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Negarse a soplar es un delito independiente La negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas puede ser constitutiva del delito tipificado en el artículo 383 del Código Penal. Las penas conllevan prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir entre uno y cuatro años, sin perjuicio de que se investigue simultáneamente la conducción bajo la influencia del alcohol. Cualquier discrepancia con la orden o el funcionamiento del aparato no justifica rechazar la prueba. Las incidencias deben hacerse constar en el acta para ser impugnadas posteriormente por las vías legales. La obligación se extiende a todas las pruebas reglamentarias requeridas, incluida la segunda medición. La tasa de 0,10 mg/l todavía no está vigente La DGT ha propuesto rebajar el límite a 0,10 mg/l en aire y 0,2 g/l en sangre para todos los conductores. No obstante, actualmente, el Reglamento consolidado mantiene los límites de 0,25 y 0,15 mg/l según la categoría. Las noticias sobre futuras reformas no modifican la normativa actualmente aplicable. Las informaciones sobre las próximas tasas mínimas de alcohol y sus sanciones deben entenderse como propuestas legislativas hasta su aprobación y entrada en vigor definitiva. Aunque la rebaja de la tasa de alcohol sigue en tramitación, la validez jurídica depende exclusivamente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La recomendación práctica es invariable: si se va a conducir, no se debe beber. El límite legal marca una infracción, no un nivel de seguridad. Utilizar transporte público, contar con un conductor alternativo o buscar alojamiento evita riesgos innecesarios derivados de cálculos imprecisos. El director de la DGT, Pere Navarro, lleva años abogando por endurecer los límites de alcohol en la conducción. Preguntas frecuentes sobre tasas de alcoholemia DGT y multas Estas respuestas aclaran dudas sobre límites, reincidencia, delitos y pruebas de contraste. Hacen referencia a la normativa española vigente en 2026 y deberán revisarse si la reducción anunciada entra en vigor. En situaciones concretas, conocer el contenido del boletín, las dos mediciones y la condición del conductor es fundamental. Una diferencia mínima de centésimas puede alterar el tramo de la sanción. ¿Cuánto alcohol puede dar un conductor normal? El máximo administrativo es de 0,25 mg/l en aire o 0,5 g/l en sangre; la infracción ocurre al superar estas cifras. Esto no significa que beber hasta ese límite sea seguro. Si hay signos de conducción anómala, pueden derivarse consecuencias penales incluso con tasas inferiores al umbral de 0,60 mg/l. ¿Qué tasa tienen noveles y profesionales? Su límite es de 0,15 mg/l en aire o 0,3 g/l en sangre. En el caso de conductores noveles, se aplica durante los dos años siguientes a la obtención del permiso. Para profesionales, dependerá del tipo de vehículo o servicio. Superar los 0,15 mg/l hasta los 0,30 mg/l conlleva una multa de 500 euros y 4 puntos; por encima de esta cifra, la sanción asciende a 1.000 euros y 6 puntos. ¿Cuándo son 1.000 euros de multa? Se imponen 1.000 euros cuando el resultado supera los 0,50 mg/l (conductor general) o los 0,30 mg/l (novel o profesional), siempre que no se acceda a la vía penal por rebasar los 0,60 mg/l. También se aplica esta cuantía si existe una sanción previa por alcohol en el último año. ¿Puedo pedir un análisis de sangre? Sí, es posible solicitarlo como contraste de las pruebas de aire. Se debe pedir durante el propio control siguiendo el procedimiento reglamentario. La obligación de someterse a la prueba inicial no anula este derecho, pero la negativa previa a soplar puede considerarse delito. El límite legal no es una referencia de consumo Las tasas actuales sirven para identificar la sanción, pero no para calcular cuánto se puede beber. Para evitar multas, pérdida de puntos o accidentes, la única decisión segura es separar por completo el alcohol de la conducción. Ante un expediente abierto, es necesario revisar minuciosamente la categoría del conductor, las mediciones y el atestado antes de decidir entre el pronto pago o la presentación de alegaciones. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/conoces-multas-por-alcoholemia-guia-dgt-no-perder-puntos-ecn_330228_102.html
