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    • Con este nuevo sistema, en caso de aprobarse finalmente, si un vehículo queda inmovilizado, los agentes de Tráfico o la propia plataforma digital podrán priorizar y llamar de manera automática a la grúa privada más cercana al lugar del incidente, en lugar de esperar a que la aseguradora localice y envíe a su propio proveedor concertado.     Ante este proyecto, los clubes automovilísticos RACE y RACC han respondido ya a la DGT, considerando problemáticos los hipotéticos nuevos requisitos.     Las asociaciones argumentan que una alta demanda o la complejidad de las operaciones podrían ocasionar mayores demoras, incluso cuando la asistencia ya esté organizada.     Por su parte, la asociación de aseguradoras UNESPA también confirma que la supervisión de la asistencia en carretera estipulada en los contratos es responsabilidad del regulador de seguros, mientras que las asociaciones de asistencia en carretera Alianza y REAC temen que las aseguradoras y las autoridades puedan llegar a enviar una grúa distinta cada una al mismo vehículo.     Por ello, solicitan que se coordinen los servicios en curso y la disponibilidad de vehículos, y que el factor decisivo para determinar la urgencia sea el peligro en el lugar de la avería: un coche atascado en un carril necesita ayuda más rápidamente que uno que se encuentra en un lugar seguro.                           Un nuevo proyecto de la DGT plantea que el organismo pueda intervenir en la coordinación de las llamadas de auxilio y emergencia.                       La selección de proveedores de servicios también genera controversia en el nuevo proyecto de la DGT.     Según las asociaciones, una declaración jurada de las empresas debería ser suficiente para participar.     Sin embargo, exigen una inspección previa de los equipos, la capacitación del personal y la capacidad para llevar a cabo las operaciones.         Las empresas privadas podrían facturar directamente a los usuarios Eso sí, no esperes que con esta actuación a través de una plataforma pública esté previsto ofrecer asistencia en carretera gratuita por parte del Gobierno.     Las empresas de remolque participantes podrían si se aprueba facturar directamente a los usuarios por sus servicios.     Lo que aún no está claro es si las aseguradoras cubrirían estos costes de forma total o parcial.     Conocido finalmente el proyecto, y como conclusión, la Alianza Nacional de Auxilio en Carretera y la Red de Empresas de Auxilio en Carretera (REAC) ha pedido directamente a la DGT que retire o cambie su propuesta de intervención como intermediario público de auxilio porque consideran que no garantiza más seguridad ni rapidez en el sector.     La organización ya ha presentado ante la DGT todas sus alegaciones al proyecto de Instrucción MOV 2026/07.     Veremos finalmente cómo se resuelve el proyecto.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-planea-ya-nacionalizar-asistencia-servicio-gruas-en-carretera-en-espana_333813_102.html
    • 5 de octubre de 2026         La DGT, ¿planea ya nacionalizar la asistencia y el servicio de grúas en carretera en España?     Tal y como ha trascendido ya, la DGT planea crear un sistema público de retirada de vehículos en España cuando se detecten ineficiencias del sector asegurador privado.   Pero, ¿significa realmente una nacionalización del sector?   Aseguradoras, clubes automovilísticos y empresas de remolque critican la propuesta y exigen su retirada.                                             La DGT, planea ya nacionalizar la asistencia y el servicio de grúas en carretera en España. Foto iStock                     La noticia está confirmada y, de inicio, llama mucho la atención: la DGT está planificando una plataforma pública digital a través de la cual la Unidad de Tráfico de la Guardia Civil o la oficina de Tráfico correspondiente podrían contratar empresas privadas de asistencia y remolque en carretera.     El procedimiento se denomina "Mecanismo de Retirada de Vehículos", pero, a pesar de la sorpresa y dudas que ha comenzado ya a generar en el sector, las primeras informaciones apuntadas por la DGT desmienten que se trate de una nacionalización total de la asistencia en carretera.     Sin embargo, el rechazo inicial a esta medida ya en estudio viene amparado en que la DGT sí podría intervenir en la coordinación de las llamadas de auxilio y emergencia.     Desde Tráfico se están estudiando actualmente las objeciones realizadas ya por buena parte del sector, por lo que aún no se ha fijado una fecha de inicio ni de aprobación.                         Servicio de grúa en carretera en España.                     Cuándo podría la DGT solicitar el servicio de grúa De momento, en el sector ha trascendido que el borrador en el que trabaja ya la DGT estipula que la autoridad de tráfico podría solicitar un servicio de remolque en hasta cuatro casos en carretera:     Si la compañía de seguros o su servicio de asistencia en carretera no responden en un plazo de 60 minutos tras la solicitud. Si no se dispone de una grúa adecuada a tiempo. Si, debido a un fallo técnico, el servicio de asistencia en carretera no está disponible. Si la compañía de seguros o el servicio de asistencia en carretera se niegan explícitamente a prestar ayuda.       