la sanción será de 100 euros

Es decir, un patinete no puede transportar a dos personas a la vez porque está prohibido.

 

 

 

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3.- Los patinetes eléctricos no pueden circular por la aceras: la multa por hacerlo es de 200 euros

También tienen prohibida la circulación por vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. En este tipo de infracciones puede haber variaciones por parte de las Ordenanzas Municipales de cada localidad.

 

 

4.- Hasta 1.000 euros de multa, si el conductor de un patinete eléctrico da positivo en alcohol o drogas.

Los conductores de los patinetes eléctricos están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.

 

 

Los límites de alcoholemia para patinetes eléctricos son:

Tipo de conductor Límite permitido en aire espirado (lo que mide el alcoholímetro) Límite permitido en sangre
General 0,25 mg por litro 0,5 gramos por litro
Menor de edad 0,0 mg por litro 0,0 gramos por litro

Y las sanciones si los sobrepasas:

Infracción Sanción/ Retirada de puntos
Conducir ebrio (superar la tasa de alcoholemia permitida) 500 euros, si circulas con una tasa de alcoholemia de entre 0,25 y 0,50 mg/L de alcohol en aire espirado (0,5 y 1,0 g por litro de sangre). 1.000 euros, si superas los 0,50 mg/L de alcohol en aire espirado (1,0 g por litro de sangre)
Negarse a someterse a un control de alcoholemia o drogas 500 euros
Conducir con presencia de drogas en el test salivar 1.000 euros

 

 

5.- Ir sin casco en patinete eléctrico

No llevar casco si conduces un patinete eléctrico, supone 200 euros de sanción. Además, se inmovilizará el vehículo.

 

 

 

6.- Multa por utilizar auriculares

Ir con los auriculares puestos conectados a un reproductor de sonido mientras circulas en un patinete eléctrico: 200 euros de multa.

 

 

 

7. Conducir con el móvil

Usar el móvil mientras conduces el patinete eléctrico: 200 euros de sanción. Tampoco se puede utilizar cualquier otro dispositivo.

 

 

 

8.- No llevar ropa reflectante

Si circulas de noche en patinete eléctrico y no llevas prendas reflectantes o alumbrado, la multa asciende a 200 euros. Se considera conducción negligente.

 

 

FUENTE:   https://www.autofacil.es/movilidad/patinetes-electricos/multa-mil-euros-patinete-electrico/404080.html

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17 octubre, 2022

 

 

 

 

Esta es la multa que te puede poner la DGT por salpicar a un peatón

 

 

 

 

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Llega el periodo estival y llegan las lluvias. En esta época es muy habitual ver charcos que se acumulan en la carretera, y que pueden suponer un desagradable chapuzón para muchos peatones. Y aunque la escena sea más propia de películas de humor, salpicar a un peatón es una situación que ocurre más de lo que pensamos y que la DGT ha planteado como sancionable.

 

 

Ir conduciendo por la carretera y salpicar a un peatón te puede costar hasta 100€. No existe ninguna norma o multa que especifique la cantidad a aplicar por salpicar a un viandante, pero dentro Reglamento General de Circulación se encuentran varios artículos que pueden penar esta situación.

 

 

 

Multa de la DGT por salpicar a un peatón

El artículo 2 del Reglamento General de Circulación establece que «los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas«. Por lo que empapar a un peatón cuando pasamos con el coche a su lado, debe considerarse, como mínimo, como una molestia. Esta molestia al viandante estaría penada por la DGT con una multa de 80€.

 

 

Es interesante también el calificativo «innecesario», ya que con ese adjetivo el conductor puede alegar que no tuvo forma de evitar esa situación, pues le era imposible apartarse en esa zona, o que aun reduciendo la velocidad acabo salpicando al viandante.

