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Flipando con precios del servicio oficial...


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Ese papel que enseñas es un papel de una marca, en concreto audi, y te lo dan a firmar, si lo firmas es que aceptas dichas condiciones, en caso de rehusarlas estan obligados a facturar igualmente, en cualquier caso confundes garantia de piezas con garantia de reparacion, las piezas tienen dos años de gartia como bien explique antes y la reparacion depende del taller, pues sobre todo los concesionarios oficiales pretenden cubrirse la espalda con papelitos de estos tipo 2000km o 2 meses etc..

 

lo de la garantia evidentemente no incluye desgaste, pero eso en una bujia o e un neumatico, o que? tu usas el neumatico se gasta y que le dices, oye mira cambiame los neumaticos que tienen 18 meses y se me han gastao!!!, pues idem con la bujia u otra pieza.

 

Para que veais un caso claro de manipulacion de este estilo, seguro que muchos habeis llevado vuestros audis al concesionario para actualizar software o similar, siendo esto gratuito, no? pues bien, ¿ a que nunca os dan factura de eso????, pues eso es ilegal, y lo hacen porque asi si meten la pata audi se lava las manos de los errores que genere dicha actualizacion o cambio... y eso lo ordena audi desde arriba no es idea del concesionario...

 

En cualquier caso lo que hay que hacer es ver lo que nos dan a firmar y asi evitar sorpresas como las de ese papelito...Y EL HECHO DE QUE TE LO DEN A FIRMAR NO LES EXIME DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY, ES DECIR 2 AÑOS DE GARANTIA.

 

Como no se si me he explicado bien lo aclaro en el caso concreto que se trataba:

 

si esa bujia diese problemas durante los 2 siguientes años estan obligados a cambiartela de forma gratuita, y en el caso extremo de que el taller te quisiese cobrar la mano de obra nuevamente, puedes derivarle dicho gasto a la casa de la pieza, asi como los desperfectos que esa pieza defectuosa haya podido causar en tu motor y deban ser reparados... eso es asi para una bujia un horno, etc..

 

un saludo.

 

 

Una vez más, vuelvo a responder con respuestas "documentadas". Ya te he dicho antes que, en mi anterior A3, me cambiaron las bujías haciendo uso de la garantía de la factura de taller, cuando había pasado año y medio y 60.000 km de su sustitución. Y si quieres más datos, el coche tenía ya 180.000 km. A ver si eso te lo hace un taller de calle.

 

Con respecto a las campañas, veras que un poco más abajo, yo mismo tengo abierto un hilo sobre las nuevas campañas que afectan a los A5. Ya, en el propio resguardo de depósito, se nos indica las campañas que se le van a hacer al coche y su denominación. Factura no te pueden dar porque, sencillamente, esa operación no te la facturan a tí; la concesión se la factura a la marca. Tú te llevas el coche con el adhesivo colocado en el lugar indicado de que ha pasado esa campaña convenientemente (de vez en cuando uno se encuentra grandes sopresas en el hueco de la rueda de repuesto :thumbsup: )

 

Y, com da la casualidad también, de que la única opera´ción que se me ocurrió hacer al A3 fuera de la concesión fue sustituirle el embrague...... Pues me pasó de todo. Lo montaron mal y, a los 4 meses, con sólo pisar el pedal hacía un ruido de c***. Volví al taller y..... ¿sabes lo que me dijeron? QUE YA HACÍA MÁS DE 4 MESES DE LA REPARACIÓN Y QUE, SI LE METÍAN MANO AL COCHE, LO TENÍA QUE PAGAR YO.

 

Así que despues de gastarme 700 Euros en un kit de embrague, tuve que gastarme otros 300 por desmontar, y cambiar la pieza que ellos habían puesto mal y se había destrozado por dentro. Para más inri, ese embrague no duró ni 40.000 km y, hace unos meses, tuve que volver a gastarme 900 Euros en ponerle uno bueno en el taller que debía haber ido desde un principio.

 

Pero, oye, tú tranquilo. Yo seguiré llevando mi coche a la concesión donde me han demostrado que la garantía de dos años es real y no sólo de papeles.

 

SALUDOS

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Ok, Parrusquillo, lo has explicado claramente.