En todos los supuestos, eso sí, la DGT ha querido dejar claro que el plazo se refiere a la respuesta a la solicitud, no a la llegada de la grúa a la emergencia.     Y es que la propio Dirección General de Tráfico ha querido dejar claro que la plataforma pública digital en la que ya trabaja nacería con el objetivo de gestionar de forma más eficiente y segura la retirada de vehículos averiados o accidentados en las vías públicas.         El objetivo de la DGT es poder reducir los tiempos de espera La intención final de la iniciativa es poder reducir los tiempos de espera en el arcén, que se sabe que en muchas ocasiones superan los 45 minutos, así como proteger a los operarios de grúas ante el riesgo de atropellos.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/dgt-planea-ya-nacionalizar-asistencia-servicio-gruas-en-carretera-en-espana_333813_102.html  
    • El nuevo sistema Next Generation eCall, obligatorio en 2027 Otra nueva norma se estrenará a partir del 1 de enero de 2027: solo podrán matricularse en toda la Unión Europea los coches nuevos equipados con el sistema de llamada de emergencia modernizado "Next Generation eCall".     Esta nueva tecnología utiliza las modernas redes móviles 4G y 5G y sustituye al sistema anterior basado en 2G y 3G.     Para los vehículos de nueva generación de las clases M1 y N1, el requisito de instalación está en vigor desde el 1 de enero de 2026.     Los vehículos ya matriculados no necesitan ser adaptados.         Los fabricantes, ya responsables de fallos en las funciones digitales de los coches Otra regulación entrará en vigor a partir de diciembre de 2026 como una normativa revisada sobre responsabilidad por productos defectuosos, que por primera vez extenderá explícitamente su ámbito de aplicación para incluir el software.     Esto significa que los fabricantes ya no serán responsables únicamente de defectos mecánicos o de diseño, sino también de fallos en las funciones digitales de los vehículos.     Esto afectará, entre otras cosas, a los sistemas de asistencia al conductor, el software de control y las actualizaciones inalámbricas.     Si un error de software provoca daños materiales o lesiones personales, se podrán presentar ya reclamaciones contra el fabricante.     La carga de la prueba para los consumidores se facilita al permitir que los tribunales, bajo ciertas condiciones, soliciten acceso a la documentación técnica.                         Desde diciembre, los fabricantes ya no serán responsables solo de defectos mecánicos o de diseño, sino también de fallos en las funciones digitales de los vehículos.                         Todos los cambios en pagos y sistemas de carga de coches eléctricos Por último, y ya a partir también de 2027, los principales cambios en estaciones de carga para coches eléctricos se referirán a las opciones de pago en los puntos de carga rápida más antiguas y a la capacidad de carga de los aparcamientos situados a lo largo de las principales autopistas.     Esto se basa en el nuevo reglamento AFIR de la UE e incluye estas novedades:     Pagos con tarjeta a partir del 1 de enero de 2027: Los puntos de recarga públicos de 50 kW o más, instalados antes del 13 de abril de 2024, deben aceptar pagos con tarjeta si se encuentran en la red de carreteras europea TEN-T o en zonas de aparcamiento seguras.     Requieren un lector de tarjetas o un sistema de pago sin contacto. Los conductores pueden pagar allí sin necesidad de registro previo ni contrato de recarga. Un único terminal es suficiente para varios puntos de recarga. El requisito de adaptación no se aplica a todas las estaciones de recarga rápida antiguas. Para los puntos de recarga de 50 kW o más de nueva instalación, el requisito de pago con tarjeta está en vigor desde el 13 de abril de 2024.     Mayor capacidad de carga para el 31 de diciembre de 2027: A lo largo de la red vial principal europea TEN-T, los parques de recarga para vehículos eléctricos, generalmente planificados cada 60 kilómetros, deben ofrecer una capacidad total de al menos 600 kW en cada sentido. Al menos dos puntos de recarga deben tener una capacidad de 150 kW cada uno. La fase de expansión anterior requería una capacidad total de 400 kW y al menos un punto de recarga de 150 kW.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/mas-nuevas-normas-conductores-partir-2027-5-leyes-tienes-conocer-ya_333818_102.html
    • 5 de octubre de 2026           Más nuevas normas para los conductores a partir de 2027: 5 leyes que tienes que conocer ya     No creas que las nuevas normas para los conductores concluyen con el nuevo Reglamento de Circulación estrenado este octubre.   Otras regulaciones para conductores y otros usuarios de la vía pública entrarán en vigor a partir 2027, provenientes sobre todo de nuevas leyes de la Unión Europea.                                         Más nuevas normas para los conductores a partir de 2027, 5 leyes que tienes que conocer ya                       Si creías que con el nuevo Reglamento General de Circulación que ha entrado en vigor a partir del 1 de octubre, y con importantes nuevas regulaciones para todos los vehículos en España, iban a acabar todas las nuevas normativas para los conductores en los próximos meses, te equivocabas.     