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    • Así, tras la actualización de la normativa en el año 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) avala ahora la regulación medioambiental que implanta la ZBE y supone un precedente favorable para el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y todos sus municipios.     Especialmente, según El Periódico, para los que también tuvieron que reformular sus reglamentos por imperativo judicial, como han sido las ciudades de L'Hospitalet, Cornellà y Esplugues de Llobregat y Sant Adrià de Besòs.     Se trata ya de las primeras resoluciones judiciales que se pronuncian de nuevo sobre la legalidad o no de la ZBE de Barcelona, avalando ahora la restricción de circulación en el área, de momento solo impuesta a los vehículos sin etiqueta medioambiental de la DGT y a la espera de que termine por confirmarse el veto a los vehículos también con etiqueta B de la DGT, que suponen el 15% del total en circulación y que ya tienen planteadas sus limitaciones por parte de la Generalitat, que exige que en 2028 tengan prohibidos los accesos a cualquier Zona de Bajas Emisiones de Cataluña.         Los ayuntamientos, obligados a poner en marcha las ZBE El TSJC ratifica ahora en su sentencia, según El Periódico, que “el ayuntamiento está explícitamente obligado a poner en marcha una ZBE por la ley estatal de cambio climático  y el real decreto que la desarrolla.     Esta regulación es posterior al reglamento del 2019 que tumbó el TSJC por falta de justificación”.                       Litigios abiertos también en Madrid entorno a la legalidad o no de sus Zonas de Bajas Emisiones.                   Ante este fallo, los recurrentes hasta ahora, por medio de la portavocía del Gremi de Tallers, han confirmado que “no recurriremos la sentencia en casación ante el  Tribunal Supremo.     Es una guerra perdida: ya recurrimos la primera ordenanza y el ayuntamiento hizo una segunda. Podría ser el cuento de nunca acabar: necesitaríamos unos fondos económicos que no tenemos”.         El Tribunal Supremo tendrá la última palabra Sin embargo, el recorrido judicial podría no haber ni mucho menos acabado todavía.     Hasta una decena de entidades que llevaron en su día la ZBE de Barcelona a los tribunales espera ahora a que el Tribunal Supremo termine de entrar en el fondo del problema y se pronuncie definitivamente sobre si es o no legítimo proteger la calidad del aire en detrimento de la libertad de circulación.     En este sentido, la asociación de defensa de automovilistas Dvuelta también espera una última resolución final del Tribunal Supremo, pidiendo ya incluso formalmente “suspender la aplicación de las ZBE al menos hasta que el Tribunal Supremo resuelva definitivamente el recurso judicial interpuesto por el Ayuntamiento tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que falló contra la normativa”.     Veremos a ver en qué acaba todo este gran procedimiento judicial, que se juega en diferentes frentes y tribunales españoles.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/zonas-bajas-emisiones-ratificadas-poder-multar-pero-supremo-no-se-pronuncia_321816_102.html
    • 21 de enero de 2026         Las Zonas de Bajas Emisiones, ¡ratificadas para poder multar! Pero el Supremo aún no se pronuncia     En la batalla judicial entorno a la legalidad o no en España de las Zonas de Bajas Emisiones, una nueva sentencia del TSJC ratifica ahora las restricciones en Barcelona y supone un primer revés a la cadena de procedimientos ya iniciados.                                             Las Zonas de Bajas Emisiones, ratificadas para poder multar, pero el Supremo aún no se pronuncia                 Tras meses donde parecía que las Zonas de Bajas Emisiones podrían incluso tener “los días contados”, tal y como pronosticó el presidente del RACVN, llega un primer revés importante judicial para todos los que están alegando ilegalidades en estas restricciones de circulación, por medio de una nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) y a la que ha tenido acceso El Periódico.     