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Estornino

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Todo lo publicado por Estornino

  1. En alguna sentencia o en algun libro he leido (no me acuerdo ahora mismo donde) que la comisión por venta realizada es improcedente por responder a un servicio que no ha sido efectivamente prestado. Vamos que en teoría te pueden cobrar por poner el anuncio, pero no un porcentaje sobre la venta. PArece que nadie se ha metido aun con el tema, pero por ahí hay materia para "atacar". A ver si mañana miro bien, que creo que se en que libro lo leí (Uno de reclamaciones de consumo de Reglero Campos publicado por Aranzadi), pero ahora mismo no estoy seguro 100%.
  2. Eso es mas o menos lo que el chico me explico. Pero que vamos, que es carisimo. Mira por Ebay en Alemania y también en EEUU. Ejemplo: http://www.autohausaz.com/search/product.a...93@Clutch%20Kit TEn en cuenta que el Euro está a más de 1.5 dólares y que los portes serán como 80-90 Euros. Si te lo paran en Aduana pagarás el IVA, el Arancel y el derecho de gestión de la Aduana. Incluso en ese caso te saldrá mucho más barato. Miralo por la referencia original de las piezas de tu coche, para estar seguro
  3. Yo lo compré en Alemania hace 1 messssss!!!!, y ya lo han devuelto por el desastre de correos. El tío me lo ha vuelto a enviar, es un tipo con 1800 y pico votos positivos (mtset) y espero que esta vez llegue, si no estoy j*****. Por cierto el precio 190 con Airbag y con portes incluidos. Tampoco es que los regalen........ pero es que en España yo no he podido conseguirlo por ninguna parte.
  4. Ojalá que con el tiempo vayan reproduciéndose más en ese sentido porque vamos, una cámara de fotos cualquier policia puede tenerla, de hecho hasta los móviles la tienen ya hoy dia.
  5. Antes de hacer clic en el ejecutable, anda a la carpeta Crack y ejecuta un archivo que está dentro de una carpeta dice algo así como preparación de la instalación. Luego instala y por último aplica el crack.
  6. Si el coche está bien seguro que los vale, pero procura hacerte con el historial del mismo en Alemania, porque siendo de ese país y con 7 años me sorprende mucho que sólo tenga 80000 Km. Cuidado que los compraventas españoles los disimulan muy muy bien y podría tener 80000 en cada rueda y no notarse. Es algo tan habitual que en España les modifiquen el cuentakilometros que es más probable que lo esté que no al contrario, así que "precaución". Saludos y suerte
  7. Perdona, pero he consultado las 6 sentencias de esa fecha del TSJ de Madrid que tratan sobre temas de estacionamiento prohibido, y en ninguna se afirma tal cosa por el Tribunal. Las fotografías únicamente son necesarias para acreditar la gravedad del hecho, es decir, para graduar la sanción como máxima. Por eso, si no hay fotografía el TSJ viene reduciendo las cuantías de las multas que con carácter general se imponen en su grado máximo por los ayuntamientos. Un párrafo del Fundamento de Derecho segundo de la Sentencia 962/2000 de esa fecha que comentas (Ponente: Alvarez Tejero, María Isabel. Nº de recurso: 20777/1999) es muy esclarecedor, pues dice: "Mas recientemente y siguiendo el mismo criterio en STS de 22 de Septiembre de 1999 , se concluye no ser admisible el criterio de consideración de carencia de todo valor de la denuncia efectuada por tales controladores-testigos a los efectos de acreditar una infracción de tráfico, como no lo sería la privación de valor a la denuncia efectuada por cualquier particular que observare la comisión de la misma, ya que la denuncia de quien tuviere conocimiento directo de tales hechos será siempre un elemento probatorio a tener en cuenta conjugándolo con el resto de circunstancias que puedan proveer de verosimilitud a ¡a misma, constituyendo un elemento de valoración discrecional del órgano sancionador, revisable en esa vía jurisdiccional. Pues bien en el presente caso, las manifestaciones de la recurrente, no desvirtúan la denuncia formulada, por el Agente controlador, denuncia que es ratificada por el mismo, según consta en el Folio 13 del expediente administrativo, ya que no se cuestiona el hecho de que la recurrente hubiese puesto