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    • He pedido precio en un taller de granollers que se llama APT group y me pide 425€ por un stage1 para mi 35 tfsi de 2021. No me garantiza que se pueda hacer, que eso lo tienen que ver in situ. ¿Alguien tiene referencias de este taller en  particular o recomienda algún otro por la zona de barcelona?
    • Situaciones en las que no está permitido conducir  sin tarjeta Aunque existen excepciones para circular sin tarjeta tacógrafo, hay circunstancias en las que la  conducción sin ella está completamente prohibida y puede acarrear sanciones graves:     Uso habitual sin tarjeta: Si un conductor de camión conduce sin tarjeta sin estar en uno de los casos justificados, se considera una infracción grave.     Interrupción del descanso: Antes se permitía mover el camión sin tarjeta durante menos de 15 minutos sin afectar el registro del descanso. Actualmente, esta práctica ya no está permitida.     Manipulación del tacógrafo: Intentar aprovechar la "regla del minuto" para evitar registrar tiempos de conducción puede ser detectado por las autoridades y sancionado.           ¿Cuál es la sanción por conducir sin tarjeta tacógrafo? Las multas por no cumplir con la normativa del tacógrafo pueden ser muy elevadas, especialmente si se detecta intención de ocultar datos o alterar registros.                   Las multas por condicor sin la tarjeta tacógrafo pueden ser  de hasta 6.000 euros.               Multas para conductores 2.001 € si circulas sin tarjeta en un caso no permitido o utilizas la tarjeta de otro conductor.   4.001 € si manipulas el tacógrafo o falseas los datos.         Multas para empresas De 4.001 € a 6.000 € si la empresa permite que sus conductores circulen sin tarjeta o manipula los registros.         Cómo evitar sanciones y problemas legales Para evitar sanciones relacionadas con la tarjeta tacógrafo,  es recomendable seguir estos consejos:     Solicita la renovación con tiempo para evitar imprevistos.   Lleva siempre contigo la tarjeta de tacógrafo y verifica su vigencia.   Si pierdes la tarjeta, informa de inmediato a las autoridades y registra manualmente tu actividad.   Cumple con los tiempos de conducción y descanso para evitar inspecciones negativas.   Consulta con expertos en normativa de transporte para mantenerte al día con los cambios legales.         La sanción por conducir sin tarjeta tacógrafo puede ser muy elevada, llegando hasta los 4.001 euros en casos  de manipulación de datos.     Sin embargo, existen circunstancias excepcionales en las que se permite circular sin ella, siempre que se mantengan registros manuales precisos.     Si eres conductor profesional, asegúrate de cumplir con la normativa, renovar tu tarjeta con antelación y registrar  correctamente tu actividad para evitar multas  y problemas legales.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/cual-es-multa-dgt-por-conducir-sin-tarjeta-tacografo-en-camion_308263_102.html
    • 29 de abril de 2025         ¿Cuál es la multa de la DGT por conducir sin tarjeta  tacógrafo en un camión?     ¿Sabes cuál es la sanción por conducir sin tarjeta tacógrafo?  Te lo desvelamos.                                             Cuál es la sanción por conducir sin tarjeta tacógrafo en un camión                 Si eres conductor profesional, seguramente te habrás preguntado alguna vez cuál es la sanción por conducir sin tarjeta tacógrafo.     Este pequeño dispositivo es fundamental para registrar los tiempos de conducción, descanso y otras actividades, pero ¿qué sucede si no lo  llevas contigo?     Existen situaciones excepcionales en las que sí puedes circular sin tarjeta, pero siempre bajo ciertas condiciones.      Sin embargo, si la falta no está justificada, las sanciones pueden ser severas, tanto para el conductor como para la empresa de transporte.      En este artículo, analizamos cuándo se permite circular sin la tarjeta, cómo registrar correctamente los tiempos de actividad  y qué multas pueden aplicarse en caso  de incumplimiento.         ¿Cuándo se permite conducir sin tarjeta tacógrafo? Aunque el uso del tacógrafo es obligatorio en vehículos de transporte, la normativa europea contempla algunos escenarios  en los que se puede conducir sin la tarjeta de tacógrafo, siempre que  se respeten ciertas condiciones.         Pérdida, robo o deterioro de la tarjeta Si tu tarjeta ha sido robada, se ha perdido o se ha roto, puedes seguir conduciendo por un máximo de 15 días mientras gestionas un duplicado.     No obstante, debes registrar manualmente tus tiempos de conducción e imprimir la actividad del tacógrafo.         Retraso en la renovación Si tu tarjeta ha caducado, pero solicitaste la renovación al menos 15 días hábiles antes del vencimiento, podrás continuar conduciendo  hasta recibir la nueva tarjeta.      Sin embargo, este margen sólo es válido si el retraso en la entrega no es imput*ble al conductor.                     Camionero circulando por una autopista.               Desplazamientos dentro de la empresa En los traslados dentro de las instalaciones de la empresa (fuera del horario de trabajo), no es obligatorio  el uso de la tarjeta.      Aun así, es recomendable mantener registros internos sobre estos movimientos.         Cómo registrar manualmente las actividades Si te ves obligado a conducir sin tarjeta de tacógrafo en uno de los casos permitidos, deberás llevar un registro  manual de la actividad del vehículo  para evitar sanciones.     Antes de comenzar la jornada: Anota el punto de partida e imprime un boletín del tacógrafo con el historial de actividad de las últimas 24 horas. Además, escribe tu nombre, número de tarjeta y firma en la parte posterior del documento.     Durante la conducción: Registra los tiempos de conducción, pausas y descansos según los requisitos legales.     Al finalizar la jornada: Indica el lugar de llegada, imprime un nuevo boletín con el resumen del día y verifica que toda la información sea correcta.           Estos boletines deben guardarse en buen estado, ya que las autoridades pueden solicitarlos en caso de inspección.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/cual-es-multa-dgt-por-conducir-sin-tarjeta-tacografo-en-camion_308263_102.html  