Así, tras un total de 560 recursos ganados por DVuelta al denunciar las multas ilegales impuestas en las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid, y tras una cadena de hasta 13 sentencias que habían ido anulado en el último año ya temporalmente hasta 8 Zonas de Bajas Emisiones en España, incluso incluyendo muchas catalanas, ahora en Barcelona esta área con limitaciones de movilidad ha quedado ratificada.         Una sentencia del TSJC avala la ZBE de Barcelona Y es que una nueva sentencia del TSJC avala ahora la legalidad del actualizado reglamento del 2023 y blindan las posiciones de muchos ayuntamientos catalanes mediante la jurisprudencia que sienta este fallo en Barcelona.     Hay que recordar que este mismo tribunal fue el mismo que tumbó anteriormente esta misma ZBE con su primera ordenanza de 2019, desestimando ahora en cambio los recursos del del Gremi de Tallers y de la Plataforma d'Afectats per les Restriccions.                         Una sentencia del TSJC avala la ZBE de Barcelona.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/zonas-bajas-emisiones-ratificadas-poder-multar-pero-supremo-no-se-pronuncia_321816_102.html  
    • Esta resolución introduce medidas especiales de regulación del tráfico que este año incluyen ya la posibilidad de habilitar el arcén como carril adicional bajo circunstancias muy concretas.      Pero, ¿cuáles?         Uso dinámico del arcén en la AP-4: cuándo y por qué Según esta misma información del HuffPost, la regulación añade lo que se conoce ya como “uso dinámico del arcén”, permitiendo en este tramo de la AP-4 la circulación por el arcén solo “cuando esté señalizado de forma expresa con paneles variables,  para mejorar la fluidez del tráfico  en momentos de alta densidad vehicular”.                         La autopista AP 4 permite ya en un tramo circular legalmente por el arcén en determinadas circunstancias.                   Es decir, no se podrá usar el arcén de manera habitual como si fuese un carril, sino que solo podrá ser habilitado temporalmente con esta función de carril adicional para turismos y motocicletas de 2 o 3 ruedas, y excluyendo siempre su uso por parte de vehículos con remolque, ciclomotores o ciclos.     Esta nueva medida, pionera de manera en España, forma parte en realidad de un gran paquete de iniciativas especiales de regulación del tráfico en 2026, con el objetivo siempre de mejorar la seguridad vial en las carreteras y la fluidez de circulación durante determinados momentos de aumento de los desplazamientos o tramos con problemas graves de congestión y atascos.         Multa por circular ilegalmente por los arcenes Cabe recordar que, excluyendo esta nueva medida y en los momentos determinados explicados, circular por el arcén es una práctica ilegal sancionada por la DGT como infracción grave con multa de 200 euros.     La normativa española, eso sí, mediante el mencionado artículo 36 del Reglamento General de Circulación solo permite usar el arcén a ciertos vehículos, como bicicletas, ciclomotores, vehículos agrícolas o de tracción animal, entre otros, cuando no haya una vía específica para ellos.       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-es-ya-unica-primera-autopista-espana-donde-ya-se-puede-circular-por-arcen-este-ano_321812_102.html
    • 21 de enero de 2026         Esta es ya la única y primera autopista de España donde ya se puede circular por el arcén este año     A pesar de que el Gobierno anunció que modificaría el Reglamento General de Circulación para permitir, por primera vez, que diferentes vehículos puedan circular legalmente por los arcenes bajo determinadas circunstancias, la realidad es que el BOE, de momento, solo confirma que este uso puede realizarse en 2026 en una autopista concreta.   Te contamos cuándo, dónde y cómo.                                             Esta es ya la única y primera autopista de España donde ya se puede circular por el arcén este año                   Iba a ser una de las normativas estrella de la DGT para 2025 y, concluido el año, sigue sin llegar.     