la preceptiva tarjeta por ser zona de estacionamiento regulado, sino que el estacionamiento lo realizo en intersección o en sus proximidades, lugar prohibido según lo establecido en el art. 94.1-D de RGC., por lo que sin la mas minina prueba, que lleve al ánimo del juzgador a tener dudas razonables sobre si los hechos se produjeron o no, tal y cómo manifiesta la administración lleva a esta Sala a concluir que, existiendo la ratificación del agente-controlador, y no constando prueba suficiente de la actora aun somera, sobre los concretos hechos que se le imput*n, el estacionamiento en intersección o en sus proximidades, que permita desvirtuar la referida ratificación del testigo-controlador, aportada por la Administración, y en aplicación de la doctrina jurisprudencial reseñada, deberá desestimarse esta alegación." En definitiva, y salvo mejor opinión, debo ratificarme en lo dicho. Si el agente dice que tu coche estaba allí, o alegas y aportas la mínima prueba que lo desvirtúe, o estás jo**do. Cosa distinta es que si, como bien dices, no existe constancia gráfica de las circunstancias de la infracción, la Administración no pueda imponerte la sanción en su grado máximo. Saludos! Hay muchas Sentencias en el sentido que indicas, pero también muchas otras en el que te indico yo, ya sabes como va el tema de la insegurida jurídica. Al grano, la que en concreto señalaba era esta: TSJ Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo, sec. 2ª, S 7-9-2000, nº 956/2000, rec. 22102/1999. Pte: Fernández Romo, Mª del Mar: Ahora bien todo lo anterior, según dispone el art. 76 de la Ley de Seguridad Vial , las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico harán fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquéllos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado. Así pues, la denuncia determina la incoación del procedimiento y también es, a la vez, medio de prueba. Así se logra la sumariedad que es lógica a esta clase de procedimientos sancionadores. Pero esto no quiere decir que en todos los casos la denuncia del agente constituya prueba plena. Por eso el art. 76 de la ley dispone que "sin perjuicio del deber de aquéllos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado". Existen infracciones en las cuales no es posible obtener otro medio probatorio diferente a la denuncia (por ejemplo, un adelantamiento prohibido). En estos casos debe bastar como prueba la declaración testifical o ratificación del agente. Pero hay infracciones, como las relativas a estacionamientos prohibidos, o cómo en el presente caso los estacionamientos en zonas en los que exista una señal vertical u horizontal de prohibición de estacionamiento en que son perfectamente obtenibles otras pruebas, tales como una fotografía. En estos casos, teniendo en cuenta lo establecido en el art. 1.248 del Código civil EDL1889/1 , ha de negarse el carácter de prueba plena a la sola declaración testifical. Como digo, tiene posibilidades de que prosperes su recurso. Un saludo.
  8. Hola, lo siento pero no puedo estar de acuerdo, en mi opinión, tiene muchas posibilidades de prosperar el recurso puesto que en el caso de infracciones que no son de comision instantánea, se suele exigir la aportación de una fotografía del vehículo denunciado en el lugar de estacionamiento prohibido, amén de la propia denuncia y su ratificación, y más en un caso como este. Tiene, en mi modesta opinión, muchas posibilidades. Como ejemplo puedes consultar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 7 de septiembre de 2000. Quizás económicamente no compense tanto lío, pero posibiliades de prosperar el recurso si que existen. Un saludo.
  9. si le bailo un numero difícilmente coincidirán marca, modelo y color mira si todos los datos son correctos yo veraneo por ahí , si quieres dame la dirección que hay en la denuncia y mirare si hay algo que no concuerde Hola, si los datos de marca, modelo etc no coinciden presenta recurso incluso en via judicial, necesitan una foto como prueba. Además si llamas al responsable y le dices que vas a denunciar el hecho a la Agencia Española de Proteccion de Datos (Multas de hasta 50 millones) seguro que te lo archivan todo pero rápido.