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La equivalencia entre aire y sangre no implica que el conductor pueda elegir el tipo de prueba: el control habitual se realiza mediante aire espirado. La DGT detalla de qué factores depende la alcoholemia, aunque ninguna tabla de bebidas permite calcular con tota l seguridad el resultado individual. Multas y puntos por alcoholemia: tabla vigente La sanción se determina según el límite personal y el resultado confirmado. Un conductor general entra en el primer tramo sancionador al superar los 0,25 mg/l; uno novel o profesional, al superar los 0,15 mg/l. En los valores limítrofes y en cualquier expediente, es fundamental revisar las mediciones exactas que constan en el boletín. La siguiente tabla resume la vía administrativa. La cuantía de 1.000 euros también se aplica a quienes hayan sido sancionados por alcoholemia en el año inmediatamente anterior, con la pérdida de puntos correspondiente al resultado obtenido. Conductor y resultado en aire Multa Puntos General: más de 0,25 hasta 0,50 mg/l 500 € 4 General: más de 0,50 hasta 0,60 mg/l 1.000 € 6 Novel/profesional: más de 0,15 hasta 0,30 mg/l 500 € 4 Novel/profesional: más de 0,30 hasta 0,60 mg/l 1.000 € 6 Reincidencia en el último año 1.000 € 4 o 6 según tasa Más de 0,60 mg/l Vía penal Privación judicial Por lo general, las multas administrativas de tráfico pueden beneficiarse de una reducción del 50% por pronto pago dentro del plazo legal. Acogerse a esta reducción implica renunciar a presentar alegaciones en el procedimiento ordinario. Ante cualquier duda sobre la prueba, el dispositivo, los tiempos o la identificación, se recomienda revisar el expediente antes de realizar el pago. La detracción de puntos se hace efectiva cuando la sanción es firme. Es aconsejable informarse sobre el funcionamiento del carné por puntos de la DGT en 2026, ya que la multa económica, la pérdida de puntos y la privación judicial son consecuencias de distinta naturaleza. ¿Cuándo la alcoholemia pasa a ser delito? El artículo 379.2 del Código Penal castiga la conducción con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre. Las penas pueden incluir prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. En todos los supuestos, se impone la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. No es imprescindible alcanzar los 0,60 mg/l si la acusación demuestra que se conducía bajo la influencia del alcohol. El atestado puede incluir como prueba maniobras irregulares, accidentes, dificultades en el habla o la coordinación, y otros signos externos observados por los agentes. La normativa sobre quiénes deben someterse a las pruebas de alcoholemia establece que pueden ser requeridos aquellos implicados en un accidente, quienes presenten síntomas de embriaguez, quienes cometan una infracción o sean seleccionados en controles preventivos. Un agente de la Guardia Civil en un control de alcohol y drogas en carretera. ¿Cómo se realiza el control y qué derechos tiene el conductor? La primera prueba suele efectuarse con un etilómetro de muestreo. Si el resultado es positivo o existen síntomas, se realiza una segunda prueba con un aparato evidencial autorizado, dejando transcurrir al menos diez minutos entre ambas. El agente informará al conductor de su derecho a formular observaciones y a contrastar el resultado mediante análisis clínicos. La prueba de contraste no debe utilizarse para retrasar el proceso. El interesado deberá aportar la muestra en el centro sanitario indicado y podría tener que abonar su coste previamente; si el resultado es negativo, el importe se devuelve. El atestado debe reflejar los horarios, los resultados y los datos técnicos del aparato. Asimismo, se puede solicitar que consten alegaciones o incidencias relevantes. Las guías orientativas sobre el consumo de alcohol no deben tomarse como un margen seguro para conducir. La única tasa segura que recomienda la DGT es 0,0, dado que factores como el s..o, el peso, la ingesta de comida o el metabolismo varían drásticamente el resultado. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/conoces-multas-por-alcoholemia-guia-dgt-no-perder-puntos-ecn_330228_102.html