Nos referimos al nuevo uso de carriles y arcenes anunciado en España, que, mediante la modificación del artículo 36 del Reglamento General de Circulación va a suponer que determinados vehículos puedan hacer uso del arcén en las carreteras nacionales bajo determinadas circunstancias muy concretas.     Por ahora, eso sí, no termina de aprobarse el Decreto prometido para su regulación.     Dentro de esta futura normativa ya anunciada, la DGT va a permitir, por ejemplo, que las motos puedan por fin circular legalmente por los arcenes de todas las carreteras solo en situaciones de retenciones circulatorias o congestión y con dos condiciones indispensables: no superar los 30 km/h y debiendo siempre respetar la prioridad de paso de los vehículos que están ya por ley obligados a circular por los arcenes, como las bicicletas.                       El objetivo de la DGT para 2026 es aprobar una normativa para permitir a las motos circular por los arcenes bajo determinadas circunstancias.                     La modificación también va a autorizar a los vehículos prioritarios y de auxilio en vías públicas la circulación por los arcenes, siempre y cuando, claro, marchen en servicios de urgencia, utilización las señales luminosas y reflectantes siempre activas y sin superar tampoco los 30 km/h de velocidad máxima, a excepción de los prioritarios, que por su emergencia no tendrán esta limitación.         El BOE confirma en qué autopista ya se puede circular por el arcén Sin embargo, como hemos dicho, esta normativa aún no se ha aprobado en este inicio de 2026, que sin embargo sí recoge otra resolución en el BOE que permite en una autopista circular ya legalmente este año por el arcén, y que acabamos de conocer gracias a una información publicada por el HuffPost.     En concreto, según la ley española, la autopista AP-4, en Cádiz y en sentido a la capital gaditana, recoge ya en el BOE, en la resolución 1255/2026 de la DGT de 14 de enero, la excepcionalidad en España de permitir circular por el arcén en un tramo comprendido entre los kilómetros 41,120 y 44,500 (Cabezas de San Juan-Sevilla).       FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/esta-es-ya-unica-primera-autopista-espana-donde-ya-se-puede-circular-por-arcen-este-ano_321812_102.html  
    • Lista de todos los carriles VAO de ocupación ya confirmados por la DGT Concluimos ya sí con la lista de todos los carriles VAO que ya están activos, según ha confirmado la DGT en su última resolución publicada en el BOE.     Son todos los siguientes:   Pertenecientes la calzada central de la A-6 en la Comunidad de Madrid, concretamente los comprendidos entre los kilómetros 6 y 20.      Los carriles derechos de ambos sentidos de la carretera GR-3211 [de Granada (A-395) a la Zubia], entre los kilómetros 0,115 al 1,410 en sentido creciente y entre los kilómetros 0,105 al 1,530 en sentido decreciente.      Carriles pertenecientes a la calzada del Puente de la Señorita, entre Sevilla y Camas (Sevilla).     Carril de la carretera A-8057, entre los puntos kilométricos 2,800 (Mairena del Aljarafe) y 0,000 (San Juan de Aznalfarache).     En la provincial de Málaga, al carril derecho del ramal de la salida sentido Campillos del enlace número 61 de la carretera A-357   y carril derecho de la calzada sentido Parque Tecnológico de Andalucía (P.T.A.) de la carretera A-7056 en toda su longitud.     Carril izquierdo de la autovía Ma-19, entre los kilómetros 2600 y 6500 en sentido decreciente de acceso a Palma, cuando finalicen las obras de infraestructura.      Carriles izquierdos de la A-2, en ambos sentidos, entre los kilómetros 23,500 (Torrejón de Ardoz) al 4,300 (MadridAvda. América) en sentido decreciente, y entre los kilómetros 6,100 (Madridincorporación M-30) al 14,600 (Coslada/San Fernando de Henares) en sentido creciente.      Carriles izquierdos de la autovía V-21, en Valencia, en ambos sentidos, entre los kilómetros 10,101 (Albuixech) al 16,470 (Alboraya) en sentido creciente, y entre los kilómetros 16,710 (Alboraya) al 10,390 (Albuixech) en sentido decreciente.        FUENTE:   https://www.autopista.es/noticias-motor/todos-carriles-ocupacion-confirmados-ya-por-dgt-nuevas-normas-uso-no-viajar-solos_321872_102.html
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