 

Pero sigo con la siguiente duda, que me gustaría aclarar.

Correcto que la garantía de las piezas, por normativa CE, es de 2 años. La duda es en la garantía de las reparaciones.

 

Me explico, te cambian la bomba del agua y te ponen una nueva, correcto esa bomba tiene una garantía de 2 años, e independientemente de quien te la ponga, conce oficial o no.

 

Pero si luego hay una nueva avería, que precisa de reparación (que inicialmente se pone de nuevo en relación con la bomba), ......¿cuánto tiempo tienes de garantía (en el sector automovilístico) en esa reparación que ahora te hacen y que supuestamente se pone en relación con la misma avería?. A eso me refiero con garantía en las reparaciones, que creo es distinto de la garantía de piezas nuevas.

Saludos

.

 

Si la averia esta en la bomba te cuesta cero euros, si es otra parte pagas.

 

 

Respecto a las reparaciones mecanicas es complicado, porque te van a buscar las cosquillas,diciendote cosas como que es una averia diferente, o ese problema no tiene que ver con el anterior, etc... pero creo que son 90 días por ley, esto no te lo puedo asegurar al 100% pero creo que es asi, es decir para reparaciones como pintar una aleta, sustituir un manguito, etc...

 

Respecto al compi que pregunta que que hace? pues yo no soy ni partidario ni detractor del concesionario oficial, soy partidario de las cosas bien hechas y mas con este tipo de coches, eso significa que tu concesionario oficial puede ser una chatarra o no, depende, al igual que con un taller externo. Yo te recomiendo que visites las instalaciones de ambos , pidas referencias, etc... y sobre todo cuando pidas precios pregunta todas las dudas que tengas, no olvides que al fin y al cabo estas solicitando unos servicios que vas a pagar y que debes saber todo lo que implica eso.

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Una vez más, vuelvo a responder con respuestas "documentadas". Ya te he dicho antes que, en mi anterior A3, me cambiaron las bujías haciendo uso de la garantía de la factura de taller, cuando había pasado año y medio y 60.000 km de su sustitución. Y si quieres más datos, el coche tenía ya 180.000 km. A ver si eso te lo hace un taller de calle.

Con respecto a las campañas, veras que un poco más abajo, yo mismo tengo abierto un hilo sobre las nuevas campañas que afectan a los A5. Ya, en el propio resguardo de depósito, se nos indica las campañas que se le van a hacer al coche y su denominación. Factura no te pueden dar porque, sencillamente, esa operación no te la facturan a tí; la concesión se la factura a la marca. Tú te llevas el coche con el adhesivo colocado en el lugar indicado de que ha pasado esa campaña convenientemente (de vez en cuando uno se encuentra grandes sopresas en el hueco de la rueda de repuesto :thumbsup: )

 

Y, com da la casualidad también, de que la única opera´ción que se me ocurrió hacer al A3 fuera de la concesión fue sustituirle el embrague...... Pues me pasó de todo. Lo montaron mal y, a los 4 meses, con sólo pisar el pedal hacía un ruido de c***. Volví al taller y..... ¿sabes lo que me dijeron? QUE YA HACÍA MÁS DE 4 MESES DE LA REPARACIÓN Y QUE, SI LE METÍAN MANO AL COCHE, LO TENÍA QUE PAGAR YO.

 

Así que despues de gastarme 700 Euros en un kit de embrague, tuve que gastarme otros 300 por desmontar, y cambiar la pieza que ellos habían puesto mal y se había destrozado por dentro. Para más inri, ese embrague no duró ni 40.000 km y, hace unos meses, tuve que volver a gastarme 900 Euros en ponerle uno bueno en el taller que debía haber ido desde un principio.

 

Pero, oye, tú tranquilo. Yo seguiré llevando mi coche a la concesión donde me han demostrado que la garantía de dos años es real y no sólo de papeles.