 

 

 

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Moderar la velocidad para no salpicar al peatón

Es cierto que hay zonas en las que se acumulan más charcos y es imposible evitar salpicar grandes cantidades de agua. Lo que hay que hacer en estos casos es levantar el pie del acelerador. Los peatones te lo agradecerán y tu coche también, pues así evitarás el efecto aquaplaning. Éste se produce cuando las ruedas pierden la adherencia al contacto con el agua, y el conductor deja de tener el control completo de la conducción.

 

 

Esta reducción de velocidad para no salpicar al viandante es obligatoria. El código de circulación establece en su artículo 46 que el conductor debe moderar la velocidad «cuando pueda salpicarse o proyectarse agua, gravilla u otras materias a los demás usuarios de la vía».

 

 

La ley aquí sí es muy específica. Si no bajas la velocidad en estas situaciones estás contraviniendo el código y, y esto podrá acarrear una sanción de la DGT.

 

 

 

Aquaplaning.-edited-1.jpg

 

 

 

Sanciones por salpicar a un peatón

Salpicar a peatones es una acción incívica que todo conductor debería evitar. No solo supone una molestia para las personas que pasean tranquilas por la calle, sino que también es un riesgo para su seguridad. Coches y personas comparten la vía y ambos deben tener comportamientos sensatos para no entorpecerse y evitar situaciones de peligro.

 

 

Siempre ha habido debate sobre si estos salpicones merecen sanción explícita o no. En Inglaterra esta acción incívica sí está gravemente penada, puede suponer un costo para el conductor de hasta 5.000 libras. En España no ha sido necesario ir tan lejos, también por tener un clima menos propenso a las precipitaciones que el que tienen en el territorio inglés. Aquí, la sanción se encuadra en los varemos de sanciones leves.

 

 

 

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Otras sanciones bajo la lluvia

Salpicar a un peatón no es la única sanción que puede ponerte la DGT cuando conduces con lluvia. Cuando hay precipitaciones la importancia de ciertos elementos del coche aumenta, y no llevarlos en orden puede suponer, además de un peligro, un coste monetario. Si te pillan conduciendo bajo la lluvia con el limpiaparabrisas roto o en mal estado, te puede acarrear una sanción de 200€. Igual que si llevas los neumáticos demasiado deteriorados, pues es una situación muy peligrosa con el pavimento mojado.

 

 

No encender la luces con lluvia también supone una sanción de hasta 200€. Y no respetar la distancia de seguridad supone la misma cantidad de penalización, más una pérdida de 4 puntos del carné.

 

 

 
 
 
 
 

Thank you for watching

Así que ya lo sabes, repasa que todos los elementos de tu coche estén correctos y cuando pases cerca de un charco y un peatón, no olvides aminorar la velocidad.

 

 

 

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FUENTE:   https://www.motor16.com/noticias/multa-dgt-salpicar-peaton/

 

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17 octubre, 2022

 

 

Según la DGT esta es la forma de colocar la placa V20 para no ser multado

 

 

 

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La señal conocida como V20 trata sobre la regulación del transporte de cargas que por su estructura sobresalen del vehículo y pueden afectar a la circulación. A este respecto, y para los conductores más veteranos, el «trapo rojo» ha pasado definitivamente a la historia, y colocar mal estas señales, es como no instalarlas, por lo que te pueden sancionar por un uso indebido en perjuicio de la seguridad vial.

 

 

 

Cuando la carga sobresale del coche: la placa V20

v20

 

 

 

El Reglamento General de circulación regula en su Artículo 15, las dimensiones de la carga y la obligada señalización en caso de que sobresalga del coche. Dice así: » La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos …» y también; » En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por ciento… se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública…deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 «

 

 

 

Y explica cómo debe colocarse la señal y en que puntos

Colocación correcta de la placa V20

 

 

 

Para asegurar nuestra carga y cumplir con las normas de circulación, la ley también explicita cómo debemos colocar las señales V20, tanto en condiciones de normalidad en la luminosidad, como en los casos en que este reducida.

 

 

» Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de «v» invertida.»

 

 

» Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.»