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1 de agosto de 2026 ¿Conoces las Multas por Alcoholemia en 2026? Guía DGT para no perder puntos No te arriesgues: descubre cómo la DGT controla el alcohol al volante y las graves consecuencias en 2026. Multas en 2026 por tasa de alcoholemia según la DGT Conocer la normativa sobre las tasas de alcoholemia es muy importante para cualquier conductor que desee circular con total seguridad y evitar sorpresas desagradables al volante. La DGT establece umbrales muy específicos que varían según el tipo de conductor, y superar estos márgenes conlleva sanciones que pueden ir desde una multa administrativa hasta graves consecuencias penales. En este artículo, detallamos los límites vigentes para 2026, desglosando qué implica cada tasa en términos de puntos y cuantía económica. Sigue leyendo para descubrir cómo se clasifican los conductores, qué sucede en caso de reincidencia y por qué entender estas mediciones es fundamental antes de ponerte en marcha. Análisis de la normativa y sanciones por exceso de alcohol Tasas máximas de alcoholemia según el tipo de conductor El Reglamento General de Circulación distingue entre conductores generales, noveles y profesionales. La tasa profesional se aplica, entre otros, a vehículos de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, transporte de viajeros de más de nueve plazas, servicio público, transporte escolar, de menores, de mercancías peligrosas, de urgencias y transportes especiales. La sanción por conducir con exceso de alcojol se determina según el límite personal y el resultado confirmado. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/conoces-multas-por-alcoholemia-guia-dgt-no-perder-puntos-ecn_330228_102.html
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Qué multa implica saltarse una señal de prohibido el paso No existe una única sanción. La denuncia debe describir la conducta concreta. Los escenarios varían desde infracciones graves a muy graves con pérdida de puntos. Conducta Consecuencia orientativa Puntos Desobedecer una señal reglamentaria de acceso Habitualmente 200 € como infracción grave No siempre conlleva puntos Circular en sentido contrario o por un carril prohibido 500 € como infracción muy grave 6 puntos Acceder sin permiso a una ZBE Habitualmente 200 €; depende de la regulación aplicable En general, sin puntos Generar además conducción temeraria o peligro concreto Puede haber otra calificación administrativa y, en supuestos extremos, responsabilidad penal Depende del hecho acreditado Invadir el sentido contrario, incluso durante pocos metros, no debe confundirse con el mero error de acceso. El aviso sobre circular en sentido contrario y la sanción de 500 euros ilustra el supuesto que puede restar seis puntos. Plazos y procedimientos de pago En el procedimiento abreviado hay 20 días para pagar con una reducción del 50 %, lo que implica renunciar a las alegaciones ordinarias. Si no se ha recibido correctamente la notificación, conviene saber cómo consultar multas pendientes de la DGT o del ayuntamiento. Dejar pasar el plazo puede eliminar la reducción y abrir la vía ejecutiva. Cómo actuar si entras por error Si entras por error, no frenes de golpe. Busca un lugar seguro para salir o cambiar de dirección conforme a las señales. Si recibes una denuncia y crees que la señal estaba tapada, girada, era contradictoria o tu matrícula estaba autorizada, reúne pruebas fechadas: fotografías desde la trayectoria real, resolución de autorización, ficha del vehículo y ubicación exacta. “No la vi” o “me llevó el GPS” rara vez basta sin una circunstancia objetiva acreditable. Preguntas frecuentes sobre la señalización de prohibido el paso ¿Qué diferencia hay entre circulación prohibida y entrada prohibida? La R-100 cierra la circulación de vehículos en ambos sentidos de la vía, salvo las excepciones que indique un panel. La R-101 impide entrar desde el lado en que está colocada, normalmente porque al otro lado el tráfico circula en sentido opuesto o existe un acceso separado. En ambos casos hay que leer los paneles inferiores y atender a órdenes temporales o de agentes. ¿Saltarse una señal de prohibido el