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Kastor

Socio 2024
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Todo lo publicado por Kastor

  1. Puedes estar tranquilo, tu amigo te asesoró perfectamente, no porque no pueda existir estafa, sino porque por estos hechos es mucho más práctica y efectiva una demanda civil, en su caso.
  2. Todas las marcas premium y especialmente las alemanas son poco dadas a los cambios radicales, no pensando en los actuales propietarios de los modelos que substituyen, sino por el tipo de cliente al que van dirgido en general. Como contrapunto están las marcas francesas (por ejemplo Renault con el Mégane) en la que cada modelo nuevo es muy diferente al anterior. Respecto las fotos como ya se ha dicho las únicas que son "reales" son las primeras, las de los enlaces son meros photoshops, y pongo "reales" entre comillas, porque la foto se corresponde a un coche real, pero es imposible afirmar que se trate del nuevo A4. Yo también creo que será un A6 pequeño, ya que con cada generación Audi asemeja más sus distintos modelos. Al final, será el mismo coche con distinto tamaño <_<
  3. El filósofo es Sócrates. Yo estoy seguro que con lo que estás practicando, no te queda mucho para llegar al nivel de Nacho & company :claugh:
  4. Tiene de malo que al no tener regulación automática los faros puedes ir deslumbrando, molestando a los demás conductores e incluso puedes llegar a provocar un accidente.
  5. Perfectamente prescindible. La única diferencia entre llevarlo o no es que si lo llevas lo conectas cuando arrancas y ya está, y si no lo llevas, tienes que frenar el coche con el freno de mano cada vez que quieras salir sin dejar caer el coche.
  6. Ir con xenon y sin regulación automática de altura y lavafaros es ilegal, además de un peligro, porque puedes ir deslumbrando a los demás.
  7. Me parece que no has entendido nada. No se trata de ninguna “batallita” para ver quien sabe más y sinceramente me la suda lo que opines tú o cualquier otro sobre si sé más o menos de las cosas sobre las que opino. Me gano la vida con ello, y para mí ya es suficiente, y aunque a ti, desde fuera, te pueda parecer que estamos discutiendo al mismo nivel, nada más lejos de la realidad. Si intervengo es porque se me quedan los ojos como platos viendo como hay gente que se dedica ir post tras post dejando ir SANDECES que si nadie rebate pueda alguien tomarlas como ciertas. Si lo quieres entender bien, y sino tendré que darte la razón en lo de “cortito”.
  8. Si está a la altura de la rueda del conductor puede ser también el líquido limpiaparabrisas. Comprueba el nivel.
  9. No vale la pena discutir contigo. Pese haberlo puesto de manifiesto en varias ocasiones, sigues en las mismas y aférrandote a ello, pese haber tirado de google -véase lo de las sociedades de formación sucesiva, que yo también me juego el bigote a que no tenías ni idea de lo que eran antes de leer mi respuesta-, pero sin llegar a entender lo que escribes. Y ese es el problema, que lo que tú mismo ya describes como opinión no debería ser tal, sino información contrastada y con fundamento, para evitar que la gente se confunda, ya que la vehemencia con la que lo expresas parece que sepas de lo que estás hablando, cuando la realidad es otra.
  10. Como he comentado antes, las reclamaciones de menos de 2.000 € no comportan condena en costas -excepto las reclamaciones por impago de las cuotas de comunidad de propietarios-. Además, en cualquiera de los casos, las costas están limitadas a 1/3 parte de la cuantía del proceso para el caso de abogado y otros profesionales que no estén sujetos a aranzel. Para el procurador no hay límite.
  11. Una reclamación de 1.500 € no comporta condena en costas porque la intervención de abogado y/o procurador no es preceptiva sino voluntaria, como tú mismo indicas. Sobre la barbaridad de lo de la SL, sólo decir que 3.000 € es el capital mínimo -aunque puede constituirse incluso con menos-, pero no supone ningún límite para poder reclamar. Por favor, debéis estar mínimamente seguros de lo que vais a escribir, ya que vuestros comentarios pueden llevar a confusión a quien lo lee.
  12. Por ahí sí que no paso... unos neumáticos usados, no sé, pero unos calzoncillos usados jamás... :rofl: :claugh: :claugh: :claugh:
  13. No existe el s-line interior. Lo que denominas como s-line interior se llama "paquete deportivo s-line".
  14. La correa no toca hasta los 180.000 Km. o 10 años.
  15. Kastor