 

SALUDOS

 

 

vamos por partes, respecto a lo de que de las campañas si te lo pueden facturar, de hecho a mi me lo facturaron, y eso que se negaban al principio pero como habia pasado la revision al mismo tiempo le dije ok tranquilo no hace falta facturar, sali del conce con mi coche y automaticamente les llame y les dije " o me facturas la actualizacion de software o no te pago la revision" y le dije y me lo haces por separado", al dia siguiente factura de la revision y de la actualizacion( iba a pagar por empresa por eso me dejaron llevarme el coche sin pagar), el concesionario oficial trata de lavarse las manos lo mas posible pero eso no quiere decir que tu no puedas reclamar lo que es tuyo... y mienten como bellacos.

 

punto 2: respecto a lo que cuentas de tu embrague, la cosa esta clara, en el momento que pediste presupuesto, te lo dieron por escrito? firmado y sellado por ambas partes?, si es asi ese embrague tiene 2 añitos de garantia y tiene que ser revisado gratuitamente... pero creo que no cuentas las historia tal cual fue, porque si vas con tu papel con fecha X da igual que te diga que han pasado los 4 meses de garantia de reparacion, el papel lo pone, o paso el tiempo o no? y si te sustituyeron el embrague es evidente que esta en garantia, tiene 2 años.

 

"Pero, oye, tú tranquilo. Yo seguiré llevando mi coche a la concesión donde me han demostrado que la garantía de dos años es real y no sólo de papeles. "

 

y esto no lo entiendo, perdoname," los papeles" como tu lo llamas son los que ponen las condiciones de reparacion precio de las piezas, etc...

 

Y ya por ultimo, estoy tranquilisimo, lleves donde lleves tu coche, el que parece nervioso eres tu que ya has tenido que cambiar 2 veces el embrague. :thumbsup:

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Vuelvo a decirte que el embrague no lo cambié en concesión. Y por eso, a los 4 meses, me dijeron que no se hacían cargo de la avería consecuente. Y que de ahí mi experianci en una reparación cubierta por garantía al año y medio despues de haberla efectuado (cambio de bujías en concesión) y una reparación hecha en un taller no oficial y que, a los 4 meses, se lavaban las manos (sustitución del embrague)

 

 

SALUDOS

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:blink: qué barbaridad 200 loris por el aceite!!!

 

Purrusquillo, ¿estás seguro que no forman a los mecánicos? yo la concesión audi en concreto no conozco como va, pero otra oficial sí y te puedo asegurar que hacen formaciones teóricas y prácticas en el centro de capacitación de la marca en Madrid (desmontando un modelo nuevo enterito para ver cómo va y luego tirando esas piezas para no hacer mercado secundario) y con exámenes que si no se aprueban, no se asciende....

 

Una cosa es que sableen (100% de acuerdo), otra que no estén formados. Lo que sí es cierto que a cambiar aceite ponen al más tronzapeines (que tampoco hace falta ser Einstein para ello...), los mecánicos buenos están en haciendo las averías importantes y no me parece mal tampoco.

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Siguiendo con el tema de las garantias en las reparaciones yo no tengo tan claro que sean los dos años que se comentan y solo digo eso, que no lo tengo claro. Seria interesante si hay por el foro algun abogado que este puesto en temas de consumo, lo aclarara. Creo que la legislacion que hay al respecto es el: Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

 

Este es un enlace donde lo podeis ver

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-2007.html

 

Leyendolo por encima en su articulo 125 dice esto:

 

Artículo 120. Régimen jurídico de la reparación o sustitución del producto.

 

La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:

a. Serán gratuitas para el consumidor y usuario. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los productos con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.

 

b. Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario, habida cuenta de la naturaleza de los productos y de la finalidad que tuvieran para el consumidor y usuario.

 

c. La reparación suspende el cómput* de los plazos a que se refiere el artículo 123. El período de suspensión comenzará desde que el consumidor y usuario ponga el producto a disposición del vendedor y concluirá con la entrega al consumidor y usuario del producto ya reparado. Durante los seis meses posteriores a la entrega del producto reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan en el producto defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados.

 

d. Si concluida la reparación y entregado el producto, éste sigue siendo no conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la sustitución del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.

 

e. La sustitución suspende los plazos a que se refiere el artículo 123 desde el ejercicio de la opción por el consumidor y usuario hasta la entrega del nuevo producto. Al producto sustituto le será de aplicación, en todo caso, el artículo 123.1, párrafo segundo.

 

f. Si la sustitución no lograra poner el producto en conformidad con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la reparación del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.