paso quita siempre puntos? No. Desobedecer una señal reglamentaria puede sancionarse habitualmente con 200 euros sin que exista una detracción automática de puntos en todos los casos. La pérdida de seis puntos aparece cuando la conducta se califica, por ejemplo, como circulación en sentido contrario o por un carril prohibido. La denuncia y la resolución deben indicar el precepto y la conducta concreta. ¿Puedo entrar si soy residente, repartidor o cliente de un garaje? Solo si la señal, el panel complementario o la regulación local incluyen esa excepción y cumples sus condiciones. Algunas zonas exigen registrar previamente la matrícula, limitan el acceso a determinadas horas o diferencian residentes, servicios y carga y descarga. Llevar un pedido o tener una reserva no sustituye una autorización. Conviene consultar la ordenanza y conservar el justificante. ¿Se puede recurrir una multa si el GPS indicó esa calle? El navegador no anula la señalización real y su indicación, por sí sola, no suele justificar el acceso. Sí puede tener sentido alegar cuando existe una autorización válida, un error de matrícula o una señal ausente, oculta o contradictoria que pueda probarse. Hay que aportar fotografías, documentos y localización precisa, y decidir antes de pagar con reducción porque el pronto pago cierra la vía ordinaria de alegaciones. Leer la señal completa evita el error más costoso Leer la señal completa evita el error más costoso. Identifica si la prohibición es general, direccional o limitada a tu tipo de vehículo. Si no puedes confirmar que el acceso está permitido, continúa por una ruta alternativa. Es más seguro y normalmente más barato que confiar en una excepción inexistente o intentar corregir la maniobra de forma brusca. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/no-te-equivoques-senales-prohibido-paso-todo-conductor-debe-conocer-y-sus-multas-ecn_330425_102.html
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3 de agosto de 2026 ¡No te equivoques! Las señales de prohibido el paso que todo conductor debe conocer (y sus multas) Más allá del disco rojo: Diferencia entre R-100 y R-101, ZBE y las sanciones que te esperan si no las respetas. ¿Cuándo podemos encontrar la señalización de prohibido el paso? La señalización de prohibido el paso no se limita al conocido disco rojo con una franja blanca. El catálogo español distingue entre una vía cerrada a la circulación, una entrada vetada desde un sentido concreto y restricciones que solo afectan a determinados vehículos, mercancías, pesos o dimensiones. Confundirlas puede llevar a una maniobra peligrosa y a una sanción. La consecuencia tampoco es siempre la misma. Desobedecer una señal reglamentaria suele encajar en una infracción grave, pero circular en sentido contrario o por un carril prohibido puede acarrear sanciones de mayor cuantía y la pérdida de puntos en el carné de conducir. Diferencia entre las señales R-100 y R-101 Las dos son señales circulares de prohibición, pero no ordenan lo mismo. Su posición y la dirección desde la que se observan son esenciales para interpretar el acceso. R-100: circulación prohibida en ambos sentidos La R-100 prohíbe circular a toda clase de vehículos por la vía en ambos sentidos. Suele delimitar calles reservadas o tramos cerrados. Si debajo hay un panel, como “excepto residentes”, la excepción debe leerse antes de entrar. R-101: entrada prohibida desde ese lado La R-101 impide acceder a cualquier vehículo desde el sentido en el que se encuentra, aunque la calle pueda admitir tráfico desde el extremo opuesto. Es habitual en calles de sentido único. El catálogo de señalización fue actualizado con entrada en vigor el 1 de julio de 2025 y sustitución física progresiva. Este repaso a las nuevas señales de tráfico ayuda a identificar los cambios sin interpretar que las señales anteriores perdieron validez de un día para otro. Prohibiciones de acceso según vehículo o mercancía Otras señales conservan el círculo blanco y el borde rojo, pero incorporan un pictograma. La prohibición afecta únicamente al usuario representado. La tabla reúne las más útiles para distinguirlas: Clasificación de señales por usuario Señal A quién impide entrar Qué conviene comprobar