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    • Obligación de llevar gafas de repuesto en la guantera, ¿un bulo o una normativa de la DGT? Lo primero que hay que destacar es que esta normativa no nace fruto de un bulo, como ocurre con tantas otras inexistentes.     Existir, existió… ¡pero hace casi 30 años!     Y es que la DGT confirma que hubo un tiempo en el que, efectivamente, no llevar gafas de repuesto en la guantera de un coche si las necesitabas para conducir era motivo sin duda de multa por parte de los agentes de tráfico.     De hecho, se consideraba una infracción leve y la sanción era de 2.500 pesetas, que sería hoy equivalente a unos 15 euros, sin contar por supuesto con la inflación, por lo que la cuantía era mucho mayor proporcionalmente.     Sin embargo, a pesar de ser una norma real en los años principalmente 80 y 90, y de ahí la creencia todavía popular de que esta norma sigue en vigor, la realidad es que fue suprimida en el año 1997, tras la aprobación de un nuevo Reglamento General de Conductores.     El motivo principal de esta reforma concreta llegó ante la popularización de las lentes de contacto, es decir, de las lentillas comunes, considerando desde entonces la DGT que carecía de sentido exigir un segundo repuesto de gafas.     Fue a partir de ese cambio de normativa cuando comenzó a estandarizarse los códigos en el reverso del permiso de conducir, cifrado en el 01.01 para conducir con gafas o 01.02 para hacerlo con lentillas, permitiendo incluso que el conductor decidiese su modo de corrección visual preferido.     A pesar de este cambio de normativa, y como ocurre con otras recomendaciones como conducir con chanclas o sandalias, la DGT siguió recomendando en sus manuales de seguridad vial llevar un par adicional de gafas para evitar que en caso de pérdida o rotura de cualquier elemento de corrección visual el conductor pudiera estar preparado para continuar con su desplazamiento.                         Código 01 en el carnet de conducir que regula la obligatoriedad a este conductor de conducir con gafas o lentillas.                         Qué dice ahora la ley en normas de corrección visual para conducir Conscientes de esta realidad a día de hoy,     ¿qué exige ya ahora la normativa en cuanto a corrección visual para conducir?     Actualmente, los conductores cuya agudeza visual binocular no alcance el mínimo legal, que es de 0, 5, están obligados a usar gafas o lentillas al volante, una norma que se recoge legalmente a través del código 01 que debe aparecer en el reverso del carnet de conducir y que indica la obligación y especifica el tipo de corrección de la visión que necesita el conductor.     A partir de ahí, existen diferentes códigos: el 01.01 regula el uso obligatorio de gafas; el 01.02, de lentillas; y el 01.06, cualquier de los dos métodos de corrección.     Si aparece en tu carnet alguno de estos códigos y los agentes de tráfico detectan que no circulas con el elemento obligatorio, la multa se considera infracción grave con penalización de 200 euros, pero sin retirada de puntos del carnet.     En concreto, todo ello llega regulado ya por el artículo 3 del Reglamento General de Conductores que, expresamente, asegura que "el titular de un permiso o de una licencia de conducción, así como de cualquier otra autorización o documento que habilite para conducir, deberá hacerlo con sujeción a las menciones, adaptaciones, restricciones y otras limitaciones que figuren en dicho carné.     En el caso del código 01, circular sin gafas o lentillas puede ser sancionado con hasta 200 euros sin pérdida de puntos”.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/cambios-en-normas-dgt-sobre-si-hay-llevar-gafas-repuesto-obligatorias-en-coche_332799_102.html
    • 18 de septiembre de 2026           Cambios en las normas de la DGT y sobre si hay que llevar gafas de repuesto obligatorias en el coche     La DGT ha confirmado la entrada en vigor en octubre de un nuevo Reglamento General de Circulación, probablemente el más importante de los últimos años.   Sin embargo, algunas creencias populares sobre la obligatoriedad de llevar algunos elementos en el coche hace muchos años que se modificaron.                                       Cambios en las normas de la DGT y sobre si hay que llevar gafas de repuesto obligatorias en el coche                       Ya estamos preparados.     En las últimas semanas os hemos ido contando todas y cada una de las novedades que la DGT incorporará en el Reglamento General de Circulación, que entrará en vigor a partir del 1 de octubre.     La publicación en el BOE el pasado día 26 de junio del Real Decreto 518/2026 aportó toda la información, que sin duda podemos anticipar como la mayor reforma de la normativa en los últimos años.     Entre las grandes novedades que entran en vigor figuran muchas modificaciones en las normas de motocicletas, así como hasta 8 grandes cambios en los adelantamientos.     Además, se estrenará una nueva regulación para los Vehículos de Movilidad Personal que, entre otras cosas, impedirá ya circular con patinete o bicicleta eléctrica a los menores de 15 años.     Muchas normas y cambios con el objetivo prioritario de proteger a los usuarios más vulnerables y para adaptarse a las nuevas realidades de movilidad.     Sin embargo, a pesar de que todas estas modificaciones estén ahora de máxima actualidad, la DGT introduce continuamente reformas en las leyes de tráfico, que no siempre son conocidas o calan entre los conductores.     Y una de las mayores dudas que siguen existiendo, recurrentes en las preguntas de los lectores, tiene que ver con la norma de obligatoriedad de llevar gafas de repuesto en el coche a todos los conductores que las necesiten para conducir.     ¿Sigue vigente?                           La obligatoriedad de llevar gafas de repuesto en la guantera existió en España hasta 1997, cuando la DGT cambió el Reglamento General de Conductores.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/cambios-en-normas-dgt-sobre-si-hay-llevar-gafas-repuesto-obligatorias-en-coche_332799_102.html  