  10. Si utilizas el coche así vas a estropear el palier porque se formará una masa de polvo con grasa y porqueria en la homocinética que la "lijará" y se la cargará enterita, además ese ruido puede ser que el palier se esté agarrotando y puede hasta romperse. Si no te queda otro remedio y tienes que ir a un sitio sin falta pues unta bien la homocinetica con un bote por ej. de grasa en Spray para cadenas de moto o algo asi, pero es uan solución de estricta emergencia sólo para llegar al taller más cercano. Si solo es el fuelle la averia es barata pero es urgente hacerlo. Si se estropea la homocinetica, la averia será mucho más cara. Un saludo
  11. Estornino

    Rambo asturiano

    JAJAJJAJAAJAJAJAJAJAJAJAJA MUY BUENO :clap1: :clap1:
  12. JAJAJAJAJAJA donde has leido eso??y en barro que montan mas anchas que en seco :clap1: Para andar por arena en cambio tienen que ser lo mas anchas posibles para no undirse al contrario que en barro, que tienen que "undirse" para encontrar adherencia....como en nieve Yo digo todo lo contrario...el que lo dice en este post es Estorninogrillo....: "Lo que no tengo nada claro es que con una rueda más ancha agarre menos en mojado, en mi experiencia personal agarra más, muchísimo más tanto en seco como sobre todo en mojado, que es cuando se notan más las menjores prestaciones de un neumático." Cierto que lo he dicho, pero también es verdad que puede ser la impresión personal como decía Patxi2.3 al pasar de unas ruedas viejas a unas nuevas, a lo mejor eso se nota más que la anchura en si misma, no se. Yo no digo nada de modo categórico en todo caso, sólo mi impresión personal, teniendo en cuenta que llevo un tractor y que no ando haciendo rallye ni probando los límites de adherencia, jeje. No es algo que pueda medir, es una sensación personal de que el coche va mejor y agarra más. Pero quien sabe a lo mejor ahora que ya las tengo medio gastadas le meto unas buenas michelin más estrechas y también me parece que agarra más. En fin, en lo que si que no hay duda para mi de que mejora mucho es en estética..... :clap1:
  13. Vale, en cuanto pueda me paso por el taller y miro si tienen alguna referencia y les hago una foto. En serio me da pena que no los aproveche alguien porque están impecables. De hecho iban más firmes que los que he puesto ahora, que bueno son mejores porque son regulables y tal, pero los he puesto casi al minimo y los otros iban más firmes, vamos que están perfectos. Los que estaban hechos polvo eran los de atrás que ya le dije al del taller que los tirase, pero los de delante que me los guardase unos dias para que alguien los aprovechase.
  14. Anda!!, pues yo siempre pensé que era lo mismo. Bueno de hecho me consta en el caso por ej. de la mantequilla de marca Arias que lo unico que cambiaban es la tapa según lo pidiera Eroski, Carrefour o bien con su propia marca, así que pensaba que si que con el aceite y otras cosas seria igual, porque desde luego Carrefour no lo fabrica, así que alguien se lo tendrá qiue suministrar digo yo.
  15. Pues no la verdad... Se las sacaré. Es que me da pena tiralos
  16. JEJE Ese JEJE es que es verdad lo que me decía el señor este y lo sabes , o es un JEJE de que me tomaban el pelo??? :dl: (El poco que me queda por cierto )
  17. En este aspecto soy de tu opinion...si el diametro del conjunto es equivalente lo unico que va a diferenciar es el mayor contacto (minimo en estas medidas) de superficie de la goma con el suelo... Pero en el resto, que "...el conjunto ha ganado mucho..."...no se, no se,debes tener una sensibilidad de la o****... Yo cambie de 205/60/15 a 215/45/17 y la verdad esque no he notado nada...para mi que es todo de coco...ni consumo mayor, (¿crees que 0,1litro/a los 100km es una diferencia apreciable en el consumo?....)..... ni mejor agarre (estamos hablando de unos pocos centimetros de diferencia...), ni menor velocidad, ni mejor salida...para mi que en caso de haberlas, las diferencias son tan pequeñas que son inapreciables... Otra cosa es el tipo de goma que vamos a montar...ahi si que puedes notar diferencia pero no por el ancho, sino por la calidad del neumatico...No es lo mismo montar unas gomas asiaticas de 50€ a unas Michelin Primacy de 200€ cada una... Y lo que dicen algunos que "mas ancha mejor agarre en mojado, porque desaloja mas cantidad de agua..." solamente fijate en los rallyes las que montan cuando llueve o en nieve... Vamos , digo yo.. Sorry, cuando decía "el conjunto ha ganado mucho", me estaba refiriendo a una cuestión estética (Para mi gusto claro). No queria decir que ahora fuese un tren sobre railes. Así ya está aclarado
  18. ¿purgar el Módulo del ABS? Nunca lo había oido. ¿Como se hace eso?