 

g. El consumidor y usuario no podrá exigir la sustitución en el caso de productos no fungibles, ni tampoco cuando se trate de productos de segunda mano.

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Vuelvo a decirte que el embrague no lo cambié en concesión. Y por eso, a los 4 meses, me dijeron que no se hacían cargo de la avería consecuente. Y que de ahí mi experianci en una reparación cubierta por garantía al año y medio despues de haberla efectuado (cambio de bujías en concesión) y una reparación hecha en un taller no oficial y que, a los 4 meses, se lavaban las manos (sustitución del embrague)

 

 

SALUDOS

 

 

Ya se que no fue en concesionario oficial, ya no te respondo mas creo que he sido muy claro, no puedo ayudarte mas, un saludo.

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A ver, solo puntualizar una cosa.

 

En el servicio oficial, cuando te aplican la garantía de piezas, no te ponen obligatoriamente piezas nuevas, sino que muchas veces ten ponen piezas "remanufacturadas", es decir de recuperación, que llevan su correspondiente garantía del fabricante porque es quien las ha "remanufacturado", que son más baratas que las mismas piezas nuevas y además a veces solo te lo dicen si lo preguntas.

 

Esto en si mismo no está mal, como puede ser en el caso de los caudalimetros de intercambio, y piezas similares como alternadores, compresores de aire acondicionado, etc...

 

Es decir, ojito con la forma de aplicarnos la garantía porque no siempre es como algunos piensan.

 

Y termino tambien aclarando que si por ejemplo se te rompió hace un año y 9 meses una pieza que entró en garantía y entonces te sustituyeron gratis, si la nueva pieza montada se te rompe dentro de 3 meses y un día, es decir, después de más de 2 años de la reparación que cubrió la garantía, ya no estarán obligados a cubrir dicha pieza en el taller porque las garantías de las piezas no son acumulativas sino que solo tienen que cumplir los dos años desde la primera reparación de la pieza.

Esto ha generado varias desagradables sorpresas a bastante gente, por lo que yo lo comento por si acaso.

 

Otra cosa es que la marca y el servicio oficial te hagan una atención con un descuento del "x%" en la reparacion, pero ojo porque a pesar de ese descuento, es muy probable que la factura siga siendo superior a lo que te cobraría por la misma reparación un buen taller multimarca (no los típicos de cadenas de centros comerciales, sino talleres multimarca buenos de verdad), que según que reparación sea pueden llegar a conseguirte las mismas piezas originales a precios muy inferiores a los que te pidan en el servicio oficial...

 

Pero bueno, que lo que originó mi post, que es el timo del aceite en el servicio oficial, es algo que ya les he comentado cuando me han llamado de postventa, ya que no puede ser que te cobren a casi 25€ el litro algo que en cualquier otro sitio lo encuentras por 8-9€ el litro...

Editado por labombadiesel
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A ver, solo puntualizar una cosa.

 

En el servicio oficial, cuando te aplican la garantía de piezas, no te ponen obligatoriamente piezas nuevas, sino que muchas veces ten ponen piezas "remanufacturadas", es decir de recuperación, que llevan su correspondiente garantía del fabricante porque es quien las ha "remanufacturado", que son más baratas que las mismas piezas nuevas y además a veces solo te lo dicen si lo preguntas.

 

Esto en si mismo no está mal, como puede ser en el caso de los caudalimetros de intercambio, y piezas similares como alternadores, compresores de aire acondicionado, etc...

 

Es decir, ojito con la forma de aplicarnos la garantía porque no siempre es como algunos piensan.

 

Y termino tambien aclarando que si por ejemplo se te rompió hace un año y 9 meses una pieza que entró en garantía y entonces te sustituyeron gratis, si la nueva pieza montada se te rompe dentro de 3 meses y un día, es decir, después de más de 2 años de la reparación que cubrió la garantía, ya no estarán obligados a cubrir dicha pieza en el taller porque las garantías de las piezas no son acumulativas sino que solo tienen que cumplir los dos años desde la primera reparación de la pieza.

Esto ha generado varias desagradables sorpresas a bastante gente, por lo que yo lo comento por si acaso.