 

 

 

Características técnicas de la señal V-20

 

 

Homologacion placa V20

 

 

 

En lo que se refiere al color, tamaño, características físicas y técnicas, la señal V-20 debe cumplir con los siguientes parámetros:

  • Estar elaborada en una lámina reflectante de colores rojo y blanco nivel 2. Éstas serán franjas diagonales y se alternarán entre ambos colores.
  • Debe colocarse sobre una placa de aluminio de 1,4 ± 0.1 mm, aleación 1200 H14 y/o H24. El documento legal permite el uso de otros materiales con características similares al recomendado.
  • Tanto la superficie reflectante como las placas deberán llevar un reborde redondeado que rodee toda la señal.
  • Las dimensiones de los paneles se establecen en los anexos del reglamento, donde se define que las medidas generales serán de 500mm x 500mm.

 

 

FUENTE:   https://www.motor16.com/noticias/placa-v20-forma-correcta-evitar-multa/

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17 de octubre de 2022

 

 

La DGT lo confirma: en 2026 habrá un control total sobre accidentes e incidencias en carretera

 

La DGT ha podido confirmar a Autopista.es que a partir de 2026 podrá haber un control prácticamente total sobre los accidentes y otro tipo de incidencias que se produzcan en las carreteras.

 

 

 

 

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La DGT lo confirma, en 2026 habrá un control total sobre accidentes e incidencias en carretera

 

 

 

No, la DGT no controlará a los conductores como si fuera el “Gran Hermano” que todo lo ve y escucha. Autopista.es ha podido charlar con el departamento de comunicación de prensa y comunicación de la DGT para confirmarnos y, de paso, desmentirnos, el bulo que se ha publicado en ciertos sitios web hace unos días sobre la supuesta implantación de un control total y absoluto a los conductores.

 

 

En los planes oficiales de la DGT confirmados a este medio, se persigue la casi completa integración del gran parque automovilístico español a la ya denominada plataforma digital 3.0 de Tráfico. En conversación mantenida con este medio, uno de los objetivos de la DGT es que los vehículos de nueva fabricación y de nueva homologación que circularán en nuestro país ya podrán estar conectados desde que salen de fábrica a esta plataforma digital 3.0.

 
 

Dos son los principales objetivos hacia la implantación de la plataforma digital 3.0 para vehículos: el primero de ellos, que todos los vehículos compartan entre sí en prácticamente tiempo real todas las posibles incidencias que puedan ocurrir en carretera (accidentes, atascos, averías, etcétera); y, en segundo lugar, una respuesta más ágil y rápida para que los servicios de emergencia (bomberos, ambulancias, policías, agentes de tráfico de la Guardia Civil) reciban de una forma más óptima los datos concretos del tipo de incidencia y, en caso de un accidente, responder y actuar de la forma más rápida posible, ya que con dicha medida se podrían salvar muchas vidas.

 
 

Desde la DGT se hace hincapié en que la plataforma digital 3.0 implicará un control exhaustivo de los vehículos, sobre su ubicación y recorrido que realizan en un determinado momento, tratándose de información específica propia del vehículo y nunca se controlarán posibles datos personales de los conductores o de los propietarios de los automóviles.

 

 

Además de la ubicación y del recorrido, otro de los datos que se podrán controlar desde esta plataforma digital 3.0 es la velocidad.

 

 

 

LA SEÑAL DE EMERGENCIA V-16 CON GEOLOCALIZACIÓN, CLAVE EN LA PLATAFORMA 3.0 DE LA DGT

La señal V-16 con sistema de geolocalización será el nuevo y único sistema de señalización de accidentes e incidencias en carretera que estará permitido precisamente a partir del año 2026. Esta señal de emergencia es de vital importancia, ya que en caso de producirse un accidente o una avería, el propietario de un vehículo antiguo podrá comunicar de forma rápida y exacta a los servicios de emergencia la ubicación concreta donde se ha producido incidencia.

 

 

FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-confirma-en-2026-control-total-sobre-accidentes-incidencias_266192_102.html

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