    • 7. Enfermedades metabólicas y endocrinas La más típica es la diabetes.      Aquellos que necesiten un tratamiento con insulina deberán aportar un informe del especialista (endocrinólogo o diabetólogo),  que acredite el adecuado control  de la enfermedad.      El período de vigencia será, como máximo, de cuatro años.     En los cuadros de hipoglucemia, no deben existir, en el último año, cuadros repetidos de hipoglucemia aguda ni alteraciones metabólicas que cursen con pérdida  de conciencia.      Para las enfermedades tiroideas y las paratiroideas cuando no ocasionen incremento de excitabilidad o debilidad muscular que impida conducir.      Por último, en el caso de las enfermedades adrenales el período de vigencia de la licencia será como máximo de dos años.      En todos los casos, siempre se deberá aportar un informe médico favorable para poder ponerse al volante o renovar  el permiso.                     Claverea desvela hasta 10 tipologías de enfermedades incompatibles  con la conducción.                 8. Sistema nervioso y muscular Este apartado incluye patologías como la epilepsia, alteraciones del equilibrio, problemas neuromusculares o trastornos cerebrovasculares,  que pueden producir pérdida o disminución grave de las funciones motoras, episodios sincopales,  temblores o espasmos que produzcan movimientos amplios de cabeza, tronco o miembros que impidan el control del vehículo.      De nuevo hará falta un informe favorable de un especialista para poder conducir y la vigencia máxima del carnet será de cinco años.         9. Trastornos mentales y de conducta En este caso, el facultativo determinará si es posible conducir, el periodo normal de vigencia del permiso suele ser de un año.     Incluye enfermedades como delirium, demencia, trastornos amnésicos y cognoscitivos, esquizofrenia, trastornos del estado de ánimo,  disociativos, de la personalidad  o del sueño.         10. Sistema locomotor Si tenemos alguna anomalía física o nuestra altura nos impida adoptar una posición de conducción segura o no permita una visibilidad  adecuada del conductor no  podremos conducir.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/si-conduces-con-estas-enfermedades-comunes-sin-permiso-medico-hay-ya-multas-6000_309325_102.html
    • 3. Enfermedades cardiovasculares Si nos han implantado un marcapasos no podremos conducir o renovar el carnet hasta dos semanas después de la operación.      Si lo que nos han implantado es un desfibrilador automático deberemos esperar también dos semanas por prevención primaria, y tres meses  (sin descargas ni recurrencias)  en prevención secundaria.      Tras un síndrome coronario agudo (afecciones asociadas con una detención o reducción del flujo sanguíneo al corazón) entre las que se incluyen el infarto de miocardio o ataque cardíaco y la angina inestable,  deberemos esperar tres semanas para volver a conducir.                    Algunas enfermedades cardiovasculares son incompatibles con la conducción.                 Por último, en casos de insuficiencia cardíaca, de arritmia o si nos han trasplantado el corazón se podrá conducir siempre y cuando  no se tengan síntomas en reposo y que no sea peligroso que conduzcamos.      En todos los casos mencionados, siempre habrá que tener un informe favorable de nuestro cardiólogo para volver a conducir.         4. Enfermedades hematológicas En este punto se incluyen todo tipo de trastornos y patologías relacionados con la sangre, como la anemia que puede producir síntomas como mareo, taquicardia, cansancio, somnolencia, sudoración y disnea de esfuerzo,  pudiendo incluso llegar a la pérdida  del conocimiento.     Y aunque hay muchos tipos de anemia y en los casos leves no afecta a la conducción, en otros será el informe médico el que determine el tiempo que no se pueda conducir o renovar el permiso de conducir,  que puede llegar a un año o más.      En otras patologías relacionadas con la sangre como la hemocromatosis o los trastornos mieloproliferativos será el especialista el  que diga el tiempo que no se puede conducir, dependiendo  del estado de la enfermedad.         5. Sistema renal En general, para poder conducir o renovar el carnet, no se permite a aquellas personas que por su tratamiento o manifestaciones, puedan poner en peligro la conducción  de vehículos.      En cuanto a enfermos sometidos a programas de diálisis necesitarán un informe favorable de un nefrólogo.      Por su parte, en el caso de los sometidos a trasplante renal, deberán pasar al menos seis meses de evolución sin problemas derivados de la operación y también tener un informe favorable  de un nefrólogo para poder volver  a conducir.         6. Sistema respiratorio No deben existir trastornos pulmonares, pleurales, diafragmáticos y mediastínicos que determinen incapacidad para conducir.     En cuanto a los afectados de síndrome de apnea del sueño, hará falta un informe favorable de una Unidad de sueño para poder obtener o prorrogar el permiso de conducir por un período de vigencia máximo de dos años.         FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/si-conduces-con-estas-enfermedades-comunes-sin-permiso-medico-hay-ya-multas-6000_309325_102.html
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