Amparados por nuevas leyes europeas, durante 2027 podemos ir preparándonos para más novedades en materia de automóvil.     Y ha llegado el momento de contarte en qué consistirán.         La nueva norma Euro 7 entra en vigor a finales de noviembre En primer lugar, ya a partir del 29 de noviembre de 2026, la nueva norma de emisiones Euro 7 se aplicará inicialmente en la UE a los turismos y vehículos comerciales ligeros de nueva fabricación, y desde finales de 2027 a todas las nuevas matriculaciones de estas categorías.     Para autobuses y vehículos comerciales pesados, la normativa se aplicará a partir de 2028 y 2029, respectivamente.                         La nueva norma Euro 7 penalizará desde ahora también a los coches eléctricos y ya no los valora libre de emisiones.                     Los valores límite para los contaminantes convencionales se mantendrán prácticamente sin cambios; sin embargo, se requerirá una medición más precisa de las partículas ultrafinas a partir de diez nanómetros, que se tendrán en cuenta para todos los motores de gasolina en el futuro.     La normativa Euro 7 también extiende las regulaciones a otras fuentes de emisiones: las partículas de abrasión de neumáticos y frenos también estarán ya reguladas, con límites uniformes a partir de 2035.     Los sistemas de purificación de gases de escape deben demostrar su eficacia durante al menos 160.000 kilómetros u ocho años.     Por su parte, para los coches eléctricos e híbridos enchufables, se establecerán, por primera vez, requisitos de durabilidad para las baterías.     Además, se reforzarán también las medidas de protección contra manipulaciones y el control de datos para permitir la monitorización de las emisiones en la conducción diaria.     Todo ello tendrá por supuesto impacto en los vehículos de nueva compra y adquisición.         Nuevos límites para los pagos de automóviles en efectivo Mientras, a partir del 10 de julio de 2027, otra normativa comunitaria obligará ya a que los concesionarios solo puedan vender vehículos por un valor máximo de 10.000 € en efectivo.     Si el precio de compra supera esta cantidad, el resto deberá abonarse mediante transferencia bancaria o financiación.                         Desde julio de 2027, los concesionarios solo podrán vender vehículos por un valor máximo de 10.000 € en efectivo.                       Esta regulación indicará además que no estará permitido dividir el pago en varias transacciones en efectivo para eludir este límite.     Los concesionarios estarán pues obligados a verificar la identidad del comprador y registrar sus datos para los pagos en efectivo superiores incluso ya a 3.000 €. Sin embargo, el límite de efectivo aplicable en toda la UE no se aplicará a las compras de automóviles entre particulares, siempre que ninguna de las partes actúe con fines comerciales.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/mas-nuevas-normas-conductores-partir-2027-5-leyes-tienes-conocer-ya_333818_102.html  
    • “El arcén es un espacio vital de seguridad, para realizar maniobras o asistencia en una situación de emergencia”, ha declarado el director del SCT, confirmando que, ante un accidente, tiene que estar 100% habilitado y libre por si es necesario atender a heridos o reparar infraestructura dañada.     Según Ramón Lamiel, la medida respaldada por la DGT en el nuevo Reglamento General de Circulación “presenta cierta confusión”, ya que en algunas autovías se permite la circulación de bicicletas por el arcén.     “Si bien el nuevo marco legal de la DGT abre la puerta a que las motocicletas utilicen el arcén en situaciones excepcionales (como retenciones o atascos), el propio texto estatal deja la decisión final en manos de la autoridad de tráfico autonómica que gestiona las competencias en cada territorio”, ha declarado el director del SCT.     Y Cataluña hará uso de este derecho, confirmando su organismo de Tráfico que no aplicará la medida.         El SCT considera que es "un riesgo para la seguridad vial" Lamiel justifica la decisión asegurando que la medida es “un riesgo para la seguridad vial”, y consideran que con su restricción evitarán riesgos innecesarios en su red viaria.     El SCT confirma que la negativa no llega fruto de “un capricho, sino una medida indispensable para garantizar la seguridad de los propios motoristas  y del resto de conductores”.     Según ha trascendido hoy, el SCT contempla ahora otras medidas alternativas.     El organismo de tráfico en Cataluña apuesta en cambio por lo que se conoce como filtrado, que supone que las motos avancen entre los vehículos aprovechando el espacio entre dos carriles.     Según el Servei Catalá de Tránsit, esta iniciativa es que gana más adeptos en muchos países de Europa como Francia, Bélgica, Países Bajos y Reino Unido, que incluso regulan hoy esta práctica.     Desde el SCT denuncian que España es el único estado de la UE que opta en cambio por la circulación de motos por el arcén en caso de atascos en carreteras interurbanas.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/boicot-dgt-motos-no-pueden-circular-por-arcen-en-cataluna-con-multas-200_333837_102.html
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