  19. Sinceramente yo eso del long life me parece que no es lo mejor para el coche. Tengo algunos amigos que trabajan en concesionarios oficiales de Renault y de Audi y están teniendo algunos problemas con motores por no cambiar el aceite más a menudo. Yo personalmente lo cambio cada 10.000 e incluso con un sintético bueno no me haría más de 15.ooo o 1 año. Al 80 TDI que tuve le hice 600.000 Kmts sin un solo problema. Puedes hacer las revisiones en la casa e igual cambiar otra vez el aceite entre cambio y cambio del servicio oficial como hace mucha gente, porque con esos intervalos de cambio.... el aceite no ha mejorado tanto creo yo. Y por cierto.. no conozco a ningún taxista (Y conozco a unos cuantos) que lo aguante más de 10 ó 15000 Kmts.. por algo será. Un saludo
  20. Pues no se, yo soy de letras así que más que por técnica me guio por sentido común en estas cosas. A ver, yo pienso que si el diámetro del conjunto es el mismo, dará igual que tenga más llanta y menos perfil que menos llanta y más perfil de rueda. Supongo que lo que importa será el ancho en contacto con el suelo, pero no se si algún entendido en cuestiones de ingeniería nos lo podrá aclarar. Y en cuanto a la pérdida de prestaciones..... a ver, no es algo que notes espectacularmente pero claro en el momento que lo haces de un día para otro si lo notas, luego ya te acostumbras. Para mi en el conjunto ha ganado mucho en todos los sentidos y tampoco le he notado más consumo (tal vez un 0,1), para mi el cambio compensa.
  21. Yo un dia comentando este tema con un jefe de patrimonio de Carrefour me dijo que el aceite Carrefour Sintetico 5-W50 era Mobil 1.
  22. Hola Romulo: Por lo general las aseguradoras tienen grandes estudios de mercado y saben más o menos de antemano lo que van a pagar por siniestros, por otro lado también suelen tener detrás grandes entidades bancarias y diversifican riesgos con operaciones de reaseguro y pasando parte de los riesgos cubiertos a otras aseguradoras. Además ahora el tema está muy controlado y supervisado, no como hace años que quebraba una detrás de otra. Ultimamente sólo Royal& Sunalliance estuvo a punto de irse a pique cuando se qemó el Liceo de Barcelona y además se les vino encima por las mismas fechas el accidente de autobús de Buelna. Esa compañía fue luego absorbida por The Hartford y hoy es Liberty Seguros. En todo caso para el usuario medio si alguna llegase a quebrar en un momento dado, estaría detrás el Consorcio de Compensación de Seguros que a día de hoy cubre hasta 70 millones de Euros para daños pesonales y 15 para materiales por siniestro. Así que como automovilistas parece que estamos bastente bien protegidos. Un saludo
  23. He leido que esos neumáticos sufren un alto desgaste pero que tienen una adherencia excepcional.
  24. Hola, gracias, si que lleva bomba de vacío, es TDI y 4x4 y no sabía que podía afectar el tema del depresor a que bajase el pedal. A ver si esta tarde con el comprobador vemos si "chupa" bastante y hace correctamente el vacío.