 

Otra cosa es que la marca y el servicio oficial te hagan una atención con un descuento del "x%" en la reparacion, pero ojo porque a pesar de ese descuento, es muy probable que la factura siga siendo superior a lo que te cobraría por la misma reparación un buen taller multimarca (no los típicos de cadenas de centros comerciales, sino talleres multimarca buenos de verdad), que según que reparación sea pueden llegar a conseguirte las mismas piezas originales a precios muy inferiores a los que te pidan en el servicio oficial...

 

Esto no es verdad, si te sustituyen la pieza por una nueva, la pieza nueva tiene garantia de 2 años, pides un parte en el momento de la sustitucion y la garantia de esa nueva pieza cuenta desde ese dia, y esto es asi para todos los productos.

 

 

respecto a los productos "remanufacturados", no te calientes, lo explico facil el colega arriba, si la pieza es nueva 2 años y sino no. Tu lo que tienes que hacer es firmar el presupuesto antes de la reparacion y alli ya te pone el tipo de piezas que lleva. Es cierto eso que dices que solo te lo dicen si lo preguntas.... porque este pais esta lleno de mentirosos, estafadores, etc... por eso hay que andarse con mucho ojo.

 

Un saludo.

 

aaaahhh!! y respecto a lo del aceite puedes pedir la tabla de precios en el concesionario, igual te llevas una sorpresa... porque seguro que no esta permitido cobrar el 400% mas.

Pero bueno, que lo que originó mi post, que es el timo del aceite en el servicio oficial, es algo que ya les he comentado cuando me han llamado de postventa, ya que no puede ser que te cobren a casi 25€ el litro algo que en cualquier otro sitio lo encuentras por 8-9€ el litro...

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En el servicio oficial, cuando te aplican la garantía de piezas, no te ponen obligatoriamente piezas nuevas, sino que muchas veces ten ponen piezas "remanufacturadas", es decir de recuperación, que llevan su correspondiente garantía del fabricante porque es quien las ha "remanufacturado", que son más baratas que las mismas piezas nuevas y además a veces solo te lo dicen si lo preguntas.

 

Bop, pero esto no sólo pasa en mecánica... a ver si os pensais que cuando falla una impresora en garantía os dan otra nueva... la que mandan es una reparada por ellos mismos, que les sale muuucho más barato :rolleyes:

 

Por cierto, haces genial en quejarte, qué menos que el recurso a la pataleta, que le han metido un % de margen que llega a la usura!!

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A ver, solo puntualizar una cosa.

 

En el servicio oficial, cuando te aplican la garantía de piezas, no te ponen obligatoriamente piezas nuevas, sino que muchas veces ten ponen piezas "remanufacturadas", es decir de recuperación, que llevan su correspondiente garantía del fabricante porque es quien las ha "remanufacturado", que son más baratas que las mismas piezas nuevas y además a veces solo te lo dicen si lo preguntas.

 

Esto en si mismo no está mal, como puede ser en el caso de los caudalimetros de intercambio, y piezas similares como alternadores, compresores de aire acondicionado, etc...

 

Es decir, ojito con la forma de aplicarnos la garantía porque no siempre es como algunos piensan.

 

Y termino tambien aclarando que si por ejemplo se te rompió hace un año y 9 meses una pieza que entró en garantía y entonces te sustituyeron gratis, si la nueva pieza montada se te rompe dentro de 3 meses y un día, es decir, después de más de 2 años de la reparación que cubrió la garantía, ya no estarán obligados a cubrir dicha pieza en el taller porque las garantías de las piezas no son acumulativas sino que solo tienen que cumplir los dos años desde la primera reparación de la pieza.

Esto ha generado varias desagradables sorpresas a bastante gente, por lo que yo lo comento por si acaso.

 

Otra cosa es que la marca y el servicio oficial te hagan una atención con un descuento del "x%" en la reparacion, pero ojo porque a pesar de ese descuento, es muy probable que la factura siga siendo superior a lo que te cobraría por la misma reparación un buen taller multimarca (no los típicos de cadenas de centros comerciales, sino talleres multimarca buenos de verdad), que según que reparación sea pueden llegar a conseguirte las mismas piezas originales a precios muy inferiores a los que te pidan en el servicio oficial...