    • La asociación confirma que, a pesar de que los juzgados siguen emitiendo sentencias en contra de sus prácticas de sanción en las ZBE, el Ayuntamiento de Madrid “sigue aplicando el mismo procedimiento una y otra vez, por no acreditar la señalización que exige la propia legislación municipal” y sostiene que “el Ayuntamiento antepone el dinero a la legalidad de sus propios procedimientos”.     Como se puede ya interpretar, los principales motivos por los que los tribunales tumban las multas en las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid radican en que el Ayuntamiento “no cumple con el requisito exigido por la propia legislación municipal, que obliga a acreditar documentalmente la instalación de carteles informativos, en lugares visibles, que avisen a los conductores de la captación y transmisión de datos o imágenes para el control de acceso.     En la práctica totalidad de los procedimientos no se ha aportado documento alguno que demuestre la existencia de la señalización reglamentaria, lo que provoca la nulidad de las sanciones por vulneración de derechos básicos de información y defensa”.                           El Ayuntamiento de Madrid sigue, según Dvuelta, sin cumplir con los requisitos exigidos por la propia legislación municipal para la implantación de sus ZBE.                     Ingresos récord del Ayuntamiento de Madrid en multas Tras los fallos correspondientes a multas en Zonas de Bajas Emisiones, Dvuelta confirma que las sanciones por exceso de velocidad ocupan el segundo lugar en sentencias ganadas por sus abogados, acaparando un 24,25% del total, a las que siguen las denuncias por multas de estacionamiento y semáforo, con un 2,18 por ciento del total.     Según los datos de Dvuelta, a pesar de las miles de sentencias en contra, el Ayuntamiento de Madrid ingresó en multas de tráfico más de 283,2 millones de euros en 2025 ante los aproximadamente 208,5 millones inicialmente presupuestados, generando el mayor desfase en términos absolutos de todas las grandes ciudades españolas, cifrado en un 35,8%.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/aumentan-sentencias-contra-zonas-bajas-emisiones-sus-multas-en-punto-mira_332803_102.html
    • 18 de septiembre de 2026           Aumentan las sentencias contra las Zonas de Bajas Emisiones: sus multas, en el punto de mira     Dvuelta denuncia que más de 7 de cada 10 sentencias judiciales que pierde el Ayuntamiento de Madrid por multas de tráfico corresponden a sanciones en sus Zonas de Bajas Emisiones.   Millones de multas siguen siendo ilegales.                                           Aumentan las sentencias contra las Zonas de Bajas Emisiones, sus multas, en el punto de mira                         No cesan las polémicas entorno a las Zonas de Bajas Emisiones en España.     Si en los últimos meses ya te hemos contado cómo una cadena de 13 sentencias de Tribunales Superiores de Justicia de Cataluña, Madrid, Asturias, Extremadura y Castilla y León, han ido anulando temporalmente Zonas de Bajas Emisiones por defectos en su implantación, y esta misma semana te informamos también de que la Sindicatura de Comptes de Cataluña denunciaba que     solo 6 de los 23 municipios de la comunidad multan de verdad conforme a la ley, hoy es la asociación de defensa del automovilista Dvuelta quien confirma nuevas ilegalidades en estas áreas de protección medioambiental.     En concreto, Dvuelta denuncia ahora que, entre enero de 2025 y agosto de 2026, hasta el 72,5% de las sentencias judiciales que pierde el Ayuntamiento de Madrid por multas de tráfico corresponden a sanciones precisamente mal impuestas en las Zonas de Bajas Emisiones.     El consistorio, de hecho, acumula ya nada menos que 1.835 sentencias desfavorables frente a esta asociación de defensa del automovilista y en hasta el 63,11% de los dictámenes el Consistorio fue condenado al pago de las costas procesales.         "El Ayuntamiento de Madrid no respeta a los Tribunales de Justicia" Dvuelta asegura que en este período de tiempo ha ganado ya más del 90% de los procedimientos interpuestos por sus abogados frente al Ayuntamiento de Madrid, lo que “retrata a una Administración que no respeta a los Tribunales de Justicia” y denuncia también que el Consistorio ni siquiera “comparece en una parte relevante de las vistas de los procedimientos que él mismo origina.     Deja así a los jueces sin contradicción, trasladándoles una carga de trabajo que no defiende y asumiendo unas costas que acaban pagando todos los madrileños”                           Dvuelta ya ha ganado hasta 1.835 sentencias al Ayuntamiento de Madrid respecto a multas en sus Zonas de Bajas Emisiones.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/aumentan-sentencias-contra-zonas-bajas-emisiones-sus-multas-en-punto-mira_332803_102.html  
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