R-102 Vehículos de motor No equivale a cerrar el paso a todos los usuarios R-103 Vehículos de motor, salvo motocicletas de dos ruedas sin sidecar La excepción está en el propio significado R-104 / R-105 Motocicletas / ciclomotores Identificar bien el pictograma R-106 / R-107 Vehículos destinados a mercancías / los que superen la MMA indicada Uso, categoría y masa autorizada R-108 a R-110 Vehículos con mercancías peligrosas, explosivas o contaminantes Carga transportada y señal concreta R-114 / R-116 Ciclos / peatones La restricción se dirige al usuario representado Un turismo no queda afectado por una R-106 dirigida a mercancías. En la R-107 importa la masa máxima autorizada (MMA) que figure en la señal, no el peso real del momento. Ciclistas y peatones también deben respetar las señales que les afectan. Las normas y sanciones básicas para ciclistas recuerdan que circular en bicicleta no elimina la obligación de obedecer semáforos y señalización vertical. R-200 y límites de peso o dimensiones R-200: detenerse antes de continuar La R-200 ordena detenerse en un control, aunque la barrera esté levantada. El conductor debe parar en el punto señalado y continuar solo cuando se le permita. R-201 a R-205: acceso condicionado por el vehículo Las señales R-201 a R-205 limitan masa, longitud, anchura y altura. La cifra inscrita es el umbral que no debe superarse, siendo vitales para vehículos de grandes dimensiones. Intentar pasar “por poco” bajo un gálibo insuficiente puede causar daños estructurales y bloquear la vía. Si existe duda, detente en un lugar seguro y busca un itinerario autorizado; nunca midas ni maniobres ocupando la calzada sin protección. Paneles complementarios, ZBE y señales temporales Un panel inferior puede acotar horarios o autorizaciones. “Excepto autorizados” exige un permiso válido; el navegador no crea una excepción legal por sí solo. La R-120 regula el acceso conforme a criterios ambientales y suele acompañarse de información adicional. La explicación sobre la señal de las zonas de bajas emisiones muestra por qué hay que comprobar distintivo, municipio y posibles autorizaciones antes de entrar. Prioridad ante contradicciones Se aplica la prioridad reglamentaria: órdenes de agentes, señalización circunstancial, semáforos y señales verticales. Entre señales iguales, prevalece la más restrictiva. Por eso, una indicación de un agente puede permitir o impedir el paso aunque la señal fija diga otra cosa. Esta guía sobre la prioridad de las órdenes de los agentes explica el orden que debe seguir el conductor. FUENTE: https://www.autopista.es/noticias-motor/no-te-equivoques-senales-prohibido-paso-todo-conductor-debe-conocer-y-sus-multas-ecn_330425_102.html
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Audi A5 Avant e-hybrid 2025 - DEMASIADOS PROBLEMAS SIN SOLUCIÓN
ghostrider respondió a una discusión en Audi A5 / A5 SB (A partir de 2016)
Buenos dias, aunque prefiero ser cuidadoso con mi respuesta os resumo brevemente. El historial de mi coche es brutal, con solo 25.000km esta inmovilizado desde el 11 de Mayo. Acumula mas de 4 meses en taller entre todas las veces que lo he tenido que llevar, un coche con solo 10 meses. Despues de muchas llamadas, esperas y consultas, y cuando digo muchas, creedme que son muchas, han querido hacer una nueva prueba la semana pasada con la actualizacion 3.11 KD2, pero ha fallado la carga por error de una de las centralitas. Es lo que tengo a fecha de hoy. - Ayer
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que bueno, nueva generación y el eHybrid, siempre tuve dudas sobre esta motorización en particular y también sobre la prueba dinámica en carretera secundaria y sus consumos
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vurren empezó a seguir Problema batería 48v y Actualización del MMI y Electrónica en MY26
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POICreator (creación de "destinos especiales myAudi")
maherran responde a maherran de discusión en Car Audio / Navegadores
¿Qué no se hace por un hijo? -
Audi A5 Avant e-hybrid 2025 - DEMASIADOS PROBLEMAS SIN SOLUCIÓN
nacho97 respondió a una discusión en Audi A5 / A5 SB (A partir de 2016)