[/b]

 

 

lo que esta escrito en cursiva , Eso no es verdad, si te sustituyen la pieza por una nueva, la pieza nueva tiene garantia de 2 años, pides un parte en el momento de la sustitucion y la garantia de esa nueva pieza cuenta desde ese dia, y esto es asi para todos los productos.

 

 

respecto a los productos "remanufacturados", no te calientes, lo explico facil el colega arriba, si la pieza es nueva 2 años y sino no. Tu lo que tienes que hacer es firmar el presupuesto antes de la reparacion y alli ya te pone el tipo de piezas que lleva. Es cierto eso que dices que solo te lo dicen si lo preguntas.... porque este pais esta lleno de mentirosos, estafadores, etc... por eso hay que andarse con mucho ojo.

 

Un saludo.

 

aaaahhh!! y respecto a lo del aceite puedes pedir la tabla de precios en el concesionario, igual te llevas una sorpresa... porque seguro que no esta permitido cobrar el 400% mas.

Pero bueno, que lo que originó mi post, que es el timo del aceite en el servicio oficial, es algo que ya les he comentado cuando me han llamado de postventa, ya que no puede ser que te cobren a casi 25€ el litro algo que en cualquier otro sitio lo encuentras por 8-9€ el litro...

 

 

puntualizo lo que he escrito yo es lo que no esta en negrita, que se ha mezclado, perdon y un saludo

Editado por Purrusquillo
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, Eso no es verdad, si te sustituyen la pieza por una nueva, la pieza nueva tiene garantia de 2 años, pides un parte en el momento de la sustitucion y la garantia de esa nueva pieza cuenta desde ese dia, y esto es asi para todos los productos.

 

 

 

Definitivamente, no tienes ni idea de lo que estás hablando.

 

Cualquier reparación hecha en un periodo de garantía y facturada al fabricante como tal, tiene como periodo de garantía hasta el fin de la garantía primera.

 

Ejemplo: Una reparación efectuada durante sus primeros dos años de garantía otorgada por el fabricante, tiene como garantía hasta que se cumplan los dos años de matriculación del vehículo.

 

Una reparación que se realiza como consecuencia de una mala reparación anterior, tiene como fin de garantía el estiupulado según la fecha de factura de la primera (que puede ser de tres meses, uno o dos años en función de los diferentes ejemplos que se han visto).

 

Otro ejemplo más extremo y verídico: Te compras un teléfono y se te rompe con año y medio. El fabricante asume que es un fallo en garantía y te entrega uno nuevo en sustitución. La garantía de ese nuevo teléfono expira al cumplir los dos años de la compra del primero (siempre y cuando el fabricante exprese lo contrario por escrito. Ray ban, por sus políticas comerciales, es el único caso que yo haya visto que lo haga pero, insito, no por Ley, sino por satisfacción al cliente)

 

Eso es así, quieras o no.

 

El resto, es ganas de confundir a la gente.

 

 

 

SALUDOS

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, Eso no es verdad, si te sustituyen la pieza por una nueva, la pieza nueva tiene garantia de 2 años, pides un parte en el momento de la sustitucion y la garantia de esa nueva pieza cuenta desde ese dia, y esto es asi para todos los productos.

 

 

 

Definitivamente, no tienes ni idea de lo que estás hablando.

 

Cualquier reparación hecha en un periodo de garantía y facturada al fabricante como tal, tiene como periodo de garantía hasta el fin de la garantía primera.

 

Ejemplo: Una reparación efectuada durante sus primeros dos años de garantía otorgada por el fabricante, tiene como garantía hasta que se cumplan los dos años de matriculación del vehículo.

 

Una reparación que se realiza como consecuencia de una mala reparación anterior, tiene como fin de garantía el estiupulado según la fecha de factura de la primera (que puede ser de tres meses, uno o dos años en función de los diferentes ejemplos que se han visto).

 

Otro ejemplo más extremo y verídico: Te compras un teléfono y se te rompe con año y medio. El fabricante asume que es un fallo en garantía y te entrega uno nuevo en sustitución. La garantía de ese nuevo teléfono expira al cumplir los dos años de la compra del primero (siempre y cuando el fabricante exprese lo contrario por escrito. Ray ban, por sus políticas comerciales, es el único caso que yo haya visto que lo haga pero, insito, no por Ley, sino por satisfacción al cliente)

 

Eso es así, quieras o no.