    FORERO ESTAFADOR

    No siempre se archiva. Creeme.Por otro lado, debe al mismo tiempo, presentar denuncia formal en juzgado o lugar policial. Me llama la atencion lo que dices sobre las denucias por incumplimiento de contrato (que es conveniente que lo haga tambien). Desconocia la obligatoriedad de presentarlas en el lugar de residencia del demandado... Seguro que es asi? . Ejemplo : Si se produce un incumplimiento de contrato, en donde el comprador esta en España y el vendedor en la punta mas al sur de Portugal ( por no decir China o algun lugar lejano) Tiene el comprador que desplazarse a Portugal para presentar denuncia???? Me extraña. Bueno, si me haces el favor de confirmarmelo y / o donde esta recogido te lo agradezco. Haber si lo consulto mañana en el trabajo de todas formas. No siempre se archivará, gracias a dios, pero es lo más fácil en estos casos. Por lo civil se puede presentar como monitorio que en caso de oposición se transforma en verbal. Como digo hasta 2000 euros están exentos de tasas y no es necesario ni abogado ni procurador, pero se debe presentar en el lugar de residencia del demandado. Cuando se trata de una empresa puede ser cualquier localidad en la que tengan alguna actividad. Si compras directamente a China me temo que de querer demandar a esa empresa, salvo la circunstancia que dije anteriormente, tendrías que presentarla allí, lo que está claro que es antieconómico en la mayoría de los casos. Confirmártelo queda confirmado y la base la puedes encontrar en la Ley de Enjuiciamiento Civil, no recuerdo el artículo, pero es donde se establece la jurisdicción en todos los procedimientos civiles entre otras muchas cosas, claro y es como te digo sin duda. Gracias por la info. Es bueno saberlo. Respecto a si se archiva o no un delito de estafa en donde los medios son telematicos no depende de su "facilidad" para hacerlo, si no de una investigacion previa que se inicia una vez es comunicado y denunciado el mismo. De esa investigacion inicial y breve, QUE SIEMPRE SE REALIZA , depende la viabilidad de iniciar un proceso contra el denunciado. Lo que suele ocurrir, es que la gente "pasa" literalmente de denunciar y /o comunicar tanto a la GDT como a la BDT la existencia de posibles delitos telematicos. Hay que denunciar SIEMPRE. Empiezo por el final. Hay que denunciar SIEMPRE, estoy contigo. Respecto a si se trataría de un delito de estafa, no lo sabemos, porque no nos ha dicho lo que ha pagado por el cacharro. Hasta 400 lereles sería una falta, no un delito. El archivo pienso que vendría porque el ámbito penal es la última ratio y si algo se puede resolver por otro cauce, suelen archivarlo, salvo que sea claro y evidente el dolo. Si no hubiese recibido nada a cambio del dinero, o hubiese recibido una piedra... sin duda sería una estafa, lo que puede suceder en este caso es que el vendedor defienda otra cosa, tampoco quiero dar ideas, y acabe archivado porque en esencia lo que ha habido es una falta de conformidad con el contrato que acordaron y eso es un asunto civil. Por favor, para no crear más confusión tratad de dar información de la que estéis completamente seguros. Un juicio monitorio no es para nada aplicable a este caso, ya que sólo se pueden reclamar por este cauce facturas impagadas. Pese a la nimiedad del importe, la acción sí puede calificarse como falta de estafa, ya que por el relato, si el mismo es verdad, queda claro que existía un ánimo de engañar para obtener el dinero. También es posible la reclamación por la vía civil, por no corresponder lo vendido con lo ofertado, e incluso por saneamiento por vicios ocultos, pero nunca por juicio monitorio.
  16. Kastor

    Mountain Bike

    Pues sí, aprovechando el cambio de temporada he podido localizar una Epic Comp Carbon de 2013 en talla XL que quedaba en stock -algo no muy frecuente-, y con lo que me ahorrado le he podido poner unas Mavic Crosmaxx ST y una Reverb de 125 mm (pendiente de instalar), que me ayude a bajar un poquito mejor con mi 1,92 de estatura… La verdad es que no la he podido probar mucho, pero en el centenar de kilómetros que llevo ya he pulverizado todos los registros de mi ex Stumpjumper FSR de 26” en las rutas de cerca de casa. Eso sí, habrá que acabar de acostumbrarse a la geometría de la Epic, ya que los primeros días he acabado con molestias en las lumbares y es que en comodidad, gana la Stumpy por goleada, pero en prestaciones la Epic está a otro nivel.
  17. Si el cambio de lunas lo cubre el seguro, id siempre al servicio oficial. Os evitaréis muchos disgustos.
  18. Cuando arrancas el coche, en los primeros metros se hace una comprobación del ABS que suena como un chasquido. Si es eso es completamente normal, ya lo hacía mi A4 del 2003.
  19. En mi caso la prueba de compresión fue concluyente, ya que fallaban todos los cilindros, aunque en distinta proporción.
  20. Hasta que no sopla bien el turbo recuerda que llevas un 1.8 gasolina para 1.500 Kg. No esperes los bajos de un Scania R730 :lmfao:
  21. Un abrazo bien grande, compañero. Muchos ánimos.
  22. El compañero ha comentado que la compresión está correcta, por lo que no tiene nada que ver con el problema del 3.2.
  23. En mi coche va a la izquierda y no a la derecha.