Buenas a todos, En mi caso, es cierto que los errores se han reducido, pero ahí siguen. Sobre todo el maletero y la disponibilidad del asistente de control de velocidad, que a veces no aparece en el cuadro de instrumentos. Por "suerte", hay dos maneras de resetear estos dos errores de forma temporal, en el caso del maletero hay que pulsar a la vez, durante 5 segundos, el botón de apertura y el botón de cierre, hasta que suene un pitido, cerramos el maletero y lo abrimos y cerramos un par de veces más. En cuanto al control de velocidad, lo que hay que hacer es abrir todas las puertas y el maletero del coche y, después, cerrarlas una a una, encender y listo. Es lamentable que ocurra esto, pero es lo que tenemos a la espera de la nueva actualización que, por cierto, ya se está empezando a desplegar y en principio aborda estos problemas. Se espera que en Europa nos empiecen a llamar a taller a partir de Septiembre, pero en USA ya se ha desplegado. Por lo demás, también he sufrido el "fallo" del freno de parado (tuve que parar el coche en un arcén, manda coj...., lo apagué, esperé unos 10 minutos, y se solucionó) y algún problema puntual con el identificador de señales de tráfico. Desde la actualización, he sufrido un par de veces el clásico error en cascada de los ADAS, que también se soluciona al apagar el coche durante un rato. En fin, un despropósito...... voy a esperar a la nueva actualización que, por lo que dicen en foros americanos, parece que está funcionando bastante bien, aunque por lo visto no elimina del todo los errores, todavía hay alguno menor, aunque sí los más gordos. Según me cuentan también desde el taller, AUDI piensa cerrar este ciclo de incidencias en nuestra plataforma con el lanzamiento de otra actualización más (KD3) para principios de 2027. Por ahora no contemplo emprender acciones legales de ningún tipo, aunque entiendo perfectamente a los que lo habéis hecho; por mim parte, voy a esperar a ver cómo funciona la siguiente actualización. A partir de ahí, ya veré. En fin compañeros, esta es la historia. Esto parece el Aston Martin-HONDA de Fernando Alonso....humor que no falte. Mucho ánimo a todos, disfrutad aquellos que tengáis vacaciones y un saludo -
javitode se unió a la comunidad
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Audi A5 Avant e-hybrid 2025 - DEMASIADOS PROBLEMAS SIN SOLUCIÓN
elmonje respondió a una discusión en Audi A5 / A5 SB (A partir de 2016)
el mio es el diesel 204cv quattro y tambien consume aceite, y como de costumbre la casa dice que es lo normal,no te jode!! el A7 anterior a este era diesel 231cv quattro tambien y ni gota consumia,son la pera estos de Audi,cada vez peor, espero que a vosotros os vayan solucionando las cosas,yo tendre que plantearme lo mismo que el compañero Paskal, estoy a la espera que me digan los abogados de la OCU, contratare un particular. Un saludo a todos -
POICreator (creación de "destinos especiales myAudi")
eklalj responde a maherran de discusión en Car Audio / Navegadores
Un crack! Sigue al pie del cañón manteniendo a su “hij@“, a pesar de hacer años que no tiene un Audi. Solo por que la comunidad pueda seguir disfrutando de ello. -
Gracias
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Ayer yendo por carretera noto de pronto la palanca del cambio se suelta..... .. tenia tercera metida y en esa se ha quedado , asi que grua y al taller . a3 1.9tdi de 2002
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Audi A5 Avant e-hybrid 2025 - DEMASIADOS PROBLEMAS SIN SOLUCIÓN
Jose del Olmo respondió a una discusión en Audi A5 / A5 SB (A partir de 2016)
Es el de 204 CV diésel…, yo también lo veo bastante elevado la verdad, he leído que hasta los 40.000km puede ser pero yo q sé ya no me fío, aunque como ya he dicho, que todo sea eso…….. -
POICreator (creación de "destinos especiales myAudi")
alagar27 responde a maherran de discusión en Car Audio / Navegadores
Muchas gracias maherran por tu labor -
POICreator (creación de "destinos especiales myAudi")
maherran responde a maherran de discusión en Car Audio / Navegadores