 

El resto, es ganas de confundir a la gente.

 

 

 

SALUDOS

 

TE LO DIGO DE CORAZON Y SIN MAL ROLLO, NO TIENES NI put* IDEA DE LO QUE DICES, CUALQUIER PRODUCTO QUE DEBA SER SUSTITUIDO POR UNO NUEVO EN PERIODO DE GARANTIA, LA GARANTIA COMIENZA A CONTAR DESDE EL MOMENTO DE SUSTITUCION, OTRA COSA ES SI TE LO SUSTITUYEN POR UN PRODUCTO YA USADO. Y SINO LEETE LA LEY.

 

Y TE LO DIGO PORQUE EN MI TRABAJO VENDO PRODUCTOS QUE SE SUSTITUYEN CON FRECUENCIA. DE TODOS MODOS LAS COMPAÑIAS COMO BIEN DICES HACEN MUCHO ESO QUE TU DICES DE QUERER HACER CONTAR LA GARANTIA DESDE LA ADQUISICION DEL PRIMER PRODUCTO, YO HE TENIDO QUE LLEVAR A ALGUNA A JUICIO Y RECLAMAR EN CONSUMO... ESTE ES EL PAIS DE CHICHI Y NABO,EN CUALQUIER CASO LO MEJOR ES QUE LEAS LA LEY O LLAMES A LA OCU Y ALLI TE INFORMAN DE TODO SIN PROBLEMA...¡¡¡¡ VAS A FLIPAR CON LAS TRAMPAS QUE SE HACEN EN ESTE PAIS!!!! JAJAJJAJA :hammer2:

Editado por Purrusquillo
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No os encendáis que creo que los dos tenéis parte de razón ...

 

El tema de la garantía primera como fecha de caducidad del bien una vez que ha sido necesario usarla, o bien el reset de la cuenta al momento de la intervención en garantía, CREO que tiene que ver con el hecho de que la intervención haya sido una REPARACIÓN o una SUSTITUCIÓN, quizás por ahí vienen vuestras diferentes interpretaciones (uno habla de reparado y el otro de sustituido). Pero ni tengo conocimientos suficientes como para expresarlo mejor ni por supuesto me decanto por ninguna de las dos interpretaciones no sea que me caiga a mi algún capón :dl:

 

Así que copio-pego un texto al respecto,y que cada uno interprete lo que quiera...

 

Cuando el consumidor elige bien la reparación o bien la sustitución del producto, se produce la suspensión del plazo de garantía. Una vez el vendedor entrega al consumidor bien el producto reparado o bien el nuevo producto, según la opción elegida, este producto (reparado o nuevo) tendrá un período de garantía de seis meses durante el cual se presumirá que, si aparece un defecto, éste ya existía en el momento de entrega del bien reparado o sustituido, pero consideramos que el plazo de la garantía legal de dos años será el que reste de consumir de la garantía inicial, es decir, que se contará desde la fecha de entrega del producto originariamente comprado.

 

Si el producto comprado presenta algún defecto o no es conforme con el contrato antes de transcurridos seis meses desde que se entregó al consumidor, se presume, salvo pacto en contrario (es decir, que el vendedor lo demuestre) que dicho defecto o falta de conformidad existía cuando se entregó al consumidor el producto (excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o el tipo de falta de conformidad). Sin embargo, si el defecto o disconformidad es detectada pasados seis meses, el consumidor puede verse obligado a probar que la falta de conformidad ya existía cuando se adquirió el bien. Para ello el consumidor podrá recurrir a indicios, informes técnicos...etc y, en caso de discrepancia con el vendedor, si el consumidor emprendiese una acción judicial contra él, el tribunal debería tener en cuenta la

disponibilidad y facilidad probatoria que, en ese caso, tuvo el consumidor.

 

 

A ver si cae por este hilo el gran Dersu Urzala que en temas legales no da puntada sin hilo y lo aclara (y con eso no digo que sepa más que vosotros, que me da miedito ser malinterpretado...)

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