Por error, confundí la 4.5 con la 4.3, que es la que efectivamente no llegó a publicarse, así que estoy trabajando en la V 4.5, según detalle: V 4.3: · Corrección de errata en la gestión de los nombres de categorías, debido al uso de mayúsculas y minúsculas (esta versión no llegó a publicarse oficialmente). V 4.4: · Corrección de errata en la gestión de los nombres de categorías (viene de la V 4.3, que no llegó a publicarse oficialmente por haber afectado a un único usuario). · Cambio en la gestión de descarga de radares, pasando a www.laradiobbs.net. Esta web exige registro para poder descargar, e impide hacer 2 descargas consecutivas en un plazo inferior a 60 segundos. · Nuevas agrupaciones de ficheros de radares, usando las categorías provenientes de la V 4.2, y agrupando los nuevos ficheros de radares incorporados a consecuencia del cambio de proveedor de descargas. · Nuevos iconos de radares añadidos para las nuevas categorías. · Corrección de errata en la gestión de ficheros, que en versiones anteriores no contemplaba la posibilidad de que se cancelasen ficheros en nuevas actualizaciones de descargas. · Gestión optimizada de tablas. · Gestión de medios externos para grabación adaptada a Windows 11. · Optimización de la gestión de ficheros externos de configuración. · Se incluyen dentro de la aplicación 6 configuraciones para poder ser cargadas a voluntad. · A partir de esta versión, desaparece la variante con Java. Se mantienen las versiones para Windows, Mac y Linux, y se implementan nuevas modalidades de instalación, no siendo ya necesario desinstalar la versión previa existente (caso de existir), pero sí aconsejable guardar el fichero de configuración de la versión anterior (si fuese el caso) antes de efectuar la instalación, con el fin de poder recuperarlo a posteriori. · Cambio a JDK11 para desarrollo. · Cambio a JDK17 para compilación. V 4.5: · Cambio en la contraseña del fichero de radares descargado de www.laradiobbs.net. · Adaptación de categorías al cambio efectuado en la base de datos de origen. Volveré cuando tenga las compilaciones efectuadas. El manual ya recoge los cambios de la V 4.5. -
moniadri se unió a la comunidad
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Problema batería 48v
Javier Barea Egaña responde a vurren de discusión en Audi Q5 (A partir de 2024)
si mi Post sobre el S5 en el foro de las cinco lo tienes explicado. Pero los últimos tiempos no pasaban ni 3 km para que me saltara todo. A diario cada vez que cogía el coche Inicialmente la ocasional y solo en distancias largas -
Dónde y cuándo te pasó?
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Buenas Javier, ¿Dónde te pasó? ¿A qué concesionario lo llevaste? Y en qué fecha te pasó? No sé si tuviste el mismo problema de falta de stock y sin fecha de entrega prevista. Por lo menos este viernes pasado tuvieron la decencia de darme un coche de sustitución a través de una empresa de alquiler.... Pero un mes sin coche y sin saber cuánto va a durar. Lamentable todo.
- La semana pasada
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Regeneraciones excesivamente largas, que puede ser??
jufecam responde a jufecam de discusión en Mecánica Audi A4 B9
También lo he hecho, varias veces regenerando y sin regenerar, y no ha servido de nada. -
Buenas, ¿Qué modelo es de pantalla concretamente? Yo la tengo una Nunoo también montada pero nunca me ha pasado nada de eso siempre ha respondido la entrada táctil y todo genial desde el momento que arranca ya sea desde suspensión o desde 0. Yo en mi caso es una pantalla del 2023 de 12.3"con un qualcomm 665. Si es cierto que en mi caso el tasker tiene configurado 1-2 segundos de delay desde que arranca la pantalla para lanzar las apps como es el launcher alternativo, navegadores, reproductor de música que uso y resto de apps. Un saludo!
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POICreator (creación de "destinos especiales myAudi")
Draekhar responde a maherran de discusión en Car Audio / Navegadores
Justo estaba descargándome los radares y ya veo que esta identificado el problema a ver si con suerte da tiempo para dejarlos actualizados una vez más. La verdad es que si que es un rollo que cierren la fuente de los radares, además que le daba uso para otro GPS que anda por casa... A ver si encontramos algún otro interesante que pueda ser de utilidad. Gracias @maherran por tu currazo con la app como siempre
